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Decreto 157 de 2020 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
30/06/2020
Fecha de Entrada en Vigencia:
30/06/2020
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 6845 del 30 de junio de 2020.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO 157 DE 2020

 

(Junio 30)

 

Por medio del cual se prorroga la vigencia de los empleos de carácter temporal de la Secretaría Distrital de la Mujer, creados a través del Decreto Distrital No. 388 de 2016

 

LA ALCALDESA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.

 

En ejercicio de sus facultades legales, en especial las conferidas en el numeral 7º del artículo 315 de la Constitución Política y el numeral 9º del artículo 38 del Decreto Ley 1421 de 1993, el artículo 21 de la Ley 909 de 2004 y

 

CONSIDERANDO:

 

Que la Ley 909 de 2004 “Por la cual se expiden normas que regulan el empleo público, la carrera administrativa, gerencia pública y se dictan otras disposiciones", es aplicable a los empleados que prestan servicios en las entidades territoriales.

 

Que la Ley 909 de 2004, que regula el empleo público, la carrera administrativa y la gerencia pública, es aplicable a los empleados que prestan sus servicios en las entidades Distritales.

 

Que el artículo 21 ídem, adicionado por el artículo 6 del Decreto Nacional 894 de 2017, establece que los organismos y entidades de la administración pública a los cuales les es aplicable dicha Ley, podrán contemplar de manera excepcional en sus plantas de personal, empleos de carácter temporal o transitorio, con el fin, entre otros, de “(…) b) Desarrollar programas o proyectos de duración determinada” y “c) Suplir necesidades de personal por sobrecarga de trabajo”.

 

Que mediante Decreto Distrital 388 de 2016 “Por el cual se crean empleos de carácter temporal en la Secretaría Distrital de la Mujer”, se crearon ochenta (80) empleos de carácter con vigencia hasta el 30 de junio de 2018, para el desarrollo de programas o proyectos de duración determinada.

 

Que mediante el Decreto Distrital 344 de 2018 se prorrogó la vigencia de dichos empleos de carácter temporal del 1 de julio de 2018 hasta el 30 de junio de 2019 y posteriormente mediante Decreto Distrital 381 de 2019, hasta el 30 de junio de 2020.

 

Que el Acuerdo Distrital 761 de 2020, “Por medio del cual se adopta el Plan de desarrollo económico, social, ambiental y de obras públicas del Distrito Capital 2020-2024 Un nuevo contrato social y ambiental para la Bogotá del siglo XXI”, establece en el artículo 150 que  “Con el fin de garantizar la prestación de los servicios y el buen funcionamiento de las entidades del Distrito y ante la imposibilidad de adelantar procesos de convocatoria y selección, las plantas temporales que existan en las entidades del sector central y descentralizados de la ciudad se podrá prorrogar por un término de seis (6) meses contados a partir de la fecha de su vencimiento en los casos en que sean necesarias. Las entidades del Distrito deberán establecer durante este tiempo las necesidades de continuar con estas plantas temporales en la modalidad de plantas provisionales o su incorporación a las plantas globales.”

 

Que en la actual coyuntura presentada por la emergencia producida por el Coronavirus (Covid-19), es necesario garantizar la prestación del servicio que prestan las Casas de Igualdad de Oportunidades para las Mujeres, en especial la atención a las mujeres víctimas de violencias, por lo que se requiere del apoyo del personal vinculado a la planta temporal en la Secretaría de la Mujer hasta el 31 de diciembre de 2020.

 

Que mediante oficio No. 2020EE1913 del 23 de junio de 2020, el Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital emitió concepto técnico favorable respecto de la prórroga de la vigencia de los ochenta (80) empleos de carácter temporal de la Secretaría Distrital de la Mujer, del 1 de julio hasta el 31 de diciembre de 2020.

 

Que mediante oficio No. 2020EE78582 del 24 de junio de 2020, la Dirección Distrital de Presupuesto de la Secretaría Distrital de Hacienda, expidió la correspondiente certificación de viabilidad presupuestal, para la prórroga de los ochenta (80) empleos de carácter temporal a partir del 1 de julio y hasta el 31 de diciembre de 2020.

 

Que, en mérito de lo expuesto,

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO 1°. Prorrogar desde el 1 de julio de 2020 y hasta el 31 de diciembre de 2020, la vigencia de los siguientes empleos de carácter temporal de la Secretaría Distrital de la Mujer, creados mediante Decreto Distrital 388 de 2016:

 

No. DE CARGOS

DENOMINACIÓN

CÓDIGO

GRADO

60

Profesional Universitario

219

12

20

Auxiliar Administrativo

407

18

80

TOTAL EMPLEOS DE CARÁCTER TEMPORAL

 

ARTÍCULO 2°. Los empleos temporales prorrogados en el presente decreto deberán dirigirse al cumplimiento de las funciones que dieron lugar a la creación de estos, de conformidad con lo señalado en la Ley 909 de 2004 y el Decreto Nacional 1083 de 2015, y demás disposiciones que las modifiquen, adicionen o sustituyan.       

 

ARTÍCULO 3°. Comunicar el contenido del presente Decreto Distrital a la Dirección Distrital de Presupuesto de la Secretaría Distrital de Hacienda y al Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital, a través de la Subdirección de Servicios Administrativos, de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

 

ARTÍCULO 4°. El presente Decreto Distrital rige a partir del día siguiente a la fecha de su publicación.

 

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dado en Bogotá, D.C., a los 30 días del mes de junio del año 2020.

 

CLAUDIA NAYIBE LÓPEZ HERNÁNDEZ

 

Alcaldesa Mayor DIANA RODRÍGUEZ FRANCO

 

Secretaria Distrital de la Mujer

 

NIDIA ROCÍO VARGAS

 

Directora del Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital

 

NOTA: Ver norma publicada en Anexos.