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DECRETO 496 DE 2022
(Noviembre 02)
Por medio del cual se realiza una adición al Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de Bogotá, Distrito Capital, para la vigencia fiscal comprendida entre el 10 de enero y el 31 de diciembre de 2022
LA ALCALDESA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.
En uso de sus atribuciones legales y en especial las conferidas por el artículo 38 numeral 3 del Decreto Ley 1421 de 1993, los artículos 63 y 65 del Decreto 714 de 1996, el artículo 130 del Acuerdo 761 de 2020 y,
CONSIDERANDO:
Que mediante el Decreto Distrital 518 del 16 de diciembre de 2021 se expidió el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de Bogotá, Distrito Capital, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1° de enero y el 31 de diciembre de 2022, el cual fue liquidado mediante el Decreto Distrital 540 del 24 de diciembre de 2021. Que de conformidad con el Artículo 63 del Decreto Distrital 714 de 1996, cuando fuere necesario aumentar o disminuir la cuantía de las apropiaciones, cancelar las aprobadas o establecer otras nuevas, podrán hacerse las correspondientes modificaciones al presupuesto mediante traslados, créditos adicionales y la cancelación de apropiaciones.
Que el Artículo 65 ídem dispone que durante la ejecución del Presupuesto Anual del Distrito si se hiciere indispensable aumentar el monto de las apropiaciones, para complementar las insuficientes, ampliar los servicios existentes o establecer nuevos servicios autorizados por la Ley, se pueden abrir créditos adicionales por el Concejo o por el Gobierno, con arreglo a las disposiciones legales.
Que el Acuerdo Distrital 761 de 2020 en su artículo 130 dispone que los ingresos que la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital perciba como remuneración por la prestación del servicio público catastral, en su condición de gestor u operador catastral, harán parte de su presupuesto como rentas propias, serán recaudados directamente por la entidad y apropiados en su presupuesto mediante Decreto.
Que la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital – UAECD solicitó a la Secretaría Distrital de Hacienda, mediante comunicación con radicado 2022EE66726 O1 del 2 de septiembre de 2022 la adición presupuestal por SIETE MIL MILLONES DE PESOS M/Cte. ($7.000.000.000), producto de los mayores ingresos que tendrá la entidad en esta vigencia por los contratos y/o convenios suscritos con entidades territoriales en el marco de los servicios catastrales que presta la entidad como gestor y operador catastral, necesarios para la financiación de los gastos asociados a los compromisos de dichos convenios por la gestión catastral y para el fortalecimiento institucional.
Que la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital – UAECD informa que estos recursos se destinarán:
$4.200.000.000, Proyecto 7775 Implementación y prestación de los servicios de gestión y/u operación catastral oficial con fines multipropósito en 20 entidades territoriales. Para cubrir las necesidades de personal, insumos e infraestructura para dar cumplimiento a los compromisos adquiridos a través de los convenios y/o contratos con los municipios de: Pereira, Dosquebradas, Santa Rosa de Cabal, Palmira, Armenia, Cartagena y 11 municipios del departamento de Cundinamarca.
$1.800.000.000, Proyecto 7840 - Fortalecimiento de la gestión catastral con enfoque multipropósito en Bogotá́ D.C. Para fortalecer la capacidad del equipo misional para contar con personal experto en la atención de trámites relacionados con cabida y linderos, englobes y desenglobes, visitas a terreno y la adición a los contratos actuales del personal que está relacionado con atención de trámites desde los componentes físicos (incluido lo cartográfico), jurídicos y económicos, así mismo del personal de seguimiento y apoyo a la gestión y la contratación nueva para reemplazar personal de planta de la entidad que está apoyando en Territorios y en la implementación del Catastro Multipropósito para Bogotá. De igual forma, la UAECD debe disponer de personal experto para cumplir con la demanda de solicitudes de avalúos comerciales para proyectos de infraestructura de entidades distritales, que en el segundo semestre de 2022 van a demandar más de 800 avalúos.
$1.000.000.000, Proyecto 7841 - Fortalecimiento Institucional de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital – UAECD. Para continuar con la modernización de la infraestructura tecnológica y contar con el personal especializado para atender los diferentes procesos que contribuyan al fortalecimiento de la entidad.
Que en cumplimiento de los requisitos previsto en el Decreto Distrital 192 de 2021, la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital – UAECD presenta el concepto favorable No 2-2022-118153 del 25 de agosto de 2022 expedido por la Secretaría Distrital de Planeación por valor de $7.000.000.000.
Que el Consejo Directivo de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital emite el acuerdo No. 002 del 13 de septiembre de 2022, “Por el cual se emite concepto favorable de adición al Presupuesto de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de la UAECD para la vigencia 2022”.
Que, de conformidad con lo expuesto, se requiere ajustar el Presupuesto de Rentas e Ingresos y de gastos e inversiones de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital para la vigencia 2022, en la suma de SIETE MIL MILLONES DE PESOS M/Cte. ($7.000.000.000).
En virtud de lo anterior, DECRETA:
ARTÍCULO 1°. Adicionar el Presupuesto de Rentas e Ingresos de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1° de enero y el 31 de diciembre de 2022, en la suma de SIETE MIL MILLONES DE PESOS M/Cte. ($7.000.000.000), según el siguiente detalle:
226-01 Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital – UAECD
ARTÍCULO 2°. Adicionar el Presupuesto de Gastos e Inversiones de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital para la vigencia fiscal comprendida entre el 1° de enero y el 31 de diciembre de 2022, en la suma de SIETE MIL MILLONES DE PESOS M/Cte. ($7.000.000.000), según el siguiente detalle:
ARTÍCULO 3°. Una vez expedido el presente decreto, la Secretaría Distrital de Hacienda, a través de la Dirección Distrital de Presupuesto, incorporará las modificaciones en el Sistema de Información Presupuestal.
ARTÍCULO 4°. La Secretaría Distrital de Hacienda informará de estas operaciones a la Comisión de Presupuesto del Concejo Distrital, dentro de los treinta (30) días siguientes a la incorporación de estos recursos.
ARTÍCULO 5°. El presente Decreto rige a partir del día siguiente a la fecha de su publicación.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Bogotá D.C., a los 02 días del mes de noviembre del año 2022.
CLAUDIA NAYIBE LÓPEZ HERNÁNDEZ
Alcaldesa Mayor
JUAN MAURICIO RAMÍREZ CORTÉS
Secretario Distrital de Hacienda
Nota: Ver norma original en Anexos. |