Cargando el Contenido del Documento | |
Por favor espere... |
ACUERDO 02 DE 2017 (Enero 25) Por el cual se modifica parcialmente
el Acuerdo 002 de 2009 EL CONSEJO DIRECTIVO DEL INSTITUTO DE
DESARROLLO URBANO – IDU, en ejercicio de las atribuciones que
le confiere el artículo 209 de la Constitución Política, el ordinal 9 del
artículo 16 del Acuerdo 19 de 1972 del Concejo Distrital de Bogotá, D. C. y el
Decreto Ley 1421 de 1993, y CONSIDERANDO: Que el Acuerdo 257 del 30 de
Noviembre de 2006, dictó normas básicas sobre la estructura, organización y
funcionamiento de los organismos y de las entidades de Bogotá, Distrito Capital,
señalando que la función administrativa distrital se desarrollará en
consonancia con el interés general de la ciudadanía y los fines del Estado
Social de Derecho y se llevará a cabo atendiendo los principios
constitucionales y legales de democratización y control social de la
Administración Pública Distrital, moralidad, transparencia, publicidad,
igualdad, imparcialidad, efectividad, economía, celeridad y buena fe, así como,
los principios de distribución de competencias, coordinación, concurrencia, subsidiaridad
y complementariedad. Que el Acuerdo antes citado, en su
Título II, estableció la Estructura Administrativa del Distrito Capital, la
cual comprende el Sector Central, el Sector Descentralizado funcionalmente o
por servicios y el Sector de las Localidades, de conformidad con el artículo 54
y demás normas concordantes del Decreto Ley 1421 de 1993, e igualmente, en su
Título VI, determinó los sectores administrativos de coordinación, creando el
de Movilidad, con la misión de garantizar la planeación, gestión, ordenamiento,
desarrollo armónico y sostenible de la ciudad en los aspectos de tránsito,
transporte, seguridad e infraestructura vial y de transporte, del cual forma
parte el Instituto de Desarrollo Urbano, en su calidad de Establecimiento Público
adscrito a la Secretaría Distrital de Movilidad. Que la actual Estructura
Organizacional del Instituto de Desarrollo Urbano fue adoptada por el Acuerdo
002 de 3 de febrero de 2009, expedido por el Consejo Directivo de ésta Entidad,
en ejercicio de las facultades otorgadas por el Acuerdo 19 de 1972. Que con el propósito de dar
cumplimiento a las nuevas metas fijadas en el Plan de Desarrollo y los Planes
Estratégicos del IDU, se adelantó la revisión estratégica de la organización y
funcionamiento del Instituto de Desarrollo Urbano, en busca de su
fortalecimiento institucional para el eficiente y eficaz cumplimiento de la
función administrativa asignada, enmarcada dentro de las políticas adoptadas
para el Sector de Movilidad, articuladas en el Plan de Desarrollo “Bogotá Mejor
para Todos”, cuyo resultado conlleva la necesidad de modificar la estructura
organizacional actual de la entidad. Que una de las atribuciones del
Consejo Directivo del Instituto de Desarrollo Urbano consiste en disponer la
organización administrativa de la entidad y crear, suprimir y modificar sus
dependencias y cargos, señalando las respectivas funciones, según lo dispuesto
por el numeral 10 del artículo 16 del Acuerdo 19 de 1972, en concordancia con
el inciso segundo del Artículo 55, del Decreto 1421 de 1993 y con el artículo 72 de la Ley 489 de
1998. Que mediante oficio No.
20165260873632 del 09 de diciembre de 2016, el Departamento Administrativo del
Servicio Civil Distrital, expidió concepto técnico favorable para la
modificación de la estructura y planta de empleos del Instituto de Desarrollo
Urbano. Que mediante oficio No.
20175260015112 del 11 de enero de 2017, la Secretaría de Hacienda Distrital,
expidió concepto de viabilidad presupuestal para amparar la modificación de la
estructura y planta de empleos de la entidad. En mérito de lo expuesto, ACUERDA: Artículo 1.- Modificar
el artículo 2 del Acuerdo 002 de 2009, el cual quedará así: “ARTÍCULO 2.- ESTRUCTURA
ORGANIZACIONAL. La
Estructura organizacional del Instituto de Desarrollo Urbano – IDU, estará
conformada como a continuación se indica: 1. CONSEJO DIRECTIVO 2. DIRECCIÓN GENERAL 2.1 Oficina Asesora de Planeación 2.2. Oficina Asesora de Comunicaciones 2.3. Oficina de Atención al Ciudadano 2.4. Oficina de Control Interno 2.5. Oficina de Control Disciplinario 3. SUBDIRECCIÓN GENERAL DE DESARROLLO
URBANO 3.1.
DIRECCIÓN TÉCNICA ESTRATÉGICA 3.2. DIRECCIÓN TÉCNICA DE PROYECTOS 3.3 DIRECCIÓN
TÉCNICA DE PREDIOS 4. SUBDIRECCIÓN GENERAL DE
INFRAESTRUCTURA 4.1. DIRECCIÓN TÉCNICA DE
CONSTRUCCIONES 4.1.1. Subdirección Técnica de
Ejecución del Subsistema de Transporte 4.1.2. Subdirección Técnica de
Ejecución del Subsistema Vial 4.2. DIRECCIÓN TÉCNICA DE MANTENIMIENTO 4.2.1 Subdirección Técnica de
Mantenimiento del Subsistema de Transporte 4.2.2 Subdirección Técnica de
Mantenimiento del Subsistema Vial 4.3. DIRECCIÓN TÉCNICA DE
ADMINISTRACIÓN DE INFRAESTRUCTURA 5. SUBDIRECCIÓN GENERAL JURÍDICA 5.1. DIRECCIÓN TÉCNICA DE PROCESOS
SELECTIVOS 5.2. DIRECCIÓN TÉCNICA DE GESTIÓN
CONTRACTUAL 5.3. DIRECCIÓN TÉCNICA DE GESTIÓN
JUDICIAL 6. SUBDIRECCIÓN GENERAL DE GESTIÓN
CORPORATIVA 6.1. DIRECCIÓN TÉCNICA ADMINISTRATIVA
Y FINANCIERA 6.1.1. Subdirección Técnica de Presupuesto y Contabilidad 6.1.2 Subdirección Técnica de
Tesorería y Recaudo 6.1.3. Subdirección Técnica de
Recursos Humanos 6.1.4. Subdirección Técnica de
Recursos Físicos 6.1.5. Subdirección Técnica de Recursos
Tecnológicos 6.2. DIRECCIÓN TÉCNICA DE APOYO A LA
VALORIZACION 6.2.1. Subdirección Técnica de
Operaciones 6.2.2. Subdirección Técnica Jurídica y
de Ejecuciones Fiscales” Artículo 2.- Modificar
los capítulos 2 y 3 del Título II FUNCIONES, los cuales quedarán así: “CAPITULO II SUBDIRECCIÓN GENERAL DE DESARROLLO URBANO Artículo 9.- Subdirección General de Desarrollo Urbano. Tendrá las siguientes funciones: * Apoyar a la Dirección General en la
formulación de propuestas en relación con las políticas a adoptar por el Sector
Movilidad y en la participación de la entidad en los Comités Sectoriales y en
las Comisiones Intersectoriales de las cuales forme parte el Instituto. * Participar en la formulación y definición de
las políticas y estrategias en materia de gestión predial, social, ambiental y
de seguridad integral para los proyectos a cargo de la entidad, así como, en
aquellas encaminadas a lograr los objetivos institucionales. * Liderar y orientar la formulación, diseño e
implementación de los planes y programas para el desarrollo y control de los
proyectos de infraestructura, así como de mantenimiento, rehabilitación y
monitoreo de la infraestructura existente de los sistemas de Movilidad y de
Espacio Público Construido a cargo de la entidad, incluyendo lo relacionado con
la gestión predial, social, ambiental y de seguridad integral de los mismos, de
conformidad con las políticas y estrategias adoptadas. * Liderar y orientar la realización
de los estudios de diagnóstico, factibilidad, evaluación y seguimiento de los
planes, programas y proyectos de los sistemas de movilidad y de espacio público
construido a cargo de la entidad. * Liderar y orientar la
estructuración de los diseños de los proyectos integrales de infraestructura,
así como de mantenimiento, rehabilitación y monitoreo de la infraestructura
existente de los sistemas de Movilidad y de Espacio Público Construido a cargo
de la entidad, verificando que los mismos incluyan los componentes técnicos,
arquitectónicos, urbanísticos, paisajísticos, de gestión predial, social, ambiental,
de tráfico y de seguridad integral. * Dirigir, coordinar y verificar la
obtención de las aprobaciones y licencias de los diseños de los proyectos a
cargo de la entidad, que deban expedir las Empresas de Servicios Públicos y
demás entidades competentes. * Liderar y orientar el desarrollo de
las acciones para la actualización y administración del Sistema de Información
Integral de la entidad, en lo relacionado con los Sistemas de Movilidad y de
Espacio Público Construido definidos en el POT, así como del sistema de
información de precios unitarios y las bases de datos sobre costos de
construcción y mantenimiento de obras públicas en el Distrito Capital, de
acuerdo con las políticas y estrategias adoptadas. * Liderar y orientar los procesos
requeridos para la adquisición de los predios necesarios para la ejecución de
los proyectos de infraestructura de los sistemas de movilidad y de espacio público
construido, a cargo de la entidad. * Liderar y orientar la investigación
constante de nuevas tecnologías, técnicas y normas en materia de gestión y
desarrollo de la infraestructura para los Sistemas de Movilidad y de Espacio
Público Construido a cargo de la entidad. * Liderar y orientar la realización
de los análisis de riesgos y de los estudios previos necesarios para adelantar
los procesos de contratación de los asuntos del área a su cargo. * Liderar y realizar las gestiones de
coordinación con las empresas de servicios públicos, entidades del orden
Nacional, Departamental y Distrital, y con el sector privado, para el desarrollo
de los proyectos de infraestructura, así como de mantenimiento, rehabilitación
y monitoreo de la infraestructura existente de los sistemas de movilidad y de
espacio público construido a cargo de la entidad, de conformidad con las
políticas y estrategias adoptadas. * Liderar y realizar la coordinación
y gestión con el sector público y privado, para la identificación, formulación
y estructuración de proyectos especiales y operaciones urbanas relacionadas con
los Sistemas de Movilidad y de Espacio Público Construido, de conformidad con
las políticas y estrategias adoptadas. * Liderar y orientar la coordinación
de los procesos requeridos para la formulación, viabilización,
contratación y ejecución de los proyectos de infraestructura vial y de espacio
público de las localidades. Artículo 10.- Dirección Técnica Estratégica. Tendrá las siguientes funciones: * Actualizar y administrar el sistema
de información integral de la entidad, en lo relacionado con los Sistemas de
Movilidad y de Espacio Público Construido, definidos en el POT. * Actualizar y administrar la
información cartográfica y demás instrumentos y bases de datos requeridos para
el desarrollo de la gestión referente a la Contribución de Valorización. * Responder por la actualización del
inventario sobre el estado de la infraestructura de los sistemas de movilidad y
de espacio público construido y suministrar la información que sea requerida. * Administrar, actualizar y mantener
el sistema de información de precios unitarios, de especificaciones técnicas y
las bases de datos y proyecciones de los costos de construcción y mantenimiento
de la infraestructura de los sistemas de movilidad y de espacio público
construido. * Realizar la investigación constante
de nuevas tecnologías, técnicas y normas en materia de gestión y desarrollo de
la infraestructura para los sistemas de movilidad y de espacio público
construido. * Diseñar y elaborar manuales de
especificaciones técnicas para el desarrollo de los proyectos a cargo de la
entidad. * Realizar los análisis de riesgos y
los estudios previos necesarios para adelantar los procesos de contratación de
los asuntos del área a su cargo. * Apoyar la coordinación con las
empresas de servicios públicos, entidades del orden Nacional, Departamental y
Distrital, y con el sector privado, para el manejo de información relacionada
con los sistemas de movilidad y de espacio público construido a cargo de la
entidad, de conformidad con las políticas y estrategias adoptadas. Artículo 11.- Dirección Técnica de Proyectos. Tendrá las siguientes funciones: * Realizar los estudios de
diagnóstico, factibilidad, evaluación y seguimiento de los planes, programas y
proyectos de los sistemas de movilidad y de espacio público construido a cargo
de la entidad, así como de los proyectos especiales que le sean propuestos. * Obtener las aprobaciones y
licencias de los diseños de los proyectos a cargo de la entidad, que deban
expedir las Empresas de Servicios Públicos y demás entidades competentes. * Diseñar e implementar las
estrategias, planes y programas para el desarrollo y control de los proyectos
de infraestructura, así como de mantenimiento, rehabilitación, administración,
aprovechamiento económico y monitoreo de la infraestructura existente de los
sistemas de Movilidad y de Espacio Público Construido a cargo de la entidad,
incluyendo los lineamientos, especificaciones y requerimientos en materia de
gestión predial, social, ambiental y de seguridad integral de los mismos. * Elaborar los diseños de los
proyectos integrales, verificando que los mismos incluyan el análisis de
riesgos y los componentes técnicos, arquitectónico, urbanístico, paisajístico,
predial, ambiental, social, de tráfico y de seguridad integral, requeridos para
la ejecución de los proyectos a cargo de la entidad, de conformidad con las
políticas adoptadas. * Apoyar las gestiones de
coordinación con las empresas de servicios públicos, entidades del orden
Nacional, Departamental y Distrital, y con el sector privado, para la
formulación y desarrollo de los proyectos de infraestructura, así como de
mantenimiento, rehabilitación y monitoreo de la infraestructura existente de
los sistemas de movilidad y de espacio público construido, a cargo de la
entidad, de conformidad con las políticas y estrategias adoptadas. * Brindar asesoría técnica en el
diseño de los proyectos de infraestructura vial y de espacio público a cargo de
las Localidades. * Apoyar la coordinación y gestión
con el sector público y privado, para la identificación, formulación y
estructuración de proyectos especiales y operaciones urbanas relacionadas con
los sistemas de movilidad y Espacio Público Construido, de conformidad con las
políticas y estrategias adoptadas. * Proponer instrumentos y mecanismos
para la financiación y desarrollo de proyectos de los sistemas de movilidad y
de espacio público construido. * Formular e implementar los planes y
programas para el desarrollo de los proyectos de valorización y realizar los
estudios e investigaciones que para ello se requieran. * Realizar la coordinación de los
procesos requeridos para la formulación, viabilización,
contratación y ejecución de los proyectos de infraestructura vial y de espacio
público de las localidades y brindar la asesoría y asistencia técnica que sea
necesaria en las etapas de planeación, programación, revisión y elaboración de
componentes técnicos de los proyectos de inversión de los Fondos de Desarrollo
Local. * Desarrollar e implementar las
estrategias, planes y programas para la construcción y administración de los
estacionamientos y/o parqueaderos a cargo de la entidad, conforme a las políticas
establecidas. * Desarrollar e implementar los
planes y programas para el eficiente aprovechamiento de los predios de
propiedad de la entidad, conforme a las políticas y estrategias establecidas. * Realizar los análisis de riesgos y
los estudios previos necesarios para adelantar los procesos de contratación de
los asuntos del área a su cargo. * Apoyar los análisis y estudios
prospectivos de movilidad vial y de espacios públicos que soporten las
decisiones de inversión pública a cargo del IDU. * Obtener las aprobaciones y
licencias de los diseños de los proyectos a cargo de la entidad, que deban
expedir las Empresas de Servicios Públicos y demás entidades competentes. * Elaborar los componentes técnicos
de los pliegos de condiciones, guías de requisitos y presupuestos para la
contratación de los diseños, asesorías, construcción, interventorías y
mantenimiento de las obras. Artículo 12.- Dirección Técnica de Predios. Tendrá las siguientes funciones: * Proponer políticas, estrategias,
planes y programas que conlleven a mitigar los impactos socioeconómicos y
culturales en la población afectada por el proceso de adquisición de predios y
responder por la implementación y ejecución de aquellos que se adopten. * Dirigir, realizar y controlar los
procesos de enajenación voluntaria, expropiación administrativa y judicial,
requeridos para la adquisición de predios necesarios para la ejecución de los
proyectos de infraestructura de los sistemas de movilidad y de espacio público
construido, así como garantizar su disponibilidad para la correcta ejecución
del programa de inversión a cargo de la entidad. * Adelantar las gestiones requeridas
para la administración, mantenimiento y saneamiento de los predios adquiridos
hasta su entrega y/o venta en el caso de predios sobrantes, en desarrollo de
las políticas, estrategias, planes y programas que se establezcan para este
fin. * Elaborar los estudios de títulos,
registros topográficos, estudios socioeconómicos, avalúos y demás insumos para
la oportuna adquisición y escrituración de los inmuebles requeridos para la
ejecución de los proyectos de infraestructura a cargo de la entidad. * Participar en la identificación
predial en todas las etapas del ciclo de los proyectos: prefactibilidad,
factibilidad y diseños; así como realizar la administración, actualización,
seguimiento y control del inventario predial y velar por la debida y oportuna
entrega de la información predial al Departamento Administrativo de la
Defensoría del Espacio Público o a la entidad que haga sus veces. * Formular, implementar y ejecutar
los planes de gestión social que deban adoptarse, para mitigar los impactos
causados durante el proceso de adquisición de predios, de conformidad con las
políticas, estrategias, planes y programas establecidos. * Realizar los análisis de riesgos y
los estudios previos necesarios para adelantar los procesos de contratación de
los asuntos del área a su cargo. CAPITULO III SUBDIRECCIÓN GENERAL DE INFRAESTRUCTURA Artículo 13.- Subdirección General de Infraestructura. Tendrá las siguientes funciones: * Apoyar a la Dirección General en la
formulación de propuestas en relación con las políticas a adoptar por el Sector
Movilidad y en la participación de la entidad en los Comités Sectoriales y
Comisiones Intersectoriales de las cuales forme parte el Instituto, así como en
la formulación y definición de las políticas y estrategias encaminadas a lograr
los objetivos institucionales. * Liderar y orientar la ejecución de
los proyectos de infraestructura, así como los de mantenimiento, rehabilitación
y monitoreo de la infraestructura existente, de los sistemas de movilidad y de
espacio público construido a cargo de la entidad, de conformidad con las
políticas y estrategias adoptadas. * Liderar y realizar las gestiones de
coordinación con las empresas de servicios públicos, Transmilenio S.A.,
entidades del orden Nacional, Departamental y Distrital y con el sector
privado, para la ejecución de los proyectos de infraestructura, así como para
los de mantenimiento, rehabilitación y monitoreo de la infraestructura
existente, de los sistemas de movilidad y de espacio público construido a cargo
de la entidad, de conformidad con las políticas y estrategias adoptadas. * Aprobar las especificaciones y
requerimientos técnicos, ambientales, sociales y de seguridad integral para la
ejecución de los proyectos de infraestructura, así como para los de
mantenimiento, rehabilitación y monitoreo de la infraestructura existente, de
los sistemas de movilidad y de espacio Público Construido a cargo de la
entidad. * Liderar y controlar el seguimiento
a la estabilidad de las obras y las gestiones necesarias para hacer efectivas
las garantías, en los casos en que a ello hubiere lugar. * Liderar y orientar las acciones a
cargo de la entidad para el debido cumplimiento de las obligaciones en materia
de atención y prevención de emergencias, de conformidad con el Plan Distrital
respectivo. * Liderar y controlar la recepción de
obras y proyectos de infraestructura vial y de espacio público realizados en
zonas a desarrollar por urbanizadores y/o terceros particulares o públicos. * Liderar y orientar la formulación
de estrategias para la administración y
actualización del Sistema de Información Integral de la entidad, en lo
relacionado con las competencias a su cargo, de conformidad con las políticas
adoptadas. * Liderar y orientar la realización
de los análisis de riesgos y de los estudios previos necesarios para adelantar
los procesos de contratación de los asuntos del área a su cargo. Artículo 14.- Dirección Técnica de Construcciones. Tendrá las siguientes funciones: * Coordinar y controlar la debida
ejecución de los proyectos de construcción de los Sistemas de Movilidad y de
Espacio Público Construido, incluidos los de las localidades. * Coordinar, durante la ejecución de
la obra, la gestión de control en materia ambiental, social y de seguridad
integral de acuerdo con las normas jurídicas vigentes, los planes y guías de
manejo respectivos, incluido el cumplimiento de las medidas contenidas en los
estudios de tránsito y transporte y planes de tráfico aprobados. * Coordinar y controlar el
cumplimiento de las especificaciones, presupuestos, cronogramas, planes y
calidad de las obras durante la ejecución de los proyectos asignados a la
dependencia. * Realizar la coordinación técnica
con las empresas de servicios públicos y demás entidades involucradas en la
ejecución de las obras a cargo de esta Dirección, compilar y direccionar la
información y documentación
requerida por la dependencia encargada del cobro de las obras
ejecutadas para dichas empresas. * Proponer la formulación de
políticas y estrategias tendientes a la eficiente y eficaz planeación,
desarrollo y control de los proyectos a su cargo. * Realizar los análisis de riesgos y
los estudios previos requeridos para adelantar los procesos de contratación de
los asuntos del área a su cargo. Artículo 15.- Subdirección Técnica de Ejecución del Subsistema de
Transporte. Tendrá
las siguientes funciones: * Garantizar la debida ejecución de
los proyectos integrales de construcción del Subsistema de Transporte,
verificando que se cumplan las especificaciones, presupuestos, cronogramas,
planes y calidad de las obras a cargo de la Subdirección. * Realizar, durante la ejecución de
la obra, la gestión de control en materia ambiental, social y de seguridad
integral de acuerdo con las normas
jurídicas vigentes, los planes y guías de manejo respectivos, incluido el
cumplimiento de las medidas contenidas en los estudios de tránsito y transporte
y planes de tráfico aprobados. * Realizar y responder por la
oportuna entrega de los proyectos de infraestructura de servicios públicos
a las respectivas empresas, así como por los soportes técnicos y financieros
requeridos para el cobro de las obras ejecutadas para las mismas. * Proponer la formulación de
políticas y estrategias tendientes a la eficiente y eficaz planeación,
desarrollo y control de los proyectos a su cargo y velar por el cumplimiento de
las que se adopten. Artículo 16.- Subdirección Técnica de Ejecución del Subsistema Vial. Tendrá las siguientes funciones: * Garantizar la debida ejecución de
los proyectos integrales de construcción de los Subsistemas Vial, Vial Peatonal
y del Sistema de Espacio Público Construido, operaciones urbanas y parqueaderos
públicos, verificando que se cumplan las especificaciones, presupuestos,
cronogramas, planes y calidad de las obras a cargo de la Subdirección. * Garantizar la asesoría para la debida ejecución de los
proyectos integrales de construcción de los Subsistemas Vial, Vial Peatonal y
del Sistema de Espacio Público Construido de las localidades. * Realizar, durante la ejecución de
la obra, la gestión de control en materia ambiental, social y de seguridad
integral de acuerdo con las normas
jurídicas vigentes, los planes y guías de manejo respectivos, incluido el
cumplimiento de las medidas contenidas en los estudios de tránsito y transporte
y planes de tráfico aprobados. * Realizar y responder por la
oportuna entrega de los proyectos de infraestructura de servicios públicos
a las respectivas empresas, así como por los soportes técnicos y financieros
requeridos para el cobro de las obras ejecutadas para las mismas. * Proponer la formulación de
políticas y estrategias tendientes a la eficiente y eficaz planeación,
desarrollo y control de los proyectos a su cargo y velar por el cumplimiento de las que se adopten. Artículo 17.- Dirección Técnica de Mantenimiento. Tendrá las siguientes funciones: * Coordinar y controlar la debida
ejecución de los proyectos integrales de mantenimiento de los Sistemas de
Movilidad y de Espacio Público Construido. * Dirigir y orientar durante la
ejecución de la obra, la gestión de control en materia ambiental, social y de seguridad integral, de acuerdo con las normas jurídicas vigentes, los planes y
guías de manejo respectivos, incluido el cumplimiento de las medidas contenidas
en los estudios de tránsito y transporte y
planes de tráfico aprobados. * Coordinar y controlar el
cumplimiento de las especificaciones, presupuestos, cronogramas, planes y
calidad de las obras durante la ejecución de los proyectos asignados a la
dependencia. * Realizar la coordinación técnica
con las empresas de servicios públicos y demás entidades involucradas en la
ejecución de las obras a cargo de esta Dirección; compilar y direccionar la
información y documentación requerida por la dependencia encargada del cobro de
las obras ejecutadas para dichas empresas, cuando ello sea necesario. * Implementar y ejecutar las
estrategias, planes, programas y acciones a cargo de la entidad para el debido
cumplimiento de las obligaciones en materia de atención y prevención de emergencias,
de conformidad con el Plan Distrital respectivo. * Proponer la formulación de
políticas y estrategias tendientes a la eficiente y eficaz planeación, desarrollo y control de
los proyectos a su cargo. * Realizar los análisis de riesgos y
los estudios previos necesarios para adelantar los procesos de contratación de
los asuntos del área a su cargo. Artículo 18.- Subdirección Técnica
de Mantenimiento del Subsistema de Transporte. Tendrá las siguientes funciones: * Garantizar la debida ejecución del
mantenimiento y rehabilitación de los proyectos integrales del Subsistema de
Transporte y transporte alternativo, verificando que se cumplan las
especificaciones, presupuestos, cronogramas, planes y calidad de las obras a
cargo de la Subdirección. * Realizar, durante la ejecución de
la obra, la gestión de control en materia ambiental, social y de seguridad
integral de acuerdo con las normas
jurídicas vigentes, los planes y guías de manejo respectivos, incluido el
cumplimiento de las medidas contenidas en los estudios de tránsito y transporte
y planes de tráfico aprobados. * Realizar y responder por la
oportuna entrega de los proyectos de infraestructura de servicios públicos a
las respectivas empresas, así como por los soportes técnicos y financieros
requeridos para el cobro de las obras ejecutadas para las mismas, cuando ello
sea necesario. * Proponer la formulación de
políticas y estrategias tendientes a la eficiente y eficaz planeación,
desarrollo y control de los proyectos a su cargo y velar por el cumplimiento de las que se adopten. Artículo 19.- Subdirección Técnica
de Mantenimiento del Subsistema Vial. Tendrá las siguientes funciones: * Garantizar la debida ejecución del
mantenimiento y rehabilitación de los proyectos integrales del Subsistema Vial,
Vial Peatonal y del Sistema de Espacio Público Construido, verificando que se
cumplan las especificaciones, presupuestos, cronogramas, planes y calidad de
las obras. * Realizar, durante la ejecución de
la obra, la gestión de control en materia ambiental, social y de seguridad
integral de acuerdo con las normas
jurídicas vigentes, los planes y guías de manejo respectivos, incluido el
cumplimiento de las medidas contenidas en los estudios de tránsito y transporte
y planes de tráfico aprobados. * Realizar y responder por la
oportuna entrega de los proyectos de infraestructura de servicios públicos a
las respectivas empresas, así como por los soportes técnicos y financieros
requeridos para el cobro de las obras ejecutadas para las mismas, cuando ello
sea necesario. * Proponer la formulación de
políticas y estrategias tendientes a la eficiente y eficaz planeación,
desarrollo y control de los proyectos a su cargo y velar por el cumplimiento de las que se adopten. Artículo 20.- Dirección Técnica de Administración de
Infraestructura. Tendrá las siguientes funciones: * Dirigir, coordinar y ejecutar el
seguimiento y control de la estabilidad de las obras y realizar las gestiones
necesarias para hacer efectivas las garantías, en los casos en que a ello
hubiere lugar. * Efectuar el monitoreo de los pasos
elevados y a nivel tanto vehiculares como peatonales. * Realizar el análisis y evaluación
de la información requerida para la aprobación de las licencias de excavación y
preparar los documentos necesarios para su expedición. * Supervisar y controlar las
intervenciones autorizadas en el espacio público, con el fin que se cumplan los
requerimientos establecidos en las licencias correspondientes y la normatividad
vigente sobre el particular, recomendar las sanciones aplicables y adelantar las
gestiones necesarias para hacer efectivas las garantías, cuando a ello hubiere
lugar. * Adelantar el análisis y evaluación
de la información y preparar la documentación necesaria, para permitir los usos
temporales en el espacio público construido a cargo de la entidad, mediante
permisos o la suscripción de contratos o convenios que tengan como fin
organizar, promocionar, utilizar, conservar, rehabilitar, dotar, reivindicar,
restituir, recuperar, mantener y aprovechar económicamente dicho espacio. * Realizar el estudio y evaluación de
los “proyectos integrales de espacio público” que presenten los interesados en
ejercer las actividades comerciales en los antejardines ubicados sobre ejes
comerciales; certificar la culminación de las obras correspondientes a dichos
proyectos, y preparar la documentación necesaria para expedir la autorización
del uso temporal
de los antejardines. * Dirigir, coordinar y ejecutar la
supervisión, seguimiento y control para la recepción de las obras y proyectos de
infraestructura vial y del espacio público realizados en zonas a desarrollar
por urbanizadores y/o terceros particulares o públicos y suscribir los
documentos de recibo de las mismas. * Adelantar la coordinación interna e
interinstitucional necesaria para realizar oportunamente el cruce de cuentas
con las empresas prestadoras de servicios públicos y preparar y direccionar la
información que requieran sobre el particular las dependencias de la entidad. * Responder por la administración de
los parqueaderos a cargo de la entidad, conforme a las políticas, estrategias,
planes y programas adoptados. * Efectuar los análisis sobre los
resultados del seguimiento a la estabilidad de las obras, e informar y hacer
las recomendaciones a las demás dependencias del área misional de la entidad,
con el fin de apoyar el análisis de riesgos requeridos para adelantar los
procesos de contratación. * Proponer la formulación de
políticas y estrategias tendientes a la eficiente y eficaz planeación,
desarrollo y control de los asuntos a su cargo. * Realizar los análisis de riesgos y
los estudios previos requeridos para adelantar los procesos de contratación de
los asuntos del área a su cargo.” Artículo 3.- Las
demás disposiciones contenidas en el Acuerdo No.002 del 3 de febrero de 2009
continúan vigentes. Artículo 4.- El
presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su publicación en el Registro
Distrital y modifica en lo pertinente el Acuerdo 002 de 2009. Dado en Bogotá, Distrito Capital., a
los veinticinco (25) días del mes de enero de dos mil diecisiete (2017). PÚBLÍQUESE Y CÚMPLASE. JUAN PABLO BOCAREJO SUESCÚN PRESIDENTE CARLOS HUMBERTO MORENO BERMÚDEZ SECRETARIO |