| Cargando el Contenido del Documento | |
| Por favor espere... |
|
RESOLUCIÓN 002 DE 2024
(Agosto 21)
Por la cual se realiza la entrega del servicio público catastral en el municipio de Santa Rosa de Cabal, Risaralda
En virtud de la delegación efectuada por la Directora de esta Entidad, a través de la Resolución No. 0359 de 2024, para la expedición de los actos administrativos necesarios para el cumplimiento de las actividades propias de la gestión catastral en el municipio de Santa Rosa de Cabal, Risaralda (en calidad de gestor saliente), en virtud del Convenio Interadministrativo 0031 de 2021 y en uso de sus facultades legales y conforme lo dispuesto por el artículo 79 de la Ley 1955 de 2019 modificado por el artículo 43 de la Ley 2294 de 2023; el parágrafo 1 del artículo 63 del Acuerdo Distrital 257 de 2006, modificado por el artículo 291 del Acuerdo Distrital 927 de 2024, el Acuerdo 004 de 2021 del Consejo Directivo de la UAECD, y en especial la Resolución 1040 del 2023 modificada parcialmente por la Resolución 746 de 2024, expedidas por el IGAC y,
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 79 de la Ley 1955 de 2019 modificado por el artículo 43 de la Ley 2294de 2023 establece que la gestión catastral es un servicio público prestado directamente por el Estado, que comprende un conjunto de operaciones técnicas y administrativas orientadas a la adecuada formación, actualización, conservación y difusión de la información catastral con enfoque multipropósito, para contribuir a la prestación eficiente de servicios y trámites de información catastral a la ciudadanía y a la administración del territorio en términos de apoyo para la seguridad jurídica del derecho de propiedad inmueble, el fortalecimiento de los fiscos locales y el apoyo a los procesos de planeación y ordenamiento territorial, con perspectiva intercultural.
Que, el parágrafo 1 del artículo 63 del Acuerdo Distrital 257 de 2006, modificado por el artículo 291 del Acuerdo Distrital 927 de 2024, establece que la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital tendrá a su cargo el ejercicio de las funciones de autoridad, gestor y operador catastrales, a que hacen referencia el artículo 79 de la Ley 1955 de 2019 modificado por el artículo 43 de la Ley 2294 de 2023 y sus disposiciones reglamentarias.
Que, la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital podrá prestar los servicios de gestión y operación catastral en cualquier lugar del territorio nacional. Para este efecto, podrá establecer sedes, gerencias o unidades de negocio en las jurisdicciones de las entidades territoriales con las que contrate la prestación de estos servicios, de igual manera, las sedes, gerencias o unidades de negocio que se establezcan podrán disponer de un presupuesto y de la facultad de contratación mediante delegación que efectúe el Director General.
Que para el ejercicio de las funciones a que se refiere el presente artículo, la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital podrá suscribir convenios o contratos para el acceso a los bienes y servicios relacionados con la infraestructura de servicios espaciales y/o los sistemas de información que posea, con el propósito de facilitar el acceso de las entidades territoriales que requieran estos servicios.
Que, el artículo 5 del Acuerdo 004 de 2021 establece que, la UAECD tiene como función, entre otras, ejercer como gestor catastral en cualquier lugar del país, cuando sea contratada para el efecto.
Que, la UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE CATASTRO DISTRITAL UAECD- suscribió el Convenio Interadministrativo 0031 de 2021 con el municipio de Santa Rosa de Cabal - Risaralda, cuyo objeto consistió en desarrollar la gestión del servicio público catastral integral en el municipio.
Que el Convenio Interadministrativo 0031 de 2021 fue modificado y prorrogado mediante Otrosí No.1 Modificatorio del 8 de julio de 2022; modifica la supervisión del convenio interadministrativo; Otrosí No. 2 modificatorio y prórroga de doce (12) de octubre de 2022 Modificación a la cláusula 7 Desembolso del aporte en dinero, y cláusula 10 Plazo y cronograma de ejecución por Un (1) mes y veintinueve (29) días, hasta el treinta y uno (31) de marzo de 2023; Adición No. 1 Prorroga No. 2 del treinta (30) de marzo de 2023, por $1.700.000.000 y nueve (9) meses, contados a partir del día primero (1) de abril de 2023 hasta el treinta y uno (31) de diciembre de 2023; Otrosí No. 3 modificatorio del catorce (14) de diciembre de 2023 Prorrogar el plazo de ejecución en cuarenta y ocho (48) días calendario, y modificar la cláusula 10 Plazo y cronograma de ejecución, para un plazo total de tres (3) años y diecisiete (17) días calendario finalizando el día diecisiete (17) de febrero de 2024, y la cláusula Segunda de la adición No 1 y la prórroga No 2 al Convenio Interadministrativo No 00031 de 2021; Suspensión No. 1 del quince (15) de febrero de 2024 - Suspender a partir del día dieciséis (16) de febrero hasta el día veintinueve (29) de febrero de 2024; Prorroga de suspensión No.1 del veintinueve (29) de febrero de 2024 Ampliación del plazo de suspensión a partir del día primero (1) de marzo hasta el día tres (3) de marzo de 2024; Adición 2 y prorroga No.4 al Convenio amplía el plazo de ejecución hasta el veintiuno (21) de mayo de 2024 y adiciona en $449.599.377 el valor total del contrato, y Adición 3 y prorroga No. 5 al Convenio con ampliación del plazo de ejecución hasta el veintiuno (21) de agosto de 2024 y adiciona en $450.000.000 el valor total del convenio interadministrativo.
Que, el municipio de Santa Rosa de Cabal Risaralda, mediante correo electrónico contactenos@igac.gov.co de fecha veinte (20) de mayo de 2024 y radicado IGAC No. 3200SAF- 2024-0017137-ER del veinticuatro (24) de mayo de 2024, informó sobre su decisión para que el Instituto Geográfico Agustín Codazzi-IGAC-, reasuma el servicio público de gestión catastral a partir del veintidós (22) de agosto de 2024.
Que, de conformidad con lo previsto en el artículo 3.3.3. del capítulo 3 de la Resolución 1040 de 2023 modificado por el artículo 4 de la Resolución 746 de 2024, el día treinta (30) de mayo de 2024, la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital-UAECD- UAECD como gestor catastral saliente junto con el Instituto Geográfico Agustín Codazzi-IGAC- como gestor catastral entrante, suscribieron el acta de inicio de la fase de entrega y conformación del equipo de entrega del servicio público de gestión catastral, formalizando el cronograma de entrega del servicio que define las fechas para llevar a cabo las actividades del proceso de adaptación institucional en los términos de lo previsto en la Resolución 1040 de 2023 y Resolución 746 de 2024 expedidas por el IGAC.
Que, en los términos de lo previsto en el numeral 7 del artículo 3.3.3. de la Resolución 1040 de 2023 modificado por el artículo 4 de la Resolución 746 de 2024, el gestor catastral saliente, mediante Resolución No. 001 SRC del treinta (30) de julio de 2024, SUSPENDIÓ los términos de la prestación del servicio público catastral desde el día seis (6) hasta el día veintiún (21) de agosto de 2024, limitando sus actividades operativas a la recepción de solicitudes y su registro en el sistema de correspondencia.
Que, en cumplimiento de la actividad 39 “Acta de finalización de la entrega de la información catastral para la reasunción del servicio público de gestión catastral” prevista en el cronograma de entrega del servicio público de gestión catastral, el día dieciséis (16) de agosto de 2024, se llevó a cabo reunión presencial en las instalaciones del IGAC, con el propósito de verificar el cumplimiento de treinta y ocho (38) actividades previstas en el cronograma de entrega del servicio conforme a las fechas para llevar a cabo las actividades del proceso de adaptación institucional en los términos de lo previsto en la Resolución 1040 de 2023 y Resolución 746 de 2024 expedidas por el IGAC.
Que, como consta en el acta de reunión presencial del día dieciséis (16) de agosto de 2024, la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital-UAECD- como gestor catastral saliente junto con el Instituto Geográfico Agustín Codazzi-IGAC- como gestor catastral entrante, verificaron el cumplimiento a satisfacción de las actividades No. 1 a 37 pactadas en el cronograma de entrega del servicio conforme a las fechas para llevar a cabo las actividades del proceso de reasunción de acuerdo con la incorporación de los entregables en el link dispuesto por el IGAC y la remisión de las comunicaciones oficiales por parte de la UACED.
Que, por parte del IGAC se presentaron algunas observaciones respecto de la actividad No.38 “Base de datos alfanumérica y geográfica estructurada en el Modelo de Aplicación de Transferencia Gestión Catastral LADM_COL vigente, en el sistema de referencia Origen Único Nacional y en formato XTF”, entregada por la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital- UAECD mediante radicado 204EE45058 del nueve (9) de agosto de 2024.
Que, considerando las observaciones presentadas por el IGAC y con el propósito que la UAECD revisara y ajustara las observaciones técnicas de la base de datos alfanumérica y geográfica, se suspendió la reunión de finalización de la entrega de la información catastral para ser reanudada el día veintiuno (21) de agosto de 2024 de manera virtual.
Que, la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital-UAECD, según lo manifestado en la reunión de fecha dieciséis (16) de agosto de 2024, incorporó la “Base de datos alfanumérica y geográfica estructurada en el Modelo de Aplicación de Transferencia Gestión Catastral LADM_COL vigente, en el sistema de referencia Origen Único Nacional y en formato XTF” el día dieciocho (18) de agosto de 2024 en el link dispuesto por el IGAC para tal efecto, entrega que se comunicó mediante correo electrónico de la misma fecha y comunicación No. 2024EE47475 del veinte (20) de agosto de 2024.
Que, el veintiuno (21) de agosto de 2024, se reanudó la reunión de finalización de entrega del servicio público de gestión catastral, indicando sobre la actividad No.38 “Base de datos alfanumérica y geográfica estructurada en el Modelo de Aplicación de Transferencia Gestión Catastral LADM_COL vigente, en el sistema de referencia Origen Único Nacional y en formato XTF”, en la que la Dirección de Gestión Catastral del IGAC indicó que aunque persistían inconsistencias derivadas de la ausencia en el dominio de tipo calificación institucional en el modelo de transferencia LADM_COL en algunos datos presentados en la entrega final de la base catastral del Municipio de Santa Rosa de Cabal, el IGAC procedería a reasumir la prestación del servicio, realizando, en su rol de gestor entrante, las correcciones necesarias para la adecuada implementación de la base.
Que, en cumplimiento de lo dispuesto en la actividad No. 39 “Acta de finalización de la entrega de la información catastral para la reasunción del servicio público de gestión catastral” del cronograma de entrega del servicio público de gestión catastral, el veintiuno (21) de agosto de 2024, la UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE CATASTRO DISTRITAL UAECD- como Gestor catastral saliente y el INSTITUTO GEOGRAFICO AGUSTIN CODAZI – IGAC como Gestor catastral entrante, suscribieron el acta de finalización de la entrega de la información catastral para la reasunción del servicio público de gestión catastral del municipio de Santa Rosa de Cabal - Risaralda.
Que cumplido el procedimiento de entrega anteriormente descrito y dando aplicación a lo dispuesto en el inciso 2 numeral 8 del artículo 3.3.3 de la Resolución 1040 de 2023, modificado por el artículo 4 numeral 8 de la Resolución 746 de 2024, y lo pactado en la actividad 40 “Acto Administrativo de la entrega del servicio público catastral” del cronograma de reasunción del servicio de gestión catastral, la UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE CATASTRO DISTRITAL UAECD procede a entregar el servicio público de gestión catastral del municipio de Santa Rosa de Cabal – Risaralda al INSTITUTO GEOGRÁFICO AGUSTÍN CODAZZI-IGAC a partir del día veintidós (22) de agosto de 2024 como se encuentra previsto en la actividad 41 “Reasunción de la prestación del servicio” del cronograma de entrega de la información catastral para la reasunción del servicio público.
Que, en mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO. ENTREGAR el servicio público de gestión catastral del municipio de Santa Rosa de Cabal – Risaralda al IGAC, a partir del veintidós (22) de agosto de 2024, de conformidad con el cumplimiento de entrega de la información descrita en el acta del dieciséis (16) y veintiuno (21) de agosto de 2024, las cuales hacen parte integral de la presente resolución.
ARTÍCULO SEGUNDO. COMUNICAR el presente acto a la Superintendencia de Notariado y Registro – SNR, de conformidad con lo señalado en el numeral 8 del artículo 3.3.3 de la Resolución 1040 de 2023 modificado por el artículo 4 numeral 8 de la Resolución 746 de 2024, al IGAC y al municipio de Santa Rosa de Cabal - Risaralda.
ARTÍCULO TERCERO. PUBLICAR. El presente acto administrativo en la página web de la Alcaldía de Santa Rosa de Cabal -Risaralda y en el Registro Distrital de Bogotá, D.C.
ARTÍCULO CUARTO. RECURSOS. Contra el presente acto administrativo de entrega del servicio público catastral procede el recurso de reposición contemplado en el artículo 74 de la Ley 1437 de 2011 -CPACA-, o aquella que la modifique o sustituya.
COMUNIQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá, D.C., a los 21 días del mes de agosto del año 2024.
LUZ ÁNGELA VILLALBA PACHÓN
Asesor (a) Código 105 Grado 03 de la Dirección – Grupo de Catastro Multipropósito Territorial Delegado (a) -UAECD- Gestión Catastral Santa Rosa de Cabal
Nota: Ver norma original y Anexos. |