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CIRCULAR CONJUNTA IDIGER – IDPAC 002 DE 2023
(Agosto 01)
DE: DIRECTOR GENERAL DEL INSTITUTO DISTRITAL DE GESTIÓN DE RIESGOS Y CAMBIO CLIMÁTICO - IDIGER.
DIRECTOR GENERAL DEL INSTITUTO DISTRITAL DE LA PARTICIPACIÓN Y ACCIÓN COMUNAL -IDPAC.
PARA: ORGANIZACIONES SOCIALES Y COMUNITARIAS DE BOGOTÁ D.C
OBJETO: Definir el mecanismo para elegir a los representantes de las organizaciones sociales y comunitarias ante los Consejos Locales de Gestión de Riesgos y Cambio Climático.
El Instituto Distrital de Gestión de gestión de riesgos y cambio climático IDIGER emprende acciones y genera lineamientos para la gestión del riesgo de desastres y la adaptación al cambio climático, en el marco de la coordinación del SDGR-CC en el Distrito Capital, con el fin de proteger a las personas en situación de riesgo y lograr el desarrollo sostenible de Bogotá D.C.
Por su parte, conforme a lo establecido en el artículo 53 del Acuerdo 257 de 2006, el objeto del Instituto Distrital de la Participación y Acción Comunal es garantizar el derecho a la participación ciudadana y propiciar el fortalecimiento de las organizaciones sociales, atendiendo las políticas, planes y programas que se definan en estas materias. De igual forma, El Instituto Distrital de la Participación y Acción Comunal tiene, entre otras, las funciones básicas de i) fomentar la cultura democrática y el conocimiento y apropiación de los mecanismos de participación ciudadana y comunitaria; ii) diseñar y gestionar estrategias e instrumentos que concreten las políticas en materia de participación y organización de la ciudadanía; y iii) diseñar y promover la estrategia que garantice la información suficiente para una efectiva participación ciudadana.
A su vez, de conformidad con lo establecido en el parágrafo 2º del artículo 22 del Decreto Distrital 172 de 2014, el “IDIGER en coordinación con el Instituto Distrital de la Participación y Acción Comunal -IDPAC-, definirá los mecanismos de selección de los representantes de la sociedad civil”, en concordancia con lo establecido en el artículo 2º de la Resolución del IDIGER Nº 106 de 2014, según el cual, estas dos entidades “convocarán a las organizaciones sociales y comunitarias de las Localidades, a inscribirse y designar un(a) delegado(a) para participar en la Asamblea Local respectiva, que elegirá el (la) representante de las organizaciones sociales y comunitarias ante cada uno de los Consejos Locales de Gestión de Riesgos y Cambio Climático”, así como también mediante circular conjunta definirán la fecha y el lugar de la convocatoria a la Asamblea y los mecanismos de selección de los representantes, en atención a lo dispuesto en el artículo 5 ibídem.
Para este propósito, de forma conjunta, se define el mecanismo para elegir a los representantes de las organizaciones sociales y comunitarias ante los Consejos Locales de Gestión de Riesgos y Cambio Climático, de la siguiente forma:
1. Mecanismo para la elección
La elección de los y las representantes de las organizaciones sociales y comunitarias ante los Consejos Locales de Gestión de Riesgos y Cambio Climático del periodo 2023 – 2025, se realizará mediante asambleas presenciales en cada una de las localidades del Distrito de conformidad con lo dispuesto en la presente circular. La elección se desarrollará de manera electrónica en cada asamblea a través del Sistema de Votación Electrónica Ciudadana VOTEC, como ejercicio de participación ciudadana que permite materializar de forma autónoma el derecho fundamental a la participación democrática y la intervención de los ciudadanos en la toma de decisiones.
Se elegirá un representante principal y un suplente por localidad. El suplente será aquel que le siga en número de votos a quien haya obtenido la mayor votación de conformidad con el acta de escrutinio.
Teniendo en cuenta las características de ruralidad de la localidad de Sumapaz, el artículo 23 del Decreto 172 de 2014 establece que la composición del Consejo Local de Gestión de Riesgos y Cambio Climático para esta localidad tendrá un carácter especial, con dos (2) representantes principales de las organizaciones agrarias, campesinas, ambientales y comunitarias y dos suplentes.
El Consejo Local de Gestión de Riesgos y Cambio Climático de la localidad de Sumapaz, en sesión ordinaria del mes de julio del 2023, definirá el cronograma particular para la elección democrática de dos representantes de las organizaciones agrarias, campesinas, ambientales y comunitarias de dicha localidad, este cronograma será informado al IDIGER e IDPAC para realizar el proceso de elección correspondiente teniendo en cuenta las particularidades propias de una localidad rural.
2. Requisitos para los (las) votantes y candidatos(as):
Los requisitos de los (las) votantes y candidatos(as) a representantes de las organizaciones sociales y comunitarias ante los Consejos Locales de Gestión de Riesgo y Cambio Climático, son:
3. Periodo
El periodo de los (las) representantes de las organizaciones sociales y comunitarias ante los Consejos Locales de Gestión de Riesgo y Cambio Climático es de dos (2) años, contados a partir de su posesión de conformidad con loestablecido en el artículo 6° de la resolución IDIGER 106 del 2014.
4. Prohibiciones, inhabilidades, incompatibilidades o conflicto de intereses del (la) representante.
Para efectos de la presente circular, el (la) representante de las organizaciones sociales y comunitarias ante los Consejos Locales de Gestión de Riesgos y Cambio Climático estará sujeto al régimen de prohibiciones, inhabilidades, incompatibilidades o conflicto de intereses establecidas en la Ley 1952 de 2019.
Podrán ser candidatos o votantes todos los representantes o delegados (as) de las organizaciones sociales y comunitarias que cumplan con los requisitos de la presente circular.
Las organizaciones sociales y comunitarias podrán avalar a máximo un candidato y/o votante por localidad para participar de las elecciones de representantes de organizaciones sociales y comunitarias ante los Consejos Locales de Gestión de Riesgos y Cambio Climático, en caso de presentarse más de un delegado (a) avalado por una misma organización social y/o comunitaria se realizará la consulta a la organización social para la ratificación de un único (a) delegado (a) por localidad.
5. Divulgación del proceso electoral.
Con el fin de fortalecer el proceso democrático mediante el cual se designan los y las representantes de organizaciones sociales y comunitarias ante los Consejos Locales de Gestión de Riesgo y Cambio Climático, así como promover la inclusión y participación de los procesos organizativos en materia de gestión de riesgos y cambio climático, el IDIGER y el IDPAC realizarán la divulgación del presente proceso electoral, de acuerdo con el numeral 17 de la presente circular, garantizando el proceso de transparencia del proceso.
6. Inscripción de los (las) votantes y candidatos (as) de organizaciones sociales y comunitarias
La inscripción de los y las representantes de las organizaciones sociales y comunitarias, se realizará mediante la plataforma de votación electrónica ciudadana VOTEC del Instituto Distrital de la Participación y Acción Comunal, la cual proporciona una experiencia de votación electrónica para la ciudadanía que se caracteriza por ser fácil, confiable, segura y transparente. El enlace para acceder a la plataforma estará disponible en las páginas web del IDIGER, IDPAC y de las Alcaldías Locales. Las inscripciones se realizarán de acuerdo con el cronograma establecido en el numeral 17 de la presente circular.
El Instituto Distrital de la Participación y Acción Comunal y el Instituto Distrital de Gestión de Riesgos y Cambio Climático, verificarán la información y documentación suministrada por cada uno de los (las) candidatos (as) y votantes en la etapa de inscripción. El manejo y tratamiento de datos personales se hará conforme a la Ley Estatutaria 1581 de 2012.
7. Acreditación de los (las) votantes y candidatos (as) de organizaciones sociales y comunitarias que participarán en la Asamblea de Elección.
Los (las) votantes y candidatos (as) que cumplan con los requisitos señalados en el punto 2 de la presente circular, recibirán por correo electrónico la acreditación de su inscripción al proceso de elección de acuerdo con el cronograma establecido en el numeral 17 de la presente circular. La acreditación establecerá de manera expresa estar habilitado(a) para participar en el proceso de elección de los representantes de las organizaciones sociales y comunitarias ante los Consejos Locales de Gestión de Riesgo y Cambio Climático y señala la hora, lugar y fecha de la asamblea presencial al cual está inscrito.
8. Subsanaciones
En caso de no cumplir con el lleno de los requisitos, el interesado recibirá por correo electrónico las observaciones realizadas y tendrá tiempo para presentar la(s) subsanación(es) correspondiente(s), de acuerdo con el cronograma establecido en el numeral 17 de la presente circular.
9. Asambleas de Elección.
Una vez realizadas las inscripciones de votantes y candidatos (as), se realizarán asambleas presenciales por localidad de acuerdo con el cronograma señalado en la presente circular, en las que se elegirán los (las) representantes a los Consejos Locales de Gestión de Riesgos y Cambio Climático, así como la constitución de los nodos locales de la Red Social de Gestión de Riesgos y Cambio Climático constituido por los votantes y candidatos que participen de la asamblea de elección.
Las asambleas presenciales se realizarán en los lugares apropiados dispuestos por el Instituto Distrital de Gestión de Riesgos y Cambio Climático. Se informará a los delegados inscritos a través de la carta de acreditación la hora, lugar y fecha de la asamblea presencial al cual está inscrito.
10. Desarrollo de la Asamblea.
Se realizará una asamblea de elección presencial por cada localidad y serán instaladas por el (la) alcalde (sa) local o su delegado (a), las asambleas serán presididas por un (a) delegado del IDPAC, la responsabilidad de actuar como secretaria técnica y de llevar acta correspondiente a la asamblea de elección será del delegado (a) del IDIGER, las demás entidades integrantes del CLGR-CC presentes cumplirán funciones de apoyo en el proceso de elección. Redacción
Toda persona inscrita para participar en el proceso de elección tendrá derecho a un único voto en la asamblea a la que se hubiere inscrito, el cual podrá ejercer según lo estipulado en el numera 11 de votación
El orden del día de la asamblea será el siguiente:
- Llamado a lista y verificación de quórum, 5 minutos
- Instalación por parte del (la) Alcalde (sa) Local o su delegado (a). 5 minutos
- Presentación general del componente de participación en la gestión del riesgo y el cambio climático desde el Decreto
- 172 de 2014 a cargo del IDIGER. 10 minutos
- Presentación de las reglas de elección del representante de organizaciones sociales y comunitarias ante el Consejo Local de Gestión de Riesgo y Cambio Climático, y plataforma Votec por parte del IDPAC. 10 minutos
- Presentación de propuestas por parte de los (las) candidatos (as). Cada aspirante tendrá un máximo de 5 minutos para exponer sus propuestas en la Asamblea de Elección.
- Constitución del Nodo local de la Red Social de Gestión de Riesgos y Cambio Climático.
- Apertura de las urnas electrónicas y presentación del comité de escrutinio (Facebook live).
- Votación según las especificaciones de la presente circular.
- Escrutinio para cada una de las asambleas presenciales por localidad (Facebook live).
- Presentación y posesión ante cada una de las asambleas de elección del representante y suplente de las organizaciones sociales y comunitarias ante los Consejos Locales de Gestión de Riesgos y Cambio Climático.
- Cierre.
11. VOTACIÓN
La elección de los Representantes de organizaciones sociales y comunitarias ante el CLGR-CC se realizará a través del sistema electrónico de votación correspondiente de conformidad con lo dispuesto en la presente circular. Cada delegado tendrá derecho a un (1) voto en la Asamblea de elección correspondiente a cual se haya inscrito, y deberá ejercerse de la siguiente manera:
Paso 1: dirigirse a los equipos de cómputo dispuestos en cada asamblea presencial, donde encontrará la página del sistema electrónico de votación correspondiente.
Paso 2: Identificación con el número de documento de identidad y la clave de cuatro (4) dígitos creada en el momento de la inscripción. Paso 3: Ubicación de la localidad en la que se inscribió para votar.
Paso 4: Elección del (la) candidato (a) de su preferencia.
Paso 5: Dar la opción de envío de un solo voto para que quede registrado.
La votación se realizará a través de la Plataforma VOTEC, como ejercicio de participación ciudadana a través de un sistema electrónico que permite materializar de forma autónoma el derecho fundamental a la participación democrática y la intervención de los ciudadanos en la toma de decisiones, para este ejercicio cada asamblea presencial contará con equipos de cómputo en el cual los delegados presentes podrán ejercer su derecho al voto conforme a la presente circular.
12. Censo Electoral
El censo electoral para la elección del Representante de las organizaciones sociales y comunitarias ante el CLGRCC, estará conformado por los votantes y candidatos que cumplan los requisitos señalados en la presente circular y estén habilitados para votar en cada una de las Asambleas de elección.
13. Fórmula Electoral
La fórmula electoral utilizada para determinar los (las) representantes de las organizaciones sociales y comunitarias ante los Consejos Locales de Gestión de Riesgos y Cambio Climático será de mayoría simple. Resultará electo (a) como representante principal la persona que obtenga la mayor votación, y representante suplente la persona que obtenga la segunda mayor votación en cada una de las asambleas presenciales.
14. Comité de Escrutinio.
El comité de escrutinio estará conformado por el Director del IDPAC, el Director del IDIGER y dos delegados de los entes de control del Distrito, este comité tendrá las siguientes funciones:
- Realizar el escrutinio de los votos de cada una de las asambleas.
- Emitir las actas de escrutinio con los resultados del proceso electoral de cada una de las asambleas.
- Tramitar y resolver las impugnaciones presentadas por las asambleas a los resultados electorales.
- Resolver los desempates que se presenten para cada una de los procesos de votación.
a). Escrutinio y resultados de la votación. El escrutinio se realizará una vez cerradas las votaciones en la Plataforma VOTEC y será transmitido por Facebook Live. Así mismo, para el conocimiento de todos los participantes los resultados del proceso electoral se publicarán en las redes sociales del IDIGER y del IDPAC, así como en las páginas web institucionales al siguiente día hábil posterior al proceso de elección. El acta de escrutinio será suscrita por el Comité de escrutinio, debiendo contar como mínimo, con la información de la Localidad, el nombre de los candidatos (as), el número de votos correspondiente a cada uno de los (las) candidatos (as), los resultados de la elección y la identificación de los (las) candidatos (as) elegidos (as).
En caso de que exista un empate para la elección de un representante y/o suplente, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 183 del Código Electoral, se colocarán en una urna las papeletas con los nombres de los(as) candidatos(as) o de quienes encabezan las listas que hubiesen obtenido igual número de votos y un miembro del comité de escrutinio extraerá de la urna una de las papeletas. El nombre que ésta contuviere será el del candidato a cuyo favor se declara la elección. Este proceso deberá adelantarse de manera inmediata por el comité de escrutinio
15. Impugnación.
Podrán impugnar las elecciones quienes hayan participado como votantes y/o candidatos(as) en la asamblea presencial; para ello, deberán manifestarlo en la asamblea respectiva, y su atención y respuesta se dará en desarrollo de esta.
Solo serán causales de impugnación las siguientes:
- Errores aritméticos en el proceso de conteo de votos.
- No coincidencia entre los nombres de los (as) candidatos (as) y los datos consignados en su documento de identidad.
- La persona elegida no se inscribió para el cargo al que resultó electa.
El comité de escrutinio es la máxima instancia para tramitar las impugnaciones presentadas a los resultados electorales
16. Constitución Nodo local
El Nodo Local de la Red Social de Gestión de Riesgo y Cambio Climático se reunirá periódicamente para apoyar, fortalecer y evaluar la gestión del representante ante el CLGR-CC y adoptar las medidas que considere pertinente.
17. Cronograma de Actividades y Responsabilidades.
19.(sic) Representantes Vigentes:
Por lo anterior, el período de los (las) representantes de organizaciones sociales y comunitarias ante los Consejos Locales de Gestión de Riesgo y Cambio Climático actuales será extendido hasta el día de la proclamación de los nuevos Consejeros electos en el presente proceso de elección, según el cronograma de la presente circular.
La presente Circular se firma de manera conjunta en Bogotá D.C. a los 01 días del mes de agosto del año 2023.
GUILLERMO ESCOBAR CASTRO
Director General Instituto Distrital de Gestión de Riesgos y Adaptación al Cambio Climático – IDIGER
ALEXANDER REINA OTERO
Director General Instituto Distrital de la Participación y Acción Comunal - IDPAC |