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DECRETO 621 DE 2025
(Diciembre 15)
Por medio del cual se concede un permiso remunerado y se efectúa un encargo
EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.
En uso de sus facultades legales, en especial las conferidas por el Decreto Ley 1421 de 1993, el Decreto Nacional 1083 de 2015, modificado y adicionado por el Decreto Nacional 648 de 2017, у
CONSIDERANDO:
Que el artículo 38 del Decreto Ley No. 1421 de 1993, estableció las atribuciones del Alcalde Mayor de Bogotá, D.C., entre las cuales se encuentra: "3. Dirigir la acción administrativa y asegurar el cumplimiento de las funciones, la prestación de los servicios y la construcción de las obras a cargo del Distrito."
Que el Artículo 2.2.5.5.17 del Decreto No. 1083 de 2015, modificado y adicionado por el Decreto No. 648 de 2017, estipula: "El empleado puede solicitar por escrito permiso remunerado hasta por tres (3) días hábiles cuando medie justa causa. Corresponde al nominador o a su delegado la facultad de autorizar o negar los permisos (...)"
Que el Departamento Administrativo de la Función Pública, mediante concepto No. 88801 de 2019, establece: "De acuerdo con el Decreto Ley 785 de 2005, los diputados, gobernadores, concejales, alcaldes municipales o distritales, alcalde local, contralor departamental, distrital o municipal, personero distrital o municipal, veedor distrital, secretarios de despacho, directores de departamentos administrativos, gerentes de unidades administrativas especiales y directores, gerentes o presidentes de entidades descentralizadas, son cargos que pertenecen a la alta dirección territorial, y por lo tanto, su actividad se enmarca dentro de los criterios expuestos por el Consejo de Estado para decir que los mismos, no están sujetos a una jornada de trabajo, por cuanto, se entiende que por las funciones que le son propias su actividad debe ser permanente.”
Que mediante oficio radicado con No. 1-2025-49862 del 15 de diciembre de 2025, la Secretaría Distrital de la Mujer, solicitó se le conceda a la servidora pública LAURA MARCELA TAMI LEAL, identificada con la cédula de ciudadanía No. 53.907.347, Secretario de Despacho, Código 020, Grado 09, de la Secretaría Distrital de la Mujer, permiso remunerado del 15 al 17 de diciembre de 2025, y a su vez se efectué el respectivo encargo.
Que el artículo 24 de la Ley 909 de 2004, modificado por el artículo 1º de la Ley 1960 de 2019 establece: "(...) Los cargos de libre nombramiento y remoción, en caso de vacancia temporal o definitiva, podrán ser provistos a través del encargo de empleados de carrera o de libre nombramiento y remoción, que cumplan los requisitos y el perfil para su desempeño (...)".
Que de acuerdo con lo expuesto, se hace necesario efectuar el encargo de las funciones del empleo Secretario de Despacho, Código 020, Grado 09, de la Secretaría Distrital de la Mujer, para garantizar la continua prestación de los servicios que este Despacho tiene a su cargo.
Que la servidora pública Shirley Johana Villamarín Insuasty, Directora de Talento Humano de la Secretaría Distrital de la Mujer, certificó que la servidora pública JULIANA MARTINEZ LONDOÑO, identificada con la cédula de ciudadanía No. 43.985.773, Subsecretario de Despacho, Código 045, Grado 08 de la Subsecretaría del Cuidado y Políticas de Igualdad de la Secretaría Distrital de la Mujer, cumple con los requisitos para ejercer en encargo las funciones del empleo Secretario de Despacho, Código 020, Grado 09, de la Secretaría Distrital de la Mujer.
En mérito de lo expuesto,
DECRETA:
ARTÍCULO 1º-: Conceder permiso remunerado del 15 al 17 de diciembre de 2025, a la servidora pública LAURA MARCELA TAMI LEAL, identificada con la cédula de ciudadanía No. 53.907.347, Secretario de Despacho, Código 020, Grade 09, de la Secretaría Distrital de la Mujer.
ARTÍCULO 2º-: Encargar del 15 al 17 de diciembre de 2025, a la servidora pública JULIAΝΑ MARTINEZ LONDOÑO, identificada con la cédula de ciudadanía No. 43.985.773, Subsecretario de Despacho, Código 045, Grado 08 de la Subsecretaría del Cuidado y Políticas de Igualdad de la Secretaría Distrital de la Mujer, de las funciones del empleo Secretario de Despacho, Código 020, Grado 09, de la misma entidad.
ARTÍCULO 3º-: Comunicar a las servidoras públicas LAURA MARCELA TAMI LEAL y JULIANA MARTINEZ LONDOÑO, a la Secretaría Distrital de la Mujer, al Despacho del Secretario Jurídico Distrital y a la Dirección de Talento Humano de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., el contenido del presente Decreto, lo que se realizará a través de la Subdirección de Gestión Documental de esta última Secretaría.
Parágrafo: Para los efectos del presente artículo y con el fin de facilitar las comunicaciones a cargo de la Subdirección de Gestión Documental de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., a continuación, se relacionan los correos electrónicos de las funcionarias de que trata el presente acto administrativo.
ARTÍCULO 4º.- El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
COMUNIQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en la ciudad de Bogotá, D.C., a los 15 días del mes de diciembre del año 2025.
CARLOS FERNANDO GALÁN PACHÓN
Alcalde Mayor
Nota: Ver norma original en Anexos. |