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Resolución Reglamentaria 025 de 2021 Contraloría de Bogotá D.C.

Fecha de Expedición:
14/10/2021
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN REGLAMENTARIA 025 DE 2021

 

(Octubre 14)


Derogada por el art. 3, Resolución Reglamentaria 011 de 2025.

 

Por la cual se adopta la nueva versión del procedimiento para la promoción del control social y el ejercicio de rendición de cuentas del proceso de participación ciudadana y comunicación con partes interesadas

 

EL CONTRALOR DE BOGOTÁ, D.C.

 

En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas en el Acuerdo 658 de 2016, modificado por el Acuerdo 664 de 2017, expedidos por el Concejo de Bogotá, D.C., y

 

CONSIDERANDO:

 

Que mediante el Acto Legislativo 04 de 2019, se reformó el Régimen del Control Fiscal en Colombia, modificando, entre otros, el artículo 272 de la Constitución Política, norma que asignó a la Auditoría General de la República -AGR- la labor de certificar anualmente a las contralorías territoriales a partir de indicadores de gestión, la cual será insumo para que la Contraloría General de la República las intervenga administrativamente y asuma competencias cuando se evidencie falta de objetividad y eficiencia.

 

Que dicha función se desarrolló en el artículo 30 del Decreto Ley 403 de 2020, según el cual la certificación anual se realizará a partir de la evaluación de indicadores de gestión que permitan medir y calificar las capacidades de los órganos de control fiscal para el cumplimiento objetivo y eficiente de sus funciones, efecto para el que la AGR fijará el objeto de medición y calificación.

 

Que en el marco del proceso de rendición de la cuenta la Auditoría General de la Republica (AGR) solicitó a esta entidad relacionar la información de las actividades de promoción y divulgación (fomento) de la participación ciudadana, en relación con los convenios con organizaciones de la sociedad civil y academia, apoyos y/o acompañamientos en la creación de veedurías ciudadanas y promoción de veedurías o comités de veedurías, entre otros.

 

Que mediante Resolución Reglamentaria 041 del 13 de noviembre de 2018, la Contraloría de Bogotá, D.C., adoptó la versión 6.0 del procedimiento para la promoción del control social y el ejercicio de rendición de cuentas[i] el cual establece las actividades y determina los diferentes tipos de acciones ciudadanas (acciones de diálogo con la comunidad y acciones de formación) y actividades de promoción de control social, con el fin de denominar, identificar y tabular los resultados de la gestión, normativa interna que debe ser actualizada con el fin de incluir el marco legal y conceptual vigente en la materia y las modalidades de promoción del control social requeridos por la AGR.

 

Que en mérito de lo expuesto, el Contralor de Bogotá, D.C.,

 

RESUELVE:

 

Artículo 1. Adoptar la versión 7.0 del “Procedimiento para la Promoción del Control Social y el Ejercicio de la Rendición de Cuentas del Proceso de Participación Ciudadana y Comunicación con las Partes Interesadas”, Código PPCCPI - 03.

 

Artículo 2. Es responsabilidad de los Directores, Subdirectores, Jefes de Oficina y Gerentes, velar por la aplicación, divulgación y cumplimiento del procedimiento adoptado.

 

Artículo 3. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias, en especial la Resolución Reglamentaria 041 del 13 de noviembre de 2018.

 

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dada en Bogotá, D.C., a los 14 días del mes de octubre del año 2021.

 

ANDRÉS CASTRO FRANCO

 

Contralor de Bogotá, D.C.


NOTAS DE PIE DE PÁGINA:


[i] El que hace parte del proceso de participación ciudadana y comunicación con partes interesadas.


NOTA: Ver Anexo.