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CIRCULAR 050 DE 2025
(Noviembre 26)
Para: Servidores y Servidoras públicos de la Secretaría Jurídica Distrital
De: Directora de Gestión Corporativa
Asunto: Directrices sobre las actividades de ingreso y acompañamiento, así como la entrega del cargo por terminación de nombramiento en provisionalidad y de encargos, en el marco del Proceso de Selección No. 2547 de 2023 – Distrito Capital 6.
Cordial saludo,
De conformidad con lo señalado en los numerales 22 y 23 del artículo 38 de la Ley 1952 de 2019 corresponde al servidor público “vigilar, salvaguardar y responder por la conservación de los útiles, equipos, muebles y bienes confiados a su guarda o administración y rendir cuenta oportuna de su utilización”, por lo cual, está en la obligación, una vez se retire del empleo de hacer entrega del inventario de bienes que le fueron entregados en cumplimiento de las funciones.
De igual manera, en la Circular Externa No. 035 del año 2020 el Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital - DASCD imparte directrices para el desarrollo del proceso de desvinculación de los (as) servidores (as) públicos (as) del Distrito Capital y en la cual define los parámetros que deben seguir las entidades y organismos distritales para el desarrollo de las actividades que permitan el retiro gradual de los (as) servidores (as) públicos.
En tal sentido, y teniendo en cuenta que la Comisión Nacional del Servicio Civil – CNSC adelanta el Proceso de Selección No. 2547 de 2023 – Distrito Capital 6, en las modalidades de ascenso y abierto, con el fin de proveer los empleos en vacancia definitiva pertenecientes al Sistema General de Carrera Administrativa de la planta de personal de la Secretaría Jurídica Distrital, se establecen las diferentes recomendaciones y lineamientos que permitan facilitar el retiro de los (as) servidores (as) vinculados (as) en provisionalidad, la terminación de los encargos y la vinculación de los nuevos servidores, así:
1. Actividades de Ingreso y acompañamiento (aplicable a nuevos (as) servidores (as) o servidores (as) que ocupen nuevos cargos por ascenso).
1.1 Comunicación de manual de funciones y competencias laborales del empleo.
De acuerdo con el instructivo “Actividades de Ingreso para funcionarios 2311300-IN-016”, una vez realizada la posesión del (a) servidor (a) público (a), se imprimirán tres (3) copias de la ficha del cargo, con el propósito, funciones y responsabilidades del empleo; una se entregará al (a) servidor (a), otra al directivo responsable y la tercera se incorporará a la historia laboral, debidamente firmada como constancia de recibido.
1.2 Ubicación y entrenamiento del servidor en el puesto de trabajo.
El (la) profesional de Gestión de Talento Humano a cargo del proceso de vinculación presentará al (a) servidor(a) ante el directivo responsable de la dependencia y entregará el formato 2311300-FT-106 “Ubicación y Entrenamiento del Servidor en el Puesto de Trabajo”. En este, el (la) jefe (a) inmediato asignará a un(a) servidor(a) capacitado(a) que actuará como padrino o madrina durante el proceso de entrenamiento.
El (la) profesional de capacitación orientará al (a) servidor(a) sobre el desarrollo de la inducción institucional, que se realizará de manera virtual a través de la plataforma dispuesta por la Entidad, con acceso a módulos que contienen información sobre la plataforma estratégica y otros temas institucionales.
Asimismo, programará un espacio formativo sobre el uso de los sistemas de información requeridos para el desarrollo de las funciones, particularmente del Sistema Integrado de Gestión Documental -SIGA-.
El desarrollo de estas actividades se debe consignar en el formato 2311300-FT-106, el cual, una vez esté completamente diligenciado, deberá remitirse, mediante memorando electrónico a través del SIGA, a la Dirección de Gestión Corporativa dentro del mes siguiente a la posesión del (a) funcionario(a), para su revisión y archivo en la historia laboral.
1.3 Cursos Obligatorios de Formación.
El (la) servidor(a) deberá realizar el curso “Ingreso al Servicio Público 2024–2027”, impartido por el Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital (DASCD), el cual tiene como objetivo fortalecer la identidad institucional, el conocimiento del Estado, del Sistema Integrado de Gestión y de los deberes, derechos y prohibiciones del servidor público.
Asimismo, deberá realizar y acreditar los cursos “Inteligencia Artificial Generativa”, “Visualización de Datos” y “El Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencias”, también impartidos por el DASCD, los cuales fortalecen las competencias digitales y promueven la equidad de género, en cumplimiento de la normatividad vigente.
El (la) funcionario(a) deberá remitir las copias de los certificados de aprobación de los cursos antes señalados a la Dirección de Gestión Corporativa, mediante memorando electrónico a través del SIGA, dentro de los tres meses siguientes a la posesión.
1.4 Concertación de compromisos.
En relación con los (as) servidores (as) públicos (as) que se vinculan a la entidad en nombramiento en período de prueba, los (as) jefes (as) inmediatos concertarán los compromisos laborales y comportamentales de acuerdo con lo señalado en el Decreto Sectorial 1083 de 2015 y en el Sistema Tipo de Evaluación del Desempeño establecido en el Acuerdo 617 del 2018 de la CNSC, en un periodo máximo de quince (15) días hábiles, contados a partir de la posesión. Se debe tener en cuenta que no se pueden concertar más de tres (3) compromisos funcionales, los cuales deben guardar relación con las funciones y el propósito del empleo en el que ha sido nombrado (a).
1.5 Correo electrónico y sistemas de información. El (la) Jefe (a) de la dependencia o su delegado (a) autorizado (a) (secretario de esta) debe reportar la novedad de ingreso mediante el Formulario Creación Usuarios publicado en la Intranet de la Entidad en el enlace https://intranet.secretariajuridica.gov.co.
Una vez gestionado el acceso, el personal de la Oficina de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones –OTIC– hará la entrega del usuario de red, correo electrónico y Sistema de Información de Gestión Documental SIGA, a la persona que realiza la solicitud.
Adicionalmente, la OTIC informará a los (as) líderes funcionales o encargados (as) de los Sistemas de Información Administrativos o Misionales para que se asignen los accesos correspondientes al (la) nuevo(a) funcionario(a) según lo indicado en el formulario.
En caso de requerir la configuración del equipo en el puesto de trabajo del (a) nuevo (a) funcionario (a), se deberá solicitar al equipo de soporte técnico dicha actividad remitiendo un correo a soporte@secretariajuridica.gov.co. 1.6 Entrega de carné y autorización de ingreso.
Junto con la entrega de las credenciales del correo electrónico, el personal de la Oficina de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones -OTIC- hará la entrega del carné y la tarjeta de proximidad. Estos elementos facilitarán el control y la autorización de ingreso a las instalaciones de la Secretaría Jurídica.
Una vez que el (la) funcionario(a) cuente con su carné, deberá acercarse a la recepción del Palacio Liévano para gestionar el ingreso mediante el registro biométrico.
1.7 Prima técnica para empleos profesionales.
El (la) nuevo (a) servidor (a) público (a) que ingrese a la Secretaría Jurídica Distrital en el nivel profesional deberá solicitar el mismo día de posesión el reconocimiento de la Prima Técnica Distrital mediante el formato de solicitud radicando en el Sistema Integrado de Gestión Documental -SIGA-. Reconocimiento que se realizará de acuerdo con la documentación que repose en su historial laboral y de conformidad con sus títulos académicos y experiencia profesional.
1.8 Asignación de bienes y elementos de trabajo.
El (la) Jefe (a) de dependencia, junto con el (la) gestor(a) de activos, deberá asignar los bienes y elementos de trabajo al nuevo (a) servidor (a) público (a), utilizando los que la dependencia tiene en custodia y asegurando que le sean provistos los necesarios para el ejercicio de sus funciones.
2. Desvinculación de los (as) servidores (as) públicos (as) con nombramiento provisional y terminación de encargo con ocasión del proceso de selección en las modalidades de ascenso y abierto.
Una vez comunicado el acto administrativo de terminación del nombramiento, el (la) servidor (a) público (a), junto con su jefe (a) inmediato, deberá adelantar las actividades necesarias para iniciar el proceso de empalme y desvinculación, conforme a lo establecido en el procedimiento “Desvinculación de Servidores Públicos 2311300-PR-074” y a las recomendaciones señaladas en los numerales de la presente Circular. Para ello, deberá diligenciar el formato “Entrega de Cargo por Ausencia Temporal o Retiro Definitivo 2311300-FT-436”, con el fin de registrar las actividades asociadas al retiro y/o vacancia temporal, y dejar constancia de la entrega formal del puesto de trabajo.
Asimismo, se recuerda que, una vez se produzca la desvinculación, el (la) servidor (a) público (a) deberá practicarse el examen médico de egreso, para lo cual es deber del (a) funcionario (a) coordinar con el Proceso de Gestión del Talento Humano la realización del Examen Médico Ocupacional, el cual no debe superar los cinco (5) días siguientes a la fecha efectiva del retiro.
En caso de que el (la) servidor (a) público (a) presente renuncia, antes de la notificación del acto administrativo de terminación del nombramiento, deberá igualmente cumplir con las actividades previstas en la presente Circular para la entrega del puesto de trabajo y el cierre adecuado del proceso de desvinculación.
2.1 Entrega del puesto de trabajo y transferencia del conocimiento.
Con el fin de garantizar un proceso exitoso de entrega del puesto de trabajo, los (as) jefes (as) de dependencia deberán verificar los compromisos pendientes a cargo de los (as) servidores (as) públicos (as) vinculados mediante nombramiento provisional en los cargos pertenecientes al Sistema General de Carrera Administrativa de la planta de personal de la Secretaría Jurídica Distrital, que serán provistos mediante listas de elegibles derivadas del Proceso de Selección No. 2547 de 2023 - Distrito Capital 6.
Con el propósito de facilitar la transferencia del conocimiento y realizar el seguimiento a los compromisos y obligaciones atendidos durante el ejercicio de las funciones, el (la) servidor(a) en proceso de desvinculación, junto con su jefe (a) inmediato y/o quien este designe, elaborarán un informe de entrega del puesto de trabajo que incluya, como mínimo, la siguiente información:
- Avance en los programas, proyectos, actividades o asuntos a su cargo, indicando el estado actual al momento de la entrega.
- Relación de informes que deben presentarse, su periodicidad y la información que deben contener, incluyendo las fuentes y destinatarios correspondientes.
- Relación de los recursos compartidos en Google Drive (unidades compartidas) que resulten relevantes para el área, o en su defecto, entrega de una copia de respaldo de dicha información.
- Relación de los comités u otros cuerpos colegiados en los cuales participa, indicando la calidad en que asiste.
- Identificación de los sistemas institucionales o externos en los cuales se encuentra inscrito, adjuntando la evidencia de la solicitud de eliminación del usuario a su cargo.
- Información del estado de los documentos de archivo a su cargo tanto físicos como electrónicos, de no tener documentos de archivo a su cargo dejarlo así especificado.
- Otras acciones que se deriven del ejercicio de las funciones propias del empleo desempeñado bajo nombramiento provisional.
El informe señalado deberá elaborarse conforme a los lineamientos definidos en el formato 2311300-FT-333 “Acta de Informe de Gestión y Entrega de Cargo”, suscribirse por el(la) servidor(a) público(a) y su jefe(a) inmediato(a), y remitirse a la Dirección de Gestión Corporativa mediante memorando electrónico para su incorporación en la historia laboral, de acuerdo con el procedimiento “Desvinculación de Servidores Públicos 2311300-PR-074”.
Una vez se cuente con el Acta de Informe de Gestión y Entrega de Cargo debidamente suscrita por ambas partes, el servidor deberá continuar con las demás actividades asociadas a su retiro o desvinculación temporal de la entidad, establecidas en el formato “Entrega de Cargo por Ausencia Temporal o Retiro Definitivo 2311300-FT-436”. El plazo máximo para entregar dicho documento será de 15 días hábiles posteriores a la fecha de notificación del acto administrativo de retiro.
Finalmente, se recuerda que, de acuerdo con la Circular Externa No. 035 de 2020 del Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital - DASCD, los (as) jefes (as) de dependencia deberán adelantar los procesos de transferencia de conocimiento con el fin de recopilar y conservar la experiencia e información generada por los (as) servidores (as) públicos (as) en el ejercicio de sus funciones, mediante el informe de entrega que se menciona en el presente numeral.
2.2 Generalidades entrega de expedientes y archivo mediante inventario documental FUID.
El (la) directora(a) y/o Jefe (a) de la Dependencia deberá determinar si los documentos a cargo del (a) servidor (a) público (a) que se desvincula serán reasignados a otro (a) servidor (a) o trasladados al Gestor Documental de la Dependencia, quien asumirá la responsabilidad correspondiente a partir de la recepción formal de la documentación. Para el desarrollo de este proceso, se contará con el acompañamiento del personal del Proceso de Gestión Documental.
De conformidad con el marco normativo vigente, el (la) servidor (a) público (a) que se vaya a desvincular de la Entidad deberá entregar físicamente los documentos a su cargo a su jefe (a) inmediato o a su delegado (a), los cuales deberán cumplir con las siguientes condiciones:
- Estar clasificados según la serie/subserie documental o asunto, ordenados y descritos mediante hojas de control.
- Estar inventariados en el Formato Único de Inventario Documental - FUID 2311520-FT-240.
Asimismo, el (la) servidor (a) deberá entregar la información digital bajo su responsabilidad, debidamente inventariada, diligenciando el Informe de Entrega y el Formato de Inventario Documental - FUID 2311520-FT-240.
Una vez el (la) servidor (a) público (a) realice la entrega de la documentación a su jefe inmediato o a su delegado, este deberá verificar la correspondencia entre el Formato de Inventario Documental - FUID 2311520-FT-240 y la documentación física entregada, con el fin de garantizar la integridad y el orden del proceso.
En caso de presentarse alguna novedad, deberá solucionarse de inmediato para proceder con la firma del formato de entrega de puesto de trabajo del (a) servidor(a) público.
2.3 Entrega de bienes a la dependencia.
Los (as) servidores (as) públicos (as) que ejerzan funciones en encargo o cuenten con nombramiento en provisionalidad, al finalizar su vinculación o encargo, deberán entregar los bienes, equipos y demás elementos de trabajo asignados directamente al (a) jefe (a) inmediato (a) de la dependencia, con el acompañamiento del (a) gestor (a) de activos, de acuerdo con el inventario registrado en el aplicativo de traslados y conforme a lo establecido en el procedimiento “Gestión de Bienes 2311500-PR-135”.
Dichos bienes no deben ser reintegrados al área de Almacén, ya que permanecerán bajo custodia de la dependencia para ser reasignados al (a) servidor(a) que asuma el cargo posteriormente. Únicamente, cuando la dependencia determine que no requiere el uso de estos bienes, deberán ser reintegrados al área de Almacén para gestionar su redistribución o disposición, conforme a los procedimientos institucionales establecidos.
El (la) jefe (a) inmediato (a), con el apoyo del (a) gestor (a) de activos de la dependencia, será responsable de recibir y verificar la entrega, así como de garantizar la adecuada custodia de los bienes hasta su nueva asignación, conforme al procedimiento mencionado y con base en el inventario registrado en el aplicativo de traslados.
En caso de presentarse alguna novedad, daño o faltante, deberá dejarse el registro respectivo y reportar la situación a la Dirección de Gestión Corporativa – Proceso de Gestión Administrativa.
En el caso de los (as) servidores (as) públicos (as) con nombramiento en provisionalidad, una vez realizada la entrega de los bienes, el área de Almacén procederá a firmar el formato de entrega del puesto de trabajo correspondiente, de acuerdo con el procedimiento “Desvinculación de Servidores Públicos 2311300-PR-074” y en concordancia con lo señalado en el punto 2, “Desvinculación de los (as) servidores (as) públicos (as) con nombramiento provisional y terminación de encargo con ocasión del proceso de selección en las modalidades de ascenso y abierto”, de la presente Circular.
Finalmente, se recuerda que no está permitida la entrega, préstamo o traslado de los equipos, bienes o elementos asignados a terceros, ni su salida de las instalaciones de la Entidad sin el cumplimiento del procedimiento institucional establecido.
2.4 Entrega de contraseñas y accesos a sistemas de información.
El (la) servidor (a) público (a) con nombramiento en provisionalidad deberá entregar a su jefe (a) inmediato (a) el listado de usuarios, contraseñas y accesos asignados durante el ejercicio de sus funciones, así como el registro de las plataformas o sistemas administrativos y misionales de la Secretaría Jurídica Distrital.
Asimismo, deberá entregar una copia de seguridad alojada en una unidad compartida Google Drive siguiendo las orientaciones que genere la Oficina de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (OTIC) que deberá ser entregada como requisito para finalizar el proceso de entrega del puesto de trabajo y la desvinculación de la entidad.
En el marco del proceso de desvinculación la OTIC realizará un proceso de capacitación para todos (as) los (as) servidores(as) que se retirarán de la Entidad para impartir los lineamientos respectivos.
Una vez gestionado todos los pasos señalados en el formato de entrega de puesto de trabajo, el (la) servidor(a) deberá acercarse a la OTIC para entregar el carné y la tarjeta de proximidad. El personal de la OTIC procederá a recibir dichos elementos y a inactivar todos los usuarios.
Finalmente, la Oficina de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones dejará constancia de la desactivación del usuario y del correo institucional para efectos de control y archivo, para lo cual aprobará el formato de entrega de puesto de trabajo
2.5 Gestores.
Con el fin de garantizar la continuidad de las actividades a cargo de la Dependencia, deberán reasignarse los roles de gestores de procesos y de calidad que hayan sido desempeñados por servidores (as) públicos (as) vinculados en provisionalidad. Esta disposición también aplica a cualquier otro rol asumido por el (la) servidor (a) durante su vinculación (Gestor de Integridad, Gestor de Archivo, Gestor de Correspondencia, entre otros).
Corresponde al (a) Jefe (a) de la dependencia realizar dicha reasignación, de conformidad con los lineamientos y parámetros establecidos por la Oficina Asesora de Planeación.
2.6 Entrevista de Retiro.
De conformidad con el procedimiento “Desvinculación de Servidores Públicos 2311300-PR-074”, los (as) servidores (as) deberán diligenciar el formulario visible en el siguiente enlace: “Entrevista de retiro” que contiene las preguntas del formato “Entrevista de Retiro 2311300-FT-219”, con el propósito de conocer su percepción sobre distintos aspectos relacionados con el desempeño del empleo, desde su vinculación hasta la finalización de su ciclo laboral en la Secretaría Jurídica Distrital. La información recopilada permitirá identificar oportunidades de mejora y promover acciones orientadas al bienestar laboral de los(as) servidores(as) públicos (as).
Por lo anterior, se solicita que el forms sea diligenciado de manera oportuna, una vez completado y validado el registro de la información, se deberá adjuntar una captura de pantalla que dé cuenta del desarrollo de la actividad.
Con dicho soporte, el profesional responsable procederá a la firma del formato de entrega de puesto de trabajo correspondiente, de acuerdo con lo establecido en el procedimiento “Desvinculación de Servidores Públicos 2311300-PR-074”.
2.7 Evaluación del desempeño y de gestión.
Cada jefe (a) inmediato (a), una vez reciba la comunicación de terminación del encargo o del nombramiento en provisionalidad, deberá realizar la evaluación correspondiente según el caso.
a) Terminación de encargo
Los (as) servidores (as) públicos (as) de carrera administrativa que se les termine el nombramiento en encargo deberán ser evaluados de conformidad con el Sistema Tipo de Evaluación del Desempeño de la Comisión Nacional del Servicio Civil.
Para ello deberá efectuarse una evaluación parcial eventual del desempeño respecto del último cargo desempeñado en dicha condición.
En cuanto a los servidores (as) públicos (as) que regresen a su cargo de origen, se deberá concertar nuevos compromisos laborales conforme al Sistema Tipo señalado en la presente Circular. Se recuerda que el término para la concertación es de quince (15) días hábiles, contados a partir del retorno del servidor a su empleo de carrera. b) Nombramiento provisional. Los (as) servidores (as) públicos (as) con nombramiento provisional que se les termine el nombramiento, serán evaluados (as) o se les realizará el respectivo seguimiento de conformidad con el protocolo del sistema de evaluación de la gestión de empleados provisionales del Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital.
Por otro lado, y en atención a lo dispuesto en la Circular Externa No. 035 de 2020 del Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital, se recuerda que los (as) servidores (as) públicos (as) que ostentan derechos de carrera administrativa y que, en el marco del Proceso de Selección No. 2547 de 2023 - Distrito Capital 6, hayan sido seleccionados (as) y nombrados (as), ya sea en la Secretaría Jurídica Distrital o en otra entidad u organismo distrital, sin haber renunciado al empleo del cual son titulares, deberán informar dicho nombramiento a la Dirección de Gestión Corporativa.
Esta Dirección será la encargada de gestionar el acto administrativo que declare la vacancia temporal del empleo del cual el (la) servidor (a) es titular, la cual se extenderá por el término de duración del período de prueba.
Asimismo, se precisa que el (la) servidor (a) público (a) con derechos de carrera, nombrado en período de prueba, podrá retornar de manera anticipada a su empleo titular durante el desarrollo o al finalizar dicho período, siempre que presente la renuncia al cargo en el que fue nombrado en período de prueba, y antes de la firmeza de la evaluación definitiva. Esta situación no afectará sus derechos de carrera ni su participación en futuros procesos de selección.
El (la) empleado (a) de carrera que sea nombrado en período de prueba en un nuevo empleo deberá ser previamente evaluado en el cargo de carrera que venía desempeñando antes de su posesión. Para tal efecto, deberá realizarse una evaluación parcial eventual en el Aplicativo de la CNSC, indicando como motivo “por período de prueba en otro empleo”.
Finalmente, se precisa que, una vez superado el período de prueba, no será necesario efectuar un nuevo nombramiento para acreditar que el servidor ocupa el cargo en propiedad. Bastará con incorporar en la hoja de vida la copia de la evaluación definitiva en firme, la cual acredita el acceso o ascenso en la carrera administrativa y la adquisición de los derechos inherentes a la misma.
2.8 Solicitud y expedición de certificaciones laborales.
Los (as) servidores (as) públicos (as) que sean desvinculados producto de la provisión de las listas de elegibles del Proceso de Selección No. 2547 de 2023 - Distrito Capital 6, podrán solicitar su certificación laboral mediante comunicación escrita radicada por la ventanilla de correspondencia ubicada en la carrera 8 No. 10-65, o través del correo electrónico correspondencia@secretariajuridica.gov.co.
La solicitud deberá contener sus datos completos, nombres y apellidos completos, documento de identidad, dirección de correspondencia, correo electrónico y teléfono de contacto, para el envío de esta.
2.9 Oferta Institucional para el acompañamiento del proceso de retiro.
El Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital (DASCD), mediante la Circular Externa No. 035 de 2020, puso en conocimiento de los servidores públicos la oferta institucional de empleo en el Distrito, la cual incluye el portal web https://desarrolloeconomico.gov.co/bogotatrabaja.
La Secretaría Distrital de Desarrollo Económico (SDDE) ofrece la Ruta de Empleabilidad, que facilita el ajuste del perfil profesional o laboral, e incluye la hoja de vida en su base de datos para futuras vacantes. Adicionalmente, se puede acceder a programas de orientación profesional y formación.
También se recuerda que las Cajas de Compensación ofrecen programas de desvinculación, que incluyen la agencia de empleo, apoyo al emprendimiento y el Seguro del Desempleo.
2.10 Reconocimiento y liquidación de prestaciones sociales de retiro.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 3° del Decreto 1045 de 1978, se deben reconocer y pagar a los (as) servidores (as) públicos (as) únicamente las prestaciones sociales establecidas en la ley. En tal sentido, de conformidad con el marco normativo vigente se reconocerán a los (as) servidores (as) públicos (as) las prestaciones sociales a que tienen derecho, mediante acto administrativo motivado y expedido dentro del mes siguiente a la fecha en que se haga efectivo el retiro del servicio.
La Dirección de Gestión Corporativa está comprometida con la eficiencia de este procedimiento, por lo que amablemente se solicita a los (as) servidores (as) públicos que voluntariamente así lo acepten para que autoricen la notificación de la resolución por la cual se reconocen y liquidan las prestaciones sociales de retiro a través de medios electrónicos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 56° del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, para esto deberán contar con información correspondiente a los correos personales actualizada en los sistemas de información de la Entidad o informar alguna novedad al correo electrónico correspondencia@secretariajuridica.gov.co.
Por último, es importante recordarles que la Dirección de Gestión Corporativa está atenta a cualquier inquietud o requerimiento que se realicen en particular.
Cordialmente,
MARÍA FERNANDA QUIJANO VÁSQUEZ
DIRECTORA DE GESTIÓN CORPORATIVA
Proyectó: Maura Yuliana Ramírez Goez, Contratista, Dirección de Gestión Corporativa Revisó: Jeison Steven Perdomo Polania, Contratista, Dirección de Gestión Corporativa Aprobó: María Fernanda Quijano Vásquez, Directora de Gestión Corporativa.
Nota: Ver norma original en Anexos. |