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Circular Externa 001 de 2025 Agencia Nacional de Contratación Pública - Colombia Compra Eficiente

Fecha de Expedición:
28/02/2025
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

CIRCULAR EXTERNA 001 DE 2025

 

(Febrero 28)

 

Para: Alcaldías Municipales (Administración central y descentralizada), Concejos Municipales y Personerías Municipales.

 

Asunto: Modificación parcial sobre la obligatoriedad del SECOP II para la vigencia 2025

 

La Agencia Nacional de Contratación Pública -Colombia Compra Eficiente-, en cumplimiento de las funciones conferidas por los numerales 2, 5 y 8 del artículo 3 del Decreto Ley 4170 de 2011, actuando como ente rector del Sistema de Compra Pública y administrador del Sistema Electrónico para la Contratación Pública - SECOP-[1], es competente para desarrollar e impulsar políticas públicas, programas, herramientas y normas orientadas a la organización y articulación de los partícipes en los procesos de compras y contratación pública, así como para promover las mejores prácticas en la gestión contractual del Estado con el fin de lograr una mayor eficiencia, transparencia y optimización de los recursos públicos.

 

De acuerdo con las competencias señaladas, la ANCP-CCE modifica parcialmente el contenido de la Circular Externa No. 003 de 2024, específicamente lo relacionado con el alcance de la obligatoriedad del SECOP II para el primer semestre de la vigencia 2025.

 

La Circular Externa No. 003 de 2024 dispuso la obligación para cuatro (4) grupos de Entidades Estatales enlistadas en su Anexo No. 1, de publicar en el SECOP II los procesos de contratación que iniciaban a partir del 31 de octubre y 31 de diciembre de 2024, de igual manera, a partir del 1 de marzo y 1 de mayo de 2025 respectivamente, entre otros actos de la actividad contractual.

 

A partir de la expedición de la Circular Externa la Agencia Nacional de Contratación Pública -Colombia Compra Eficiente inició el proceso de capacitación, acompañamiento e implementación para todas las Entidades Estatales relacionadas en el Anexo No. 1, así como para los diferentes partícipes del Sistema de Compra Pública con el fin de que pudieran estar preparados para la adopción del SECOP II. Es así como los dos primeros grupos de Entidades Estatales actualmente se encuentran publicando su actividad contractual en la plataforma transaccional.

 

A pesar de las actividades desarrolladas, aún están pendientes por recibir el proceso de capacitación las Entidades Estatales correspondientes a los grupos 3 y 4 del Anexo No. 1.

 

Con el propósito de que estas Entidades Estatales se preparen adecuadamente para implementar el SECOP II, y teniendo en cuenta que se debe garantizar el proceso de capacitación para la implementación de la plataforma transaccional, se amplía la entrada en vigencia de la obligatoriedad del SECOP II. En consecuencia, las Entidades Estatales que se relacionan en el Anexo publicarán y gestionarán sus procesos de contratación, exclusivamente en el SECOP II, a partir del 1 de julio y 1 de octubre de 2025 respectivamente.

 

Con fundamento en problemas técnicos, concretamente por deficiencias de conectividad según las certificaciones allegadas a esta Agencia por parte de las Entidades Estatales y, de acuerdo con lo establecido en la Circular Externa No. 003 del 31 de marzo de 2022 expedida por la ANCP-CCE, en la cual se indican los lineamientos y condiciones para establecer modificaciones extraordinarias y excepcionales al cronograma de obligatoriedad de la utilización del SECOP II, en el Anexo No. 2 se incluyen a las Entidades Estatales que tienen autorizadas prórrogas con el fin de que puedan realizar las adecuaciones técnicas para garantizar la correcta implementación del SECOP II.

 

Finalmente, los demás aspectos y contenidos de la Circular Externa No. 003 de 2024 se conservan en los términos indicados allí, y regirán plenamente para todas las Entidades Estatales en las fechas allí relacionadas.

 

Atentamente,

 

CRISTÓBAL PADILLA TEJEDA

 

Director General

 

Agencia Nacional de Contratación Pública - Colombia Compra Eficiente

 

NOTA: Ver anexos y norma original en Anexos.

 

NOTA DE PIE DE PÁGINA:


[1] ARTÍCULO 3. FUNCIONES. La Agencia Nacional de Contratación Pública Colombia Compra Eficiente- ejercerá las siguientes funciones:

(…)

2. Desarrollar, implementar y difundir las políticas públicas, planes, programas, normas, instrumentos y herramientas que faciliten las compras y contratación pública del del Estado y promuevan las mejores prácticas, la eficiencia, transparencia y competitividad del mismo, a fin de que se cumplan los principios y procesos generales que deben gobernar la actividad contractual de las entidades públicas.

(...)

5. Absolver consultas sobre la aplicación de normas de carácter general y expedir circulares externas en materia de compras y contratación pública.

(…)

8. Desarrollar y administrar el Sistema Electrónico para la Contratación Pública (SECOP) o el que haga sus veces, y gestionar nuevos desarrollos tecnológicos en los asuntos de su competencia, teniendo en cuenta los parámetros fijados por el Consejo Directivo.