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RESOLUCIÓN
REGLAMENTARIA 038 DE 2017 (Diciembre 18) Por la cual se adoptan algunos procedimientos
del Proceso de Direccionamiento Estratégico y se dictan otras disposiciones EL
CONTRALOR DE BOGOTÁ, D.C. En
ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial las
conferidas en el Acuerdo 658 de 2016, modificado parcialmente por el Acuerdo
664 de 2017, expedidos por el Concejo de Bogotá D.C. y CONSIDERANDO: Que
de conformidad con el Artículo 269 de la Constitución Política, es obligación
de las autoridades públicas, diseñar y aplicar en las entidades públicas,
métodos y procedimientos de control interno, según la naturaleza de sus
funciones, de conformidad con lo que disponga la ley. Que
de conformidad con los literales b) y l) del artículo 4 de la Ley 87 de 1993
“por la cual se establecen normas para el ejercicio de control interno en las
entidades y organismos del Estado y se dictan otras disposiciones”, se deben
implementar como elementos del sistema de control interno institucional la
definición de políticas como guías de acción y procedimientos para la ejecución
de procesos, así como, la simplificación y actualización de normas y
procedimientos. Que
mediante Resolución Reglamentaria No. 034 del 05 de noviembre de 2014, se
adoptó la actualización del Modelo Estándar de Control Interno – MECI 2014,
para la Contraloría de Bogotá D.C., de conformidad con lo establecido en el
Decreto 943 del 21 de mayo de 2014, en el cual se determinan las generalidades
y estructura necesaria para establecer, implementar y fortalecer el Sistema de
Control Interno en las entidades y organismos obligados a su implementación, de
acuerdo con lo dispuesto en el artículo 5ª de la Ley 87 de 1993, en virtud del
cual se deben establecer políticas y procedimientos, así como mecanismos de
prevención, verificación y evaluación en procura del mejoramiento continuo de
la Administración Pública. Que
el Concejo de Bogotá D.C., expidió el Acuerdo 658 de 2016, por el cual se
dictan normas sobre organización y funcionamiento de la Contraloría de Bogotá,
D.C., estableciendo en el artículo 6º que: “En ejercicio de su autonomía
administrativa le corresponde a la Contraloría de Bogotá, D.C., definir todos
los aspectos relacionados con el cumplimiento de sus funciones en armonía con
los principios consagrados en la Constitución, las leyes y en este Acuerdo”. Que
el 23 de septiembre de 2015 fue publicada la NTCISO 9001:2015, sustituyendo a
la NTC ISO 9001:2008, bajo la cual está certificado el Sistema de Gestión de la
Calidad de la Entidad; por tanto, este se encuentra en proceso de transición
hacia la nueva norma. Que
el 23 de septiembre de 2015 fue publicada la NTCISO 14001:2015, la cual
establecen los requisitos del Sistema de Gestión Ambiental. Que
mediante Decreto 1072 del 26 de mayo de 2015, se expidió el Decreto Único
Reglamentario del Sector Trabajo, consagra en el Libro 2, Titulo 4, Capítulo 6 del
Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo. Que
mediante Resolución Reglamentaria No. 011 del 25 de abril de 2016, se adoptó la
nueva versión del Procedimiento para Elaborar, Realizar Monitoreo y Seguimiento
al Mapa de Riesgos Institucional. Que
mediante Resolución Reglamentaria No. 027 del 24 de agosto de 2016 se adoptó la
nueva versión del Procedimiento Plan Anticorrupción y de Atención al Ciudadano
– PAA. Que
mediante Resolución Reglamentaria No. 032 del 22 de septiembre de 2016, se
adoptó la nueva versión de los Procedimientos para Elaborar el Plan Estratégico
Institucional – PEI y Revisión por la Dirección. Que
mediante Resolución Reglamentaria No. 044 del 30 de noviembre de 2016, se
adoptó la nueva versión del Procedimiento para la Formulación, Actualización y
Seguimiento a Proyectos de Inversión. Que
con el fin de hacer más manejable el nombre de los procedimientos, se hace
necesario modificar el nombre del Procedimiento para la Formulación,
Actualización y Seguimiento a Proyectos de Inversión por “Procedimiento para la
Gestión de los Proyectos de Inversión” y del Procedimiento para Elaborar y
Realizar Monitoreo y Seguimiento al Mapa de Riesgos Institucional por
“Procedimiento para Elaborar el Mapa de Riesgos Institucional” Que
mediante Resolución Reglamentaria No. 027 de agosto 25 de 2017, fue adoptada la
nueva versión del Procedimiento para Mantener la Información Documentada del
Sistema Integrado de Gestión SIG y con Resolución Reglamentaria No. 30 del 25
de septiembre de 2017, se adoptó la nueva versión del Manual y las
Caracterizaciones del Sistema Integrado, documentos que formalizan el nuevo
Mapa de Procesos de la Entidad. Que
teniendo en cuenta el concepto de mejora es necesario ajustar los
procedimientos que hacen parte del Proceso de Direccionamiento Estratégico:
para Elaborar el Plan Estratégico Institucional, Plan Anticorrupción y de
Atención al Ciudadano, Gestión de los Proyectos de Inversión, Mapa de Riesgos
Institucional y Revisión por la Dirección, para adecuarlos a la normatividad
vigente. RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO. Adoptar la nueva
versión de los siguientes procedimientos del Proceso de Direccionamiento
Estratégico:
ARTÍCULO SEGUNDO. Es responsabilidad de
los Directores, Subdirectores, Jefes de Oficina y Gerentes, velar por la
administración y divulgación de los documentos adoptados. ARTÍCULO TERCERO. La presente resolución
rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las disposiciones que le
sean contrarias, en especial las resoluciones reglamentarias números: 011 del
25 de abril de 2016; 027 del 24 de agosto de 2016; numerales 2 y 3 del artículo
primero de la 032 del 22 de septiembre de 2016 y 044 del 30 de noviembre de
2016. PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE. Dada en Bogotá,
D.C., a los 18 días del mes de diciembre del año 2017. JUAN
CARLOS GRANADOS BECERRA Contralor
de Bogotá D.C. |