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CONCEPTO 220239374 DE 2023
(Junio 01)
Señor(a): LAURA NATALY FORERO FUQUENE Dirección Electrónica: Iforero@cmmlegal.co BOGOTÁ, D.C.
Asunto: Respuesta de fondo vigencia Circular 028 de 2004 expedida por la Secretaría Distrital de Salud
Referenciado: 1-2023-5783 y Bogotá te escucha 1972632023
Radicado: 2-2023-9374
Respetada Señora Laura:
A través del Sistema Bogotá Te Escucha, con número de registro 1972632023 del 20 de abril de 2023, se recibió su petición relacionada con la vigencia de la Circular 028 de 2004 expedida por la Secretaría Distrital de Salud[1] y su actualización en el sistema de información Régimen Legal de Bogotá, que se resuelve en los siguientes términos:
Antecedentes
Luego de analizar su petición, esta Dirección inició las actuaciones correspondientes para dar respuesta de fondo dentro del marco de las competencias constitucionales y legales.
En este sentido, mediante radicado 2-2023-6491 del 25 de abril de 2023, se solicitó a la Oficina Asesora Jurídica de la Secretaría Distrital de Salud pronunciamiento sobre la vigencia de la Circular 028 de 2004 y sus modificaciones, en consideración a la órbita funcional de esa entidad y el Decreto 507 de 2013, que establece como función de la Oficina Asesora Jurídica (...) "2. Asesorar y revisar en los aspectos jurídicos, la normatividad aplicable en las entidades del sector salud en razón de sus competencias. 3. Emitir conceptos, responder las tutelas, y absolver consultas y derechos de petición que en materia jurídica formulen los ciudadanos o ciudadanas, las entidades y las autoridades en general, que tengan relación con los asuntos de su competencia" (art. 4).
Esto se debe a que la Secretaría Jurídica Distrital, a través de la Dirección Distrital de Política Jurídica tiene como funciones "Apoyar el desarrollo, mantenimiento e implementación de los sistemas de información jurídica" y "13. Analizar y determinar la vigencia de decretos, resoluciones, directivas y circulares expedidos por el Alcalde Mayor".
En este caso como se trata de una circular expedida por la Secretaría Distrital de Salud y no concurrió en su emisión el Alcalde Mayor, para evaluar la actualización de la información reportada en el Sistema de Régimen Legal fue necesario contar con el pronunciamiento de dicha entidad.
Por otro lado, cabe mencionar que, a través del radicado 1-2023-6132 del 25 de abril de 2022, la Subdirección de Imprenta Distrital emitió un certificado donde se informa que, tras revisar tanto el archivo digital como el físico de la entidad, no se encontró ninguna solicitud de publicación en el Registro Distrital de la Circular 28 de 2004, en respuesta a la solicitud efectuada por esta Dirección el 25 de abril de 2023 (Rad. 2-2023-6503).
En vista de esta información, mediante el radicado 2-2023-8241 del 18 de mayo de 2023, se solicitó a la Oficina Asesora Jurídica de la Secretaría Distrital de Salud que proporcionara detalles sobre la fecha y la forma en que se hizo conocer el contenido de la Circular 028 de 2004 a los vigilados de la Secretaría (funerarias, salas de velación y/o agencias mortuorias que operan en el distrito capital). Además, se reiteró la solicitud de un pronunciamiento sobre la vigencia de la circular.
Igualmente, mediante oficio 2-2023-7565 del 10 de mayo de 2023 se informó a la peticionaria sobre la necesidad de prorrogar el término para dar respuesta de fondo, por cuanto no se contaba con la información suficiente,
Con radicado 1-2023-9150 del 26 de mayo de 2023, la Oficina Asesora Jurídica de la Secretaría Distrital de Salud se pronunció sobre la vigencia de la Circular 028 del 2004.
2. Respuesta a los interrogantes planteados
"1. Que de manera clara, oportuna, completa y de fondo se aclarare la vigencia de la Circular 28 de 2004".
Al respecto la Oficina Asesora Jurídica de la Secretaría Distrital de Salud informó lo siguiente:
1. La Circular 028 del 2004 fue expedida el 23 de diciembre de ese año.
2. Su contenido fue dado a conocer el 23 de junio del 2005, cuando se cargó en el Sistema de información Régimen Legal de Bogotá, fecha a partir de la cual operaría el cumplimiento del requisito de publicación que exigía el artículo 43 del Decreto 01 de 1984, "permitiendo a la Circular 028 del 2004 como acto administrativo de carácter general proferido por autoridad competente, Secretario Distrital de Salud, adquirir fuerza vinculante".
3. La Circular 028 del 2004 "no ha sido objeto de ajustes, cambios ni modificaciones sustanciales", la cual se ha aplicado de manera ininterrumpida durante los últimos 19 años en los procesos de inspección como la vigilancia y control sanitario que efectúa esa entidad. De manera que la circular se encuentra vigente y sus efectos son vinculantes para los destinatarios de la misma.
"2. Que de manera clara se expliquen las modificaciones a las que habido lugar en la información de la Circular, en caso de existir."
De acuerdo con la información proporcionada por la Oficina Asesora Jurídica de la Secretaría Distrital de Salud la Circular 028 de 2004 no ha sido modificada.
"3. Que se actualice la información de la página de la Secretaría Jurídica Distrital en caso de ser necesario".
Como resultado de la respuesta brindada por la Oficina Asesora Jurídica de la Secretaría Distrital de Salud, en relación a la información registrada en el Sistema de Información Régimen Legal sobre la Circular 028 de 2004, se actualizó la fecha de entrada en vigencia a "23 de junio de 2005". Además, se ha registrado que la circular no fue publicada en el Registro Distrital.
Para todos los efectos, con el presente oficio se remite la siguiente documentación:
1. Certificación expedida por la Subdirección de Imprenta Distrital, del 25 de abril de 2022, en la que certifica "que revisado el archivo digital como físico de la Subdirección de Imprenta Distrital no se encontró solicitud de publicación en el Registro Distrital de la Circular 28 de 2004".
2. Respuesta de la Subdirección de Vigilancia en Salud Pública de la Secretaría Distrital de Salud a la peticionaria Laura Nataly Forero en la que le informó que la Circular No. 28 de 2004 no ha sido objeto de modificaciones por parte de la Secretaría Distrital de Salud. (Comunicación 2023EE50230 del 11 de mayo de 2023).
3. Traslado de competencia de la petición de la ciudadana Laura Nataly Forero por parte de la Subdirección de Vigilancia en Salud Pública a la Subdirectora Imprenta Distrital de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., solicitando brindar respuesta de fondo a la ciudadana.
4. Radicado 2-2023-6491 del 25 de abril de 2023 remitido por esta Dirección Distrital de Política Jurídica con destino a la Oficina Asesora Jurídica de la Secretaría Distrital de Salud en el que le solicitó por primera vez, emitir análisis de vigencia frente a la Circular 28 de 2004 y sus modificaciones, para lo cual le adjunto la petición inicial.
5. Radicado 2-2023-8241 del 18 de mayo de 2023 en el que se solicitó a la Oficina Asesora Jurídica de la Secretaría Distrital de Salud informar fecha y en qué forma hizo conocer a sus vigilados (funerarias, salas de velación y/o agencias mortuorias que presten servicios dentro del distrito capital) el contenido de la Circular 028 de 2004 expedida por la Secretaría Distrital de Salud
6. Radicado 1-2023-9150 del 26 de mayo de 2023, Oficina Asesora Jurídica de la Secretaría Distrital de Salud se pronunció sobre la vigencia de la Circular 028 del 2004 y publicidad.
Atentamente,
ANDRES FELIPE CORTES RESTREPO
DIRECTOR DISTRITAL DE POLITICA JURIDICA
Copia: SECRETARIA DISTRITAL DE SALUD - BLANCA INES RODRIGUEZ - contactenos@saludcapital.gov.co Anexos Electrónicos: 4 Proyectó: MONICA ROCIO MEJIA PARRA - DIRECCION DISTRITAL DE POLITICA JURIDICA Revisó: ANDRES FELIPE CORTES RESTREPO - DIRECCION DISTRITAL DE POLITICA JURIDICA Aprobó: ANDRES FELIPE CORTES RESTREPO - DIRECCION DISTRITAL DE POLITICA JURIDICA
NOTA: Ver concepto original en Anexos.
NOTAS DE PIE DE PÁGINA: [1] Por medio de la cual se imparten directrices sobre las condiciones higiénico-sanitarias que deben cumplir las funerarias, salas de velación y agencias mortuorias que funcionen en el Distrito Capital. |