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Resolución Reglamentaria 041 de 2018 Contraloría de Bogotá D.C.

Fecha de Expedición:
13/11/2018
Fecha de Entrada en Vigencia:
16/11/2018
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 6435 del 16 de noviembre de 2018.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 041 DE 2018

 

Derogado por el art. 3, Resolución Reglamentaria 025 de 2021.


(Noviembre 13)

 

Por la cual se adopta la nueva versión del Procedimiento para la Promoción del Control Social y el Ejercicio de Rendición de Cuentas del proceso Participación Ciudadana y Comunicación con Partes Interesadas

 

EL CONTRALOR DE BOGOTÁ, D. C.

 

En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas en el Acuerdo 658 de 2016, modificado por el Acuerdo 664 de 2017, expedidos por el Concejo de Bogotá, D.C., y

 

CONSIDERANDO:

 

Que el artículo 269 de la Constitución Política, consagra la obligación de las entidades públicas de diseñar métodos y procedimientos de control interno, según la naturaleza de sus funciones, y el artículo 4 de la Ley 87 de 1993, contempla los elementos del sistema de control interno institucional, entre ellos, la definición de políticas como guías de acción, los procedimientos para la ejecución de procesos, así como la simplificación y actualización de normas y procedimientos.

 

Que el artículo 270 de la Constitución Política de 1991 ordena la organización de formas y sistemas de participación ciudadana para la vigilancia de la gestión pública y mediante las Leyes 134 de 1994 y 850 de 2003 y el Acuerdo 142 de 2005, expedido por el Concejo de Bogotá D.C., se han establecido mecanismos de participación ciudadana, entre ellos, las veedurías ciudadanas y se han desarrollado procedimientos y requisitos para que la comunidad ejerza de manera organizada y asociativa la vigilancia a la gestión pública.

 

Que la Ley 1474 de 2011, por la cual se dictan normas orientadas a fortalecer los mecanismos de prevención, investigación y sanción de actos de corrupción y la efectividad del control de la gestión pública, establece estrategias de participación ciudadana en la lucha contra la corrupción, entre ellas que las entidades y organismos de la Administración Pública realicen las acciones necesarias con el objeto de involucrar a los ciudadanos y organizaciones de la sociedad civil en la formulación, ejecución, control y evaluación de la gestión pública.

 

Que la Ley Estatutaria 1757 de 2015, por la cual se dictan disposiciones en materia de promoción y protección del derecho a la participación democrática, establece la definición, principios, elementos, estrategias y obligatoriedad del proceso de rendición de cuentas, así como, los espacios de dialogo y las etapas del proceso de los mecanismos de rendición pública de cuentas y las modalidades de control social y sus objetivos.

 

Que el Concejo de Bogotá expidió el Acuerdo 658 de 2016, por el cual se dictan normas sobre organización y funcionamiento de la Contraloría de Bogotá, D. C., que en su artículo establece: “En ejercicio de su autonomía administrativa le corresponde a la Contraloría de Bogotá, D.C., definir todos los aspectos relacionados con el cumplimiento de sus funciones en armonía con los principios consagrados en la Constitución, las Leyes y en este Acuerdo”.

 

Que mediante Resolución Reglamentaría No. 038 del 08 de octubre de 2018, se adoptó la nueva versión del Modelo Estándar de Control Interno – MECI en la Contraloría de Bogotá, D.C., de conformidad con el Decreto 1499 de 2017, modificatorio del Decreto 1083 de 2015 –Decreto Único Reglamentario del Sector Función Pública-, con el fin de incorporar la estructura definida en la dimensión 7ª Control Interno del Manual Operativo del Modelo Integrado de Planeación y Gestión – MIPG.

 

Que el artículo cuarto de la citada resolución, establece como objetivo del Sistema de Control Interno de la Entidad, proporcionar una estructura de control y fortalecer el Sistema de Control Interno, a través de parámetros necesarios (autogestión) para establecer acciones, políticas, métodos, procedimientos, mecanismos de prevención, verificación y evaluación en procura de su mejoramiento continuo (autorregulación), en la cual cada uno de los servidores de la entidad se constituyen en parte integral (autocontrol).

 

Que mediante Resolución Reglamentaria No. 046 del 28 de diciembre de 2017, se adoptó la versión 5.0 del Procedimiento para el Ejercicio del Control Social con Participación Ciudadana, el cual, teniendo en cuenta el concepto de mejora establecido en la NTC ISO 9001:2015, debe ser modificado en su nombre y ajustado para incluir los temas de la medición de la satisfacción del cliente y la rendición de cuentas de la Contraloría de Bogotá, D.C., de conformidad con la Ley 1757 de 2015 y demás normatividad vigente.

 

RESUELVE:

 

ARTÍCULO PRIMERO. Adoptar la nueva versión del siguiente documento dentro del Proceso Participación Ciudadana y Comunicación con Partes Interesadas - PPCCPI de la Contraloría de Bogotá, D.C.:

 

No.

Documento/Procedimiento

Versión

Código

1.

Procedimiento para la Promoción del Control Social y el Ejercicio de Rendición de Cuentas

6.0

PPCCPI - 03

 

ARTÍCULO SEGUNDO. Es responsabilidad de los Directores, Subdirectores, Jefes de Oficina y Gerentes, velar por la aplicación, divulgación y cumplimiento del procedimiento adoptado.

 

ARTÍCULO TERCERO. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias, en especial la Resolución Reglamentaria No. 046 del 28 de diciembre de 2017.

 

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dada en Bogotá, D.C., a los 13 días del mes de noviembre del año 2018.

 

JUAN CARLOS GRANADOS BECERRA

 

Contralor de Bogotá D.C.