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Decreto 156 de 2020 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
30/06/2020
Fecha de Entrada en Vigencia:
30/06/2020
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 6845 del 30 de junio de 2020.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO 156 DE 2020

 

(Junio 30)

 

Por medio del cual se prorroga la vigencia de los empleos de carácter temporal de la Secretaría General - Alcaldía Mayor de Bogotá creados mediante los Decretos Distritales No. 387 de 2016 y No. 584 de 2016

 

LA ALCALDESA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.

 

En ejercicio de sus facultades legales, en especial las conferidas en el numeral 7º del artículo 315 de la Constitución Política y el numeral 9º del artículo 38 del Decreto Ley 1421 de 1993, el artículo 21 de la Ley 909 de 2004 y

 

CONSIDERANDO:

 

Que la Ley 909 de 2004, que regula el empleo público, la carrera administrativa y la gerencia pública, es aplicable a los empleados que prestan servicios en las entidades territoriales.

 

Que el artículo 21 de la Ley 909 de 2004 y Decreto Nacional 1083 de 2015, consagran que los organismos y entidades podrán contemplar excepcionalmente en sus plantas de personal empleos de carácter temporal o transitorio, con el fin de suplir necesidades de personal por sobrecarga de trabajo y para desarrollar programas o proyectos de duración determinada.

 

Que el Capítulo 1 del Título 5 del Decreto 1083 de 2015 Único Reglamentario del sector de Función Pública, adicionado por el Decreto Nacional 0648 de 2017, establece la naturaleza, duración, régimen salarial, prestacional y demás beneficios prestacionales, provisión y nombramiento de los empleos de carácter temporal.

 

Que mediante Decreto Distrital No. 387 de 2016 se crearon ciento treinta y cinco (135) empleos de carácter temporal en la planta de empleos de la Secretaría General - Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., con vigencia hasta el 30 de junio de 2020 inclusive, para el ejercicio de funciones, programas y proyectos a cargo de la Oficina de Alta Consejería para los Derechos de las Víctimas, la Paz y la Reconciliación.

 

Que mediante Decreto Distrital No. 584 de 2016 se crearon Once (11) empleos de carácter temporal en la planta de empleos de la Secretaría General - Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., con vigencia hasta el 30 de junio de 2020 inclusive, para el ejercicio de funciones, programas y proyectos a cargo de la Oficina de Alta Consejería Distrital de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones - TIC.

 

Que mediante Acuerdo No. 761 del 11 de junio de 2020 el Concejo de Bogotá adoptó el Plan de Desarrollo Económico, Social, Ambiental y de Obras Públicas del Distrito Capital 2020-2024 “Un Nuevo Contrato Social y Ambiental para la Bogotá del Siglo XXI”.

 

Que el artículo 150 del Acuerdo Distrital No. 761 de 2020, establece que con el fin de garantizar la prestación de los servicios y el buen funcionamiento de las entidades del Distrito y ante la imposibilidad de adelantar procesos de convocatoria y selección, las plantas temporales que existan en las entidades del sector central y descentralizado de la ciudad se podrán prorrogar por un término de seis (6) meses contados a partir de la fecha de su vencimiento en los casos en que sean necesarias.

 

Que en virtud de la relevancia y el carácter prioritario de los procesos misionales de Asistencia, Atención y Reparación Integral a Víctimas del Conflicto Armado, la implementación de acciones de memoria, paz y reconciliación en Bogotá y Asesoría Técnica y Proyectos en materia TIC; procesos a cargo de la Oficina Alta Consejería para los Derechos de las Víctimas, la Paz y la Reconciliación y la Oficina de Alta Consejería Distrital de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones - TIC-, respectivamente, se hace necesario garantizar la continuidad en la prestación de los productos y servicios asociados a estos procesos en la Secretaría General - Alcaldía Mayor de Bogotá mediante la prórroga de la vigencia de los empleos de carácter temporal.

 

Que la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C. realizó la correspondiente justificación y motivación técnica que da cuenta de la necesidad de prorrogar la vigencia de ciento doce (112) de los empleos de carácter temporal de la entidad que se encuentran provistos, así como el estudio de viabilidad presupuestal para cubrir el pago de salarios y prestaciones sociales desde el 1 de julio de 2020 hasta el 31 de diciembre de 2020 inclusive.

 

Que el Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital, mediante oficio No.  2020EE2021 del 26 de junio de 2020, emitió concepto técnico favorable para la prórroga de la vigencia de ciento doce (112) empleos de carácter temporal en la planta de empleos de la Secretaría General - Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., por el termino de seis (6) meses, periodo comprendido entre el 1 de julio de 2020 y hasta el 31 de diciembre de 2020 inclusive.

 

Que mediante oficio 2020EE91282 del 27 de junio de 2020, la Dirección Distrital de Presupuesto de la Secretaría Distrital de Hacienda, expidió la correspondiente viabilidad presupuestal para la prórroga de la vigencia de ciento doce (112) empleos de carácter temporal en la planta de empleos de la Secretaría General - Alcaldía Mayor de Bogotá D.C.

 

En mérito de lo expuesto,

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO 1. Prorrogar desde el 1 de julio de 2020 y hasta el 31 de diciembre de 2020 inclusive, la vigencia de los siguientes empleos de carácter temporal de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., creados mediante Decreto Distrital 387 de 2016, para el ejercicio de las funciones a cargo de la Oficina de Alta Consejería para los Derechos de las Víctimas, la Paz y la Reconciliación así:

 

NIVEL

DENOMINACIÓN DEL EMPLEO

CÓDIGO

GRADO

No. CARGOS

Profesional

Profesional Especializado

222

27

4

Profesional

Profesional Especializado

222

25

1

Profesional

Profesional Especializado

222

21

14

Profesional

Profesional Especializado

219

15

3

Profesional

Profesional Especializado

219

13

53

Profesional

Profesional Especializado

219

08

6

Profesional

Profesional Especializado

219

05

2

Profesional

Profesional Especializado

219

01

1

Técnico

Técnico Operativo

314

16

13

Auxiliar Administrativo

Auxiliar administrativo

407

24

6

TOTAL EMPLEOS

103

 

ARTÍCULO 2. Prorrogar desde el 1 de julio de 2020 y hasta el 31 de diciembre de 2020 inclusive, la vigencia de los siguientes empleos de carácter temporal de la Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., creados mediante Decreto Distrital 584 de 2016 para el ejercicio de las funciones a cargo de la Oficina de Alta Consejería Distrital de Tecnologías de la Información y Comunicaciones - TIC- así:

 

NIVEL

DENOMINACIÓN DEL EMPLEO

CÓDIGO

GRADO

No. CARGOS

Profesional

Profesional Especializado

222

27

3

Profesional

Profesional Especializado

222

24

6

TOTAL EMPLEOS

9

 

ARTÍCULO 3. Los empleos de carácter temporal, prorrogados con el presente decreto, deberán cumplir con las funciones que dieron origen a la creación de los mismos establecidos en los respectivos actos administrativos internos, de conformidad con lo señalado en la Ley 909 de 2004, el Decreto 1083 de 2015 y demás disposiciones que los modifiquen, adicionen o sustituyan.

 

ARTÍCULO 4. Comunicar el contenido del presente Decreto Distrital a la Dirección Distrital de Presupuesto de la Secretaría Distrital de Hacienda y al Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital, a través de la Subdirección de Servicios Administrativos de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

 

ARTÍCULO 5. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

 

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dado en Bogotá, D.C., a los treinta 30 días del mes de junio del año 2020.

 

CLAUDIA NAYIBE LÓPEZ HERNÁNDEZ

 

Alcaldesa Mayor

 

MARGARITA BARRAQUER SOURDIS

 

Secretaria General

 

NIDIA ROCÍO VARGAS

 

Directora Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital DASCD

 

NOTA: Ver norma publicada en Anexos.