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RESOLUCIÓN 476 DE 2024
(Octubre 10)
Por la cual se efectúa un encargo de funciones y se deroga el artículo 1 de la Resolución No. 470 del 07 de octubre de 2024
EL SECRETARIO JURÍDICO DISTRITAL
En ejercicio de sus atribuciones legales, en especial las conferidas por el literal a) del numeral 2 del artículo 5 de la Ley 909 de 2004, el artículo 2.2.5.1.2 del Decreto Nacional 1083 de 2015, modificado por el artículo 1 del Decreto Nacional 648 de 2017, el numeral 2 del artículo 1 del Decreto Distrital 101 de 2004, y
CONSIDERANDO:
Que de conformidad con el artículo 2.2.5.1.2 del Decreto Nacional 1083 de 2015, modificado por el artículo 1 del Decreto Nacional 648 de 2017, en armonía con el literal a) del numeral 2 del artículo 5 de la Ley 909 de 2004, las secretarías de despacho son empleos de dirección, conducción y orientación institucionales, que tienen la facultad de nombrar al personal de su entidad u organismo en el orden territorial.
Que el artículo 1 del Decreto Distrital 101 de 2004 asignó a las secretarías de despacho la facultad de decidir los asuntos relacionados con la administración de personal de los servidores del respectivo organismo, tales como, entre otros, realizar encargos, prórrogas de nombramientos provisionales y retiros.
Que el Plan de bienestar de la entidad, adoptado con la resolución No 053 del 29 de enero de 2024, contempla el otorgamiento de un (1) día hábil por semestre para que la servidora disfrute este tiempo con su familia, como permiso remunerado, de acuerdo con el artículo 3° de la Ley 1857 de 2017, disponiendo que se acordará con el respectivo jefe inmediato el día a disfrutar y se informará mediante memorando electrónico a la Dirección de Gestión Corporativa.
Que mediante memorandos electrónicos 3-2024-8960 del 04 de octubre de 2024 y 3-2024- 9062 del 07 de octubre de 2024, el Secretario Jurídico Distrital Doctor MAURICIO ALEJANDRO MONCAYO VALENCIA, envió a la Dirección Corporativa autorización para que la Subsecretaria Jurídica Distrital ANGÉLICA MARIA ACUÑA PORRAS, quien se identifica con la cédula de ciudadanía No. 37.535.201, titular del empleo de Subsecretario, Código 045, Grado 08, de la Secretaría Jurídica Distrital, pueda disfrutar el jueves 10 de octubre por el día de la familia y el viernes 11 de octubre por la compensación de la fiesta distrital realizada el día 6 de agosto de 2024, en los términos señalados en la Circular 008 de 2024.
Que mediante la Resolución No. 470 del 07 de octubre de 2024, este despacho encargo en el cargo de Subsecretario, Código 045, Grado 08, de la Secretaría Jurídica Distrital, a la servidora NATALI SOFIA MUÑOZ TORRES, quien se identifica con la cédula de ciudadanía No. 1.075.210.338, del 7 al 11 de octubre de 2024.
Que mediante memorando con radicado No. 3-2024-9230 del 10 de octubre de 2024, la Subsecretaria encargada NATALI SOFÍA MUÑOZ TORRES, informó que le fue concedida una licencia por incapacidad médica, por los días comprendidos entre el 10 y el 12 de octubre de 2024.
Que de acuerdo con la incapacidad presentada por la subsecretaria encargada y para garantizar la prestación del servicio y la oportuna atención desde la entidad, durante los días 10 y 11 de octubre de 2024, este despacho procederá a derogar a partir de la fecha el artículo 1 de la Resolución No. 470 del 07 de octubre de 2024 proferida por este despacho.
Artículo 1°. - Encargar de las funciones del empleo de Subsecretario, Código 045, Grado 08, de la Secretaría Jurídica Distrital, al servidor NATALI SOFIA MUÑOZ TORRES, quien se identifica con la cédula de ciudadanía No. 1.075.210.338, del 7 al 11 de octubre de 2024.
Que el numeral 3 del artículo 2.2.5.2.2 del Decreto Nacional 1083 de 2015, modificado por el artículo 1 del Decreto Nacional 648 de 2017, establece lo siguiente:
"ARTICULO 2.2.5.2.2 Vacancia temporal. El empleo queda vacante temporalmente cuando su titular se encuentre en una de las siguientes situaciones: (…)
3. Permiso remunerado. (...)
Que, respecto de la provisión de las vacancias temporales en empleos de libre nombramiento y remoción, los artículos 2.2.5.3.3 y 2.2.5.5.43 ibídem, establecen lo siguiente.
"ARTICULO 2.2.5.3.3. Provisión de las vacancias temporales. Las vacantes temporales en empleos de libre nombramiento y remoción podrán ser provistas mediante la figura del encargo, el cual deberá recaer en empleados de libre nombramiento y remoción o de carrera administrativa, previo cumplimiento de los requisitos exigidos para el desempeño del cargo.
(…)
PARÁGRAFO. Los encargos o nombramientos que se realicen en vacancias temporales, se efectuarán por el tiempo que dure la misma.”
“ARTÍCULO 2.2.5.5.43. Encargo en empleos de libre nombramiento y remoción. Los empleos de libre nombramiento y remoción en caso de vacancia temporal o definitiva podrán ser provistos a través del encargo de empleados de carrera o de libre nombramiento y remoción, que cumplan los requisitos y el perfil para su desempeño.
En caso de vacancia temporal, el encargo se efectuará durante el término de ésta. (...)”
Que, en el marco de las disposiciones normativas transcritas, resulta procedente realizar el respectivo encargo de las funciones del empleo de Subsecretario, Código 045, Grado 08 de la Secretaría Jurídica Distrital, para garantizar la prestación del servicio y la oportuna atención desde la entidad, durante los días 10 y 11 de octubre de 2024.
Que la servidora MARIA PAULA RUEDA MANTILLA, identificada con la cédula de ciudadanía No. 53.014.890, Directora Técnica, Código 009, Grado 07, de la Dirección Distrital de Inspección Vigilancia y Control de la Secretaría Jurídica Distrital, cumple con los requisitos de formación académica y experiencia establecidos en el Manual de Funciones de la entidad para el desempeño del empleo de Subsecretario, Código 045, Grado 08, de la Secretaría Jurídica Distrital, por lo que procede ordenar su encargo en el mismo, durante la vacancia temporal antes referida.
En mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
Artículo 1. Derogar a partir de la fecha el artículo 1 de la Resolución No. 470 del 07 de octubre de 2024, proferida por este Despacho.
Artículo 2. Encargar de las funciones del empleo de Subsecretario, Código 045, Grado 08, de la Secretaría Jurídica Distrital, a la servidora MARIA PAULA RUEDA MANTILLA, quien se identifica con la cédula de ciudadanía No. 53.014.890, del 10 al 11 de octubre de 2024.
Parágrafo . El presente encargo no conlleva la desvinculación de las funciones propias del empleo del que es titular la servidora MARIA PAULA RUEDA MANTILLA, como Director Técnico, Código 009, Grado 07, de la Dirección Distrital de Inspección Vigilancia y Control de la Secretaría Jurídica Distrital.
Artículo 3°. Comunicar a las Doctoras ANGÉLICA MARIA ACUÑA PORRAS y MARIA PAULA RUEDA MANTILLA, a la Dirección Distrital de Inspección Vigilancia y Control, a la Dirección de Gestión Corporativa y a la Subsecretaria, que hacen parte de la Secretaría Jurídica Distrital, el contenido de la presente Resolución, para que se efectúen los trámites respectivos.
Artículo 4°. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá D. C., a los 10 días del mes de octubre del año 2024.
MAURICIO ALEJANDRO MONCAYO VALENCIA
SECRETARIO JURÍDICO DISTRITAL
Nota: Ver norma original en Anexo. |