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Decreto 475 de 2025 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
01/10/2025
Fecha de Entrada en Vigencia:
07/10/2025
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 8423 del 07 de octubre de 2025.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO 475 DE 2025

 

(Octubre 01)

 

Por medio del cual se corrige un error formal en el Decreto Distrital 466 del 26 de septiembre de 2025

 

EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, D. C.

 

En ejercicio de sus facultades legales, en especial la contenida en el artículo 45 de la Ley 1437 de 2011 y,

 

CONSIDERANDO:

 

Que mediante el Decreto Distrital 466 de 2025 se crean unos empleos de carácter temporal en la planta de personal de la Secretaría Distrital de Seguridad, Convivencia y Justicia.

 

Que en la parte considerativa y en el artículo del mencionado Decreto, se evidenció un error de transcripción en el cuadro que contiene la denominación, código y grado de los cargos creados, duplicando la denominación “Profesional Especializado 222 grado 25”, cuando una de ellas debía corresponder a “Profesional Universitario 219 grado 17 con 13 cargos”, de acuerdo con el estudio técnico y el concepto del Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital, que soportan la creación de dicha planta.

 

Que el artículo 45 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo señala: "Corrección de errores formales. En cualquier tiempo, de oficio o a petición de parte, se podrán corregir los errores simplemente formales contenidos en los actos administrativos, ya sean aritméticos, de digitación, de transcripción o de omisión de palabras. En ningún caso la corrección dará lugar a cambios en el sentido material de la decisión, ni revivirá los términos legales para demandar el acto. Realizada la corrección, esta deberá ser notificada o comunicada a todos los interesados, según corresponda".

 

Que en ese sentido, se hace necesario corregir el error formal inmerso en el artículo 1° del Decreto Distrital No. 466 del 26 de septiembre de 2025, sin que ello modifique en ningún aspecto la parte considerativa del decreto ni las demás disposiciones contenidas en el mismo.

 

Que en mérito de lo expuesto,

 

DECRETA:

 

Artículo .- Corregir el error formal inmerso en el artículo  del Decreto No. 466 del 26 de septiembre de 2025, el cual quedará así:

 

Artículo 1°.- Crear en la planta de empleos de la Secretaría Distrital de Seguridad, Convivencia y Justicia, cuya duración será hasta el 31 de diciembre de 2027, los siguientes empleos de carácter temporal:

 

Denominación

Código

Grado

N° de Empleos

Nivel Profesional

Sesenta y Tres (63)

Profesional Especializado

222

25

12

Profesional Universitario

219

17

13

Profesional Universitario

219

5

38

Nivel Técnico

Ciento Cincuenta y uno (151)

Técnico Operativo

314

13

151

Nivel Asistencial

Mil Quinientos Once (1.511)

Auxiliar Administrativo

407

15

1

Auxiliar Administrativo

407

10

1510

Total Empleos

Mil Setecientos Veinticinco (1.725)

 

Artículo 2°.- Las demás disposiciones contenidas el Decreto Distrital 466 del 26 de septiembre de 2025, continúan vigentes.

 

Artículo 3º.- Comunicar el contenido del presente Decreto Distrital a la Dirección Distrital de Presupuesto de la Secretaría Distrital de Hacienda y al Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital, a través de la Subdirección de Servicios Administrativos, de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

 

Artículo 4°. - El presente decreto rige a partir de su publicación.

 

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dado en Bogotá, D. C., a los 01 días del mes de octubre del año 2025.

 

CARLOS FERNANDO GALÁN PACHÓN

 

Alcalde Mayor

 

CÉSAR ANDRÉS RESTREPO FLOREZ

 

Secretario Distrital de Seguridad, Convivencia y Justicia

 

LAURA VICTORIA VILLA ESCOBAR

 

Directora del Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital

 

NOTA: Ver norma original en Anexos.