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Resolución Reglamentaria 005 de 2021 Contraloría de Bogotá D.C.

Fecha de Expedición:
25/02/2021
Fecha de Entrada en Vigencia:
26/02/2021
Medio de Publicación:
Registro Distrital 7063 del 26 de febrero de 2021.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN REGLAMENTARIA  005 DE 2021

 

(Febrero 25)

 

Por la cual se adopta la nueva versión del procedimiento para la elaboración, seguimiento y actualización del Plan Anual de Estudios - PAE, código PEEPP-06 del Proceso de Estudios de Economía y Política Pública –PEEPP- de la Contraloría de Bogotá D.C.

 

EL CONTRALOR DE BOGOTÁ, D. C.

 

En ejercicio de las atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas por el Acuerdo 658 de 2016, modificado por el  Acuerdo 664 de 2017 expedidos por el Concejo de Bogotá, D.C. y

 

CONSIDERANDO:

 

Que inciso sexto del artículo 272 de la Constitución Política de Colombia establece que los Contralores departamentales, distritales y municipales ejercerán, en el ámbito de su jurisdicción, las funciones atribuidas al Contralor General de la República en el artículo 268 ídem, en lo que sea pertinente, según los principios de coordinación, concurrencia y subsidiaridad. El control ejercido por la Contraloría General de la República será preferente en los términos que defina la ley.

 

Que en cumplimiento del artículo 269 Superior, en las entidades públicas es obligación de las autoridades correspondientes, diseñar y aplicar métodos y procedimientos de control interno, según la naturaleza de sus funciones, de conformidad con lo que disponga la ley.

 

Que de acuerdo con los literales b) y l) del artículo 4 de la Ley 87 de 1993[1] se deben implementar como elementos del sistema de control interno institucional, la definición de políticas como guías de acción y procedimientos para la ejecución de procesos; así como, la simplificación y actualización de normas y procedimientos.

 

Que el Decreto 1499 de 2017[2] concibe la dimensión de Direccionamiento Estratégico y Planeación como el instrumento que guía la gestión institucional, con miras a garantizar los derechos, satisfacer las necesidades y solucionar los problemas de los ciudadanos destinatarios de sus productos y servicios, así como para fortalecer la confianza ciudadana en el marco de la legalidad y la integridad.


Que el Acuerdo 658 de 2016[3], establece en el artículo 6 que “En ejercicio de su autonomía administrativa le corresponde a la Contraloría de Bogotá, D.C., definir todos los aspectos relacionados con el cumplimiento de sus funciones en armonía con los principios consagrados en la Constitución, las leyes y en este Acuerdo”.

 

Que mediante Resolución Reglamentaria N° 038 del 8 de octubre de 2018, se adoptó la nueva versión del Modelo Estándar de Control Interno MECI en la Contraloría de Bogotá D.C.[4], con el fin de incorporar la estructura definida en la Dimensión No. 7 Control Interno del Manual Operativo del Modelo Integrado de Planeación y Gestión –MIPG.

 

Que mediante la Resolución Reglamentaria N° 040 del 22 de diciembre de 2017, se adoptó la nueva versión de los procedimientos y documentos relacionados con el Proceso de Estudios de Economía y Política Pública, entre éstos en el numeral 5 del artículo tercero, el Procedimiento para la elaboración, seguimiento y actualización del Plan Anual de Estudios - PAE, código PEEPP-06, versión 10.0.

 

Que producto del análisis del desempeño del Proceso de Estudios de Economía y Política Pública, en el informe de gestión del proceso a junio 30 de 2019, se incorporó la siguiente oportunidad de mejora “(…) fortalecer la planeación del Proceso de Estudios de Economía y Política Pública, involucrando la participación activa de todos los funcionarios en la definición y selección de las políticas públicas distritales y los temas fiscales, económicos, sociales y ambientales para los estudios estructurales”.

 

Que en reunión del Equipo de Gestores del Proceso de Estudios de Economía y Política Pública realizada el 15 de agosto de 2019[5], se analizó la mencionada oportunidad de mejora y se determinó como actividad “actualizar el procedimiento para la elaboración, modificación y seguimiento del Plan Anual de Estudios PAE”, procedimiento que fue actualizado con las dependencias que integran el proceso.

 

Que en consecuencia, se hace necesario adoptar la versión 11.0 del Procedimiento para la elaboración, seguimiento y actualización del Plan Anual de Estudios - PAE, código PEEPP-06.

 

En mérito de lo anterior, el Contralor de Bogotá, D.C.,

 

RESUELVE:

 

ARTÍCULO PRIMERO. Adoptar la nueva versión del procedimiento para la elaboración, seguimiento y actualización del Plan Anual de Estudios - PAE, código PEEPP-06, así:

 

No.

Documento

Código

Versión

1

Procedimiento para la elaboración, seguimiento y actualización del Plan Anual de Estudios - PAE, código PEEPP-06.

PEEPP-06

11.0

 

ARTÍCULO SEGUNDO. Corresponde a los Directores, Subdirectores, Jefes de Oficina y Gerentes, velar por la administración y divulgación del procedimiento adoptado.

 

ARTÍCULO TERCERO. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las normas que le sean contrarias, en especial el numeral 5 del artículo tercero de la Resolución Reglamentaria N° 040 del 22 de diciembre de 2017.

 

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dada en Bogotá, D.C., a los 25 días del mes de febrero del año 2021.

 

ANDRÉS CASTRO FRANCO

 

Contralor de Bogotá, D.C.


Nota: Ver Anexos.


NOTAS DE PIE DE PÁGINA:


[1] “Por la cual se establecen normas para el ejercicio de control interno en las entidades y organismos del Estado y se dictan otras disposiciones”

 

[2] “Por medio del cual se modifica el Decreto 1083 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector Función Pública, en lo relacionado con el Sistema de Gestión establecido en el artículo 133 de la Ley 1753 de 2015”

 

[3] Modificado parcialmente por el Acuerdo 664 de 2017 “Por el cual se dictan normas sobre organización y funcionamiento de la Contraloría de Bogotá D.C., e modifica su estructura orgánica e interna, se fijan funciones de sus dependencias, se modifica la planta de personal, y se dictan otras disposiciones”

 

[4] En cumplimiento del artículo 5 del Decreto Nacional 1499 del 11 de septiembre de 2017, modificatorio del Decreto 1083 de 2015 – Decreto Único Reglamentario del Sector de la Función Pública

 

[5] acta No. 12 de 2019