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Resolución Reglamentaria 038 de 2013 Contraloría de Bogotá D.C.

Fecha de Expedición:
04/10/2013
Fecha de Entrada en Vigencia:
08/10/2013
Medio de Publicación:
Registro Distrital No, 5215 del 08 de octubre de 2013.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN REGLAMENTARIA 038 DE 2013

 

(Octubre 04)

 

Por la cual se adopta la nueva versión de documentos y procedimientos relacionados con el Proceso Estudios de Economía y Política Pública de la Contraloría de Bogotá, D.C. y se dictan otras disposiciones

 

EL CONTRALOR DE BOGOTÁ, D.C.

 

En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas por el Acuerdo 519 de 2012 y

 

CONSIDERANDO:

 

Que en cumplimiento al artículo 269 Constitucional, es obligación de las autoridades públicas diseñar y aplicar en las entidades públicas, métodos y procedimientos de control interno, según la naturaleza de sus funciones, de conformidad con lo que disponga la ley.

 

Que de conformidad con los literales b) y l) del artículo 4 de la Ley 87 de 1993 “Por la cual se establecen normas para el ejercicio de control interno en las entidades y organismos del Estado y se dictan otras disposiciones”, se deben implementar como elementos del sistema de control interno institucional procedimientos para la ejecución de procesos y simplificación y actualización de normas y procedimientos.

 

Que el Modelo Estándar de Control Interno MECI, adoptado en la Contraloría de Bogotá mediante Resolución Reglamentaria Nº 013 de junio 12 de 2006, contiene entre otros elementos de control del subsistema de control de gestión, los procedimientos conformados por el conjunto de especificaciones, relaciones y ordenamiento de tareas requeridas para cumplir con las actividades de un proceso controlando acciones que requiere la operación de la Contraloría de Bogotá y el manual de procedimientos como una guía de uso individual y colectivo que permite el conocimiento de la forma como se ejecuta o desarrolla su función administrativa, propiciando la realización del trabajo bajo un lenguaje común a todos los servidores públicos.

 

Que mediante Resolución Reglamentaria No. 013 del 12 de mayo de 2009, se adoptó la nueva versión e incorporación de algunos Documentos y Procedimientos del Proceso de Prestación de Servicio Macro de la Contraloría de Bogotá, D.C. entre ellos: Caracterización de productos “Informes estructurales, sectoriales, obligatorios y pronunciamientos”; Plan de calidad del proceso de prestación de servicio macro; Procedimiento para el control del producto no conforme “Informes estructurales, sectoriales, obligatorios y pronunciamientos; Procedimiento para la Identificación y Trazabilidad del producto “Informes estructurales, sectoriales, obligatorios y pronunciamientos”; Procedimiento para la Elaboración del Certificado de Registro de Deuda Pública y Reporte del “Sistema Estadístico Unificado de Deuda – S.E.U.D.” y Procedimiento para la Elaboración de Estadísticas Fiscales.

 

Que mediante Resolución Reglamentaria No. 017 del 16 de junio de 2010, se creó uno y se adoptó nueva versión de algunos Procedimientos del Proceso de Prestación de Servicio Macro de la Contraloría de Bogotá, D.C. entre ellos: Procedimiento para la preservación del producto “Informes estructurales, sectoriales y obligatorios”; Procedimiento para la elaboración de los informes Estructurales y Sectoriales; Procedimiento para la elaboración del informe de Deuda Pública, estado de Tesorería e inversiones financieras del Distrito Capital trimestral y anual; Procedimiento para la elaboración del Informe de Balance Social y evaluación de las Políticas Públicas del Distrito Capital.; Procedimiento para la Elaboración del Informe cuenta General del Presupuesto y del Tesoro del Distrito Capital; Procedimiento para la Evaluación Integral a la Gestión de las entidades y al Plan de Desarrollo del Distrito Capital; Procedimiento para la elaboración del informe estado de las finanzas públicas del Distrito Capital y Procedimiento para la elaboración del informe trimestral de ingresos, gastos e inversiones.

 

Que es necesario adoptar una nueva versión del Procedimiento para la preservación del producto “Informes estructurales, sectoriales y obligatorios”; a fin de ajustar algunas actividades en la Descripción del Procedimiento, en aras de subsanar la observación dejada por la Oficina de Control Interno en el Informe sobre la Evaluación a los Servicios que Presta la Contraloría de Bogotá II Semestre de 2011, la cual fue concertada en reunión de equipo de análisis del Proceso Macro.

 

Que mediante Resolución Reglamentaria No. 008 del 17 de abril de 2012, se adoptó la nueva versión de los siguientes Procedimientos del Proceso de Prestación de Servicio Macro de la Contraloría de Bogotá, D.C.: Procedimiento para la Elaboración, Ejecución, Modificación, Control y Monitoreo del Plan Anual de Estudios PAE., Procedimiento para la adopción, puesta en marcha, generación y socialización de los productos del observatorio de control fiscal y vigilancia de las políticas públicas y Procedimiento para la elaboración de pronunciamientos.

 

Que mediante Resolución Reglamentaria No. 012 del 5 de junio de 2012, se adoptó la nueva versión de los siguientes Procedimientos del Proceso de Prestación de Servicio Macro de la Contraloría de Bogotá, D.C.: Procedimiento para elaborar el informe anual sobre el estado de los recursos naturales y del ambiente de Bogotá D. C. y Procedimiento para elaborar el “Dictamen a los Estados Contables Consolidados del Sector Público Distrital, Sector Gobierno General y Bogotá Distrito Capital.

 

Que es oportuno materializar y documentar las acciones de mejora propuestas en el Informe de Gestión del PPS-Macro a 31-12-2012, hoy Proceso de Estudios de Economía y Política Pública, relacionadas con:

 

“Elaborar los cronogramas de los Planes de Trabajo Detallado, fijando resultados parciales o subproductos, a fin de verificar la óptima utilización del tiempo y documentarlo ajustando los respectivos procedimientos” y

 

“Realizar los ajustes correspondiente al “Procedimiento para la Elaboración del Certificado de Registro de Deuda Pública y Reporte del “Sistema Estadístico Unificado de Deuda – S.E.U.D.”, en especial al Modelo de certificación del registro de la deuda pública (Formato Código: 3019001), en razón a que se requiere que dicho formato sea más flexible, que permita incorporar mayor información relacionada al contrato de endeudamiento”.; pon lo que se hace necesario ajustar los procedimientos utilizados para la elaboración de los productos a cargo de este proceso.

 

Que de conformidad con lo establecido en el Artículo 39, del Acuerdo 519 de 2012, entre las funciones de la Subdirección de Análisis, Indicadores y Estadísticas está la de integrar el observatorio de control fiscal .

 

Que teniendo en cuenta lo señalado en la precitada norma, la Dirección de Estudios de Economía y Política Pública participa únicamente en el suministro de información para el Observatorio de Control Fiscal, el cual estará a cargo de la Subdirección de Análisis, Indicadores y Estadísticas, adscrita a la Dirección de Planeación; por lo que es pertinente excluir del Proceso Estudios de Economía y Política Pública, el Procedimiento para la Adopción, Puesta en Marcha, Generación y Socialización de los Productos del Observatorio de Control Fiscal y Vigilancia de las Políticas Públicas.

 

Que el Acuerdo 519 del 26 de diciembre de 2012: “Por el cual se dictan normas sobre organización y funcionamiento de la Contraloría de Bogotá, D. C., se modifica su estructura orgánica e interna, se fijan las funciones de sus dependencias, se modifica su planta de personal y se ajustan el sistema de nomenclatura y los grados de la escala salarial de la planta de personal y se dictan otras disposiciones”, en su artículo 6º establece: “En ejercicio de su autonomía administrativa le corresponde a la Contraloría de Bogotá, D.C., definir todos los aspectos relacionados con el cumplimiento de sus funciones en armonía con los principios consagrados en la Constitución, las Leyes y en este Acuerdo”.

 

Que los documentos y procedimientos de los Procesos del SIG, se deben ajustar a los nuevos formatos del Procedimiento para el Control de Documentos Internos del Sistema Integrado de Gestión - SIG”, amparado mediante Resolución Reglamentaria 017 del 24 de abril de 2013.

 

Que mediante Resolución Reglamentaria 020 del 9 de mayo de 2013,  “Por la cual se adoptan algunos documentos del Sistema Integrado de Gestión - SIG de la Contraloría de Bogotá D.C. y se dictan otras disposiciones”, en su artículo 7º estableció que: “Los responsables de proceso deberán ajustar los documentos del SIG, de acuerdo con la nueva versión del Manual del Sistema Integrado de Gestión de la Entidad y demás disposiciones adoptadas, dentro de los plazos establecidos para tal efecto”.

 

Que teniendo en cuenta el concepto de mejora establecido en las Normas Técnicas de Calidad NTC ISO 9001:2008 NTC GP 1000:2009, es necesario ajustar los documentos y Procedimiento del Proceso Estudios de Economía y  Política Pública, para incorporar los cambios generados por el Acuerdo 519 de 2012.

 

En mérito de lo expuesto,

 

RESUELVE:

 

ARTÍCULO PRIMERO. Modificar el nombre de los siguientes procedimientos:

 

1. Procedimiento para la Elaboración de Estadísticas Fiscales, Por: “Procedimiento para la Elaboración del Informe de Estadísticas Presupuestales del Distrito Capital”.

 

2. Procedimiento para la Evaluación Integral a la Gestión de las entidades y al Plan de Desarrollo del Distrito Capital. Por: Procedimiento para la Elaboración del Informe: “Evaluación de los Resultados de la Gestión Fiscal y del Plan de Desarrollo de la Administración Distrital”.

 

3. Procedimiento para la Elaboración del Informe Trimestral de Ingresos, Gastos e inversiones, Por: “Procedimiento para la Elaboración del Informe Trimestral de Ingresos, Gastos e Inversiones del Distrito Capital”.

 

4. Procedimiento para la elaboración del Informe de Balance Social y Evaluación de las Políticas Públicas del Distrito Capital, Por: “Procedimiento para la elaboración del Informe de Balance Social del D.C.”

 

ARTÍCULO SEGUNDO. Adoptar la nueva versión de los siguientes documentos y procedimientos relacionados con el Proceso Estudios de Economía y Política Pública:

 

DOCUMENTO / PROCEDIMIENTO

Versión

Código

Caracterización de Productos "Informes: Estructurales, Sectoriales, Obligatorios y Pronunciamientos".

4.0

03001

Plan de calidad del Proceso Estudios de Economía y Política Pública.

5.0

03002

Procedimiento para la Elaboración, Ejecución, Modificación, Control y Monitoreo del Plan Anual de Estudios PAE.

8.0

03003

Procedimiento para la Elaboración de Pronunciamientos.

9.0

03004

Procedimiento para el Control del Producto No Conforme "Informes Estructurales, Sectoriales, obligatorios y Pronunciamientos”.

4.0

03005

Procedimiento para la Preservación del Producto "Informes Estructurales, Sectoriales y Obligatorios".

5.0

03006

Procedimiento para la Identificación y Trazabilidad del Producto "Informes Estructurales, Sectoriales, Obligatorios y Pronunciamientos".

4.0

03007

Procedimiento para Elaborar el “Dictamen a los Estados Contables Consolidados del Sector Público Distrital, Sector Gobierno General y Bogotá Distrito Capital.

7.0

03008

Procedimiento para la Elaboración de Informes Estructurales y Sectoriales.

6.0

03009

Procedimiento para la Elaboración del Informe de Deuda Pública, Estado de Tesorería e Inversiones Financieras del Distrito Capital Anual.

3.0

03010

Procedimiento para la elaboración del Informe de Balance Social del D.C.

6.0

03011

Procedimiento para Elaborar el Informe Anual sobre el Estado de los Recursos Naturales y del Ambiente de Bogotá D. C.

8.0

03013

Procedimiento para la Elaboración del Informe Cuenta General del Presupuesto y del Tesoro del Distrito Capital.

5.0

03014

Procedimiento para la Elaboración del Informe de Estadísticas Presupuestales del Distrito Capital.

5.0

03015

Procedimiento para la Elaboración del Informe: “Evaluación de los Resultados de la Gestión Fiscal y del Plan de Desarrollo de la Administración Distrital”.

6.0

03016

Procedimiento para la Elaboración del Informe Estado de las Finanzas Públicas del Distrito Capital.

4.0

03017

Procedimiento para la Elaboración del Informe Trimestral de Ingresos, Gastos e Inversiones del Distrito Capital

4.0

03018

Procedimiento para la Elaboración del Certificado de Registro de Deuda Pública y “Reporte del “Sistema Estadístico Unificado de Deuda – S.E.U.D.”.

5.0

03019

 

ARTÍCULO TERCERO. Eliminar del proceso Estudios de Economía y Política Pública, el “Procedimiento para la adopción, puesta en marcha, generación y socialización de los productos del observatorio de control fiscal y vigilancia de las políticas públicas”.

 

ARTÍCULO CUARTO. Es responsabilidad de los directores, subdirectores y jefes de las oficinas asesoras divulgar los procedimientos adoptados.

 

ARTÍCULO  QUINTO. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias, en especial las Resoluciones Reglamentarias: 013 del 12 de mayo de 2009, 017 del 16 de junio de 2010, 008 del 17 de abril de 2012 y 012 del 5 de junio de 2012.

 

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

 

Dada en Bogotá, D.C., a los cuatro (4) días del mes de octubre de dos mil trece (2013).

 

DIEGO ARDILA MEDINA

 

Contralor de Bogotá, D.C.

 

 

CARACTERIZACIÓN DE PRODUCTOS

(INFORMES ESTRUCTURALES, SECTORIALES, OBLIGATORIOS Y PRONUNCIAMIENTOS)

Página 1 de 3

Código documento:03001

Código formato: 01002002

Versión:4.0

 

FECHA: 25 DE SEPTIEMBRE DE 2013

 

Aprobó elaboración o modificación

Revisión técnica

Firma:

Firma:

Nombre: Ramiro Augusto Triviño Sánchez.

 

Nombre: Bernardo Herrera Herrera

Cargo: Director de Estudios de Economía y Política Pública.

Cargo: Director Técnico de Planeación.

 

 

ÍTEM

CARACTERÍSTICA

REQUISITO, CRITERIO DE ACEPTACIÓN O RECHAZO

PROCEDIMIENTO NORMA O LEY

OBSERVACIONES

1

DE PRESENTACIÓN

Que se cumplan los requisitos para la presentación del Informe.*

Procedimientos para elaborar Informes obligatorios, estructurales, sectoriales y pronunciamientos

 

2

COMPLETO

Que se desarrollen los objetivos y los temas a tratar  propuestos en el Plan de Trabajo Detallado o esquema del pronunciamiento.**

Que contenga las conclusiones respectivas.

 

 

3

COHERENTE

Que el desarrollo sea articulado y sus conclusiones estén sustentadas en la evaluación o estudio realizado.

 

4

SOPORTADO

Que las conclusiones estén fundamentadas y documentadas.

 

 

*Tener en cuenta el modelo de presentación de informe, anexo al procedimiento respectivo. No aplica para los pronunciamientos.

 

**Para los informes obligatorios, estructurales, sectoriales y boletines, se debe tener en cuenta el plan de trabajo detallado y para los pronunciamientos el esquema de pronunciamiento.

 

CONTROL DE CAMBIOS:

 

Versión

No. Del Acto Administrativo que lo adopta y Fecha

Descripción de la modificación

1.0

Resolución Reglamentaria 013 de marzo 10 de 2003.

Se incorpora la característica de Acierto al esquema de pronunciamiento, aplicable al respectivo producto.

2.0

Resolución Reglamentaria 016 de abril 22 de 2005.

Modificar la caracterización de los productos, pasar de 8 características a 4.

 

Modificar el requisito, criterio de aceptación o rechazo, Procedimiento norma o ley.

3.0

Resolución Reglamentaria.013 de mayo 12 de 2009.

El documento se ajusta para adoptar la nueva versión del formato (Anexo 6), definida en el Procedimiento para el Control de Documentos Internos, amparado mediante Resolución Reglamentaria 017 del 24 de abril de 2013.

 

El Normograma se ajusta para incorporar el Acuerdo 519 del 26 de diciembre de 2012.

4.0

Resolución Reglamentaria No.038 de octubre 4 de 2013

 

 

 

 

PLAN DE CALIDAD DEL PROCESO ESTUDIOS DE ECONOMÍA Y POLÍTICA PÚBLICA

Página 1 de 6

Código documento:03002

Código formato: 01002005

Versión:5.0

 

FECHA: 25 DE SEPTIEMBRE DE 2013

 

Aprobó elaboración o modificación

Revisión técnica

Firma:

Firma:

Nombre: Ramiro Augusto Triviño Sánchez.

Nombre: Bernardo Herrera Herrera.

Cargo: Director de Estudios de Economía y Política Pública.

Cargo: Director Técnico de Planeación.

 

CONTROL DE CAMBIOS

 

Versión

No. Del Acto Administrativo que lo adopta y Fecha

Descripción de la modificación

1.0

Resolución

Reglamentaria No. 013

Se modificó el método de control de la actividad No. 5 para armonizarla con el Anexo No. 1 del Procedimiento.

2.0

Resolución

Reglamentaria No. 053

Octubre 30 de 2003

Se incorpora la actividad correspondiente a la elaboración del PAE.

 

Se unifican las actividades 3 y 4 correspondientes a: “Elaborar informe preliminar” y “Preparar informe final” respectivamente en “Elaborar y presentar informe”.

3.0

Resolución

Reglamentaria No. 016

abril 22 de 2005

Cambiar el nombre por “Plan de Calidad del Proceso de Prestación de Servicio Macro”.

 

Se modificaron para ser actualizadas las actividades a controlar.

 

Como consecuencia del cambio de actividades, se modificó: método de control, variables a controlar, requisitos, responsable, frecuencia de control, registro y acciones de corrección.

4.0

Resolución

Reglamentaria No. 013

de mayo 12 de 2009

El documento se ajusta a la nueva versión del formato, (Anexo 5), adoptado mediante Resolución Reglamentaria 017 del 24 de abril de 2013.

 

Se modifica las denominaciones de Dirección y subdirecciones que integran este proceso, acorde al Acuerdo 519 de 2012.

 

Se cambia el nombre del Proceso de Prestación de Servicios .Macro, por: Proceso Estudios de Economía y Política Pública.

Se suprimir un registro en la primera actividad.

 

Se modifica los responsables de las actividades 2 y 4.

 

El Normograma se ajusta para incorporar el Acuerdo 519 del 26 de diciembre de 2012.

5.0

Resolución

Reglamentaria No.038 de octubre 4 de 2013

 

 

 

PROCEDIMIENTO PARA LA ELABORACIÓN, EJECUCIÓN, MODIFICACIÓN, CONTROL Y MONITOREO DEL PLAN ANUAL DE ESTUDIOS - PAE

Página 1 de 16

Código documento:03003

Código formato: 01002002

Versión:8.0

 

FECHA: 25 DE SEPTIEMBRE DE 2013

 

Aprobó elaboración o modificación

Revisión técnica

Firma:

Firma:

Nombre: Ramiro Augusto Triviño Sánchez.

Nombre: Bernardo Herrera Herrera.

Cargo: Director Técnico de Estudios de Economía y Política Pública.

Cargo: Director Técnico de Planeación.

 

1. OBJETIVO:

 

Establecer los pasos necesarios para la construcción del PAE, con el propósito de contar con la herramienta de planeación del Proceso de Estudios de Economía y Política Pública.

 

2. ALCANCE:

 

El procedimiento inicia con “Analiza los lineamentos de los procesos de Direccionamiento Estratégico y termina con “Aplica procedimiento para el Control de Documentos Internos del SIG.”

 

3. BASE LEGAL:

 

Ver Normograma

 

4. DEFINICIONES

 

PLAN ANUAL DE ESTUDIOS (PAE): Es el documento mediante el cual se planean los informes, estudios de carácter obligatorio, estructural, sectorial y pronunciamientos, para ser desarrollados durante el ejercicio del control fiscal de una vigencia, contiene los lineamientos dados por el Proceso de Estudios de Economía y Política Pública para los insumos que se requieren del Proceso de Vigilancia y Control a la Gestión Fiscal. Los demás informes que se realicen durante la vigencia, que no se planearon, serán inventariados e incorporados en un anexo, los cuales formarán parte del Informe de Gestión del Proceso de Estudios de Economía y Política Pública con corte a 31 de diciembre de la respectiva vigencia.

 

NOTA: Los pronunciamientos que realicen las demás dependencias se incorporarán en el anexo mencionado.

 

SEGUIMIENTO: Conjunto de actividades mediante las cuales se evalúa el cumplimiento de los lineamientos dados en el PAE, como también la realización de los informes del PAE.

 

5. ANEXOS:

 

Anexo No. 1: Formato de seguimiento a los lineamientos dados en el Plan Anual de Estudios- PAE, código formato 03003001.

 

Anexo No. 2: Matriz de Seguimiento al PAE, código formato 03003002.

 

Anexo No. 3: Solicitud de prórroga y/o modificaciones al PAE, código formato 03003003.

 

6. DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO:

 

No.

RESPONSABLE

ACTIVIDAD

REGISTROS

PUNTOS DE CONTROL / OBSERVACIONES

1

Director y Subdirectores de la Dirección de Estudios de Economía y Política Pública.

Analiza los lineamentos que comunica el proceso de Direccionamiento Estratégico en donde están incluidas  las directrices generales de los demás procesos.

 

 

2

Director y Subdirectores de la Dirección de Estudios de Economía y Política Pública.

Remiten a las Direcciones Sectoriales para ser incluidos los lineamientos que se requieren del Proceso de Vigilancia y Control a la Gestión Fiscal, para la elaboración de los informes.

Comunicación oficial interna y/o confirmación de entrega de correo electrónico.

Punto de control:

 

La acción permite determinar la coherencia de los lineamientos del Proceso de Direccionamiento Estratégico y de Estudios de Economía y Política. Adicionalmente establece la celeridad con que éstos son entregados al Proceso de Vigilancia y Control a la Gestión Fiscal.

3

Director y Subdirectores de la Dirección de Estudios de Economía y Política Pública.

Concertan los lineamientos definitivos (incorporan si hay ajustes emitidos por las Direcciones Sectoriales) dados por el Proceso de Estudios de Economía y Política Pública para los insumos que se requieren del Proceso de Vigilancia y Control a la Gestión Fiscal.

Acta de Mesa de Trabajo.

 

4

Profesional de la Dirección de Estudios de Economía y Política Pública.

Construye el PAE, con los lineamientos concertados dados por el Proceso de Estudios de Economía y Política Pública, para los insumos que se requieren del Proceso de Vigilancia y Control a la Gestión Fiscal y la programación de los informes que elaborará el Proceso de Estudios de Economía y Política Pública.

Plan Anual de Estudios (PAE)

Punto de Control:

 

Este documento debe contener como mínimo lo siguiente: introducción, objetivo, horizonte del plan,     lineamientos dados por el Proceso de Estudios de Economía y Política Pública para el Proceso de Vigilancia y Control a la Gestión Fiscal y participación Ciudadana, relación de los informes a realizar, que contenga título, responsable y fecha de entrega a los clientes. Al final de la vigencia se anexará inventario de los informes que no se incluyeron inicialmente en el PAE y que fueron  elaborados en el año, el cual formará parte del Informe de Gestión del Proceso de Estudios de Economía y Política Pública.

5

Director de Estudios de Economía y Política Pública

Aprueba el PAE

SI: pasa a la actividad 7.

NO: pasa a la actividad 6.

 

 

6

Subdirectores de la Dirección de Estudios de Economía y Política Pública.

Efectúan los ajustes acordados con el Director de Estudios de Economía y Política Pública.

 

 

 

7

Director de Estudios de Economía y Política Pública.

Presenta el Plan Anual de Estudios - PAE, al Comité Directivo.

 

 

8

Contralor y/o Contralor Auxiliar

Aprueba o desaprueba el PAE con los integrantes del Comité Directivo.

Acta de Comité Directivo.

Punto de control:

Permite dar a conocer la coherencia que debe tener los estudios que realiza el Proceso de Estudios de Economía y Política Pública con los demás procesos.

9

Director de Estudios de Economía y Política Pública

Efectúa los ajustes acordados en Comité.

 

Presenta el PAE ajustado, regresa a la actividad 6.

 

 

10

Director de Estudios de Economía y Política Pública

Envía el PAE definitivo, a la Dirección de Planeación, en copia dura y medio magnético.

Comunicación Oficial Interna

 

11

Director Técnico de

Planeación

Envía el PAE a la Dirección de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones para la publicación en la página Web.

 

Observación:

 

Se activa el Procedimiento para el Control de Documentos Internos del SIG.

12

Director de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones

Publica en la intranet de la Contraloría el PAE, identificando el año respectivo, donde permanecerá disponible para su consulta.

 

 

SEGUIMIENTO

13

Director y Subdirectores de Estudios de Economía y Política Pública.

Verifica si se incluyeron los lineamientos dados por el Proceso de Estudios de Economía y Política Pública en los memorandos de asignación de Auditoría.

Formato de  seguimiento a los lineamientos dados en el Plan Anual de Estudios- PAE.

Punto de control:

 

Diligenciar el Anexo No. 1: formato de seguimiento a los lineamientos dados en el Plan Anual de Estudios – PAE, 03003001.

14

Director y Subdirectores de Estudios de Economía y Política Pública.

Informa las observaciones a los Subdirectores de Fiscalización para realizar los ajustes pertinentes, en caso de presentarse.

Confirmación de entrega de correo.

 

15

Subdirectores de Estudios de Economía y Política Pública.

Diligencia y remite la matriz de Seguimiento al PAE a la Dirección de Estudios de Economía y Política Pública para consolidarla y entregarla a la Dirección de Planeación, de acuerdo con la periodicidad establecida para los informes de Gestión del Proceso de Estudios de Economía y Política Pública.

Matriz de Seguimiento al PAE.

Punto de control:

 

Ver Anexo No. 2: Matriz de Seguimiento al PAE, código formato 03003002.

ACTUALIZACIÓN DEL PAE

16

Subdirectores de Estudios de Economía y Política Pública.

Solicita prórroga y/o modificación del PAE, mediante diligenciamiento del formato de solicitud de prórroga y/o modificación al PAE.

Formato de solicitud de prórroga y/o modificación al PAE.

Punto de Control:

 

Ver Anexo No. 3: Solicitud de prórroga y/o modificaciones al PAE, código formato 03003003.

17

Director de Estudios de Economía y Política Pública

Analiza, aprueba o desaprueba las solicitudes de modificación del PAE.

 

Punto de control:

 

Ver Anexo No. 3: Solicitud de prórroga y/o modificaciones al PAE, código formato 03003003.

18

Director de Estudios de Economía y Política Pública

Actualiza el PAE con base en las modificaciones aprobadas.

 

Aplica procedimiento para el Control de Documentos Internos del SIG.

 

 

 

ANEXO No. 1

 

FORMATO DE SEGUIMIENTO A LOS LINEAMIENTOS DADOS EN EL PLAN ANUAL DE ESTUDIOS- PAE

 

SUBDIRECCIÓN: __________________________________________________________________________________________________

PRODUCTO O INFORME: ___________________________________________________________________________________________

FECHA: _________________________________________________________________________________________________________

 

Lineamientos dados en el PAE para cada Informe Obligatorio

Sectores de Fiscalización (Entidad Auditada)

Memorando de asignación de Auditoría.

Acciones Correctivas u Observaciones

SI

NO

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

NOMBRE

CARGO

FIRMA

 

INSTRUCTIVO PARA EL DILIGENCIAMIENTO DEL SEGUIMIENTO A LOS LINEAMIENTOS DADOS EN EL PLAN ANUAL DE ESTUDIOS – PAE

 

Subdirección: Escriba aquí el nombre de la Subdirección que hace el seguimiento.

 

Producto o informe: Escriba el nombre del informe que requiere los insumos del Proceso de Vigilancia y Control a la Gestión Fiscal, de acuerdo a los lineamientos dados en el PAE.

 

Fecha: Escriba la fecha real en la cual se efectúa el seguimiento.

 

Lineamientos dados en el PAE: En esta columna se presentan los lineamientos dados en el PAE para los informes.

 

Sectores de Fiscalización: Escriba el nombre del sector al cual le hace seguimiento.

 

Acciones correctivas u observaciones: Registrar las acciones correctivas en el caso de encontrar diferencias, si es necesario dejar las observaciones que considere pertinentes.

 

ANEXO No. 2

 

MATRIZ DE SEGUIMIENTO AL PAE

SUBDIRECCION: __________________________________________________________________________________________________

 

FECHA DE SEGUIMIENTO: __________________________________________________________________________________________

 

Nombre:

Cargo:

Firma

 

INSTRUCTIVO PARA EL DILIGENCIAMIENTO DE LA MATRIZ DE SEGUIMIENTO AL PAE

 

Subdirección: Escriba aquí el nombre de la Subdirección a que pertenece el producto o estudio al cual se le está efectuando seguimiento.

 

Fecha: Escriba la fecha real en la cual efectúa el seguimiento.

 

Columna de Estudio/Informes: Escriba allí si se trata de un estudio estructural, sectorial o de un informe obligatorio.

 

Columna correspondiente a la etapa: Determine si se trata de Planeación, Ejecución o Informe.

 

Fecha de inicio programada: Escriba la fecha acordada para dar inicio al estudio o elaboración de producto.

 

Fecha de terminación programada: Escriba aquí la fecha establecida en el horizonte del PAE para la terminación.

 

Fecha real de inicio: Escriba la fecha real en que se inicio el estudio o producto y anexe motivos del por qué el cambio.

 

Fecha real de terminación: Escriba en este campo la fecha real en que se terminó el trabajo.

 

Porcentaje de avance: Escriba en este campo el porcentaje de avance que realmente tenga el estudio o producto. Para la determinación del porcentaje de avance, se hace necesario tener en cuenta la etapa a la cual se refiere las cuales se van desarrollando en su orden y de acuerdo a la siguiente ponderación dentro de los rangos: hasta el 20% planeación, del 21% al 80% ejecución y el informe del 81% al 100%.

 

Número de funcionarios programados para la ejecución: Escriba el número de funcionarios programados para la ejecución:

 

Número de funcionarios ejecutores: Escriba el número real de funcionarios que efectuaron la labor.

 

Anexo No. 3

 

FORMATO DE SOLICITUD DE PRORROGA Y/O MODIFICACIONES AL PAE

 

Dependencia

Nombre del Informe

Tipo de Modificación (I, E, P)*

Justificación

Fecha Programada de Iniciación (para inclusión o prórroga)

Fecha Programada de Terminación

(para inclusión o prórroga)

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

*(I, E, P): I = Inclusión de actuación. E = Exclusión de actuación. P = Prórroga de la presentación de informes.

 

Elaboró:

 

Subdirector de Estudios de Economía y Política Pública: ____________________________________________________________________

 

Firma:____________________________________________________________________________________________________________

 

Aprobó

 

Director de Estudios de Economía y Política Pública: _______________________________________________________________________

 

Firma: ___________________________________________________________________________________________________________

 

Fecha de Aprobación: _______________________________________________________________________________________________

 

INSTRUCTIVO PARA EL DILIGENCIAMIENTO DEL FORMATO DE SOLICITUD DE PRORROGA Y/O MODIFICACIÓN AL PAE

 

Dependencia: Escriba aquí la Subdirección a que pertenece el producto o estudio al cual se le requiere efectuar modificación.

 

Nombre del informe: Escriba el nombre del informe y entre paréntesis si se trata de un informe estructural, sectorial, obligatorio o pronunciamiento.

 

Tipo de modificación: I Inclusión de actuación. E = Exclusión de actuación. P = Prórroga de la presentación de informes.

 

Justificación: Escriba de manera sucinta las razones que conllevan a realizar la modificación.

 

Fecha programada de iniciación: Escriba la fecha de inicio acordada o modificada para la elaboración del informe.

 

Fecha programada de terminación: Escriba la fecha de terminación acordada o modificada para la elaboración del informe.

 

CONTROL DE CAMBIOS

 

Versión

No. Del Acto Administrativo que lo adopta y Fecha

Descripción de la modificación

1.0

Reglamentaria No. 013

de marzo 10 de 2003

Se cambió todo el procedimiento que fue adoptado mediante la Resolución No. 013 del 14 de marzo de 2003:

 

En el alcance los lineamientos no los da el PACFIS, los da los procesos de Orientación Institucional y Enlace con los clientes.

 

En los anexos del Procedimiento para la elaboración del Plan Anual de Estudios - PAE, aparece como anexo 3 “Instructivo para la elaboración del esquema del pronunciamiento”, el cual no corresponde a este procedimiento.

2.0

Resolución Reglamentaria No. 035 de 12 de junio de 2003

Se incluye Anexo No. 2 “Instructivo para la presentación de informes (productos) sectoriales, estructurales y obligatorios.

 

Se modificó el Anexo No. 1 “Instructivo para la elaboración del Plan de Trabajo Detallado”.

3.0

Resolución Reglamentaria No. 044 del 22 de septiembre de 2003

Cambia la versión del procedimiento, en primer lugar porque se unifican los Procedimiento para la Elaboración del Plan Anual de Estudios PAE y para el Control y Monitoreo al Plan Anual de Estudios PAE, en uno denominado: PROCEDIMIENTO PARA LA ELABORACIÓN, EJECUCIÓN, MODIFICACIÓN, CONTROL Y MONITOREO DEL PLAN ANUAL DE ESTUDIOS - PAE. Esto en aras de minimizar documentos. Adicionalmente:

 

Se armonizan anexos y se ajusta en la descripción del procedimiento, estos cambios.

 

A efectos de garantizar la articulación de los Procesos Micro y Macro en la elaboración del PAE se vincula a los Directores Técnicos Sectoriales.

 

Se divide la descripción del Procedimiento por las etapas que implica su aplicación, es decir: Elaboración, Ejecución, Modificación y control y monitoreo.

 

Con respecto a la Elaboración del PAE, se modifica

3.0

Resolución Reglamentaria No. 044 del 22 de septiembre de 2003

En la actividad No.1 se incluye los lineamientos dados por el Proceso de Prestación de Servicio Macro y en observaciones se determina los documentos donde deben reposar.

Se adicionan las actividades 2 y 3, que determinan un procedimiento con mayor grado de concertación.

 

En la actividad 7, la aprobación del PAE directamente lo realiza el Contralor Auxiliar.

 

Se ajustaron los requisitos de presentación de informes consignados en el anexo correspondiente.

 

Se incorpora en el Anexo No. 1 el formato de planilla de seguimiento con sus respectivas instrucciones de diligenciamiento con el fin de unificar su elaboración.

 

Se realiza instructivo al Anexo 3, Formato de Solicitud de prórroga y/o modificación al PAE para facilitar su manejo 4.0.

4.0

Resolución Reglamentaria No. 16 del 22 de abril de 2005.

Ajustar la redacción del objetivo, alcance y definiciones, modificar registros y anexos. Establecer puntos de control.

 

En la descripción del procedimiento revisar y modificar las actividades, a fin de simplificarlas.

5.0

Resolución Reglamentaria 13 del 12 de mayo de 2009.

En el numeral 4 DEFINICIONES, se incorpora en la definición del Plan Anual de Estudios PAE, los estudios de carácter obligatorio, estructural, sectorial y pronunciamientos… Los demás informes que se realicen durante la vigencia y que no se planearon al inicio del año, serán inventariados e incorporados en anexo al final de la vigencia.

 

Se agrega la NOTA: Los pronunciamientos que realicen las demás dependencias se incorporarán en el anexo mencionado.

 

5. REGISTROS: se incorpora el Plan de Trabajo Detallado.

 

7. DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO: Actividad 2: se incorpora como registros, el memorando.

6.0

Resolución Reglamentaria No. 017 de junio 16 de 2010

Modificar la definición del PAE descrita en el numeral 4 del Procedimiento para la Elaboración, Ejecución, Modificación, Control y Monitoreo del Plan Anual de Estudios PAE.

 

Modificar la observación de la Actividad 4 del procedimiento agregando: “el cual formará parte de Informe de Gestión del PPS-Macro”.

 

La observación de la actividad 11 se suprime y se traslada a la 12, se ajusta la descripción y se cambia el responsable de la actividad 12.

7.0

Resolución Reglamentaria No: 008 de abril 17 de 2012

En el Texto del procedimiento se modifican los nombres de los procesos y los nombres de las Direcciones y Subdirecciones que hacen parte del Proceso de Estudios de Economía y Política Pública.

 

En el Alcance se cambió la redacción y el procedimiento para el control de Documentos Internos del SGC por SIG.

 

En los Registros se modificó memorando por Comunicación Oficial Interna.

 

En los anexos se modificó el código de los formatos.

 

En la descripción del procedimiento se eliminó la Subdirección Transversal Gestión Pública ambiental.

 

En las actividades No. 1,2 y 3 se modificó la redacción de las mismas.

 

En la actividad No. 4 se modifica el responsable de la actividad. En la misma actividad se modificó la observación por Punto de Control y se cambió la redacción.

 

En la actividad No. 6 se eliminó en actividad “Remitió para su aprobación”.

 

En la actividad No. 13 se modifica memorandos de Planeación, por memorandos de asignación de auditoría.

 

En la actividad No. 15 se modificó la redacción.

 

En el formato de solicitud de prórroga y/o modificación al PAE se eliminó la Dirección Técnica Sectorial y en elaboración se modificaron las subdirecciones.

 

El Normograma se ajusta para incorporar el Acuerdo 519 del 26 de diciembre de 2012.

 

De igual forma, el procedimiento se ajusta para adoptar la estructura definida en la nueva versión del Procedimiento para el Control de Documentos Internos del SIG.

8.0

Resolución Reglamentaria No: 038 de octubre 4 de 2013

 

 

 

PROCEDIMIENTO PARA LA ELABORACIÓN DE PRONUNCIAMIENTOS

Página 1 de 12

Código documento:03004

Código formato: 01002002

Versión: 9.0

 

FECHA: 25 DE SEPTIEMBRE DE 2013

 

Aprobó elaboración o modificación

Revisión técnica

Firma:

Firma:

Nombre: Ramiro Augusto Triviño Sánchez.

Nombre: Bernardo Herrera Herrera

Cargo: Director de Estudios de Economía y Política Pública

Cargo: Director Técnico de Planeación.

 

1. OBJETIVO:

 

Establecer los pasos necesarios para la elaboración de pronunciamientos que se realicen en el transcurso de la vigencia.

 

2. ALCANCE:

 

El procedimiento inicia con: “Ordenar la elaboración de pronunciamientos sobre un tema específico” y termina con el seguimiento al pronunciamiento comunicado para determinar los resultados derivados del control fiscal.

 

3. BASE LEGAL:

 

Ver Normograma

 

4. DEFINICIONES:

 

PRONUNCIAMIENTO: Comunicación suscrita por el Contralor de Bogotá, dirigida a los clientes y/o partes interesadas, donde se fija una posición, se emite concepto técnico o se realizan recomendaciones sobre temáticas de carácter macro fiscal, sectorial, estructural, de impacto social, de política pública o en temas que se originen en proyectos de Acuerdo para debates en el Concejo de Bogotá y en el caso de emisión a la Administración Distrital, deberán dar respuesta del pronunciamiento en los términos establecidos en el mismo.

 

5. ANEXOS:

 

Anexo No. 1: Instructivo para la elaboración del esquema de pronunciamiento, código formato 03004001.

 

Anexo No. 2: Modelo planilla de seguimiento, código formato 03004002.

 

6. DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO:

 

No

RESPONSABLE

ACTIVIDAD

REGISTROS

PUNTOS DE CONTROL/ OBSERVACIONES

1

Contralor

 

 

 

 

Director de Estudios de Economía y Política Pública, Director Técnico Sectorial y Director de Reacción Inmediata.

Ordena verbalmente o por escrito la elaboración de pronunciamiento sobre un tema específico.

 

Presenta propuesta de pronunciamiento al Contralor sobre un tema específico.

 

Si el pronunciamiento está incorporado en el PAE no requiere esta solemnidad.

 

 

 

 

 

Comunicación Oficial Interna

o Correo Institucional

 

2

Director de Estudios de Economía y Política Pública, Director Técnico Sectorial y Director de Reacción Inmediata.

Asigna al Subdirector y/o asesor del área respectiva determinando las directrices para la elaboración del pronunciamiento.

Comunicación Oficial Interna o Correo Institucional.

 

3

Subdirectores de la Dirección de Estudios de Economía y Política Pública, Subdirectores de las Direcciones Técnicas Sectoriales, Asesores y profesionales de la Dirección de Reacción Inmediata.

Elabora el esquema del Pronunciamiento y remite al Director de Estudios de Economía y Política Pública

y/o Director Sectorial y/o Director de Reacción Inmediata para su aprobación.

Esquema del Pronunciamiento

Punto de control:

 

Ver Anexo No. 1: Instructivo para la elaboración del esquema del pronunciamiento (código formato 03004001).

4

Director de Estudios de Economía y Política Pública, Director Sectorial y/o Asesor de la Dirección de Reacción Inmediata.

Aprueba el esquema de pronunciamiento.

Comunicación Oficial Interna

 

5

Subdirectores de de (sic) Estudios de Economía y Política Pública y/o Subdirectores de las Direcciones Sectoriales y/o Asesores de la Dirección de Reacción Inmediata y/o Profesionales Especializados y/o Universitarios.

 

Elabora el proyecto de pronunciamiento, acorde con lo establecido en el esquema del mismo.

 

Observación:

 

Tener en cuenta lo señalado en el Anexo No. 1: Instructivo para la elaboración del esquema del pronunciamiento, código formato 03004001.

6

Subdirectores de la Dirección de Estudios de Economía y Política Pública, Subdirectores de las Direcciones Técnica Sectoriales y/o Asesores de la Dirección de Reacción Inmediata.

Efectúa seguimiento al avance y control de calidad.

Planilla de seguimiento y/o acta de mesa de trabajo.

Punto de control.

 

 

Ver Anexo No. 2: Planilla de seguimiento, código formato 03004002.

7

Subdirectores de la Dirección de Estudios de Economía y Política Pública, Subdirectores de las Direcciones Técnicas Sectoriales y/o Asesores de la Dirección de Reacción Inmediata.

Presenta proyecto de pronunciamiento al Director de Estudios de Economía y Política Pública, Director Técnico Sectorial y/o Director de Reacción Inmediata y precisa en el documento la obligación de dar respuesta por parte de la Administración Distrital.

Comunicación Oficial Interna o correo institucional.

Punto de Control:

 

Tenga en cuenta el documento de Caracterización del Producto Informes” estructurales, sectoriales, obligatorios y pronunciamientos”.

8

Director de Estudios de Economía y Política Pública,

Director Técnico Sectorial y/o Director de Reacción Inmediata.

Aprueba el pronunciamiento.

 

Sí: Presenta el pronunciamiento ante la Dirección de Apoyo al Despacho para revisión y firma del Contralor.

 

No: Activa el Procedimiento para el control del producto no conforme "Informes estructurales, sectoriales, obligatorios y pronunciamientos.

Comunicación Oficial Interna

Punto de control:

 

Tenga en cuenta el documento de Caracterización del Producto Informes” estructurales, sectoriales, obligatorios y pronunciamientos”.

9

Contralor

Aprueba y firma el pronunciamiento y remite al Director de Apoyo al Despacho para su comunicación a los clientes y/o partes interesadas.

Comunicación Oficial externa

 

10

Director de Apoyo al Despacho.

Comunica el pronunciamiento a los clientes y/o partes interesadas.

 

Archiva copia física del pronunciamiento y remite copia magnética a la Dirección de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, para su publicación en la página Web.

Comunicación Oficial externa

Observación:

 

La Dirección de Apoyo al Despacho será la responsable de: mantener actualizado el inventario de los pronunciamientos, de su publicación en página web, protección y recuperación.

11

Dirección de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones.

Publica en página Web el pronunciamiento.

 

 

12

Director de Estudios de Economía y Política Pública y/o Director Sectorial y/o Director de Reacción Inmediata.

Revisa la respuesta de la Administración Distrital (si la hay) y emite concepto al Contralor sobre la evaluación de la misma.

Comunicación Oficial Interna

 

13

Director de Estudios de Economía y Política Pública y/o Director Sectorial y/o Director de Reacción Inmediata

Realizar seguimiento al pronunciamiento comunicado para determinar los resultados derivados del control fiscal.

 

OBS: Podrá remitirse a la Dirección Sectorial correspondiente el pronunciamiento para su seguimiento en el proceso auditor.

 

ANEXO No. 1

 

INSTRUCTIVO PARA LA ELABORACIÓN DEL ESQUEMA DEL PRONUNCIAMIENTO

 

1. Elaborar carátula del Esquema de Pronunciamiento, así:

 

DIRECCIÓN:______________________________________________________________________________________________________

 

SUBDIRECCIÓN:___________________________________________________________________________________________________

 

NOMBRE DEL PRONUNCIAMIENTO:___________________________________________________________________________________

 

RESPONSABLE:____________________________________________________________________________________________________

 

ELABORADO POR:

 

NOMBRE

CARGO

FIRMA

 

REVISADO Y APROBADO POR:

 

NOMBRE

CARGO

FIRMA

 

FECHA DE APROBACIÓN:

DÍA

MES

AÑO

 

NÚMERO DE FOLIOS:

 

 

2. Los esquemas de pronunciamiento que se elaboren, deberán contener como mínimo los siguientes aspectos:

 

2.1. OBJETIVOS: Es el fin o propósito bajo el cuál se desarrolla un estudio. Explica el porque y para que se va a realizar el pronunciamiento.

 

2.2. METODOLOGÍA: Es la descripción racional de los elementos que se utilizarán para el desarrollo de los objetivos del pronunciamiento. Define los procedimientos técnicos en forma ordenada para el levantamiento de la información, el tratamiento y el análisis sistemático de la misma.

 

2.3. CAPITULACIÓN PRELIMINAR: Es un proyecto de las secciones que llevará el pronunciamiento. Ello indica el orden y la fuerza de la argumentación que la sustentará.

 

2.4. CONCLUSIONES PRELIMINARES: Es una lista sumaria y provisional de los resultados del análisis que desarrollará el pronunciamiento teniendo en cuenta sus implicaciones en materia de control fiscal y/o de evaluación de la política implicada en la temática específica que trata el pronunciamiento.

 

ANEXO No. 2

 

MODELO PLANILLA DE SEGUIMIENTO

 

PROCESO DE ESTUDIOS DE ECONOMÍA Y POLÍTICA PÚBLICA Y / O PROCESO DE VIGILANCIA Y CONTROL A LA GESTIÓN FISCAL

PAE:

 

PLANILLA DE SEGUIMIENTO

 

(1). NOMBRE DEL INFORME:

 

(2). TIPO DE INFORME:

 

(3). DEPENDENCIA RESPONSABLE:

 

(4). NOMBRE DEL RESPONSABLE:

 

Fecha

(5)

Funcionarios que

realizaron la actividad

(6)

Actividad revisada

(7)

Observaciones

(8)

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

(9). Nombre subdirector: _____________________Firma: ___________________

 

INSTRUCCIONES DE DILIGENCIAMIENTO MODELO PLANILLA DE SEGUIMIENTO

 

(1). Título del informe.

 

(2). Pronunciamiento.

 

(3). Corresponde a la dependencia responsable de su elaboración.

 

(4). Nombre del jefe responsable.

 

(5). Fecha en que el jefe de la dependencia responsable elaboró el seguimiento.

 

(6). Nombre de los funcionarios que realizaron las actividades.

 

(7). Detalle de las tareas realizadas en forma breve.

 

(8). Detallar desviaciones o incumplimientos de actividades programadas.

 

(9). Nombre y firma del jefe de la dependencia que realizó el seguimiento.

 

CONTROL DE CAMBIOS

 

Versión

No. Del Acto Administrativo que lo adopta y Fecha

Descripción de la modificación

1.0

Resolución

Reglamentaria No. 013

de 10 de marzo de 2003

Se cambió todo el procedimiento que fue adoptado mediante la Resolución No. 013 del 14 de marzo de 2003:

 

En la página 2 cambió la definición de pronunciamiento.

 

La actividad No. 2 se cambia por asignar al Subdirector respectivo. Suprimir el registro.

 

Se incluyó una nueva actividad cuyo ejecutor es el subdirector de Economía y Finanzas y/o Subdirector Sectorial; la actividad establecer el esquema de pronunciamiento y el registro esquema de pronunciamiento.

 

En la actividad No. 4, el ejecutor es el Subdirector Sectorial y/o Subdirector de Economía y Finanzas.

 

En la actividad No. 6 el ejecutor es el Subdirector de Economía y Finanzas y/o Subdirector Sectorial y cambiar la actividad por: revisar, ajustar y continuar con el procedimiento para el control del producto (informes) no conformes, estructurales, sectoriales, obligatorios y pronunciamientos, actividades de la No.1 a la No. 5.

 

Se incluyó el anexo No. 1 “Instructivo para la elaboración del esquema del pronunciamiento”.

2.0

Resolución

Reglamentaria No. 035 del 12 de

junio 12 de 2003

En la actividad No. 3 en la columna de observaciones se agrega ver anexo No. 1.

 

Modificar la actividad No. 9, incluir en la observación que la presentación del pronunciamiento deberá cumplir con el procedimiento para comunicaciones externas.

 

Modificar la actividad Nº 10 así: Enviar el pronunciamiento corregido al Director de Apoyo al Despacho para ser presentado al Contralor para su aprobación y firma.

 

En la Actividad Nº 11 Ejecutores suprimir Director de apoyo al Despacho y/o Director Técnico de Participación Ciudadana y Desarrollo Local.

 

Eliminar del anexo No. 1, el numeral 2.2.1.

3.0

Resolución

Reglamentaria No. 044

Del 22 de septiembre de 2003

Se incluye la actividad 2, para el caso en que el pronunciamiento sea programado por Director de apoyo al despacho, sectorial o de Economía y Finanzas Distritales.

4.0

Resolución

Reglamentaria No. 016

del 22 de abril de 2005

Ajustar el alcance, base legal.

 

Ajustar la redacción de la definición y cambio de registros.

5.0

Resolución Reglamentaria No. 013 de mayo 12 de 2009.

Modificar los responsables.

 

Modificar el alcance.

 

Modificar las actividades 1, 5, 7, 8, 9, 10 y 11.

6.0

Resolución Reglamentaria No. 021 de septiembre 8 de 2009

Agregar como responsable al Coordinador del GUIFO en las actividades 1, 2, 4, 6 y 8; y a los Asesores del GUIFO en las actividades 3, 5 y 7 del procedimiento para la elaboración de pronunciamientos.

 

Modificar el numeral 1 del Instructivo para la Elaboración del Esquema del Pronunciamiento y se amplía el esquema del mismo.

 

Modificar el Modelo de Planilla de Seguimiento.

7.0

Resolución Reglamentaria No. 017 de junio 16 de 2010

Modificar Grupo Especial de Investigaciones Forenses GUIFO, por Grupo Especial de Apoyo y Fiscalización – GAF, como responsable en las actividades 1, 2, 4, 6 y 8; y a los Asesores del GUIFO por Asesores del GAF en las actividades 3, 5 y 7 del procedimiento para la elaboración de pronunciamientos.

 

Modificar en el Instructivo para la Elaboración del Esquema del Pronunciamiento la palabra GUIFO por GAF.

8.0

Resolución Reglamentaria No. 008 de abril 17 de 2012

Se modifica la denominación de los responsables de ejecutar algunas actividades en la Descripción del Procedimiento y en los Anexos 1 y 2.

 

Se modifica la denominación de los Procesos: Prestación de Servicios .Macro y Micro por: Estudios de Economía y Política Pública; y de Vigilancia y Control a la Gestión Fiscal, respectivamente.

 

Se ajusta la redacción del Objetivo y del Alcance.

 

Se amplía la definición de Pronunciamiento.

 

Actividad 1: Se adiciona un registro.

 

Actividad 2: Se mejora su redacción y se incorporan dos registros.

 

Actividad 5: se ajusta.

 

Actividad 7: Se mejora su redacción y se incorporan registros.

 

Actividad 8: Se mejora su redacción.

 

Se adicionan las Actividades 12 y 13 de la siguiente manera: “Revisa la respuesta de la Administración Distrital (si la hay) y emite concepto al Contralor sobre la evaluación de la misma”, con su correspondiente registro y “Realizar seguimiento al pronunciamiento comunicado para determinar los resultados derivados del control fiscal”, respectivamente.

 

El Normograma se ajusta para incorporar el Acuerdo 519 del 26 de diciembre de 2012.

 

De igual forma, el procedimiento se ajusta para adoptar la estructura definida en la nueva versión del Procedimiento para el Control de Documentos Internos del SIG.

9.0

Resolución Reglamentaria No. 038 de octubre 4 de 2013

 

 

 

PROCEDIMIENTO PARA EL CONTROL DEL PRODUCTO NO CONFORME “INFORMES ESTRUCTURALES, SECTORIALES, OBLIGATORIOS, Y PRONUNCIAMIENTOS”

Página 1 de 6

Código documento:03005

Código formato: 01002002

Versión:4.0

 

FECHA: 25 DE SEPTIEMBRE DE 2013

 

Aprobó elaboración o modificación

 

Revisión técnica

 

Firma:

Firma:

Nombre: Ramiro Augusto Triviño Sánchez.

 

Nombre: Bernardo Herrera Herrera.

Cargo: Director de Estudios de Economía y Política Pública.

Cargo: Director Técnico de Planeación.

 

1. OBJETIVO

 

Estandarizar el tratamiento que se debe aplicar al Producto No Conforme: informes estructurales, sectoriales, obligatorios y pronunciamientos, para garantizar que éste cumple con los atributos fijados en la caracterización del producto, a fin de satisfacer las necesidades y expectativas de nuestros clientes.

 

2. ALCANCE

 

El procedimiento inicia con: “Desaprueba el Informe teniendo en cuenta el documento de Caracterización del Producto” y culmina con: “Aprueba el informe”.

 

3. BASE LEGAL

 

Ver Normograma

 

4. DEFINICIONES

 

CONCESIÓN: Autorización para utilizar o liberar un producto que no es conforme con los requisitos especificados.

 

CONFORMIDAD: Cumplimiento de un requisito.

 

NO CONFORMIDAD: Incumplimiento de un requisito.

 

PRODUCTO: Resultado de un proceso.

 

5. ANEXOS:

 

Anexo No. 1: Control del Producto No Conforme Informes Estructurales, Sectoriales, Obligatorios, y Pronunciamientos, código formato 03005001.

 

6. DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO:

 

No

RESPONSABLE

ACTIVIDAD

REGISTROS

PUNTOS DE CONTROL/ OBSERVACIONES

 

1

Director de Estudios de Economía y Política Pública

Desaprueba el Informe teniendo en cuenta el documento de Caracterización del Producto.

 

Diligencia el Anexo 1 Control de Producto No Conforme, describiendo la no conformidad y establece la acción a seguir.

Código Formato 03005001

Punto de control:

 

Ver Anexo No. 1: Control del Producto No Conforme Informes Estructurales, Sectoriales, Obligatorios, y Pronunciamientos.

2

Subdirectores de la Dirección de Estudios de Economía y Política Pública.

Presenta el Informe si ha sido corregido o si se ha aceptado una concesión ante el Director de Estudios de Economía y Política Pública, para su aprobación final.

Comunicación Oficial Interna

 

3

Director de Estudios de Economía y Política Pública.

Aprueba el informe cuando la no conformidad es interna.

 

En el caso de ser externa: Si la no conformidad es detectada por el cliente, recibe el Informe no conforme.

 

Diligencia el Anexo 1 Control de Producto No Conforme, describiendo la no conformidad y establece la acción a seguir.

 

Remitir formato al subdirector respectivo.

Código Formato 03005001

Punto de control:

 

Ver Anexo No. 1: Control del Producto No Conforme Informes Estructurales, Sectoriales, Obligatorios, y Pronunciamientos.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

4

Subdirectores de la  Dirección de Estudios de Economía y Política Pública.

Presentar el Informe si ha sido corregida la no conformidad detectada por el cliente o si se ha aceptado una concesión ante el Director de Estudios de Economía y Política Pública, para su aprobación final.

Comunicación Oficial Interna

 

5

Director de Estudios de Economía y Política Pública.

Aprueba el Informe

Comunicación Oficial Interna

 

 

ANEXO No. 1:

 

CONTROL DE PRODUCTO NO CONFORME “INFORMES ESTRUCTURALES,

SECTORIALES, OBLIGATORIOS, Y PRONUNCIAMIENTOS”

 

PERIODO PAE:

PERIODO DE ESTUDIO(vigencia):

CLASES DE INFORMES:

INTERNA1                                                                                                                                  EXTERNA2

 

FECHA: _____________________________________CONSECUTIVO:______

 

1. DESCRIPCIÓN DE LA NO CONFORMIDAD:

___________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________

 

______________________________________________________________________________________________________________________________________________________

 

2. ACCIONES (Indicando responsables y tiempo):

______________________________________________________________________________________________________________________________________________________

__________________________________________________________________________

______________________________________________________________________________________________________________________________________________________

 

Firma Director de Estudios de Economía y Política Pública

 

 

CONTROL DE CAMBIOS

 

Versión

No. Del Acto Administrativo que lo adopta y Fecha

Descripción de la modificación

1.0

Resolución Reglamentaria 013 del 10 de Marzo de 2003.

 

Resolución Reglamentaria 053 del 30 de Octubre de 2003.

Se modificó el Anexo No. 2 en lo que corresponde a la columna que determina el Procedimiento, norma o ley de las 7 características de los productos del proceso determinando como tal el manual de Fiscalización para Bogotá.

1.0

Resolución Reglamentaria 053 del 30 de Octubre de 2003.

 

Se modificó el título del procedimiento para dar mayor claridad.

 

Se modificó el alcance teniendo en cuenta los cambios presentados en la descripción del procedimiento.

 

Se suprime el anexo No. 2, teniendo en cuenta que el mismo hace parte de los documentos del proceso.

 

Se suprime el anexo No. 3, toda vez que el procedimiento aplica únicamente en caso que el producto no sea conforme y no para calificar el producto.

 

Se suprimen las actividades 1 y 2 teniendo en cuenta la apreciación del párrafo anterior.

 

Se suprimen las actividades 6, 7 y 8 toda vez que el Comité Editorial no tiene como función la aprobación de los informes del proceso macro de conformidad con la Resolución 044 del 9 de Noviembre de 2004.

 

Se modifica la última actividad, con el fin de dar continuidad al procedimiento de preservación del producto.

2.0

Resolución Reglamentaria. 016 del 22 de Octubre de 2005

Se modificó el objetivo, alcance, base legal y definiciones.

 

Se simplificó el procedimiento al pasar de 10 actividades, a 5 actividades.

 

Se modificó el anexo (Formato Control del Producto No Conforme).

3.0

Resolución Reglamentaria 013 del 12 de mayo de 2009.

Se Modifica la denominación de las dependencias responsables de ejecutar algunas actividades en la Descripción del Procedimiento, acorde a lo establecido en el Acuerdo 519 del 26 de diciembre de 2012.

 

Se mejora la definición del Objetivo del procedimiento.

 

Se Incorpora un registro en las actividades 2, 3, 4 y 5.

Incorporar un punto de control en la Actividad 3.

 

Se modifica la denominación del Proceso Prestación de Servicios Macro, por: Estudios de Economía y Política Pública.

 

El Normograma se ajusta para incorporar el Acuerdo 519 del 26 de diciembre de 2012.

 

De igual forma, el procedimiento se ajusta para adoptar la estructura definida en la nueva versión del Procedimiento para el Control de Documentos Internos.

4.0

Resolución Reglamentaria No.038 de octubre 4 de 2013

 

 

 

PROCEDIMIENTO PARA LA PRESERVACIÓN DEL PRODUCTO “INFORMES: ESTRUCTURALES, SECTORIALES Y OBLIGATORIOS

Página 1 de 6

Código documento:03006

Código formato: 01002002

Versión: 5.0

 

FECHA: 25 DE SEPTIEMBRE DE 2013

 

Aprobó elaboración o modificación

Revisión técnica

Firma:

Firma:

Nombre: Ramiro Augusto Triviño Sánchez.

Nombre: Bernardo Herrera Herrrera.

Cargo: Director de Estudios de Economía y Política Pública.

Cargo: Director Técnico de Planeación.

 

1. OBJETIVO:

 

Definir las actividades para preservar el producto “Informes Estructurales, Sectoriales y Obligatorios”, durante el proceso interno y hasta la entrega final al cliente.

 

2. ALCANCE:

 

Inicia con: “Envía a la Dirección de Apoyo al Despacho los proyectos de oficios remisorios para la firma del Contralor, acompañado del informe definitivo, que no sea sometido al comité de publicaciones, en medio magnético o impreso” y termina con “Publica en la página WEB de la Contraloría de Bogotá, los Informes remitidos por el Director de Estudios de Economía y Política Pública, identificando: año de elaboración y clase de informe (Obligatorio, Estructural y Sectorial)”.

 

3. BASE LEGAL:

 

Ver Normograma

 

4. DEFINICIONES:

 

EMBALAJE: La forma en que se empaca más de un informe.

 

PASTA: Cartón plastificado que sirve para encuadernar.

 

PRESERVACIÓN: La protección física del informe para mantener su conformidad.

 

5. ANEXOS:

 

No aplica.

 

6. DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO:

 

No

RESPONSABLE

ACTIVIDAD

REGISTROS

PUNTOS DE CONTROL/ OBSERVACIONES

1

Director de Estudios de Economía y Política Pública.

Envía a la Dirección de Apoyo al Despacho los proyectos de oficios remisorios para la firma del Contralor, acompañado del informe definitivo, que no sea sometido al comité de publicaciones, en medio

Magnético o impreso.

Comunicación Oficial Interna

Punto de control:

 

Los subdirectores responsables de cada informe, proyectarán los oficios respectivos para la firma del Contralor, así como el memorando Remisorio para la firma del Director de Estudios de Economía y Política Pública.

 

Observación:

 

Los subdirectores responsables de cada informe, están obligados a entregar en copia dura o medio magnético del respectivo informe.

2

Contralor de Bogotá.

Firma los oficios de remisión de informes.

 

Observación:

 

Los subdirectores responsables de cada informe harán seguimiento a la Dirección de Apoyo al Despacho, a fin de contar con los oficios remisorios debidamente firmados por el Contralor para que los informes sean entregados oportunamente.

3

Subdirectores de la Dirección de Estudios de Economía y Política Pública.

Establece en coordinación con la Dirección de Estudios de Economía y Política Pública, el número de copias del informe a duplicar con destino a los clientes, los cuales pueden ser en medios magnéticos o físico.

 

Embala los informes que se van a entregar.

Comunicación Oficial Externa

Punto de control:

 

El Informe definitivo previa aprobación por parte del Director de Estudios de Economía y Política Pública, se archivara en la dependencia que lo origina (Ver Tabla de Retención Documental de la dependencia).

4

Subdirectores de la Dirección de Estudios de Economía y Política Pública.

Entrega el Informe Final a los Clientes.

Comunicación Oficial Externa o Correo Institucional

Observación:

 

Los subdirectores serán los responsables de:

 

Entregar a los clientes el respectivo informe, el cual puede ser enviado en medio físico o magnético.

 

Y comunica en el oficio remisorio o correo electrónico, que ese producto se encuentra a su disposición, en la página Web de la Contraloría de Bogotá.

5

Director de Estudios de Economía y Política Pública.

Solicita a la Dirección de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, la publicación del informe en la página Web de la entidad.

Comunicación Oficial Interna o Correo Institucional

Observación:

 

Los subdirectores responsables de cada informe proyectarán los  memorandos respectivos para la firma del Director de Estudios de Economía y Política Pública.

 

Punto de Control:

 

Los subdirectores, deben remitir oportunamente la copia magnética del informe, para solicitar su publicación.

6

Director de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones.

Publica en la página Web de la Contraloría de Bogotá, para consulta de la ciudadanía en general, los Informes remitidos por el Director de Estudios de Economía y Política Pública,  identificando: año de elaboración y clase de informe (Obligatorio, Estructural o  Sectorial).

Comunicación Oficial Interna o confirmación del Correo Institucional.

Punto de Control:

 

Los subdirectores responsables de cada informe, deben verificar en la página Web de la entidad, que su publicación se haga oportunamente.

 

CONTROL DE CAMBIOS

 

Versión

No. Del Acto Administrativo que lo adopta y Fecha

Descripción de la modificación

1.0

Resolución

Reglamentaria No. 013

del 10 de marzo de 2003

Se modifica el alcance del procedimiento.

 

Teniendo en cuenta que una de las formas de preservación de los productos corresponde a las publicaciones en ediciones impresas, aprobadas por parte del Comité Editorial; se hace necesario incorporar las actividades 1 y 2 donde se presentan los productos que se considera deben ser publicados para que el Comité apruebe su publicación.

 

Se modificaron y adicionaron otras actividades que permiten dar mayor claridad al procedimiento.

2.0

Resolución

Reglamentaria No. 016

Del 22 de abril de 2005

Se modificó el objetivo, alcance, definiciones y registro.

 

Se modificaron las actividades 1 y 2.

 

Se simplificó el procedimiento al pasar de 10 actividades, a 6 actividades.

3.0

Resolución

Reglamentaria No. 013

Del 12 de mayo de 2009

Se modifica el alcance, se adiciona un registro y se cambia en su totalidad las seis actividades de la descripción del procedimiento.

4.0

Resolución

Reglamentaria No. 017

Del 16 de junio de 2010

Se modificar la denominación de las dependencias responsables de ejecutar algunas actividades en la Descripción del Procedimiento, acorde a lo establecido en el Acuerdo 519 del 26 de diciembre de 2012.

 

Se ajusta la redacción del Alcance del procedimiento.

 

Se modifica la denominación del Proceso Prestación de Servicios Macro, por: Estudios de Economía y Política Pública.

 

La redacción de la Actividad 3 se mejora, al igual que su Punto de Control.

 

Actividad 4: En la Columna Punto de Control/Observaciones, se redacta mejor la Observación.

 

La redacción de la Actividad 6 se ajusta y se incorpora un Registro y un Punto de Control. 

El Normograma se ajusta para incorporar el Acuerdo 519 del 26 de diciembre de 2012.

 

De igual forma, el procedimiento se ajusta para adoptar la estructura definida en la nueva versión del Procedimiento para el Control de Documentos Internos.

5.0

Resolución

Reglamentaria No. 038 de octubre 4 de 2013

 

 

 

PROCEDIMIENTO PARA LA IDENTIFICACIÓN Y TRAZABILIDAD DEL PRODUCTO "INFORMES ESTRUCTURALES, SECTORIALES, OBLIGATORIOS Y PRONUNCIAMIENTOS"

Página 1 de 4

Código documento:03007

Código formato: 01002002

Versión:4.0

 

FECHA: 25 DE SEPTIEMBRE DE 2013

 

Aprobó elaboración o modificación

Revisión técnica

Firma:

Firma:

Nombre: Ramiro Augusto Triviño Sánchez.

 

Nombre: Bernardo Herrera Herrera.

Cargo: Director de Estudios de Economía y Política Pública.

Cargo: Director Técnico de Planeación.

 

1. OBJETIVO(S):

 

Estandarizar las actividades para realizar la identificación y trazabilidad de los Productos “Informes estructurales, sectoriales, obligatorios, pronunciamientos y boletines”.

 

2. ALCANCE:

 

El procedimiento Inicia con: “Identificar el producto Informes estructurales, sectoriales, obligatorios, pronunciamientos y boletines (…) y termina con: “Realizar la Trazabilidad en las actividades que conducen a la obtención del producto, verificando (…).

 

3. BASE LEGAL:

 

Ver Normograma

 

4. DEFINICIONES:

 

IDENTIFICACIÓN: Relación de atributos que distingue el informe de otros.

 

TRAZABILIDAD: Capacidad para seguir la historia, la aplicación y la localización de todo aquello que este bajo consideración.

 

5. ANEXOS:

 

No Aplica.

 

6. DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO:

 

No

RESPONSABLE

ACTIVIDAD

REGISTROS

PUNTOS DE CONTROL/ OBSERVACIONES

1

Cualquier cargo que se proponga realizar la identificación del producto.

Identifica el producto “Informes: estructurales, sectoriales, obligatorios y pronunciamientos”, verifique que contenga las siguientes características o atributos:

 

Período del PAE

 

Clase de informe

 

Período estudiado

 

Nombre de la Subdirección responsable de la elaboración del informe.

Nombre del sujeto de control (**).

 

 

2

Cualquier cargo que se proponga realizar la trazabilidad del producto.

Realiza la Trazabilidad en las actividades que conducen a la obtención del producto, verificando los registros de los procedimientos, principalmente los siguientes:

 

Informes: estructurales, sectoriales, obligatorios y  pronunciamientos.

 

Plan de trabajo detallado (*)

 

Planilla de seguimiento y/o actas de mesas de trabajo

 

Memorando de Asignación de Auditoría y programas de auditoría (***)

 

Plan Anual de Estudios PAE.

 

 

 

(*) No aplica a pronunciamientos, se debe tener en cuenta el esquema de pronunciamiento.

 

(**) Aplica al Informe Dictamen a los Estados Contables Consolidados del Sector Público Distrital, Sector Gobierno General y Bogotá Distrito Capital.

 

(***) Aplica al Informe Dictamen a los Estados Contables Consolidados del Sector Público Distrital, Sector Gobierno General y Bogotá Distrito Capital.

 

CONTROL DE CAMBIOS

 

Versión

No. Del Acto Administrativo que lo adopta y Fecha

Descripción de la modificación

1.0

Resolución Reglamentaria 013 del 10 de marzo de 2003

Se modifica el objetivo.

2.0

Resolución Reglamentaria 016 del 22 de abril de 2005.

Se modificó el alcance.

 

Se modificaron las actividades 1 y 2 del procedimiento.

3.0

Resolución Reglamentaria 013 del 12 de mayo de 2009

 

En los llamados dos y tres (** y ***) se modifica la denominación del informe obligatorio.

 

Actividad dos. En la Columna Punto de Control/Observaciones, se suprime la palabra punto de control.

 

El Normograma se ajusta para incorporar el Acuerdo 519 del 26 de diciembre de 2012.

 

De igual forma, el procedimiento se ajusta para adoptar la estructura definida en la nueva versión del Procedimiento para el Control de Documentos Internos.

4.0

Resolución Reglamentaria No.038 de octubre 4 de 2013

 

 

 

 

PROCEDIMIENTO PARA ELABORAR EL “DICTAMEN A LOS ESTADOS

CONTABLES CONSOLIDADOS DEL SECTOR PÚBLICO DISTRITAL,

SECTOR GOBIERNO GENERAL Y BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL”

Página 1 de 21

Código documento:03008

Código formato: 01002002

Versión:7.0

 

FECHA: 25 DE SEPTIEMBRE DE 2013

 

Aprobó elaboración o modificación

Revisión técnica

Firma:

Firma:

Nombre: Ramiro Augusto Triviño Sánchez.

Nombre: Bernardo Herrera Herrera.

Cargo: Director de Estudios de Economía y Política Pública.

Cargo: Director Técnico de Planeación.

 

1. OBJETIVO:

 

Establecer los pasos necesarios para elaborar el Dictamen a los Estados Contables Consolidados del Sector Público Distrital, Sector Gobierno General y Bogotá Distrito Capital.

 

2. ALCANCE:

 

Este procedimiento inicia con la elaboración del Plan de Trabajo Detallado” y termina cuando el Director remite el informe final al Comité de Publicaciones, si lo considera necesario, para aprobación de su publicación en un medio diferente a la página WEB, de la Contraloría de Bogotá.

 

3. BASE LEGAL:

 

Ver Normograma

 

4. DEFINICIONES:

 

AUDITORIA A LOS ESTADOS CONTABLES: Es el examen objetivo, sistemático, profesional e independiente, efectuado con posterioridad a las operaciones y de conformidad con las normas de auditoría gubernamental, con el fin de evaluar, verificar y comprobar las transacciones que han dado lugar a los estados contables para emitir una opinión respecto a si presentan razonablemente la situación financiera del sujeto de control, los resultados de sus operaciones y las variaciones en la posición financiera, todo ello en concordancia con las normas y principios de contabilidad prescritos por la Contaduría General de la Nación y demás disposiciones gubernamentales vigentes.

 

ABSTENCIÓN DE OPINIÓN: En la cual se declara el efecto de una limitación al alcance o a una incertidumbre tan significativa que impide al auditor expresar opinión alguna sobre los estados financieros. Se origina cuando no se puede obtener evidencia suficiente y válida que permita determinar cuál es la razonabilidad de la situación financiera de la entidad.

 

CONTROL INTERNO CONTABLE: Proceso que se adelanta en las entidades públicas con el fin de lograr la existencia y efectividad de mecanismos de control y verificación en las actividades propias del proceso contable, que garanticen que la información financiera, económica y social cumpla con las normas vigentes sobre la materia.

 

ESTADOS FINANCIEROS CONSOLIDADOS: El Decreto 2649 de 1993, los define como aquellos que presentan la situación financiera, los resultados de las operaciones, los cambios en el patrimonio y en la situación financiera, así como los flujos de efectivo, de un ente matriz y sus subordinados, o un ente dominante y los dominados, como si fuesen los de una sola empresa.

 

HALLAZGOS DE AUDITORIA: Corresponde a las debilidades, anomalías, inconsistencias o incumplimiento de normas, principios o procedimientos, errores en las cifras (sobrestimación, subestimación e incertidumbre), registros y resultados, detectados en el desarrollo de la auditoría.

 

INCERTIDUMBRE: Valor de las cuentas sobre las cuales no se pudo establecer su saldo real y en consecuencia no se tiene certeza sobre su razonabilidad.

 

OPINIÓN DE ESTADOS CONTABLES: Relaciona los hallazgos más significativos que afectan la razonabilidad de los estados contables y sustentan la opinión expresada. Existen cuatro clases de opiniones: Limpia, Con Salvedad, Adversa o Negativa y Abstención de Opinión.

 

OPINIÓN ADVERSA O NEGATIVA: En la cual se declara que los estados financieros no presentan una situación financiera razonable, ni los resultados de operación, ni los cambios en el patrimonio, ni los cambios en la situación financiera de la entidad, de conformidad con los principios de contabilidad generalmente aceptados.

 

OPINIÓN LIMPIA: En la cual se declara que los estados financieros presentan razonablemente en todos los aspectos significativos, la situación financiera, los cambios en el patrimonio, los resultados de operaciones y los cambios en la situación financiera de la entidad, de conformidad con los principios de contabilidad generalmente aceptados.

 

OPINIÓN CON SALVEDAD: En la cual se declara que a excepción del (los) asunto (s) a los que éste se refiere, los estados financieros presentan razonablemente en todos los aspectos importantes, la situación financiera, los cambios en el patrimonio, los resultados de operación y los cambios en la situación financiera de la entidad, de conformidad con los principios de contabilidad generalmente aceptados.

 

SOBRESTIMACIÓN: Valor de las diferencias establecidas al comparar los saldos registrados por la entidad y los obtenidos durante el proceso de auditoría. En este caso los valores de la entidad se encuentran por encima de los valores determinados en la etapa de ejecución de la auditoría.

 

SUBESTIMACIÓN: Valor de las diferencias establecidas al comparar los saldos registrados por la entidad y los obtenidos durante el proceso de auditoría. En este caso los valores de la entidad se encuentran por debajo de los valores determinados en la etapa de ejecución de la auditoría.

 

5. ANEXOS

 

Anexo No. 1: Instructivo para la elaboración del Plan de Trabajo Detallado, código formato 03008001.

 

Anexo No. 2: Planilla de seguimiento, código formato 03008002.

 

Anexo No. 3: Matriz consolidada para los hallazgos de auditoría de las Direcciones Sectoriales - Balance General, código formato 3008003.

 

Anexo No. 4: Matriz consolidada para los hallazgos de auditoría de las Direcciones Sectoriales – Estado de Actividad Financiera, Económica, Social y Ambiental, código formato 03008004.

 

Anexo No. 5: Matriz consolidada para los hallazgos de auditoría de las Direcciones Sectoriales – Cuentas de Orden Deudoras y Acreedoras, código formato 03008005.

 

Anexo No. 6: Matriz consolidación control interno contable, código formato 03008006.

 

Anexo No: 7: Modelo para la presentación de informes obligatorios, estructurales y sectoriales código formato 03008007.

 

6. DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO:

 

No

RESPONSABLE

ACTIVIDAD

REGISTROS

PUNTOS DE CONTROL/ OBSERVACIONES

1

Subdirector de Estadística y Análisis Presupuestal y Financiero

Elabora plan de trabajo detallado.

 

Remite al Director de Estudios de Economía y Política Pública para su aprobación.

Plan de Trabajo Detallado.

Punto de control:

 

Ver Anexo No. 1: Instructivo para elaborar el Plan de Trabajo Detallado Código Formato 03008001.

 

Observación:

 

Este Plan, será concertado y elaborado conjuntamente con los funcionarios asignados mediante acta de mesa de trabajo o correo electrónico, para la elaboración del informe.

2

Director de Estudios de Economía y Política Pública

Aprueba el plan de trabajo detallado.

Comunicación Oficial Interna

 

3

Subdirector de Estadística y Análisis Presupuestal y Financiero

Elabora Memorando de Asignación para la auditoría a los estados contables consolidados.

 

Comunicar a los funcionarios encargados de desarrollarlo.

Memorando de Asignación

 

4

Profesional especializado y/o profesional universitario de la Subdirección de Estadística y Análisis Presupuestal y Financiero.

Elabora programa de auditoría de acuerdo a lo establecido en el Memorando de Asignación.

Programa de Auditoría

 

5

Director de Estudios de Economía y Política Pública.

Presenta ante la Secretaría Distrital de Hacienda, el equipo de auditoría.

Comunicación Oficial Externa

 

6

Profesional especializado y/o profesional universitario de la Subdirección de Estadística y Análisis Presupuestal y Financiero.

Desarrolla las actividades del programa de auditoría.

Desarrolla las actividades del programa de auditoría.

 

7

Profesional especializado y/o profesional universitario de la Subdirección de Estadística y Análisis Presupuestal y Financiero.

Recibe de las Direcciones Sectoriales en original, copia dura y en medio magnético, la información a reportar a la Contraloría General de la República - CGR, de acuerdo a lo establecido en las normas vigentes.

 

Observación:

 

En el PAE se establece la forma y fecha de presentación de la información a reportar a la CGR.

8

Profesional especializado y/o profesional universitario de la Subdirección de Estadística y Análisis Presupuestal y Financiero.

Organiza la información por entidad, para ser enviada a la Contraloría General de la República.

 

 

9

Subdirector de Estadística y Análisis Presupuestal y Financiero.

Proyecta oficio, para firma del Contralor y enviar a la Contraloría General de la República - CGR, dentro de los términos exigidos por la misma.

Comunicación Oficial Externa.

Punto de control: De acuerdo a lo normado en Resolución Orgánica 5993 del 17 de sep. de 2008, Capítulo VI - de la información de las Contralorías del Nivel Territorial para la Auditoría del Balance.

10

Profesional especializado y/o profesional universitario de la Subdirección de de (sic) Estadística y Análisis Presupuestal y Financiero.

Consolida la totalidad de hallazgos de auditoría de las Direcciones Sectoriales, para lo cual se deben diligenciar las matrices de consolidación de hallazgos de auditoría y de control interno contable.

 

Observación.

 

Ver Anexos Nos: 3, 4, 5 y 6.

11

Profesional especializado y/o profesional universitario de la Subdirección de de (sic) Estadística y Análisis Presupuestal y Financiero

Organiza e incluye como anexos, los resultados de las Auditorías del Proceso de Vigilancia y Control Fiscal en el informe del Dictamen a los Estados Contables Consolidados del Sector Público Distrital, Sector Gobierno General y Bogotá Distrito Capital.

 

 

12

Director de Estudios de Economía y Política Pública, Subdirector de Estadística y Análisis Presupuestal y Financiero, profesional especializado y/o profesional universitario.

Emite conformidad y/o efectuar seguimiento al plan de mejoramiento en los términos establecidos en el procedimiento para la conformidad, modificación y seguimiento al plan de mejoramiento.

Acta de mesa de trabajo.

Se activa el procedimiento para la conformidad, modificación y seguimiento al plan de mejoramiento.

13

Subdirector de Estadística y Análisis Presupuestal y Financiero.

Efectúa seguimiento al avance y control de calidad del informe.

Planilla de seguimiento.

Punto de control:

 

Ver Anexo No. 2: (código formato 03008002).

14

Profesional especializado y/o profesional universitario de la Subdirección de Estadística y Análisis Presupuestal y Financiero.

Elabora informe de auditoría preliminar.

 

 

15

Subdirector, y/o Profesional especializado y/o profesional universitario de la Subdirección de Estadística y Análisis Presupuestal y Financiero. (Contador).

Elabora cartas de dictamen a los Estados Contables Consolidados del Sector Público Distrital, Sector Gobierno General y Bogotá Distrito Capital.

Cartas de dictamen.

Observación:

 

Debe ser firmado por contador Público Titulado con tarjeta profesional, (teniendo en cuenta el orden jerárquico).

16

Subdirector de Estadística y Análisis Presupuestal y Financiero.

Revisa informe y propone ajustes si es el caso.

 

 

17

Profesional especializado y/o profesional universitario de la Subdirección de Estadística y Análisis Presupuestal y Financiero.

Efectúa correcciones al informe.

 

 

18

Subdirector, Profesional especializado y/o profesional universitario de la Subdirección de Estadística y Análisis Presupuestal y Financiero.

Discute informe de auditoría, en mesa de trabajo con la Secretaría Distrital de Hacienda.

Acta de mesa de trabajo.

 

19

Profesional especializado y/o profesional universitario de la Subdirección de Estadística y Análisis Presupuestal y Financiero.

Elabora informe final del Dictamen a los Estados Contables Consolidados del Sector Público Distrital, Sector Gobierno General y Bogotá Distrito Capital.

 

Remite informe final a la Subdirección de Estadística y Análisis Presupuestal y Financiero.

Comunicación Oficial Interna.

Observación:

 

Ver Anexo No.7. Modelo para la Presentación de Informes Obligatorios, Estructurales y Sectoriales código formato 03008007.

20

Subdirector de Estadística y Análisis Presupuestal y Financiero.

Organiza informe final y remite al Director de Estudios de Economía y Política Pública.

Comunicación Oficial Interna.

 

21

Director de Estudios de Economía y Política.

Aprueba el informe final.

 

Si: Aplica el “Procedimiento para la Preservación del Producto Informes Estructurales, Sectoriales y Obligatorios”.

 

No: Activa el “Procedimiento para el Control del Producto no Conforme Informes: Estructurales, Sectoriales, Obligatorios y Pronunciamientos”.

Comunicación Oficial Interna.

Punto de control.

 

Tener en cuenta la caracterización del producto: Informes Estructurales, Sectoriales, Obligatorios y Pronunciamientos.

22

Director de Estudios de Economía y Política.

Remite, si lo considera necesario, el informe final al Comité de Publicaciones para aprobación de su publicación en un medio diferente a la página WEB, de la Contraloría de Bogotá.

Comunicación Oficial Interna.

Observación.

 

De acuerdo a la Resolución Reglamentaria vigente que regula dicho Comité.

 

ANEXO No. 1

 

INSTRUCTIVO PARA LA ELABORACIÓN DEL PLAN DE TRABAJO DETALLADO

 

1. Elaborar carátula del Plan de Trabajo Detallado, así:

 

PLAN ANUAL DE ESTUDIOS - PAE (Vigencia)______

 

DIRECCIÓN ______________________________________________________________________________________________________

 

SUBDIRECCIÓN ___________________________________________________________________________________________________

 

PLAN DE TRABAJO DETALLADO

 

NOMBRE DEL PRODUCTO1: _________________________________________________________________________________________

 

TIPO DE PRODUCTO2: _____________________________________________________________________________________________

 

PERIODO DE ESTUDIO3: ____________________________________________________________________________________________

 

RESPONSABLE: __________________________________________________________________________________________________

 

ELABORADO POR:

 

CARGO

NOMBRE

FIRMA

 

REVISADO Y APROBADO POR:

 

CARGO

NOMBRE

FIRMA

 

Fecha de aprobación: día _____ mes _____ año _____

 

Número de folios: _________

 

2. Los planes de trabajo detallados que se formulen para cada producto (sectorial, estructural y obligatorio), de Proceso Estudios de Economía y Política Pública, deberá contener como mínimo los siguientes aspectos:

 

2.1. JUSTIFICACIÓN: Expresar las razones por las cuales se va a realizar el informe, y los beneficios que se espera obtener del mismo. (Aplica únicamente para informes estructurales y sectoriales).

 

2.2. OBJETIVOS: Es el fin o propósito bajo el cual se desarrolla un estudio. Explica el porque y para que se va a realizar un producto (informe).

 

2.3. ALCANCE: Para los productos (informes) estructurales y sectoriales el alcance hace referencia a la delimitación de las áreas que harán parte del tema objeto de estudio.

 

Específicamente, para los informes obligatorios, se refiere a la muestra en términos porcentuales sobre las áreas de estudio y las entidades (sujetos de control), que se evaluarán.

 

2.4. METODOLOGÍA: Es la descripción de los elementos que se utilizarán para el desarrollo de los objetivos de un producto (informe). Define los procedimientos técnicos en forma ordenada para el levantamiento de la información, el tratamiento y el análisis sistemático de la misma.

 

2.5. CRONOGRAMA DE ACTIVIDADES: Es la relación cronológica de las actividades a desarrollar para alcanzar los objetivos del informe. Este deberá incluir como mínimo: Título del informe y subdirección responsable de su elaboración. Constará de cuatro columnas:

 

La primera, la numeración consecutiva de las actividades; la segunda las actividades y/o tareas asignadas, fijando en lo posible resultados parciales o subproductos, que permitan verificar la óptima utilización del tiempo; al igual que actividades relacionadas con reuniones de seguimiento y verificación del producto efectuado tanto, por parte del subdirector y funcionarios responsable de su elaboración, como por el director, en representación del proceso Estudios de Economía y Política Pública, durante sus etapas de planeación, ejecución e informe, dejando evidencia del acompañamiento efectuado, con el fin de ser más oportunos en la detección de posibles desviaciones y mejorar la calidad de los productos en sus contenidos, redacción y capacidad de síntesis; la tercera el tiempo requerido para desarrollar cada una de las actividades, discriminado por semanas e indicando fechas de entrega; y la cuarta los responsables. Es de anotar, que como el cronograma, hace parte del Plan de Trabajo Detallado, no es necesario que lleve el nombre de los funcionarios y firmas de elaboración y aprobación.

 

ANEXO No. 2

 

PLANILLA DE SEGUIMIENTO

 

PROCESO DE ESTUDIOS DE ECONOMÍA Y POLÍTICA PÚBLICA PAE:

 

PLANILLA DE SEGUIMIENTO

 

(1). NOMBRE DEL INFORME: ________________________________________________________________________________________

 

(2). TIPO DE INFORME: _____________________________________________________________________________________________

 

(3). DEPENDENCIA RESPONSABLE: __________________________________________________________________________________

 

(4). NOMBRE DEL RESPONSABLE: ___________________________________________________________________________________

 

Fecha

(5)

Funcionarios que realizaron la actividad

(6)

Actividad revisada

(7)

Observaciones

(8)

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

(9) Nombre Subdirector: __________________Firma: _____________________

 

INSTRUCCIONES DE DILIGENCIAMIENTO DEL MODELO PLANILLA DE SEGUIMIENTO.

 

(1). Título del informe.

 

(2). Obligatorios, Sectoriales o Estructurales.

 

(3). Corresponde a la subdirección responsable de la elaboración del producto.

 

(4). Nombre del Subdirector responsable.

 

(5). Fecha en que el subdirector elaboró el seguimiento.

 

(6). Nombre de los funcionarios que realizaron las actividades.

 

(7). Detalle de las tareas realizadas en forma breve.

 

(8). Detallar desviaciones o incumplimientos de actividades programadas.

 

(9). Nombre y firma del subdirector que realizó el seguimiento.

 

ANEXO No. 3

 

MATRIZ CONSOLIDADA PARA LOS HALLAZGOS DE AUDITORÍA DE LAS DIRECCIONES SECTORIALES - BALANCE GENERAL

 

INSTRUCCIONES DE DILIGENCIAMIENTO

 

Matriz consolidada para los hallazgos de auditoría de las Direcciones Sectoriales

 

Balance General

 

Para el diligenciamiento del anexo se deben tener en cuenta las siguientes consideraciones:

 

Fecha de elaboración: Fecha en que se elabora el respectivo formato.

 

Fecha de revisión: Fecha de revisión del Subdirector de Estadística y Análisis Presupuestal y Financiero.

 

Referencia papel de trabajo: La Subdirección de Estadística y Análisis Presupuestal y Financiero, registra la referencia en el papel de trabajo donde consolidó la información.

 

Columna (1): Entidades: Se relacionan cada una de las entidades que conforman el respectivo sector.

 

Columna (2): Dirección Sectorial: Se escribe el nombre de la Dirección Sectorial a que corresponde.

 

Columna (3): Activo: En esta columna se deben registrar las cifras en millones de pesos y en cuentas mayores (Formatos de la CGR), así:

 

Código de la cuenta: Registre el código de la cuenta mayor en dos dígitos.

 

Sobrestimación: Registre por este concepto los valores en cuentas mayores y en millones, al final el total por concepto de sobrestimaciones.

 

Subestimación: Registre por este concepto los valores en cuentas mayores y en millones, al final el total por concepto de subestimaciones.

 

Incertidumbre: Registre por este concepto los valores en cuentas mayores y en millones, al final el total por concepto de incertidumbres.

 

Columna (4): Pasivo En esta columna se deben registrar las cifras en millones de pesos y en cuentas mayores (formatos de la CGR), así:

 

Código de la cuenta: Registre el código de la cuenta mayor en dos dígitos.

 

Sobrestimación: Registre por este concepto los valores en cuentas mayores y en millones, al inal el total por concepto de sobrestimaciones.

 

Subestimación: Registre por este concepto los valores en cuentas mayores y en millones, al final el total por concepto de subestimaciones.

 

Incertidumbre: Registre por este concepto, los valores en cuentas mayores y en millones, al final el total por concepto de incertidumbres.

 

Columna (5) Patrimonio En esta columna se deben registrar las cifras en millones de pesos y en cuentas mayores (Formatos de la CGR), así:

 

Código de la cuenta: Registre el código de la cuenta mayor en dos dígitos.

 

Sobrestimación: Registre por este concepto los valores en cuentas mayores y en millones, al final el total por concepto de sobrestimaciones.

 

Subestimación: Registre por este concepto los valores en cuentas mayores y en millones, al final el total por concepto de subestimaciones.

 

Incertidumbre: Registre por este concepto los valores en cuentas mayores y en millones, al final el total por concepto de incertidumbres.

 

Auditores: Se registra el nombre, cargo y firma de quienes diligenciaron el formato.

 

Revisó: Se registra el nombre, cargo y firma de quien revisó la información del formato.

 

ANEXO No. 4

 

MATRIZ CONSOLIDADA PARA LOS HALLAZGOS DE AUDITORÍA DE LAS DIRECCIONES SECTORIALES – ESTADO DE ACTIVIDAD FINANCIERA, ECONÓMICA, SOCIAL Y AMBIENTAL

 

INSTRUCCIONES DE DILIGENCIAMIENTO

 

Matriz consolidada para hallazgos de auditoría de las Direcciones Sectoriales

 

Estado de Actividad Financiera, Económica, Social y Ambiental

 

Para el diligenciamiento del anexo se deben tener en cuenta las siguientes consideraciones:

 

Fecha de elaboración: Fecha en que se elabora el respectivo formato.

 

Fecha de revisión: Fecha de revisión del Subdirector de Estadística y Análisis Presupuestal y Financiero.

 

Referencia papel de trabajo: La Subdirección de Estadística y Análisis Presupuestal y Financiero, registra la referencia del papel de trabajo donde consolidó la información.

 

Columna (1): Entidades: Se relacionan cada una de las entidades que conforman el respectivo sector.

 

Columna (2): Dirección Sectorial: Se escribe el nombre de la Dirección Sectorial a que corresponde.

 

Columna (3): Ingresos: En esta columna se deben registrar en millones de pesos y en cuentas mayores (Formatos de la CGR), así:

 

Código de la cuenta: Registre el código de la cuenta mayor en dos dígitos.

 

Sobrestimación: Registre por este concepto los valores en cuentas mayores y en millones, al final el total por concepto de sobrestimaciones.

 

Subestimación: Registre por este concepto los valores en cuentas mayores y en millones, al final el total por concepto de subestimaciones.

 

Incertidumbre: Registre por este concepto los valores en cuentas mayores y en millones, al final el total por concepto de incertidumbres.

 

Columna (4): Gastos En esta columna se deben registrar las cifras en millones de pesos y en cuentas mayores (formatos 22 de la CGR), así:

 

Código de la cuenta: Registre el código de la cuenta mayor en dos dígitos.

 

Sobrestimación: Registre por este concepto, los valores en cuentas mayores y en millones, al final el total por concepto de sobrestimaciones.

 

Subestimación: Registre por este concepto los valores en cuentas mayores y en millones, al final el total por concepto de subestimaciones.

 

Incertidumbre: Registre por este concepto los valores en cuentas mayores y en millones, al final el total por concepto de incertidumbres.

 

Columna (5) Costos En esta columna se deben registrar las cifras en millones de pesos y en cuentas mayores (Formatos de la CGR), así:

 

Código de la cuenta: Registre el código de la cuenta mayor en dos dígitos.

 

Sobrestimación: Registre por este concepto los valores en cuentas mayores y en millones, al final el total por concepto de sobrestimaciones.

 

Subestimación: Registre por este concepto los valores en cuentas mayores y en millones, al final el total por concepto de subestimaciones.

 

Incertidumbre: Registre por este concepto los valores en cuentas mayores y en millones, al final el total por concepto de incertidumbres.

 

Auditores: Se registra el nombre, cargo y firmas de quienes diligenciaron el formato.

 

Revisó: Se registra el nombre, cargo y firma de quien revisó la información del formato.

 

ANEXO No. 5

 

MATRIZ CONSOLIDADA PARA LOS HALLAZGOS DE AUDITORÍA DE LAS DIRECCIONES SECTORIALES – CUENTAS DE ORDEN DEUDORAS Y ACREEDORAS

 

INSTRUCCIONES DE DILIGENCIAMIENTO

 

Matriz consolidada de los hallazgos de auditoría de las Direcciones Sectoriales Cuentas de Orden Deudoras y Acreedoras

 

Para el diligenciamiento del anexo se deben tener en cuenta las siguientes consideraciones:

 

Fecha de elaboración: Fecha en que se elabora el respectivo formato.

 

Fecha de revisión: Fecha de revisión del Subdirector de Estadística y Análisis Presupuestal y Financiero.

 

Referencia papel de trabajo: La Subdirección de Estadística  y Análisis Presupuestal y Financiero, registra la referencia del papel de trabajo donde consolidó la información.

 

Columna (1): Entidades: Se relacionan cada una de las entidades que conforman el respectivo sector.

 

Columna (2): Dirección Sectorial: Se escribe el nombre de la Dirección Sectorial a que corresponde.

 

Columna (3) Cuentas de Orden: Se deben registrar en millones de pesos y en cuentas mayores (cifras relacionadas en el formato 22 de la CGR), así:

 

Código de la cuenta: Registre el código de la cuenta mayor en dos dígitos.

 

Sobrestimación: Registre por este concepto los valores en cuentas mayores y en millones, al final el total por concepto de sobrestimaciones.

 

Subestimación: Registre por este concepto los valores en cuentas mayores y en millones, al final el total por concepto de subestimaciones.

 

Incertidumbre: Registre por este concepto los valores en cuentas mayores y en millones, al final el total por concepto de incertidumbres.

 

Auditores: Se registra el nombre, cargo y firmas de quienes diligenciaron el formato.

 

Revisó: Se registra el nombre, cargo y firma de quien revisó la información del formato.

 

ANEXO No. 6

 

MATRIZ CONSOLIDACIÓN CONTROL INTERNO CONTABLE

 

INSTRUCCIONES DE DILIGENCIAMIENTO

 

Matriz Consolidada de Control Interno

 

Para el diligenciamiento del anexo se deben tener en cuenta las siguientes consideraciones:

 

Fecha de elaboración: Fecha en que se elabora el respectivo formato.

 

Fecha de revisión: Fecha de revisión del Subdirector de Análisis Financiero, Presupuestal y Estadísticas Fiscales.

 

Referencia papel de trabajo: La Subdirección de Análisis Financiero, Presupuestal y Estadísticas Fiscales, registra la referencia del papel de trabajo donde consolidó la información.

 

Columna (1). Entidades y/o Direcciones Sectoriales: Se relacionan en esta columna, el nombre del sector y seguido se relacionan cada una de las entidades que lo conforman.

 

Columna (2). Activo: En esta columna se registra el valor total de activos, de cada una de las entidades que conforman el sector.

 

Columna (3). Opinión: En esta columna registra la clase de opinión emitida, a cada una de las entidades del sector.

 

Columna (4). Componentes: En esta columna registra el valor de la calificación por cada pregunta de los componentes: Generales, área activo, área pasivo, área Patrimonio y área de resultado.

 

Auditores: Se registra el nombre, cargo y firmas de quienes diligenciaron el formato.

 

Revisó: Se registra el nombre, cargo y firma de quien revisó la información del formato.

 

ANEXO No. 7

 

MODELO PARA LA PRESENTACIÓN DE INFORMES OBLIGATORIOS, ESTRUCTURALES Y SECTORIALES

 

1. Requisitos de presentación del Informe:

 

El informe debe preferiblemente redactarse en:

 

*Letra arial tamaño 12 de Word.

 

*Margen superior, 4 cms.

 

*Margen inferior, 3 cms.

 

*Margen izquierdo, 3 cms.

 

*Margen derecho, 3 cms.

 

*Espacio interlineado sencillo.

 

Numeración: Sólo se utilizarán números arábigos por niveles, así:

 

1. Primer Nivel: En mayúsculas, negrilla y centrado.

 

1.2. Segundo Nivel: En mayúsculas, negrilla y alineado a la izquierda.

 

1.2.1. Tercer Nivel: En minúscula negrilla a la Izquierda.

 

1.2.1.1. Cuarto Nivel: En minúsculas sin negrilla, cursiva y alineado a la izquierda.

 

Redacción y presentación: se debe tener en cuenta los siguientes aspectos:

Redacción: Tener en cuenta las normas generales de redacción y ortografía. Debe evitarse mencionar nombres propios.

 

Cuando es cita textual se debe escribir entre comillas en Arial, cursiva 10. Cuando se citen fuentes de página Web en pie de páginas se debe quitar el hipervínculo; escribir la fecha en la cual fue tomada, a manera de ejemplo: Tomada el 20 de mayo de 2013, (se copia la dirección electrónica) El pie de página debe ir en letra Times New Roman tamaño 8, internileado (exacto 8).

 

Preciso: Diga lo que tiene que decir. Es conveniente ser exacto (puntual) en cada frase y en el informe completo. Su redacción debe ser sencilla, clara, ordenada, coherente y en orden de importancia.

 

Conciso: La redacción debe ser breve pero sin omitir lo relevante, la brevedad permite mayor impacto. Redactar en forma concreta, pero sin dejar de decir lo que se tiene que decir sobre la situación encontrada.

 

Objetivo: Todo lo redactado en el informe debe reflejar una situación real, manejada con criterios técnicos, analíticos e imparciales.

 

Soportado: Las afirmaciones, conceptos y opiniones deben estar respaldadas con evidencia válida, suficiente, pertinente y competente.

 

Oportuno: Cumplir los términos de elaboración, consolidación, entrega, comunicación y publicidad. Es importante que la elaboración y entrega del informe por parte de la CB sea oportuna, de tal manera que la administración pueda implementar los correctivos del caso en procura de su mejoramiento continuo.

 

Paginación: Debe ir en el margen inferior centrado. No se numera: carátula, hoja de presentación, contenido y anexos.

 

Distribución de capítulos: Entre capítulo y capítulo del Informe dejar salto de página, así mismo, el título debe ir en negrilla y centrado en arial tamaño 12.

 

Cuadros y/o tablas: En los cuadros y tablas se utilizarán números arábigos en orden consecutivo a través de todo el texto, se debe indicar primero el número y después el título, utilizando letra arial tamaño 10; si el cuadro es extenso utilizar tipo de letra más pequeño. Con el fin de estandarizar la presentación de los cuadros, a continuación se presenta un modelo:

 

Cuadro o Tabla 1

 

Gastos de Funcionamiento e Inversión año

 

En millones de pesos

 

Años

Gastos de funcionamiento

Gastos de inversión

Porcentaje

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Fuente:

 

Gráficas: El análisis de gráficas debe ser consecuente con la presentación de las mismas. Cuando se utilizan gráficas de barras éstas deben ser presentadas en orden ascendente. Así mismo, para la numeración utilizar números arábigos en orden consecutivo en la parte inferior izquierda de la misma. Deben llevar fuente en Arial 8, fuera del gráfico y en Word.

 

No se deben copiar gráficas o cuadros como imágenes importadas de otros textos o de Internet.

 

La gráfica se debe colocar en la misma página en que se menciona.

 

Las cifras presentadas en el Informe y en los diferentes cuadros deben ir en una sola unidad de medida: millones, miles de pesos, etc. Las cifras deben separarse con puntos y no con comas. Las cifras presupuestales deben tener como fuente las Estadísticas Fiscales de la Contraloría de Bogotá, D.C.

 

Contenido: El término CONTENIDO se escribe en mayúscula sostenida y centrado.

 

10. Avances: Los avances de los informes deben contener sin excepción los parámetros dados y deben ser coherentes, claros e impecables en su redacción y ortografía. Se deben realizar en office vigente de la entidad para facilitar su consolidación.

 

2. Modelo carátula y hoja de presentación

 

NOMBRE DEL INFORME

 

PERIODO ESTUDIADO (Vigencia)

 

PLAN ANUAL DE ESTUDIOS - PAE

 

NOMBRE DE LA DIRECCIÓN

 

FECHA

 

(NOMBRE DEL INFORME)

 

Contralor de Bogotá

 

Nombre

 

Contralor Auxiliar

 

Nombre

 

Director (es) (Respectivo(s))

 

Nombre

 

Subdirector (es) (Según el caso)

 

Nombre

 

Profesionales

 

Nombres

 

CONTROL DE CAMBIOS

 

Versión

No. Del Acto Administrativo que lo adopta y Fecha

Descripción de la modificación

1.0

Resolución Reglamentaria

No. 013 de marzo 10 de

2003

En la página 7, actividad No. 1. adicionar lo siguiente:

 

Enviar para ser aprobado por el Director de Economía y Finanzas Distritales.

 

Dar a conocer a los Funcionarios.

 

En la página 29, suprimir la actividad No. 89.

 

Incluir la actividad: Continuar con el procedimiento para el control del producto (informes) no conformes, estructurales, sectoriales, obligatorios y pronunciamientos.

1.0

Resolución

Reglamentaria No.

035 de junio 12 de

2003

Se modificó el nombre del procedimiento por: ELABORACIÓN DICTAMEN A LOS ESTADOS CONTABLES CONSOLIDADOS DEL DISTRITO CAPITAL

 

Se modificó el objetivo.

 

Es indispensable modificar algunas normas del numeral 3, base legal, por cuanto, algunas se derogaron y otras se aclararon.

 

En cuanto al numeral 4, definiciones, se eliminaron las siguientes: Ambiente de control, Elementos de control interno, información y comunicación y monitoreo y evaluación del control interno contable. Además, se le agrega a la definición de control interno contable: de conformidad con las normas vigentes sobre la materia.

 

Se modificó en su totalidad el procedimiento, para hacerlo más concreto, fácil de entender y manejar, no tan riguroso.

2.0

Resolución

Reglamentaria No.

016 de abril 22 de

2005

Como consecuencia de la reducción de actividades Nos: 5, 6, 7,8, 11, 17, 19, 20 y 21 del procedimiento en mención, se requiere eliminar los anexos 1, 2, 3, 4, 5 y 7.

 

Es importante modificar los ejecutores por cuanto se entiende que los profesionales, son los asignados por el Subdirector. Se cambiaron los ejecutores de las actividades 14 y 19.

 

En la página dos, en cuanto en las definiciones se reorganizaron, e inicia con el título: Actividades de Control (...).

 

En la página tres, se eliminó el titular análisis financiero y Económico de los Estados Contables. Se modificó parte del titular Control Interno Contable.

 

En la página 4 se eliminaron las definiciones de: estructura Económica Financiera, indicadores de apalancamiento, de endeudamiento, de liquidez, de rendimiento, de rotación o de actividad y financieros.

 

En la página 6, eliminar las actividades 5 y 6.

 

En la página 7, eliminar las actividades 7, 8, 11 y 12.

 

En la Página 7, se cambió la actividad No. 7 así: Recibir de las Direcciones Sectoriales, los resultados de Auditoría Gubernamental con enfoque integral, componente de reservas presupuestales por sector. Consolidar el Distrito Capital.

 

La actividad 5 quedará: Recibir de las Direcciones Sectoriales, las matrices de consolidación de hallazgos de auditoría y control interno contable por sector elaboradas por las subdirecciones de Fiscalización. Los profesionales de la Subdirección de Auditoría del Balance, consolidaran la totalidad de hallazgos del Distrito Capital, para lo cual deben diligenciar las matrices de consolidación de hallazgos de auditoría y de control interno contable.

 

La actividad 6 quedará: Recibir de las Direcciones Sectoriales, los anexos (hacen parte del informe del Dictamen a los Estados Contables Consolidados del Distrito Capital) elaborados por las subdirecciones de Fiscalización, con los resultados de la evaluación de Estados Contables del informe de auditoría Gubernamental con enfoque Integral, de acuerdo a estructura dada por la Dirección de Economía y Finanzas Distritales.

 

Incluir los anexos en el informe del Dictamen a los Estados Contables Consolidados del Distrito Capital.

 

La actividad 8 quedará: Reunir la información enviada por la Secretaría de Hacienda Distrital- S.H.D. relacionada con estados contables consolidados del Distrito Capital, tanto de la vigencia de análisis como de la vigencia anterior.

Elaborar análisis de cuentas del Tesoro de la Administración Central y del Distrito Capital.

 

La actividad 9 quedará: Elaborar Memorando de Encargo de Auditoría para la auditoría al Balance Consolidado del Distrito Capital y comunicar a los funcionarios encargados de desarrollarlo.

 

La actividad 10 quedará: Elaborar programa de auditoría y cronograma de actividades para desarrollar el memorando de encargo de auditoría.

 

La actividad 11 quedará: Notifica mediante carta de presentación a la Secretaría de Hacienda – Dirección Distrital de Contabilidad, el trabajo a desarrollar en dicha entidad.

 

La actividad 12 quedará: Desarrollar las actividades del Programa de auditoría.

 

La actividad 13 quedará. Elaborar informe de auditoría.

 

La actividad 14 quedará: Discutir informe de auditoría, en mesa de trabajo con la Secretaría de Hacienda.

 

La actividad 12 quedará: Efectuar seguimiento al avance y control de calidad del informe.

 

La actividad 16 quedará: Elaborar informe preliminar del Dictamen a los estados contables consolidados del Distrito Capital.

 

La actividad 17 quedará: Revisar informe y proponer ajustes si es del caso.

 

La actividad 18 quedará: Efectuar correcciones al informe preliminar.

 

La actividad 19 quedará: Elaborar carta de Dictamen a los estados contables consolidados del Distrito capital.

 

La actividad 20 quedará: Organizar informe final y remitir al Director de Economía y Finanzas Distritales.

 

La actividad 21, queda igual que la actividad 28 del anterior Procedimiento.

Se cambian los anexos, así:

 

Anexo 3008001:

 

- Matriz consolidada para los hallazgos de las Direcciones Sectoriales –Balance General.

 

Anexo 3008002

 

- Matriz consolidada para los hallazgos de las Direcciones Sectoriales –Estado de Actividad Económica, Financiera y Social

 

Anexo 3008003

 

- Matriz consolidada de los hallazgos de las Direcciones Sectoriales- Cuentas de Orden Deudores y Acreedoras.

 

Anexo 3008004

Matriz consolidada de control Interno Contable.

 

3.0

Resolución

Reglamentaria No.

004 de febrero 27 de

2007

Modificar el alcance, base legal.

 

Actualizar las definiciones.

 

En la descripción del procedimiento, se elimina el cronograma de los programas de auditoría, contenido en la actividad 10, por cuanto está inmerso en la actividad 1 del plan de trabajo detallado, adicionalmente se establecen los puntos de control, en las actividades 1, 2, 9 10, 15, 20 y 21. De igual forma se aclaran algunas actividades.

 

Modificar registros y anexos.

4.0

Resolución

Reglamentaria No.

013 de mayo 12 de

2009

Se suprime la definición de reservas presupuestales En la actividad 6 se suprime:

 

Recibir de las Direcciones Sectoriales, las matrices de consolidación de hallazgos de auditoria y de control interno contable por sector, elaboradas por las Subdirecciones de Fiscalización.

 

Actividad 6, columna PUNTOS DE CONTROL / OBSERVACIONES se elimina:

 

Código 3008002 por no corresponder a esta actividad.

 

Y el párrafo que dice: Las Subdirecciones de Fiscalización entregaran los formatos de acuerdo a la fecha establecida en el PAE.

 

Esta actividad quedará así:

 

Consolidar la totalidad de los hallazgos del Distrito Capital, para lo cual se deben diligenciar las matrices de consolidación de hallazgos de auditoria y de control interno contable.

 

La columna PUNTOS DE CONTROL / OBSERVACIONES de esta actividad quedará así:

 

Ver formatos códigos 3008003, 3008004,3008005 y 3008006 e instructivos para su diligenciamiento.

 

En la actividad 7 se suprime:

 

Recibir de las Direcciones Sectoriales los anexos elaborados por las subdirecciones de fiscalización con los resultados de la evaluación de estados contables del informe de Auditoria Gubernamental con informe integral, de acuerdo a estructura dada por la Dirección de Economía y Finanzas Distritales.

 

En la columna PUNTOS DE CONTROL/ OBSERVACIONES se elimina:

 

Las Subdirecciones de Fiscalización entregaran los anexos de acuerdo a la fecha establecida y estructura dada en el PAE.

 

La actividad 7 quedará así:

 

Organizar e incluir como anexos, los resultados de Auditorias Gubernamentales con Enfoque integral en el informe del Dictamen a los Estados Contables Consolidados del Distrito Capital.

 

Actividad 12, en la columna PUNTOS DE CONTROL/OBSERVACIONES cambiar: formato código 3008006 por formato código 3008002.

 

La actividad 15 quedará así:

 

Emitir conformidad y/o efectuar seguimiento al plan de mejoramiento en los términos establecidos en el procedimiento para la elaboración, presentación, conformidad y seguimiento del plan de mejoramiento.

 

En la columna de registros de la misma actividad se incorpora mesa de trabajo.

 

La columna puntos de control/observaciones de la actividad 15, quedará así:

 

Procedimiento para la conformidad, modificación y seguimiento al Plan de Mejoramiento establecido mediante Resolución Reglamentaria 014 de 2010.

5.0

Resolución

Reglamentaria No.

017 de junio 16 de

2010

Se modifica la denominación del procedimiento para incluir los tres estados contables consolidados que emite la Secretaría Distrital de Hacienda, así: del Sector Público Distrital, Gobierno General y Bogotá Distrito Capital.

 

En el objetivo se cambia el nombre del producto.

 

En la base legal se elimina la Resolución Orgánica 5544 de 2003 de la CGR que fue derogada por la 6289 de 2011, incorporando la Resolución 5993 del 2008 que se encuentra vigente.

 

En las definiciones se da un concepto más claro sobre lo que es abstención de opinión.

 

En registros se incorpora cartas de dictamen y se deja por separado planillas de seguimiento y actas de mesa de trabajo.

 

En los anexos, se enumeran cada uno de ellos.

 

En la descripción del procedimiento se modifica lo siguiente:

 

En la actividad 1 se elimina el código del formato y se modifica punto de control por observación.

 

Se ordenan y renumeran las actividades desde la 3 a la actividad 19.

 

En la actividad 8 se modifica “al Balance Consolidado del Distrito Capital”, por “a los estados contables consolidados”, que pasa a ser la No. 3.

 

En las actividades 7, 9 11, 15 se modifican los verbos infinitivos por verbos en presente, que pasa a las actividades 11, 4, 6, 12.

 

En la redacción de la actividad 6 (ahora 10) se cambia “del Distrito Capital” por “de auditoría de las Direcciones Sectoriales”.

 

En la redacción de la actividad 7(ahora 11) se cambia “del Distrito Capital” por “del Sector Público Distrital, Sector Gobierno General y Bogotá Distrito Capital”.

 

En la actividad 13 (ahora 14) se adiciona la palabra “preliminar”.

 

En la actividad 14 (ahora 18), se adiciona como registro: acta de mesa de trabajo.

 

En la actividad 15 (ahora 12) se modifica el registro de mesa de trabajo por acta mesa de trabajo y en punto de control se elimina “establecido mediante Resolución Reglamentaria”.

 

En la actividad 16 (ahora 19), se aclara que es el informe final y se adiciona “Sector Gobierno General y Bogotá Distrito Capital”. Se incorpora como registro para esa actividad el memorando. En punto de control se cambia el código del formato por ver anexo 7.

 

Se suprime de la actividad 18 (ahora 17), el párrafo “Remite informe final a la Subdirección de Análisis Financiero, Presupuestal y Estadísticas Fiscales” y se pasa a la actividad que ahora es 19.

 

En la actividad 19 (ahora 15), se amplía la responsabilidad de emitir dictamen a los profesionales de la Subdirección, se adiciona como registro las cartas del dictamen y como punto de control/observación se adiciona la obligatoriedad de ser firmado por Contador Público titulado con tarjeta profesional. (Teniendo en cuenta el orden jerárquico dentro de la Subdirección).

6.0

Resolución Reglamentaria

No. 012 de junio 5 de

2012

Se modificar la denominación de los responsables de ejecutar algunas actividades en la Descripción del Procedimiento.

 

Se suprimir la definición de Dictamen Integral

 

Actividad 1: El Punto de Control se modifica, quedando como Observación el segundo párrafo ajustado.

 

Actividad 3: En la columna Actividad se cambia el texto por: Elabora Memorando de Asignación para la auditoría a los estados contables consolidados. Comunicar a los funcionarios encargados de desarrollarlo. En la columna Registro se cambia el texto quedando: Memorando de Asignación.

 

Actividad 4: En la columna Actividad queda: Elabora programa de auditoría de acuerdo a lo establecido en el Memorando de Asignación.

 

Actividad 11: En la columna Actividad se modifica el texto quedando: Organiza e incluye como anexos, los resultados de las Auditorías del Proceso de Vigilancia y control en el informe del Dictamen a los Estados Contables Consolidados del Sector Público Distrital, Sector Gobierno General y Bogotá Distrito Capital.

 

Actividad 13: En la columna Registro se modifica quedando: Planilla de seguimiento.

 

Actividad 15: En la columna Puntos de Control/Observaciones queda así: Observación: Debe ser firmado por contador Público Titulado con tarjeta profesional.

 

Actividad 22: Se ajusta la columna Puntos de Control/Observaciones la cual quedará así: Observación: De acuerdo a la Resolución Reglamentaria vigente que regula dicho Comité.

 

En el Anexo No. 1: Instructivo para elaborar el Plan de Trabajo Detallado, Código Formato 03008001 se ajusta el numeral 2.5 Cronograma de Actividades.

 

En el Anexo No. 7: Modelo para la presentación de informes Estructurales, Sectoriales y obligatorios, código formato 03008007, se le efectúa unos cambios para una mejor presentación del informe.

 

El Normograma se ajusta para incorporar el Acuerdo 519 del 26 de diciembre de 2012.

 

De igual forma, el procedimiento se ajusta para adoptar la estructura definida en la nueva versión del Procedimiento para el Control de Documentos Internos.

7.0

Resolución Reglamentaria No 038 de octubre 4 de 2013

 

 

 

PROCEDIMIENTO PARA LA ELABORACIÓN DE INFORMES ESTRUCTURALES Y

SECTORIALES

Página 1 de 13

Código documento:03009

Código formato: 01002002

Versión: 6.0

 

FECHA: 25 DE SEPTIEMBRE DE 2013

 

Aprobó elaboración o modificación

 

Revisión técnica

 

Firma:

Firma:

Nombre: Ramiro Augusto Triviño Sánchez.

 

Nombre: Bernardo Herrera Herrera.

Cargo: Director de Estudios de Economía y Política Pública

Cargo: Director Técnico de Planeación.

 

1. OBJETIVO:

 

Establecer los pasos necesarios para la elaboración de los informes Estructurales y Sectoriales, con el fin de obtener productos de calidad, que contribuyan al mejoramiento de la Gestión Fiscal.

 

2. ALCANCE:

 

El procedimiento inicia con “Elabora el plan de trabajo detallado (…)” y termina con “Remite, si lo considera necesario, el informe final al Comité de publicaciones (…)”.

 

3. BASE LEGAL:

 

Ver Normograma

 

4. DEFINICIONES:

 

INFORMES ESTRUCTURALES: Son los estudios cuyo propósito es realizar evaluaciones con una visión interdisciplinaria sobre uno o varios asuntos económicos, sociales, políticos, culturales, ambientales y de políticas públicas del Distrito Capital. Estos estudios pueden involucrar temáticas que por su naturaleza corresponden a más de una dirección sectorial, es decir, que incorporan transversalidades intersectoriales. Deben mantener una unidad conceptual y metodológica, aunque se desarrollen con la participación de varios equipos de trabajo.

 

INFORMES SECTORIALES: Son los estudios que tienen como propósito realizar evaluaciones con una visión sectorial, sobre uno o varios aspectos económicos, sociales, políticos, culturales, ambientales y de políticas públicas en el ámbito sectorial.

 

5. ANEXOS:

 

Anexo No. 1: Instructivo para elaborar el Plan de Trabajo Detallado código formato 03009001.

 

Anexo No. 2: Modelo Planilla de Seguimiento código formato 03009002.

 

Anexo No: 3: Modelo para la presentación de informes Obligatorios, Estructurales y Sectoriales código formato 03009003.

 

6. DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO:

 

No

RESPONSABLE

ACTIVIDAD

REGISTROS

PUNTOS DE CONTROL/ OBSERVACIONES

1

Subdirector de Estudios Económicos y Fiscales o Subdirector de Evaluación de Política Pública

Elabora Plan de Trabajo Detallado para informe  estructural o sectorial, según el caso.

 

Remite al Director de Estudios de Economía y Política Pública para su aprobación.

Plan de Trabajo Detallado

Punto de control:

 

Ver Anexo No. 1: Instructivo para elaborar el Plan de Trabajo Detallado código formato 03009001.

 

Observación:

 

Este Plan, será elaborado conjuntamente con los funcionarios asignados mediante acta de mesa de trabajo o correo electrónico, para la elaboración del informe.

 

2

Director de Estudios de Economía y  Política Pública.

Aprueba el Plan de Trabajo Detallado

Comunicación Oficial Interna

 

3

Profesionales Especializados y/o Universitarios de las Subdirecciones de Estudios Económicos y Fiscales y/o de Evaluación de Política Pública.

Investiga y recopila la información necesaria para realizar el informe (estructural o sectorial).

 

Analiza los temas a tratar de acuerdo a caracterización de productos, lineamientos, actividades establecidas en el plan de trabajo detallado y las normas de calidad correspondientes.

 

 

4

Subdirector de Estudios Económicos y Fiscales o Subdirector de Evaluación de Política Pública.

Efectúa seguimientos al avance y control de calidad.

Planilla de Seguimiento y/o

Actas de Mesa de Trabajo.

Punto de control:

 

Ver Anexo No. 2: Planilla de Seguimiento, Código Formato 03009002.

 

Si es necesario reformular el Plan de Trabajo Detallado.

5

Profesionales Especializados y/o Universitarios de las Subdirecciones de Estudios Económicos y Fiscales y/o de Evaluación de Política Pública.

Elabora informe preliminar del estudio (Estructural o Sectorial) y lo remite al Subdirector correspondiente.

Confirmación de entrega del informe por correo Outlook.

Punto de control:

 

Ver Anexo No. 3: Modelo para la presentación de informes Estructurales, Sectoriales y Obligatorios, Código Formato 03009003.

6

Subdirector de Estudios Económicos y Fiscales o Subdirector de Evaluación de Política Pública.

Recibe informe,  revisa en forma conjunta con los profesionales y propone ajustes  si lo considera pertinente, devolviéndolo.

Confirmación de entrega del informe por correo Outlook, para efectuar los ajustes

Punto de control:

 

Tener en cuenta la Caracterización de Productos: Informes Estructurales, Sectoriales, Obligatorios, y Pronunciamientos

7

Profesionales Especializados y/o Universitarios de las Subdirecciones de Estudios Económicos y Fiscales y/o de Evaluación de Política Pública.

Efectúa las correcciones al informe y remite al Subdirector respectivo.

Confirmación de entrega del informe ajustado  por correo Outlook.

 

8

Subdirector de Estudios Económicos y Fiscales, y/o Subdirector de Evaluación de Política Pública.

Recibe el informe y lo remite al Director de

Estudios de Economía y Política Pública.

Comunicación Oficial Interna adjuntando Informe Final

 

9

Director de Estudios de Economía y Política Pública.

Aprueba el informe final.

 

Sí: Devuelve el informe al Subdirector respectivo, para que active el Procedimiento para la preservación del producto “Informes estructurales, sectoriales, y obligatorios”

 

No: Activa el procedimiento para el Control de Producto No Conforme: Informes estructurales, sectoriales, obligatorios y pronunciamientos

Comunicación Oficial Interna.

Punto de control:

 

Tener en cuenta la caracterización del producto: Informes Estructurales, Sectoriales, Obligatorios, y Pronunciamientos.

10

Director de Estudios de Economía y Política Pública.

Remite, si lo considera necesario, el informe final al Comité de Publicaciones para aprobación de su publicación en un medio diferente a la página WEB, de la Contraloría de Bogotá.

Comunicación Oficial Interna.

Observación.

 

De acuerdo a la Resolución Reglamentaria vigente que regula dicho Comité.

 

 

7. ANEXOS

 

ANEXO No. 1

 

INSTRUCTIVO PARA LA ELABORACIÓN DEL PLAN DE TRABAJO DETALLADO

 

1. Elaborar carátula del Plan de Trabajo Detallado, así:

 

PLAN ANUAL DE ESTUDIOS - PAE (Vigencia) ______

 

DIRECCIÓN ______________________________________________________________________________________________________

 

SUBDIRECCIÓN ___________________________________________________________________________________________________

 

 

PLAN DE TRABAJO DETALLADO

 

NOMBRE DEL PRODUCTO1: _________________________________________________________________________________________

 

TIPO DE PRODUCTO2: _____________________________________________________________________________________________

 

RESPONSABLE: __________________________________________________________________________________________________

 

ELABORADO POR:

 

CARGO

NOMBRE

FIRMA

 

REVISADO Y APROBADO POR:

 

CARGO

NOMBRE

FIRMA

 

FECHA DE APROBACIÓN: DÍA: _____ MES: _____ AÑO: _____

 

NÚMERO DE FOLIOS: __________

 

2. Los planes de trabajo detallados que se formulen para cada producto (sectorial, estructural y obligatorio), del Proceso del proceso Estudios de Economía y Política Pública, deberá contener como mínimo los siguientes aspectos:

 

2.1. JUSTIFICACIÓN: Expresar las razones por las cuales se va a realizar el informe, y los beneficios que se espera obtener del mismo. (Aplica únicamente para informes estructurales y sectoriales).

 

2.2. OBJETIVOS: Es el fin o propósito bajo el cual se desarrolla un estudio. Explica el por qué y para qué se va a realizar un producto (informe).

 

2.3. ALCANCE: Para los productos (informes) estructurales y sectoriales el alcance hace referencia a la delimitación de las áreas que harán parte del tema objeto de estudio.

 

Específicamente, para los informes obligatorios, se refiere a la muestra en términos porcentuales sobre las áreas de estudio y las entidades (sujetos de control), que se evaluarán.

 

2.4. METODOLOGÍA: Es la descripción de los elementos que se utilizarán para el desarrollo de los objetivos de un producto (informe). Define los procedimientos técnicos en forma ordenada para el levantamiento de la información, el tratamiento y el análisis sistemático de la misma.

 

2.5. CRONOGRAMA DE ACTIVIDADES: Es la relación cronológica de las actividades a desarrollar para alcanzar los objetivos del informe. Este deberá incluir como mínimo: Título del informe y subdirección responsable de su elaboración. Constará de cuatro columnas:

 

La primera, la numeración consecutiva de las actividades; la segunda las actividades y/o tareas asignadas, fijando en lo posible resultados parciales o subproductos, que permitan verificar la óptima utilización del tiempo; al igual que actividades relacionadas con reuniones de seguimiento y verificación del producto efectuado tanto, por parte del subdirector y funcionarios responsable de su elaboración, como por el director, en representación del proceso Estudios de Economía y Política Pública, durante sus etapas de planeación, ejecución e informe, dejando evidencia del acompañamiento efectuado, con el fin de ser más oportunos en la detección de posibles desviaciones y mejorar la calidad de los productos en sus contenidos, redacción y capacidad de síntesis; la tercera el tiempo requerido para desarrollar cada una de las actividades, discriminado por semanas e indicando fechas de entrega; y la cuarta los responsables. Es de anotar, que como el cronograma, hace parte del Plan de Trabajo Detallado, no es necesario que lleve el nombre de los funcionarios y firmas de elaboración y aprobación.

ANEXO No 2

 

MODELO PLANILLA DE SEGUIMIENTO

 

PROCESO ESTUDIOS DE ECONOMÍA Y POLÍTICA PÚBLICA PAE:

 

PLANILLA DE SEGUIMIENTO

 

(1). NOMBRE DEL  INFORME: ________________________________________________________________________________________

 

(2). TIPO DE INFORME: _____________________________________________________________________________________________

 

(3). DEPENDENCIA RESPONSABLE: __________________________________________________________________________________

 

(4). NOMBRE DEL RESPONSABLE: ___________________________________________________________________________________

 

Fecha

(5)

Funcionarios que realizaron la actividad

(6)

Actividad revisada

(7)

Observaciones

(8)

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

(9). Nombre Subdirector:

Firma:

 

INSTRUCCIONES DE DILIGENCIAMIENTO DEL MODELO PLANILLA DE SEGUIMIENTO.

(1). Título del informe

 

(2). Obligatorios, Sectoriales o Estructurales

 

(3). Corresponde a la subdirección responsable de la elaboración del producto.

 

(4). Nombre del Subdirector responsable

 

(5). Fecha en que el subdirector elaboró el seguimiento.

 

(6). Nombre de los funcionarios que realizaron las actividades.

 

(7). Detalle de las tareas realizadas en forma breve.

 

(8). Detallar desviaciones o incumplimientos de actividades programadas.

 

(9). Nombre y firma del subdirector que realizó el seguimiento.

 

ANEXO No. 3

 

MODELO PARA LA PRESENTACIÓN DE INFORMES: SECTORIALES, ESTRUCTURALES Y OBLIGATORIOS.

 

1. Requisitos de presentación del Informe:

 

El informe debe preferiblemente redactarse en:

 

*Letra arial tamaño 12 de Word.

 

*Margen superior, 4 cms.

 

*Margen inferior, 3 cms.

 

*Margen izquierdo, 3 cms.

 

*Margen derecho, 3 cms.

 

*Espacio interlineado sencillo.

 

Numeración: Sólo se utilizarán números arábigos por niveles, así:

 

1. Primer Nivel: En mayúsculas, negrilla y centrado.

 

1.2. Segundo Nivel: En mayúsculas, negrilla y alineado a la izquierda.

 

1.2.1. Tercer Nivel: En minúscula negrilla a la Izquierda.

 

1.2.1.1. Cuarto Nivel: En minúsculas sin negrilla, cursiva y alineado a la izquierda.

 

Redacción y presentación: se debe tener en cuenta los siguientes aspectos:

 

Redacción: Tener en cuenta las normas generales de redacción y ortografía. Debe evitarse mencionar nombres propios.

 

Cuando es cita textual se debe escribir entre comillas en Arial, cursiva 10. Cuando se citen fuentes de página Web en pie de páginas se debe quitar el hipervínculo; escribir la fecha en la cual fue tomada, a manera de ejemplo: Tomada el 20 de mayo de 2013, (se copia la dirección electrónica) El pie de página debe ir en letra Times New Roman tamaño 8, internileado (exacto 8).

 

Preciso: Diga lo que tiene que decir. Es conveniente ser exacto (puntual) en cada frase y en el informe completo. Su redacción debe ser sencilla, clara, ordenada, coherente y en orden de importancia.

 

Conciso: La redacción debe ser breve pero sin omitir lo relevante, la brevedad permite mayor impacto. Redactar en forma concreta, pero sin dejar de decir lo que se tiene que decir sobre la situación encontrada.

 

Objetivo: Todo lo redactado en el informe debe reflejar una situación real, manejada con criterios técnicos, analíticos e imparciales.

 

Soportado: Las afirmaciones, conceptos y opiniones deben estar respaldadas con evidencia válida, suficiente, pertinente y competente.

 

Oportuno: Cumplir los términos de elaboración, consolidación, entrega, comunicación y publicidad. Es importante que la elaboración y entrega del informe por parte de la CB sea oportuna, de tal manera que la administración pueda implementar los correctivos del caso en procura de su mejoramiento continuo.

 

Paginación: Debe ir en el margen inferior centrado. No se numera: carátula, hoja de presentación, contenido y anexos.

 

Distribución de capítulos: Entre capítulo y capítulo del Informe dejar salto de página, así mismo, el título debe ir en negrilla y centrado en arial tamaño 12.

 

Cuadros y/o tablas: En los cuadros y tablas se utilizarán números arábigos en orden consecutivo a través de todo el texto, se debe indicar primero el número y después el título, utilizando letra arial tamaño 10; si el cuadro es extenso utilizar tipo de letra más pequeño. Con el fin de estandarizar la presentación de los cuadros, a continuación se presenta un modelo:

 

Cuadro o Tabla 1

 

Gastos de Funcionamiento e Inversión año

 

En millones de pesos

 

Años

Gastos de funcionamiento

Gastos de inversión

Porcentaje

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Fuente:

 

Gráficas: El análisis de gráficas debe ser consecuente con la presentación de las mismas. Cuando se utilizan gráficas de barras éstas deben ser presentadas en orden ascendente. Así mismo, para la numeración utilizar números arábigos en orden consecutivo en la parte inferior izquierda de la misma. Deben llevar fuente en Arial 8, fuera del gráfico y en Word.

 

No se deben copiar gráficas o cuadros como imágenes importadas de otros textos o de Internet.

 

La gráfica se debe colocar en la misma página en que se menciona.

 

Las cifras presentadas en el Informe y en los diferentes cuadros deben ir en una sola unidad de medida: millones, miles de pesos, etc. Las cifras deben separarse con puntos y no con comas. Las cifras presupuestales deben tener como fuente las Estadísticas Fiscales de la Contraloría de Bogotá, D.C.

 

Contenido: El término CONTENIDO se escribe en mayúscula sostenida y centrado.

 

10. Avances: Los avances de los informes deben contener sin excepción los parámetros dados y deben ser coherentes, claros e impecables en su redacción y ortografía. Se deben realizar en office vigente de la entidad para facilitar su consolidación.

 

2. Modelo carátula y hoja de presentación

 

NOMBRE DEL INFORME

 

PERIODO ESTUDIADO (Vigencia)

 

PLAN ANUAL DE ESTUDIOS - PAE

 

NOMBRE DE LA DIRECCIÓN

 

FECHA

 

(NOMBRE DEL INFORME)

 

Contralor de Bogotá

 

Nombre

 

Contralor Auxiliar

 

Nombre

 

Director (es) (Respectivo(s))

 

Nombre

 

Subdirector (es) (Según el caso)

 

Nombre

 

Profesionales

 

Nombres

8. CONTROL DE CAMBIOS

 

Descripción de la modificación

Descripción de la modificación

Descripción de la modificación

1.0

Resolución Reglamentaria No. 013 de marzo 10 de 2003

Resolución

 

Reglamentaria No. 035 de junio 12 de 2003

En la página No. 3, Actividad No. 1, adicionar lo siguiente: Enviar para ser aprobado por el Director de Economía y Finanzas Distritales.

Dar a conocer a los funcionarios.

2.0

Resolución Reglamentaria No. 044 de septiembre 22 de 2003

 

En registros se incluye Plan de Trabajo Detallado reformulado para cada informe (Producto).

 

En la actividad No. 1, se complementa, incluyendo el instructivo para la elaboración de Plan de Trabajo Detallado y esta actividad se abre en tres actividades para diferenciar la elaboración de la aprobación y la difusión, las cuales se incluyen como modificación y la secuencia numérica subsiguiente se cambia.

 

En la actividad No. 4, ahora 6, se incluye el registro Plan de Trabajo Detallado reformulado por cada producto y en las observaciones: la reformulación del Plan de trabajo detallado, se realizará sólo que como producto del seguimiento se evidencien desviaciones que impidan el cumplimiento del mismo.

 

Se elimina la actividad No.6.

 

En la actividad No. 7 se cambia la actividad por: preparar informe y presentar para revisión.

 

Se eliminan las actividades de la No. 8 a la No. 11.

 

Se incluye como actividad No. 8: Ejecutor: Subdirectores de Análisis Sectorial y/o Subdirectores de Economía y Finanzas Distritales – Actividad: Revisar informe y proponer ajustes si es del caso.

 

Se incluye como actividad No. 9: Ejecutor: Profesionales Universitarios y/o Especializados –Actividad: Efectuar correcciones al informe – Registro:

 

Informe Final.

 

Se incluye actividad No. 10, como ejecutor al Director Técnico Sectorial y/o Director de Economía y Finanzas

Distritales. Como actividad: Continuar con el procedimiento para el control del producto (informe) no conforme estructurales, sectoriales, obligatorios y pronunciamientos.

3.0

Resolución Reglamentaria

No. 016

del 22 de abril de

2005

Cambia de versión.

 

Se separan los procedimientos para dar mayor claridad en cuanto a ejecutores y actividades respectivos para cada informe.

 

Ajustar el alcance.

 

Ajustar la redacción de las definiciones.

 

En la descripción del proceso, modificar y simplificar algunas actividades, a fin de mejorar la comprensión, se unifican las actividades y deja un solo procedimiento para los informes estructurales y sectoriales.

 

Se establecen puntos de control.

 

Se cambian registros y anexos.

4.0

Resolución Reglamentaria

No. 013 de mayo 12 de 2009.

Se modifica el alcance del procedimiento para ajustarlo a la trazabilidad del producto.

 

En la definición de Informes Estructurales, se suprime: “Estos estudios estructurales”.

 

En la descripción del procedimiento actividades 5 y 10 Se agregan las denominaciones: Punto de control y Observaciones, respectivamente.

5.0

Resolución Reglamentaria

No. 017 de junio 16 de

2010

Se modifica la denominación de los responsables de ejecutar algunas actividades en la Descripción del Procedimiento.

 

La redacción de algunas actividades se ajustan y se incorporan algunos registros.

 

En el Anexo No. 1: Instructivo para elaborar el Plan de Trabajo Detallado, código formato 03009001, se ajusta el numeral 2.5 Cronograma de Actividades.

 

En el Anexo No. 3: Modelo para la presentación de informes Estructurales, Sectoriales y Obligatorios, código formato 03009003, se le efectúa unos cambios para una mejor presentación del informe.

 

El Normograma se ajusta para incorporar el Acuerdo 519 del 26 de diciembre de 2012.

 

De igual forma, el procedimiento se ajusta para adoptar la estructura definida en la nueva versión del Procedimiento para el Control de Documentos Internos.

6.0

Resolución Reglamentaria

No.038 de octubre 4 de 2013

 

 

 

 

PROCEDIMIENTO PARA LA ELABORACIÓN DEL INFORME DE  DEUDA PÚBLICA, ESTADO DE TESORERÍA E INVERSIONES FINANCIERAS DEL DISTRITO CAPITAL - ANUAL

Página 1 de 23

Código documento:03010

Código formato: 01002002

Versión: 3.0

 

FECHA: 25 DE SEPTIEMBRE DE 2013

 

Aprobó elaboración o modificación

 

Revisión técnica

 

Firma:

Firma:

Nombre: Ramiro Augusto Triviño Sánchez.

 

Nombre: Bernardo Herrera Herrrera

Cargo: Director de Estudios de Economía y Política Pública.

Cargo: Director Técnico de Planeación.

 

1. OBJETIVO:

 

Establecer los pasos necesarios para elaborar el informe de Deuda Pública, Estado de Tesorería e Inversiones Financieras del Distrito Capital en forma trimestral y anual.

 

2. ALCANCE:

 

El procedimiento inicia con “Elabora el plan de trabajo detallado” y termina con “Remite, si lo considera necesario, el informe final al Comité de Publicaciones para aprobación de su publicación en un medio diferente a la página WEB, de la Contraloría de Bogotá.”

 

3. BASE LEGAL:

 

Ver Normograma

 

4. DEFINICIONES:

 

ACTIVO FINANCIERO: Títulos que representan obligaciones de pagos de terceros a quienes los posean. Los activos financieros son las acciones, bonos, letras de cambio, pagarés, depósitos de ahorro, etc.

 

AJUSTE: Se refiere al registro en pesos de la cifra que se genere al momento de liquidar los créditos contratados en moneda extranjera (efecto de la devaluación o revaluación).

 

AMORTIZACIÓN: Reducciones graduales de la deuda a través de pagos periódicos sobre el capital prestado.

 

BENEFICIARIO PRIMARIO: Es quien adquiere un nuevo título valor ante la entidad emisora, ya sea a través del mercado de valores o de su delegatario para este efecto.

 

BENEFICIARIO SECUNDARIO: Es el inversionista que adquiere, generalmente en una bolsa, un título valor, que había sido colocado con anterioridad por la entidad emisora y que ha sido recolocado por su beneficiario primario, u otro secundario, posiblemente por requerimiento anticipado de liquidez.

 

CAPACIDAD DE PAGO: La Ley 358 de 1997, define la capacidad de pago como “el flujo mínimo de ahorro operacional que permite efectuar cumplidamente el servicio de la deuda en todos los años, dejando un remanente para financiar inversiones”.

 

La capacidad permitida por la Ley se establece a través de los siguientes indicadores: Existe capacidad de pago, cuando la relación interés/ahorro operacional es igual o inferior al 40% y la relación saldo de la deuda/ingresos corrientes es igual o inferior al 80%.

 

COMISIONISTA: Es la persona legalmente autorizada para realizar las transacciones de compra y venta de títulos valores que se realizan en el mercado.

 

CONTRATOS DE EMPRÉSTITO: Son contratos de empréstito los que tienen por objeto proveer a la entidad estatal contratante de recursos en moneda nacional o extranjera con plazo para su pago.

 

CRÉDITO DE PROVEEDORES: Son aquellos en donde lo que se entrega es un bien o servicio con el fin de atender sus necesidades.

 

CRÉDITO PÚBLICO: La capacidad que tiene el Estado para endeudarse con el objeto de atender sus necesidades de financiamiento.

 

CUPO DE ENDEUDAMIENTO: El cupo de endeudamiento es la autorización que expide el Concejo de Bogotá, correspondiente al monto máximo de deuda que puede contratar el Distrito Capital mediante operaciones de crédito público interno y/o externo u operaciones asimiladas, de conformidad con el numeral 17 del artículo 12 del Decreto Ley 1421 de 1993 y el artículo 43 numerales 10 y 12 del Acuerdo 519 de 2012.

 

DEVALUACIÓN: Pérdida del valor adquisitivo de una moneda, fuera del país que la emite.

 

DIVISA: Moneda extranjera que utilizan los residentes de un país para efectuar las transacciones económicas internacionales. Para cumplir con dicho fin, dichas monedas como medios de pago deben gozar de aceptación internacional generalizada, es decir, deben ser monedas duras. Sin embargo, la moneda dura no es el único medio de pago, también lo son el oro y los derechos internacionales de giro. Los precios de las divisas son los tipos de cambio.

 

DTF (tasa de interés DTF): Es la tasa de interés básica colombiana se calcula con base en el promedio de las tasas de interés para los depósitos a término fijo en los últimos 90 días (la DTF se señala para cada semana).

 

EMISIÓN: Acto de crear nuevos títulos, sean acciones, obligaciones, fondos públicos, pagarés, etc. Acto de emitir valores de una empresa. Conjunto de valores que una emisora crea y pone en circulación. Una emisión puede ser pública, si se realiza la colocación de los títulos en el mercado de valores a través de la intermediación bursátil, y privada si la colocación se hace a los actuales accionistas o a través de la venta directa de un paquete de acciones del vendedor al comprador.

 

EMISIÓN DE BONOS: Acto de crear y distribuir títulos o valores por parte de una empresa con el fin de obtener recursos financieros. La colocación en el mercado de dichos valores la realizan una o varias instituciones financieras en el país o en el extranjero.

 

EVALUACIÓN DE LA CAPACIDAD DE PAGO: De conformidad con el artículo 6 del Decreto 696, reglamentario de la Ley 358 de 1997, para celebrar cada operación de crédito se deben calcular los dos indicadores: intereses/ahorro operacional, saldo deuda/ingresos corrientes. La evaluación de éstos lleva a la entidad territorial a ubicarse en una de las tres instancias de endeudamiento que determina la Ley.

 

GARANTÍA: Corresponde a las seguridades accesorias que se da para garantizar una obligación.

 

HACIENDA PÚBLICA: Se define desde tres puntos de vista diferentes a saber: El primero la define como los recursos disponibles por parte del Estado y las entidades públicas para el cumplimiento de sus actividades y proyectos. El segundo como el conjunto de entidades públicas que tienen encomendado gestionar los ingresos que recibe el Estado. El tercero, que corresponde al más común de todos, como la disciplina que se encarga del estudio de los objetivos del sector público y la forma como se pueden lograr éstos con unos recursos limitados.

 

INDICADORES DE ENDEUDAMIENTO: Relación de dos variables que miden en qué grado y forma, participan los acreedores dentro del financiamiento de la empresa (Intereses sobre ahorro operacional y saldo de la deuda sobre los ingresos corrientes).

 

INFLACIÓN: Fenómeno económico que se expresa en reducción del poder adquisitivo por el aumento de los precios.

 

INTERÉS: Precio que pagan los agentes económicos por usar los fondos ajenos; o en otras palabras, precio al cual se presta el dinero. Se expresa como un porcentaje del monto prestado por la unidad de tiempo.

 

INTERESES DE LA DEUDA: Costo del dinero durante un tiempo dado, o como el retorno obtenido de una inversión productiva. Incluye los pagados durante la vigencia, más los causados que van a ser pagados en el resto de la vigencia, más los de crédito de corto plazo, más los de sobregiro, más los de mora, más los del nuevo crédito que deban ser cancelados en la vigencia.

 

INVERSIÓN TEMPORAL: Inversiones normales del corto plazo que tienen por finalidad captar recursos de los diferentes sectores económicos y que son trasladados a otros sectores de la economía para  activar la demanda agregada.

 

IPC: Índice de precios al consumidor. Es un indicador que mide el comportamiento de los precios de los principales bienes de consumo de la canasta familiar, que se utiliza para determinar la inflación.

 

LÍMITE DE ENDEUDAMIENTO: Los topes máximo permitido los establece la Ley 358 de 1997,  en el Distrito se aplican a la Administración Central y son los siguientes:

 

*Solvencia = Intereses Deuda Pública (1) / Ahorro Operacional Ajustado (2).

 

*(1) Intereses de la Deuda: Para determinar el monto de los intereses de la deuda que ha de emplearse en el cálculo del indicador intereses/ahorro operacional, se suma los intereses pagados durante la vigencia fiscal más los causados cuyo pago deba efectuarse dentro de la misma vigencia, los correspondientes a la nuevas operaciones de crédito público, los intereses de mora, los intereses de crédito de corto plazo y los intereses de los sobregiros.

 

*(2) Ahorro Operacional: Se define el ahorro operacional, el resultado de restar a los Ingresos Corrientes, los Gastos de Funcionamiento, incluidos los clasificados como inversión y las transferencias pagadas por el ente territorial.

 

Cuando la relación intereses/ahorro operacional está entre el 40% y el 60% se podrá contratar créditos nuevos siempre que el saldo de la deuda no se incremente más del IPC proyectado oficialmente. Ninguna entidad territorial podrá, sin autorización del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, contratar nuevas operaciones de crédito cuando: Intereses / Ahorro Operacional > 60.0% ó el Saldo de la deuda / ingresos corrientes > 80.0%.

 

*Sostenibilidad = Saldo de la deuda (3) / Ingresos corrientes ajustados (4)

 

(3) Saldo de la deuda: Se determina sumando al valor contraído en pesos el resultado de multiplicar la deuda contraída en divisas por la tasa de cambio que opere en el momento de realizar la valoración.

 

(4) Ingresos Corrientes (Decreto 696 de 1998): corresponde a los ingresos presupuestados y efectivamente recibidos en la vigencia fiscal inmediatamente anterior, incluidos los ingresos por recuperación de cartera tributarios y no tributarios, con las exclusiones que determina la norma. Los cuales se ajustan con el índice de precio al consumidor (IPC) proyectado para el año que se aplica el indicador.

 

LIQUIDEZ PRIMARIA: Posibilidad de redimir la inversión en la entidad emisora y/o fideicomisario, antes del vencimiento del título.

 

LIQUIDEZ SECUNDARIA: Posibilidad de transformar o vender la inversión o titulo en el mercado secundario de la bolsa, donde es adquirido por un nuevo comisionista.

 

OPERACIONES DE CRÉDITO PÚBLICO: Se consideran operaciones de crédito público las que tienen por objeto dotar a la entidad de recursos con plazo para su pago, entre las que se encuentran la contratación de empréstitos, la emisión, suscripción y colocación de bonos y títulos valores, los créditos de proveedores y el otorgamiento de garantías para obligaciones de pago a cargo de las entidades estatales.

 

OPERACIONES DE MANEJO DE LA DEUDA PÚBLICA: Constituyen operaciones propias del manejo de la deuda pública las que no incrementan el endeudamiento neto de la entidad estatal y contribuyan a mejorar el perfil de la deuda de la misma. Estas operaciones, en tanto no constituyen un nuevo financiamiento, no afectan el cupo de endeudamiento.

 

PLAZO: Es la duración total de un préstamo o de una inversión y se mide en términos de tiempo.

 

RECURSOS DEL CRÉDITO: Son los valores presupuestados en una vigencia (Desembolsos) que recibe la entidad en virtud de Operaciones de Crédito Público. Se denominan también desembolsos y se clasifican en internos y externos según la naturaleza del ente acreedor.

 

RENTABILIDAD: Beneficio que se obtiene de una inversión o en la gestión de una empresa.

 

SALDO DE DEUDA PÚBLICA: Suma algebraica de la situación original de una cuenta u obligación y sus variaciones positivas o negativas durante un período.

 

SERVICIO DE LA DEUDA: Erogaciones que efectúa una entidad con el propósito de pagar las obligaciones adquiridas por la contratación de operaciones de crédito público. Está compuesto por las amortizaciones, intereses comisiones y otros.

 

S.E.U.D: Sistema Estadístico Unificado de la Deuda.

 

SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA: Organismo de control financiero encargado de regular el mercado público de valores.

 

TBS: Tasa básica de la Superintendencia Financiera de Colombia, calculada sobre las tasas pasivas del sistema financiero nacional sujetas a control.

 

TCC: Es la tasa promedio ponderada de captación de las Corporaciones Financieras Privadas calculada semanalmente por el Banco de la República.

 

TASA DE INTERÉS: Es el factor que se aplica al capital, y que se expresa en términos decimales o en términos porcentuales.

 

TASA REPRESENTATIVA DEL MERCADO (TRM): Es un promedio aritmético simple de las tasas ponderadas en las operaciones de compra y venta de divisas efectuadas con diez días máximo, en los banco comerciales y corporaciones financieras en las ciudades de mayor importancia en el país: Bogotá, Medellín, Calí y Barranquilla. Estas operaciones son certificadas con base en la información disponible por la Superintendencia Bancaria.

 

VALOR FACIAL: Es el valor incorporado en un título valor al momento de la suscripción.

 

VALOR NOMINAL: Valor de un bien o título expresado en unidades monetarias corrientes en un momento determinado. Sinónimo de precio nominal económico o crediticio.

 

VALOR FUTURO: Es el valor final de un título donde se encuentran incorporados los rendimientos generados durante la vigencia del título.

 

VALOR PRESENTE: Es aquel capital que a una tasa dada alcanzará en un período de tiempo, un monto igual a la suma a recibirse en la fecha convenida. El valor presente varía en forma inversa al período de tiempo en que se recibirán las sumas de dinero, y también en forma inversa a la tasa de interés utilizada en el descuento.

 

VALOR REAL: Precio del dinero medido en términos de bienes. Equivalente al valor adquisitivo de la moneda.

 

5. ANEXOS:

 

Anexo No. 1. Instructivo para elaborar el Plan de Trabajo Detallado (código formato 03010001).

 

Anexo No. 2: Planilla de seguimiento (código formato 03010002).

 

Anexo No. 3: Modelo para la presentación de informes Obligatorios, Estructurales y Sectoriales (código formato 03010003).

 

Anexo No. 4: Consolidado de la Deuda Pública Distrital. (Código formato 03010004).

 

Anexo No. 5: Consolidado de Tesorería y Portafolio de Inversiones del Distrito Capital (código formato 03010005).

 

6. DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO

 

No.

RESPONSABLE

ACTIVIDAD

REGISTRO

PUNTOS DE CONTROL /OBSERVACIONES

1

Subdirector de Estadística y Análisis presupuestal y Financiero.

 

Elabora el plan de trabajo detallado.

 

Remite al Director de Estudios de Economía y Política Pública, para su aprobación.

Plan de Trabajo Detallado

Punto de control:

 

Ver Anexo No. 1: Instructivo para elaborar el Plan de Trabajo Detallado código formato 03010001.

 

Observación:

 

Este Plan, será elaborado conjuntamente con los funcionarios asignados mediante acta de mesa de trabajo o correo electrónico, para la elaboración del informe.

2

Director de Estudios de Economía y Política Pública.

Aprueba el Plan de trabajo detallado.

Comunicación Oficial Interna

 

3

Profesional especializado y/o profesional universitario de la Subdirección de Estadística y Análisis Presupuestal y Financiero

Baja del sistema de vigilancia de control fiscal (SIVICOF), la información reportada por los sujetos de control, correspondiente a los formatos establecidos para remitir la información sobre deuda pública tesorería (disponibilidad de fondos) e inversiones.

 

 

4

Profesional especializado y/o profesional universitario de la Subdirección de Estadística y Análisis Presupuestal y Financiero

Registra y procesa la información del estado de tesorería del Distrito, Portafolio de Inversiones por sectores, entidades, emisores, y consolida los títulos valores por edades. De igual forma, registra y consolida los movimientos de deuda pública por entidad y realiza el consolidado global, para determinar saldos en un periodo determinado.

 

 

5

Subdirector de Estadística y Análisis Presupuestal y Financiero

Efectúa seguimiento al avance y control de calidad.

Planilla de seguimiento y/o. Actas de mesas de trabajo.

Punto de control:

 

Ver Anexo No. 2: Planilla de Seguimiento, Código Formato 03010002.

 

Si es necesario reformular el Plan de Trabajo Detallado.

6

Profesional especializado y/o profesional universitario de la Subdirección de Estadística y Análisis Presupuestal y Financiero

Elabora informe preliminar sobre el estado de la deuda pública, tesorería e inversiones del Distrito Capital.

 

Punto de control:

 

Anexo No. 3: Modelo para la presentación de informes Obligatorios, Estructurales y Sectoriales (código formato 03010003).

7

Subdirector de Estadística y Análisis Presupuestal y Financiero

Revisa y propone ajustes al informe.

Comunicación Oficial Interna

 

8

Profesional especializado y/o profesional universitario de la Subdirección de Estadística y Análisis Presupuestal y Financiero.

Elabora el informe anual, final de acuerdo con las observaciones presentadas.

 

Remite al subdirector.

Informe final

 

9

Subdirector de Estadística y Análisis Presupuestal y Financiero

Revisa y envía el informe final consolidado al  Director de Estudios de Economía y Política Pública para su revisión y aprobación.

Comunicación Oficial Interna

 

10

Director de Estudios de Economía y Política Pública.

Aprueba el informe final.

 

Sí: Devuelve el informe al Subdirector, para que active el “Procedimiento para la preservación del producto Informes estructurales, sectoriales y obligatorios”.

 

No: Aplica el procedimiento para el Control de Producto no conforme informes estructurales, sectoriales, obligatorios, y pronunciamientos.

Comunicación Oficial Interna

Punto de control:

 

Tener en cuenta la caracterización del producto: Informes Estructurales, Sectoriales, Obligatorios y Pronunciamientos.

11

Director de Estudios de Economía y Política Pública.

Remite, si lo considera necesario, el informe final al Comité de Publicaciones para aprobación de su publicación en un medio diferente a la página WEB, de la Contraloría de Bogotá.

Comunicación Oficial Interna

Observación.

 

De acuerdo a la Resolución Reglamentaria vigente que regula dicho Comité.

 

ANEXO No. 1

 

INSTRUCTIVO PARA LA ELABORACIÓN DEL PLAN DE TRABAJO DETALLADO

 

1. Elaborar carátula del Plan de Trabajo Detallado, así:

 

PLAN ANUAL DE ESTUDIOS - PAE (Vigencia) ______

 

DIRECCIÓN ______________________________________________________________________________________________________

 

SUBDIRECCIÓN ___________________________________________________________________________________________________

 

PLAN DE TRABAJO DETALLADO

 

NOMBRE DEL PRODUCTO:1_________________________________________________________________________________________

 

TIPO DE PRODUCTO:2______________________________________________________________________________________________

 

PERIODO DE ESTUDIO:3 ____________________________________________________________________________________________

 

RESPONSABLE:___________________________________________________________________________________________________

 

ELABORADO POR:

CARGO

 

 

NOMBRE

 

 

FIRMA

 

REVISADO Y APROBADO POR:

 

 

CARGO

 

NOMBRE

 

FIRMA

 

Fecha de aprobación: día _____ mes _____ año _____Número de folios: ____

 

2. Los planes de trabajo detallados que se formulen para cada producto (sectorial, estructural y obligatorio), del proceso Estudios de Economía y Política Pública, deberá contener como mínimo los siguientes aspectos:

 

2.1. JUSTIFICACIÓN: Expresar las razones por las cuales se va a realizar el informe, y los beneficios que se espera obtener del mismo. (Aplica únicamente para informes estructurales y sectoriales).

 

2.2. OBJETIVOS: Es el fin o propósito bajo el cuál se desarrolla un estudio. Explica el porque y para que se va a realizar un producto (informe).

 

2.3. ALCANCE: Para los productos (informes) estructurales y sectoriales el alcance hace referencia a la delimitación de las áreas que harán parte del tema objeto de estudio.

 

Específicamente, para los informes obligatorios, se refiere a la muestra en términos porcentuales sobre las áreas de estudio y las entidades (sujetos de control), que se evaluarán.

 

2.4. METODOLOGIA: Es la descripción de los elementos que se utilizarán para el desarrollo de los objetivos de un producto (informe). Define los procedimientos técnicos en forma ordenada para el levantamiento de la información, el tratamiento y el análisis sistemático de la misma.

 

2.5. CRONOGRAMA DE ACTIVIDADES: Es la relación cronológica de las actividades a desarrollar para alcanzar los objetivos del informe. Este deberá incluir como mínimo: Título del informe y subdirección responsable de su elaboración. Constará de cuatro columnas:

 

La primera, la numeración consecutiva de las actividades; la segunda las actividades y/o tareas asignadas, fijando en lo posible resultados parciales o subproductos, que permitan verificar la óptima utilización del tiempo; al igual que actividades relacionadas con reuniones de seguimiento y verificación del producto efectuado tanto, por parte del subdirector y funcionarios responsable de su elaboración, como por el director, en representación del proceso Estudios de Economía y Política Pública, durante sus etapas de planeación, ejecución e informe, dejando evidencia del acompañamiento efectuado, con el fin de ser más oportunos en la detección de posibles desviaciones y mejorar la calidad de los productos en sus contenidos, redacción y capacidad de síntesis; la tercera el tiempo requerido para desarrollar cada una de las actividades, discriminado por semanas e indicando fechas de entrega; y la cuarta los responsables. Es de anotar, que como el cronograma, hace parte del Plan de Trabajo Detallado, no es necesario que lleve el nombre de los funcionarios y firmas de elaboración y aprobación.

ANEXO No. 2

 

PLANILLA DE SEGUIMIENTO

 

PAE:

 

PLANILLA DE SEGUIMIENTO

 

(1). NOMBRE DEL INFORME: ________________________________________________________________________________________

 

(2). TIPO DE INFORME: _____________________________________________________________________________________________

 

(3). DEPENDENCIA RESPONSABLE: __________________________________________________________________________________

 

(4). NOMBRE DEL RESPONSABLE: ___________________________________________________________________________________

 

Fecha

(5)

Funcionarios que realizaron la actividad

(6)

Actividad revisada

(7)

Observaciones

(8)

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

(9) Nombre subdirector: ___________Firma: ______________________________

 

INSTRUCCIONES DE DILIGENCIAMIENTO DEL MODELO PLANILLA DE SEGUIMIENTO.

 

(1) Titulo del informe.

 

(2) Obligatorios, Sectoriales o Estructurales.

 

(3) Corresponde a la subdirección responsable de la elaboración del producto.

 

(4) Nombre del Subdirector responsable.

 

(5) Fecha en que el subdirector elaboró el seguimiento.

 

(6) Nombre de los funcionarios que realizaron las actividades.

 

(7) Detalle de las tareas realizadas en forma breve.

 

(8) Detallar desviaciones o incumplimientos de actividades programadas.

 

(9) Nombre y firma del subdirector que realizó el seguimiento.

 

ANEXO No. 3

 

MODELO PARA LA PRESENTACIÓN DE INFORMES: SECTORIALES, ESTRUCTURALES Y OBLIGATORIOS

 

1. Requisitos de presentación del Informe:

 

El informe debe redactarse preferiblemente en:

 

*Letra arial tamaño 12 de Word.

 

*Margen superior, 4 cms.

 

*Margen inferior, 3 cms.

 

*Margen izquierdo, 3 cms.

 

*Margen derecho, 3 cms.

 

*Espacio interlineado sencillo.

 

2. Numeración: Sólo se utilizarán números arábigos por niveles, así:

 

1. Primer Nivel: En mayúsculas, negrilla y centrado.

 

1.2. Segundo Nivel: En mayúsculas sin negrilla y alineado a la izquierda.

 

1.2.1. Tercer Nivel: En minúscula sin negrilla a la Izquierda.

 

1.2.1.1. Cuarto Nivel: En minúsculas sin negrilla, cursiva y alineado a la izquierda.

 

3. Paginación: Debe ir en el margen inferior centrado. No se numera: carátula, hoja de presentación, contenido y anexos. “Página x de y”

 

4. Tener en cuenta las normas generales de redacción y ortografía.

 

5. Entre capítulo y capítulo del Informe dejar salto de página, así mismo, el título debe ir en negrilla y centrado en arial tamaño 12.

 

6. En los cuadros y tablas se utilizarán números arábigos en orden consecutivo a través de todo el texto, se debe indicar primero el número y después el título, utilizando letra arial tamaño 10; si el cuadro es extenso utilizar tipo de letra más pequeño. Con el fin de estandarizar la presentación de los cuadros, a continuación se presenta un modelo:

 

Cuadro o tabla 1

 

Gastos de Funcionamiento e Inversión año

 

Millones de pesos

 

Año

Gastos de funcionamiento

Gastos de inversión

Porcentaje

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Fuente:

 

7. El análisis de gráficas debe ser consecuente con la presentación de las mismas. Cuando se utilizan gráficas de barras éstas deben ser presentadas en orden ascendente. Así mismo, para la numeración utilizar números arábigos en orden consecutivo en la parte inferior izquierda de la misma.

 

8. La gráfica se debe colocar en la misma página en que se menciona.

 

9. Las cifras presentadas en el Informe y en los diferentes cuadros deben ir en una sola unidad de medida: millones, miles de pesos, etc., Se deben separar con puntos y no con comas.

 

10. En la redacción del Informe debe evitarse mencionar nombres propios.

 

11. El término CONTENIDO se escribe en mayúscula sostenida y centrado.

 

12. Modelo carátula y hoja de presentación.

 

NOMBRE DEL INFORME

 

PERIODO ESTUDIADO (Vigencia)

 

PLAN ANUAL DE ESTUDIOS – PAE

 

NOMBRE DE LA DIRECCIÓN

 

FECHA

 

(NOMBRE DEL INFORME)

 

Contralor de Bogotá

Nombre

 

Contralor Auxiliar

 

Nombre

 

Director (es) (Respectivo(s))

 

Nombre

 

Subdirector (es) (Según el caso)

 

Nombre

 

Profesionales

 

Nombres

 

ANEXO No. 4

 

CONSOLIDADO DE LA DEUDA PÚBLICA DISTRITAL

 

INSTRUCTIVO PARA EL DILIGENCIAMIENTO DEL FORMATO

 

“ESTADO DE LA DEUDA PÚBLICA DISTRITAL CONSOLIDADA”

 

1. Nombre del formato: “Estado de la deuda pública distrital consolidada”.

 

2. Período Reportado: Escriba el período al cual corresponde la información reportada.

 

3. Cifras en: Millones de pesos.

 

4. Entidades: Relacione las entidades que reportan deuda pública agrupadas por niveles sector Central y Empresas. Sume de forma independiente la deuda interna de la deuda externa y realice la sumatoria por niveles, sectores, o grupo de empresas. Finalmente consolide los totales para determinar la deuda distrital consolidada.

 

5. Saldo inicial: valores con los que se inicia el período cada entidad, tanto de deuda interna como de externa.

 

6. Aumentos: son las variaciones que tiene la deuda interna o externa por obtención de recursos del crédito o por las fluctuaciones de la tasa de cambio cuando se encuentra contratada en divisas.

 

6.1. Recursos del crédito: corresponden a los montos desembolsado de los créditos contratados.

 

6.2. Ajustes: valores que resultan de convertir la deuda en moneda extranjera a pesos, el resultado puede ser negativos o positivos. En el primer caso disminuirán el saldo de la deuda y en el segundo la incrementara. También pueden ser el resultado de correcciones en registros anteriores.

 

7. Servicio de la deuda: son los pagos que realizan las entidades por la deuda que tienen.

 

7.1. Amortizaciones: son los pagos realizados al capital adeudado, se debe registrar la sumatoria del periodo.

 

7.2. Intereses: son los costos financieros que asume la entidad por los créditos, se debe registrar la sumatoria del periodo.

 

7.3. Comisiones: Son los pagos realizados por conceptos establecidos en las diferentes cláusulas de los contratos, se debe registrar la sumatoria del periodo.

 

7.4. Otros: Corresponde a los pagos realizados por otros conceptos diferentes a los intereses y comisiones de los contratos de deuda. se debe registrar la sumatoria del periodo.

 

8. Total Servicio de la deuda: es la sumatoria de las amortizaciones a capital, los intereses, comisiones y otros pagos asumidos por las entidades durante el periodo.

 

9. Saldo Final: registra el resultado del movimiento que se produjo en el período, es decir, al saldo inicial (casilla 5) más los aumentos (casillas 6.1) más los ajustes (casilla 6.2) menos las amortizaciones a capital (casilla 7.1).

 

10. Participación Accionaria del Distrito: Registre en porcentaje la participación del Distrito a la fecha de corte de la información reportada.

 

11. Empresas Industriales, Comerciales y Por Acción: Se hace la sumatoria por cada concepto.

 

12. Total Distrito Capital: Es la sumatoria total de cada concepto (Sector Central y Descentralizado).

 

13. Observaciones: registre observaciones y/o aclaraciones que considere explican las cifras o el movimiento reportado.

 

14. Nombre del funcionario: Quien consolida la información.

 

ANEXO No. 5

 

1. CONSOLIDADO DE TESORERIA Y PORTAFOLIO DE INVERSIONES DEL DISTRITO CAPITAL

 

2. PERIODO REPORTADO

 

3. Millones de pesos

 

Concepto

4.

Secretaría Distrital de Hacienda

5.

Demás entidades con participación del Distrito Capital

6. Total

7. Cuentas de Ahorro

 

 

 

8. Cuentas Corrientes

 

 

 

9. Cajas

 

 

 

10. Subtotal Tesorería

 

 

 

11. CDT`s

 

 

 

12. Otros títulos

 

 

 

13. Subtotal Portafolio

 

 

 

14. Total Tesorería y Portafolio

 

 

 

 

1. Nombre del formato: “Consolidado de Tesorería y Portafolio de Inversiones”

 

2. Período Reportado: Escriba el período al cual corresponde la información reportada.

 

3. Cifras en: Millones de pesos.

 

4. Secretaría Distrital de Hacienda: En esta columna se colocará la información correspondiente a esta entidad.

 

5. Demás entidades con participación del Distrito Capital: En esta columna se colocará la información correspondiente a todas las entidades distritales o con participación del distrito exceptuando la Secretaría Distrital de Hacienda.

 

6. Total: En esta columna se colocará la información consolidada de las columnas 3 y 4.

 

7. Cuentas de ahorro: Corresponde a recursos depositados en cuentas de ahorro por las entidades en el periodo.

 

8. Cuentas Corrientes: Corresponde a recursos depositados en cuentas corrientes por las entidades en el periodo.

 

9. Cajas: Corresponde a recursos que permanecen en cajas menores o principal por las entidades en el periodo.

 

10. Subtotal Tesorería: Corresponde a la suma de las columnas 6, 7 y 8 acorde con la entidad.

 

11. CDT`s: Corresponde al valor de los títulos en CDT que tienen las entidades en el periodo.

 

12. Otros títulos: Corresponde al valor de títulos de inversión diferentes a CDT de las entidades en el periodo.

 

13. Subtotal Portafolio: Corresponde a la suma de los recursos en CDT y otros títulos por entidad en el periodo.

 

14. Total Tesorería y Portafolio: Corresponde a la suma de los recursos en tesorería y portafolio de las entidades en el periodo.

 

15. Observaciones: registre observaciones y/o aclaraciones que considere explican las cifras o el movimiento reportado.

 

16. Nombre del funcionario: Quien consolida la información.

 

CONTROL DE CAMBIOS

 

VERSIÓN

NUMERO Y FECHA DE RESOLUCIÓN QUE LO ADOPTA

NATURALEZA DEL CAMBIO

1.0

Resolución Reglamentaria No. 013 de mayo 12 de 2009.

Se deja como base legal general el Acuerdo 361 de 2009.

 

Se identifican las normas aplicables a Deuda Pública.

 

Se identifican las normas aplicables al Estado de Tesorería e Inversiones Financieras.

 

Se adicionaron las siguientes normas:

 

Constitución Política de Colombia: Artículos 150, 189 y 335.

 

Decreto Nacional 1999 de 2008.

 

Decreto Nacional 3800 de 2005.

 

Decreto Nacional 423 de 2001.

 

Decreto Nacional 2187 de 1997.

 

Decreto 359 de 1995.

 

Decreto Distrital 714 de 1996.

 

Decreto Distrital 390 de 2008.

 

Decreto Distrital 1179 de 1997.

 

Resolución Orgánica 5544 de 2003, modificada por las resoluciones Orgánicas 5799 de 2006 y 5993 de 2008.

 

Resolución 01822 de 2006.

 

Resolución 1954 de 2005

 

Resolución 0274 de 2004

 

Resolución 400 de 1995

 

Políticas de Inversión del Comité de Riesgos de la Dirección Distrital de Tesorería de 2007.

 

Carta Circula 100 de 2002 de la Superintendencia Bancaria.

 

Circular 033 de 2002 de la Superintendencia Bancaria.

 

Se suprimieron las siguientes normas:

 

Ley 185 de 1995, por que es reglamentado por el Decreto 423 de 2001.

 

Ley 781 de 2002.

 

Ley 488 de 1998.

 

Decreto 4471 de 2008.

 

En la definición de Cupo de endeudamiento: se suprime el artículo 63 del Acuerdo 24 de 1995 por artículo 58 del Acuerdo 361 de 2009.

 

Se modificó el formato 3010002 “ESTADO DE LA DEUDA PÚBLICA DISTRITAL CONSOLIDADA” con su correspondiente instructivo.

2.0

Resolución Reglamentaria No. 017 de junio 16 de 2010

 

Modificar el nombre del procedimiento el cual quedará así: “PROCEDIMIENTO PARA LA ELABORACIÓN DEL INFORME DE DEUDA PÚBLICA, ESTADO DE TESORERÍA E INVERSIONES FINANCIERAS DEL DISTRITO CAPITAL ANUAL”; es decir se suprime la palabra Trimestral.

 

Modificar el nombre de los responsables de ejecutar algunas actividades en la Descripción del Procedimiento.

 

4. DEFINICIONES: Se modifican y se actualizan algunos conceptos que se manejan en el informe.

 

5. ANEXOS: Se modifican los Anexos, que se incorporaban en el informe toda vez que la información, muchas veces no requiere de cuadros o de este tipo de anexos, quedando únicamente los siguientes:

 

Anexo No. 1. Instructivo para elaborar el Plan de Trabajo Detallado (código formato 03010001).

 

Anexo No. 2: Planilla de seguimiento (código formato 03010002).

 

Anexo No. 3: Modelo para la presentación de informes Obligatorios, Estructurales y Sectoriales (código formato 03010003).

 

Anexo No. 4: Consolidado de la Deuda Pública Distrital. (código formato 03010003).

 

Anexo No. 5: Consolidado de Tesorería y Portafolio de Inversiones del Distrito Capital (código formato 03010005).

 

Actividad 1: El Punto de Control se modifica, quedando como Observación el segundo párrafo ajustado.

 

Actividad 4: Se suprime los formatos que se enuncian como Punto de Control.

 

Actividades 9 y 10: se ajusta su redacción.

 

Actividad 11: Se ajusta la redacción de la Columna Punto de Control y/o Observación.

3.0

R. R.

7: ANEXOS:

 

En el Anexo 1: Instructivo para elaborar el Plan de Trabajo Detallado, Código Formato 03010001, se ajusta el numeral 2.5 Cronograma de Actividades.

 

En el Anexo 3: Modelo para la presentación de informes Estructurales, Sectoriales y Obligatorios, Código Formato 03010003, se le efectúa unos cambios para una mejor presentación del informe.

 

El Normograma se ajusta para incorporar el Acuerdo 519 del 26 de diciembre de 2012.

 

De igual forma, el procedimiento se ajusta para adoptar la estructura definida en la nueva versión del Procedimiento para el Control de Documentos Internos.

3.0

Resolución Reglamentaria No. 038 de octubre 4 de 2013

 

 

 

 

PROCEDIMIENTO PARA LA ELABORACIÓN DEL INFORME DE BALANCE SOCIAL DEL D.C.

Página 1 de 23

Código documento:03011

Código formato: 01002002

Versión: 6.0

 

FECHA: 25 DE SEPTIEMBRE DE 2013

 

Aprobó elaboración o modificación

Revisión técnica

Firma:

Firma:

Nombre: Ramiro Augusto Triviño  Sánchez.

Nombre: Bernardo Herrera Herrera.

Cargo: Director de Estudios de Economía y Política Pública.

Cargo: Director Técnico de Planeación.

 

1. OBJETIVO:

 

Establecer las actividades requeridas para la elaboración del Informe del Balance Social del Distrito Capital.

 

2. ALCANCE:

 

El procedimiento inicia con “Elabora el Plan de Trabajo Detallado” y termina con “Remite, si lo considera necesario, el informe final al Comité de Publicaciones para aprobación de su publicación en un medio diferente a la página WEB, de la Contraloría de Bogotá”.

 

3. BASE LEGAL:

 

Ver Normograma

 

4. DEFINICIONES:

 

BALANCE SOCIAL:

 

Es el resultado de la comparación de los compromisos formulados para atender los problemas sociales identificados y las transformaciones logradas por la gestión de la Administración Distrital en una vigencia fiscal. Tiene la finalidad de establecer la equidad para el acceso, mejoramiento y mantenimiento en la prestación de bienes y/o servicios e identificar el número y características de los beneficiarios de los mismos.

 

INFORME DE BALANCE SOCIAL DE LOS SUJETOS DE CONTROL: es el componente de la cuenta fiscal anual que presentan los sujetos de control que participan en la ejecución del plan de desarrollo distrital, mediante formato electrónico diseñado por la Contraloría de Bogotá, D.C, en el cual se condensan los resultados de la gestión en la transformación de los problemas identificados y atendidos en la vigencia, la focalización de la población afectada y atendida,  Se constituye en insumo fundamental para la elaboración del Informe de Balance Social del D.C.

 

INFORME DE BALANCE SOCIAL DEL PROCESO DE VIGILANCIA Y CONTROL: es el informe resultado de la auditoría, evaluación y calificación por parte del Proceso de Vigilancia y Control, de  la Contraloría de Bogotá, al  informe de balance social presentado por las entidades distritales, en la cuenta fiscal anual. Esta evaluación y calificación se hace acorde a la resolución reglamentaria de la Contraloría, vigente  que establece los lineamientos de auditoría. Se constituye en insumo para la elaboración del Informe de Balance Social del D.C:

 

INFORME DE BALANCE SOCIAL DEL D.C.: es el consolidado por sectores administrativos y Fondos de Desarrollo Local, de los resultados de la gestión de la Administración Distrital en la atención de los problemas sociales de la ciudad que afectan la calidad de vida de sus habitantes. Estos resultados se dan a conocer a la comunidad y al Concejo de Bogotá D.C.

 

METODOLOGÍA DEL BALANCE SOCIAL: es un instrumento diseñado por la Contraloría de Bogotá, D.C., para que las entidades distritales participantes en la ejecución del plan de desarrollo distrital, presenten en la cuenta fiscal anual, el Informe de Balance Social de los Sujetos de Control, acorde a parámetros establecidos en documento electrónico.

 

POLÍTICAS PÚBLICAS: conjunto de directrices, criterios, lineamientos y acciones determinados por un gobierno frente a problemas sociales identificados.

 

POLÍTICAS PÚBLICAS DISTRITALES: conjunto de directrices, criterios, lineamientos y acciones determinadas por las administraciones del Distrito Capital, para atender las problemáticas diagnosticadas que afectan a los habitantes de la ciudad.

 

PROBLEMA SOCIAL: Es aquella situación que afecta negativamente el bienestar, las posibilidades de desarrollo o progreso, la convivencia social, el medio ambiente o la existencia misma de la comunidad. Se hace público cuando un determinado grupo, con influencia y capacidad de movilizar actores de poder, considera que la situación actual no es aceptable y que es necesaria una intervención del Estado para remediarla. Genera déficit o necesidad de servicios y/o bienes de un grupo poblacional que al no ser atendidos, se convierten en causas potenciales de incremento de pobreza, inequidad y exclusión, incidiendo en el bienestar y calidad de vida de la población afectada.

 

5. ANEXOS:

 

Anexo No. 1: Instructivo para elaborar el Plan de Trabajo Detallado, código formato 03011001.

 

Anexo No. 2: Formato de atención, código formato 03011002.

 

Anexo No. 3: Planilla de seguimiento, código formato 03011003.

 

Anexo No. 4: Modelo para la presentación de informes obligatorios, estructurales y sectoriales, código formato 03011004.

 

6. DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO:

 

No

RESPONSABLE

ACTIVIDAD

REGISTROS

PUNTOS DE CONTROL/ OBSERVACIONES

1

Subdirector Técnico de Evaluación de Política Pública.

Elabora el plan de trabajo detallado.

 

Remite al Director de Estudios de Economía y Política Pública, para su aprobación.

Comunicación Oficial Interna, adjuntado el Plan de Trabajo Detallado.

Punto de control:

 

Ver Anexo No. 1: Instructivo para elaborar el Plan de Trabajo Detallado código formato 03011001.

 

Observación:

 

Este Plan, será elaborado conjuntamente con los funcionarios asignados mediante acta de mesa de trabajo o correo electrónico, para la elaboración del informe de Balance Social.

 

La asignación de los profesionales se hará por sectores administrativos y Fondos de Desarrollo Local.

2

Director de Estudios de Economía y Política Pública.

Aprueba el Plan de Trabajo Detallado.

 

SI: Sigue con la actividad 4.

 

NO: Remite al Subdirector Técnico de Evaluación de Política Pública, para ajustarlo y sigue la actividad 3.

Comunicación Oficial Interna.

Observación:

 

Verificar que en el Plan de Trabajo Detallado, se establezca claramente los objetivos, alcance, metodología y que el cronograma estipule claramente fechas de seguimiento y entrega de subproductos y del producto.

3

Subdirector Técnico de Evaluación de Política Pública.

Ajusta el Plan Trabajo Detallado y remite al Director de Estudios de Economía y Política Pública para su aprobación.

Comunicación Oficial Interna, adjuntado el Plan de Trabajo Detallado ajustado

 

4

Profesionales de la Subdirección  de Evaluación de Política Pública

Ejecuta las actividades establecidas en el plan de trabajo detallado, de acuerdo al cronograma y a la distribución de responsabilidades.

Archivos electrónicos individuales (Cuadros y matrices, archivos, hojas de cálculo) en las que se compilen los resultados de la investigación y elaboración de las actividades a cargo de cada profesional.

Punto de control:

 

Sin perjuicio del seguimiento a los registros, estos archivos deben estar en el equipo de cada profesional y pueden ser revisados por el subdirector cuando se considere necesario.

 

Observación:

 

Los insumos fundamentales para la ejecución de las actividades son los informes de Balance Social de los sujetos de control y los informes de auditoría.

5

Subdirector y profesionales de la Subdirección de Evaluación de  Política Pública.

Asesora a las entidades en el manejo y diligenciamiento de la Metodología de Balance Social.

Anexo No 2. Formato de atención

Observación:

 

Esta asesoría se hace de acuerdo a programación de la Subdirección o a solicitud de las entidades.

6

Subdirector y profesionales de la Subdirección de Evaluación de  Política Pública.

Capacita a los auditores de las direcciones sectoriales en la evaluación del informe de Balance Social, presentado por las entidades distritales.

Anexo No 2. Formato de atención

Observación:

 

Esta capacitación se hace de acuerdo con la programación de la Subdirección o a solicitud de las direcciones sectoriales y/o los grupos de auditoría.

7

Profesionales de la Subdirección de Evaluación de  Política Pública.

Consultan y analizan los informes de Balance Social que los sujetos de control, presentaron en la cuenta fiscal anual.

 

Observación:

 

El análisis se refiere al contenido del informe, no sobre el cumplimiento de la metodología. (Esta labor la realiza el proceso de Vigilancia y Control a la Gestión Fiscal).

8

Profesionales de la Subdirección de Evaluación de  Política Pública

Consultan los resultados de las  auditorías practicadas a los informes de Balance Social rendidos por los sujetos de Control en la Cuenta Fiscal, realizadas por el Proceso de Vigilancia y Control a la Gestión Fiscal;  insumos importantes para la elaboración de los informes por sector.

 

Observación:

 

Los resultados de la auditoría  se deben cruzar con los informes de Balance Social de los sujetos de control.

9

Profesionales de la Subdirección de Evaluación de  Política Pública

Realizan análisis y evaluación, de los resultados de la gestión de las entidades de  los  sectores administrativos asignados en la atención de los problemas sociales.

Actas de reuniones de seguimiento al procedimiento

Observación

 

Los resultados de las entidades conformarán los resultados por sectores, acorde a lineamientos preestablecidos.

10

Subdirector Técnico de Evaluación de Política Pública.

Efectúa seguimiento al avance y control de calidad del informe.

Planilla de seguimiento al producto o actas de reuniones de seguimiento al Informe.

Observación:

 

Tener en cuenta el Anexo No. 3: Planilla de seguimiento, código formato 03011003.

11

Profesionales de la Subdirección de Evaluación de  Política Pública

Elaboran el informe de  Balance Social por sectores y remiten para revisión al Subdirector Técnico de Evaluación de Política Pública.

Confirmación de entrega de correo.

Observación:

 

Los informes sectoriales se elaboran de acuerdo a los parámetros establecidos por el Subdirector, mediante comunicación oficial interna.

12

Subdirector Técnico de Evaluación Política Pública.

Revisa los  informes por sectores y remite a profesionales para ajustes.

Confirmación de entrega de correo.

Observación:

 

Los informes por sectores deben realizarse acorde a los parámetros internos preestablecidos y se debe tener en cuenta el Anexo No. 4: Modelo para la presentación de informes obligatorios, estructurales y sectoriales, código formato 03011004.

13

Profesionales de la Subdirección de Evaluación de  Política Pública

Corrigen y ajustan los informes por sectores y remiten al subdirector Técnico de Evaluación de Política Pública.

Confirmación de entrega de correo.

Observación:

 

Los ajustes se deben realizar en  los términos establecidos en el cronograma vigente al momento de su entrega.

14

Subdirector Técnico de Evaluación Política Pública

Consolida el informe y lo remite para revisión, al Director de Estudios de Economía y Política Pública.

Comunicación Oficial Interna, adjuntando el informe consolidado.

Observación:

 

Tener en cuenta el Anexo No. 4: Modelo para la presentación de informes obligatorios, estructurales y sectoriales, código formato 03011004.

15

Director de Estudios de Economía y Política Pública.

Revisa el informe y remite al Subdirector Técnico de Evaluación Política Pública, si lo considera pertinente, para ajustes.

Comunicación Oficial Interna, de devolución del informe

Observación:

 

Tener en cuenta lo establecido y aprobado en el plan de trabajo detallado y el Modelo para la presentación de informes: sectoriales, estructurales y obligatorios.

16

Subdirector Técnico de Evaluación de Política Pública

Ajusta el informe y lo remite al Director de Estudios de Economía y Política Pública, para aprobación.

Comunicación Oficial Interna, adjuntando el informe ajustado para aprobación.

Observación:

 

Los ajustes se deben realizar en  los términos establecidos en el cronograma de actividades,  vigente al momento de su entrega.

17

Director de Estudios de Economía y Política Pública.

Aprueba informe, teniendo en cuenta la caracterización de productos.

 

: Activa el Procedimiento para la Preservación del Producto “Informes Estructurales, Sectoriales y Obligatorios “.

 

No: Aplica el Procedimiento para el Control del Producto No Conforme, “Informes Estructurales, Sectoriales, Obligatorios y Pronunciamientos”.

Comunicación Oficial Interna aprobando o desaprobando el informe.

Punto de control:

 

Tener en cuenta para su aprobación la caracterización de productos: informes estructurales, sectoriales, obligatorios y Pronunciamientos.

18

Director de Estudios de Economía y Política Pública.

Remite, si lo considera necesario, el informe final al Comité de Publicaciones para aprobación de su publicación en un medio diferente a la página WEB, de la Contraloría de Bogotá.

Comunicación Oficial Interna

Observación:

 

De acuerdo a la Resolución Reglamentaria vigente que regula dicho Comité.

 

 

ANEXO No. 1

 

INSTRUCTIVO PARA ELABORAR EL

 

PLAN DE TRABAJO DETALLADO

 

1. Elaborar carátula del Plan de Trabajo Detallado, así:

 

PLAN ANUAL DE ESTUDIOS - PAE (Vigencia)______

 

DIRECCIÓN ______________________________________________________________________________________________________

 

SUBDIRECCIÓN ___________________________________________________________________________________________________

 

PLAN DE TRABAJO DETALLADO

 

NOMBRE DEL PRODUCTO1: _________________________________________________________________________________________

 

TIPO DE PRODUCTO2: _____________________________________________________________________________________________

 

PERÍODO DE ESTUDIO: ____________________________________________________________________________________________

 

RESPONSABLE3: _________________________________________________________________________________________________

 

ELABORADO POR:

 

CARGO

NOMBRE

FIRMA

 

REVISADO Y APROBADO POR:

 

CARGO

NOMBRE

FIRMA

 

Fecha de aprobación: día _____ mes _____ año _____

 

Número de folios: __________

 

2. Los planes de trabajo detallados que se formulen para el informe anual del Balance Social del D.C, deberá contener como mínimo los siguientes aspectos:

 

2.1. OBJETIVO: es el fin o propósito del informe de Balance Social del D.C.

 

2.2. ALCANCE: se refiere a la muestra de los informes de balance social de los sujetos de control y de auditoría que se tomarán como insumos del informe.

 

2.3. METODOLOGÍA: es la descripción de los elementos que se utilizarán para el desarrollo de los objetivos del informe. Se definen los procedimientos técnicos en forma ordenada para el levantamiento de la información, el tratamiento y el análisis sistemático de la misma.

 

2.4. CRONOGRAMA DE ACTIVIDADES: Es la relación cronológica de las actividades a desarrollar para alcanzar los objetivos del informe. Por ser parte del Plan de Trabajo Detallado, no se requiere que lleve el nombre de los funcionarios y firmas de elaboración y aprobación.

 

Se incluye en el título del cronograma, el nombre del informe, subdirección responsable de su elaboración. En el cuerpo del mismo se deberán incluir los siguientes ítems:

 

*Numeración consecutiva de las actividades, redactadas en forma clara y específica, de tal manera que faciliten verificar el cumplimiento de lo programado, en el tiempo.

 

*Términos (tiempos)  establecidos para la ejecución de las actividades, precisando fechas para la entrega de subproductos y productos.

 

*Actividades relacionadas con reuniones de seguimiento y verificación del producto.

 

ANEXO No. 2

 

FORMATO DE ATENCIÓN

 

SUBDIRECCIÓN DE EVALUACION DE POLÍTICA PÚBLICA

 

Fecha ____/ _____/ Hora: ___________

 

Entidad o Dependencia Atendida: ______________________________________________________________________________________

 

Origen de la atención:

 

Solicitud directa de la entidad o dependencia

 

Recomendación de la CB:

 

Otro:

Cuál?:

 

Tema objeto de la reunión:

 

__________________________________________________________________________________________________________________________________

__________________________________________________________________________________________________________________________________

Principales Puntos Tratados:

 

__________________________________________________________________________________________________________________________________

__________________________________________________________________________________________________________________________________

__________________________________________________________________________________________________________________________________

__________________________________________________________________________________________________________________________________

__________________________________________________________________________________________________________________________________

 

Observaciones y Recomendaciones:

 

__________________________________________________________________________________________________________________________________

__________________________________________________________________________________________________________________________________

__________________________________________________________________________________________________________________________________

__________________________________________________________________________________________________________________________________

 

DEPENDENCIA Y/O ENTIDAD

SUBDIRECCION DE POLÍTICA PÚBLICA

Nombre:

Nombre:

Cargo:

Cargo:

Firma:

Firma:

Nombre:

Nombre:

Cargo:

Cargo:

 

ANEXO No. 3

 

MODELO PLANILLA DE SEGUIMIENTO

 

PROCESO ESTUDIOS DE ECONOMÍA Y POLÍTICA PÚBLICA

 

PAE:

 

PLANILLA DE SEGUIMIENTO

 

(1). NOMBRE DEL  INFORME: __________________________________________________________________________________________________________________________________

 

(2). TIPO DE INFORME: __________________________________________________________________________________________________________________________________

 

(3). DEPENDENCIA RESPONSABLE: _____________________________________________________________

 

(4). NOMBRE DEL RESPONSABLE: ______________________________________________________________

 

Fecha

(5)

Funcionarios que realizaron la actividad

(6)

Actividad revisada

(7)

Observaciones

(8)

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

(9) Nombre Subdirector: __________________Firma: ____________________

 

INSTRUCCIONES DE DILIGENCIAMIENTO DEL MODELO PLANILLA DE SEGUIMIENTO

 

(1). Título del informe.

 

(2). Obligatorios, Sectoriales o Estructurales.

 

(3). Corresponde a la subdirección responsable de la elaboración del producto.

 

(4). Nombre del Subdirector responsable.

 

(5). Fecha en que el subdirector elaboró el seguimiento.

 

(6). Nombre de los funcionarios que realizaron las actividades.

 

(7). Detalle de las tareas realizadas en forma breve.

 

(8). Detallar desviaciones o incumplimientos de actividades programadas.

 

(9). Nombre y firma del subdirector que realizó el seguimiento.

 

ANEXO No. 4

 

MODELO PARA LA PRESENTACIÓN DE INFORMES: SECTORIALES, ESTRUCTURALES Y OBLIGATORIOS.

 

1. Requisitos de presentación del Informe:

 

El informe debe preferiblemente redactarse en:

 

*Letra arial tamaño 12 de Word.

 

*Margen superior, 4 cms.

 

*Margen inferior, 3 cms.

 

*Margen izquierdo, 3 cms.

 

*Margen derecho, 3 cms.

 

*Espacio interlineado sencillo.

 

Numeración: sólo se utilizarán números arábigos por niveles, así:

 

1. Primer Nivel: En mayúsculas, negrilla y centrado.

 

1.2. Segundo Nivel: En mayúsculas, negrilla y alineado a la izquierda.

 

1.2.1. Tercer Nivel: En minúscula negrilla a la Izquierda.

 

1.2.1.1. Cuarto Nivel: En minúsculas sin negrilla, cursiva y alineado a la izquierda.

 

Redacción y presentación: se debe tener en cuenta los siguientes aspectos:

 

Redacción: Tener en cuenta las normas generales de redacción y ortografía. Debe evitarse mencionar nombres propios, expresiones a título personal en singular o plural.

 

Cuando es cita textual se debe escribir entre comillas en Arial, cursiva 10. Cuando se citen fuentes de página Web en pie de páginas se debe quitar el hipervínculo; escribir la fecha en la cual fue tomada. Los pies de página debe ir en letra Times New Roman tamaño 7 u 8, internileado (exacto 8).

 

Preciso: Es conveniente ser concreto y puntual en cada frase y en el informe completo. La redacción debe ser sencilla, clara, ordenada y coherente.

 

Conciso: La redacción debe ser breve pero sin omitir lo relevante, la brevedad permite mayor impacto. Redactar en forma concreta, expresando lo que se debe decir sobre la situación encontrada.

 

Objetivo: Todo lo redactado en el informe debe reflejar una situación real, manejada con criterios técnicos, analíticos e imparciales.

 

Soportado: Las afirmaciones, conceptos y opiniones deben estar respaldadas con evidencia válida, suficiente, pertinente y competente.

 

Oportuno: Cumplir los términos de elaboración, consolidación, entrega, comunicación y publicidad. Es importante que la elaboración y entrega del informe por parte de la CB sea oportuna, de tal manera que la Administración pueda implementar los correctivos del caso en procura de su mejoramiento continuo.

 

Paginación: Debe ir en el margen inferior centrado. No se numera: carátula, hoja de presentación, contenido y anexos.

Distribución de capítulos: Entre capítulo y capítulo del Informe dejar salto de página, así mismo, el título debe ir en negrilla y centrado en arial tamaño 12.

 

Cuadros y/o tablas: En los cuadros y tablas se utilizarán números arábigos en orden consecutivo a través de todo el texto, se debe indicar primero el número y después el título, utilizando letra arial tamaño 10; con mayúscula inicial, si el cuadro es extenso utilizar tipo de letra más pequeño. Si el cuadro o tabla se hace en Excel el título debe ir por fuera del cuadro en Word. Con el fin de estandarizar la presentación de los cuadros, a continuación se presenta un modelo:

 

Cuadro o Tabla 1

 

Gastos de Funcionamiento e Inversión año

 

En millones de pesos

 

Años

Gastos de funcionamiento

Gastos de inversión

Porcentaje

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Fuente:

 

Gráficas: el análisis de gráficas debe ser consecuente con la presentación de las mismas. No se debe repetir en texto lo que ya se indicó en la gráfica. Cuando se utilizan gráficas de barras éstas deben ser presentadas en orden ascendente. Así mismo, para la numeración utilizar números arábigos en orden consecutivo en la parte inferior izquierda de la misma. El título debe ir por fuera de la gráfica en Word.  Deben llevar fuente en Arial 8, fuera del gráfico y en Word.

 

No se deben copiar gráficas o cuadros como imágenes importadas de otros textos o de Internet.

 

La gráfica se debe colocar en la misma página en que se menciona.

 

Las cifras presentadas en el Informe y en los diferentes cuadros deben ir en una sola unidad de medida: millones, miles de pesos, etc. Las cifras deben separarse con puntos y no con comas.

 

Contenido: El término CONTENIDO se escribe en mayúscula sostenido y centrado.

 

Avances: los avances de los informes deben contener sin excepción los parámetros dados y deben ser coherentes, claros e impecables en su redacción y ortografía. Se deben realizar en office vigente de la entidad para facilitar su consolidación.

 

2. Modelo carátula y hoja de presentación

 

NOMBRE DEL INFORME

 

PERIODO ESTUDIADO (Vigencia)

 

PLAN ANUAL DE ESTUDIOS - PAE

 

NOMBRE DE LA DIRECCIÓN

 

FECHA

 

(NOMBRE DEL INFORME)

 

Contralor de Bogotá

 

Nombre

 

Contralor Auxiliar

 

Nombre

 

Director (es) (Respectivo(s))

 

Nombre

 

Subdirector (es) (Según el caso)

 

Nombre

 

Profesionales

 

Nombres

 

CONTROL DE CAMBIOS

 

Versión

No. Del Acto Administrativo que lo adopta y Fecha

Descripción de la modificación

 

1.0

Resolución Reglamentaria No. 013 de marzo 10 de 2003

Se adicionó a la actividad No. 3, lo siguiente:

 

Enviar para ser aprobado por el Director de Economía y Finanzas Distritales.

 

Dar a conocer a los funcionarios.

1.0

Resolución Reglamentaria No. 035 de junio 12 de 2003

Se aclara el procedimiento mediante la modificación de las actividades 2 y 5 complementándolas y se incluye la actividad relacionada con el proceso micro, igualmente al anexo 1 se modificó el formato No. 2 y se agregó el formato No. 3.6.

2.0

Resolución Reglamentaria

No. 044 de septiembre 22

de 2003

Cambia de versión.

 

Se adecua el alcance teniendo en cuenta la modificación presentada en el procedimiento.

 

Se incorporan como registros: Copia Actas de mesa de trabajo de los equipos de auditoria, Formato de Atención, Acta de Reunión (de la Subdirección de Plan de Desarrollo y Balance Social), Registros de asistencia a capacitación y el Informe final.

 

Se suprime el anexo correspondiente a la metodología del Balance Social, teniendo en cuenta que la misma hace referencia a la forma en que los sujetos de control deben reportar la información; lo cual quedó establecido en la Resolución de Rendición de cuentas.

 

Se modifica la estructura de descripción del procedimiento.

 

Se modificaron y complementaron las actividades a ejecutar, dando mayor claridad para su desarrollo.

3.0

Resolución Reglamentaria

No. 016 de Abril 22 de

2005.

El título del informe quedará: Balance Social y Evaluación de las Políticas Públicas del Distrito Capital.

 

Ajustar el alcance.

 

En la descripción del procedimiento, se actualizan algunas actividades, se establecen puntos de control.

4.0

Resolución Reglamentaria

No. 013 de Mayo 12 de

2009.

Se incorporan actividades sobre lineamientos generales del Director de Economía y Finanzas, para la elaboración del Plan de Trabajo Detallado.

 

Se incorpora como insumos los Informes de Auditoria Gubernamental con Enfoque Integral.

 

Se eliminan algunas actividades relacionadas con la participación de las Subdirecciones de Análisis Sectoriales en razón a que ya no existe el insumo INGES y se reformulan e incorporan otras.

 

Se adicionan registros necesarios para el seguimiento y monitoreo del Informe.

 

Se elimina la definición de diagnóstico en razón a que ya no se utiliza en el balance social.

 

Se complementa la definición de problema social.

 

Se adicionan nuevos registros y se precisan otros: Memorando remisorio del plan de trabajo detallado.

 

*Actas de reunión de la Subdirección de evaluación sectorial, planes de desarrollo y políticas públicas.

 

*Archivos electrónicos individuales.

4.0

Resolución Reglamentaria No. 013 de Mayo 12 de 2009.

Se adiciona la actividad 3 sobre designación de responsabilidades.

Se elimina la actividad 4 sobre asesoría en la metodología de balance social, que se divide en las nuevas actividades 5 y 6 sobre capacitación para sujetos de control y auditores.

 

Se cambia la actividad 5 por la actividad 7, en razón a que los insumos se consultan vía intranet y sivicof.

 

Se cambia la actividad 7 por la 9, por cambios en redacción.

 

Se cambia la actividad 8 por la 10. Se cambia “informe” por “componentes” y se adiciona ”de acuerdo a las responsabilidades asignadas”.

 

Se cambia la actividad 9 por la 11, se cambia “informe preliminar” por “componentes”.

 

Se cambia la actividad 10 por la 12. Se cambia “informe” por “componentes”.

 

Se cambia la actividad 11 por la 13. Se adiciona “revisar componentes, consolidar”.

 

Se adicionan nuevas actividades sobre el seguimiento al proceso de elaboración del informe por parte de los profesionales responsables y del subdirector técnico en la elaboración del informe.

5.0

Resolución Reglamentaria No. 017 de junio 16 de 2010

Se modificó la denominación del Proceso Prestación de Servicios Macro, por: Proceso Estudios de Economía y Política Pública.

 

Se modificó la denominación del Procedimiento para la elaboración del Informe de Balance Social y Evaluación de Políticas Públicas del Distrito Capital, por: Procedimiento para la elaboración del Informe de Balance Social del D.C.

 

Se modificó el Objetivo para ajustarlo al nuevo nombre del informe.

Se modificaron las definiciones de: Balance Social, Problema Social, Metodología de Balance Social y Políticas Públicas, se suprimió la definición de Descripción del Problema y se incorporaron las definiciones de: Informe de Balance Social de los Sujetos de Control, Informe de Balance Social del Proceso de Vigilancia y Control a la Gestión Fiscal, Informe de Balance Social del D.C.  y Políticas Públicas Distritales.

 

Actividad 1: el Registro se complementa y el Punto de Control se modifica, quedando como Observación el segundo párrafo ajustado.

Actividad 2: se ajusta la actividad y se incorpora como Observación: “Verificar que en el Plan de Trabajo Detallado, se establezca claramente los objetivos, alcance, metodología y que el cronograma estipule claramente fechas de seguimiento y entrega de subproductos y del producto”.

 

Actividad 3: se elimina y en su defecto se incorpora una nueva la cual quedará así: “Ajusta el Plan Trabajo Detallado y remite al Director de Estudios de Economía y Política Pública para su aprobación”, con su correspondiente registro.

 

Actividad 4: se ajusta la actividad y el punto de control; y se incorpora la siguiente Observación: “Los insumos fundamentales para la ejecución de las actividades son los informes de Balance Social de los sujetos de control y los informes de auditoría”.

 

Actividad 5: se incorpora la siguiente Observación: “Esta asesoría se hace de acuerdo a programación de la Subdirección o a solicitud de las entidades”.

 

Actividad 6: se incluye la siguientes Observación: “Esta capacitación se hace de acuerdo a programación de la Subdirección o a solicitud de las direcciones sectoriales y/o los grupos de auditoría.”

 

Actividad 7: se modifica y se incluye como Observación: “El análisis se refiere al contenido del informe, no sobre el cumplimiento de la metodología. (Esta labor la realiza el proceso de Vigilancia y Control)”.

 

Actividad 8: Se crea como nueva así: “Consultan los resultados de las auditorías practicadas a los informes de Balance Social rendidos por los sujetos de Control en la Cuenta Fiscal, realizadas por el Proceso de Vigilancia y Control a la Gestión Fiscal;  insumos importantes para la elaboración de los informes por sector”.

Actividad 8 pasa a ser la 9 complementada para mayor claridad y se incorpora un registro y una Observación.

 

Actividad 10 pasa a ser la 11, ajustada e incluye la observación: “Los informes sectoriales se elaboran de acuerdo a los parámetros establecidos por el Subdirector, mediante comunicación oficial interna”.

 

Actividad 11 pasa a ser la 12: Se incorpora como Observación: “Los informes por sectores deben realizarse acorde a los parámetros internos preestablecidos y se debe tener en cuenta el Anexo No. 4: Modelo para la presentación de informes obligatorios, estructurales y sectoriales, código formato 03011004”.

 

Actividad 12 pasa a ser la 13 complementada y se incluye un registro y la siguientes Observación: “Los ajustes se deben realizar en los términos establecidos en el cronograma vigente al momento de su entrega”.

 

Actividad 13 pasa a ser la 14 ajustada.

 

Actividad 15: Se crea como nueva de la siguiente manera: “Revisa el informe y remite al Subdirector Técnico de Evaluación de Política Pública, si lo considera pertinente, para ajustes”, incluye la observación: “Tener en cuenta lo establecido y aprobado en el Plan de Trabajo Detallado y el Modelo para la presentación de informes: sectoriales, estructurales y obligatorios”.

 

Actividad 16: Se crea como nueva de la siguiente manera: “Ajusta el informe y lo remite al Director de Estudios de Economía y Política Pública, para aprobación”, incluye la observación: “Los ajustes se deben realizar en los términos establecidos en el cronograma de actividades, vigente al momento de su entrega”.

 

Actividad 18: Se incorpora como Observación: “De acuerdo a la Resolución Reglamentaria vigente que regula dicho Comité”.

 

En conclusión, se elimina una actividad (3) y se incorporan cuatro nuevas actividades, que se relacionan con los números 3, 8, 15 y 16; es decir que de 15 actividades, el procedimiento pasa a tener 18 Actividades.

 

En el Anexo No. 1: Instructivo para elaborar el Plan de Trabajo Detallado, código formato 03011001 se ajustan los siguientes numerales:

 

Numeral 2: “Los planes de trabajo detallados que se formulen para el informe anual del Balance Social del D.C, deberá contener como mínimo los siguientes aspectos”:

 

El numeral 2.1 Justificación, se suprime y los numerales 2.2, 2.3, 2.4 y 2.5 se ajustan así:

2.1 OBJETIVO: es el fin o propósito del informe de Balance Social del D.C.

 

2.2. ALCANCE: se refiere a la muestra de los informes de balance social de los sujetos de control y de auditoría que se tomarán como insumos del informe.

 

2.3. METODOLOGÍA: es la descripción de los elementos que se utilizarán para el desarrollo de los objetivos del informe. Se definen los procedimientos técnicos en forma ordenada para el levantamiento de la información, el tratamiento y el análisis sistemático de la misma.

 

2.4. CRONOGRAMA DE ACTIVIDADES: Es la relación cronológica de las actividades a desarrollar para alcanzar los objetivos del informe.  Por ser parte del Plan de Trabajo Detallado, no se requiere que lleve el nombre de los funcionarios y firmas de elaboración y aprobación.

 

Se incluye en el título del cronograma, el nombre del informe, subdirección responsable de su elaboración. En el cuerpo del mismo se deberán incluir los siguientes ítems:

 

Numeración consecutiva de las actividades, redactadas en forma clara y específica, de tal manera que faciliten verificar el cumplimiento de lo programado, en el tiempo.

 

Términos (tiempos) establecidos para la ejecución de las actividades, precisando fechas para la entrega de subproductos y del producto.

 

Actividades relacionadas con reuniones de seguimiento y verificación del producto efectuado tanto, por parte del subdirector y funcionarios responsable de su elaboración, como por el director, en representación del proceso Estudios de Economía y Política Pública, durante sus etapas de planeación, ejecución e informe, dejando evidencia del acompañamiento efectuado, con el fin de ser más oportunos en la detección de posibles desviaciones y mejorar la calidad de los productos en sus contenidos, redacción y capacidad de síntesis.

 

Anexo No. 2: Formato de atención, código formato 03011002: se ajustó para mayor claridad y uso.

 

En el Anexo No. 3: Modelo para la presentación de informes Estructurales, Sectoriales y Obligatorios, código formato 03011004, se le efectúa unos cambios para una mejor presentación del informe.

El Normograma se ajusta para incorporar el Acuerdo 519 del 26 de diciembre de 2012.

 

De igual forma, el procedimiento se ajusta para adoptar la estructura definida en la nueva versión del Procedimiento para el Control de Documentos Internos del SIG.

6.0

Resolución Reglamentaria No.038 de octubre 4 de 2013

 

 

 

PROCEDIMIENTO PARA ELABORAR EL INFORME SOBRE EL ESTADO DE LOS RECURSOS NATURALES Y DEL AMBIENTE DE BOGOTÁ D.C.

Página 1 de 17

Código documento:03013

Código formato: 01002002

Versión: 8.0

 

FECHA: 25 DE SEPTIEMBRE DE 2013

 

Aprobó elaboración o modificación

(Responsable de Proceso)

Revisión técnica

(Director de Planeación)

Firma:

Firma:

Nombre: Ramiro Augusto Triviño Sánchez

Nombre: Bernardo Herrera Herrera

Cargo: Director de Estudios de Economía y Política Pública

Cargo: Director Técnico de Planeación

 

1. OBJETIVO:

 

Establecer los pasos necesarios para la elaboración del Informe sobre el Estado de los Recursos Naturales y del Ambiente de Bogotá D.C.

 

2. ALCANCE:

 

El procedimiento inicia con “Elaborar el Plan de Trabajo Detallado (…)” y termina con “Remitir, si lo considera necesario, el informe final al Comité de Publicaciones (…)”.

 

3. BASE LEGAL:

 

Ver Normograma

 

4. DEFINICIONES:

 

PLAN DE TRABAJO DETALLADO: Documento que incluye la distribución de tareas y la asignación de responsabilidades a los funcionarios de la Subdirección.

 

5. ANEXOS

 

Anexo No. 1: Instructivo para elaborar el Plan de Trabajo Detallado, código formato 03013001.

 

Anexo No. 2: Planilla de Seguimiento, código formato 03013002.

 

Anexo 3: Modelo para la presentación de informes Obligatorios, Estructurales y Sectoriales, código formato 03013003.

 

6. DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO:

 

No

RESPONSABLE

ACTIVIDAD

REGISTROS

PUNTOS DE CONTROL/ OBSERVACIONES

1

Subdirector de Estudios Económicos y Fiscales.

Elabora Plan de Trabajo Detallado.

 

Remite al Director de Estudios de Economía y  Política Pública.

 

Plan de Trabajo Detallado.

Punto de control:

 

Ver Anexo No. 1: Instructivo para elaborar el Plan de Trabajo Detallado código formato 03013001.

 

Observación:

 

Este Plan, será elaborado conjuntamente con los funcionarios asignados mediante acta de mesa de trabajo o correo electrónico, para la elaboración del informe.

2

Director de Estudios de  Economía y  Política Pública.

Aprueba el Plan de Trabajo Detallado.

Comunicación Oficial Interna

 

3

Subdirector de Estudios Económicos y Fiscales y Profesionales a cargo de la elaboración del informe.

Establecen la Tabla de Contenido de los temas a desarrollar en el informe.

Planilla de Seguimiento y/ o Actas de mesa de trabajo.

Punto de control

 

Ver Anexo No. 2: Planilla de Seguimiento, código formato 03013002.

4

Director de Estudios de  Economía y  Política Pública.

Aprueba y/o establece cambios en la tabla de contenido.

Correo electrónico o memorando de aprobación.

 

5

Profesionales a cargo de la elaboración del informe.

Realizan ajustes a Tabla de Contenido de acuerdo a los cambios efectuados por el Director de Estudios Económicos y Política Pública.

Tabla de Contenido

 

6

Subdirector de Estudios Económicos y Fiscales.

Recibe los Informes del componente de Gestión Ambiental de las auditorias regulares y los remite a los funcionarios respectivos.

 

 

7

Profesionales Especializados y Universitarios de la Subdirección de Estudios Económicos y Fiscales.

Analiza y Consolida la información de los Informes del componente de Gestión Ambiental de las auditorias regulares y la información relacionada con los temas incluidos en la Tabla de Contenido.

 

 

8

Subdirector de Estudios Económicos y Fiscales.

Efectúa seguimiento al avance y control de calidad de los capítulos que componen el informe.

Planilla de seguimiento y/ o Actas de mesa de trabajo.

Punto de control:

 

Ver Anexo No. 2: Planilla de Seguimiento, código formato 03013002.

9

Profesionales Especializados y Universitario de la Subdirección de Estudios Económicos y Fiscales.

Elaboran, consolidan y hacen entrega del informe preliminar.

Informe preliminar consolidado.

Punto de control:

 

Ver Anexo No. 3: Modelo para la presentación de informes obligatorios, estructurales y sectoriales, código formato 03013003.

10

Subdirector de Estudios Económicos y Fiscales

Hace observaciones y/o aprueba el Informe.

Confirmación de entrega de correo electrónico.

 

11

Profesionales Especializados y Universitarios de la Subdirección de Estudios Económicos y Fiscales

Ajustan el Informe de acuerdo a las observaciones del Subdirector y presentan el Informe Definitivo.

Confirmación de correo electrónico. De entrega de informe ajustado.

 

12

Subdirector de Estudios Económicos y Fiscales

Presenta al Director de Estudios de Economía y  Política Pública el Informe Final definitivo para su aprobación.

Comunicación Oficial Interna adjuntando Informe

 

13

Director de Estudios de Economía y  Política Pública

Aprueba el informe final. Remite al Contralor de Bogotá, para su aprobación y firma.

 

Si: Aplica el  “Procedimiento para la preservación del producto Informes estructurales, sectoriales, y obligatorios”.

 

No: Activa el procedimiento para el Control del Producto No conforme informes  estructurales, sectoriales, obligatorios y  pronunciamientos

Comunicación Oficial Interna.

Punto de control.

 

Tener en cuenta la caracterización de producto: Informes Estructurales, Sectoriales, Obligatorios, y Pronunciamientos.

14

Subdirector de Estudios Económicos y Fiscales y Profesionales Especializados y Universitarios

Ajusta el Informe de acuerdo a las observaciones del Señor Contralor y presenta el Informe Definitivo.

Comunicación Oficial Interna

 

15

Director de Estudios de Economía y  Política Pública

Remite el informe final al Comité de Publicaciones, si es del caso, para aprobación de su publicación en un medio diferente a la página WEB, de la Contraloría de Bogotá.

Comunicación Oficial Interna

De acuerdo a la Resolución Reglamentaria vigente que regula dicho Comité.

 

ANEXO No. 1

 

INSTRUCTIVO PARA ELABORAR EL PLAN DE TRABAJO DETALLADO

 

1. Elaborar carátula del Plan de Trabajo Detallado, así:

 

PLAN ANUAL DE ESTUDIOS - PAE (Vigencia) ______

 

DIRECCIÓN _____________________________________________________________________________________________________

 

SUBDIRECCIÓN __________________________________________________________________________________________________

 

PLAN DE TRABAJO DETALLADO

 

NOMBRE DEL PRODUCTO1: ________________________________________________________________________________________

 

TIPO DE PRODUCTO2: _____________________________________________________________________________________________

 

RESPONSABLE: __________________________________________________________________________________________________

 

ELABORADO POR:

 

CARGO

NOMBRE

FIRMA

 

REVISADO Y APROBADO POR:

 

CARGO

NOMBRE

FIRMA

 

FECHA DE APROBACIÓN: DÍA: _____ MES: _____ AÑO: _____

 

NÚMERO DE FOLIOS: __________

 

2. Los planes de trabajo detallados que se formulen para cada producto (sectorial, estructural y obligatorio), del Proceso del proceso Estudios de Economía y Política Pública, deberá contener como mínimo los siguientes aspectos:

 

2.1. JUSTIFICACIÓN: Expresar las razones por las cuales se va a realizar el informe, y los beneficios que se espera obtener del mismo. (Aplica únicamente para informes estructurales y sectoriales).

 

2.2. OBJETIVOS: Es el fin o propósito bajo el cual se desarrolla un estudio. Explica el por qué y para qué se va a realizar un producto (informe).

 

2.3. ALCANCE: Para los productos (informes) estructurales y sectoriales el alcance hace referencia a la delimitación de las áreas que harán parte del tema objeto de estudio.

 

Específicamente, para los informes obligatorios, se refiere a la muestra en términos porcentuales sobre las áreas de estudio y las entidades (sujetos de control), que se evaluarán.

 

2.4. METODOLOGÍA: Es la descripción de los elementos que se utilizarán para el desarrollo de los objetivos de un producto (informe). Define los procedimientos técnicos en forma ordenada para el levantamiento de la información, el tratamiento y el análisis sistemático de la misma.

 

2.5. CRONOGRAMA DE ACTIVIDADES: Es la relación cronológica de las actividades a desarrollar para alcanzar los objetivos del informe. Este deberá incluir como mínimo: Título del informe y subdirección responsable de su elaboración. Constará de cuatro columnas:

 

La primera, la numeración consecutiva de las actividades; la segunda las actividades y/o tareas asignadas, fijando en lo posible resultados parciales o subproductos, que permitan verificar la óptima utilización del tiempo; al igual que actividades relacionadas con reuniones de seguimiento y verificación del producto efectuado tanto, por parte del subdirector y funcionarios responsable de su elaboración, como por el director, en representación del proceso Estudios de Economía y Política Pública, durante sus etapas de planeación, ejecución e informe, dejando evidencia del acompañamiento efectuado, con el fin de ser más oportunos en la detección de posibles desviaciones y mejorar la calidad de los productos en sus contenidos, redacción y capacidad de síntesis; la tercera el tiempo requerido para desarrollar cada una de las actividades, discriminado por semanas e indicando fechas de entrega; y la cuarta los responsables. Es de anotar, que como el cronograma, hace parte del Plan de Trabajo Detallado, no es necesario que lleve el nombre de los funcionarios y firmas de elaboración y aprobación.

 

ANEXO No. 2

 

PLANILLA DE SEGUIMIENTO

 

PROCESO ESTUDIOS DE ECONOMÍA Y POLÍTICA PÚBLICA

 

PAE:

 

PLANILLA DE SEGUIMIENTO

 

(1). NOMBRE DEL  INFORME: __________________________________________________________________________________________________________________________________

 

(2). TIPO DE INFORME: __________________________________________________________________________________________________________________________________

 

(3). DEPENDENCIA RESPONSABLE: __________________________________________________________________________________

 

(4). NOMBRE DEL RESPONSABLE: ___________________________________________________________________________________

 

En millones de pesos

 

Fecha

(5)

Funcionarios que realizaron la actividad

(6)

Actividad revisada

(7)

Observaciones

(8)

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

(9) Nombre Subdirector: __________________Firma: ____________________

 

INSTRUCCIONES DE DILIGENCIAMIENTO DEL MODELO PLANILLA DE SEGUIMIENTO.

(1). Título del informe.

 

(2). Obligatorios, Sectoriales o Estructurales.

 

(3). Corresponde a la subdirección responsable de la elaboración del producto.

 

(4). Nombre del Subdirector responsable.

 

(5). Fecha en que el subdirector elaboró el seguimiento.

 

(6). Nombre de los funcionarios que realizaron las actividades.

 

(7). Detalle de las tareas realizadas en forma breve.

 

(8). Detallar desviaciones o incumplimientos de actividades programadas.

 

(9). Nombre y firma del subdirector que realizó el seguimiento.

 

ANEXO No. 3

 

MODELO PARA LA PRESENTACIÓN DE INFORMES: SECTORIALES, ESTRUCTURALES Y OBLIGATORIOS

 

1. Requisitos de presentación del Informe:

 

El informe debe preferiblemente redactarse en:

 

*Letra arial tamaño 12 de Word.

 

*Margen superior, 4 cms.

 

*Margen inferior, 3 cms.

 

*Margen izquierdo, 3 cms.

 

*Margen derecho, 3 cms.

 

*Espacio interlineado sencillo.

 

Numeración: Sólo se utilizarán números arábigos por niveles, así:

 

1. Primer Nivel: En mayúsculas, negrilla y centrado.

 

1.2. Segundo Nivel: En mayúsculas, negrilla y alineado a la izquierda.

 

1.2.1. Tercer Nivel: En minúscula negrilla a la Izquierda.

 

1.2.1.1. Cuarto Nivel: En minúsculas sin negrilla, cursiva y alineado a la izquierda.

Redacción y presentación: se debe tener en cuenta los siguientes aspectos:

 

Redacción: Tener en cuenta las normas generales de redacción y ortografía. Debe evitarse mencionar nombres propios.

 

Cuando es cita textual se debe escribir entre comillas en Arial, cursiva 10. Cuando se citen fuentes de página Web en pie de páginas se debe quitar el hipervínculo; escribir la fecha en la cual fue tomada, a manera de ejemplo: Tomada el 20 de mayo de 2013, (se copia la dirección electrónica) El pie de página debe ir en letra Times New Roman tamaño 8, internileado (exacto 8).

 

Preciso: Diga lo que tiene que decir. Es conveniente ser exacto (puntual) en cada frase y en el informe completo. Su redacción debe ser sencilla, clara, ordenada, coherente y en orden de importancia.

 

Conciso: La redacción debe ser breve pero sin omitir lo relevante, la brevedad permite mayor impacto. Redactar en forma concreta, pero sin dejar de decir lo que se tiene que decir sobre la situación encontrada.

 

Objetivo: Todo lo redactado en el informe debe reflejar una situación real, manejada con criterios técnicos, analíticos e imparciales.

 

Soportado: Las afirmaciones, conceptos y opiniones deben estar respaldadas con evidencia válida, suficiente, pertinente y competente.

 

Oportuno: Cumplir los términos de elaboración, consolidación, entrega, comunicación y publicidad. Es importante que la elaboración y entrega del informe por parte de la CB sea oportuna, de tal manera que la administración pueda implementar los correctivos del caso en procura de su mejoramiento continuo.

 

Paginación: Debe ir en el margen inferior centrado. No se numera: carátula, hoja de presentación, contenido y anexos.

 

Distribución de capítulos: Entre capítulo y capítulo del Informe dejar salto de página, así mismo, el título debe ir en negrilla y centrado en arial tamaño 12.

 

Cuadros y/o tablas: En los cuadros y tablas se utilizarán números arábigos en orden consecutivo a través de todo el texto, se debe indicar primero el número y después el título, utilizando letra arial tamaño 10; si el cuadro es extenso utilizar tipo de letra más pequeño. Con el fin de estandarizar la presentación de los cuadros, a continuación se presenta un modelo:

 

Cuadro o Tabla 1

 

Gastos de Funcionamiento e Inversión año

 

En millones de pesos

 

Años

Gastos de funcionamiento

Gastos de inversión

Porcentaje

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Fuente:

 

Gráficas: El análisis de gráficas debe ser consecuente con la presentación de las mismas. Cuando se utilizan gráficas de barras éstas deben ser presentadas en orden ascendente. Así mismo, para la numeración utilizar números arábigos en orden consecutivo en la parte inferior izquierda de la misma. Deben llevar fuente en Arial 8, fuera del gráfico y en Word.

 

No se deben copiar gráficas o cuadros como imágenes importadas de otros textos o de Internet.

 

La gráfica se debe colocar en la misma página en que se menciona.

 

Las cifras presentadas en el Informe y en los diferentes cuadros deben ir en una sola unidad de medida: millones, miles de pesos, etc. Las cifras deben separarse con puntos y no con comas. Las cifras presupuestales deben tener como fuente las Estadísticas Fiscales de la Contraloría de Bogotá, D.C.

 

Contenido: El término CONTENIDO se escribe en mayúscula sostenido y centrado.

 

10. Avances: Los avances de los informes deben contener sin excepción los parámetros dados y deben ser coherentes, claros e impecables en su redacción y ortografía. Se deben realizar en office vigente de la entidad para facilitar su consolidación.

 

2. Modelo carátula y hoja de presentación

 

NOMBRE DEL INFORME

 

PERIODO ESTUDIADO (Vigencia)

 

PLAN ANUAL DE ESTUDIOS - PAE

 

NOMBRE DE LA DIRECCIÓN

 

FECHA

 

(NOMBRE DEL INFORME)

 

Contralor de Bogotá

 

Nombre

 

Contralor Auxiliar

 

Nombre

 

Director (es) (Respectivo(s))

 

Nombre

 

Subdirector (es) (Según el caso)

 

Nombre

 

Profesionales

 

Nombres

 

CONTROL DE CAMBIOS

 

Versión

No. Del Acto Administrativo

que lo adopta y Fecha

Descripción de la modificación

1.0

Resolución 013 del 10 de marzo de 2003

Se modificó el Alcance: “El procedimiento inicia con la identificación de los temas de interés para el informe, y termina con continuar con el procedimiento para la preservación del producto”.

 

En la página, adiciona: Enviar para la aprobación del Director Técnico Sectorial.

 

Cambiar el ejecutor por Subdirector de Análisis Sectorial.

2.0

Resolución Reglamentaria No. 035 de 12 de junio de 2003

Cambia todo el procedimiento.

 

Agregar como actividad Número 4 del procedimiento, la actividad “Recepcionar y evaluar del documento consolidado y los anexos 14 y 15 e informe de los resultados del análisis del gasto público ambiental, generado por las diferentes Subdirecciones de Análisis Sectorial, de acuerdo a lo establecido tanto en la Resolución 030 de 2003 (Procedimiento para la Remisión del proceso Micro al proceso Macro) y en el PAE.

3.0

Resolución Reglamentaria No. 044 de 22 de Septiembre de 2003.

Cambia de versión.

 

Se adecua el alcance teniendo en cuenta las modificaciones realizadas al procedimiento.

 

Se suprime de las definiciones el concepto de términos de referencia.

 

Se adecuan los registros de acuerdo a las modificaciones realizadas al procedimiento.

 

Se suprime de los anexos la planilla de seguimiento.

 

Se cambia la estructura de descripción del procedimiento.

 

Se modifican y complementan algunas actividades del procedimiento dando mayor claridad al mismo.

 

Se incorpora la parte correspondiente al control y monitoreo del informe.

4.0

Resolución Reglamentaria No. 016 de 22 de Abril de 2005.

El procedimiento se adecua a los cambios determinados en el procedimiento para el control de documentos internos del sistema de gestión de la calidad, adoptado mediante Resolución Reglamentaria No. 042 de Noviembre 9 de 2005.

5.0

Resolución Reglamentaria No.019 de 19 de septiembre de 2006

Ajustar el alcance.

 

En la descripción del procedimiento, se actualizan algunas actividades.

 

Se establecen los puntos de control.

 

Modificar registros.

 

Modificar anexos.

6.0

Resolución Reglamentaria No.013 de mayo 12 de de 2009

Se modifica la denominación actual del procedimiento por:

 

“Procedimiento para Elaborar el Informe Anual Sobre el Estado de los Recursos Naturales y del Ambiente de Bogotá D.C.”, en razón a que la Constitución Política en el artículo 268 numeral 7 que establece lo siguiente “Presentar un informe anual sobre el Estado de los Recursos Naturales y del Ambiente”. Así mismo se hace necesario adicionar la ciudad “Bogotá D.C.”, como ubicación de referencia espacial del informe.

 

En el objetivo se cambia el nombre del producto.

 

En la descripción del procedimiento se modifica lo siguiente:

 

En La actividad 1 se elimina el código del anexo.

 

En la actividad 2 se modifica la palabra aprobar por aprueba.

 

En la Actividad 3 se modifica “trasladar el informe con los resultados y los anexos a la Subdirección de Fiscalización Transversal Gestión Pública por “Traslada copia del Informe de Auditoría Gubernamental con enfoque Integral, junto con los anexos respectivos a la Dirección de Economía y Finanzas Distritales (Subdirección de Fiscalización Transversal Gestión Pública Ambiental)”.

 

En la Actividad 4 se modifica la palabra recibir por recibe.

 

En la Actividad 5 se modifican las palabras analizar y consolidar por analiza y consolida.

 

En la Actividad 6 se modifica la palabra efectuar por efectúa. y se cambia ver planilla de seguimiento, formato código 3013003 del punto de control por ver anexo 2: planilla de seguimiento.

 

En la Actividad 7 se modifica la palabra elaborar por elabora y se cambia ver modelo para presentación de informes obligatorios, estructurales y sectoriales (formato código 3013003) del punto de control por ver anexo 3: modelo para la presentación de informes obligatorios, estructurales y sectoriales.

 

Se adiciona la actividad denominada con el número 8, así: Establece entre las dos direcciones el tema que sobre política pública ambiental (Capítulo I) que se desarrollará en el informe, Responsable: Profesional Universitario y Especializado de la Subdirección de Fiscalización Transversal Gestión Pública Ambiental, Subdirector de Fiscalización Transversal Gestión Pública Ambiental - Director de Economía y Finanzas Distritales y/o su delegado, registros: Planilla de seguimiento y/o Actas de mesa de Trabajo.

 

Se renumeran las actividades a partir de la No. 8.

 

En la actividad 8 que pasa a ser la 9, se modifica Hacer por realiza.

 

La actividad 10 que pasa a ser la 11 se modifica Presenta al Director Técnico de Recursos Naturales y Medio Ambiente por: “Presenta al Director Sector Ambiente el Informe Final definitivo para su aprobación”.

 

En la actividad 11 que pasa a ser la 12 se modifica Aprobar por Aprueba, en renglón seguido se encuentra remitir al Contralor de Bogotá, para su aprobación y firma, es trasladado al final de la actividad. En Sí y No se modifica la palabra continuar por continua.

 

En la actividad 12 que pasa a ser la 13 se modifica la palabra remitir por remite.

7.0

Resolución Reglamentaria No. 012 de junio 5 de 2012.

Se modificar la denominación de los procesos: Prestación de Servicios Macro y Micro por: Estudios de Economía y Política Pública; y de Vigilancia y Control a la Gestión Fiscal, respectivamente.

 

Se modificar la denominación de los responsables de ejecutar algunas actividades en la descripción del procedimiento.

 

Se modifica el Alcance del procedimiento para ajustarlo a la trazabilidad del producto: su redacción se ajusta así: El procedimiento inicia con “Elaborar el Plan de Trabajo Detallado (…)” y termina con “Remitir, si lo considera necesario, el informe final al Comité de Publicaciones (…)”.

 

Actividad 1: El Punto de Control se modifica, quedando como Observación el segundo párrafo ajustado.

 

Actividad 3 se suprime en su totalidad y a partir de esta, se incorporan tres nuevas actividades, en cumplimiento al Acuerdo 519 de 2012.

 

Actividades 4, 5 y 6 pasan a ser las actividades 6, 7 y 8, respectivamente, ajustadas.

 

Actividad 7: pasa a ser la actividad 9 ajustada y se incorpora como Registro: Informe preliminar consolidado. 

 

Actividad 8 se suprime en su totalidad.

 

Actividad 9: pasa a ser la actividad 10:

 

Actividad 10: pasa a ser la actividad 11:

 

Actividad 11: pasa a ser la actividad 12 ajustada.

 

Actividad 12: pasa a ser la actividad 13 ajustada:

 

Se adiciona una nueva actividad que viene a ser la 14

Actividad 13: pasa a ser la actividad 15 modificada.

 

En conclusión se eliminan dos actividades (3 y 8) y se adicionan cuatro nuevas actividades, que se relacionan con los números 3, 4, 5 y 14.

 

El Anexo No. 1: Instructivo para elaborar el Plan de Trabajo Detallado, código formato 03013001, se ajusta el numeral 2.5 Cronograma de Actividades.

 

El Anexo No. 3: Modelo para la presentación de informes Estructurales, Sectoriales y Obligatorios, código formato 03013003, se le efectúa unos cambios para una mejor presentación del informe.

 

El Normograma se ajusta para incorporar el Acuerdo 519 del 26 de diciembre de 2012.

De igual forma, el procedimiento se ajusta para adoptar la estructura definida en la nueva versión del Procedimiento para el Control de Documentos Internos.

8.0

 

Resolución Reglamentaria No.038 de octubre 4 de 2013

 

 

 

 

 

PROCEDIMIENTO PARA LA ELABORACIÓN DEL INFORME

CUENTA GENERAL DEL PRESUPUESTO Y DEL TESORO DEL DISTRITO CAPITAL

Página 1 de 18

Código documento:03014

Código formato: 0102002

Versión: 5.0

 

FECHA: 25 DE SEPTIEMBRE DE 2013

 

Aprobó elaboración o modificación

Revisión técnica

Firma:

Firma:

Nombre: Ramiro Augusto Triviño Sánchez.

Nombre: Bernardo Herrera Herrrera

Cargo: Director de Estudios de Economía y Política Pública.

Cargo: Director Técnico de Planeación.

 

1. OBJETIVO:

 

Establecer los pasos necesarios para la elaboración del informe anual de la Cuenta General del Presupuesto y del Tesoro del Distrito Capital.

 

2. ALCANCE:

 

El procedimiento inicia con “Elabora el plan de trabajo detallado (…)” y termina con “Remite, si lo considera necesario, el informe final al Comité de publicaciones (…)”.

 

3. BASE LEGAL:

 

Ver Normograma

 

4. DEFINICIONES:

 

ANÁLISIS PRESUPUESTAL: Estudio del comportamiento de los diferentes rubros del presupuesto en un período determinado, por entidad y global para establecer la eficiencia y eficacia de la gestión fiscal de todos los entes que conforman el Presupuesto Anual y el General del Distrito Capital.

 

CIERRE PRESUPUESTAL: Procedimiento que realizan las entidades y empresas al finalizar cada vigencia fiscal, con el propósito de determinar el resultado de la ejecución presupuestal de ingresos y gastos, las cuentas por pagar, las reservas, el estado de tesorería, los excedentes financieros y la disponibilidad final.

 

CUENTAS DEL TESORO: Son en esencia, una expresión contable financiera, que muestra las disponibilidades y derechos que se tienen a corto plazo – Activos Corrientes, enfrentados a las obligaciones existentes con vencimiento menor a un año – Pasivos corrientes. La diferencia resultante de esta relación es conocida en el ámbito financiero como Capital de Trabajo, que básicamente, muestra el excedente de que se dispone en un momento dado, después de financiar sus obligaciones a menos de un año.

 

CUENTAS POR PAGAR: Son aquellas obligaciones constituidas para amparar los compromisos que hayan derivado de la entrega de los bienes, obras y servicios y de su recibido a satisfacción antes del 31 de diciembre de cada año; y de anticipos y pagos por anticipado pactados en los contratos no ejecutados.

 

EJECUCIÓN ACTIVA: Es el recaudo de los ingresos que financian el presupuesto, constituidos por los Ingresos Corrientes o Recursos Propios de las Entidades, las Transferencias y los Recursos de Capital, más la disponibilidad inicial en el caso de las empresas industriales y comerciales y sociales del estado  (saldo de caja, bancos e inversiones temporales, excluyendo los dineros recaudados a favor de terceros).

 

EJECUCIÓN PASIVA: Proceso mediante el cual se adquieren compromisos y se ordenan gastos que cumplan con los requisitos señalados en las disposiciones legales vigentes. Los compromisos se respaldan con la expedición previa de certificados de disponibilidad presupuestal CDP, y con la operación del registro presupuestal con el cual se perfecciona.

 

EJECUCIÓN PRESUPUESTAL: Proceso mediante el cual se recauda los ingresos, se adquieren los compromisos y se ordenan los gastos, cumpliendo con los requisitos señalados en la normatividad vigente.

 

ESTADÍSTICA PRESUPUESTAL: Cifras del presupuesto y su ejecución discriminada por ítems y por rubros de los sujetos de control, que tienen acto administrativo en su asignación de presupuesto para una vigencia determinada.

 

ESTADO DE TESORERÍA: Corresponde a la suma de los valores en caja y bancos, inversiones y derechos a 31 de diciembre. De este estado harán parte los saldos reportados por el tesorero como propiedad de terceros, los fondos especiales, los fondos con destinación específica, los recaudos por concepto de empréstitos, los acreedores varios, y en general todo recurso que esté a disposición de las tesorerías de cada entidad.

 

GASTOS DE FUNCIONAMIENTO: Apropiaciones necesarias para el desarrollo de las actividades administrativas, técnicas y de apoyo. Comprende los gastos por servicios personales, gastos generales, aportes patronales y transferencias de funcionamiento.

 

GASTOS DE OPERACIÓN: Erogaciones que incorporan el monto total de compra de bienes, insumos y servicios que requieren las empresas para la producción y comercialización de los servicios prestados, así como los gastos en que se incurren para la generación o desarrollo de nuevos negocios. Excluye la adquisición de bienes y servicios que por su naturaleza hacen parte de los gastos de funcionamiento y o inversión.

 

GASTOS: Erogaciones que tienen por objeto atender las necesidades de los órganos y entidades para cumplir a cabalidad con las funciones asignadas en la Constitución y la Ley, se clasifican en funcionamiento, de operación, servicio de la deuda e inversión.

 

INFORMACIÓN PROCESADA DE LA ESTADÍSTICA PRESUPUESTAL: Producto terminado del proceso de incorporación de cifras del presupuesto y su ejecución discriminada por ítems y por rubros de los sujetos de control que tiene acto administrativo en su asignación de presupuesto para una vigencia determinada, y consolidada por niveles administrativos y sectores económicos. Sirve de insumo para el desarrollo del análisis presupuestal.

 

INGRESOS CORRIENTES: Recursos que se perciben por concepto de la aplicación de impuestos, contribuciones, tasas, multas, derechos y participaciones. De acuerdo con su origen se identifican como tributarios y no tributarios.

 

INGRESOS: Recursos que ingresan al ente territorial o a las entidades por razón de la prestación o venta de bienes o servicios, recaudo tributario, transferencias y recursos de capital.

 

INGRESOS NO TRIBUTARIOS: Recursos generados por la actividad propia de la entidad en cumplimiento de su objetivo social y se clasifican en venta de bienes y servicios, rentas contractuales, participaciones y contribuciones.

 

INGRESOS TRIBUTARIOS: Recursos que percibe el Distrito, provenientes de impuestos directos o indirectos.

 

INVERSIÓN: Egreso en que se incurre para el desarrollo de programas y proyectos en cumplimiento de los planes de desarrollo, que contribuyen a mejorar el índice de calidad de vida de los ciudadanos.

 

MODIFICACIONES PRESUPUESTALES: Modificación de una cuenta mediante la cual se aumenta, trasladan o disminuyen las cuantías de las apropiaciones establecidas durante la vigencia.

 

PRESUPUESTO ANUAL: Nombre asignado al presupuesto agregado de la administración central, entes de control y universitario y los establecimientos públicos y que surte trámite en el Concejo de la ciudad para su aprobación.

 

PRESUPUESTO GENERAL DEL DISTRITO: Consolidado de los presupuestos anual, empresas industriales y comerciales del distrito, las empresas sociales del estado. Anexo de los fondos de desarrollo local.

 

PRESUPUESTO PÚBLICO: Estimativo de la totalidad de los ingresos y gastos del ente territorial o entidad para la vigencia fiscal correspondiente. Herramienta de planeación que a través de la ejecución permite determinar el cumplimiento de metas y objetivos anuales definidos por la administración en los planes y programas de desarrollo económico y social y de obras públicas.

 

PROGRAMA ANUAL MENSUALIZADO DE CAJA (PAC): Instrumento mediante el cual se define el monto máximo mensual de fondos disponibles con el fin de cumplir los compromisos que no puedan exceder del total del PAC de la vigencia. La ejecución de los gastos del Presupuesto Anual del Distrito Capital se hará a través del PAC.

 

RECAUDOS DE TERCEROS: Los Recaudos que las Empresas efectúen por cuenta de otras entidades públicas o de terceros al igual que los giros de los mismos, no se incorporarán en los presupuestos, solo se efectuarán los registros contables correspondientes.

 

RECURSOS DE CAPITAL: Ingresos provenientes de las siguientes fuentes: Operaciones de Crédito Público con vencimiento mayor a un año, los Recursos del Balance, los Rendimientos por Operaciones Financieras, las Donaciones, Diferencial Cambiario, los Excedentes Financieros de los Establecimientos Públicos del orden Distrital y utilidades de las Empresas y Otros Recursos de Capital diferentes.

 

RESERVAS PRESUPUESTALES: Obligaciones y compromisos adquiridos que a 31 de diciembre de cada vigencia fiscal que no se hayan cumplido. Es decir, que el bien no se haya recibido, que la obra no se haya terminado o que el servicio no se haya prestado, pero que estén legalmente contraídas, se hayan registrado presupuestalmente y desarrollen el objeto de la apropiación.

 

SERVICIO DE LA DEUDA: Está conformado por las amortizaciones a capital, intereses y comisiones que genera el pago de la deuda interna o externa.

 

SISTEMA PRESUPUESTAL: Está constituido por un Plan Financiero Plurianual, por un Plan Operativo Anual de Inversiones y por el Presupuesto Anual del Distrito Capital.

 

SITUACIÓN FISCAL O EXCEDENTE FINANCIERO A 31 DE DICIEMBRE: Es la diferencia entre la disponibilidad neta en tesorería y el monto de las obligaciones y compromisos presupuestales legalmente adquiridos y pendientes de pago a 31 de diciembre. En el caso de la Administración Central la situación fiscal se denomina superávit o déficit fiscal. En el caso de los Establecimientos Públicos se denomina excedente o déficit financiero.

 

SITUACIÓN PRESUPUESTAL: Resultado que se obtiene de restar del total de Recaudos, los Giros y Reservas Presupuestales. (El cálculo de la situación presupuestal permite establecer si la gestión presupuestaria generó superávit o déficit. Si existe superávit el recaudo es superior al monto ejecutado  del presupuesto de gastos y si existe Déficit, la ejecución del presupuesto de gastos es superior al recaudo).

 

SUJETOS DE CONTROL: Son las entidades o los particulares que manejen fondos o bienes de propiedad del Distrito, sometidas a la vigilancia fiscal de la Contraloría de Bogotá.

 

TRANSFERENCIAS: Son dineros de un presupuesto que percibe otro presupuesto por mandato legal, en uno es un gasto y en el otro es un ingreso, como es el caso de los provenientes de la Nación por participación en sus ingresos corrientes, sistema general de participaciones y de las entidades descentralizadas por pago de compromisos adquiridos como el plan de gestión ambiental o estratificación por parte de las empresas.

 

5. ANEXOS:

 

Anexo No. 1: Instructivo para la elaboración del Plan de Trabajo Detallado, código formato 03014001.

 

Anexo No. 2: Planilla de Seguimiento, código formato 03014002.

 

Anexo No. 3: Modelo para la presentación de informes Estructurales, Sectoriales, y Obligatorios, código formato 03014003.

 

6. DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO

 

No.

RESPONSABLE

ACTIVIDAD

REGISTROS

PUNTOS DE

 CONTROL /OBSERVACIONES

1

Subdirector de Estadística y Análisis Presupuestal y Financiero.

Elabora el Plan de Trabajo Detallado y remite al Director de Estudios de Economía y Política Pública para su aprobación.

Plan de

Trabajo

Detallado

Punto de control:

 

Ver Anexo No 1: Instructivo para elaborar el Plan de Trabajo Detallado Código Formato 03014001.

Observación:

 

Este Plan, será concertado y elaborado conjuntamente con los funcionarios asignados mediante acta de mesa de trabajo o correo electrónico, para la elaboración del informe.

2

Director Estudios de Economía y Política Pública

Aprueba el Plan de Trabajo Detallado.

Comunicación Oficial Interna

 

3

Profesional especializado y/o profesional universitario de la Subdirección de Estadística y Análisis Presupuestal y Financiero.

Entrega la información anual de estadística presupuestal Consolidada por Niveles.

 

1). Administración Central.

 

2). Establecimientos públicos.

 

3). Entes autónomos y presupuesto anual.

 

4). Empresas Industriales y comerciales del Estado.

 

5). Empresas Sociales del Estado.

 

6). Presupuesto General del Distrito

 

7). Sectores y anexos presupuesto D.C.

 

8). Fondos de Desarrollo Local presupuesto general y presupuesto anual.

 

Observación

 

Los funcionarios asignados a Estadística, informaran vía correo electrónico la ruta donde se encuentra la información al Subdirector y al grupo de profesionales de presupuesto.

4

Profesional especializado y/o profesional universitario de la Subdirección de Estadística y Análisis Presupuestal y Financiero.

Consulta la información estadística, la analiza y prepara el informe.

 

 

5

Profesional especializado y/o profesional universitario de Estadística y Análisis Presupuestal y Financiero.

Realiza dentro del informe el análisis de las cuentas del tesoro, del sector público distrital consolidado (CBN-1075 Balance General por sectores según consolidación de la Secretaria Distrital de Hacienda).

 

Observación:

 

Lo realiza un profesional contador.

6

Subdirector de Estadística y Análisis Presupuestal y Financiero.

Efectúa seguimiento al informe.

Planilla de seguimiento y/o acta de mesa de trabajo.

Punto de control:

 

Ver Anexo 2: Planilla de Seguimiento, Código Formato 03014002.

7

Profesional especializado y/o profesional universitario de la

Subdirección de Estadística y Análisis Presupuestal y Financiero.

Envían el informe al Subdirector de Estadística y Análisis Presupuestal y Financiero para su revisión y sugerencias.

Correo institucional

Punto de control:

 

Ver Anexo No. 3: Modelo para la presentación de informes Estructurales, Sectoriales y Obligatorios código formato 03014003.

8

Profesional especializado y/o profesional universitario de la Subdirección de Estadística y Análisis Presupuestal y Financiero.

Realiza ajustes al informe.

 

 

9

Profesional

especializado y/o

profesional

universitario de la

Subdirección de

Estadística y Análisis Presupuestal y Financiero.

Consolida el informe y remite al Subdirector de Estadística y Análisis Presupuestal y Financiero para su revisión.

Correo institucional

Punto de control:

 

Ver Anexo No. 3: Modelo para la presentación de informes Estructurales, Sectoriales y Obligatorios código formato 03014003.

 

10

Subdirector de

Estadística y Análisis Presupuestal y Financiero.

Revisa y envía el informe final consolidado al  Director de Estudios de Economía y Política Pública para, su revisión y aprobación.

Comunicación Oficial Interna Adjuntando Informe final.

Punto de control

 

Este informe se enviara a través del aplicativo SIGESPRO

11

Director de Estudios de Economía y Política Pública.

Aprueba el informe final.

 

Sí: Activa el “Procedimiento para la preservación del producto Informes estructurales, sectoriales y obligatorios”.

 

No: Aplica el procedimiento para el Control del Producto no conforme informes: estructurales, sectoriales, obligatorios y pronunciamientos.

Comunicación Oficial Interna

Punto de control:

 

Tenga en cuenta el documento de Caracterización del Producto Informes” estructurales, sectoriales, obligatorios y pronunciamientos.

12

Director de Estudios de Economía y Política Pública.

Remite, si lo considera necesario, el informe final al Comité de Publicaciones para aprobación de su publicación en un medio diferente a la página WEB, de la Contraloría de Bogotá.

Comunicación Oficial Interna

Observación:

 

De acuerdo a la Resolución Reglamentaria vigente que regula dicho Comité.

 

ANEXO No. 1

 

INSTRUCTIVO PARA LA ELABORACIÓN DEL PLAN DE TRABAJO DETALLADO

 

1. Elaborar carátula del Plan de Trabajo Detallado, así:

 

PLAN ANUAL DE ESTUDIOS - PAE (Vigencia) ______

 

DIRECCIÓN _____________________________________________________________________________________________________

 

SUBDIRECCIÓN __________________________________________________________________________________________________

 

PLAN DE TRABAJO DETALLADO

 

NOMBRE DEL PRODUCTO:1_________________________________________________________________________________________

 

TIPO DE PRODUCTO:2______________________________________________________________________________________________

 

PERIODO DE ESTUDIO:3 ____________________________________________________________________________________________

 

RESPONSABLE: __________________________________________________________________________________________________

 

ELABORADO POR:

 

CARGO

NOMBRE

FIRMA

 

REVISADO Y APROBADO POR:

 

CARGO

NOMBRE

FIRMA

 

FECHA DE APROBACIÓN: DÍA: _____ MES: _____ AÑO: _____

 

NÚMERO DE FOLIOS: _________

 

2. Los planes de trabajo detallados que se formulen para cada producto (sectorial, estructural y obligatorio), del proceso Estudios de Economía y Política Pública, deberá contener como mínimo los siguientes aspectos:

 

2.1. JUSTIFICACIÓN: Expresar las razones por las cuales se va a realizar el informe, y los beneficios que se espera obtener del mismo. (Aplica únicamente para informes estructurales y sectoriales).

 

2.2. OBJETIVOS: Es el fin o propósito bajo el cual se desarrolla un estudio. Explica el porque y para que se va a realizar un producto (informe).

 

2.3. ALCANCE: Para los productos (informes) estructurales y sectoriales el alcance hace referencia a la delimitación de las áreas que harán parte del tema objeto de estudio. Específicamente, para los informes obligatorios, se refiere a la muestra en términos porcentuales sobre las áreas de estudio y las entidades (sujetos de control), que se evaluarán.

 

2.4. METODOLOGÍA: Es la descripción de los elementos que se utilizarán para el desarrollo de los objetivos de un producto (informe). Define los procedimientos técnicos en forma ordenada para el levantamiento de la información, el tratamiento y el análisis sistemático de la misma.

 

2.5. CRONOGRAMA DE ACTIVIDADES: Es la relación cronológica de las actividades a desarrollar para alcanzar los objetivos del informe. Este deberá incluir como mínimo: Título del informe y subdirección responsable de su elaboración. Constará de cuatro columnas:

 

La primera, la numeración consecutiva de las actividades; la segunda las actividades y/o tareas asignadas, fijando en lo posible resultados parciales o subproductos, que permitan verificar la óptima utilización del tiempo; al igual que actividades relacionadas con reuniones de seguimiento y verificación del producto efectuado tanto, por parte del subdirector y funcionarios responsable de su elaboración, como por el director, en representación del proceso Estudios de Economía y Política Pública, durante sus etapas de planeación, ejecución e informe, dejando evidencia del acompañamiento efectuado, con el fin de ser más oportunos en la detección de posibles desviaciones y mejorar la calidad de los productos en sus contenidos, redacción y capacidad de síntesis; la tercera el tiempo requerido para desarrollar cada una de las actividades, discriminado por semanas e indicando fechas de entrega; y la cuarta los responsables. Es de anotar, que como el cronograma, hace parte del Plan de Trabajo Detallado, no es necesario que lleve el nombre de los funcionarios y firmas de elaboración y aprobación.

 

ANEXO No. 2

 

MODELO PLANILLA DE SEGUIMIENTO

 

PROCESO ESTUDIOS DE ECONOMÍA Y POLÍTICA PÚBLICA

 

PAE:

 

PLANILLA DE SEGUIMIENTO

 

(1). NOMBRE DEL INFORME: ________________________________________

 

(2). TIPO DE INFORME: _____________________________________________

 

(3). DEPENDENCIA RESPONSABLE: __________________________________

 

(4). NOMBRE DEL RESPONSABLE: ___________________________________

 

Fecha

(5)

Funcionarios que realizaron la actividad

(6)

Actividad revisada

(7)

Observaciones

(8)

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

(9) Nombre subdirector: ___________Firma: ______________________________

 

INSTRUCCIONES DE DILIGENCIAMIENTO DEL MODELO PLANILLA DE SEGUIMIENTO:

 

(1). Título del informe.

 

(2). Obligatorios, Sectoriales o Estructurales.

 

(3). Corresponde a la subdirección responsable de la elaboración del producto.

 

(4). Nombre del Subdirector responsable.

 

(5). Fecha en que el subdirector elaboró el seguimiento.

 

(6). Nombre de los funcionarios que realizaron las actividades.

 

(7). Detalle de las tareas realizadas en forma breve.

 

(8). Detallar desviaciones o incumplimientos de actividades programadas.

 

(9). Nombre y firma del subdirector que realizó el seguimiento.

 

ANEXO No. 3

 

MODELO PARA LA PRESENTACIÓN DE INFORMES: SECTORIALES, ESTRUCTURALES Y OBLIGATORIOS

 

1. Requisitos de presentación del Informe:

 

El informe debe preferiblemente redactarse en:

 

*Letra arial tamaño 12 de Word.

 

*Margen superior, 4 cms.

 

*Margen inferior, 3 cms.

 

*Margen izquierdo, 3 cms,

 

*Margen derecho, 3 cms.

 

*Espacio interlineado sencillo.

 

Numeración: Sólo se utilizarán números arábigos por niveles, así:

 

1. Primer Nivel: En mayúsculas, negrilla y centrado.

 

1.2. Segundo Nivel: En mayúsculas, negrilla y alineado a la izquierda.

 

1.2.1. Tercer Nivel: En minúscula negrilla a la Izquierda.

 

1.2.1.1. Cuarto Nivel: En minúsculas sin negrilla, cursiva y alineado a la izquierda.

 

Redacción y presentación: se debe tener en cuenta los siguientes aspectos:

Redacción: Tener en cuenta las normas generales de redacción y ortografía. Debe evitarse mencionar nombres propios.

 

Cuando es cita textual se debe escribir entre comillas en Arial, cursiva 10. Cuando se citen fuentes de página Web en pie de páginas se debe quitar el hipervínculo; escribir la fecha en la cual fue tomada, a manera de ejemplo: Tomada el 20 de mayo de 2013, (se copia la dirección electrónica) El pie de página debe ir en letra Times New Roman tamaño 8, internileado (exacto 8).

 

Preciso: Diga lo que tiene que decir. Es conveniente ser exacto (puntual) en cada frase y en el informe completo. Su redacción debe ser sencilla, clara, ordenada, coherente y en orden de importancia.

 

Conciso: La redacción debe ser breve pero sin omitir lo relevante, la brevedad permite mayor impacto. Redactar en forma concreta, pero sin dejar de decir lo que se tiene que decir sobre la situación encontrada.

 

Objetivo: Todo lo redactado en el informe debe reflejar una situación real, manejada con criterios técnicos, analíticos e imparciales.

 

Soportado: Las afirmaciones, conceptos y opiniones deben estar respaldadas con evidencia válida, suficiente, pertinente y competente.

 

Oportuno: Cumplir los términos de elaboración, consolidación, entrega, comunicación y publicidad. Es importante que la elaboración y entrega del informe por parte de la CB sea oportuna, de tal manera que la administración pueda implementar los correctivos del caso en procura de su mejoramiento continuo.

 

Paginación: Debe ir en el margen inferior centrado. No se numera: carátula, hoja de presentación, contenido y anexos.

 

Distribución de capítulos: Entre capítulo y capítulo del Informe dejar salto de página, así mismo, el título debe ir en negrilla y centrado en arial tamaño 12.

 

Cuadros y/o tablas: En los cuadros y tablas se utilizarán números arábigos en orden consecutivo a través de todo el texto, se debe indicar primero el número y después el título, utilizando letra arial tamaño 10; si el cuadro es extenso utilizar tipo de letra más pequeño. Con el fin de estandarizar la presentación de los cuadros, a continuación se presenta un modelo:

 

Cuadro o Tabla 1

 

Gastos de Funcionamiento e Inversión año

 

En millones de pesos

 

Años

Gastos de funcionamiento

Gastos de inversión

Porcentaje

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Fuente:

 

Gráficas: El análisis de gráficas debe ser consecuente con la presentación de las mismas. Cuando se utilizan gráficas de barras éstas deben ser presentadas en orden ascendente. Así mismo, para la numeración utilizar números arábigos en orden consecutivo en la parte inferior izquierda de la misma. Deben llevar fuente en Arial 8, fuera del gráfico y en Word.

 

No se deben copiar gráficas o cuadros como imágenes importadas de otros textos o de Internet.

 

La gráfica se debe colocar en la misma página en que se menciona.

 

Las cifras presentadas en el Informe y en los diferentes cuadros deben ir en una sola unidad de medida: millones, miles de pesos, etc. Las cifras deben separarse con puntos y no con comas. Las cifras presupuestales deben tener como fuente las Estadísticas Fiscales de la Contraloría de Bogotá, D.C.

 

Contenido: El término CONTENIDO se escribe en mayúscula sostenido y centrado.

 

10. Avances: Los avances de los informes deben contener sin excepción los parámetros dados y deben ser coherentes, claros e impecables en su redacción y ortografía. Se deben realizar en office vigente de la entidad para facilitar su consolidación.

 

2. Modelo carátula y hoja de presentación

 

NOMBRE DEL INFORME

 

PERIODO ESTUDIADO (Vigencia)

 

PLAN ANUAL DE ESTUDIOS - PAE

 

NOMBRE DE LA DIRECCIÓN

 

FECHA

 

(NOMBRE DEL INFORME)

 

Contralor de Bogotá

 

Nombre

 

Contralor Auxiliar

 

Nombre

 

Director (es) (Respectivo(s))

 

Nombre

 

Subdirector (es) (Según el caso)

 

Nombre

 

Profesionales

 

Nombres

 

CONTROL DE CAMBIOS

 

 

Versión

No. Del acto administrativo que lo adopta y fecha

 

Descripción de la modificación

1.0

Resolución Reglamentaria

No. 013 de marzo 10 de

2003.

Adicionar lo siguiente: enviar al Director de Economía y Finanzas para su aprobación.

 

Dar a conocer el documento a los profesionales.

 

Eliminar la actividad No 2.

 

Entregar al grupo de analistas de la Subdirección la Información  proveniente de las entidades controladas, los cuales posteriormente, previa verificación la entregan al grupo de estadísticas fiscales.

 

Procesar y entregar información por entidad, nivel, sector y global al grupo de analistas de la Subdirección de Análisis Económico y Estadísticas Fiscales.

 

Adicionar en el ejecutor de las actividades 4, 5 y 7, “Grupo de Analistas de la Subdirección de Análisis Económico y Estadísticas Fiscales”.

1.0

Resolución Reglamentaria

No. 35 de junio 12 de 2003.

Se modifica el título del procedimiento teniendo en cuenta que el mismo se complementa con el análisis de las cuentas del tesoro; quedando: “Procedimiento para la elaboración del Balance sobre la Cuenta General del Presupuesto y del Tesoro.

 

Cambia la versión.

 

Se complementan, modifican e incorporan algunas definiciones en el numeral correspondiente.

 

Se suprime de los registros la planilla de seguimiento.

 

Se suprimen los anexos teniendo en cuenta que los mismos corresponden a los reportados por los sujetos de control en cumplimiento de la Rendición de Cuentas y no como desarrollo del procedimiento.

Se modifican y complementan algunas actividades del procedimiento para dar mayor claridad al mismo.

2.0

Resolución Reglamentaria

No. 016 de Abril 22 de

2005.

El título quedará: Cuenta General del Presupuesto y del Tesoro del Distrito Capital.

 

Ajustar el alcance, objetivo y base legal.

 

En la descripción del procedimiento, se actualizan algunas actividades. Se establecen puntos de control.

 

Modificar registros y anexos.

3.0

Resolución Reglamentaria

No. 013 de Mayo 12 de

2009.

En la descripción del procedimiento se modifican actividades, con el fin de ajustarlas a la realidad del que hacer de este informe.

 

Actividad 4: Se modifica el nombre del sujeto de control (Secretaría de Hacienda Distrital- S.H.D, por Secretaría Distrital de Hacienda – SDH), para ajustarlo a la normatividad vigente. Se elimina la palabra vigencia que se repite y se une el segundo párrafo con el primero.

 

Actividad 5: Se incluyó el término, insumo presupuestal, que básicamente tiene que ver con el contenido que deben remitir las Direcciones Sectoriales, sobre este tema. Lo anterior condujo, a eliminar el siguiente texto: “componente de reservas presupuestales por sector, elaborado por las Subdirecciones de Fiscalización. Consolidar las reservas presupuestales del Distrito Capital.” y en la columna puntos de control/ observaciones, se cambió Subdirecciones de Fiscalización por Direcciones Sectoriales y anexos por insumos.

 

Actividad 6: En cuanto a esta actividad se reformuló el texto, buscando hacer claridad sobre la finalidad que se pretende con dicha actividad.

 

Actividades 7, 9 y 10: Reformulación texto, eliminando el nombre de la subdirección responsable del informe, por considerarlo innecesario y repetitivo. Adicionalmente en la actividad 9 columnas puntos de control/observaciones, se corrigió el código del formato.

4.0

Resolución Reglamentaria No. 017 de junio 16 de 2010

Se modifica la denominación de los subdirectores responsables de ejecutar algunas actividades, acorde con lo establecido en el Acuerdo 519 de 2012.

 

4. DEFINICIONES: Se actualizan algunas definiciones.

 

6. DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO: En resumen el procedimiento pasa de 13 a 12 actividades, a fin de darle mejor entendimiento a la realidad del que hacer del informe.

 

Actividad 1: El Punto de Control se modifica, quedando como Observación el segundo párrafo ajustado.

 

Actividades 3 y 7: Se suprimen en su totalidad y se reenumera nuevamente, con nuevas actividades.

 

Actividades 8 y 9 pasan a ser las actividades 6 y 7, respectivamente, ajustadas.

 

Se incorpora una Actividad que pasa a ser la Actividad 8.

 

Actividad 10 pasa a ser la actividad 9 modificada.

 

Actividad 11 pasa a ser la actividad 10 ajustada e incorporando un registro.

 

En el Anexo No. 1: Instructivo para elaborar el Plan de Trabajo Detallado, código formato 03014001 se ajusta el numeral 2.5 Cronograma de Actividades.

 

En el Anexo No. 3: Modelo para la presentación de informes Estructurales, Sectoriales y Obligatorios, código formato 03014003, se le efectúa unos cambios para una mejor presentación del informe.

 

El Normograma se ajusta para incorporar el Acuerdo 519 del 26 de diciembre de 2012.

 

De igual forma, el procedimiento se ajusta para adoptar la estructura definida en la nueva versión del Procedimiento para el Control de Documentos Internos.

5.0

Resolución Reglamentaria No. 038 de octubre 4 de 2013

 

 

 

PROCEDIMIENTO PARA LA ELABORACIÓN DEL INFORME DE ESTADÍSTICAS PRESUPUESTALES DEL DISTRITO CAPITAL

Página 1 de 3

Código documento:03015

Código formato: 01002002

Versión: 5.0

 

FECHA: 25 DE SEPTIEMBRE DE 2013

 

Aprobó elaboración o modificación

Revisión técnica

Firma:

Firma:

Nombre: Ramiro Augusto Triviño Sánchez

 

Nombre: Bernardo Herrera Herrera

Cargo: Director de Estudios de Economía y Política Pública.

Cargo: Director Técnico de Planeación.

 

1. OBJETIVO:

Actualizar y consolidar las estadísticas presupuestales del Distrito Capital -D.C.- con énfasis en el Plan de Desarrollo, de acuerdo con la información reportada por parte de los sujetos de control.

 

2. ALCANCE:

 

El procedimiento inicia con: Elabora el Plan de Trabajo Detallado del informe y termina con: “Informa a la Subdirección de Análisis, Indicadores y Estadísticas, la ubicación de la información de Estadísticas Presupuestales, con el fin de que sirva de insumo para el observatorio de control fiscal. Igualmente lo envía a la oficina de Comunicaciones para ser socializado por los medios que ellos estimen publicar”.

 

3. BASE LEGAL:

 

Ver normograma.

 

4. DEFINICIONES:

 

ACUMULADO: Registros mensuales por entidad y su acumulado al periodo solicitado.

 

AGREGADO: Agrupación de ítems y rubros de las entidades que conforman o identifican un grupo.

 

ANÁLISIS PRESUPUESTAL: Estudio del comportamiento de los diferentes rubros del presupuesto en un período determinado, por entidad y global para establecer la eficiencia y eficacia de la gestión fiscal de todos los entes que conforman el Presupuesto Anual y el General del Distrito Capital.

 

CIERRE PRESUPUESTAL: Procedimiento que realizan las entidades y empresas al finalizar cada vigencia fiscal, con el propósito de determinar el resultado de la ejecución presupuestal de ingresos y gastos, las cuentas por pagar, las reservas, el estado de tesorería, los excedentes financieros y la disponibilidad final.

 

CUENTAS DEL TESORO: Son en esencia, una expresión contable financiera, que muestra las disponibilidades y derechos que se tienen a corto plazo - Activos Corrientes, enfrentados a las obligaciones existentes con vencimiento menor a un año – Pasivos corrientes. La diferencia resultante de esta relación es conocida en el ámbito financiero como Capital de Trabajo, que básicamente, muestra el excedente de que se dispone en un momento dado, después de financiar sus obligaciones a menos de un año.

 

CUENTAS POR PAGAR: Son aquellas obligaciones constituidas para amparar los compromisos que hayan derivado de la entrega de los bienes, obras y servicios y de su recibido a satisfacción antes del 31 de diciembre de cada año; y de anticipos y pagos por anticipado pactados en los contratos no ejecutados.

 

EJECUCIÓN ACTIVA: Es el recaudo de los ingresos que financian el presupuesto, constituidos por los Ingresos Corrientes o Recursos Propios de las Entidades, las Transferencias y los Recursos de Capital, más la disponibilidad inicial en el caso de las empresas industriales y comerciales y sociales del estado  (saldo de caja, bancos e inversiones temporales, excluyendo los dineros recaudados a favor de terceros).

 

EJECUCIÓN PASIVA: Proceso mediante el cual se adquieren compromisos y se ordenan gastos que cumplan con los requisitos señalados en las disposiciones legales vigentes. Los compromisos se respaldan con la expedición previa de certificados de disponibilidad presupuestal CDP y con la operación del registro presupuestal con el cual se perfecciona.

 

EJECUCIÓN PRESUPUESTAL: Proceso mediante el cual se recauda los ingresos, se adquieren los compromisos y se ordenan los gastos, cumpliendo con los requisitos señalados en la normatividad vigente.

 

ENTIDADES OBLIGADAS A RENDIR INFORMACIÓN PRESUPUESTAL: Entes que manejan recursos del D.C. y por consiguiente requieren ser vigiladas por la Contraloría de Bogotá.

 

ESTADÍSTICA PRESUPUESTAL: Cifras del presupuesto y su ejecución discriminada por ítems y por rubros de los sujetos de control, que tienen acto administrativo en su asignación de presupuesto para una vigencia determinada.

 

ESTADO DE TESORERÍA: Corresponde a la suma de los valores en caja y bancos, inversiones y derechos a 31 de diciembre. De este estado harán parte los saldos reportados por el tesorero como propiedad de terceros, los fondos especiales, los fondos con destinación específica, los recaudos por concepto de empréstitos, los acreedores varios, y en general todo recurso que esté a disposición de las tesorerías de cada entidad.

 

GASTOS: Erogaciones que tienen por objeto atender las necesidades de los órganos y entidades para cumplir a cabalidad con las funciones asignadas en la Constitución y la Ley, se clasifican en funcionamiento, de operación, servicio de la deuda e inversión.

 

GASTOS DE FUNCIONAMIENTO: Apropiaciones necesarias para el  desarrollo de las actividades administrativas, técnicas y de apoyo. Comprende los gastos por servicios personales, gastos generales, aportes patronales y transferencias de funcionamiento.

 

GASTOS DE OPERACIÓN: Erogaciones que incorporan el monto total de compra de bienes, insumos y servicios que requieren las empresas para la producción y comercialización de los servicios prestados, así como los gastos en que se incurren para la generación o desarrollo de nuevos negocios. Excluye la adquisición de bienes y servicios que por su naturaleza hacen parte de los gastos de funcionamiento y o inversión.

 

INFORMACIÓN PROCESADA: Producto terminado del Grupo de Estadísticas, que sirve de insumo para el desarrollo del análisis presupuestal.

 

INFORMACIÓN PROCESADA DE LA ESTADÍSTICA PRESUPUESTAL: Producto terminado del proceso de incorporación de cifras del presupuesto y su ejecución discriminada por ítems y por rubros de los sujetos de control que tiene acto administrativo en su asignación de presupuesto para una vigencia determinada, y consolidada por niveles administrativos y sectores económicos. Sirve de insumo para el desarrollo del análisis presupuestal.

 

INFORMES PRESUPUESTALES: Informes de Presupuesto y Ejecución de Ingresos, de Gastos e Inversión.

 

INGRESOS: Recursos que ingresan al ente territorial o a las entidades por razón de la prestación o venta de bienes o servicios, recaudo tributario, transferencias y recursos de capital.

 

INGRESOS CORRIENTES: Recursos que se perciben por concepto de la aplicación de impuestos, contribuciones, tasas, multas, derechos y participaciones. De acuerdo con su origen se identifican como tributarios y no tributarios.

 

INGRESOS NO TRIBUTARIOS: Recursos generados por la actividad propia de la entidad en cumplimiento de su objetivo social y se clasifican en venta de bienes y servicios, rentas contractuales, participaciones y contribuciones.

 

INGRESOS TRIBUTARIOS: Recursos que percibe el Distrito, provenientes de impuestos directos o indirectos.

 

INVERSIÓN: Egreso en que se incurre para el desarrollo de programas y proyectos en cumplimiento de los planes de desarrollo, que contribuyen a mejorar el índice de calidad de vida de los ciudadanos.

 

MODIFICACIONES PRESUPUESTALES: Procedimiento mediante el cual se aumenta, trasladan o disminuyen las cuantías de las apropiaciones.

 

PRESUPUESTO ANUAL: Nombre asignado al presupuesto agregado de la administración central, entes de control y universitario y los establecimientos públicos y que surte trámite en el Concejo de la ciudad para su aprobación.

 

PRESUPUESTO GENERAL: Se compone de los Presupuestos Anual, Empresas Industriales y Comerciales y Empresas Sociales del Estado.

 

PRESUPUESTO GENERAL DEL DISTRITO: Consolidado de los presupuestos anual, empresas industriales y comerciales del distrito, las empresas sociales del estado. Anexo de los fondos de desarrollo local.

 

PRESUPUESTO PÚBLICO: Estimativo de la totalidad de los ingresos y gastos del ente territorial o entidad para la vigencia fiscal correspondiente. Herramienta de planeación que a través de la ejecución permite determinar el cumplimiento de metas y objetivos anuales definidos por la administración en los planes y programas de desarrollo económico y social y de obras públicas.

 

PROGRAMA ANUAL MENSUALIZADO DE CAJA (PAC): Instrumento mediante el cual se define el monto máximo mensual de fondos disponibles con el fin de cumplir los compromisos que no puedan exceder del total del PAC de la vigencia. La ejecución de los gastos del Presupuesto Anual del Distrito Capital se hará a través del PAC.

 

RECURSOS DE CAPITAL: Ingresos provenientes de las siguientes fuentes: Operaciones de Crédito Público con vencimiento mayor a un año, los Recursos del Balance, los Rendimientos por Operaciones Financieras, las Donaciones, Diferencial Cambiario, los Excedentes Financieros de los Establecimientos Públicos del orden Distrital y utilidades de las Empresas y Otros Recursos de Capital diferentes.

 

RECAUDOS DE TERCEROS: Los Recaudos que las Empresas efectúen por cuenta de otras entidades públicas o de terceros al igual que los giros de los mismos, no se incorporarán en los presupuestos, solo se efectuarán los registros contables correspondientes.

 

RESERVAS PRESUPUESTALES: Obligaciones y compromisos adquiridos que a 31 de diciembre de cada vigencia fiscal que no se hayan cumplido. Es decir, que el bien no se haya recibido, que la obra no se haya terminado o que el servicio no se haya prestado, pero que estén legalmente contraídas, se hayan registrado presupuestalmente y desarrollen el objeto de la apropiación.

 

SERVICIO DE LA DEUDA: Está conformado por las amortizaciones a capital, intereses y comisiones que genera el pago de la deuda interna o externa.

 

SISTEMA PRESUPUESTAL: Conjunto de todos los actos e instrumentos que se llevan a cabo y se utilizan en la formulación, ejecución, seguimiento y control del presupuesto. De conformidad con el Decreto Distrital 714 de 1996, el Sistema Presupuestal Distrital está constituido por Plan Financiero Plurianual (Operaciones Efectivas, Estimaciones de Ingresos y Gastos) y Plan de Inversiones, Presupuesto Anual (Ingresos, Gastos y Disposiciones Generales. También debe considerarse como el mecanismo que prevé las fuentes y montos de los recursos monetarios y su asignación anual en la financiación de los planes, programas y proyectos para cada período de gobierno.

 

SITUACIÓN FISCAL O EXCEDENTE FINANCIERO A 31 DE DICIEMBRE: Es la diferencia entre la disponibilidad neta en tesorería y el monto de las obligaciones y compromisos presupuestales legalmente adquiridos y pendientes de pago a 31 de diciembre. En el caso de la Administración Central la situación fiscal se denomina superávit o déficit fiscal. En el caso de los Establecimientos Públicos se denomina excedente o déficit financiero.

 

SITUACIÓN PRESUPUESTAL: Resultado que se obtiene de restar del total de Recaudos, los Giros y Reservas Presupuestales. (El cálculo de la situación presupuestal permite establecer si la gestión presupuestaria generó superávit o déficit. Si existe superávit el recaudo es superior al monto ejecutado  del presupuesto de gastos y si existe Déficit, la ejecución del presupuesto de gastos es superior al recaudo).

 

SUJETOS DE CONTROL: Son las entidades o los particulares que manejen fondos o bienes de propiedad del Distrito, sometidas a la vigilancia fiscal de la Contraloría de Bogotá.

 

TRANSFERENCIAS: Son dineros de un presupuesto que percibe otro presupuesto por mandato legal, en uno es un gasto y en el otro es un ingreso, como es el caso de los provenientes de la Nación por participación en sus ingresos corrientes, sistema general de participaciones y de las entidades descentralizadas por pago de compromisos adquiridos como el plan de gestión ambiental o estratificación por parte de las empresas.

 

5. ANEXOS:

 

Anexo No. 1: Instructivo para elaborar el Plan de Trabajo Detallado, código formato 03015001.

 

Anexo No. 2: Planilla de seguimiento, código formato 03015002.

 

6. DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO:

 

 

No

RESPONSABLE

ACTIVIDAD

REGISTRO

PUNTOS DE CONTROL /OBSERVACIONES

1

Subdirector de Estadística y Análisis Presupuestal y Financiero.

Elabora el plan de trabajo detallado.

 

Remite al Director de Estudios de Economía y Política Pública para su aprobación.

Plan de trabajo detallado.

Punto de control:

 

Ver Anexo No. 1: Instructivo para elaborar el Plan de Trabajo Detallado Código Formato 03015001.

 

Observación:

 

Este Plan, será concertado y elaborado conjuntamente con los funcionarios asignados mediante acta de mesa de trabajo o correo electrónico, para la elaboración del informe.

2

Director de Estudios de Economía y Política Pública.

Aprueba el plan de trabajo detallado.

Comunicación Oficial Interna

 

3

Profesional especializado y/o profesional universitario de la Subdirección de Estadística y Análisis Presupuestal y Financiero.

Baja del sistema de vigilancia de control fiscal (SIVICOF), los datos reportados por los sujetos de control, obligados a rendir información presupuestal (formatos CB 101 de ingresos y CB 103 de gastos).

 

 

4

Profesional especializado y/o profesional universitario de la Subdirección de Estadística y Análisis Presupuestal y Financiero.

Organiza la información de la ejecución presupuestal de ingresos y gastos por entidad, niveles, sectores y global.

 

 

5

Profesional especializado y/o profesional universitario de la Subdirección de Estadística y Análisis Presupuestal y Financiero.

Estructura:

 

Presupuesto general del D.C. De ingresos y egresos por cuentas y entidades.

 

Consolidado y agregado del presupuesto anual de ingresos y gastos, por cuentas y entidades.

Consolidado y agregado de ingresos y gastos de los niveles: central, establecimientos públicos, organismo de control, ente autónomo, empresas industriales y comerciales y empresas sociales del estado.

 

Agregado por entidades de ingresos y gastos de acuerdo al nivel administrativo.

 

Consolidado y agregado de gastos por sectores Acuerdo  257 de 2006.

 

Anexo del consolidado y agregado de los Fondos de Desarrollo Local.

 

 

6

Subdirector de Estadística y Análisis Presupuestal y Financiero.

Efectúa el seguimiento al avance y control de calidad.

Planilla de seguimiento y/o Acta de mesa de trabajo.

Punto de control:

 

Ver Anexo No. 2 (código formato 0 3015002).

 

Observación:

 

Verifica en el punto de la Intranet el avance del trabajo.

7

Profesionales Universitarios y Especializados, de la Subdirección de Estadística y Análisis Presupuestal y Financiero.

Consolida la información y remite al Subdirector de Estadística y Análisis Presupuestal y Financiero.

 

Por ser planillas numéricas, no aplica el modelo de presentación de informes obligatorios etc.

8

 

Subdirector de Estadística y Análisis Presupuestal y Financiero.

Revisa la estructura y propone ajustes.

 

Observación:

 

Verifica en el punto de la Intranet el avance del trabajo Vía correo electrónico.

9

Profesional especializado y/o profesional universitario de la Subdirección de Estadística y Análisis Presupuestal y Financiero.

Elabora el informe final de acuerdo a los ajustes.

Informe Final

 

10

Subdirector de Estadística y Análisis Presupuestal y Financiero.

Remite el Informe al Director de Estudios de Economía y Política Pública para su aprobación.

Comunicación Oficial Interna adjuntando el Informe

 

11

Director de Estudios de Economía y Política Pública.

Aprueba el informe final.

 

Si: Aplica el Procedimiento para la preservación del producto Informes: estructurales, sectoriales, y obligatorios.

 

No: Activa el procedimiento para el Control del Producto no conforme Informes: estructurales, sectoriales, obligatorios y pronunciamientos.

Comunicación Oficial Interna

Punto de control.

 

Tener en cuenta la caracterización de producto: Informes Estructurales, Sectoriales, Obligatorios y Pronunciamientos.

12

Director de Estudios de Economía y Política Pública

Informa a la Subdirección de Análisis, Indicadores y Estadísticas, la ubicación de la información de Estadísticas Presupuestales, con el fin de que sirva de insumo para el observatorio de control fiscal.

 

Igualmente lo envía a la oficina de Comunicaciones para ser socializado por los medios que ellos estimen publicar.

 

 

 

ANEXO No. 1

 

INSTRUCTIVO PARA ELABORAR EL PLAN DE TRABAJO DETALLADO

 

1. Elaborar carátula del Plan de Trabajo Detallado, así:

 

PLAN ANUAL DE ESTUDIOS - PAE (Vigencia) ______

 

DIRECCIÓN ______________________________________________________________________________________________________

 

SUBDIRECCIÓN ___________________________________________________________________________________________________

 

PLAN DE TRABAJO DETALLADO

 

NOMBRE DEL PRODUCTO:1_________________________________________________________________________________________

 

TIPO DE PRODUCTO:2______________________________________________________________________________________________

 

PERIODO DE ESTUDIO:3 ____________________________________________________________________________________________

 

RESPONSABLE: __________________________________________________________________________________________________

 

ELABORADO POR:

 

CARGO

NOMBRE

FIRMA

 

REVISADO Y APROBADO POR:

 

CARGO

NOMBRE

FIRMA

 

FECHA DE APROBACIÓN: DÍA: _____ MES: _____ AÑO: _____

 

NÚMERO DE FOLIOS: __________

 

2. Los planes de trabajo detallados que se formulen para cada producto (sectorial, estructural y obligatorio), del Proceso del proceso Estudios de Economía y Política Pública, deberá contener como mínimo los siguientes aspectos:

 

2.1. JUSTIFICACIÓN: Expresar las razones por las cuales se va a realizar el informe, y los beneficios que se espera obtener del mismo. (Aplica únicamente para informes estructurales y sectoriales):

 

2.2. OBJETIVOS: Es el fin o propósito bajo el cual se desarrolla un estudio. Explica el porque y para que se va a realizar un producto (informe).

 

2.3. ALCANCE: Para los productos (informes) estructurales y sectoriales el alcance hace referencia a la delimitación de las áreas que harán parte del tema objeto de estudio.

 

Específicamente, para los informes obligatorios, se refiere a la muestra en términos porcentuales sobre las áreas de estudio y las entidades (sujetos de control), que se evaluarán.

 

2.4. METODOLOGIA: Es la descripción de los elementos que se utilizarán para el desarrollo de los objetivos de un producto (informe). Define los procedimientos técnicos en forma ordenada para el levantamiento de la información, el tratamiento y el análisis sistemático de la misma.

 

2.5. CRONOGRAMA DE ACTIVIDADES: Es la relación cronológica de las actividades a desarrollar para alcanzar los objetivos del informe. Este deberá incluir como mínimo: Título del informe y subdirección responsable de su elaboración. Constará de cuatro columnas:

 

La primera, la numeración consecutiva de las actividades; la segunda las actividades y/o tareas asignadas, fijando en lo posible resultados parciales o subproductos, que permitan verificar la óptima utilización del tiempo; al igual que actividades relacionadas con reuniones de seguimiento y verificación del producto efectuado tanto, por parte del subdirector y funcionarios responsable de su elaboración, como por el director, en representación del proceso Estudios de Economía y Política Pública, durante sus etapas de planeación, ejecución e informe, dejando evidencia del acompañamiento efectuado, con el fin de ser más oportunos en la detección de posibles desviaciones y mejorar la calidad de los productos en sus contenidos, redacción y capacidad de síntesis; la tercera el tiempo requerido para desarrollar cada una de las actividades, discriminado por semanas e indicando fechas de entrega; y la cuarta los responsables. Es de anotar, que como el cronograma, hace parte del Plan de Trabajo Detallado, no es necesario que lleve el nombre de los funcionarios y firmas de elaboración y aprobación.

 

ANEXO No. 2

 

PLANILLA DE SEGUIMIENTO

 

PROCESO ESTUDIOS DE ECONOMÍA Y POLÍTICA PÚBLICA

 

PAE:

 

PLANILLA DE SEGUIMIENTO

 

(1). NOMBRE DEL INFORME: ________________________________________________________________________________________

 

(2). TIPO DE INFORME: _____________________________________________________________________________________________

 

(3). DEPENDENCIA RESPONSABLE: __________________________________________________________________________________

 

(4). NOMBRE DEL RESPONSABLE: ___________________________________________________________________________________

 

Fecha

(5)

Funcionarios que realizaron la actividad

(6)

Actividad revisada

(7)

Observaciones

(8)

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

(9) Nombre subdirector: ___________Firma: ______________________________

 

INSTRUCCIONES DE DILIGENCIAMIENTO DEL MODELO PLANILLA DE SEGUIMIENTO.

 

(1) Titulo del informe.

 

(2) Obligatorios, Sectoriales o Estructurales.

 

(3) Corresponde a la subdirección responsable de la elaboración del producto.

 

(4) Nombre del Subdirector responsable.

 

(5) Fecha en que el subdirector elaboró el seguimiento.

 

(6) Nombre de los funcionarios que realizaron las actividades.

 

(7) Detalle de las tareas realizadas en forma breve.

 

(8) Detallar desviaciones o incumplimientos de actividades programadas.

 

(9) Nombre y firma del subdirector que realizó el seguimiento.

 

CONTROL DE CAMBIOS:

 

VERSIÓN

NO. DEL ACTO ADMINISTRATIVO QUE LO ADOPTA Y FECHA

DESCRIPCIÓN DE LA MODIFICACIÓN

1.0

Resolución

Reglamentaria No. 013 del

10 de marzo

de 2003

Se cambió todo el procedimiento que fue adoptado mediante la Resolución No. 013 del 14 de marzo de 2003:

 

La actividad No.1, no refleja lo que realmente sucede es decir: Recepcionar los informes de la ejecución presupuestal de las entidades provenientes del grupo de analistas de la Subdirección.

 

En la Observación de la actividad Nº 1, Eliminar la observación.

 

En la Actividad No. 2, Incluir que es información mensual.

 

En la actividad No. 3, Incluir que se incorporan al sistema de información de la Subdirección.

 

En la columna de observación, Debe decir: “Se tienen en cuenta las inconsistencias encontradas en las ejecuciones para solicitar las aclaraciones a la entidad”.

 

En la columna ejecutor de las actividades Nos. 5 y 7, Debe decir: Subdirector de Análisis Económico y Estadísticas Fiscales.

 

La Actividad No. 7, Debe decir: Revisar las estadísticas finales y dar traslado al Director de Economía y Finanzas para su aprobación.

 

En las Actividades Nos. 8 y 9 el verbo debe ir en infinitivo, debe decir:” preparar” y “aprobar”.

 

La Actividad No. 9 no estaba bien redactada “Debe decir: Informe estadístico de la ejecución presupuestal consolidada de ingresos y de gastos de la Administración Distrital”.

 

Se suprime la actividad No. 10.

 

Se modificó el alcance “Comienza con la recepción de las ejecuciones de ingresos y gastos de las diferentes entidades del Distrito, entregadas por los analistas de la Subdirección y la captura de datos del sistema de Presupuesto Distrital (PREDIS) de las entidades que no hayan reportado información; los registros se realizan por ítems y por rubros de cada entidad para luego consolidarlos por niveles, sectores, presupuesto anual y Global, se realiza el resumen por cuentas mayores y por entidades, obteniendo el producto final que será aprobado por el Director de Economía y Finanzas Distritales, continuando con el procedimiento para la preservación del producto “Informes estructurales, sectoriales y obligatorios”.

En la página 2, eliminar este párrafo de la descripción del procedimiento.

2.0

Resolución

Reglamentaria

No. 035 del

12 de junio de

2003

Cambia de versión.

 

Se modifica y complementa el objetivo y alcance del procedimiento.

 

Se incluye dentro de los registros el plan de trabajo detallado.

Se modifican en algunas actividades el ejecutor teniendo en cuenta los cargos establecidos en la planta de personal.

 

Se modifican y complementan algunas actividades del procedimiento para dar mayor claridad y complementar el respectivo informe.

3.0

Resolución

Reglamentaria No. 16 del

22 de Abril de

2005.

Ajustar el alcance y base legal.

 

Adicionar definiciones.

 

En la descripción del procedimiento, se actualizan algunas actividades.

 

Se establecen puntos de control.

 

Modificar registros y anexos.

4.0

Resolución Reglamentaria No. 013 de Mayo 12 de 2009

Se modificar el nombre del “Procedimiento para la elaboración de Estadísticas Fiscales” por: “Procedimiento para la elaboración del informe de Estadísticas Presupuestales del Distrito Capital”.

 

Se cambia la denominación de los responsables de ejecutar algunas actividades en la Descripción del Procedimiento.

 

El Objetivo se modifica así: Actualizar y consolidar las estadísticas presupuestales del Distrito Capital -D.C.- con énfasis en el Plan de Desarrollo, de acuerdo con la información reportada por parte de los sujetos de control.

 

El Alcance quedará así: El procedimiento inicia con: Elabora el Plan de Trabajo Detallado del informe” y termina con: “Informa a la Subdirección de Análisis, Indicadores y Estadísticas, la ubicación de la información de Estadísticas Presupuestales, con el fin de que sirva de insumo para el observatorio de control fiscal. Igualmente lo envía a la oficina de Comunicaciones para ser socializado por los medios que ellos estimen publicar”.

 

Se incorporan las siguientes definiciones: Análisis Presupuestal, Cierre Presupuestal, Cuentas del Tesoro, Cuentas por Pagar, Ejecución Activa, Ejecución Pasiva, Estadística Presupuestal, Estado de Tesorería, Gastos de Operación, Información Procesada de la Estadística Presupuestal, Presupuesto General, Presupuesto Genera del Distrito, Programa Anual Mensualizado de Caja (PAC), Recaudos de Terceros, Situación Fiscal o Excedente Financiero A 31 De Diciembre, Situación Presupuestal y Sujetos de Control.

 

Se ajustan y modifican las siguientes definiciones: Ejecución Presupuestal, Gastos, Gastos Funcionamiento, Ingresos, Ingresos Corrientes, Ingresos No Tributarios, Ingresos Tributarios, Inversión, Presupuesto Anual, Presupuesto Público, Recursos de Capital, Servicio de la Deuda, , Transferencias:

 

Se suprimen la definición: Presupuesto Global.

 

Actividad 1: El Punto de Control se modifica, quedando como Observación el segundo párrafo ajustado.

 

La Actividad tres se suprime y se renumera nuevamente.

 

Actividades tres y cuatro que anteriormente eran cuatro y cinco, se ajustan.

 

Actividad cinco: Se incorpora como nueva actividad la cual quedará sí: “Estructura: Presupuesto general del D.C. De ingresos y egresos por cuentas y entidades, Consolidado y agregado del presupuesto anual de ingresos y gastos, por cuentas y entidades, Consolidado y agregado de ingresos y gastos de los niveles: central, establecimientos públicos, organismo de control, ente autónomo, empresas industriales y comerciales y empresas sociales del estado, Agregado por entidades de ingresos y gastos de acuerdo al nivel administrativo, Consolidado y agregado de gastos por sectores 257 de 2006 y Anexo del consolidado y agregado de los Fondos de Desarrollo Local”.

 

Actividad seis: En la columna correspondiente, se incorpora la siguiente  Observación: Verifica en el punto de la Intranet el avance del trabajo.

 

Actividad siete: en la Columna Punto de Control/Observaciones se suprime: (Ver modelo para la presentación de informes Sectoriales, Estructurales y Obligatorios (formato código 3015003), por ser planillas numéricas, no aplica el modelo de presentación de informes obligatorios, estructurales y sectoriales.

 

Actividad ocho: Se ajusta y se incorpora la siguiente observación: Verifica en el punto de la Intranet el avance del trabajo Vía correo electrónico.

 

Actividad diez: se incorpora como Registro: “Comunicación Oficial Interna adjuntando el Informe”.

 

Actividad doce: que estaba mal numerada se suprime, y en su defecto se crea una nueva la cual quedará así: “Informa a la Subdirección de Análisis, Indicadores y Estadísticas, la ubicación de la información de Estadísticas Presupuestales, con el fin de que sirva de insumo para el observatorio de control fiscal. Igualmente lo envía a la oficina de Comunicaciones para ser socializado por los medios que ellos estimen publicar”.

 

En el Anexo No. 1: Instructivo para elaborar el Plan de Trabajo Detallado, Código Formato 03008001 se ajusta el numeral 2.5 Cronograma de Actividades.

 

El Anexo No.3: Modelo para la presentación de informes Estructurales, Sectoriales y obligatorios, código formato 3015003, se suprime dado que solo se presentan cuadros estadísticos.

 

El Normograma se ajusta para incorporar el Acuerdo 519 del 26 de diciembre de 2012.

 

De igual forma, el procedimiento se ajusta para adoptar la estructura definida en la nueva versión del Procedimiento para el Control de Documentos Internos.

5.0

Resolución

Reglamentaria No. 038 de octubre 4 de 2013

 

 

 

PROCEDIMIENTO PARA LA ELABORACIÓN DEL INFORME: “EVALUACIÓN DE LOS RESULTADOS DE LA GESTIÓN FISCAL Y DEL PLAN DE DESARROLLO DE LA ADMINISTRACIÓN DISTRITAL”.

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Código documento:03016

Código formato: 01002002

Versión: 6.0

 

FECHA: 25 DE SEPTIEMBRE DE 2013

 

Aprobó elaboración o modificación

 

Revisión técnica

 

Firma:

Firma:

Nombre: Ramiro Augusto Triviño Sánchez.

Nombre: Bernardo Herrera Herrera.

Cargo: Director de Estudios de Economía y Política Pública.

Cargo: Director Técnico de Planeación.

 

1. OBJETIVO:

 

Establecer los pasos necesarios para la elaboración del Informe: “Evaluación de los Resultados de la Gestión Fiscal y del Plan de Desarrollo de la Administración Distrital frente a las Políticas Públicas”.

 

2. ALCANCE:

 

El procedimiento inicia con “Elabora el Plan de Trabajo Detallado” y termina con “Remite, si lo considera necesario, el informe final al Comité de Publicaciones (…)”

 

3. BASE LEGAL:

 

Ver normograma

 

4. DEFINICIONES:

 

EVALUACIÓN DE LOS RESULTADOS DE LA GESTIÓN FISCAL Y DEL PLAN DE DESARROLLO DE LA ADMINISTRACIÓN DISTRITAL FRENTE A LAS POLÍTICAS PÚBLICAS : Es el medio por el cual la Contraloría de Bogotá establece de manera consolidada y analítica los resultados obtenidos por la Administración Distrital en el manejo de los recursos durante una determinada vigencia, de acuerdo con los principios que orientan la vigilancia de la gestión fiscal, con el fin de cumplir con la misión pública y las funciones asignadas de cada una de las entidades del Distrito.

 

GESTIÓN FISCAL: Conjunto de actividades económicas, jurídicas, tecnológicas y administrativas que realizan los servidores públicos y las personas de derecho privado que manejan o administran recursos públicos tendientes a la adecuada adquisición, planeación, conservación, administración, custodia, explotación, enajenación, consumo, adjudicación, gasto, inversión y disposición de los bienes públicos así como la recaudación, manejo e inversión de sus rentas, en orden a cumplir los fines del estado.

 

PLAN DE DESARROLLO: Documento de política pública a través del cual se describen los objetivos, las estrategias, los programas, los proyectos y las metas que comprometen al Estado con la ciudadanía –en particular a cada una de las entidades territoriales que lo integran-, y en el que se especifican las acciones a adelantar en cada período de gobierno, así como los respectivos recursos asociados para garantizar que las mismas se cumplan. En este sentido, el plan de desarrollo se constituye como la principal y más formal expresión del ejercicio de la planeación.

 

POLÍTICA PÚBLICA: El conjunto de decisiones políticas y acciones estratégicas que llevan a la transformación de una realidad social,  que tanto los ciudadanos y ciudadanas como quienes representan al Estado han determinado como importante o prioritaria de transformar, dado que subsisten en ella condiciones de desequilibrio y desigualdad que afectan la calidad de vida. La política pública plantea una distribución diferente de lo existente, en especial y de manera estructural, del poder y su relación con la distribución de los  bienes o servicios, y de éstos en atención a la materialización de los derechos individuales y colectivos teniendo en cuenta contextos y territorios políticos y sociales1.

 

CONTROL INTERNO: Sistema integrado por el esquema de organización y el conjunto de los planes, métodos, principios, normas, procedimientos y mecanismos de verificación y evaluación adoptados, por una entidad con el fin de procurar que todas las actividades, operaciones y actuaciones, así como la administración de la información de los recursos, se realicen de acuerdo con las normas constitucionales y legales vigentes.

 

MECI: El Modelo Estándar de Control Interno que se establece para las entidades del Estado proporciona una estructura para el control a la estrategia, la gestión y la evaluación en las entidades del Estado, cuyo propósito es orientarlas hacia el cumplimiento de sus objetivos institucionales y la contribución de estos a los fines esenciales del Estado.

 

INFORME DE AUDITORIA REGULAR CON ENFOQUE INTEGRAL: Documento que recoge los resultados del proceso de auditoría, a la gestión o actividades de las entidades, mediante la aplicación de sistemas de control, con el fin de determinar con conocimiento y certeza, el nivel de eficiencia en la administración de los recursos públicos, la eficacia en el logro de los resultados y su correspondencia entre las estrategias, operaciones y propósitos de los sujetos de control.

 

PRINCIPIOS GENERALES DE GESTIÓN FISCAL: Las actuaciones de las autoridades e instancias distritales en desarrollo de sus competencias en materia de planeación se regirán por los siguientes principios: igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la delegación y la desconcentración de funciones.

 

TRANSPARENCIA: Se utiliza para designar la claridad de funcionamiento de las instituciones. Está vinculada a las diversas solicitudes relativas a un mayor acceso a la información y a los documentos para el ciudadano, una mayor participación en la toma de decisiones y una mejor legibilidad de los textos (simplificación de los tratados, consolidación y mejor calidad de redacción de los textos legislativos)2.

 

5. ANEXOS:

 

Anexo No. 1: Instructivo para elaborar el Plan de trabajo detallado, código formato 03016001.

 

Anexo No. 2: Formato de atención, código formato 03016002.

 

Anexo No. 3: Planilla de seguimiento, código formato 03016003.

 

Anexo No. 4: Modelo para la presentación de informes obligatorios, estructurales y Sectoriales, código formato 03016004.

 

6. DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO:

 

No.

RESPONSABLE

ACTIVIDAD

REGISTRO

PUNTOS DE CONTROL / OBSERVACIONES

1

Subdirector de Evaluación de Política Pública.

Recibir y analizar los lineamientos de la Alta Dirección que servirán de insumo para el plan de trabajo detallado

Comunicación

Oficial Interna

Punto de control:

 

Estos lineamientos se enviarán a los funcionarios de la Subdirección para la elaboración del plan de trabajo detallado.

2

Subdirector de Evaluación de Política Pública.

Elabora el plan de trabajo detallado.

 

Remite al Director de Estudios de Economía y Política Pública, para su aprobación.

Plan de Trabajo Detallado.

Punto de control:

 

Ver Anexo No. 1: Instructivo para elaborar el Plan de Trabajo Detallado (código formato 03016001).

 

Observación:

 

Este Plan, será elaborado conjuntamente con los funcionarios asignados mediante acta de mesa de trabajo o correo electrónico, para la elaboración del informe.

3

Director de Estudios de Economía y Política Pública.

Aprueba el Plan de Trabajo Detallado.

 

Sí: Sigue con la actividad 5.

 

No: Se devuelve al Subdirector de Evaluación de Política Pública para ajustar el plan de trabajo detallado

Comunicación

Oficial Interna

Observación:

 

Se deja registro de las razones por las que no se aprueba el plan de trabajo detallado.

4

Subdirector de Evaluación de Política Pública.

Realiza los ajustes solicitados por el Director de Estudios de Economía y Política Pública.

Plan de Trabajo Detallado.

Observación:

 

Los funcionarios asignados por la Subdirección, realiza los ajustes solicitados  al plan de trabajo detallado.

5

Profesional especializado y/o profesional universitario de la Subdirección de Evaluación de Política Pública.

Ejecuta los lineamientos y actividades establecidos en el Plan de Trabajo Detallado aprobado.

 

 

6

Profesional Especializado y/o profesional universitario de la Subdirección de Evaluación de Política Pública.

Analiza y evalúa los  informes de las Entidades asignadas.

Informes reportados en Sivicof.

 

7

Profesional Especializado y/o profesional universitario de la Subdirección de Evaluación de Política Pública.

Asesora y acompaña a las Direcciones Sectoriales sobre la realización del informe Evaluación de los resultados de la gestión fiscal y del plan de desarrollo de la Administración Distrital frente a las políticas públicas.

 

Observación:

 

Ver Anexo No. 2 formato de atención (código formato 03016002).

8

Subdirector de Evaluación de Política Pública.

Recibe de la Dirección de Estudios de Economía y Política Pública, los informes de Auditoria Gubernamental con Enfoque Integral; modalidad Regular.

 

Observación:

 

El Subdirector, remite los informes a los profesionales encargados de desarrollar la Evaluación de la Gestión Distrital.

9

Profesional especializado y/o profesional universitario de la Subdirección de Evaluación de Política Pública.

Analiza, evalúa y procesa la información recolectada mediante investigación propia e insumos de las Direcciones Sectoriales, (cálculo de la calificación sectorial y consolidada del Distrito Capital por variable de análisis).

Archivo Magnético. (Cuadros y matrices de cálculo de variables y texto de análisis.)

 

10

Subdirector de Evaluación de Política Pública.

Efectúa seguimiento al avance y control de calidad del informe.

Planilla de seguimiento y/o actas de mesa de trabajo.

Punto de control:

 

Ver Anexo No. 3 Planilla de seguimiento (código formato 03016003).

11

Profesional especializado y/o profesional universitario de la Subdirección de Evaluación de Política Pública.

Produce el informe preliminar de la Evaluación de los resultados de la Gestión Fiscal por variable y presenta al Subdirector.

Confirmación de entrega de correo.

Punto de control:

 

Ver Anexo No. 4 Modelo para la presentación de informes obligatorios, estructurales y sectoriales (código formato 03016004).

12

Subdirector de Evaluación de Política Pública.

Revisa informe preliminar para establecer los ajustes necesarios.

Confirmación de entrega de Correo.

 

13

Profesional especializado y/o profesional universitario de la Subdirección de Evaluación de Política Pública.

Ajusta Informe, de acuerdo a observaciones del Subdirector de Evaluación de Política Pública.

Informe ajustado.

 

14

Subdirector de Evaluación de Política Pública.

Presenta Informe final consolidado al Director de Estudios de Economía y Política Pública para su aprobación.

Comunicación

Oficial Interna.

 

Informe final.

 

15

Director de Estudios de Economía y Política Pública.

Aprueba el informe final.

 

: Devuelve el informe al Subdirector, para que active el “Procedimiento para la preservación del  producto Informes estructurales, sectoriales y obligatorios”.

 

No: Aplica el procedimiento para el  Control de Producto no conforme informes estructurales, sectoriales, obligatorios, y pronunciamientos.

Comunicación

Oficial Interna.

Punto de control:

 

Tener en cuenta la caracterización del producto: Informes Estructurales, Sectoriales, Obligatorios y Pronunciamientos.

16

Director de Estudios Economía y Política Pública.

Remite, si lo considera necesario, el informe final al Comité de Publicaciones para aprobación de su publicación en un medio diferente a la página WEB, de la Contraloría de Bogotá.

Comunicación

Oficial Interna.

Observación:

 

De acuerdo a la Resolución Reglamentaria vigente que regula dicho Comité.

 

ANEXO No. 1

 

INSTRUCTIVO PARA LA ELABORACIÓN DEL PLAN DE TRABAJO DETALLADO

 

1. Elaborar carátula del Plan de Trabajo Detallado, así:

 

PLAN ANUAL DE ESTUDIOS - PAE (Vigencia)______

 

DIRECCIÓN ______________________________________________________________________________________________________

 

SUBDIRECCIÓN ___________________________________________________________________________________________________

 

PLAN DE TRABAJO DETALLADO

 

NOMBRE DEL PRODUCTO3: _________________________________________________________________________________________

 

TIPO DE PRODUCTO4: _____________________________________________________________________________________________

 

PERIODO DE ESTUDIO5: ____________________________________________________________________________________________

 

RESPONSABLE: __________________________________________________________________________________________________

 

ELABORADO POR:

 

CARGO

NOMBRE

FIRMA

 

REVISADO Y APROBADO POR:

 

CARGO

 

NOMBRE

 

FIRMA

 

Fecha de aprobación: día _____ mes _____ año _____

 

Número de folios:__________

 

2. Los planes de trabajo detallados que se formulen para cada producto (sectorial, estructural y obligatorio), del proceso Estudios de Economía y Política Pública, deberá contener como mínimo los siguientes aspectos:

 

2.1. JUSTIFICACIÓN: Expresar las razones por las cuales se va a realizar el informe, y los beneficios que se espera obtener del mismo. (Aplica únicamente para informes estructurales y sectoriales).

 

2.2. OBJETIVOS: Es el fin o propósito bajo el cual se desarrolla un estudio. Explica el porque y para que se va a realizar un producto (informe).

 

2.3. ALCANCE: Para los productos (informes) estructurales y sectoriales el alcance hace referencia a la delimitación de las áreas que harán parte del tema objeto de estudio.

 

Específicamente, para los informes obligatorios, se refiere a la muestra en términos porcentuales sobre las áreas de estudio y las entidades (sujetos de control), que se evaluarán.

 

2.4. METODOLOGÍA: Es la descripción de los elementos que se utilizarán para el desarrollo de los objetivos de un producto (informe). Define los procedimientos técnicos en forma ordenada para el levantamiento de la información, el tratamiento y el análisis sistemático de la misma.

 

2.5. CRONOGRAMA DE ACTIVIDADES: Es la relación cronológica de las actividades a desarrollar para alcanzar los objetivos del informe. Este deberá incluir como mínimo: Título del informe y subdirección responsable de su elaboración. Constará de cuatro columnas:

La primera, la numeración consecutiva de las actividades; la segunda las actividades y/o tareas asignadas, fijando en lo posible resultados parciales o subproductos, que permitan verificar la óptima utilización del tiempo; al igual que actividades relacionadas con reuniones de seguimiento y verificación del producto efectuado tanto, por parte del subdirector y funcionarios responsable de su elaboración, como por el director, en representación del proceso Estudios de Economía y Política Pública, durante sus etapas de planeación, ejecución e informe, dejando evidencia del acompañamiento efectuado, con el fin de ser más oportunos en la detección de posibles desviaciones y mejorar la calidad de los productos en sus contenidos, redacción y capacidad de síntesis; la tercera el tiempo requerido para desarrollar cada una de las actividades, discriminado por semanas e indicando fechas de entrega; y la cuarta los responsables. Es de anotar, que como el cronograma, hace parte del Plan de Trabajo Detallado, no es necesario que lleve el nombre de los funcionarios y firmas de elaboración y aprobación.

 

ANEXO No 2.

 

FORMATO DE ATENCIÓN SUBDIRECCION DE EVALUACIÓN DE POLÍTICA PÚBLICA

 

Fecha            ____/ _____/ Hora: ___________

 

Entidad__________________________________________________________

 

Atendida:_________________________________________________________

 

Origen de la atención

Solicitud directa de la entidad

 

Recomendación de la CB

 

Otro _______________________________Cuál?_________________________

 

Tema objeto de la reunión

__________________________________________________________________

 

Principales Puntos Tratados: ___________________________________________

__________________________________________________________________

 

Observaciones y Recomendaciones:

__________________________________________________________________

 

ENTIDAD: ______________________________________CONTRALORIA DE BOGOTA D.C.

 

Nombre:___________________________________________________________

 

Nombre: __________________________________________________________

 

Cargo: ____________________________________________________________

 

Cargo: ____________________________________________________________

 

Firma: ____________________________________________________________

 

Firma: ____________________________________________________________

 

Nombre: __________________________________________________________

 

Nombre: __________________________________________________________

 

Cargo: ____________________________________________________________

 

Cargo: ____________________________________________________________

 

Firma: ____________________________________________________________

 

Firma: ____________________________________________________________

 

ANEXO No 3

 

PLANILLA DE SEGUIMIENTO

 

PROCESO DE ESTUDIOS DE ECONOMÍA Y POLÍTICA PÚBLICA

 

PAE:

 

PLANILLA DE SEGUIMIENTO

 

(1). NOMBRE DEL  INFORME: ________________________________________________________________________________________

 

(2). TIPO DE INFORME: _____________________________________________________________________________________________

 

(3). DEPENDENCIA RESPONSABLE: __________________________________________________________________________________

 

(4). NOMBRE DEL RESPONSABLE: ___________________________________________________________________________________

 

Fecha

(5)

Funcionarios que realizaron la actividad

(6)

Actividad revisada

(7)

Observaciones

(8)

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

(9) Nombre Subdirector: __________________Firma: _____________________

 

INSTRUCCIONES DE DILIGENCIAMIENTO DEL MODELO PLANILLA DE SEGUIMIENTO

 

(1). Título del informe.

 

(2). Obligatorios, Sectoriales o Estructurales.

 

(3). Corresponde a la subdirección responsable de la elaboración del producto.

 

(4). Nombre del Subdirector responsable.

 

(5). Fecha en que el subdirector elaboró el seguimiento.

 

(6). Nombre de los funcionarios que realizaron las actividades.

 

(7). Detalle de las tareas realizadas en forma breve.

 

(8). Detallar desviaciones o incumplimientos de actividades programadas.

 

(9). Nombre y firma del subdirector que realizó el seguimiento.

 

ANEXO No 4.

 

MODELO PARA LA PRESENTACIÓN DE INFORMES: SECTORIALES, ESTRUCTURALES Y OBLIGATORIOS

 

1. Requisitos de presentación del Informe:

 

El informe debe preferiblemente redactarse en:

 

*Letra arial tamaño 12 de Word.

 

*Margen superior, 4 cms.

 

*Margen inferior, 3 cms.

 

*Margen izquierdo, 3 cms.

 

*Margen derecho, 3 cms.

 

*Espacio interlineado sencillo.

 

Numeración: Sólo se utilizarán números arábigos por niveles, así:

 

1. Primer Nivel: En mayúsculas, negrilla y centrado.

 

1.2. Segundo Nivel: En mayúsculas, negrilla y alineado a la izquierda.

 

1.2.1. Tercer Nivel: En minúscula negrilla a la Izquierda.

 

1.2.1.1. Cuarto Nivel: En minúsculas sin negrilla, cursiva y alineado a la izquierda.

 

Redacción y presentación: se debe tener en cuenta los siguientes aspectos:

 

Redacción: Tener en cuenta las normas generales de redacción y ortografía. Debe evitarse mencionar nombres propios.

 

Cuando es cita textual se debe escribir entre comillas en Arial, cursiva 10. Cuando se citen fuentes de página Web en pie de páginas se debe quitar el hipervínculo; escribir la fecha en la cual fue tomada, a manera de ejemplo: Tomada el 20 de mayo de 2013, (se copia la dirección electrónica) El pie de página debe ir en letra Times New Roman tamaño 8, internileado (exacto 8).

 

Preciso: Diga lo que tiene que decir. Es conveniente ser exacto (puntual) en cada frase y en el informe completo. Su redacción debe ser sencilla, clara, ordenada, coherente y en orden de importancia.

 

Conciso: La redacción debe ser breve pero sin omitir lo relevante, la brevedad permite mayor impacto. Redactar en forma concreta, pero sin dejar de decir lo que se tiene que decir sobre la situación encontrada.

 

Objetivo: Todo lo redactado en el informe debe reflejar una situación real, manejada con criterios técnicos, analíticos e imparciales.

 

Soportado: Las afirmaciones, conceptos y opiniones deben estar respaldadas con evidencia válida, suficiente, pertinente y competente.

Oportuno: Cumplir los términos de elaboración, consolidación, entrega, comunicación y publicidad. Es importante que la elaboración y entrega del informe por parte de la CB sea oportuna, de tal manera que la administración pueda implementar los correctivos del caso en procura de su mejoramiento continuo.

 

Paginación: Debe ir en el margen inferior centrado. No se numera: carátula, hoja de presentación, contenido y anexos.

 

Distribución de capítulos: Entre capítulo y capítulo del Informe dejar salto de página, así mismo, el título debe ir en negrilla y centrado en arial tamaño 12.

 

Cuadros y/o tablas: En los cuadros y tablas se utilizarán números arábigos en orden consecutivo a través de todo el texto, se debe indicar primero el número y después el título, utilizando letra arial tamaño 10; si el cuadro es extenso utilizar tipo de letra más pequeño. Con el fin de estandarizar la presentación de los cuadros, a continuación se presenta un modelo:

 

Cuadro o Tabla 1

 

Gastos de Funcionamiento e Inversión año

 

En millones de pesos

 

Años

Gastos de funcionamiento

Gastos de inversión

Porcentaje

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Fuente:

 

Gráficas: El análisis de gráficas debe ser consecuente con la presentación de las mismas. Cuando se utilizan gráficas de barras éstas deben ser presentadas en orden ascendente. Así mismo, para la numeración utilizar números arábigos en orden consecutivo en la parte inferior izquierda de la misma. Deben llevar fuente en Arial 8, fuera del gráfico y en Word.

 

No se deben copiar gráficas o cuadros como imágenes importadas de otros textos o de Internet.

 

La gráfica se debe colocar en la misma página en que se menciona.

 

Las cifras presentadas en el Informe y en los diferentes cuadros deben ir en una sola unidad de medida: millones, miles de pesos, etc. Las cifras deben separarse con puntos y no con comas. Las cifras presupuestales deben tener como fuente las Estadísticas Fiscales de la Contraloría de Bogotá, D.C.

 

Contenido: El término CONTENIDO se escribe en mayúscula sostenido y centrado.

 

10. Avances: Los avances de los informes deben contener sin excepción los parámetros dados y deben ser coherentes, claros e impecables en su redacción y ortografía. Se deben realizar en office vigente de la entidad para facilitar su consolidación.

 

2. Modelo carátula y hoja de presentación

 

NOMBRE DEL INFORME

 

PERIODO ESTUDIADO (Vigencia)

 

PLAN ANUAL DE ESTUDIOS - PAE

 

NOMBRE DE LA DIRECCIÓN

 

FECHA

 

(NOMBRE DEL INFORME)

 

Contralor de Bogotá

 

Nombre

 

Contralor Auxiliar

 

Nombre

 

Director (es) (Respectivo(s))

 

Nombre

 

Subdirector (es) (Según el caso)

 

Nombre

 

Profesionales

 

Nombres

 

CONTROL DE CAMBIOS

 

Versión

No. Del Acto Administrativo que lo adopta y Fecha

Descripción de la modificación

1.0

Resolución Reglamentaria

No. 013 de marzo de 2003.

Se adicionó a la actividad No. 2, lo siguiente: “Enviar para ser aprobado por el Director de Economía y Finanzas Distritales”.

 

Dar a conocer a los funcionarios.

1.0

Resolución Reglamentaria

No. 035 de junio 12 de

2003.

Se aclara el procedimiento mediante la inclusión de una actividad que hace referencia a la articulación con el proceso micro y se reorganizan las demás actividades del procedimiento. Se coloca la denominación correcta de los cargos en la columna de responsable y se retiran los anexos de acuerdo a las observaciones realizadas por la Dirección de Planeación.

2.0

Resolución Reglamentaria

No. 044 de septiembre 22 de 2003.

Cambia de versión.

 

Se modifica el alcance del procedimiento.

 

Se complementan las definiciones e incorporan otras.

 

Se incorporan como registros los siguientes: Copia acta de mesa de trabajo de los equipos auditoría, ó Formato de Atención, Memorando remisorio del INGES e INGEL, Acta de Reunión (Subdirección de Plan de Desarrollo y Balance Social) ó Planilla de seguimiento y el informe final.

 

Se modifica la estructura de descripción del procedimiento.

 

Se modifican y complementan algunas actividades para dar mayor claridad al desarrollo del procedimiento.

3.0

Resolución Reglamentaria

Nº 016 de Abril 22 de 2005.

El título del informe quedará: Evaluación Integral a la Gestión de las Entidades y al Plan de Desarrollo del Distrito Capital.

 

Ajustar el alcance.

 

Ajustar definiciones.

 

En la descripción del procedimiento, se actualizan algunas actividades. Se establecen puntos de control.

 

Modificar registros.

 

Modificar anexos.

4.0

Resolución Reglamentaria

No. 013 de mayo 12 de

2009.

Base Legal: Se adiciona la Resolución Reglamentaria 029 del 3 de noviembre de 2009.

 

En el numeral 1. Definiciones: se agregan los conceptos Plan de Ordenamiento Territorial y la variable Transparencia; que será evaluada en concordancia con el Procedimiento para la elaboración del Memorando de Planeación y Programas de Auditoría, del Proceso Micro, adoptado mediante Resolución Reglamentaria 029 del 3 de noviembre de 2009. Asimismo se define el MECI.

 

Descripción del Procedimiento:

 

Actividad 5: Se suprime: el Informe Integrado de la Gestión Local -INGEL y los informes de Auditoría Especial, los informes estructurales y sectoriales.

 

Actividad 6: Se agrega: cálculo de la calificación sectorial y consolidada del Distrito Capital por variable de análisis), y en la columna Registro: Archivo Magnético. (Cuadros y matrices de cálculo de variables y texto de análisis).

 

Actividades 8 y 11 se agregan las palabras por variable y consolidado, respectivamente.

 

Actividad 10: Se agrega como registro Informe ajustado.

 

Se modifican algunos registros de las actividades del procedimiento.

5.0

Resolución

Reglamentaria No. 017

de junio 16 de 2010

La denominación del procedimiento se cambia por: Procedimiento para la elaboración del Informe: “Evaluación de los Resultados de la Gestión Fiscal y del Plan de Desarrollo de la Administración Distrital frente a las Políticas Públicas”.

 

Se modifica el nombre del proceso y del subdirector responsable de ejecutar algunas actividades en la Descripción del Procedimiento.

 

Se modifica el concepto de: Objetivo y la primera Definición, para ajustarla a la nueva denominación del informe.

 

Se incorporan tres nuevas actividades quedando 16.

 

Se modifican: definiciones, registros y puntos de control y/o observaciones, de algunas actividades del procedimiento.

 

En el Anexo No. 1: Instructivo para elaborar el Plan de Trabajo Detallado, Código Formato 03016001, se ajusta el numeral 2.5 Cronograma de Actividades.

 

El Anexo No. 4: Modelo para la presentación de informes Estructurales, Sectoriales y Obligatorios, Código Formato 03016004, se le efectúa unos cambios para una mejor presentación del informe.

 

El Normograma se ajusta para incorporar el Acuerdo 519 del 26 de diciembre de 2012.

De igual forma, el procedimiento se ajusta para adoptar la estructura definida en la nueva versión del Procedimiento para el Control de Documentos Internos.

6.0

Resolución Reglamentaria No.004 de octubre 4 de 2013

 

 

 

PROCEDIMIENTO PARA LA ELABORACIÓN DEL INFORME ESTADO DE LAS

FINANZAS PÚBLICAS DEL DISTRITO CAPITAL

Página 1 de 14

Código documento:03017

Código formato: 01002002

Versión: 4.0

 

FECHA: 25 DE SEPTIEMBRE DE 2013

 

Aprobó elaboración o modificación

 

Revisión técnica

 

Firma:

Firma:

Nombre: Ramiro Augusto Triviño Sánchez.

Nombre: Bernardo Herrera Herrera

Cargo: Director de Estudios de Economía y Política Pública.

Cargo: Director Técnico de Planeación.

 

1. OBJETIVO:

 

Establecer los pasos necesarios para elaborar anualmente el Estado de las Finanzas Públicas del Distrito Capital.

 

2. ALCANCE:

 

Este procedimiento inicia con “Elabora el plan de trabajo (…) y termina con “Remite, si lo considera necesario, el informe final al Comité de Publicaciones (…)”

 

3. BASE LEGAL:

 

Ver Normograma

 

4. DEFINICIONES

 

ESTADO DE LAS FINANZAS PÚBLICAS DEL DISTRITO CAPITAL:

 

Documento que analiza el comportamiento de las finanzas públicas de la administración distrital en sus aspectos presupuestal, financiero y patrimonial, en lo pertinente a la ejecución del presupuesto, el tesoro, el avance del plan de desarrollo, las inversiones financieras, el estado de la deuda pública y el dictamen a los estados contables.

Según la norma, debe incluir los siguientes factores:

 

1. Ingresos y gastos totales.

 

2. Superávit o déficit fiscal y presupuestal.

 

3. Superávit o déficit de tesorería y de operaciones efectivas.

 

4. Registro de la deuda total.

 

5. Resultados financieros de las entidades descentralizadas territorialmente o por servicios.

 

5. ANEXOS:

 

Anexo No. 1: Instructivo para la elaboración del Plan de Trabajo Detallado, código formato 03017001.

 

Anexo No. 2: Planilla de seguimiento, código formato 03017002.

 

Anexo No. 3: Modelo para la presentación de informes Sectoriales, Estructurales y Obligatorios, código formato 03017003.

 

6. DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO:

 

No

RESPONSABLE

ACTIVIDAD

REGISTROS

PUNTOS DE CONTROL/ OBSERVACIONES

1

Subdirector de Estadística y Análisis Presupuestal y Financiero.

Elabora el Plan de Trabajo Detallado y remite al  Director de Estudios de Economía y Política Pública para su correspondiente  aprobación.

Plan de

Trabajo

Detallado

Punto de control:

 

Ver Anexo No 1: Instructivo para elaborar el Plan de Trabajo Detallado, código formato 03017001.

 

Observación:

 

Este Plan, será elaborado conjuntamente con los funcionarios asignados mediante acta de mesa de trabajo o correo electrónico, para la elaboración del informe.

2

Director de Estudios de Economía y Política Pública.

Aprueba el Plan de Trabajo Detallado

Comunicación

Oficial Interna

 

3

Profesional especializado y/o  profesional universitario de la Subdirección de Estadística y Análisis Presupuestal y Financiero.

Incorpora la información de los siguientes informes elaborados en la vigencia: Cuenta General del Presupuesto y del Tesoro, Deuda Pública, Estado de Tesorería e Inversiones Financieras del D.C., y Dictamen a los Estados Contables Consolidados del Sector Público Distrital, Sector Gobierno General y Bogotá Distrito Capital.

 

Observación

 

Los profesionales que participaron en la elaboración de los informes relacionados en esta actividad, entregarán un informe ejecutivo de los resultados destacados por informe.

4

Subdirector de Estadística y Análisis Presupuestal y Financiero

Efectúa seguimiento al informe.

Planilla de seguimiento y/o acta de mesa de trabajo.

Punto de control:

 

Ver Anexo No. 2: Planilla de Seguimiento, código formato 03017002.

5

Profesional especializado y/o profesional universitario de la

Subdirección de Estadística y Análisis Presupuestal y Financiero.

Consolida el informe y remite al Subdirector.

Correo institucional adjuntando proyecto de informe

Observación:

 

Ver Anexo 3: Modelo para la presentación de informes Estructurales, Sectoriales y  Obligatorios, código formato 03017003.

6

Subdirector de Estadística y Análisis Presupuestal y Financiero

Revisa y propone ajustes al proyecto de informe, tanto en su forma como en su contenido técnico.

Correo institucional

Observación:

 

En la carpeta del informe se debe dejar evidencia del valor agregado, dado por el Subdirector.

 

7

Profesional especializado y/o profesional de la

Subdirección de Estadística y Análisis Presupuestal y Financiero.

Efectúa los ajustes solicitados por el Subdirector

Informe

 

8

Subdirector de Estadística y Análisis Presupuestal y Financiero

Revisa y envía el informe consolidado al Director de Estudios de Economía y Política Pública para su revisión y aprobación.

Comunicación Oficial Interna,  con informe adjunto.

Punto de control:

 

Para su revisión tenga en cuenta el documento de Caracterización del Producto Informes” estructurales, sectoriales, obligatorios y pronunciamientos.

9

Director de Estudios de Economía y Política Pública.

Aprueba el informe.

 

Si: Aplica el “Procedimiento para la preservación del  producto Informes estructurales, sectoriales y obligatorios.

 

No: Activa el procedimiento para el Control del Producto no conforme informes  estructurales, sectoriales, obligatorios y pronunciamientos.

Comunicación Oficial Interna

Punto de control:

 

Para su aprobación tenga en cuenta el documento de Caracterización del Producto Informes: estructurales, sectoriales, obligatorios y pronunciamientos.

10

Director de Estudios de Economía y Política Pública

Remite, si lo considera necesario, el informe final al Comité de Publicaciones para aprobación de su publicación en un medio diferente a la página WEB, de la Contraloría de Bogotá.

Comunicación Oficial Interna

Observación:

 

De acuerdo a la Resolución Reglamentaria vigente que regula dicho Comité.

 

ANEXO No.1

 

INSTRUCTIVO PARA ELABORAR EL PLAN DE TRABAJO DETALLADO

 

1. Elaborar carátula del Plan de Trabajo Detallado, así:

 

PLAN ANUAL DE ESTUDIOS - PAE (Vigencia) ______

 

DIRECCIÓN ______________________________________________________________________________________________________

 

SUBDIRECCIÓN ___________________________________________________________________________________________________

 

PLAN DE TRABAJO DETALLADO

 

NOMBRE DEL PRODUCTO:1__________________________________________

 

1. De acuerdo al nombre dado en el PAE

 

TIPO DE PRODUCTO:2_______________________________________________

 

PERIODO DE ESTUDIO:3 ____________________________________________

 

RESPONSABLE:____________________________________________________

 

ELABORADO POR:

 

CARGO

NOMBRE

FIRMA

 

REVISADO Y APROBADO POR:

 

CARGO

NOMBRE

FIRMA

 

Fecha de aprobación: día _____ mes _____ año _____

 

Número de folios: ____

 

2. Los planes de trabajo detallados que se formulen para cada producto (sectorial, estructural y obligatorio), del proceso Estudios de Economía y Política Pública, deberá contener como mínimo los siguientes aspectos:

 

2.1. JUSTIFICACIÓN: Expresar las razones por las cuales se va a realizar el informe, y los beneficios que se espera obtener del mismo. (Aplica únicamente para informes estructurales y sectoriales).

 

2.2. OBJETIVOS: Es el fin o propósito bajo el cual se desarrolla un estudio. Explica el porque y para que se va a realizar un producto (informe).

 

2.3. ALCANCE: Para los productos (informes) estructurales y sectoriales el alcance hace referencia a la delimitación de las áreas que harán parte del tema objeto de estudio. Específicamente, para los informes obligatorios, se refiere a la muestra en términos porcentuales sobre las áreas de estudio y las entidades (sujetos de control), que se evaluarán.

 

2.4. METODOLOGÍA: Es la descripción de los elementos que se utilizarán para el desarrollo de los objetivos de un producto (informe). Define los procedimientos técnicos en forma ordenada para el levantamiento de la información, el tratamiento y el análisis sistemático de la misma.

 

2.5. CRONOGRAMA DE ACTIVIDADES: Es la relación cronológica de las actividades a desarrollar para alcanzar los objetivos del informe. Este deberá incluir como mínimo: Título del informe y subdirección responsable de su elaboración. Constará de cuatro columnas:

La primera, la numeración consecutiva de las actividades; la segunda las actividades y/o tareas asignadas, fijando en lo posible resultados parciales o subproductos, que permitan verificar la óptima utilización del tiempo; al igual que actividades relacionadas con reuniones de seguimiento y verificación del producto efectuado tanto, por parte del subdirector y funcionarios responsable de su elaboración, como por el director, en representación del proceso Estudios de Economía y Política Pública, durante sus etapas de planeación, ejecución e informe, dejando evidencia del acompañamiento efectuado, con el fin de ser más oportunos en la detección de posibles desviaciones y mejorar la calidad de los productos en sus contenidos, redacción y capacidad de síntesis; la tercera el tiempo requerido para desarrollar cada una de las actividades, discriminado por semanas e indicando fechas de entrega; y la cuarta los responsables. Es de anotar, que como el cronograma, hace parte del Plan de Trabajo Detallado, no es necesario que lleve el nombre de los funcionarios y firmas de elaboración y aprobación.

 

ANEXO No. 2

 

MODELO PLANILLA DE SEGUIMIENTO

 

PROCESO ESTUDIOS DE ECONOMÍA Y POLÍTICA PÚBLICA

 

PAE:

 

PLANILLA DE SEGUIMIENTO

 

(1). NOMBRE DEL INFORME: ________________________________________________________________________________________

 

(2). TIPO DE INFORME: _____________________________________________________________________________________________

 

(3). DEPENDENCIA RESPONSABLE: __________________________________________________________________________________

 

(4). NOMBRE DEL RESPONSABLE: ___________________________________________________________________________________

 

Fecha

(5)

Funcionarios que realizaron la actividad

(6)

Actividad revisada

(7)

Observaciones

(8)

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

INSTRUCCIONES DE DILIGENCIAMIENTO DEL MODELO PLANILLA DE SEGUIMIENTO:

 

(1). Título del informe.

 

(2). Obligatorios, Sectoriales o Estructurales.

 

(3). Corresponde a la subdirección responsable de la elaboración del producto.

 

(4). Nombre del Subdirector responsable.

 

(5). Fecha en que el subdirector elaboró el seguimiento.

 

(6). Nombre de los funcionarios que realizaron las actividades.

 

(7). Detalle de las tareas realizadas en forma breve.

 

(8). Detallar desviaciones o incumplimientos de actividades programadas.

 

(9). Nombre y firma del subdirector que realizó el seguimiento.

 

ANEXO No. 3

 

MODELO PARA LA PRESENTACIÓN DE INFORMES: SECTORIALES, ESTRUCTURALES, Y OBLIGATORIOS

 

1. Requisitos de presentación del Informe:

 

El informe debe preferiblemente redactarse en:

 

*Letra arial tamaño 12 de Word.

 

*Margen superior, 4 cms.

 

*Margen inferior, 3 cms.

 

*Margen izquierdo, 3 cms.

 

*Margen derecho, 3 cms.

 

*Espacio interlineado sencillo.

 

Numeración: Sólo se utilizarán números arábigos por niveles, así:

 

1. Primer Nivel: En mayúsculas, negrilla y centrado.

 

1.2. Segundo Nivel: En mayúsculas, negrilla y alineado a la izquierda.

 

1.2.1. Tercer Nivel: En minúscula negrilla a la Izquierda.

 

1.2.1.1. Cuarto Nivel: En minúsculas sin negrilla, cursiva y alineado a la izquierda.

Redacción y presentación: se debe tener en cuenta los siguientes aspectos:

 

Redacción: Tener en cuenta las normas generales de redacción y ortografía. Debe evitarse mencionar nombres propios.

 

Cuando es cita textual se debe escribir entre comillas en Arial, cursiva 10. Cuando se citen fuentes de página Web en pie de páginas se debe quitar el hipervínculo; escribir la fecha en la cual fue tomada, a manera de ejemplo: Tomada el 20 de mayo de 2013, (se copia la dirección electrónica) El pie de página debe ir en letra Times New Roman tamaño 8, internileado (exacto 8).

 

Preciso: Diga lo que tiene que decir. Es conveniente ser exacto (puntual) en cada frase y en el informe completo. Su redacción debe ser sencilla, clara, ordenada, coherente y en orden de importancia.

 

Conciso: La redacción debe ser breve pero sin omitir lo relevante, la brevedad permite mayor impacto. Redactar en forma concreta, pero sin dejar de decir lo que se tiene que decir sobre la situación encontrada.

 

Objetivo: Todo lo redactado en el informe debe reflejar una situación real, manejada con criterios técnicos, analíticos e imparciales.

Soportado: Las afirmaciones, conceptos y opiniones deben estar respaldadas con evidencia válida, suficiente, pertinente y competente.

 

Oportuno: Cumplir los términos de elaboración, consolidación, entrega, comunicación y publicidad. Es importante que la elaboración y entrega del informe por parte de la CB sea oportuna, de tal manera que la administración pueda implementar los correctivos del caso en procura de su mejoramiento continuo.

 

Paginación: Debe ir en el margen inferior centrado. No se numera: carátula, hoja de presentación, contenido y anexos.

 

Distribución de capítulos: Entre capítulo y capítulo del Informe dejar salto de página, así mismo, el título debe ir en negrilla y centrado en arial tamaño 12.

Cuadros y/o tablas: En los cuadros y tablas se utilizarán números arábigos en orden consecutivo a través de todo el texto, se debe indicar primero el número y después el título, utilizando letra arial tamaño 10; si el cuadro es extenso utilizar tipo de letra más pequeño. Con el fin de estandarizar la presentación de los cuadros, a continuación se presenta un modelo:

 

Cuadro o Tabla 1

 

Gastos de Funcionamiento e Inversión año

 

En millones de pesos

 

Años

Gastos de funcionamiento

Gastos de inversión

Porcentaje

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Fuente:

 

Gráficas: El análisis de gráficas debe ser consecuente con la presentación de las mismas. Cuando se utilizan gráficas de barras éstas deben ser presentadas en orden ascendente. Así mismo, para la numeración utilizar números arábigos en orden consecutivo en la parte inferior izquierda de la misma. Deben llevar fuente en Arial 8, fuera del gráfico y en Word.

 

No se deben copiar gráficas o cuadros como imágenes importadas de otros textos o de Internet.

 

La gráfica se debe colocar en la misma página en que se menciona.

 

Las cifras presentadas en el Informe y en los diferentes cuadros deben ir en una sola unidad de medida: millones, miles de pesos, etc. Las cifras deben separarse con puntos y no con comas. Las cifras presupuestales deben tener como fuente las Estadísticas Fiscales de la Contraloría de Bogotá, D.C.

 

Contenido: El término CONTENIDO se escribe en mayúscula sostenido y centrado.

 

10. Avances: Los avances de los informes deben contener sin excepción los parámetros dados y deben ser coherentes, claros e impecables en su redacción y ortografía. Se deben realizar en office vigente de la entidad para facilitar su consolidación.

 

2. Modelo carátula y hoja de presentación

 

NOMBRE DEL INFORME

 

PERIODO ESTUDIADO (Vigencia)

 

PLAN ANUAL DE ESTUDIOS - PAE

 

NOMBRE DE LA DIRECCIÓN

 

FECHA

 

(NOMBRE DEL INFORME)

 

Contralor de Bogotá

 

Nombre

 

Contralor Auxiliar

 

Nombre

 

Director (es) (Respectivo(s))

 

Nombre

 

Subdirector (es) (Según el caso)

 

Nombre

 

Profesionales

 

Nombres

 

CONTROL DE CAMBIOS

 

Versión

No. Del Acto Administrativo que lo adopta y Fecha

Descripción de la modificación

1.0

Resolución

Reglamentaria No.

019 de septiembre

19 de 2003

Modificar objetivo y base legal.

 

Ajustar el alcance En la descripción del procedimiento, se actualizan algunas actividades. Se establecen puntos de control.

 

Modificar registros y anexos.

2.0

Resolución

Reglamentaria No.

013 de mayo 12 de

2009.

Se ajustan algunas de las actividades del procedimiento, con el fin de actualizar y sintetizar el Texto.

3.0

Resolución

Reglamentaria No.

017 de junio 16 de

2010

Se modifica la denominación de los responsables de ejecutar algunas actividades en la Descripción del Procedimiento.

 

4. DEFINICIONES: se amplía la definición del Estados de las Finanzas del D.C.

 

Actividad 1: El Punto de Control se modifica, quedando como Observación el segundo párrafo ajustado.

 

Actividad 3: se suprimen en su totalidad y se reenumera con una nueva.

 

Actividad 6: pasa a ser la 4 y en el Punto de Control, se suprime: “Si es necesario reformular el Plan de Trabajo Detallado”.

 

Actividad 7: pasa a ser la 5 ajustadas y se incorpora un Registro.

 

Actividad 8: pasa a ser la 6 y se incorpora un registro.

 

Actividad 9: pasa a ser la 7 ajustada.

 

Se adiciona una actividad que viene a ser la 8.

 

Actividad 11: pasa a ser la 9 por que en el procedimiento anterior se enumeró mal, se saltó al 10.

 

Actividad 12: pasa a ser la 10 con la Observación ajustada.

En el Anexo No. 1: Instructivo para elaborar el Plan de Trabajo Detallado, Código Formato 03017001, se ajusta el numeral 2.5 Cronograma de Actividades.

 

En el Anexo No. 3: Modelo para la presentación de informes Estructurales, Sectoriales y Obligatorios, código formato 03017003, se le efectúa unos cambios para una mejor presentación del informe.

 

El Normograma se ajusta para incorporar el Acuerdo 519 del 26 de diciembre de 2012.

 

De igual forma, el procedimiento se ajusta para adoptar la estructura definida en la nueva versión del Procedimiento para el Control de Documentos Internos.

4.0

Resolución

Reglamentaria No.038 de octubre 4 de 2013

 

 

 

PROCEDIMIENTO PARA LA ELABORACIÓN DEL INFORME TRIMESTRAL DE INGRESOS, GASTOS E INVERSIONES DEL DISTRITO CAPITAL

Página 1 de 17

Código documento:03018

Código formato: 01002002

Versión: 4.0

 

FECHA: 25 DE SEPTIEMBRE DE 2013

 

Aprobó elaboración o modificación

Revisión técnica

Firma:

Firma:

Nombre: Ramiro Augusto Triviño Sánchez.

Nombre: Bernardo Herrera Herrera.

Cargo: Director de Estudios de Economía y Política Pública.

Cargo: Director Técnico de Planeación.

 

1. OBJETIVO

 

Establecer los pasos necesarios para la elaboración del Informe trimestral de Ingresos, Gastos e Inversiones del Distrito Capital.

 

2. ALCANCE

 

El procedimiento inicia con: Elabora el plan de trabajo detallado del informe trimestral de ingresos Gastos e Inversiones del Distrito Capital y termina con: Remite a la Oficina de Comunicaciones para que sea socializado por los medios que ellos estimen publicar.

 

3. BASE LEGAL

 

Ver normograma.

 

4. DEFINICIONES

 

INFORME TRIMESTRAL DE INGRESOS, GASTOS E INVERSIONES DEL DISTRITO CAPITAL: Comprende el análisis de los Ingresos, Gastos e Inversiones del sector público distrital.

 

EJECUCIÓN PRESUPUESTAL: Proceso mediante el cual se recauda los ingresos, se adquieren los compromisos y se ordenan los gastos, cumpliendo con los requisitos señalados en la normatividad vigente.

 

EJECUCIÓN ACTIVA: Es el recaudo de los ingresos que financian el presupuesto, constituidos por los Ingresos Corrientes o Recursos Propios de las Entidades, las Transferencias y los Recursos de Capital, más la disponibilidad inicial en el caso de las empresas industriales y comerciales y sociales del estado  (saldo de caja, bancos e inversiones temporales, excluyendo los dineros recaudados a favor de terceros).

 

EJECUCIÓN PASIVA: Proceso mediante el cual se adquieren compromisos y se ordenan gastos que cumplan con los requisitos señalados en las disposiciones legales vigentes. Los compromisos se respaldan con la expedición previa de certificados de disponibilidad presupuestal CDP, y con la operación del registro presupuestal con el cual se perfecciona.

 

GASTOS: Erogaciones que tienen por objeto atender las necesidades de los órganos y entidades para cumplir a cabalidad con las funciones asignadas en la Constitución y la Ley, se clasifican en funcionamiento, de operación, servicio de la deuda e inversión.

 

GASTOS DE FUNCIONAMIENTO: Apropiaciones necesarias para el desarrollo de las actividades administrativas, técnicas y de apoyo. Comprende los gastos por servicios personales, gastos generales, aportes patronales y transferencias de funcionamiento.

 

GASTOS DE OPERACIÓN: Erogaciones que incorporan el monto total de compra de bienes, insumos y servicios que requieren las empresas para la producción y comercialización de los servicios prestados; así como los gastos en que se incurren para la generación o desarrollo de nuevos negocios. Excluye la adquisición de bienes y servicios que por su naturaleza hacen parte de los gastos de funcionamiento y o inversión.

 

SERVICIO DE LA DEUDA: Está conformado por las amortizaciones a capital, intereses y comisiones que genera el pago de la deuda interna o externa.

 

INVERSIÓN: Egreso en que se incurre para el desarrollo de programas y proyectos en cumplimiento de los planes de desarrollo, que contribuyen a mejorar el índice de calidad de vida de los ciudadanos.

 

ESTADÍSTICA PRESUPUESTAL: Cifras del presupuesto y su ejecución discriminada por ítems y por rubros de los sujetos de control, que tienen acto administrativo en su asignación de presupuesto para una vigencia determinada.

 

INGRESOS: Recursos que ingresan al ente territorial o a las entidades por razón de la prestación o venta de bienes o servicios, recaudo tributario, transferencias y recursos de capital.

 

INGRESOS CORRIENTES: Recursos que se perciben por concepto de la aplicación de impuestos, contribuciones, tasas, multas, derechos y participaciones. De acuerdo con su origen se identifican como tributarios y no tributarios.

 

INGRESOS TRIBUTARIOS: Recursos que percibe el Distrito, provenientes de impuestos directos o indirectos.

 

INGRESOS NO TRIBUTARIOS: Recursos generados por la actividad propia de la entidad en cumplimiento de su objetivo social y se clasifican en venta de bienes y servicios, rentas contractuales, participaciones y contribuciones.

 

MODIFICACIONES PRESUPUESTALES: Modificación de una cuenta mediante la cual se aumenta, trasladan o disminuyen las cuantías de las apropiaciones establecidas durante la vigencia.

 

PRESUPUESTO ANUAL: Nombre asignado al presupuesto agregado de la administración central, entes de control y universitario y los establecimientos públicos y que surte trámite en el Concejo de la ciudad para su aprobación.

 

PRESUPUESTO GENERAL DEL DISTRITO: Consolidado de los presupuestos anual, empresas industriales y comerciales del distrito, las empresas sociales del estado. Anexo de los fondos de desarrollo local.

 

PRESUPUESTO PÚBLICO: Estimativo de la totalidad de los ingresos y gastos del ente territorial o entidad para la vigencia fiscal correspondiente. Herramienta de planeación que a través de la ejecución permite determinar el cumplimiento de metas y objetivos anuales definidos por la administración en los planes y programas de desarrollo económico y social y de obras públicas.

 

RECURSOS DE CAPITAL: Ingresos provenientes de las siguientes fuentes: Operaciones de Crédito Público con vencimiento mayor a un año, los Recursos del Balance, los Rendimientos por Operaciones Financieras, las Donaciones, Diferencial Cambiario, los Excedentes Financieros de los Establecimientos Públicos del orden Distrital y utilidades de las Empresas y Otros Recursos de Capital diferentes.

 

RESERVAS PRESUPUESTALES: Obligaciones y compromisos adquiridos que a 31 de diciembre de cada vigencia fiscal que no se hayan cumplido. Es decir, que el bien no se haya recibido, que la obra no se haya terminado o que el servicio no se haya prestado, pero que estén legalmente contraídas, se hayan registrado presupuestalmente y desarrollen el objeto de la apropiación.

 

TRANSFERENCIAS: Son dineros de un presupuesto que percibe otro presupuesto por mandato legal, en uno es un gasto y en el otro es un ingreso, como es el caso de los provenientes de la Nación por participación en sus ingresos corrientes, sistema general de participaciones y de las entidades descentralizadas por pago de compromisos adquiridos como el plan de gestión ambiental o estratificación por parte de las empresas.

 

También se incluyen los recursos que se obtengan para Cofinanciación de Proyectos de Entidades Públicas o Privadas, al igual que los provenientes del Fondo Nacional de Regalías.

 

5. ANEXOS:

 

Anexo No. 1: Instructivo para elaborar el Plan de Trabajo Detallado, código formato 03018001.

 

Anexo No. 2. Planilla de seguimiento código formato 03018002.

 

Anexo No. 3. Modelo para la presentación de informes obligatorios, estructurales y Sectoriales código formato 03018003.

 

6. DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO

 

No.

RESPONSABLE

ACTIVIDAD

REGISTROS

PUNTOS DE

CONTROL /OBSERVACIONES

1

Subdirector de Estadística y Análisis Presupuestal y Financiero.

Elabora el Plan de trabajo detallado y remite al Director de Estudios de Economía y Política Pública para su aprobación.

Plan de Trabajo

Detallado

Punto de control:

 

Ver Anexo No 1: Instructivo para elaborar el Plan de Trabajo Detallado Código Formato 03018001.

 

Observación:

 

Este Plan, será concertado y elaborado conjuntamente con los funcionarios asignados mediante acta de mesa de trabajo o correo electrónico, para la elaboración del informe.

2

Director de Estudios de Economía y Política Pública

Aprueba el Plan de Trabajo Detallado

Comunicación Oficial Interna

 

3

Profesional especializado y/o profesional universitario de la Subdirección de Estadística y Análisis Presupuestal y Financiero.

Entrega información trimestral de estadística presupuestal consolidada por Niveles.

 

Observación:

 

Los funcionarios asignados a consolidar las Estadística, informaran vía correo electrónico al Subdirector y al grupo de profesionales que elaboran el informe, la ruta donde se encuentra la información.

4

Profesional especializado y/o profesional universitario de la Subdirección de Estadística y Análisis Presupuestal y Financiero.

Recibe y analiza la información trimestral de estadística presupuestal así:

Administración Central.

Establecimientos públicos

Entes de Control y Universitario.

Presupuesto anual.

Empresas Industriales y comerciales del Estado.

Empresas Sociales del Estado.

Fondos de Desarrollo Local.

 

 

5

Subdirector de Estadística y Análisis Presupuestal y Financiero.

Efectúa seguimiento al avance del Informe Trimestral de Ingresos Gastos e Inversiones del Distrito Capital.

Planilla de seguimiento y/o Acta de mesa de trabajo.

Punto de control:

 

Ver Anexo No. 2 Planilla de seguimiento código formato 03018002.

6

Profesional especializado y/o profesional universitario de la Subdirección de Estadística y Análisis Presupuestal y Financiero.

Elabora y remite el Informe preliminar al Subdirector de Estadística y Análisis Presupuestal y Financiero para su revisión y sugerencias.

Correo Institucional adjuntado informe preliminar

Punto de control:

 

Ver Anexo No. 3: Modelo para la presentación de informes Estructurales, Sectoriales y Obligatorios código formato 03018003.

7

Subdirector de Estadística y Análisis Presupuestal y Financiero.

Revisa el Informe Trimestral de Ingresos Gastos e Inversiones del Distrito Capital, propone ajustes y mejoras si hay lugar a ello y lo remite a los profesionales.

Correo Institucional

 

8

 

Profesional especializado y/o profesional de la

Subdirección de Estadística y Análisis Presupuestal y Financiero.

Efectúa los ajustes al Informe Trimestral de Ingresos Gastos e Inversiones del Distrito Capital, solicitados por el Subdirector y se devuelve.

Correo Institucional adjuntado informes

Observación:

 

El informe se remite, vía correo institucional, junto con el informe que contiene las observaciones del Subdirector, a fin de  consolidarlo y estructurarlo.

9

Subdirector de Estadística y Análisis Presupuestal y Financiero.

Revisa ajustes y lo remite al Director de Estudios de Economía y Política Pública para su aprobación.

Comunicación Oficial Interna

Adjuntando Informe

 

 

10

Director de Estudios de Economía y Política Pública

Aprueba el informe final.

 

Sí: Devuelve el Informe aprobado, al Subdirector de Estadística y Análisis Presupuestal y Financiero, para que le solicite a la Dirección de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, la publicación del informe en la página Web de la entidad.

 

No: Aplica el procedimiento para el Control del Producto no conforme informes: estructurales, sectoriales, obligatorios, y pronunciamientos.

Comunicación Oficial Interna

Punto de control:

 

Tenga en cuenta el documento de Caracterización del Producto Informes: “estructurales, sectoriales, obligatorios y pronunciamientos.

 

Observación: :

 

El Subdirector de Estadística y Análisis Presupuestal y Financiero, debe remitir oportunamente la copia magnética del informe, para solicitar su publicación.

11

Subdirector de Estadística y Análisis Presupuestal y Financiero.

Remite, el informe trimestral de ingresos gastos e inversiones del Distrito Cápita a la Oficina de Comunicaciones para que sea socializado por los medios que ellos estimen publicar.

Comunicación Oficial Interna

 

 

ANEXO No. 1.

 

INSTRUCTIVO PARA LA ELABORACIÓN DEL PLAN DE TRABAJO DETALLADO

 

Elaborar carátula del Plan de Trabajo Detallado, así:

 

PLAN ANUAL DE ESTUDIOS - PAE (Vigencia) ______

 

DIRECCIÓN ______________________________________________________________________________________________________

 

SUBDIRECCIÓN ___________________________________________________________________________________________________

 

PLAN DE TRABAJO DETALLADO

 

NOMBRE DEL PRODUCTO:1 _________________________________________________________________________________________

 

TIPO DE PRODUCTO:2 _____________________________________________________________________________________________

 

PERIODO DE ESTUDIO:3 ____________________________________________________________________________________________

 

RESPONSABLE: __________________________________________________________________________________________________

 

ELABORADO POR:

 

 

CARGO

 

NOMBRE

 

FIRMA

REVISADO Y APROBADO POR:

 

CARGO

 

NOMBRE

 

FIRMA

 

Fecha de aprobación: día _____ mes _____ año _____ Número de Folios: ______

 

2. Los planes de trabajo detallados que se formulen para cada producto (sectorial, estructural y obligatorio), del PPS-MACRO, deberá contener como mínimo los siguientes aspectos:

 

2.1. JUSTIFICACIÓN: Expresar las razones por las cuales se va a realizar el informe, y los beneficios que se espera obtener del mismo. (Aplica únicamente para informes estructurales y sectoriales).

 

2.2. OBJETIVOS: Es el fin o propósito bajo el cual se desarrolla un estudio. Explica el por qué y para qué se va a realizar un producto (informe).

 

2.3. ALCANCE: Para los productos (informes) estructurales y sectoriales el alcance hace referencia a la delimitación de las áreas que harán parte del tema objeto de estudio.

 

Específicamente, para los informes obligatorios, se refiere a la muestra en términos porcentuales sobre las áreas de estudio y las entidades (sujetos de control), que se evaluarán.

 

2.4. METODOLOGÍA: Es la descripción de los elementos que se utilizarán para el desarrollo de los objetivos de un producto (informe). Define los procedimientos técnicos en forma ordenada para el levantamiento de la información, el tratamiento y el análisis sistemático de la misma.

 

2.5. CRONOGRAMA DE ACTIVIDADES: Es la relación cronológica de las actividades a desarrollar para alcanzar los objetivos del informe. Este deberá incluir como mínimo: Título del informe y subdirección responsable de su elaboración. Constará de cuatro columnas:

 

La primera, la numeración consecutiva de las actividades; la segunda las actividades y/o tareas asignadas, fijando en lo posible resultados parciales o subproductos, que permitan verificar la óptima utilización del tiempo; al igual que actividades relacionadas con reuniones de seguimiento y verificación del producto efectuado tanto, por parte del subdirector y funcionarios responsable de su elaboración, como por el director, en representación del proceso Estudios de Economía y Política Pública, durante sus etapas de planeación, ejecución e informe, dejando evidencia del acompañamiento efectuado, con el fin de ser más oportunos en la detección de posibles desviaciones y mejorar la calidad de los productos en sus contenidos, redacción y capacidad de síntesis; la tercera el tiempo requerido para desarrollar cada una de las actividades, discriminado por semanas e indicando fechas de entrega; y la cuarta los responsables. Es de anotar, que como el cronograma, hace parte del Plan de Trabajo Detallado, no es necesario que lleve el nombre de los funcionarios y firmas de elaboración y aprobación.

 

ANEXO No. 2

 

PLANILLA DE SEGUIMIENTO

 

PROCESO ESTUDIOS DE ECONOMÍA Y POLÍTICA PÚBLICA

 

PAE:

 

PLANILLA DE SEGUIMIENTO

 

(1). NOMBRE DEL INFORME: ________________________________________________________________________________________

 

(2). TIPO DE INFORME: _____________________________________________________________________________________________

 

(3). DEPENDENCIA RESPONSABLE: __________________________________________________________________________________

 

(4). NOMBRE DEL RESPONSABLE: ___________________________________________________________________________________

 

Fecha

(5)

Funcionarios que realizaron la actividad

(6)

Actividad  revisada

(7)

Observaciones

(8)

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

(9) Nombre subdirector: ___________Firma: _____________________________

 

INSTRUCCIONES DE DILIGENCIAMIENTO DEL MODELO PLANILLA DE SEGUIMIENTO.

 

(1). Título del informe.

 

(2). Obligatorios, Sectoriales o Estructurales.

 

(3). Corresponde a la subdirección responsable de la elaboración del producto.

 

(4). Nombre del Subdirector responsable.

 

(5). Fecha en que el subdirector elaboró el seguimiento.

 

(6). Nombre de los funcionarios que realizaron las actividades.

 

(7). Detalle de las tareas realizadas en forma breve.

 

(8). Detallar desviaciones o incumplimientos de actividades programadas.

 

(9). Nombre y firma del subdirector que realizó el seguimiento.

 

ANEXO No. 3

 

MODELO PARA LA PRESENTACIÓN DE INFORMES: SECTORIALES, ESTRUCTURALES Y OBLIGATORIOS

 

1. Requisitos de presentación del Informe:

 

El informe debe preferiblemente redactarse en:

 

*Letra arial tamaño 12 de Word.

 

*Margen superior, 4 cms.

 

*Margen inferior, 3 cms.

 

*Margen izquierdo, 3 cms.

 

*Margen derecho, 3 cms.

 

*Espacio interlineado sencillo.

 

Numeración: Sólo se utilizarán números arábigos por niveles, así:

 

1. Primer Nivel: En mayúsculas, negrilla y centrado.

 

1.2. Segundo Nivel: En mayúsculas, negrilla y alineado a la izquierda.

 

1.2.1. Tercer Nivel: En minúscula negrilla a la Izquierda.

 

1.2.1.1. Cuarto Nivel: En minúsculas sin negrilla, cursiva y alineado a la izquierda.

 

Redacción y presentación: se debe tener en cuenta los siguientes aspectos:

 

Redacción: Tener en cuenta las normas generales de redacción y ortografía. Debe evitarse mencionar nombres propios.

 

Cuando es cita textual se debe escribir entre comillas en Arial, cursiva 10. Cuando se citen fuentes de página Web en pie de páginas se debe quitar el hipervínculo; escribir la fecha en la cual fue tomada, a manera de ejemplo: Tomada el 20 de mayo de 2013, (se copia la dirección electrónica) El pie de página debe ir en letra Times New Roman tamaño 8, internileado (exacto 8).

 

Preciso: Diga lo que tiene que decir. Es conveniente ser exacto (puntual) en cada frase y en el informe completo. Su redacción debe ser sencilla, clara, ordenada, coherente y en orden de importancia.

 

Conciso: La redacción debe ser breve pero sin omitir lo relevante, la brevedad permite mayor impacto. Redactar en forma concreta, pero sin dejar de decir lo que se tiene que decir sobre la situación encontrada.

 

Objetivo: Todo lo redactado en el informe debe reflejar una situación real, manejada con criterios técnicos, analíticos e imparciales.

 

Soportado: Las afirmaciones, conceptos y opiniones deben estar respaldadas con evidencia válida, suficiente, pertinente y competente.

 

Oportuno: Cumplir los términos de elaboración, consolidación, entrega, comunicación y publicidad. Es importante que la elaboración y entrega del informe por parte de la CB sea oportuna, de tal manera que la administración pueda implementar los correctivos del caso en procura de su mejoramiento continuo.

 

Paginación: Debe ir en el margen inferior centrado. No se numera: carátula, hoja de presentación, contenido y anexos.

 

Distribución de capítulos: Entre capítulo y capítulo del Informe dejar salto de página, así mismo, el título debe ir en negrilla y centrado en arial tamaño 12.

 

Cuadros y/o tablas: En los cuadros y tablas se utilizarán números arábigos en orden consecutivo a través de todo el texto, se debe indicar primero el número y después el título, utilizando letra arial tamaño 10; si el cuadro es extenso utilizar tipo de letra más pequeño. Con el fin de estandarizar la presentación de los cuadros, a continuación se presenta un modelo:

 

Cuadro o Tabla 1

 

Gastos de Funcionamiento e Inversión año

 

En millones de pesos

 

Años

Gastos de funcionamiento

Gastos de inversión

Porcentaje

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Fuente:

 

Gráficas: El análisis de gráficas debe ser consecuente con la presentación de las mismas. Cuando se utilizan gráficas de barras éstas deben ser presentadas en orden ascendente. Así mismo, para la numeración utilizar números arábigos en orden consecutivo en la parte inferior izquierda de la misma. Deben llevar fuente en Arial 8, fuera del gráfico y en Word.

 

No se deben copiar gráficas o cuadros como imágenes importadas de otros textos o de Internet.

 

La gráfica se debe colocar en la misma página en que se menciona.

 

Las cifras presentadas en el Informe y en los diferentes cuadros deben ir en una sola unidad de medida: millones, miles de pesos, etc. Las cifras deben separarse con puntos y no con comas. Las cifras presupuestales deben tener como fuente las Estadísticas Fiscales de la Contraloría de Bogotá, D.C.

Contenido: El término CONTENIDO se escribe en mayúscula sostenido y centrado.

 

10. Avances: Los avances de los informes deben contener sin excepción los parámetros dados y deben ser coherentes, claros e impecables en su redacción y ortografía. Se deben realizar en office vigente de la entidad para facilitar su consolidación.

 

2. Modelo carátula y hoja de presentación

 

NOMBRE DEL INFORME

 

PERIODO ESTUDIADO (Vigencia)

 

PLAN ANUAL DE ESTUDIOS - PAE

 

NOMBRE DE LA DIRECCIÓN

 

FECHA

 

(NOMBRE DEL INFORME)

 

Contralor de Bogotá

 

Nombre

 

Contralor Auxiliar

 

Nombre

 

Director (es) (Respectivo(s))

 

Nombre

 

Subdirector (es) (Según el caso)

 

Nombre

 

Profesionales

 

Nombres

 

CONTROL DE CAMBIOS

 

Versión

No. Del acto administrativo que lo adopta y fecha

Descripción de la modificación

 

1.0

Resolución

Reglamentaria No.

019 de septiembre 19 de 2006

El título del informe quedará: Informe Trimestral de Ingresos, Gastos e Inversiones.

 

Ajustar el objetivo y el alcance.

 

En la descripción del procedimiento, se actualizan algunas actividades. Se establecen puntos de control.

 

Se modifican registros y anexos.

2.0

Resolución Reglamentaria No. 013 de mayo 12 de 2009

Se revisó el contenido de la base legal y definiciones, con el objeto de ajustarlo a la normatividad actual, periodicidad del informe y al mismo tiempo explicar la razón por la cual no se realiza el informe del cuarto trimestre.

 

En algunas actividades se suprime el nombre de la Subdirección por considerarlo repetitivo e innecesario.

Se agregan algunas palabras y términos, para  complementar el texto de algunas actividades.

 

Se elimina la actividad 4, teniendo en cuenta que esta actividad, no es realizada directamente por los funcionarios encargados de la elaboración del citado informe. De igual forma, se incluye parte de esta actividad en la actividad 5.

 

Se modifica la observación de la actividad 5, en razón a que las ejecuciones presupuestales ya no se radican en copia dura sino que se toman del aplicativo SIVICOF.

3.0

Resolución Reglamentaria No. 017 de junio 16 de 2010

Se ajusta el nombre del Procedimiento para la elaboración del Informe Trimestral de Ingresos, Gastos e Inversiones por: “Procedimiento para la elaboración del Informe Trimestral de Ingresos, Gastos e Inversiones del Distrito Capital”.

 

Se modifica el nombre de los responsables de ejecutar algunas actividades en la Descripción del Procedimiento.

 

Se cambia el nombre del Proceso Prestación de Servicios .Macro, por: Proceso Estudios de Economía y Política Pública.

 

Al Objetivo del procedimiento se le adicionan las palabras “Distrito Capital”.

 

El Alcance quedará así: El procedimiento inicia con: Elabora el plan de trabajo detallado del informe trimestral de ingresos Gastos e Inversiones del Distrito Capital y termina con: Remite a la Oficina de Comunicaciones para que sea socializado por los medios que ellos estimen publicar.

 

La definición de: Informe Trimestral de Ingresos, Gastos e Inversiones se ajusta y se incorporan las siguientes: Ejecución Presupuestal, Ejecución Activa, Ejecución Pasiva, Gastos, Gastos de Funcionamiento, Gastos de Operación, Servicio de la Deuda, Inversión:, Estadística Presupuestal, Ingresos:, Ingresos Corrientes, Ingresos Tributarios, Ingresos No Tributarios, Modificaciones Presupuestales, Presupuesto Anual, Presupuesto General del Distrito, Presupuesto Público, Recursos de Capital, Reservas Presupuestales y Transferencias.

 

Actividad 1: El Punto de Control se modifica, quedando como Observación el segundo párrafo ajustado.

 

Actividad 3: se suprimen y en su defecto pasa a ser la Actividad 4 ajustada.

 

Actividad 4: Se crea como nueva la cual quedará así: “Recibe y analiza la información trimestral de estadística presupuestal así: Administración Central, Establecimientos públicos, Entes de Control y Universitario, Presupuesto anual, Empresas Industriales y comerciales del Estado, Empresas Sociales del Estado y Fondos de Desarrollo Local.

 

Actividad 5: se ajusta su definición, al igual que su punto de control.

 

Actividad 6: se ajusta su definición, al igual que su registro.

 

Actividad 7: se ajusta la actividad y se incorpora un registro.

 

Actividad 8: se ajusta la actividad y la observación y se incorpora un registro.

 

Actividad 9: se ajusta la actividad y se incorpora un registro.

 

Actividad 10: se ajusta la actividad y se incorpora una observación.

 

Actividad 11: se suprime y se crea una nueva actividad.

 

El Anexo No. 1: Instructivo para elaborar el Plan de Trabajo Detallado, código formato 03018001, se ajusta el numeral 2.5 Cronograma de Actividades.

 

El Anexo No. 3: Modelo para la presentación de informes Estructurales, Sectoriales y Obligatorios, código formato 03018003, se le efectúa unos cambios para una mejor presentación del informe.

 

El Normograma se ajusta para incorporar el Acuerdo 519 del 26 de diciembre de 2012.

 

De igual forma, el procedimiento se ajusta para adoptar la estructura definida en la nueva versión del Procedimiento para el Control de Documentos Internos.

4.0

Resolución Reglamentaria No. 038 de octubre 4 de 2013

 

 

 

PROCEDIMIENTO PARA LA ELABORACIÓN DEL CERTIFICADO DE REGISTRO DE DEUDA PÚBLICA Y REPORTE DEL SISTEMA UNIFICADO DE LA DEUDA “SEUD”

Página 1 de 17

Código documento:03019

Código formato: 01002002

Versión: 5.0

 

FECHA: 25 DE SEPTIEMBRE DE 2013

 

Aprobó elaboración o modificación

Revisión técnica

Firma:

Firma:

Nombre: Ramiro Augusto Triviño Sánchez.

Nombre: Bernardo Herrera Herrera.

Cargo: Director de Estudios de Economía y Política Pública.

Cargo: Director Técnico de Planeación.

 

1. OBJETIVO:

 

Establecer los pasos necesarios para elaboración de los certificados de registro de la deuda pública de las entidades que adquieran endeudamiento y reporte de información al Sistema Estadístico Unificado de Deuda S.E.U.D., solicitado por la Contraloría General de la República.

 

2. ALCANCE:

 

El procedimiento para la elaboración del certificado de registro de deuda pública, inicia con “Recibir la solicitud de registro de deuda pública, con la documentación (…) y termina con: Distribuir las copias del certificado de registro de deuda pública: Original (…). El procedimiento para la elaboración del reporte del Sistema Estadístico Unificado de Deuda Pública (SEUD),  inicia con: “Bajar del Sistema de Vigilancia de Control Fiscal (SIVICOF), la información de deuda pública reportada por las entidades en los formatos indicados (…) y termina con  “Realizar envío del reporte SEUD y distribuye copias”.

 

3. BASE LEGAL:

 

Ver normograma

 

4. DEFINICIONES:

 

CERTIFICADO DE DEUDA: Es el documento que expide la Contraloría de Bogotá a la entidad prestamista donde consta que el organismo de control tiene conocimiento de la deuda adquirida y procede a llevar su registro y seguimiento.

 

CONTRATOS DE EMPRÉSTITO: Son contratos de empréstito los que tienen por objeto proveer a la entidad estatal contratante de recursos en moneda nacional o extranjera con plazo para su pago.

 

CRÉDITO DE PROVEEDORES: Son aquellos en donde lo que se entrega es un bien o servicio con el fin de atender sus necesidades.

 

CRÉDITO PÚBLICO: La capacidad que tiene el Estado para endeudarse con el objeto de atender sus necesidades de financiamiento.

 

CUPO DE ENDEUDAMIENTO: Es la autorización que expide el Concejo de Bogotá, correspondiente al monto máximo de deuda que puede contratar el Distrito Capital mediante operaciones de crédito público interno y/o externo u operaciones asimiladas, de conformidad con el numeral 17 del artículo 12 del Decreto Ley 1421 de 1993 y el artículo 63 del Acuerdo 24 de 1995.

 

EMISIÓN: Acto de crear nuevos títulos, sean acciones, obligaciones, fondos públicos, pagarés, etc. Acto de emitir valores de una empresa. Conjunto de valores que un emisor crea y pone en circulación. Una emisión puede ser pública, si se realiza la colocación de los títulos en el mercado de valores a través de la intermediación bursátil, y privada si la colocación se hace a los actuales accionistas o a través de la venta directa de un paquete de acciones del vendedor al comprador.

 

EMISIÓN DE BONOS: Acto de crear y distribuir títulos o valores por parte de una empresa con el fin de obtener recursos financieros. La colocación en el mercado de dichos valores la realizan una o varias instituciones financieras en el país o en el extranjero.

 

GARANTÍA: Corresponde a la seguridad accesoria que se da para garantizar una obligación.

 

INTERESES DE LA DEUDA: Es la suma pagada por el uso del dinero durante un tiempo dado, o como el retorno obtenido de una inversión productiva. Incluye los pagados durante la vigencia más los causados que van a ser pagados en el resto de la vigencia más los de crédito de corto plazo más los de sobregiro más los de mora más los del nuevo crédito que deban ser cancelados en la vigencia.

 

OPERACIONES DE CRÉDITO PÚBLICO: Se consideran operaciones de crédito público las que tienen por objeto dotar a la entidad de recursos con plazo para su pago, entre las que se encuentran la contratación de empréstitos, la emisión, suscripción y colocación de bonos y títulos valores, los créditos de proveedores y el otorgamiento de garantías para obligaciones de pago a cargo de las entidades estatales.

 

PLAZO: Es la duración total de un préstamo o de una inversión y se mide en términos de tiempo.

 

RECURSOS DEL CRÉDITO: Son los valores presupuestados en una vigencia (Desembolsos) que recibe la entidad en virtud de Operaciones de Crédito Público. Se denominan también desembolsos y se clasifican en internos y externos según la naturaleza del ente acreedor.

 

TASA DE INTERÉS: Es el factor que se aplica al capital,  y que se expresa en términos decimales o en términos porcentuales.

 

5. ANEXOS:

 

ANEXO No. 1: Modelo de certificación del registro de la deuda pública (código formato: 03019001).

 

ANEXO No. 2: SEUD Sistema Estadístico Unificado de Deuda (código formato 03019002).

 

6. DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO

 

6.1 ELABORACIÓN DEL CERTIFICADO DE REGISTRO DE DEUDA PÚBLICA

 

RESPONSABLE

ACTIVIDAD

REGISTRO

PUNTOS DE CONTROL / OBSERVACIONES

1

Secretaria de la Subdirección de Estadística y Análisis Presupuestal y Financiero.

Recibe la solicitud de registro de deuda pública, con la documentación que soporta la legalización del crédito o emisión y colocación de títulos valores.

 

 

2

Subdirector de Estadística y Análisis Presupuestal y Financiero.

Asigna al profesional que corresponda para el seguimiento y registro de la deuda pública, según entidad o sector.

 

 

3

Profesional especializado y/o profesional universitario de la Subdirección de Estadística y Análisis Presupuestal y Financiero.

Verifica la información reportada en el sistema de vigilancia de control Fiscal –SIVICOF,  organiza y consulta la normatividad vigente  sobre la materia para establecer si se cumplen los requisitos exigidos para la expedición del certificado de registro de la deuda pública.

 

 

4

Profesional especializado y/o profesional universitario de la Subdirección de Estadística y Análisis Presupuestal y Financiero.

Elabora el certificado de registro y remitir al Subdirector para su revisión.

Certificado de registro de la deuda pública definitivo.

ANEXO No. 1: Modelo de certificación del registro de la deuda pública (código formato: 03019001).

5

Subdirector Subdirección de Estadística y Análisis Presupuestal y Financiero.

 

Revisa y propone ajustes al certificado en trámite, si es del caso.

 

 

6

Profesional especializado y/o profesional universitario de la Subdirección de Estadística y Análisis Presupuestal y Financiero.

 

Realiza los ajustes o modificaciones sugeridas por el Subdirector.

 

 

7

Subdirector de Estadística y Análisis Presupuestal y Financiero.

Revisa y remite al Director de Estudios de Economía y Política Pública.

 

 

 

8

Director de Estudios de Economía y Política Pública.

 

Revisa el certificado de deuda pública.

 

 

9

Contralor de Bogotá

Aprueba el certificado de deuda pública.

 

Si :

Firma y devuelve al Director de Estudios de Economía y Política Pública.

 

NO:

Solicita ajustes o modificaciones y retorna al paso 5.

Comunicación Oficial Interna

 

10

Subdirector de Estadística y Análisis Presupuestal y Financiero.

Distribuye las copias del certificado de registro de deuda pública: Original a entidad solicitante, copia Contraloría General de la República y copia para consecutivo.

 

 

 

6.2 ELABORACIÓN DEL REPORTE DEL SISTEMA ESTADISTICO UNIFICADO DE DEUDA PÚBLICA (SEUD).

 

RESPONSABLE

ACTIVIDAD

REGISTRO

PUNTOS DE CONTROL/ OBSERVACIONES

1

Profesional especializado y/o profesional universitario de la Subdirección de Estadística y Análisis Presupuestal y Financiero.

Baja del Sistema de Vigilancia de Control Fiscal (SIVICOF), la información de deuda pública reportada por las entidades en los formatos indicados por la Contraloría General de la República (Sistema Estadístico Unificado de Deuda - SEUD-.).

 

 

2

Profesional especializado y/o profesional universitario de la Subdirección de Estadística y Análisis Presupuestal y Financiero.

Verifica y consolida la información por entidad o sector de acuerdo a los parámetros establecidos por la CGR.

 

 

3

Profesional especializado y/o profesional universitario de la Subdirección de Estadística y Análisis Presupuestal y Financiero.

Elabora el informe del SEUD.

 

Remite al subdirector  para su revisión.

 

Ver ANEXO No. 2: SEUD Sistema Estadístico Unificado de Deuda (código formato 3019002)

4

Subdirector de Estadística y Análisis Presupuestal y Financiero.

Revisa y solicita las correcciones si es del caso.

 

Remite al Director de Estudios de Economía y Política Pública para aprobación y firma.

 

 

5

Director de Estudios de Economía y Política Pública.

Aprueba con la firma el SEUD

 

Si :

 

Devuelve al Subdirector de Estadística y Análisis Presupuestal y Financiero y continúa paso 6.

 

No:

 

Solicita ajustes o modificaciones y retorna al paso 4.

 

 

6

Subdirector de Estadística y Análisis Presupuestal y Financiero.

Realiza envío del reporte del SEUD y distribuye copia.

Informe SEUD definitivo.

 

 

ANEXO No. 1

 

MODELO DE CERTIFICACIÓN DEL REGISTRO DE LA DEUDA PÚBLICA

 

LOGO Y LEMA DE LA CONTRALORÍA DE BOGOTÁ

 

CERTIFICADO DE REGISTRO DE DEUDA PÚBLICA  No. I/E1  – 0x – 20xx

 

EL CONTRALOR DE BOGOTA, D.C.,

 

En uso de sus atribuciones constitucionales y legales2

 

CERTIFICA:

 

1. El registro del contrato o documento de la obligación de deuda interna o externa (En lo posible especificar el número del contrato o documento).

 

2. Mencionar la entidad que contrae la obligación.

 

3. Nombre del prestamista

 

4. Valor en letras y números.

 

5. Descripción de detalles del contrato o documento:

 

Fecha obligación

Intereses y plazo

Condiciones de pago y vencimiento de la obligación

Objeto del contrato/ Destino de los recursos

 

 

 

 

 

Fuente:

 

6. Mencionar la fecha en que se legalizó y/o perfeccionó el contrato.

 

7. Nombre de los representantes legales de las partes.

 

8. Relacione el o los oficios para la diligencia del certificado.

 

9. Relacione los documentos soportes del contrato.

 

10. No. del Registro del Ministerio de Hacienda y Crédito Público con fecha de expedición.

 

11. Resolución Reglamentaria, expedida por este ente de Control.

 

12. Señalar si la operación antes relacionada afecta o no el cupo de endeudamiento de la Entidad. Dejar constancia de no convalidar el desconocimiento de normas legales

 

13. Ciudad y Fecha de expedición del presente certificado.

 

14. Firma del(a) Contralor(a) de Bogotá. (Nombre centrado).

 

15. Nombre de quien elaboró, revisó y aprobó el certificado.

 

ANEXO No. 2

 

SEUD SISTEMA ESTADÍSTICO UNIFICADO DE DEUDA

 

INSTRUCTIVO PARA DILIGENCIAR LOS FORMATOS ELECTRÓNICOS CB-0109A y CB-0109B

 

SISTEMA ESTADÍSTICO UNIFICADO DE DEUDA - (SEUD)

 

A continuación se definen los conceptos que contienen los formatos CB- 0109A  y CB-0109B se indica la forma como se debe diligenciar con el fin que la información reportada sea correcta y confiable.

 

I. Definición:

 

Los formato - 0109A  y CB- 0109B, Sistema Estadístico Unificado de Deuda Pública Interna y Externa es el registro mensual detallado de los saldos y movimientos acumulados de desembolsos, amortizaciones, intereses, comisiones y demás movimientos de la deuda pública.

 

Se debe presentar en formatos separado la información correspondiente a la deuda interna (formato CB-0109A) de la deuda externa (formato CB-0109B).

 

II. Instrucciones para diligenciar  el Contenido General del Formato.

 

Diligencia la parte general del formato con la siguiente información:

 

1. Entidad: Relacione el nombre de la entidad o sujeto de control que reporta la información. Coloque al frente de la misma el Número de Identificación Tributaria o NIT.

 

2. Estado del Mes: Escriba el mes y el año al que corresponde el informe que está enviando.

 

3. Clase de deuda: Identifique claramente la información reportada si corresponde a deuda Interna o a deuda Externa.

 

Datos de quien realiza el reporte:

 

A. Diligenciado por: Escriba el nombre de la persona que reporta la información.

 

B. Punto de contacto: Registre el teléfono o Fax y correo institucional donde puede ser contactado.

 

C: Fecha del reporte: Registre la fecha en la cual está reportando el informe (aaa-mm-dd).

 

Valores: Los valores reportados en este formato deben ser expresados como se solicita en cada columna con dos decimales.

 

Los datos a consignados en este formato se tomarán directamente de los contratos cada vez que se suscriba un crédito nuevo. En la información reportada deben incluirse todos los créditos con saldos tengan o no movimiento. No necesariamente se deben diligenciar todas las columnas.  Se llenarán las que de acuerdo al contrato sean necesarias.

 

III. Instrucciones para diligenciar el Contenido Específico del Formato.

A continuación se indica la información que debe registrarse en cada columna del formato.

 

4. Descripción del crédito u obligación: Registre el nombre del crédito o de la entidad financiera que lo otorga el crédito, el cual debe corresponder a la identificación inicial, que le asignó  internamente la entidad que reporta, puede ser nombre del prestamista o el número de pagaré.

 

8. Código del crédito: Relacione el código asignado por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, Dirección General de Crédito Público (DGCP) al crédito que registró en la columna 1. El Ministerio expide un registro por cada crédito, el  número asignado por lo general contiene 9 dígitos.

 

12. Número de Tramo: Cuando los créditos son fraccionados por: tipo de monedas, tipo de moneda (pagarés), tasas de interés, plazo de pago, se conforman tramos que se les asigna un número que corresponden a la desagregación del crédito, el cual es asignado generalmente por la DGCP, por defecto cuando esto no ocurre es 1.  Cuando se realizan operaciones de cobertura sobre los créditos, se fracciona el saldo o se adquiere una nueva obligación sobre los mismos se crea un nuevo tramo o tantos como características diferentes tenga cada fracción y debe reportase en forma separada en el SEUD atendiendo la desagregación que asigna la DGCP del Ministerio de Hacienda.

 

16. Número de Tabla: Así como los créditos pueden ser fraccionados también las formas de pago pueden generar varias tablas de pagos o amortizaciones, cada contrato genera como mínimo una programación de pagos (tabla) identifique cada una, mediante números consecutivo, por defecto es 1.

 

20. Fecha de Vencimiento: La fecha de vencimiento del servicio de la deuda o fecha de pago pactada, tanto de amortizaciones como de intereses y  comisiones, en el formato (año-mes-día) ejemplo: 15 de julio de 2012 (2012/07/15) ó 2012-07-15. En los saldos de las obligaciones (código 99) coloque el saldo en que vence la deuda.

 

24. Fecha de Operación: Fecha en la cual se hizo el pago del servicio de la deuda o en la cual  se realizó el desembolso el prestamista y empieza a causar los intereses. En los saldos registre la fecha en que se suscribió la obligación. Utilice el mismo formato: año/mes/día.

 

28. Tipo de Operación: Escriba el número correspondiente a la transacción informada:

 

05- Desembolso (recibo de recursos provenientes del crédito).

 

06- Amortización, abonos a capital.

 

07- Intereses

 

08- Comisión

 

09- 0tros

 

10- Cancelación de desembolsos por no utilización

 

11- Prepago

 

16- Intereses de mora

 

24- Ajustes a comisiones

 

25- Ajustes a amortizaciones

 

26- Ajustes a intereses

 

27- Ajustes a desembolsos

 

30- Monetizaciones

 

31- Novedades

 

99- Saldo

 

32. Tasa de Interés: tasa porcentual con la cual fue pactada la obligación o pagado su servicio. Al reportar los saldos o desembolsos señale la tasa pactada vigente del crédito y cuando se trate de movimientos determine la tasa efectiva con la cual se realizó el pago.

 

La tasa puede ser: i) nominales ó efectivas, ii) fija o variables ejemplo: 7% E.A. puede estar referida en una tasa externa ejemplo: Libor 3 meses ó indexada a un indicador más unos puntos nominales o efectivos ejemplo: IPC +3.5 ó DTF+5 puntos, en este caso cuando existan pagos debe calcularse la tasa efectivas aplicada en el pago teniendo en cuenta su periodicidad. Ejemplo, si el interés anual a pagar es IPC+2 (puntos efectivos) y el IPC es de 3,73%, entonces la tasa a aplicada se determina: (1,0375) (1,02)  = 5,80%. La DTF puede ser nominal o efectiva en su conversión tenga en cuenta los puntos y la periodicidad de acuerdo a lo pactado en el contrato.

 

Movimiento de la deuda, registre el movimiento de la deuda que se produjo durante el periodo reportado atendiendo lo siguiente:

 

36. Moneda del tramo: Indique la moneda pactada en el pago, por defecto la moneda del contrato inicial, utilizando la notación internacional 3 letras (país y moneda) ejemplo: dólar USD, pesos COP, Euros (EUR), Yenes JPY, u otras creadas por las entidades del sistema estadístico como UVR, UPAC, CAM, UA, etc.

 

40. Valor operación en moneda del tramo: Corresponde al monto del desembolso o pago efectuado en la moneda del tramo.

 

44. Moneda de pago: Corresponde a la moneda en la cual se efectúa el pago, ejemplo: pesos colombianos (COP), dólares estadounidenses (USD), Euros (EUR), entre otros.

 

48. Valor operación en moneda del pago: Corresponde al desembolso o monto pagado en la moneda de pago.

 

52. Tasa de cambio moneda de pago – USD: Es la tasa de cambio con respecto al dólar, de la moneda en que se realizo el pago. Es uno (1) si el pagos se realizó dólares y será el equivalente en dólares en caso de haber realizado el pagos entras divisas.

 

56. Tasa de cambio Operación COP: Corresponde a la Tasa Representativa del Mercado (TRM) en la fecha de la operación. En los saldos este valor debe corresponder a la TRM calculada por la Superintendencia financiera el último día hábil del mes, vigente para el primer día hábil del mes siguiente. Para los créditos cubiertos o convertidos a pesos debe corresponder a la tasa pactada en esos contratos. La tasa de cambio  se expresa en pesos por dólares, ejemplo la TRM de abril 30 de 2012 era de 1USD = $1.764 COP.

 

60. Acumulados de movimientos en moneda original: Escriba el monto acumulado por tipo de operación en la moneda del tramo, hasta la fecha del corte informado, excepto cuando el tipo de operación sea saldo (99).

 

64. Saldo de deuda en Moneda del tramo: Registre el saldo de deuda en la moneda del tramo.

 

68. Saldo de deuda en USD: Registre el saldo en dólares de la deuda teniendo en cuanta la tasa registrada en la columnas 56 y 60. Convierta los saldos vigentes a dólares sin importar la moneda en que está pactada la obligación.

 

72. Saldo de la deuda en pesos colombianos: Registre en cifras completas el saldo de los créditos en pesos colombianos (COP) sin importar en qué moneda se hayan adquirido las obligaciones conviértalas a pesos a la tasa vigente al momento del reporte. Este saldo debe corresponder a los valores registrados en los libros de contabilidad y revelados en el balance general de la entidad.

 

Nota 1. El informe debe ir agrupado por crédito y luego por tipo de operación, incluyendo siempre el saldo, y los créditos de corto plazo.

 

Nota 2. Cuando el sujeto de control realice operaciones de manejo  de deuda o cualquier otra novedad que modifique las condiciones iniciales de los créditos deben enviar la información que justifique la modificación realizada y reportar en los formatos y bases de datos correspondientes las nuevas condiciones de los créditos.

 

Observaciones: Registre la Información adicional que considere pertinente y que aclare los cifras consignadas en el formato.

 

Firmas: De acuerdo con el artículo 10º de la Resolución Reglamentaria 034 de 2009 de la Contraloría de Bogotá, D.C. y con el fin de asegurar que la información transmitida a través del Sivicof sea la correspondiente a cada una de las entidades sujeto de control y para evitar el uso de papel, será exigible la firma digital de que trata la Ley 527 de 1999 y sus decretos reglamentarios.

 

En concordancia con lo anterior y de acuerdo con el parágrafo 1, Artículo 9º de la Resolución 034 de 2009, “con la firma digital de cada Informe (Grupo de Formatos Electrónicos) y/o Documentos Electrónicos, el sujeto de control certifica ante la Contraloría de Bogotá D.C., que la información presentada es precisa, correcta, veraz y completa, por tanto, el jefe de entidad, el rector, el representante legal o quien haga sus veces del sujeto de control será responsable ante la Contraloría por cualquier imprecisión, inconsistencia, falsedad u omisión en los datos, sin perjuicio de las acciones legales a que hubiera lugar.”

 

CONTROL DE CAMBIOS

 

Versión

No. Del Acto Administrativo que lo adopta y Fecha

Descripción de la modificación

1.0

R. R: No. 013 del 10 de marzo de 2003.

En la página 8, actividad No. 1 adicionar lo siguiente: Enviarlo para la aprobación por parte del Director de Economía y Finanzas Distritales.

 

Darlo a conocer a los funcionarios.

 

En la página 10, suprimir las actividades No. 11 y 12.

 

Incluir la actividad: Continuar con el procedimiento para el control del producto (informes) no conformes, estructurales, sectoriales, obligatorios y pronunciamientos.

1.0

R. R. No. 035 del 12 de Junio de 2003.

Cambia de versión.

 

Se unifica con el procedimiento para la certificación y registro de la Deuda Pública del Distrito Capital.

 

Se complementan los aspectos de objetivo, alcance, base legal, definiciones y registros; teniendo en cuenta lo mencionado anteriormente.

 

Se suprime la planilla de seguimiento como registro del procedimiento para elaboración del estado de la Deuda Pública del Distrito Capital.

 

Se suprimen todos los anexos del procedimiento para elaboración del estado de la Deuda Pública del Distrito Capital.

 

Se suprimen los anexos 2 y 3 del procedimiento para la certificación y registro de la Deuda Pública.

 

Se incorpora el anexo 1 correspondiente al consolidado del Deuda Pública, con las respectivas instrucciones de diligenciamiento.

 

Se modificaron y adecuaron las actividades para dar mayor claridad al procedimiento.

2.0

Resolución Reglamentaria Nº 016 de 22 de Abril de 2005.

El procedimiento se adecua a los cambios determinados en el procedimiento para el control de documentos internos del sistema de gestión de la calidad, adoptado mediante Resolución Reglamentaria No. 042 de Noviembre 9 de 2005.

 

El “Procedimiento para la elaboración del informe Estado de la Deuda Pública del Distrito Capital y la Certificación y Registro de la Deuda Pública”, se desglosa dando origen a dos denominados “Procedimiento para la elaboración del Estado de la Deuda Pública del Distrito Capital Bimestral y Anual” y el otro “Procedimiento para la elaboración del certificado de Registro de Deuda Pública y Reporte del Sistema Estadístico Unificado de la Deuda SEUD” (codificación 3019) porque cada uno requiere una mayor precisión en los informes y reportes.

3.0

Resolución Reglamentaria No. 19 del19 de septiembre de 2006

En la descripción del procedimiento, se actualizan algunas actividades y se establecen los puntos de control.

 

Modificar alcance, registros, base legal y anexos.

4.0

Resolución Reglamentaria No. 013 del12 de mayo de 2009

Se modifica la denominación de las dependencias responsables de ejecutar algunas actividades en la Descripción del Procedimiento, acorde a lo establecido en el Acuerdo  519 del 26 de diciembre de 2012.

 

5. Anexos:

 

Se modifica el Anexo No. 1: Modelo de certificación del registro de la deuda pública (código formato: 3019001), en donde se incluyeron las descripciones correspondientes.

 

Se suprime el Anexo No. 2

 

Se modifica el Anexo No. 3: SEUD Sistema Estadístico Unificado de Deuda (código formato 3019003), con su correspondiente instructivo, en aras de tener mayor identificación con el instructivo generado por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, el cual pasa a ser el Anexo No. 2.

 

6. Descripción del Procedimiento:

 

La Actividad No. 3 del numeral 6.2, se suprime, quedando 6 actividades.

 

El Normograma se ajusta para incorporar el Acuerdo 519 del 26 de diciembre de 2012.

 

De igual forma, el procedimiento se ajusta para adoptar la estructura definida en la nueva versión del Procedimiento para el Control de Documentos Internos.

5.0

Resolución Reglamentaria No. 038 de octubre 4 de 2013

 

 

NOTA DE PIE DE PÁGINA

 

1 Alcaldía Mayor de Bogotá. Decreto 689 de 2011.

 

NOTA: Publicada en el Registro Distrital 5215 de octubre 8 de 2013.