RESOLUCIÓN 571 DE
2025
(Abril 29)
Modificada parcialmente por la Resolución 1552 de 2025.
Por medio del
cual se modifica el Manual de Funciones y de Competencias Laborales del Instituto Distrital de las Artes - IDARTES
LA DIRECTORA DEL INSTITUTO DISTRITAL DE LAS ARTES - IDARTES
En uso de sus
facultades legales y en especial las conferidas por el Acuerdo Distrital 440 de
2010 expedido por el Concejo de Bogotá, el Acuerdo N° 05 de 2021 expedido por
el Consejo Directivo de la Entidad, el Acuerdo No. 002 y 003 del 09 de abril de
2025 expedido por el Consejo Directivo de la Entidad, y
CONSIDERANDO:
Que la Constitución Política de Colombia en el artículo 122
establece: “No habrá empleo público que no tenga funciones detalladas en ley
o reglamento”.
Que, en desarrollo de este precepto constitucional, la Ley
No. 909 de 2004 y el Decreto Único No. 1083 de 2015, determinan que las
entidades deben expedir sus manuales específicos de funciones, requisitos
mínimos y de competencias laborales, teniendo en cuenta el contenido funcional,
y las competencias comunes y comportamentales de los empleos que conforman las
plantas de personal.
Que mediante el Decreto Nacional No. 815 de 2018,
modificatorio del Decreto Único No. 1083 de 2015, se determinan las
competencias comportamentales comunes a los empleados públicos y las generales
de los distintos niveles jerárquicos en que se agrupan los empleos de las
entidades a las cuales se aplica el Decreto Ley No. 785 de 2005.
Que la Resolución No. 667 de 2018 expedida por el
Departamento Administrativo de la Función Pública adoptó el catálogo de
competencias funcionales para las áreas o procesos transversales de las
entidades públicas.
Que la Resolución No. 1073 de 2021 modificó y unificó el
Manual Específico de Funciones, Requisitos y Competencias Laborales de los
Empleos que conforman la Planta de Personal del Instituto Distrital de las
Artes - IDARTES.
Que el artículo 93 de la Ley 1952 de 2019, modificado por el
artículo 14, Ley 2094 de 2021, cuya entrada en vigencia fue prorrogada hasta
marzo de 2022 por el artículo 73 de la Ley 2094 de 2021, señala que: “Control
disciplinario interno. Toda entidad u organismo del Estado, con excepción
de las competencias de la Comisión Nacional de Disciplina Judicial y las
Comisiones Seccionales de Disciplina Judicial, debe organizar una unidad u
oficina del más alto nivel encargada de conocer los procesos disciplinarios que
se adelanten contra sus servidores.
Si no fuere posible garantizar la segunda instancia por
razones de estructura organizacional, esta será de competencia de la
Procuraduría General de la Nación de acuerdo a sus competencias. (…)”.
Que la Directiva Nº 13 de 2021 de la Procuraduría General de
la Nación requirió a las Oficinas de Control Disciplinario para que implementaran
la separación de las etapas de instrucción y juzgamiento del proceso
disciplinario.
Que el Departamento Administrativo del Servicio Civil
Distrital emitió la Circular Externa Nº 04 el 7 de febrero de 2022, mediante la
cual, en aras de dar cumplimiento a las exigencias legales sobre la división de
las etapas de instrucción y juzgamiento, emitió los lineamientos para que al
interior de las entidades y organismos distritales se tomen medidas para
reorganizar funciones, distribuir y asignar las competencias correspondientes.
Que, con base en los anteriores considerandos, el Instituto
Distrital de las Artes - IDARTES, está llamado a garantizar la separación
funcional en lo que respecta a las etapas de instrucción y juzgamiento del
control disciplinario interno, de manera que, estas etapas las asuman
dependencias y funcionarios diferentes e independientes entre sí.
Que con el fin de adoptar las medidas necesarias para
garantizar la separación de funciones de que trata el artículo 13 de la Ley
2094 de 2021, es necesario ajustar la estructura organizacional del Instituto
Distrital de las Artes - IDARTES, respecto de asignar a la Oficina de Control
Disciplinario Interno la función de instrucción de los procesos disciplinarios
adelantados en primera instancia contra servidores o ex servidores de la
entidad.
De la misma manera, y con el fin de garantizar que la
función de juzgamiento, esté en cabeza de la Oficina Asesora Jurídica o
cualquier dependencia que se encuentre adscrita al despacho del representante legal
de la entidad y cuyo jefe pertenezca al nivel directivo y tenga la calidad de
abogado, en aras de garantizar la autonomía e imparcialidad en el trámite de la
primera instancia, es necesario ajustar la estructura organizacional del
Instituto Distrital de las Artes - IDARTES, respecto de la modificación de la
denominación de la Oficina Asesora Jurídica del nivel asesor al nivel directivo
de la Entidad.
Que mediante oficio con el No. 202444100084511 del 26 de
agosto de 2024, el IDARTES, solicitó al Departamento Administrativo del
Servicio Civil Distrital Concepto Técnico Favorable para la modificación de la
estructura , planta y manual de funciones de la Entidad.
Que mediante oficio con el No. 2-2024-13734 del 24 de
septiembre de 2024, el Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital
dio respuesta a los radicados 1-2024-16866 y 1-2024-17802 respecto de las
observaciones a la solicitud de concepto técnico del IDARTES.
Que mediante oficio con el N°20244100101631 del 11 de
octubre de 2024, el IDARTES dio respuesta al Departamento Administrativo del
Servicio Civil Distrital respecto del oficio con radicado No. 2-2024-13734,
frente a las observaciones realizadas a la solicitud presentada.
Que mediante oficio N°2-2024-17155 del 27 de noviembre de
2025, el Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital emitió respuesta a los radicados Nos. 1-2024-20470, 1-2024-20479 y
1-2024-21894, correspondiente al radicado No. 20244100101631 del IDARTES, con
asunto solicitud de concepto técnico para la modificación de la estructura
organizacional, la planta de empleos y el Manual Específico de Funciones y
Competencias Laborales del Instituto Distrital de las Artes -IDARTES.
Que teniendo en cuenta lo anteriormente indicado mediante
los Acuerdos 002 y 003 del 9 de abril de 2025, el Consejo Directivo del
Instituto Distrital de las Artes - IDARTES modificó la estructura organizacional
y la planta de personal del IDARTES, en el sentido de (i) modificar las
funciones de la Oficina de Control Disciplinario Interno, encaminadas a que
asuma la instrucción del proceso disciplinario, (ii) cambiar el nivel
jerárquico de la Oficina Asesora Jurídica, la cual pasará del Asesor a nivel de
Dirección, iii) adicionar la función de juzgamiento a la Oficina Jurídica, (iv)
adicionar la función de resolver la segunda instancia al Despacho del Director
General, (v) suprimir de la planta global del Instituto Distrital de las Artes –
IDARTES un (1) empleo denominado Jefe de Oficina Asesora Código 115 Grado 02,
(vi) y crear un (1) empleo denominado Jefe de Oficina Código 006 Grado 02.
Que es necesario modificar el Manual Específico de Funciones
y de Competencias Laborales del IDARTES de acuerdo con el arreglo funcional
respecto de las etapas de instrucción y juzgamiento del proceso disciplinario
en primera instancia al interior de la entidad, así como de la segunda
instancia procesal en el despacho del Director General.
Que el Subdirector Administrativo y Financiero consultó a la
organización sindical, sobre el contenido del Manual de Funciones y
Competencial Laborales, el pasado 24 de septiembre de 2024, sin recibir
observaciones, tal como se evidencia en certificación Nro. 20244100637493.
Que el Manual Especifico de Funciones y Competencias
Laborales fue elaborado bajo los lineamientos y parámetros establecidos por el
Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital.
En mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
Artículo 1. Modificar el Manual Específico de
Funciones, Requisitos y Competencias Laborales de los Empleos que conforman la
Planta de Personal del IDARTES, suprimiendo la ficha del empleo denominado Jefe
de Oficina Asesora Código 115 Grado 02 ubicado en la Oficina Asesora Jurídica.
Artículo 2. Modificar el Manual Especifico de
Funciones, Requisitos y Competencias Laborales de los Empleos que conforman la
Planta de Personal del IDARTES, creando la ficha del empleo denominado Jefe de
Oficina Código 006 Grado 02, ubicado en la Oficina Jurídica, la cual quedará
así:
|
I. IDENTIFICACIÓN DEL EMPLEO
|
|
Nivel jerárquico
|
Directivo
|
|
Naturaleza del empleo
|
Libre Nombramiento y
Remoción
|
|
Denominación
|
Jefe de Oficina
|
|
Código
|
006
|
|
Grado
|
02
|
|
No. de cargos en Planta
|
01
|
|
II. UBICACIÓN DEL EMPLEO
|
|
Dependencia
|
Oficina Jurídica
|
|
III. PROPÓSITO PRINCIPAL
|
|
Dirigir la gestión jurídica
y gestión contractual de la Entidad, con el fin de orientar al Director
General y a las diferentes instancias y dependencias del Instituto Distrital
de las Artes, en el desarrollo de las actuaciones a su cargo, garantizando
que las mismas se ajusten a derecho, así como llevar a cabo la etapa de
juzgamiento dentro del proceso disciplinario interno, de conformidad con lo
establecido con la normatividad vigente.
|
|
IV. DESCRIPCIÓN DE FUNCIONES ESENCIALES
|
|
1.
Asesorar al Director general y a
las demás dependencias en los asuntos jurídicos que se pongan a consideración
de la Oficina Jurídica.
2.
Definir criterios y lineamientos
jurídicos, resolver las consultas que se le formulen y expedir los conceptos
requeridos por la Entidad, de acuerdo con la normatividad vigente.
3.
Conceptuar y revisar los actos
administrativos proyectados para la firma del Director General y las demás
dependencias, atendiendo las disposiciones legales y reglamentarias vigentes.
4.
Organizar la conformación y
actualización del repositorio normativo de la Entidad, así como velar por su
difusión, en el marco de los lineamientos institucionales.
5.
Dirigir la defensa judicial y
representar al IDARTES en los procesos litigiosos y acciones constitucionales
que se adelanten en contra de la Entidad o en los que ésta intervenga como
demandante, accionante, tercero interviniente o coadyuvante, así como dirigir
y ejercer la representación extrajudicial y administrativa, con el fin de
defender adecuadamente los intereses de la Entidad, en el marco de la
normatividad vigente.
6.
Adelantar la gestión necesaria
ante la Dirección General para otorgar el poder en la designación de los
representantes de la Entidad en los trámites judiciales y extrajudiciales en
los cuales es parte el IDARTES, de acuerdo con los procedimientos internos.
7.
Orientar y dirigir los procesos
precontractuales, contractual y post contractual de la Entidad, incluyendo la
aprobación de pólizas, según lo establecido por la ley y demás normas
concordantes, en coordinación con las áreas misionales y la Subdirección
Administrativa Financiera.
8.
Dirigir, desde su inicio hasta
su culminación, todos los procedimientos administrativos sancionatorios
contractuales, bajo las condiciones y requisitos contemplados en la
normatividad vigente.
9.
Dirigir los procesos de
publicación, notificación y comunicación de los actos administrativos
expedidos por la Entidad que sean de su competencia, cumpliendo con la
normatividad vigente.
10.
Elaborar y dirigir el plan de
acción, los programas, proyectos y las estrategias de la dependencia que se
adecuen con las políticas y misión de la Entidad.
11.
Tramitar los derechos de
petición y solicitudes de información que sean de su competencia.
12.
Llevar a cabo las actuaciones a
que haya lugar dentro de los procesos disciplinarios, en la etapa de
juzgamiento de primera instancia, de conformidad con la normatividad vigente.
13.
Desarrollar la etapa probatoria
del juicio disciplinario y fallar en primera instancia los procesos
disciplinarios, garantizando el debido proceso.
14.
Realizar de manera oportuna el
reporte de las sanciones impuestas a los servidores(as) y ex servidores(as)
públicos(as) de la entidad, a la Oficina de Control Disciplinario Interno.
15.
Las demás que se le asignen de
acuerdo a la naturaleza del cargo.
|
|
V. CONOCIMIENTOS BÁSICOS
O ESENCIALES PARA EL EJERCICIO DEL EMPLEO
|
|
⮚
Derecho Constitucional,
Procesal, Probatorio, Administrativo, Disciplinario y Laboral Público.
⮚
Contratación Estatal.
⮚
Defensa Judicial de Entidades
Públicas.
⮚
Normatividad en Talento Humano.
⮚
Técnicas de redacción y
argumentación de documentos jurídicos.
⮚
Gestión pública, estructura del
Estado y ética pública.
⮚
Normatividad sobre organización
y funcionamiento del Distrito Capital.
|
|
VI. COMPETENCIAS
|
|
COMUNES
|
POR NIVEL JERÁRQUICO
|
|
⮚
Aprendizaje continuo
⮚
Orientación a resultados
⮚
Orientación al usuario y al
ciudadano
⮚
Compromiso con la organización
⮚
Trabajo en equipo
⮚
Adaptación al cambio
|
⮚
Visión estratégica
⮚
Liderazgo efectivo
⮚
Planeación
⮚
Toma de decisiones
⮚
Gestión del desarrollo de las
personas
⮚
Pensamiento sistémico
⮚
Resolución de conflictos
|
|
VII. REQUISITOS MÍNIMOS
|
|
FORMACIÓN
|
EXPERIENCIA
|
|
Título profesional en el
Núcleo Básico del Conocimiento Derecho y Afines.
Título de postgrado en
áreas relacionadas con las funciones del empleo.
Tarjeta o matrícula
profesional en los casos reglamentados por la Ley.
|
Treinta (30) meses de
experiencia profesional o docente
|
Artículo 3. Modificar el Manual Específico de
Funciones y de Competencias Laborales de la ficha del empleo denominado
Director General, el cual quedará así:
|
I. IDENTIFICACIÓN DEL EMPLEO
|
|
Nivel jerárquico
|
Directivo
|
|
Naturaleza del empleo
|
Libre Nombramiento y
Remoción
|
|
Denominación
|
Director General
|
|
Código
|
050
|
|
Grado
|
03
|
|
No. de cargos en Planta
|
01
|
|
II. UBICACIÓN DEL EMPLEO
|
|
Dependencia
|
Dirección General
|
|
III. PROPÓSITO PRINCIPAL
|
|
Liderar las políticas en
materia de literatura, artes plásticas, artes audiovisuales, arte dramático,
danza y música y dirigir la gestión del Instituto para el cumplimiento de los
planes, programas y proyectos institucionales y sectoriales, de conformidad
con lo dispuesto en la Constitución, las leyes y demás normas vigentes sobre
la materia.
|
|
IV. DESCRIPCIÓN DE FUNCIONES ESENCIALES
|
|
1.
Formular políticas tendientes al
cumplimiento de los planes, programas y proyectos del Instituto, en
concordancia con el Plan de Desarrollo, y los planes y directrices
sectoriales.
2.
Dirigir la formulación de
planes, programas y proyectos relacionados con la formación, creación,
investigación, circulación y apropiación de la literatura, las artes
plásticas, las artes audiovisuales, el dramático, danza y música según los
lineamientos sectoriales.
3.
Expedir los actos
administrativos y demás providencias necesarias para su cumplimiento y
celebrar contratos que se requieran para el buen funcionamiento del
Instituto, de acuerdo con las normas vigentes.
4.
Fijar los lineamientos para la
implementación de políticas, planes, programas y proyectos relacionados con
el fortalecimiento de los procesos de participación, planeación, fomento,
organización, información y regulación del campo de las áreas artísticas de
literatura, artes plásticas, artes audiovisuales, arte dramático, danza y
música, de acuerdo con los objetivos, proyectos y metas institucionales.
5.
Resolver la segunda instancia de
los procesos disciplinarios que se adelanten en la Entidad.
6.
Fijar los lineamientos para la
administración de los escenarios culturales propiedad del Instituto, así como
los demás que llegaren a ser de su propiedad de acuerdo con los
procedimientos y normatividad vigente.
7.
Establecer las estrategias
encaminadas a asegurar la gestión de recursos públicos y privados que
permitan el adecuado desarrollo de los planes, programas y proyectos del
Instituto Distrital de las Artes según las necesidades institucionales.
8.
Fijar los lineamientos para la
administración del talento humano, la gestión financiera y de recursos
físicos y tecnológicos de la entidad, de acuerdo con las normas y
procedimientos establecidos.
9.
Ejercer la representación legal
de la Entidad.
10.
Dirigir la elaboración y
presentar ante el Consejo Directivo y las autoridades competentes del
anteproyecto anual de presupuesto de la Entidad, sus adiciones y traslados de
conformidad con las disposiciones legales, orgánicas y reglamentarias sobre
la materia.
11.
Nombrar, remover y distribuir a
los servidores del Instituto, de conformidad con las disposiciones vigentes.
12.
Desempeñar las demás funciones
que le señalen el Acuerdo 440 de 2010, las disposiciones legales, así como
los demás Acuerdos Distritales, los Estatutos, el Alcalde Mayor y las que
refiriéndose a la marcha del Instituto no estén atribuidas expresamente a
otra autoridad.
|
|
V. CONOCIMIENTOS BÁSICOS O ESENCIALES PARA EL
EJERCICIO DEL EMPLEO
|
|
⮚
Marco legal y conceptual sobre
el campo del arte
⮚
Formulación, implementación y
evaluación de las políticas públicas en materia artística y cultural
⮚
Sistema Distrital de arte,
cultura y patrimonio
⮚
Administración Pública
⮚
Plan Distrital de Desarrollo
⮚
Herramientas de planeación,
organización, coordinación y evaluación
⮚
Formulación y seguimiento de
proyectos
⮚
Normatividad sobre organización
y funcionamientos del Distrito Capital en materia artística y cultural
|
|
VI. COMPETENCIAS
|
|
COMUNES
|
POR NIVEL JERÁRQUICO
|
|
⮚
Aprendizaje continuo
⮚
Orientación a resultados
⮚
Orientación al usuario y al
ciudadano
⮚
Compromiso con la organización
⮚
Trabajo en equipo
⮚
Adaptación al cambio
|
⮚
Visión estratégica
⮚
Liderazgo efectivo
⮚
Planeación
⮚
Toma de decisiones
⮚
Gestión del desarrollo de las
personas
⮚
Pensamiento sistémico
⮚
Resolución de conflictos
|
|
VII. REQUISITOS MÍNIMOS
|
|
FORMACIÓN
|
EXPERIENCIA
|
|
Título profesional en las
áreas del conocimiento:
Agronomía, veterinaria y
afines
Bellas artes
Ciencias de la Educación
Ciencias de la Salud
Ciencias Sociales y Humanas
Economía, Administración,
Contaduría y afines
Ingeniería, Arquitectura,
Urbanismo y afines
Matemáticas y Ciencias
Naturales
Título de Posgrado
Matrícula o Tarjeta
Profesional en los casos requeridos por la Ley
|
Treinta y seis (36) meses
de experiencia profesional o docente.
|
Artículo 4. Modificar el Manual Específico de
Funciones y de Competencias Laborales de la ficha del empleo denominado Jefe de
Oficina ubicado en la Oficina de Control Disciplinario Interno, el cual quedará
así:
|
I. IDENTIFICACIÓN DEL EMPLEO
|
|
Nivel jerárquico
|
Directivo
|
|
Naturaleza del empleo
|
Libre Nombramiento y
Remoción
|
|
Denominación
|
Jefe de Oficina
|
|
Código
|
006
|
|
Grado
|
01
|
|
No. de cargos en Planta
|
01
|
|
II. UBICACIÓN DEL EMPLEO
|
|
Dependencia
|
Oficina de Control Disciplinario
Interno
|
|
III. PROPÓSITO PRINCIPAL
|
|
Gestionar la función
disciplinaria de la entidad en los términos y oportunidad, de conformidad con
la normatividad vigente sobre la materia.
|
|
IV. DESCRIPCIÓN DE FUNCIONES ESENCIALES
|
|
1.
Orientar al Director General en
la formulación e implementación de las políticas y estrategias para el
ejercicio de la función disciplinaria de la Entidad.
2.
Dar trámite a las denuncias de
tipo disciplinario radicadas en la entidad de conformidad con los términos
señalados por la normatividad vigente.
3.
Adelantar la etapa de
instrucción hasta la notificación del pliego de cargos de los/las
servidores/as públicos que presuntamente hubiesen incurrido en faltas
disciplinarias, de conformidad con lo establecido en la normatividad vigente.
4.
Adelantar la indagación
preliminar, la investigación formal de los procesos disciplinarios contra
los/as servidores/as y ex servidores/as del organismo, hasta la formulación
del pliego de cargos, de conformidad con el Código General Disciplinario o la
norma que lo modifique o sustituya y las demás disposiciones vigentes sobre
la materia.
5.
Mantener actualizada la
información de los procesos disciplinarios en la etapa de instrucción de la
entidad, en el Sistema de Información Disciplinaria Distrital o el que haga
sus veces, y fijar procedimientos operativos disciplinarios acorde con las
pautas señaladas por la Dirección Distrital de Asuntos Disciplinarios de la
Secretaría Jurídica Distrital.
6.
Efectuar el seguimiento a la
ejecución de las sanciones que se impongan a los servidores y ex servidores
públicos de la entidad, de manera oportuna y eficaz.
7.
Orientar y capacitar a los
servidores públicos de la entidad en la prevención de acciones disciplinarias
en aplicación de las políticas que en materia disciplinaria se expidan por
parte de la Secretaría Jurídica Distrital.
8.
Surtir el proceso de
notificación y/o comunicación y organización documental de los expedientes
disciplinarios que conozca en la etapa de instrucción en los términos y forma
establecida en la normatividad disciplinaria vigente.
9.
Resolver las consultas sobre
aspectos relacionados con la acción disciplinaria que se formulen a la
entidad, en términos de interpretación y aplicación de las normas sobre la
materia.
10.
Diseñar e implementar
estrategias de difusión de la normatividad disciplinaria a los servidores de
la entidad, con el fin de prevenir la ocurrencia de comportamientos o
conductas violatorias de las normas que rigen la materia.
11.
Atender las peticiones y
requerimientos relacionados con asuntos de su competencia, de manera oportuna
y eficaz.
12.
Realizar todas las actividades
en el marco del debido proceso.
13.
Las demás funciones que se le
asignen y que correspondan a la naturaleza del empleo.
|
|
V. CONOCIMIENTOS BÁSICOS O ESENCIALES PARA EL
EJERCICIO DEL EMPLEO
|
|
⮚
Constitución Política
⮚
Código General Disciplinario
⮚
Derecho Administrativo
⮚
Estatuto Anticorrupción
⮚
Derecho Probatorio y Derecho
Procesal
⮚
Código de Procedimiento
Administrativo y de lo Contencioso Administrativo
⮚
Ley de Transparencia y Acceso a
la Información
⮚
Herramientas Ofimáticas
|
|
VI. COMPETENCIAS
|
|
COMUNES
|
POR NIVEL JERÁRQUICO
|
|
⮚
Aprendizaje continuo
⮚
Orientación a resultados
⮚
Orientación al usuario y al
ciudadano
⮚
Compromiso con la organización
⮚
Trabajo en equipo
⮚
Adaptación al cambio
|
⮚
Visión estratégica
⮚
Liderazgo efectivo
⮚
Planeación
⮚
Toma de decisiones
⮚
Gestión del desarrollo de las
personas
⮚
Pensamiento sistémico
⮚
Resolución de conflictos
|
|
VII. REQUISITOS MÍNIMOS
|
|
FORMACIÓN
|
EXPERIENCIA
|
|
Título profesional en el
Núcleo Básico del Conocimiento Derecho y Afines.
Título de postgrado en
áreas relacionadas con las funciones del empleo.
Tarjeta o matrícula
profesional en los casos reglamentados por la Ley.
|
Treinta (30) meses de
experiencia profesional relacionada.
|
Artículo 5. Modificar el Manual Específico de
Funciones y de Competencias Laborales de las fichas de los empleos que hacen
parte de la Oficina Jurídica, los cuales quedarán así:
|
I. IDENTIFICACIÓN DEL EMPLEO
|
|
Nivel jerárquico
|
Profesional
|
|
Naturaleza del empleo
|
Carrera Administrativa
|
|
Denominación
|
Profesional Especializado
|
|
Código
|
222
|
|
Grado
|
02
|
|
No. de cargos en Planta
|
09
|
|
II. UBICACIÓN DEL EMPLEO
|
|
Dependencia
|
Oficina Jurídica
|
|
III. PROPÓSITO PRINCIPAL
|
|
|
|
Acompañar y asistir con
asesoría jurídica los diferentes procesos administrativos y judiciales que le
sean designados y también apoyar la etapa de juzgamiento en primera instancia
de los procesos disciplinarios que se adelanten a los servidores y ex
servidores del Instituto, con el fin de garantizar el cumplimiento de la
normatividad y prevenir cualquier riesgo de daño antijurídico que se pueda
presentar para la Entidad.
|
|
IV. DESCRIPCIÓN DE FUNCIONES ESENCIALES
|
|
1.
Proyectar y revisar los actos
administrativos que se deriven de la Oficina Jurídica conforme a la normativa
vigente.
2.
Realizar el análisis jurídico
contractual verificando los documentos soporte para la contratación y
solicitar las aclaraciones dentro del procedimiento a que haya lugar, dando
cumplimiento al cronograma establecido.
3.
Elaborar los estudios previos, pliegos
de condiciones, efectuar su respectivo seguimiento de conformidad con las
políticas institucionales para los procesos de contratación de la dependencia
y de la Entidad, acorde con las instrucciones de su jefe inmediato y a los
lineamientos jurídicos vigentes
4.
Realizar el análisis jurídico de
los procesos disciplinarios que se adelanten en etapa de juzgamiento de
primera instancia contra los/as servidores/as y ex servidores/as de la
Entidad u organismo, de conformidad con la normatividad vigente.
5.
Generar, proyectar y organizar
documentalmente los expedientes disciplinarios en la etapa de juzgamiento en
los términos y forma establecida en la normatividad disciplinaria vigente.
6.
Atender, tramitar y dar
respuesta a las solicitudes, sugerencias, consultas, recomendaciones,
requerimientos, tutelas, peticiones, quejas y reclamos que se presenten en la
entidad de acuerdo con la normatividad vigente y los procedimientos
establecidos, efectuando un adecuado seguimiento del trámite y contribuyendo
a la optimización de la gestión administrativa.
7.
Elaborar los conceptos jurídicos
relacionados con la misión institucional que se soliciten para la
consideración del jefe inmediato de acuerdo a la normatividad vigente y con
la debida oportunidad.
8.
Conocer, recomendar y llevar las
demandas instauradas contra la entidad o promovidas por esta, de acuerdo con
las instrucciones del superior inmediato.
9.
Atender diligencias de carácter
judicial que se adelanten dentro de los procesos que le sean asignados.
10.
Revisar, controlar y mantener
actualizado el sistema de procesos judiciales -SIPROJ- del Distrito.
11.
Elaborar conceptos, redactar
textos legales, doctrinales y jurisprudenciales de acuerdo a directrices del
jefe inmediato.
12.
Actualizar, recopilar, revisar y
difundir la normatividad, conceptos y jurisprudencia que considere de interés
para el cumplimiento de la misión de la entidad o de los funcionarios.
13.
Desempeñar las demás funciones
que le sean asignadas por su jefe inmediato y que correspondan a la
naturaleza del empleo.
|
|
V. CONOCIMIENTOS BÁSICOS O ESENCIALES PARA EL
EJERCICIO DEL EMPLEO
|
|
⮚
|
|
VI. COMPETENCIAS
|
|
COMUNES
|
POR NIVEL JERÁRQUICO
|
|
⮚
Aprendizaje continuo
⮚
Orientación a resultados
⮚
Orientación al usuario y al
ciudadano
⮚
Compromiso con la organización
⮚
Trabajo en equipo
⮚
Adaptación al cambio
|
⮚
Aporte técnico – profesional
⮚
Comunicación efectiva
⮚
Gestión de Procedimientos
⮚
Instrumentación de decisiones
|
|
VII. REQUISITOS MÍNIMOS
|
|
FORMACIÓN
|
EXPERIENCIA
|
|
Título profesional en el
Núcleo Básico del Conocimiento Derecho y Afines.
Título de postgrado en
áreas relacionadas con las funciones del empleo.
Tarjeta o matrícula
profesional en los casos reglamentados por la Ley.
|
Veinticuatro (24) meses de
experiencia profesional relacionada.
|
|
I. IDENTIFICACIÓN DEL EMPLEO
|
|
Nivel jerárquico
|
Profesional
|
|
Naturaleza del empleo
|
Carrera Administrativa
|
|
Denominación
|
Profesional Universitario
|
|
Código
|
219
|
|
Grado
|
01
|
|
No. de cargos en Planta
|
16
|
|
II. UBICACIÓN DEL EMPLEO
|
|
Dependencia
|
Oficina Jurídica
|
|
III. PROPÓSITO PRINCIPAL
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Adelantar y conceptualizar
en asuntos jurídicos que sean de competencia del IDARTES, de las dependencias
del mismo y de la comunidad Institucional, así como en los trámites
correspondientes a los procesos relacionados, con el fin de garantizar el
cumplimiento de la normatividad vigente y prevenir cualquier riesgo de daño
antijurídico que se pueda presentar para la Entidad.
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IV. DESCRIPCIÓN DE FUNCIONES ESENCIALES
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1.
Realizar el análisis jurídico
contractual verificando los documentos soporte para la contratación y
solicitar las aclaraciones dentro del procedimiento a que haya lugar, según
los requerimientos técnicos y legales exigidos por el Instituto.
2.
Revisar el cumplimiento de los
cronogramas establecidos para los procesos de contratación con el fin de
coadyuvar al cumplimiento puntual de los planes y programas establecidos por
el Instituto.
3.
Realizar el estudio y
seguimiento a los procesos contractuales que adelante el Instituto y
verificar el cumplimiento estricto de las invitaciones y/o pliegos de condiciones
según la modalidad de selección conforme a la normatividad vigente y de
acuerdo con el reparto del jefe inmediato.
4.
Adelantar los trámites para la
elaboración y firma de los contratos asignados dando cumplimiento a lo
establecido en el estatuto de contratación estatal y demás normas
concordantes de manera eficiente y oportuna.
5.
Adelantar los procesos de
selección de proponentes, celebración de contratos y convenios adelantados
por el Instituto que le sean asignados.
6.
Proyectar los documentos soporte
a los procesos disciplinarios que se adelanten en etapa de juzgamiento de
primera instancia contra los/as servidores/as y ex servidores/as de la
Entidad u organismo, de conformidad con la normatividad vigente.
7.
Mantener actualizada la
información de los procesos disciplinarios en la etapa de instrucción de la
entidad, en el Sistema de Información Disciplinaria Distrital o el que haga
sus veces, y fijar procedimientos operativos disciplinarios acorde con las
pautas señaladas por la Dirección Distrital de Asuntos Disciplinarios de la
Secretaría Jurídica Distrital.
8.
Revisar y organizar la
documentación de los expedientes que se generen de los procesos
disciplinarios en la etapa de juzgamiento de los funcionarios y ex
funcionarios de la Entidad.
9.
Hacer seguimiento a los términos
de los procesos disciplinarios en la etapa de juzgamiento en primera
instancia de acuerdo con la forma establecida en la normatividad
disciplinaria vigente.
10.
Adelantar los trámites para la
elaboración y firma de los documentos requeridos para los diferentes procesos
jurídicos que sean de competencia de la Entidad, de las dependencias de esta
y de la comunidad Institucional.
11.
Proyectar y sustanciar los
estudios y conceptos jurídicos, relacionados con los programas, objetivos,
políticas y misión institucional de la Entidad.
12.
Orientar y resolver consultas a
los servidores del Instituto en los asuntos inherentes a cargo con la
veracidad y oportunidad requeridas según los procedimientos establecidos al
interior de la Entidad.
13.
Atender, tramitar y dar
respuesta a las solicitudes, sugerencias, consultas, recomendaciones,
requerimientos, tutelas, peticiones, quejas y reclamos que se presenten en la
Entidad de acuerdo con la normatividad vigente y los procedimientos
establecidos, efectuando un adecuado seguimiento del trámite y contribuyendo
a la optimización de la gestión administrativa.
14.
Estudiar y resolver los asuntos
que se presenten a su consideración y análisis, y rendir los informes que le
sean requeridos.
15.
Desempeñar las demás funciones
que le sean asignadas por su jefe inmediato y que correspondan a la
naturaleza del empleo.
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V. CONOCIMIENTOS BÁSICOS O ESENCIALES PARA EL
EJERCICIO DEL EMPLEO
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1. Marco legal y
conceptual sobre el campo del arte.
2. Gestión pública.
3. Derecho
Administrativo, Disciplinario, Constitucional y Laboral.
4. Conocimiento en
normas de carrera administrativa.
5. Defensa judicial
de entidades públicas.
6. Legislación y
políticas culturales nacionales y distritales.
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VI. COMPETENCIAS
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COMUNES
|
POR NIVEL JERÁRQUICO
|
|
⮚
Aprendizaje continuo
⮚
Orientación a resultados
⮚
Orientación al usuario y al
ciudadano
⮚
Compromiso con la organización
⮚
Trabajo en equipo
⮚
Adaptación al cambio
|
⮚
Aporte técnico – profesional
⮚
Comunicación efectiva
⮚
Gestión de Procedimientos
⮚
Instrumentación de decisiones
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VII. REQUISITOS MÍNIMOS
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FORMACIÓN
|
EXPERIENCIA
|
|
Título profesional en el
Núcleo Básico del Conocimiento Derecho y Afines.
Título de postgrado en
áreas relacionadas con las funciones del empleo.
Tarjeta o matrícula
profesional en los casos reglamentados por la Ley.
|
Seis (6) meses de
experiencia profesional relacionada.
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Artículo 6. Modificar el Manual Específico de
Funciones y de Competencias Laborales de la ficha del empleo que hace parte de
la Oficina de Control Disciplinario Interno, el cual quedará así:
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I. IDENTIFICACIÓN DEL EMPLEO
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Nivel jerárquico
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Profesional
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Naturaleza del empleo
|
Carrera Administrativa
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Denominación
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Profesional Especializado
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Código
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222
|
|
Grado
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02
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No. de cargos en Planta
|
09
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II. UBICACIÓN DEL EMPLEO
|
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Dependencia
|
Oficina de Control
Disciplinario Interno
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III. PROPÓSITO PRINCIPAL
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|
Sustanciar los procesos
disciplinarios en la etapa de instrucción respecto de aquellas conductas en
que incurran los servidores y ex servidores del IDARTES, garantizando el
debido proceso y la legitima defensa.
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IV. DESCRIPCIÓN DE FUNCIONES ESENCIALES
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1. Proyectar y
revisar los actos administrativos que emita la Oficina de Control
Disciplinario Interno conforme a la normativa vigente.
2. Elaborar
los estudios previos, pliegos de condiciones, efectuar su respectivo
seguimiento de conformidad con las políticas institucionales para los
procesos de contratación de la Oficina de Control Disciplinario Interno.
3. Proyectar
las respuestas a las diferentes solicitudes que reciba la Oficina de Control
Disciplinario Interno en ejercicio del derecho fundamental de petición,
dentro de los términos legales.
4. Realizar el
análisis jurídico de los procesos disciplinarios que se adelanten en etapa de
instrucción contra los/as servidores/as y ex servidores/as de la Entidad, de
conformidad con la normatividad vigente.
5. Adelantar
la etapa probatoria de los procesos disciplinarios a su cargo, garantizando
el debido proceso.
6. Crear y
organizar documentalmente los expedientes disciplinarios en la etapa de
instrucción en los términos y forma establecida en la normatividad
disciplinaria vigente.
7. Generar las
estrategias de prevención y orientación que minimicen la ocurrencia de
conductas disciplinables.
8. Gestionar
los archivos y registros de los procesos disciplinarios adelantados por la
Oficina de Control Disciplinario Interno, de acuerdo con los procedimientos
establecidos, ante las autoridades correspondientes.
9. Garantizar
que los procesos disciplinarios se desarrollen dentro de los principios
legales de economía, celeridad, eficacia, imparcialidad y publicidad,
buscando así salvaguardar el derecho a la defensa y el debido proceso.
10. Proyectar
los informes necesarios para poner en conocimiento de los organismos de
vigilancia y control, la comisión de hechos presuntamente irregulares que
surjan del proceso disciplinario en la etapa de instrucción.
11. Rendir
informes sobre el estado de los procesos disciplinarios a las autoridades
competentes, cuando así lo requieran.
12. Desempeñar las demás
funciones relacionadas con la naturaleza del cargo y el área de desempeño.
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V. CONOCIMIENTOS BÁSICOS O ESENCIALES PARA EL
EJERCICIO DEL EMPLEO
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⮚
Constitución Política de
Colombia.
⮚
Código General Disciplinario
⮚
Código de Procedimiento
Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.
⮚
Mecanismos alternativos de
solución de conflictos.
⮚
Derecho administrativo
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VI. COMPETENCIAS
|
|
COMUNES
|
POR NIVEL JERÁRQUICO
|
|
⮚
Aprendizaje continuo
⮚
Orientación a resultados
⮚
Orientación al usuario y al
ciudadano
⮚
Compromiso con la organización
⮚
Trabajo en equipo
⮚
Adaptación al cambio
|
⮚
Aporte técnico – profesional
⮚
Comunicación efectiva
⮚
Gestión de Procedimientos
⮚
Instrumentación de decisiones
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VII. REQUISITOS MÍNIMOS
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|
FORMACIÓN
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EXPERIENCIA
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|
Título profesional en el
Núcleo Básico del Conocimiento Derecho y Afines y título de Posgrado en
modalidad especialización.
Título de postgrado en
áreas relacionadas con las funciones del empleo.
Tarjeta o matrícula
profesional en los casos reglamentados por la Ley.
|
Veinticuatro (24) meses de
experiencia profesional relacionada.
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Artículo 7. Equivalencias. Para el
cumplimiento de los requisitos señalados en las fichas objeto de la presente
modificación del Manual Específico de Funciones y de Competencias Laborales del
Instituto Distrital de las Artes, se aplicarán las equivalencias establecidas
en el Decreto 785 de 2005 y en las demás disposiciones que lo modifiquen o
adicionen.
Artículo 8. El
Subdirector Administrativo y Financiero entregará a cada empleado público copia
de las funciones y competencias determinadas en el presente Manual para el
respectivo empleo en el momento de la posesión, cuando sea ubicado en otra
dependencia que implique cambio de funciones o cuando mediante la adopción o
modificación del Manual se afecten las establecidas para los empleos
existentes. Los jefes inmediatos responderán por la orientación del empleado en
el cumplimiento de estas.
Artículo 9. Cuando para el desempeño de un empleo se
exija una profesión, arte u oficio debidamente reglamentado, títulos,
licencias, matriculas o autorizaciones previstas en las leyes o reglamentos, no
podrán ser compensados por experiencias u otras calidades, salvo cuando las
mismas leyes así lo establezcan.
Artículo 10. Requisitos ya acreditados. A los
empleados públicos que al entrar en vigor el presente acto administrativo,
estén desempeñando empleos de conformidad con normas anteriores, para todos los
efectos legales y mientras permanezcan en los mismos empleos, o sean
trasladados o incorporados a cargos equivalentes o de igual denominación y
grado de remuneración, no se les exigirá los requisitos establecidos en la
presente Resolución.
Artículo 11: Publicación. Publíquese el presente Resolución
en la página web de la Entidad y en Régimen Legal.
Artículo 12: Comunicación. Remitir copia del
presente acto administrativo al Departamento Administrativo del Servicio Civil
Distrital DASCD, dentro de los cinco (5) días siguientes a la fecha de
publicación de la presente Resolución.
Artículo 13. Vigencia. La presente Resolución
rige a partir del día siguiente a la fecha de su publicación en el Registro
Distrital y modifica en lo pertinente Resolución No. 1073 de 2021, y las demás
disposiciones que le sean contrarias.
Parágrafo. Mientras se surte el proceso de selección
para la provisión de los empleos reportados en la OPEC y hasta que se supere el
período de prueba por parte del empleado respectivo o que no existan más
aspirantes en las listas de elegibles como resultado de dicho proceso, regirán
las fichas del manual de funciones y de competencias laborales que fueron
reportadas la Comisión Nacional del Servicio Civil -CNSC, a efectos de la
realización del concurso de méritos correspondiente, contenidas en la
Resolución No. 1073 de 2021.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE
Y CÚMPLASE.
Dado en la ciudad
de Bogotá, D.C., a los 29 días del mes de abril del año 2025.
MARÍA CLAUDIA
PARIAS DURÁN
Directora General
Nota: Ver norma original en Anexos.