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Resolución 065 de 2025 Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte - Secretaria de Despacho

Fecha de Expedición:
10/02/2025
Fecha de Entrada en Vigencia:
11/02/2025
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 8269 del 25 de febrero de 2025.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 065 DE 2025

 

(Febrero 11)

 

Por la cual se efectúa una delegación para el Comité Distrital de Pago por Resultados en Bogotá D.C.

 

EL SECRETARIO DE DESPACHO

 

En uso de sus facultades legales en especial las conferidas por el artículo 9 de la Ley 489 de 1998, el Acuerdo 257 de 2006 expedido por el Concejo Distrital, el Decreto Distrital No. 340 de 2020, modificado por el Decreto Distrital 400 de 2022, el Decreto Distrital 442 de 2024, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que el artículo 113° de la Constitución Política de 1991 establece “(...) Los diferentes órganos del Estado tienen funciones separadas pero colaboran armónicamente para la realización de sus fines.", por su parte, el artículo 209 prevé "(...) La función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la delegación y la desconcentración de funciones.”

 

Que el artículo de la Ley 489 de 1998, señala que: “Las autoridades administrativas, en virtud de lo dispuesto en la Constitución Política y de conformidad con la presente Ley, podrán mediante acto de delegación, transferir el ejercicio de funciones a sus colaboradores o a otras autoridades, con funciones afines o complementarias”.

 

Que el artículo 32° del Acuerdo 257 de 2006,Por el cual se dictan normas básicas sobre la estructura, organización y funcionamiento de los organismos y de las entidades de Bogotá, Distrito Capital, y se expiden otras disposiciones", emanado del Concejo de Bogotá, estableció el sistema de coordinación de la Administración del Distrito Capital como el conjunto de políticas, estrategias, instancias y mecanismos que permiten articular la gestión de los organismos y entidades distritales, de manera que garanticen la efectividad y materialización de los derechos individuales y colectivos, y el adecuado y oportuno suministro de los bienes, así como la prestación de los servicios a sus habitantes.

 

Que el Decreto Distrital 442 de 2024 “Por medio del cual se reglamenta el Mecanismo Distrital de Pago por Resultados y reglamenta el Comité Distrital de Pago por Resultados en Bogotá D.C.” conformó el Comité Distrital de Pago por Resultados como una instancia de coordinación de la gestión Distrital para garantizar la implementación del mecanismo de pago por resultados destinado para proyectos o programas de generación y permanencia de empleo, emprendimiento y formación para el trabajo, el desarrollo sostenible, ambientales y sociales.

 

Que el artículo 3 del mencionado decreto determina la Naturaleza del Comité Distrital de Pago por Resultados, en los siguientes términos: “Créase el Comité Distrital de Pago por Resultados, como una instancia colegiada encargada de promover, evaluar y verificar el cumplimiento de los requisitos establecidos en este decreto para la contratación y financiación de Proyectos estructurados por entidades del Distrito bajo el Mecanismo Distrital de Pago por Resultados.”

 

Que el artículo 4 ídem, establece la conformación del Comité Distrital de Pago por Resultados en Bogotá D.C, del cual hace parte el Secretario Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, o su delegado; disposición en la cual se indica: “La delegación se realizará mediante acto administrativo a un/a funcionario/a de nivel directivo o asesor facultado para la toma de decisiones”

 

Que, analizadas las funciones del Comité, se considera la delegación en Asesora del Despacho, quien deberá atender las mismas con estricta sujeción a lo dispuesto en el decreto 442 de 2024 y reportar en oportunidad lo tratado en cada sesión, así como a entregar informe detallado sobre lo actuado en caso de reasumirse la función delegada por parte del suscrito o asignada la misma a otro funcionario de nivel directivo o asesor.

 

Que en mérito de lo expuesto:

 

RESUELVE:

 

Artículo 1.  Delegar a la Asesora 105-05, doctora Natalia Currea Dereser, identificada con la cédula de ciudadanía No. 52.414.607, y con correo institucional: natalia.currea@scrd.gov.co quien participará en las sesiones del Comité Distrital de Pago por Resultados en Bogotá D.C.

 

Artículo 2. La funcionaria delegada deberá presentar un Informe a través de Orfeo, cada vez que se reúna la instancia, al Secretario de Despacho sobre los avances de la misma.

 

Artículo 3. Comunicar por la Dirección de Gestión Corporativa y Relación con el Ciudadano, la presente Resolución a la doctora Natalia Currea Dereser, al correo institucional: natalia.currea@scrd.gov.co en su condición de delegada y al señor Gabriel Hernando Angarita Tovar, en su condición de Secretario Técnico del Comité Distrital de Pago por Resultados, vinculado a la Dirección de Estudios de Desarrollo Económico de la  Secretaria Distrital de Desarrollo Económica, al siguiente correo electrónico:  gangarita@desarrolloeconomico.gov.co 

 

Artículo 4.  Publicar por  la Dirección de Gestión Corporativa y Relación con el Ciudadano, en el Régimen Legal de Bogotá y en el Registro Distrital el presente acto administrativo.

 

Artículo 5. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

 

COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dada en Bogotá, D.C., a los 11 días del mes de febrero del año 2025.

 

SANTIAGO TRUJILLO ESCOBAR

 

Secretario de Despacho

 

Nota: ver norma original en Anexos