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Decreto Local 010 de 2025 Alcaldía Local de los Mártires

Fecha de Expedición:
04/08/2025
Fecha de Entrada en Vigencia:
14/08/2025
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 8386 del 14 de agosto del 2025.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO LOCAL 010 DE 2025

 

(Agosto 04)

 

Por el cual se liquida la adición al presupuesto de la Vigencia Fiscal 2025 del Fondo de Desarrollo Local de Los Mártires, de conformidad con el Acuerdo Local No. 003 de 2025 aprobado por la Junta Administradora Local el 2 de agosto de 2025

 

EL ALCALDE LOCAL DE LOS MÁRTIRES

 

En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales contenidas en el artículo 322 de la constitución nacional y en especial, las conferidas en el artículo 71, inciso 2 del Decreto-Ley 1421 de 1993, la Ley 2116 de 2021 y el Decreto Distrital 158 de 2025,

 

CONSIDERANDO:

 

Qué el Decreto Distrital 158 de 2025 “Por medio del cual se reglamenta el proceso presupuestal de los Fondos de Desarrollo Local" constituye el marco normativo presupuestal para la entidad local y como normograma especial contempla lo relacionado con la elaboración, programación, ejecución, seguimiento y control del presupuesto de estos.

 

Que el artículo 32 de citado decreto establece que: "Modificaciones Presupuestales. Cuando fuere necesario aumentar o disminuir la cuantía de las apropiaciones o establecer otras nuevas, podrán hacerse las correspondientes modificaciones al presupuesto mediante traslados, créditos adicionales, reducciones y suspensión temporal de apropiaciones, según lo siguiente. (...) 32.2. Créditos adicionales. Es el aumento de las partidas inicialmente aprobadas o no previstas para un objeto del gasto. Cuando durante la ejecución del Presupuesto de los FDL se hiciere indispensable aumentar el monto de las apropiaciones para complementar las insuficientes, ampliar los servicios existentes o establecer nuevos servicios autorizados por la ley, se pueden abrir créditos adicionales de conformidad con las siguientes competencias: (...) c) Adición por Excedentes Financieros: Si persistiera un saldo positivo, una vez ajustado el presupuesto local al monto real de las Obligaciones por Pagar constituidas al cierre de la vigencia inmediatamente anterior, deberá este ser adicionado por cada FDL mediante Acuerdo de la JAL, de acuerdo con la distribución que efectúe el CONFIS Distrital, quien para el efecto consultará los conceptos de los alcaldes locales correspondientes."

 

Que a 31 de diciembre de 2024, el Fondo de Desarrollo Local de Los Mártires, cerró la vigencia fiscal con excedentes financieros por valor de $1.363.125.169

 

Que una vez surtido el procedimiento de cierre presupuestal 2024, el Consejo Distrital de Política Económica y Fiscal CONFIS, mediante Circular 03 del 27 de junio de 2025, y conforme a lo establecido en los artículos 41º y 42° del Decreto Distrital 158 de 2025[1], comunicó la decisión tomada en su sesión No. 15 celebrada el 27 de junio de 2025, indicando que, del monto total de los excedentes generados a 31 de diciembre de 2024, al Fondo de Desarrollo Local de Los Mártires se le asignó una partida de $2.627.888.791, el cual fue distribuido de la siguiente manera:

 

Casa de la Cultura: $ 2.000.000.000

 

Distribución para conceptos de gasto solicitados por la Secretaría de Seguridad Convivencia y Justicia: $ 627.888.791

 

Que, la Secretaría Distrital de Planeación emitió Concepto previo favorable para la modificación presupuestal a gastos de inversión, originada en la distribución de excedentes financieros mediante radicado No 2-2025-37679 del 7 de julio de 2025, determinando la distribución de los excedentes para el fondo de Desarrollo Local de los Mártires en los siguientes proyectos:

 

2796 Mártires avanza en mejores espacios para la cultura: $ 2.000.000.000

 

2719 Mártires camina segura con mejores dotaciones de Seguridad: $ 627.888.791

 

Que, es función de la Junta Administradora Local aprobar las modificaciones que aumentan las apropiaciones autorizadas inicialmente por la Junta Administradora Local o no previstas para un objeto de gasto.

 

Que el acuerdo local 001 de 2024 "Por medio del cual se expide el nuevo Reglamento Interno de la Junta Administradora Local de Los Mártires", determina en su artículo 76 que: “Para que un proyecto de acuerdo local, se convierta en acuerdo; deberá aprobarse en dos debates celebrados en días distintos. El primero se realizará en la comisión respectiva y el segundo en la sesión de plenaria. En el segundo debate no se podrán hacer y/ o introducir modificaciones o adiciones de fondo al texto aprobado por la comisión, salvo que se haya dejado constancia sobre los artículos, temas y asuntos a modificar.

 

Que el alcalde local de los Mártires mediante Decreto local No. 009 de 23 de julio de 2025 “Por medio del cual se convoca a sesiones extraordinarias a la Junta administradora Local de Los Mártires, para que se surta el trámite de la adición al presupuesto anual de ingresos y gastos del Fondo de Desarrollo Local de Los Mártires para vigencia fiscal 2025" convocó a sesiones extraordinarias a la Junta Administradora local de los Mártires durante el periodo comprendido entre el veinticinco (25) de julio de 2025 hasta el tres (3) de agosto de 2025, para que se ocupara de efectuar el estudio, debate y trámite de la adición de los excedentes financieros al Presupuesto Anual de Ingresos y Gastos del Fondo de Desarrollo Local de Los Mártires para la vigencia fiscal de 2025, en los términos de la Circular No. 03 del 27 de junio de 2025 del CONFIS.

 

Que la Junta Administradora Local de los Mártires surtió en efecto el estudio y puesta a consideración el proyecto de acuerdo local N°003 de 2025, el cual fue votado favorablemente en primer debate el viernes 1 de agosto de 2025 y en segundo debate el 2 de agosto de 2025, siendo aprobado en ambos por unanimidad.

 

Que en consideración de lo aprobado, la Junta Administradora Local el 2 de agosto de 2025 expidió el acuerdo local 003 de 2025 "Por el cual se adiciona el Presupuesto de Ingresos y Gastos de la Vigencia Fiscal 2025 del Fondo de Desarrollo Local de Los Mártires".

 

Que, una vez aprobado en sus debates, fue enviado para la sanción del Alcalde Local procediéndose para tales efectos el 4 de agosto de 2025, siendo sancionado el acuerdo local 003 de 2025 “Por el cual se adiciona el Presupuesto de Ingresos y Gastos de la Vigencia Fiscal 2025 del Fondo de Desarrollo Local de Los Mártires".

 

Que el decreto ley Decreto 1421 de 1993 "Por el cual se dicta el Régimen Especial para el Distrito Capital de Santafé de Bogotá" sus normas modificatorias faculta al alcalde local a la expedición de los decretos que reglamenten los acuerdos locales expedidos por la Junta Administradora local.

 

Que, es necesario incorporar al presupuesto del Fondo de Desarrollo Local de Los Mártires para la vigencia fiscal, comprendida entre el 01 de enero y el 31 de diciembre de 2025, los recursos asignados por el CONFIS.

 

Que, en mérito de lo anteriormente expuesto,

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO 1: Sancionar el Acuerdo local 003 de 2025 “Por el cual se adiciona el Presupuesto de Ingresos y Gastos de la Vigencia Fiscal 2025 del Fondo de Desarrollo Local de Los Mártires”.

 

ARTÍCULO 2: Efectúese una adición presupuestal de rentas e ingresos del Fondo de Desarrollo Local de los Mártires para la vigencia fiscal 2025, por valor de DOS MIL SEISCIENTOS VEINTISIETE MILLONES OCHOCIENTOS OCHENTA Y OCHO MIL SETECIENTOS NOVENTA Y UN PESOS M/CTE ($2.627.888.791), correspondiente a la incorporación de excedentes financieros, conforme al siguiente detalle:

 

01

INGRESOS

$2.627.888.791

012

RECURSOS DE CAPITAL

$2.627.888.791

 

TOTAL INGRESOS

$2.627.888.791


Artículo 3: Efectúese una adición en el Presupuesto de Gastos de Inversión de la vigencia 2024 del Fondo de Desarrollo Local de Los Mártires, por valor de DOS MIL SEISCIENTOS VEINTISIETE MILLONES OCHOCIENTOS OCHENTA Y OCHO MIL SETECIENTOS NOVENTA Y UN PESOS M/CTE ($2.627.888.791), conforme al siguiente detalle:

 

POSICIÓN PRESUPUESTARIA

DESCRIPCIÓN

VALOR $

02

GASTOS

$2.627.888.791

023

Inversión

$2.627.888.791

02301

DIRECTA

$2.627.888.791

0230117

Bogotá Carnina Segura

$2.627.888.791

023011745

Gobierno Territorial

$2.627.888.791

02301174599

Fortalecimiento a la gestión y dirección de la administración pública territorial

$2.627.888.791

0230117459920242719

Mártires camina segura con mejores dotaciones de seguridad

$627.888.791

0230117459920242796

Mártires avanza en mejores espacios para la cultura

$ 2.000.000.000

 

ARTÍCULO 3(sic): El presente Decreto rige a partir de su publicación y contra este no procede recurso alguno.

 

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dado en la ciudad de Bogotá, D.C., a los 04 días del mes de agosto del año 2025.

 

JOHN JADER SUAREZ DELGADO

 

Alcalde Local de Los Mártires

 

Nota: Ver norma original en Anexos.

 

NOTA AL PÍE DE PÁGINA:


[1] Por medio del cual se reglamenta el proceso presupuestal de los Fondos de Desarrollo Local link https://wwwalcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Normal.jsp?i=178648#56