RÉGIMEN LEGAL DE BOGOTÁ D.C.

© Propiedad de la Secretaría Jurídica Distrital de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C.

Secretaría
Jurídica Distrital

Cargando el Contenido del Documento
Por favor espere...

Resolución SDH-000229 de 2024 Secretaría Distrital de Hacienda

Fecha de Expedición:
29/08/2024
Fecha de Entrada en Vigencia:
02/09/2024
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 8112 del 02 de septiembre de 2024.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN SDH-000229 DE 2024

 

(Agosto 29)

 

Por medio de la cual se determina el funcionamiento de la Comisión de Expertos Ad Honorem de que trata el artículo 230 del Acuerdo 927 de 2024

 

LA SECRETARIA DISTRITAL DE HACIENDA

 

En uso de sus facultades legales y en especial las que le confiere el artículo 230 del Acuerdo Distrital 927 de 2024 y los literales a) y b) el artículo 4° del Decreto Distrital 601 de 2014 y

 

CONSIDERANDO:

 

Que el artículo 4° del Decreto Distrital 601 de 2014 señala que corresponde al Despacho de la Secretaría Distrital de Hacienda, entre otros: “a) Formular la política del Distrito Capital en materia fiscal, tributaria, presupuestal, contable, de tesorería y de crédito público” y “b) Formular y orientar las políticas, estrategias, planes, programas y proyectos del Sector Hacienda de acuerdo al plan de desarrollo, bajo las directrices del Alcalde o Alcaldesa Mayor y de los Consejos Superiores de la Administración Distrital”.

 

Que el artículo 230 del Acuerdo Distrital 927 de 2024 dispuso “La Secretaría Distrital de Hacienda durante el año 2025 revisará los tributos vigentes en el Distrito Capital, con el fin de presentar ante el Concejo Distrital una propuesta que optimice el recaudo de los ingresos de la ciudad con criterios de progresividad y competitividad, mejorando el servicio a los contribuyentes y garantizando el adecuado cumplimiento de Sus obligaciones tributarias. (...) En esta revisión, se contemplarán aquellos incentivos que favorezcan la generación de empleo, el crecimiento económico de la ciudad, así como, la formalización y la inclusión financiera. (...) El Gobierno Distrital, a través de la Secretaría de Hacienda, podrá conformar una comisión de expertos ad honorem que presente propuestas y escenarios para fortalecer el estudio que se realice, para lo cual reglamentará su funcionamiento.”

 

Que acorde con lo expuesto en el artículo 230 del Acuerdo 927 de 2024, se requiere expedir la presente resolución para determinar el funcionamiento de la Comisión de Expertos ad honorem para que presente las propuestas y escenarios que optimicen el recaudo de los ingresos de la ciudad con criterios de progresividad y competitividad, que favorezcan la generación de empleo, el crecimiento económico de la ciudad, así como, la formalización y la inclusión financiera.

 

Que para garantizar el adecuado funcionamiento de la Comisión de Expertos se requiere el intercambio de información tributaria entre la Dirección Distrital de Impuestos de Bogotá de la Secretaría Distrital de Hacienda y la Comisión, a través de los medios que se definan, en el marco de lo previsto en el artículo 20 de la Constitución Política, los literales a) y c) del artículo 18 y los literales b), h) y el parágrafo del artículo 19 de la Ley 1712 de 2014, la Ley 1581 de 2012 y el artículo 583 del Estatuto Tributario Nacional, entre otras disposiciones.

 

Que acorde con lo expuesto en el considerando anterior, la información que se comparta en la Comisión de Expertos tiene la condición de clasificada, reservada, confidencial y sujeta a normas sobre la preservación de la seguridad de la información.

 

Que en virtud de lo anterior,

 

RESUELVE:

 

Artículo 1°. Modificado por el art. 1, Resolución 027 de 2025. <El nuevo texto es el siguiente>. Conformación de la Comisión: La Comisión estará conformada por los siguientes expertos y por el Director de Impuestos de Bogotá, quien se desempeñará como Secretario Técnico.

 

1.  Beatriz Arbeláez Martínez

2.  María Carolina Castillo Aguilar

3.  Fidel Castaño Duque

4.  Lisandro Manuel Junco Riveira

5.  Jaime Bonet Morón

6.  Sebastián Nieto Parra

7.  Luis Fernando Villota Quiñones

 

Parágrafo: El Director de Estudios Fiscales de la Secretaría Distrital de Hacienda y la Fundación para el Progreso de la Región Bogotá - Probogotá apoyarán la labor que desempeña la Secretaría Técnica de la Comisión.


El texto original era el siguiente:

Artículo 1. Conformación de la Comisión: La Comisión estará conformada por los siguientes expertos y por el Director de Impuestos de Bogotá, quien se desempeñará como Secretario Técnico.

1. Beatriz Arbeláez Martínez

2. María Carolina Castillo Aguilar

3. Fidel Castaño Duque

4. Lisandro Manuel Junco Riviera

5. Carolina Soto Losada

6. Jaime Bonet Morón

7. Luis Fernando Villota Quiñones

Parágrafo: El Director de Estadísticas y Estudios Fiscales de la Secretaría Distrital de Hacienda y la Fundación para el Progreso de la Región Bogotá - Probogotá apoyarán la labor que desempeña la Secretaría Técnica de la Comisión.

 

Artículo 2°. Instalación formal para el funcionamiento de la Comisión. Dentro de los 15 días hábiles siguientes a la expedición del presente acto administrativo, el Director Distrital de Impuestos en su calidad de Secretario Técnico, convocará a los miembros de la Comisión para una sesión que tendrá como propósito la instalación formal.

 

Artículo 3°. Reglamento Interno de la Comisión: Instalada la Comisión de Expertos, esta elaborará, aprobará y adoptará el Reglamento Interno para su funcionamiento.

 

El Reglamento Interno deberá incluir, la metodología para el funcionamiento de la Comisión de Expertos, las reglas de quórum para la deliberación y decisión de los asuntos, las reglas de su operación, periodicidad de las sesiones y su modalidad, convocatoria y condiciones de las mismas, posibilidad o no de delegación, el ejercicio de las labores que se requieran para el cumplimiento del objeto de la Comisión y del aseguramiento de la información, recepción y estudio de propuestas, entre otros.

 

Parágrafo. La Comisión de Expertos podrá recibir y discutir estudios y propuestas sobre los temas a que se refiere el artículo 230 del Acuerdo 927 de 2024, que se presenten de manera oportuna y conforme con el reglamento que adopte la Comisión. Sin perjuicio de lo anterior, la Comisión deberá abordar entre otros, los siguientes temas:

 

i) Impuesto predial unificado: capacidad de pago de los contribuyentes, progresividad en el sistema tarifario del impuesto para predios residenciales, comerciales e industriales con el objeto de proponer una nueva estructura tarifaria y límites del valor a pagar.

 

ii) Impuesto de Industria y Comercio: progresividad en las tarifas según el tipo de actividad (industrial, comercial y de servicios) y reglas para la tributación de actividades digitales.

 

iii) Impuesto sobre vehículos automotores: experiencias internacionales, electromovilidad y factores ambientales.

 

iv) Unificación, simplificación y eliminación de tributos tales como publicidad exterior visual y complementario de avisos y tableros y estampillas.

 

v) Análisis de tratamientos preferenciales vigentes y propuesta para la adopción de nuevos beneficios.

 

vi) Simplificación y unificación de normas sustanciales y procedimentales.

 

vii) Actualización del régimen sancionatorio.

 

viii) Análisis de nuevas fuentes distritales asociadas a los impuestos verdes (TIF, Captura de valor) y con desarrollo urbano.

 

Artículo 4°. Funciones de la Secretaría Técnica de la Comisión. La Secretaría Técnica de la Comisión de Expertos tendrá las siguientes funciones:

 

a) Establecer un plan de trabajo con fechas y temas a discutir, así como el seguimiento de compromisos.

 

b) Realizar la convocatoria y gestionar la logística de las sesiones.

 

c) Remitir la información que resulte necesaria a los miembros de forma previa para el debate en la sesión.

 

d) Presentar para cada sesión de trabajo los documentos, datos y antecedentes que respaldan los temas a ser discutidos.

 

e) Preparar estudios técnicos, hacer presentaciones y otros aportes sobre temas específicos requeridos por la Comisión.

 

f) Guiar las sesiones de acuerdo con el plan de trabajo establecido y asegurarse de que cada una cumpla con los temas y requisitos de la Comisión.

 

g) Realizar la relatoría y elaboración de actas de las respectivas sesiones.

 

h) Establecer un canal de comunicación con los miembros de la Comisión.

 

i) Elaborar, editar y publicar el documento final con las principales recomendaciones.

 

j) Elaborar un plan para facilitar la identificación, gestión, clasificación, organización, conservación y disposición de la información que se produzca por la Comisión de Expertos, desde su creación hasta su clausura, así como la entrega a la Subdirección de Gestión Documental de los documentos que se produzcan durante el tempo de su funcionamiento.

 

Artículo 5°. Mesas de trabajo de la Comisión. La Comisión de Expertos podrá conformar mesas de trabajo con consultores nacionales e internacionales ad honorem, en cada una de las materias objeto de estudio.

 

Podrán ser invitados a las mesas de trabajo, los servidores públicos de la Secretaría Distrital de Hacienda y de otras entidades públicas relacionadas con los temas objeto de la Comisión.

 

Artículo 6°. Acceso y manejo de la información. La Dirección de Impuestos de Bogotá suministrará la información requerida por la Comisión de Expertos, anonimizada y a través de los canales de comunicación que se establezcan para el efecto.

 

En todo caso, los miembros e invitados a la comisión deberán suscribir un acuerdo de confidencialidad que garantice la reserva de la información a la cual tendrán acceso, previo al inicio de las sesiones.

 

Así mismo, en el Reglamento Interno de la Comisión, se incluirá tal obligación y la Secretaría Técnica será la responsable de garantizar la reserva de la información.

 

Artículo 7°.Modificado por el art. 2, Resolución 027 de 2025. <El nuevo texto es el siguiente>. Entrega de propuestas a la Secretaría Distrital de Hacienda. La Comisión de Expertos sesionará hasta el 30 de abril de 2025 y entregará las propuestas para optimizar el recaudo de los ingresos de la ciudad a que se refiere el artículo 230 del Acuerdo 927 de 2024 a la Secretaría Distrital de Hacienda a más tardar el 31 de mayo de 2025, fecha en la que además se dará por clausurada la Comisión.

 

El texto original era el siguiente:

Artículo 7°. Entrega de propuestas a la Secretaría Distrital de Hacienda. La Comisión de Expertos entregará las propuestas para optimizar el recaudo de los ingresos de la ciudad a que se refiere el artículo 230 del Acuerdo 927 de 2024 a la Secretaría Distrital de Hacienda a más tardar el 28 de febrero de 2025, fecha en la que además se dará por clausurada la Comisión.

 

Artículo 8°. Publicación. La presente resolución deberá publicarse de conformidad con el artículo 65 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.

 

Artículo 9°. Vigencia. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación.

 

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dada en Bogotá, D.C., a los 29 días del mes de agosto del año 2024.

 

ANA MARÍA CADENA RUÍZ

 

Secretaria Distrital de Hacienda

 

Nota: Ver norma original en Anexos.