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Acuerdo 005 de 2019 Instituto Distrital de Gestión de Riesgos y Cambio Climático - IDIGER

Fecha de Expedición:
08/10/2019
Fecha de Entrada en Vigencia:
28/10/2019
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 6664 del 28 de octubre de 2019.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

ACUERDO 005 DE 2019

 

(Octubre 08)

 

Por el cual se modifica artículo primero del Acuerdo 001 de 2019 expedido por el Consejo Directivo del Instituto Distrital de Gestión de Riesgos y Cambio Climático –IDIGER

 

EL CONSEJO DIRECTIVO DEL INSTITUTO DISTRITAL DE GESTIÓN DE RIESGOS Y CAMBIO CLIMÁTICO -IDIGER-

 

En ejercicio de las atribuciones legales, en especial de las conferidas en el numeral 6 del artículo 6 del Decreto Distrital 173 de 2014 y el numeral 6 del artículo 12 del Acuerdo No. 001 de 2014 expedido por el Consejo Directivo del IDIGER, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que de conformidad con el artículo 68 de la Ley 489 de 1998 “las entidades descentralizadas se sujetan a las reglas señaladas en la Constitución Política, en la presente ley, en las leyes que las creen y determinen su estructura orgánica y a sus estatutos internos”. Esta disposición es aplicable al Instituto Distrital de Gestión de Riesgos y Cambio Climático, en adelante IDIGER de acuerdo con lo dispuesto en el artículo de la mencionada ley.

 

Que el artículo 13 del mencionado decreto, con el fin de garantizar la estabilidad macroeconómica de las finanzas del Distrito Capital, establece que “Con base en la circular que expidan la Secretaria de Hacienda y el Departamento Administrativo del Servicio Civil, la junta o consejo directivo de los Establecimientos Públicos, Unidades Administrativas Especiales con Personería Jurídica, las Empresas Industriales y Comerciales del orden distrital y las Subredes Integradas de Servicios de Salud – ESE, definirán el incremento salarial de los empleados públicos en las mencionadas entidades. Lo anterior, previa expedición del concepto favorable del Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital.”

 

Que en virtud de lo anterior, se profirió la Circular Conjunta No. 001 del 23 de enero de 2019, emitida por la Secretaria Distrital de Hacienda y el Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital – DASCD-, en la que imparten los lineamientos para el Incremento Salarial de los empleados públicos distritales para la vigencia 2019, fijando un porcentaje del 4.38% de incremento salarial para las entidades Descentralizadas del orden distrital, correspondiente al 3.18% cifra de inflación certificada por el DANE, para la vigencia 2018, más 1.2% adicional, en cumplimiento de los compromisos pactados entre la Administración Distrital y las Organizaciones Sindicales en observancia del Decreto Nacional No. 160 de 2014, tal como consta en el Acta del Acuerdo Laboral suscrita el 12 de julio de 2018.

 

Que como consecuencia de lo precedente el Consejo Directivo del Instituto Distrital de Gestión de Riesgos y Cambio Climático –IDIGER, expidió el Acuerdo 001 del 25 de febrero de 2019 por medio del cual fijo a partir del 01 de enero de 2019 el incremento salarial del 4.38% en la asignación básica mensual de los empleados públicos del IDIGER.

 

Que se profirió la Circular Conjunta 005 del 17 de septiembre de 2019, emitida por la Secretaría Distrital de Hacienda y el Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital, en la que se imparten los lineamientos para el ajuste en el incremento para el año 2019 de los empleados públicos del Sector Descentralizado en cuatro punto cinco por ciento (4.5%) acorde al porcentaje definido por el Gobierno Nacional para los empleados públicos de la Rama Ejecutiva, y realizar los ajustes con porcentajes inferiores que corresponden en las respectivas asignaciones básicas sin que sobrepasen los límites máximos salariales determinados por el Gobierno Nacional para cada nivel jerárquico, señalando lo siguiente:

 

“El Gobierno Nacional y las centrales y las federaciones sindicales de los empleados públicos acordaron para el año 2019 que el aumento salarial debe corresponder al incremento porcentual del IPC total en 2018 certificado por el DANE, más uno punto treinta y dos por ciento (1.32%), el cual debe regir a partir del 1 de enero del presente año, y. en consecuencia, los salarios establecidos para los empleados públicos de la Nación se ajustaron en cuatro punto cinco por ciento (4.5%) para el 2019, retroactivo a partir del 1 de enero del presente año.

 

En consideración a que el Gobierno Nacional mediante Decreto No. 1028 del 06 de junio de 2019. “Por el cual se fijan los límites máximos salariales de los Gobernadores, Alcaldes y empleados públicos de las entidades territoriales y se dictan otras disposiciones en materia prestacional”, fijo los límites máximos salariales para los empleados públicos de las entidades territoriales, correspondientes al año 2019, el Alcalde Mayor de Bogotá, mediante Decreto Distrital No. 542 de septiembre 06 de 2019, modifico el Decreto Distrital No. 020 de 2019, ajustando el incremento al cuatro punto cinco por ciento (4.5%) para 2019.”

 

Que de acuerdo con el parágrafo del artículo 12 de la Ley 4a de 1992, al Gobierno Nacional le corresponde señalar el límite máximo salarial de los servidores públicos de las entidades territoriales, guardando equivalencias con cargos similares en el orden nacional.

 

Que en consecuencia, el incremento salarial para los empleados públicos distritales de las entidades descentralizadas del Distrito Capital, se debe efectuar dentro de los límites máximos fijados por el Gobierno Nacional en el Decreto 1028 de 2019, de la siguiente manera:

 

NIVEL JERARQUICO

LIMITE SALARIAL MENSUAL

Directivo

$ 13.744.303

Asesor

$ 10.986.254

Profesional

$  7.674.783

Técnico

$  2.845.090

Asistencial

$  2.816.860

 

Que el presupuesto correspondiente al año 2019, para el Instituto Distrital de Gestión de Riesgos y Cambio Climático —IDIGER-, cuenta con la apropiación necesaria para garantizar el pago de las sumas derivadas de la aplicación del presente Acuerdo tal como consta en certificación expedida por el responsable del Área de Presupuesto de la Entidad, de fecha 23 de septiembre de 2019.

 

Que mediante oficio 2019EE2528 del 08 de octubre de 2019 el Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital – DASCD-, emitió concepto técnico favorable a la propuesta de ajuste al incremento salarial de los empleados públicos del Instituto Distrital de Gestión de Riesgos y Cambio Climático –IDIGER, para la vigencia 2019.

 

Que el Consejo Directivo del el Instituto Distrital de Gestión de Riesgos y Cambio Climático –IDIGER, en sesión llevada a cabo el día 08 de octubre de 2019, según consta en el Acta No. 002 del 08 octubre de 2019, aprobó en el punto 3 del orden del día, la Aprobación del ajuste del incremento salarial para la vigencia 2019.

 

Que en mérito de lo anterior,

 

ACUERDA:

 

ARTÍCULO PRIMERO: Modificar el artículo primero del Acuerdo 001 del 25 de febrero de 2019, el cual quedará así:

 

“ARTÍCULO PRIMERO: ASIGNACIONES BÁSICAS: Fijar a partir del 1° de enero de 2019, el incremento salarial del 4.50% en la asignación básica mensual para las distintas categorías de empleos públicos del Instituto Distrital de Gestión de Riesgos y Cambio Climático –IDIGER-, así:

 

Nivel

Jerárquico

Grado

Salarial

DIRECTIVO

ASESOR

PROFESIONAL

TÉCNICO

ASISTENCIAL

01

-

-

$ 2.347.543

-

-

02

-

-

-

-

-

03

-

-

-

-

-

04

-

$ 4.967.604

-

-

-

05

$ 5.482.433

$ 5.482.433

-

-

-

06

-

-

-

-

-

07

$ 6.699.270

-

-

-

-

08

-

-

$ 2.825.910

-

-

09

$ 8.415.460

-

-

-

-

10

-

-

-

$ 2.235.747

-

11

-

-

-

-

-

12

-

-

$ 3.139.031

-

-

13

-

-

-

-

-

14

-

-

-

-

-

15

-

-

-

-

-

16

-

-

-

-

-

17

-

-

-

-

-

18

-

-

-

-

2.087.784

19

-

-

-

$ 2.703.954

-

20

-

-

-

-

2.235.747

21

-

-

-

-

-

22

-

-

-

-

-

23

-

-

$ 3.995.375

-

-

24

-

-

-

-

-

25

-

-

-

-

-

26

-

-

-

-

-

27

-

-

-

-

-

28

-

-

-

-

-

29

-

-

$ 4.585.188

-

-

 

ARTÍCULO SEGUNDO. COMUNICACIÓN. Comunicar el contenido del presente Acuerdo al Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital –DASCD.

 

ARTÍCULO TERCERO. VIGENCIA. El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su publicación, modifica el artículo primero del Acuerdo 001 de 2019 expedido por el Consejo Directivo del IDIGER y surte efectos fiscales a partir del primero 1° de enero del año dos mil diecinueve (2019).

 

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dado en Bogotá, D. C., a los 08 días del mes de octubre del año 2019.

 

ÓSCAR ALEXÁNDER DUCUARA FALLA

 

Secretario Distrital de Ambiente (E.) Presidente Consejo Directivo

 

RICHARD ALBERTO VARGAS HERNÁNDEZ

 

Director General IDIGER Secretario Técnico

 

ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÀ, D.C. - COMISIÓN INTERSECTORIAL PARA LA GESTIÓN HABITACIONAL Y EL MEJORAMIENTO INTEGRAL DE LOS ASENTAMIENTOS HUMANOS DEL DISTRITO CAPITAL