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RESOLUCIÓN 004 DE 2024
(Mayo 02)
Por medio de la cual se delega la participación e intervención del Alcalde Mayor de Bogotá, D. C., en la diligencia de deslinde en la totalidad de la línea limítrofe comprendida entre Bogotá, Distrito Capital y el municipio de Chía en el departamento de Cundinamarca, de que trata la Resolución 257 de 2024 del Instituto Geográfico Agustín Codazzi -IGAC
EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, D. C.
En ejercicio de sus facultades legales, en especial las conferidas por el artículo 9 de la Ley,489 de 1998, el artículo 17 del Acuerdo Distrital 257 de 2006 y.
CONSIDERANDO:
Que el artículo 209 de la Constitución Política, establece que la función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la delegación y la desconcentración de funciones.
De conformidad con el artículo 9 de la Ley 489 de 1998 “Por la cual se dictan normas sobre la organización y funcionamiento de las entidades del orden nacional, se expiden las disposiciones, principios y reglas generales para el ejercicio de las atribuciones previstas en los numerales 15 y 16 del artículo 189 de la Constitución Política y se dictan otras disposiciones”, las autoridades administrativas, en virtud de lo dispuesto en la Constitución Política, podrán mediante acto de delegación, transferir el ejercicio de funciones a sus colaboradores o a otras autoridades, con funciones afines o complementarias.
El artículo 17 del Acuerdo Distrital 257 de 2006 “Por el cual se dictan normas básicas sobre la estructura, organización y funcionamiento de los organismos y de las entidades de Bogotá, Distrito Capital, y se expiden otras disposiciones”, determina que las autoridades administrativas del distrito capital podrán delegar el ejercicio de sus funciones a sus colaboradores o a otras entidades con funciones afines o complementarias.
El artículo 35 del precitado Decreto Ley 1421 de 1993, consagra que el alcalde mayor representa legalmente a Bogotá, D.C., en tanto que el artículo 53 ídem, determina que el primer mandatario de la ciudad ejerce sus atribuciones por medio de las entidades y organismos creados por el Concejo de Bogotá D.C.
Mediante Resolución 257 de 2024 del Director de Gestión de Información Geográfica del Instituto Geográfico Agustín Codazzi -IGAC, se ordena la apertura y realización de la diligencia de deslinde de la totalidad de la línea limítrofe entre Bogotá Distrito Capital y el municipio de Chía, en el departamento de Cundinamarca.
Por medio del artículo 5 ídem, se convoca al representante legal de Bogotá D.C., para iniciar la diligencia de deslinde que se llevará a cabo el 7 de mayo de 2024, a las 9:00 a.m., en la forma prevista en dicha disposición.
El artículo 6 de la citada Resolución, indica que el representante legal de Bogotá D.C., puede intervenir directamente en las actuaciones, o a través de un delegado, allegando el acto administrativo que así lo disponga, de conformidad con lo establecido en los artículos 2.2.2.4.2 y 2.2.2.4.3 del Decreto 1170 de 2015.
Por lo anterior se hace necesario designar al/a delegado/a del Alcalde Mayor de Bogotá D.C., para la participación e intervención en la citada diligencia, así como, para la realización de las actuaciones que se deriven o que sean inherentes a la misma o al proceso indicado en la Resolución 257 de 2024 del IGAC.
En mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
Artículo 1º.- Delegar en el/la Subgerente de Información Física y Jurídica de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital, la participación e intervención del Alcalde Mayor de Bogotá D.C., en la diligencia de deslinde fijada en la Resolución 257 de 2024 proferida por el Director de Gestión de Información Geográfica del Instituto Geográfico Agustín Codazzi - IGAC, así como para la realización de las actuaciones que se deriven o que sean inherentes a la misma o al proceso referido en dicho acto.
Artículo 2º.- Comunicar el contenido del presente acto, a través de la Subdirección de Gestión Documental de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., al/la Subgerente de Información Física y Jurídica de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital, y al/la directora/a de Gestión de Información Geográfica del Instituto Geográfico Agustín Codazzi - IGAC, esta última, en la carrera 30 Nº 48-51 de Bogotá D.C.
Parágrafo. - En el acto de comunicación al/la Subgerente de Información Física y Jurídica de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital, deberá hacérsele entrega de copia de la Resolución 257 de 2024 del IGAC y del escrito de notificación de dicho acto.
Artículo 3º.- La presente resolución rige a partir del día siguiente al de la fecha de su expedición y deroga las disposiciones que le sean contrarias.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá D.C., a los 02 días del mes de mayo del año 2024.
CARLOS FERNANDO GALÁN PACHÓN
Alcalde Mayor
Nota: Ver norma original en Anexos. |