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Resolución Reglamentaria 044 de 2016 Contraloría de Bogotá D.C.

Fecha de Expedición:
30/11/2016
Fecha de Entrada en Vigencia:
02/12/2016
Medio de Publicación:
Registro Distrital 5967 de Diciembre 2 de 2016.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN REGLAMENTARIA 044 DE 2016

 

(Noviembre 30)


Derogada por el Art. 3, Resolución Reglamentaria 038 de 2017 de la Contraloría Distrital.

 

“Por el cual se adopta la nueva versión del Procedimiento para la Formulación, Actualización y Seguimiento a Proyectos de Inversión, dentro del Proceso de Direccionamiento Estratégico de la Contraloría de Bogotá D.C.”

 

EL CONTRALOR DE BOGOTÁ, D.C.

 

En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas en el artículo 6 del Acuerdo 519 de 2012; y

 

CONSIDERANDO:

 

Que de conformidad con el artículo 269 de la Constitución Política de Colombia, es obligación de las autoridades públicas, diseñar y aplicar en las entidades públicas, métodos y procedimientos de control interno, según la naturaleza de sus funciones, de conformidad con lo que disponga la ley.

 

Que de conformidad con los literales b) y I) del artículo 4 de la Ley 87 de 1993 “Por la cual se establecen normas para el ejercicio de control interno en las entidades y organismos del estado y se dictan otras disposiciones”, se deben implementar como elementos del sistema de control interno institucional, la definición de políticas como guías de acción y procedimientos para la ejecución de procesos, así como, la simplificación y actualización de normas y procedimientos.

 

Que en el artículo 6 del Acuerdo 519 de 2012, por el cual se dictan normas sobre organización y funcionamiento de la Contraloría de Bogotá D.C., se estableció que: “En ejercicio de su autonomía administrativa le corresponde a la Contraloría de Bogotá D.C, definir todos los aspectos relacionados con el cumplimiento de sus funciones en armonía con los principios consagrados en la Constitución, las leyes y en este Acuerdo.”

 

Que el artículo 38 del citado Acuerdo, establece como una de las funciones de la Dirección de Planeación, la identificación y formulación en coordinación con las dependencias, los proyectos de inversión de la entidad, de conformidad con los planes y programas de mediano y largo plazo, y adelantar los trámites tendientes a la programación del presupuesto de inversión.

 

Que la Entidad mediante la Resolución Reglamentaria No. 034 del 5 de noviembre de 2014 actualizó el Modelo Estándar de Control Interno-MECI para la Contraloría de Bogotá D.C., de conformidad a los establecido en el Decreto 943 del 21 de mayo del 2014, en el cual se determinan las generalidades y estructura necesaria para establecer, implementar y fortalecer un Sistema de Control Interno en las entidades y organismos obligados a su implementación, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 5 de la Ley 87 de 1993.

 

Que en cumplimiento a la acción correctiva formulada en el Plan de Mejoramiento frente al Hallazgo “2.3.2.1 Hecho irregular de presunto hallazgo administrativo por inconsistencias en la información registrada en el Balance Social, frente a otras fuentes de información” del Informe Final de Auditoria Regular vigencia 2015, se estableció la necesidad de ajustar el Procedimiento para la Formulación, Actualización y Seguimiento a Proyectos de Inversión.

 

Que mediante Resolución Reglamentaria No. 009 del 24 de febrero de 2014, se adoptó la versión 1.0 del Procedimiento para la Formulación, Actualización y Seguimiento a Proyectos de Inversión código 01010, el cual hace parte del Proceso de Direccionamiento Estratégico, la cual debe ser actualizada.

 

Que mediante Resolución Reglamentaria No.035 de 10 de octubre del 2016, se asignan responsabilidades y funciones para la formulación, ejecución y seguimiento de los Proyectos de Inversión de la Contraloría de Bogotá D.C.

 

Que para cumplir con los postulados formulados en el Plan Estratégico 2016-2020, se debe contar como instrumento de planeación actualizado con la formulación, ejecución y seguimiento de los proyectos de inversión y mantener el control, evaluación, seguimiento físico y financiero permanente sobre las actividades relacionadas con los mismos, en el marco del Decreto No. 449 de 1999 “Por el cual se actualizan los procedimientos del Banco Distrital de Programas y Proyectos - BDPP”.

 

ARTÍCULO PRIMERO. Adoptar la nueva versión del siguiente procedimiento dentro del Proceso de Direccionamiento Estratégico:

 

No.

Documento

Código

Versión

1

Procedimiento para la Formulación, Actualización y Seguimiento a Proyectos de Inversión.

PDE-04

2.0

 

ARTÍCULO SEGUNDO. Es responsabilidad de la Dirección de Planeación gestionar la simplificación, agilización y modernización del procedimiento que se adopta, para garantizar el mejoramiento de la gestión y del sistema integrado de gestión implementado en la Entidad.

 

ARTÍCULO TERCERO. Es responsabilidad de los Directores, Subdirectores, Jefes de Oficina y Gerentes, velar por la administración y divulgación del procedimiento adoptado.

 

ARTÍCULO CUARTO. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias, en especial la Resolución Reglamentaria No. 009 del 24 de febrero de 2014.

 

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dada en Bogotá, D.C., a los 30 días del mes de noviembre de 2016.

 

JUAN CARLOS GRANADOS BECERRA

 

Contralor de Bogotá D.C.

 

Nota: Publicado en el Registro Distrital 5967 de Diciembre 2 de 2016.