Cargando el Contenido del Documento
Por favor espere...

Acuerdo 003 de 2025 Instituto Distrital de las Artes - IDARTES - Consejo Directivo

Fecha de Expedición:
09/04/2025
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

ACUERDO 003 DE 2025

 

(Abril 09)

 

Por el cual se modifica la planta de personal del instituto distrital de las artes - IDARTES

 

EL CONSEJO DIRECTIVO DEL INSTITUTO DISTRITAL DE LAS ARTES - IDARTES


En uso de sus facultades, legales y estatutarias, en especial las contempladas en el literal f) del artículo 4º del Acuerdo 440 de 2010 expedido por el Concejo de Bogotá, D.C. y,


Ver Acuerdo 009 de 2025.

 

CONSIDERANDO:

 

Que el Instituto Distrital de las Artes - IDARTES fue creado a través del Acuerdo 440 de 2010, expedido por el Concejo de Bogotá.

 

Que el Instituto Distrital de las Artes es un establecimiento público del orden distrital, con personería jurídica, autonomía administrativa y financiera, y patrimonio propio, adscrito a la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte.

 

Que los literales e) y f) del artículo 4º del Acuerdo 440 de 2010 expedido por el Concejo de Bogotá, D.C. facultan al Consejo Directivo del Instituto Distrital de las Artes para determinar la estructura administrativa del Instituto y señalar las funciones básicas de cada una de sus dependencias; así como, adoptar la planta de empleos y el manual específico de funciones, requisitos y competencias laborales.

 

Que el artículo 46 de la Ley 909 de 2004 señala que las reformas de planta de empleos de las entidades de la rama ejecutiva de los órdenes nacional y territorial deberán motivarse, fundarse en necesidades del servicio o en razones de modernización de la Administración y basarse en justificaciones o estudios técnicos que así lo demuestren.

 

Que de conformidad a lo expuesto, el Consejo Directivo del Instituto Distrital de las Artes - IDARTES mediante el Acuerdo No. 03 del primero (1) de febrero de 2011 estableció la planta de personal de la Entidad con cincuenta y siete (57) empleos, de acuerdo con la viabilidad técnica emitida por el Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital - DASCD mediante radicado No. 3308 del veintisiete (27) de diciembre de 2010 y viabilidad financiera de la Dirección General de Presupuesto de la Secretaría Distrital de Hacienda mediante oficio No - 2011EE6635 del diecinueve (19) de enero de 2011.

 

Que el Consejo Directivo del Instituto Distrital de las Artes - IDARTES, mediante Acuerdo No. 02 del dieciocho (18) de febrero de 2015, creó dos empleos (2) empleos de profesional especializado Código 222 Grado 03 y un (1) empleo de Auxiliar Administrativo Código 407 Grado 03, de conformidad a la viabilidad técnica emitida por el Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital –DASCD a través radicado No. 2014EE2469 del veinticuatro (24) de noviembre de 2014 y viabilidad financiera de la Dirección de Presupuesto de la Secretaría Distrital de Hacienda mediante radicado No. 2015EE17237 del veintinueve (29) de enero de 2015, como resultado del Convenio Interadministrativo No. 000444 del veintinueve (29) de octubre de 2012 suscrito entre la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte - SDCRD, el Instituto Distrital de Patrimonio y Cultura – IDPC y el Instituto Distrital de las Artes – IDARTES .

 

Que el Consejo Directivo del Instituto Distrital de la Artes – IDARTES con el propósito de garantizar la prestación de los servicios en la Subdirección de Equipamientos Culturales del Teatro Jorge Eliecer Gaitán y la Cinemateca Distrital, mediante Acuerdo No. 05 del treinta (30) de junio de 2016 a través de sesión extraordinaria virtual, creó trece (13) empleos del nivel técnico y asistencial, conformado por ocho (8) cargos Técnico Operativo Código 314 Grado 01 y cinco (5) empleos Operativo Código 487 Grado 02, de conformidad a viabilidad técnica con radicado No. 2016EE1295 del veintitrés (23) de junio de 2016 emitida por el Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital y viabilidad financiera expedida por la Dirección de Presupuesto de la Secretaría Distrital de Hacienda mediante radicado No. 2016EE105731 del veintiocho (28) de junio de 2016.

 

Que mediante el Acuerdo No. 03 del tres (3) de agosto de 2017, el Consejo Directivo del Instituto Distrital de las Artes – IDARTES creó un (1) empleo de Subdirector Técnico Código 068 Grado 02 ubicado en la Subdirección de Formación Artística y un (1) cargo de Profesional Especializado Código 222 Grado 02 ubicado en la Subdirección Administrativa y Financiera, con el objetivo de liderar la dimensión de formación artística en la Entidad y sustanciar los procesos disciplinarios de los funcionarios y exfuncionarios del IDARTES , de conformidad a viabilidad técnica emitida por el Departamento Administrativo del Servicio Civil a través de radicado No. 2017EE624 del seis (6) de abril de 2017 y viabilidad financiera mediante radicados No. 2017EE129965 del veintiséis (26) de julio de 2017 y No. 2017EE130957 del veintisiete (27) de julio de 2017.

 

Que mediante Acuerdo 006 de 2021, el Consejo Directivo del Instituto Distrital de las Artes – IDARTES creó un (1) empleo del nivel directivo denominado Jefe de Oficina de Control Disciplinario Interno, con el fin de dar cumplimiento a lo establecido en el parágrafo del artículo 93 de la Ley 1952 de 2019, de conformidad con viabilidad técnica emitida por el Departamento Administrativo del Servicio Civil a través de radicado No. 2021EE5648O1 del diecinueve (19) de agosto de 2021.

 

Que la Directiva Nº 13 de 2021 de la Procuraduría General de la Nación requirió a las Oficinas de Control Disciplinario para que implementaran la separación de las etapas de instrucción y juzgamiento del proceso disciplinario.

 

Que el Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital emitió la Circular Externa Nº 04 el 7 de febrero de 2022, mediante la cual, en aras de dar cumplimiento a las exigencias legales sobre la división de las etapas de instrucción y juzgamiento, emitió los lineamientos para que al interior de las entidades y organismos distritales se tomen medidas para reorganizar funciones, distribuir y asignar las competencias correspondientes.

 

Que la Secretaría Jurídica Distrital expidió la Directiva Nº 004 de 2022, con asunto “Lineamientos implementación Ley 1952 de 2019 modificada por la Ley 2094 de 2021”, a través de la cual determina que a la Oficina de Control Disciplinario Interno se le debe asignar la función de instrucción de los procesos disciplinarios adelantados en primera instancia contra servidores o ex servidores de la entidad así como que la función de juzgamiento estará en cabeza de la Oficina Jurídica o quien haga sus veces o cualquier dependencia que se encuentre adscrita al despacho del representante legal de la entidad y cuyo jefe pertenezca al nivel directivo.

 

Que la Directiva aludida refiere que la segunda instancia, siguiendo la regla del artículo 93 de la Ley 2094 de 2021, estará en cabeza del representante legal, por lo que deberá asignarse a su despacho la sustanciación y trámite del procedimiento.

 

Que para garantizar lo anterior, la Directiva instruye que cada entidad debe expedir los instrumentos jurídicos correspondientes para modificar su estructura funcional, planta de personal y el manual de funciones y competencias laborales, previo concepto del Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital.

 

Que, con base en los anteriores considerandos, el Instituto Distrital de las Artes - IDARTES, está llamado a garantizar la separación funcional en lo que respecta a las etapas de instrucción y juzgamiento del control disciplinario interno, de manera que, estas etapas las asuman dependencias diferentes e independientes entre sí.

 

Que con el fin de adoptar las medidas necesarias para garantizar la separación de funciones de que trata el artículo 13 de la Ley 2094 de 2021 y con el fin de garantizar que la función de juzgamiento esté en cabeza de la Oficina Jurídica o cualquier dependencia que se encuentre adscrita al despacho del representante legal de la entidad y cuyo jefe pertenezca al nivel directivo y tenga la calidad de abogado y, en aras de garantizar la autonomía e imparcialidad en el trámite de la primera instancia, es necesario ajustar la estructura organizacional del Instituto Distrital de las Artes - IDARTES, reubicando la Oficina Asesora Jurídica del nivel Asesor al nivel Directivo de la Entidad.

 

Que mediante oficio N°20254100012041 del 26 de febrero de 2025, el Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital emitió concepto técnico favorable para la modificación de la estructura organizacional y el ajuste de la planta de personal del Instituto Distrital de las Artes - IDARTES.


Que mediante oficio radicado N°2025EE003468O1 del 10 de enero de 2025, la Dirección Distrital de Presupuesto de la Secretaría Distrital de Hacienda, emitió viabilidad presupuestal sobre la modificación de la planta de personal del IDARTES.

 

Que el ajuste nominal realizado a la escala del nivel directivo se adelanta con el propósito de que el empleo creado para la Oficina Jurídica tenga el grado 02, el cual fue establecido de acuerdo con la carga procesal y de trabajo, así como del número de procesos que tiene actualmente la Entidad.

 

Que el Consejo Directivo del Instituto Distrital de las Artes - IDARTES , en sesión ordinaria presencial llevada a cabo el día nueve (09) de abril de 2025, aprobó modificar la estructura organizacional y la planta de personal de la Entidad, en el sentido de ajustar la estructura administrativa para la implementación del nuevo Proceso Disciplinario en la Entidad, de conformidad a lo establecido en la viabilidad técnica emitida por el Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital – DASCD.

 

En mérito de lo expuesto,

 

ACUERDA:

 

ARTÍCULO PRIMERO: SUPRIMIR un (1) empleo denominado Jefe de Oficina Asesora Código 115 Grado 02 de la planta global del Instituto Distrital de las Artes - IDARTES.

 

ARTÍCULO SEGUNDO: CREAR un (1) empleo denominado Jefe de Oficina Código 006 Grado 02 en la planta global del Instituto Distrital de las Artes - IDARTES.

 

ARTÍCULO TERCERO: Las funciones propias del Instituto Distrital de las Artes - IDARTES serán cumplidas con la planta de personal que se establece a continuación:

 

DENOMINACIÓN DEL EMPLEO

CÓDIGO

GRADO

NÚMERO DE EMPLEOS

DESPACHO DE LA DIRECCIÓN GENERAL

Director General

050

03

1

Asesor

105

01

2

Auxiliar Administrativo

407

02

1

Conductor

480

01

1

PLANTA GLOBAL

Nivel Directivo

Subdirector

070

02

1

Subdirector Técnico

068

02

3

Gerente

039

01

7

Jefe de Oficina

006

02

1

Jefe de Oficina

006

01

1

Nivel Asesor

Jefe de Oficina Asesora

115

02

1

Nivel Profesional

Profesional Especializado

222

03

2

Profesional Especializado

222

02

9

Tesorero General

201

02

1

Profesional Universitario

219

01

16

Almacenista General

215

01

1

Nivel Técnico

Técnico Administrativo

367

01

1

Técnico Operativo

314

01

8

Nivel Asistencial

Auxiliar Administrativo

407

03

1

Auxiliar Administrativo

407

02

12

Operario

487

02

5

Conductor

480

01

1

TOTAL EMPLEOS

76

 

 

ARTÍCULO CUARTO. Provisión de los empleos. Los empleos a que se refiere el artículo 2º del presente Acuerdo, serán provistos de conformidad con las normas legales vigentes.

 

PARÁGRAFO. La servidora pública que actualmente ocupa el empleo de Jefe de Oficina Asesora, Código 115, Grado 02, de la Oficina Asesora Jurídica, que aquí se suprime, queda incorporada en el empleo Jefe de Oficina, Código 006, Grado 02, de la Oficina Jurídica, que aquí se crea, de la nueva Oficina Jurídica, sin que se le exijan requisitos adicionales a los acreditados para el empleo en el que fue nombrada, sin perjuicio de prestar el juramento respectivo de cumplir y defender la Constitución y las leyes y desempeñar los deberes que le incumben, de acuerdo con lo establecido en el artículo 2.2.5.1.8 del Decreto 1083 de 2015.

 

ARTÍCULO QUINTO. Comunicación. Comunicar el contenido del presente Acuerdo a la Dirección Distrital de Presupuesto de la Secretaría Distrital de Hacienda y al Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital.

 

ARTÍCULO SEXTO. Publicación. Publíquese el presente Acuerdo en la página web de la Entidad y en Régimen Legal.

 

ARTÍCULO SÉPTIMO. El presente Acuerdo rige a partir del día siguiente a la fecha de su publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias, en especial el Acuerdo 006 de 2021.

 

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dado en la ciudad de Bogotá, D.C., a los 09 días del mes de abril del año 2025.

 

SANTIAGO TRUJILLO ESCOBAR

 

Presidente

 

HEIDY YOBANNA MORENO MORENO

 

Secretaria Técnica

 

Nota: Ver norma original en Anexos.