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DECRETO 159 DE 2000 (Marzo 6) Derogado por el art. 512, Decreto Único Sectorial 645 de 2025. Por medio del cual se delega una función EL ALCALDE MAYOR DE SANTA FE DE BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL en ejercicio de sus facultades legales, en especial las que le confieren los artículos 35, 38 y 40 del Decreto Ley 1421 de 1993, y CONSIDERANDO: Que el numeral 15 del artículo 38 del Decreto 1421 de 1993, señala que es atribución del Alcalde Mayor, adjudicar y celebrar los contratos de la administración central de conformidad con la ley y los acuerdos del Concejo, expresando que tales facultades pueden ser delegadas en los Secretarios y Jefes de Departamento Administrativo. Que el numeral 6 ibídem dispone, que es atribución del Alcalde Mayor la distribución de los negocios entre las secretarías, los departamentos administrativos y las entidades descentralizadas. Que el proceso de enajenación de acciones del Distrito Capital en la Empresa de Telecomunicaciones de Santa Fe de Bogotá S.A. ESP, se está realizando de conformidad con Ley 226 de 1995, el Acuerdo Distrital No. 7 de 1998, y los Decretos 787 y 928 de 1999 expedidos por el Alcalde Mayor de Santa Fe de Bogotá D.C. Que dentro de la ejecución del programa de enajenación accionaria, actualmente se adelanta la fase de oferta pública al sector solidario de parte las acciones del Distrito Capital en la Empresa de Telecomunicaciones de Santa Fe de Bogotá S.A. ESP, la cual debe ser realizada bajo condiciones especiales. Que con base en lo anterior y teniendo en cuenta que la Secretaría de Hacienda es la entidad encargada de manejar los recursos del Distrito Capital, en especial aquéllos provenientes de la enajenación de acciones antedicha y frente a la naturaleza y características del tema, es preciso que, el Secretario de Hacienda Distrital tenga la competencia para suscribir aquéllos contratos de prenda que surjan como garantía de pago, en la enajenación al Sector Solidario de las acciones del Distrito Capital en la Empresa de Telecomunicaciones de Santa Fe de Bogotá S.A. ESP. Que en virtud de lo expuesto, DECRETA: Artículo primero.- Delegar en el Secretario de Hacienda Distrital la facultad de suscribir, en nombre y representación del Distrito Capital, todos los contratos de prenda relacionados con la enajenación al Sector Solidario de las acciones que el Distrito Capital posee actualmente en la Empresa de Telecomunicaciones de Santa Fe de Bogotá S.A. ESP. Parágrafo.- La facultad delegada deberá ejercerse de conformidad con las disposiciones de la Ley 226 de 1995, el Acuerdo No. 7 de 1998 del Concejo Distrital, y los Decretos 787 y 928 de 1999 expedidos por el Alcalde Mayor de Santa Fe de Bogotá D.C. y con aquéllas normas que los modifiquen o adicionen. Artículo segundo.- El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación. PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE. Dado en Santa Fe de Bogotá, Distrito Capital a los seis (6) días del mes de marzo del dos (2000). El Alcalde Mayor Santa fe de Bogotá, D. C., ENRIQUE PEÑALOSA LONDOÑO Nota: Publicado en el registro distrital numero 2101 de marzo 6 de 2000. |