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Decreto Local 6 de 2017 Alcaldía Local de San Cristóbal

Fecha de Expedición:
24/05/2017
Fecha de Entrada en Vigencia:
31/05/2017
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 6087 del 31 de mayo de 2017.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO LOCAL 006 DE 2017

 

(Mayo 24)

 

Por el cual se adiciona el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos de Inversión del Fondo de Desarrollo Local de San Cristóbal para la vigencia fiscal del 2017


QUE EL ALCALDE LOCAL DE SAN CRISTÓBAL

 

En uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por el Decreto 1421/93 Y Decreto 372/10,

 

CONSIDERANDO:

 

Que de conformidad con el artículo 31º del Decreto 372 de 2010, “...Toda adición al presupuesto deberá contar con concepto previo del CONFIS y aprobación de la JAL...”

 

Que de acuerdo con la Circular N° 02 el Consejo Distrital de Política Económica y Fiscal-CONFIS, en sus sesiones No. 03 del 30 y 31 de marzo de 2017, conforme a los establecido en los artículos 37 y 38 del Decreto Distrital 372 de 2.010 determinó un monto de $132.994.909 por excedentes financieros a 31 de diciembre de 2016 generados por la localidad de San Cristóbal, los cuales se distribuirán para el siguiente proyecto, proyecto 1531 Acciones de desarrollo y fortalecimiento institucional.

 

Que la Junta Administradora Local de San Cristóbal expidió el Acuerdo Local No 082 del 22 de mayo del 2017 y sancionado por el Alcalde, en el cual se aprueba la modificación al presupuesto para la vigencia 2.017 del Fondo de Desarrollo Local de San Cristóbal.

 

Que en la circular No 02 del CONFIS se estableció los aspectos a considerar para efectuar el ajuste al presupuesto 2017.

 

Que mediante comunicación Nº 2-2017-17745 de 26 de abril de 2017 la Secretaría Distrital de Planeación emitió concepto favorable informado que el Fondo de Desarrollo Local incorporara los recursos recibidos al presupuesto de Gastos e Inversión y sus proyectos de inversión, de modo que estos recursos puedan ser ejecutados según los fines a los cuales han sido destinados.

 

De igual forma y en consonancia con el Artículo 31 Modificaciones Presupuestales del Decreto 372 de 2010, en el numeral 2 Créditos Adicionales, acápite c) Adición por Excedentes Financieros la adición presupuestal de cada Fondo de Desarrollo Local se hará “mediante Acuerdo de la JAL, de acuerdo con la distribución que efectúe el CONFIS”.

 

En mérito de lo anterior,

 

DECRETA:

 

Artículo 1°: Adicionar al Presupuesto de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones del Fondo de Desarrollo Local de San Cristóbal para la Vigencia Fiscal de 2017, la suma de CIENTO TREINTA Y DOS MILLONES NOVECIENTOS NOVENTA Y CUATRO MIL NOVECIENTOS NUEVE PESOS M/C ($132.994.909) conforme al siguiente detalle:

 

CÓDIGO

CONCEPTO

ADICION

2

INGRESOS

132.994.909

2.4

RECURSOS DE CAPITAL

132.994.909

2.4.5

EXCEDENTES FINANCIEROS

132.994.909

 

TOTAL INGRESOS + DISPONIBILIDAD INICIAL

132.994.909

 

3

GASTOS

132.994.909

3.3

INVERSIÓN

132.994.909

3.3.1

DIRECTA

132.994.909

3.3.1.15

BOGOTA MEJOR PARA TODOS

132.994.909

3.3.1.15.07

Eje transversal Gobierno Legítimo Fortalecimiento Local y Eficiente

132.994.909

3.3.1.15.07.46

Gobernanza e Influencia Local, Regional e Internacional

132.994.909

3.3.1.15.07.45.1531

Acciones y desarrollo y fortalecimiento institucional

132.994.909

 

TOTAL GASTOS

132.994.909

 

Artículo 2°: El presente decreto Local rige a partir de la fecha de su publicación.

 

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dado en Bogotá, D.C., a los 24 días del mes de mayo del año 2017

 

JOSÉ IGNACIO GUTIÉRREZ BOLÍVAR

 

Alcalde Local de San Cristóbal