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CIRCULAR EXTERNA 031 DE 2025
(Septiembre 15)
Para: Secretarías Departamentales, Distritales y Locales de Salud, Gerentes Empresas Sociales del Estado.
De: Ministerio de Salud y Protección Social.
Asunto: Anexo 1 identificación y uso de emblemas por parte del personal sanitario, lineamiento técnico de la estrategia de “Fortalecimiento de la Gestión Territorial en Atención Primaria de Salud (APS), con respecto a los Equipos Básicos de Salud (EBS) y su operación a nivel territorial”.
El Ministerio de Salud y Protección Social, en el marco de las competencias establecidas por la Ley 1444 de 2011 - mediante la cual se crea dicho Ministerio - y el Decreto Ley 4107 de 2011 -que define sus funciones relativas a formular, adoptar, dirigir, coordinar, ejecutar y evaluar la política pública en materia de salud, salud pública y promoción social en salud, y en concordancia con lo dispuesto en la Resolución número 4481 de 2012, “por la cual se adopta el Manual de Misión Médica y se establecen normas relacionadas con la señalización y divulgación de su Emblema”, emite la presente instrucción con el propósito de fortalecer las acciones de seguridad, identificación y protección del personal que integra los Equipos Básicos de Salud (EBS). Estas directrices buscan garantizar condiciones seguras para el ejercicio de las funciones del talento humano en salud en el territorio nacional, especialmente en contextos de alta vulnerabilidad, promoviendo el reconocimiento y el respeto hacia su labor humanitaria, y asegurando la continuidad de los servicios de salud en el marco de la Misión Médica.
Partiendo de los lineamientos vigentes de la Estrategia de Fortalecimiento de la Gestión Territorial en Atención Primaria en Salud (APS), en relación con los Equipos Básicos de Salud (EBS) y su operación a nivel territorial la cual ha implicado el despliegue de un importante volumen de personal sanitario en los departamentos, se identifica una necesidad imperiosa de unificar los mecanismos de identificación, emblematización y visibilización de los integrantes de los EBS. Esta situación se ha abordado conforme a lo previsto en la Resolución número 4481 de 2012, que establece medidas para la protección y el respeto del ejercicio de la Misión Médica en Colombia.
En el marco de la búsqueda de la paz total, la garantía de la seguridad, el respeto a la vida, la labor humanitaria y el derecho fundamental a la salud constituyen principios fundamentales que orientan la actuación del Estado colombiano. Por ello, el Ministerio de Salud y Protección Social insta a las Entidades Territoriales y Empresas Sociales del Estado a dar estricto cumplimiento a las directrices y lineamientos anexos, con el propósito de visibilizar de manera clara y uniforme a quienes ejecutan acciones en salud en el marco de la estrategia mencionada.
La adecuada identificación del personal sanitario no solo facilita el desarrollo de sus actividades, sino que también lo protege frente a situaciones de riesgo. Esta medida constituye un deber ético y legal que requiere responsabilidad institucional y compromiso colectivo, respondiendo a la necesidad de fortalecer la seguridad, la protección y la visibilidad del talento humano en salud, garantizar la aplicación del Derecho Internacional Humanitario y asegurar la continuidad de la atención en salud con un enfoque territorial, diferencial y comunitario.
Anexo: Lineamientos para el uso del emblema en los Equipos Básicos en Salud.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Bogotá, D.C., a los 15 días del mes de septiembre del año 2025.
El Ministro de Salud y Protección Social,
GUILLERMO ALFONSO JARAMILLO MARTÍNEZ.
NOTA: Ver anexo y norma original en Anexos. |