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Decreto 487 de 2021 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
07/12/2021
Fecha de Entrada en Vigencia:
08/12/2021
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 7306 del 07 de diciembre de 2021.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO 487 DE 2021

 

(Diciembre 07)

 

Por el cual se efectúa un traslado en el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones del Distrito Capital, para la vigencia fiscal de 2021, con cargo al Fondo de Compensación Distrital y con destino al Presupuesto de Gastos de Funcionamiento de la Unidad Administrativa Especial Cuerpo Oficial Bomberos de Bogotá y del Instituto Distrital de las Artes

 

LA ALCALDESA MAYOR DE BOGOTÁ D. C.

 

En uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por el numeral 3 del artículo 38 del Decreto Ley 1421 de 1993, los artículos 35 y 63 del Decreto Distrital 714 de 1996, artículo 15 del Decreto Distrital 192 de 2021 y

 

CONSIDERANDO:

 

Que el artículo 35 del Decreto Distrital 714 de 1996, “Por el cual se compilan el Acuerdo 24 de 1995 y el Acuerdo 20 de 1996 que conforman el Estatuto Orgánico del Presupuesto Distrital”, estableció que con cargo al Fondo de Compensación Distrital se podrán atender los faltantes de apropiación en gastos de funcionamiento de las entidades en la respectiva vigencia fiscal.

 

Que el artículo 63 ídem, determinó que podrán efectuarse modificaciones al presupuesto mediante traslados presupuestales, créditos adicionales y cancelación de apropiaciones.

 

Que el Decreto Distrital 192 de 2021, reglamentario del Estatuto Orgánico del Presupuesto Distrital, consagró en el artículo 15 que durante la ejecución del presupuesto anual del Distrito Capital y de los fondos de desarrollo local, se hiciere indispensable utilizar los recursos del Fondo de Compensación Distrital para atender faltantes de apropiación en gastos de funcionamiento, la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto - estudiará, evaluará los requerimientos y preparará el acto administrativo correspondiente.

 

Que adicionalmente, el artículo 15 ídem, establece que cuando la operación presupuestal afecte los recursos del Fondo de Compensación Distrital, se hará mediante decreto de la Alcaldesa Mayor de Bogotá D.C., previa expedición del certificado de disponibilidad presupuestal por parte de la Dirección Distrital de Presupuesto y la solicitud de la entidad correspondiente.

 

Que la Unidad Administrativa Especial Cuerpo Oficial Bomberos - UAECOB, mediante oficio con No. 2021ER171683O1 del treinta (30) de septiembre, y alcance a través de correo electrónico del veintiuno (21) de octubre de 2021, y el Instituto Distrital de las Artes - IDARTES, mediante comunicación con No. 2021ER188065O1 del veintidós (22) de octubre de 2021, radicaron en la Secretaría Distrital de Hacienda respectivamente, las solicitudes de adición de recursos en sus presupuestos de gastos de funcionamiento por valor de seis mil quinientos dos millones de pesos M/Cte. ($6.502.000.000), la primera, y trescientos ochenta y dos millones novecientos cuarenta y tres mil pesos M/Cte. ($382.943.000), la segunda, con el fin de cubrir los faltantes de apropiación de algunos rubros de gastos de personal, necesarios para el pago de la nómina del mes de diciembre de 2021.

 

Que la Dirección Distrital de Presupuesto realizó la evaluación de los requerimientos efectuados por la Unidad Administrativa Especial Cuerpo Oficial Bomberos y el Instituto Distrital de las Artes, considerando su viabilidad con fundamento en el análisis de los documentos aportados por las entidades, las proyecciones de las necesidades, el porcentaje de ejecución presupuestal vigente y estimado a treinta y uno (31) de diciembre de 2021.

 

Que con cargo al rubro Fondo de Compensación Distrital, la Dirección Distrital de Presupuesto expidió el dieciocho (18) de noviembre de 2021 el certificado de disponibilidad presupuestal No. 195, por valor de seis mil ochocientos ochenta y cuatro millones novecientos cuarenta y tres mil pesos M/Cte. ($6.884.943.000).

 

Que en el presupuesto de gastos e inversiones de la Secretaría Distrital de Hacienda - Unidad Ejecutora 02, existe el rubro Fondo de Compensación Distrital para atender estos requerimientos.

 

En mérito de lo expuesto,

 

DECRETA:

 

Artículo 1. Trasladar en el presupuesto anual de rentas e ingresos y de gastos e inversiones del Distrito Capital para la vigencia fiscal 2021, la suma de seis mil ochocientos ochenta y cuatro millones novecientos cuarenta y tres mil pesos M/Cte. ($6.884.943.000), según el siguiente detalle:

 

 

 

 

Artículo 2. El presente Decreto rige a partir del día siguiente a la fecha de su publicación en el Registro Distrital.

 

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dado en Bogotá, D.C., a los 07 días del mes de diciembre del año 2021.

 

CLAUDIA NAYIBE LÓPEZ HERNÁNDEZ

 

Alcaldesa Mayor de Bogotá D.C.

 

JUAN MAURICIO RAMÍREZ CORTÉS

 

Secretario Distrital de Hacienda


NOTA: Ver Anexo (Antecedentes y Exposición de Motivos).