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DECRETO 473 DE 2022
(Octubre 21)
Por el cual se modifica la planta de empleos de la Secretaría Distrital de Movilidad y se dictan otras disposiciones
LA ALCALDESA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C. (E)
En uso de sus facultades legales, en especial las conferidas por el numeral 7 del artículo 315 de la Constitución Política y por el numeral 9° del artículo 38 del Decreto Ley 1421 de 1993 y,
CONSIDERANDO:
Que el artículo 122 de la Constitución Política señala que: “No habrá empleo público que no tenga funciones detalladas en ley o reglamento y para proveer los de carácter remunerado se requiere que estén contemplados en la respectiva planta y previstos sus emolumentos en el presupuesto correspondiente. (…)”
Que el artículo 315 ibídem, señala que son atribuciones del Alcalde: “7. Crear, suprimir o fusionar los empleos de sus dependencias, señalarles funciones especiales y fijar sus emolumentos con arreglo a los acuerdos correspondientes. No podrá crear obligaciones que excedan el monto global fijado para gastos de personal en el presupuesto inicialmente aprobado”.
Que el artículo 105 del Acuerdo Distrital 257 de 2006, “Por el cual se dictan normas básicas sobre la estructura, organización y funcionamiento de los organismos y de las entidades de Bogotá, Distrito Capital, y se expiden otras disposiciones”, creó la Secretaría Distrital de Movilidad.
Que mediante Decreto Distrital 673 de 2018, que modificó el Decreto Distrital 568 de 2006 “Por medio del cual se establece la Planta de cargos de la Secretaría Distrital de Movilidad”, modificado por los Decretos Distritales 003 de 2009, 362 de 2010, 577 de 2010, 441 de 2011 y 452 de 2011, y que fue modificado a su vez por los Decretos Distritales 393 y 430 de 2021, se fijó la planta de empleos de la Secretaría Distrital de Movilidad, la cual asciende a un total de seiscientos ochenta (680) empleos.
Que mediante los radicados DTH202262005151671 del 31 de mayo de 2022 y DTH 202262005463221 del 17 de junio de 2022, la Secretaría Distrital de Movilidad radicó ante el Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital - DASCD el estudio técnico para la creación de ciento cincuenta (150) empleos para fortalecer el Cuerpo de Agentes Civiles de Tránsito y Transporte, con el propósito de dar cumplimiento a los diferentes proyectos estratégicos de la Entidad enfocados en el Control de Tránsito y Transporte de la Ciudad.
Que a su vez, la Secretaría Distrital de Movilidad remitió mediante radicado DTH202262007892091 del 10 de agosto de 2022 a la Secretaría Distrital de Hacienda la documentación requerida para obtener la certificación de viabilidad presupuestal para la ampliación de la planta de personal con ocasión de la creación de ciento cincuenta (150) empleos, los cuales serán financiados a través de transferencia del nivel central para gastos de personal.
Que mediante oficio No. 2-2022-1405 del 13 de julio de 2022, el Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital, emitió concepto técnico favorable para la creación de los mencionados empleos en la planta de la Secretaría Distrital de Movilidad.
Que mediante oficio 2022EE390281 del 01 de septiembre de 2022, la Dirección Distrital de Presupuesto de la Secretaría Distrital de Hacienda, expidió viabilidad presupuestal para la creación de ciento cincuenta (150) empleos en la Secretaría Distrital de Movilidad.
En mérito de lo expuesto,
DECRETA:
Artículo 1º.- Créase en la planta de personal de la Secretaría Distrital de Movilidad los siguientes empleos:
Artículo 2º.- Modifíquese el artículo 3° del Decreto 673 de 2018, modificado por los Decretos 393 y 430 de 2021, así:
“Artículo 3°. Las funciones propias de la Secretaría Distrital de Movilidad serán cumplidas por la planta de empleos que se fija a continuación:
Artículo 3º.- Provisión de empleos. Los empleos creados en el artículo 1° del presente decreto, serán provistos de conformidad con las normas legales y reglamentarias vigentes.
Artículo 4º.-Comunicación. Comunicar el contenido del presente Decreto a la Dirección Distrital de Presupuesto de la Secretaría Distrital de Hacienda y al Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital, a través de la Subdirección de Gestión Documental de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
Artículo 5º.-Vigencia. El presente Decreto Distrital rige a partir del día siguiente a la fecha de su publicación y modifica el artículo 3 del Decreto 673 de 2018, modificado por el artículo 2 de los Decretos 393 y 430 de 2021.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Bogotá, D.C., a los 21 días del mes de octubre del año 2022.
EDNA CRISTINA DEL SOCORRO BONILLA SEBÁ
Alcaldesa Mayor (E)
DEYANIRA CONSUELO AVILA MORENO
Secretaria Distrital de Movilidad
NIDIA ROCÍO VARGAS
Directora Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital
Nota: Ver norma original en Anexos. |