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Resolución 009 de 2023 Secretaría de Educación del Distrito - SED - Subsecretaría de Integración Interinstitucional

Fecha de Expedición:
15/05/2023
Fecha de Entrada en Vigencia:
18/05/2023
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 7721 del 18 de mayo de 2023.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 009 DE 2023

 

(Mayo 15)

 

Por la cual se transfieren recursos del Proyecto de Inversión No.7643 “Implementación del Programa Integral de Educación Socioemocional, Ciudadana y Construcción de Escuelas como Territorios de Paz en Bogotá D.C” a los fondos de servicios educativos y/o instituciones educativas en administración del servicio educativo para el desarrollo de experiencias en Justicia Escolar Restaurativa - JER, 2023.

 

LA SUBSECRETARIA DE INTEGRACIÓN INTERINSTITUCIONAL DE LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN DEL DISTRITO

 

En uso de las facultades que le confieren las normas vigentes, en especial las contempladas en el Decreto Distrital 310 de 2022 y la Resolución 1165 del 27 de junio de 2016 “Por la cual se delegan las competencias en materia de ordenación del gasto y del pago de los recursos de funcionamiento e inversión y se dictan otras disposiciones” expedida por la Secretaria de Educación del Distrito -SED-, en concordancia con lo dispuesto en la Ley 715 de 2001, el Decreto Nacional 1075 de 2015, la Resolución 4047 de 2011 “Por la cual se reglamenta para el Distrito Capital la creación y el funcionamiento de los Fondo de Servicios Educativos - FSE en todos los Establecimientos Educativos Oficiales” expedida por la SED, y el Plan de Desarrollo Distrital 2020 -2024 - “Un Nuevo Contrato Social y Ambiental, para la Bogotá del Siglo XXI”, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que la Subsecretaría de Integración Interinstitucional de la SED - específicamente desde la Dirección de Participación y Relaciones Interinstitucionales-DPRI-, viene desarrollando la Implementación del “Programa Integral de Educación Socioemocional, Ciudadana y Construcción de Escuelas como Territorios de Paz en Bogotá D.C” (por medio del Proyecto de inversión 7643-PDD) el cual tiene como objetivo promover el empoderamiento y la movilización de la comunidad educativa, transformando las relaciones de poder y posicionando el perdón, la reconciliación y la restauración como principios de la convivencia escolar.

 

Que con la implementación del Programa se propone alcanzar: 1) Una educación integral en la que se privilegia la formación del SER y el SABER desde una perspectiva de “Buen vivir”; 2) Una educación socioemocional y ciudadana que se aprende en la práctica e interacción; 3) Una educación en la que la escuela, familia y comunidad construyen relaciones horizontales e inciden en la política pública educativa; 4) Una educación que fortalece capacidades ciudadanas y socioemocionales, de tal manera que contribuye a decidir los sentidos, proyecto y plan de vida de los sujetos; 5) Una educación que promueve una ciudadanía memorial, crítica, activa y transformadora, donde los sueños, deseos y expectativas tanto de los más jóvenes como de los mayores tienen un lugar; y 6) Una educación que consolida comunidades de aprendizaje, trabajando en red, compartiendo experiencias y fortaleciendo lazos de confianza, solidaridad y colaboración.

 

Que por lo anterior, en aras de alcanzar cada uno de los propósitos trazados, el programa Integral de Educación Socioemocional, Ciudadana y Construcción de Escuelas como Territorios de Paz en Bogotá D.C. consta de cuatro (4) estrategias: Justicia Escolar Restaurativa (JER), Respuesta Integral de Orientación Pedagógica (RIO-P), Fortalecimiento familiar y las Iniciativas Ciudadanas para la transformación de realidades (INCITAR para la PAZ), las cuales de manera interrelacionada apuestan por una educación integral como un camino para cerrar brechas y emerger el poder transformador de las personas y las comunidades en sus formas de relacionamiento, en la convivencia escolar y en el ejercicio de la ciudadanía.

 

Que para promover una nueva cultura escolar basada en prácticas de reparación y garantías de no repetición, la estrategia Justicia Escolar Restaurativa JER requiere para su implementación acciones articuladas entre la comunidad educativa y la Secretaría de Educación del Distrito a fin de impulsar procesos pedagógicos con los cuales potencializar actividades relacionadas con la construcción de paz, la memoria histórica, la participación para la ciudadanía y la convivencia, el liderazgo transformacional, el empoderamiento, la promoción de derechos y prevención de violencias, y la movilización de niñas, niños, jóvenes, sus familias, y comunidad educativa en general, para transformar realidades que aporten en la consolidación de Bogotá como una ciudad que construye paz y reconciliación desde diversas líneas temáticas.

 

Que en este contexto, el pasado 03 de marzo de 2023 de los corrientes se expidió y publicó en el portal institucional de la Secretaría de Educación[1], la Resolución 005 de 2023 Por la cual se realiza invitación a 166 Instituciones Educativas oficiales del Distrito -que a la fecha no han recibido recursos para el desarrollo de  experiencias en Justicia Escolar Restaurativa-, aportados en el marco del Proyecto de Inversión No. 7643 “Implementación del Programa Integral de Educación Socioemocional, Ciudadana y Construcción de Escuelas como Territorios de Paz en Bogotá D.C”. Así las cosas, mediante el acto administrativo en mención, se efectuó invitación a aquellas instituciones Educativas Oficiales que no han recibido recursos JER en las vigencias 2021 y 2022, quienes debieron adelantar un proceso de inscripción y habilitación que culminó el pasado 28 de abril con la publicación de listado final de experiencias seleccionadas; se resalta que, tal, como se dispuso en la Resolución 005 de 2023, a partir del 06 de marzo de 2023 se dio inicio al desarrollo de jornadas informativas y de socialización de la invitación a través de reuniones presenciales y virtuales en las Direcciones Locales de Educación, en reuniones de las mesas locales de coordinadores y orientadores, así como visitas específicas a IED para presentarles la estrategia. En dichos encuentros se dieron a conocer las generalidades del proceso, los requisitos para la inscripción y habilitación de las propuestas, el cronograma de la convocatoria y, en esencia, los términos del procedimiento para la vinculación de ciento sesenta y seis (166) experiencias a fin de fortalecer los procesos de participación para el aprendizaje y la construcción de escuelas como territorios de paz.

 

Que la invitación se hizo extensiva a las instituciones educativas oficiales entregadas en administración, teniendo en cuenta que dichas instituciones conservan el carácter de establecimientos educativos oficiales y de naturaleza pública Decreto 1075 de 2015, que establece:

 

“Artículo 2.3.1.3.1.6. Tipos de contrato para la prestación del servicio público educativo. De conformidad con lo previsto en el artículo 2.3.1.3.1.1 de este decreto y sin perjuicio de la observancia de los principios generales contenidos en el Estatuto General de Contratación Pública, las entidades territoriales certificadas podrán celebrar los siguientes contratos para la prestación del servicio público educativo:  (…) 2. Contratos para la administración del servicio educativo. Contrato mediante el cual el contratista seleccionado a través de un proceso de licitación, se compromete a administrar uno o varios establecimientos educativos de carácter oficial, ofreciendo una canasta educativa que cumpla con altos estándares de calidad.”  (norma subrogada por el artículo 1° del Decreto 1851 de 2015)

 

Que en mismo sentido, el artículo 2.3.1.3.4.1. Contratos de administración del servicio educativo del Decreto 1075 de 2015, indica:

 

“La entidad territorial certificada podrá contratar la administración del servicio educativo de uno o varios establecimientos educativos oficiales con personas jurídicas públicas o privadas, de reconocida trayectoria e idoneidad, para que estas organicen, coordinen, administren, dirijan y presten el servicio de educación bajo su propio PEI o PEC, brindando la correspondiente orientación pedagógica

 

La entidad territorial contratante aportará la infraestructura física oficial y la totalidad de la matrícula a ser atendida, mientras que el contratista aportará los demás elementos de la canasta educativa, el PEI o el PEC, brindando la correspondiente orientación pedagógica. La administración, custodia y mantenimiento de la infraestructura, así como la operación del establecimiento educativo se realizará bajo el riesgo y responsabilidad del contratista, con sujeción a las condiciones que se establezcan en el respectivo contrato.” (norma subrogada por el artículo 1° del Decreto 1851 de 2015)

 

Posteriormente, el 04 de abril de 2023 mediante Resolución No. 007 de 2023, se modificó el cronograma de la convocatoria con el fin de ampliar el periodo de inscripción, estableciéndose como fecha límite el 21 de abril de 2023; lo anterior, con el fin de garantizarm ayor participación de las comunidades educativas. Así las cosas, una vez finalizado el proceso de convocatoria adelantado a través de jornadas informativas, se logró la inscripción y postulación de ciento cincuenta y un (151) experiencias JER que ingresaron a la fase de revisión y subsanación documental.

 

Que el proceso de revisión se realizó entre el 21 y 24 de abril de 2023 por un equipo interdisciplinario conformado por profesionales de la Secretaría de Educación del Distrito. Tal y como lo estableció la Resolución 005 de 2023 en su artículo séptimo, los y las profesionales de la Dirección de Participación y Relaciones Interinstitucionales verificaron que las iniciativas cumplieran con la totalidad de los criterios planteados para la inscripción y que entregaran la totalidad de la información y documentación de soporte. Finalmente, con la información verificada se seleccionaron las 151 Experiencias de Justicia Escolar Restaurativa -JER-.

 

Que el listado de las 151 Experiencias de Justicia Escolar Restaurativa -JER- seleccionadas de manera preliminar, es decir, antes de la fase de reclamaciones, se publicó el 24 de abril de 2023, comunicándose además a través de correo electrónico dirigido a las direcciones registradas por los y las facilitadores de dichas experiencias, para que pudieran realizar el correspondiente proceso de revisión y/o redacción de sus inquietudes y comentarios.

 

Que posteriormente, se surtió el proceso de reclamaciones y comentarios de la ciudadanía, habilitado entre el 25 y 26 de abril de los corrientes, de conformidad con lo establecido en el artículo primero de la Resolución 007 de 2023, dentro de dicho periodo no se recibió ningún comentario por parte de la ciudadanía.

 

Que, surtido el proceso citado, se logró la inclusión de 151 experiencias en Justicia Escolar Restaurativa, de conformidad con los términos establecidos en la Resolución 005 de 2023 modificada por la Resolución No. 007 de 2023, quienes cumplieron con los requisitos, y podrán iniciar el acompañamiento pedagógico contemplado, a partir de la presente vigencia2 023. Los resultados definitivos de la convocatoria, se publicaron el pasado 28 de abril de2 023 en la página web https:// www.redacademica.edu.co/experiencias-en-justiciaescolar-restaurativa-2023

 

Que dicho lo anterior, y habiéndose adelantado por parte de la Dirección de Participación y Relaciones Interinstitucionales las etapas de que trata la Resolución 005 de los corrientes, a saber: Primero, Proceso de Socialización de la convocatoria dirigida a las 166 IED focalizadas, con el propósito de dar a conocer los requisitos para la inscripción, la descripción del proceso de verificación de requisitos, el cronograma y los anexos requeridos para la postulación, etapa que se desarrolló entre el 06 y 17 de marzo de 2023. Segundo, fase de inscripciones la cual se habilitó a través de formulario publicado el 06 de abril en la página de Red Académica de la SED y que estuvo abierta hasta el 21 de abril. Tercero, fase de verificación de requisitos y cumplimiento de la documentación requerida, la cual fue realizada por el equipo técnico de la Dirección de Participación y Relaciones Interinstitucionales de la SED a partir de los criterios definidos en el artículo séptimo de la Resolución 005 de 2023, y que incluye la publicación preliminar de las experiencias seleccionadas; y la cuarta fase denominada Publicación de Resultados, la cual contemplaba, entre otras, resolver las inquietudes y comentarios de la ciudadanía, y dar publicidad a los resultados definitivos de la convocatoria, se procede a realizar la transferencia de los recursos que podrán ser invertidos por las iniciativas.

 

Que por lo expuesto, y con base en lo señalado en el artículo de la Resolución No. 005 de 2023, se procederá a ordenar la transferencia de recursos que hacen parte del Proyecto  de Inversión No. 7643 “Implementación del Programa Integral de Educación Socioemocional, Ciudadana y Construcción de Escuelas como Territorios de Paz en Bogotá D.C.” de la vigencia 2023, a los Fondos de Servicios Educativos de las Instituciones Educativas del Distrito seleccionadas y a la cuenta bancaria designada para tal efecto por las entidades administradoras de las Instituciones Educativas Oficiales en administración del servicio educativo, cuyo manejo y administración deberá realizarse con base en la Ley 715 de 2001, el Decreto 4791 de 2008 y demás normas vigentes sobre la materia. Exceptúese de la transferencia de recursos al Colegio Laura Herrera de Varela, cuyo Reconocimiento de Carácter Oficial se efectuó mediante Resolución No. 004 de 12 de enero de 2023, dado que, a la fecha de expedición del presente acto administrativo, la IED mencionada, por medio de su representante legal, se encuentra adelantando los trámites de expedición del RUT y constitución del Fondo de Servicios Educativos. Una vez, se cuenten con dichos trámites, se expedirá acto administrativo transfiriendo los recursos para el desarrollo de su iniciativa.

 

Que, las Instituciones Educativas Distritales relacionadas en el Artículo cuarto de la presente Resolución en el “LISTADO DEFINITIVO DE EXPERIENCIAS JER SELECCIONADAS DE LAS INSTITUCIONES EDUCATIVAS EN ADMINISTRACIÓN DEL SERVICIO EDUCATIVOcorresponden  a establecimientos educativos oficiales, que demostraron insuficiencia o limitaciones en la prestación del servicio y licitaron la administración a un ente privado, conservando el carácter de establecimientos educativos oficiales y de naturaleza pública.

 

Que los recursos objeto de transferencia, corresponden a la suma de hasta CUATRO MILLONES DE PESOS M/CTE ($4.000.000) por experiencia JER seleccionada, los cuales conforme a lo dispuesto en el artículo de la Resolución No. 005 de 2023, podrán ser invertidos única y exclusivamente “en la contratación de servicios (tipo 2) y/o compra de insumos (tipo 3), que aporten de manera diferenciada en la puesta en marcha y fortalecimiento de las experiencias”; lo anterior, en concordancia con lo establecido en el artículo 4 de la Resolución en mención, la cual define:

 

La estrategia Justicia Escolar Restaurativa se plantea en el marco de una escuela de oportunidades, fuera de lógicas escolares tradicionales. Por lo mismo, busca que las comunidades educativas del Distrito cuenten con apoyos técnicos y pedagógicos para poner en marcha, o para consolidar, experiencias innovadoras y de cambio educativo que apuntan a la generación de condiciones pacíficas de convivencia y construcción de paz en el ejercicio pleno de la ciudadanía, favoreciendo entre otras cosas que las experiencias pedagógicas se vinculen a los procesos de participación y construcción de RED.

 

Desde la anterior comprensión, se han planteado tres (3) tipos de apoyos técnicos y pedagógicos, los cuales se detallan a continuación

 

(…)

 

Apoyo tipo 2: Charlas, conversatorios, sesiones de formación, encuentros u otros, con comunidades o expertas(os) en los diferentes temas o saberes especializados que requieren las iniciativas en su proceso de ejecución. Por otra parte, solicitudes específicas que requieran las experiencias como: ilustraciones, diagramaciones, revisiones de estilo de textos, elaboración de podcast, entre otros que podrán ser adquiridos con los recursos que se transfieran a las Instituciones Educativas oficiales seleccionadas.

 

Apoyo tipo 3: Insumos: Materiales relacionados con las actividades que desarrollarán en la iniciativa, por ejemplo: bienes de consumo-consumo (excepto alimentación), bienes tecnológicos, elementos deportivos, elementos para vestuario, insumos agrícolas, entre otros que podrán ser adquiridos con los recursos que se transfieran a las Instituciones Educativas Oficiales seleccionadas.”

 

Que en el artículo 2.3.1.6.3.1 y subsiguientes del Decreto Único Nacional 1075 de 2015, se reglamentan las normas aplicables en las entidades territoriales y a los establecimientos educativos estatales en relación con la administración de los Fondos de Servicios Educativos.

 

Que de conformidad con el artículo 2.3.1.6.3.2 de la norma en comento, “Los fondos educativos son cuentas contables creadas por la ley como un mecanismo de gestión presupuestal y de ejecución de los recursos de los establecimientos educativos estatales para la adecuada administración de sus ingresos y para atender sus gastos de funcionamiento e inversión distintos a los de personal (…)”.

 

Que tal como lo señala el artículo 2.3.1.6.3.8 del Decreto mencionado, los ingresos que recibe el establecimiento educativo a través del Fondo de Servicios Educativos podrán clasificarse en los siguientes grupos: i) Ingresos Operacionales; ii) Recursos de Capital y iii) Transferencia de Recursos Públicos, definidos como los recursos financieros que las entidades públicas de cualquier orden y sin contraprestación alguna deciden girar directamente al establecimiento educativo a través del Fondo de Servicios Educativos.

 

Que de conformidad con la norma ibídem, la totalidad de los ingresos que reciba el establecimiento educativo a través del Fondo de Servicios Educativos podrán estar sujetos a destinación específica y como lo establece el parágrafo 2 del artículo 2.3.1.6.3.10 “deben utilizarse únicamente para lo que fueron aprobados por quien asignó el recurso (…)”.

 

Que en concordancia con lo anterior, como lo advierte la Guía para la Gestión Financiera y Contractual de los Fondos de Servicios Educativos expedida por la Secretaría de Educación del Distrito, las transferencias son aquellos ingresos que perciben los Fondos sin contraprestación alguna, y dentro de ellos, se encuentran los aportes que transfiere la Secretaría de Educación del Distrito para la realización de Programas Especiales a través de Acto Administrativo.

 

Que la transferencia que se ordena mediante la presente Resolución está amparada en el Certificado de Disponibilidad Presupuestal número 2541 del 28 de abril de 2023, con cargo al Proyecto de Inversión No. 7643 “Implementación del Programa Integral de Educación Socioemocional, Ciudadana y Construcción de Escuelas como Territorios de Paz en Bogotá D.C.”.

 

En mérito de lo expuesto, la Subsecretaria de Integración Interinstitucional

 

RESUELVE:

 

Artículo 1. TRANSFERENCIA DE RECURSOS ECONÓMICOS: A partir de la convocatoria, y la revisión de las experiencias en Justicia Escolar Restaurativa -JER, se transfieren recursos de la vigencia 2023 a los Fondos de Servicios Educativos y/o a las cuentas bancarias designadas para tal efecto por las entidades administradoras en el caso de las Instituciones Educativas Oficiales en Administración del Servicio Educativo, a las ciento cincuenta (150) Instituciones Educativas del Distrito que se relacionan a continuación, de las cuales ciento treinta y seis (136) corresponden a IED oficiales y catorce (14) corresponde a Instituciones educativas distritales en administración del servicio educativo, por un valor total de SEISCIENTOS MILLONES DE PESOS MONEDA CORRIENTE ($600.000.000 M/Cte.), destinados a la puesta en marcha o consolidación de las experiencias JER seleccionadas en cumplimiento de lo contenido en la Resolución 005 de 2023, con afectación al rubro y fuente de los recursos del Proyecto de Inversión No. 7643 “Implementación del programa integral de educación socioemocional, ciudadana y construcción de escuelas como territorios de paz en Bogotá D.C.” componente 02 MOVILIZACIÓN SOCIAL DE COMUNIDADES EDUCATIVAS, Objeto de Gasto 004 - Contratar apoyo administrativo y operativo para el desarrollo de la planeación, formulación, implementación, sistematización, monitoreo y seguimiento de las acciones del programa integral de educación socioemocional, ciudadana y construcción de escuelas como territorios de paz, Concepto de Gasto: O232020200991121 Servicios de la administración pública relacionados con la educación, Fondo: 1-100-F001 VA-Recursos distrito, Fuente: 12 Otros Distrito Inversión.

 

Artículo 2. VALOR A TRANSFERIR POR CADA PROYECTO, PLAN, EXPERIENCIA Y/O PROPUESTA. El valor por transferir a cada uno de los ciento cincuenta (150) proyectos, experiencias, y/o propuestas seleccionadas conforme al proceso de invitación de que trató la Resolución 005 de 2023, será por CUATRO MILLONES DE PESOS M/CTE ($4.000.000.) Conforme a la parte considerativa del presente acto administrativo, se exceptúa de la transferencia al COLEGIO LAURA HERRERA DE VARELA, Institución Educativa frente a la cual se expedirá un nuevo acto administrativo, una vez cuente con RUT, FSE y demás documentos y/o soportes necesarios.

 

Parágrafo. Los dineros objeto de transferencia deberán ser utilizados en su totalidad para la consolidación de la experiencia en Justicia Escolar Restaurativa que recibe el recurso.

 

Artículo 3. GIRO A INSTITUCIONES EDUCATIVAS DISTRITALES OFICIALES. Los recursos serán transferidos a través los Fondos de Servicios Educativos de cada una de las ciento treinta y seis (136) Instituciones Educativas Oficiales, directamente a las cuentas bancarias designadas para el efecto, las cuales serán remitidas a la Dirección Financiera en archivo adjunto.

 

LISTADO DEFINITIVO DE EXPERIENCIAS JER. TRANSFERENCIA A TRAVÉS DE FONDO DE SERVICIOS EDUCATIVOS

 

N.

ID

                     Colegio                              Código DANE

NIT

VALOR A TRANSFERIR

1

404

COLEGIO GUILLERMO LEON VALENCIA (IED)

111001011053

860532366

$ 4.000.000

2

783

COLEGIO FRANCISCO DE PAULA SANTANDER (IED)

111001014630

800252786

$ 4.000.000

3

171

COLEGIO JUAN FRANCISCO BERBEO (IED)

111001029912

860532427

$ 4.000.000

4

422

COLEGIO TECNICO DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO (IED)

111001008389

860532555

$ 4.000.000

5

789

COLEGIO TOMAS CARRASQUILLA (IED)

111001032255

860532556

$ 4.000.000

6

186

COLEGIO ALFONSO REYES ECHANDIA (IED)

111001104299

900176074

$ 4.000.000

7

285

COLEGIO FERNANDO MAZUERA VILLEGAS (IED)

111102000753

860532337

$ 4.000.000

8

403

COLEGIO FRANCISCO DE PAULA SANTANDER (IED)

111102000621

830051789

$ 4.000.000

9

513

COLEGIO CIUDADELA EDUCATIVA DE BOSA (IED)

111001107875

900219678

$ 4.000.000

10

611

COLEGIO LLANO ORIENTAL

(IED)

111001086606

830011315

$ 4.000.000

11

669

COLEGIO PABLO DE TARSO

(IED)

111102000281

830026136

$ 4.000.000

12

693

COLEGIO VILLAS DEL PROGRESO (IED)

211001076958

830057661

$ 4.000.000

13

696

COLEGIO CIUDADELA EL

RECREO SONIA OSORIO DE SAINT-MALO (IED)

111001801098

901676909

$ 4.000.000

14

767

COLEGIO ESMERALDA ARBOLEDA CADAVID (IED)

111001801080

901675097

$ 4.000.000

15

800

COLEGIO ORLANDO HIGUITA ROJAS (IED)

111001104302

900174479

$ 4.000.000

16

803

COLEGIO KIMI PERNIA DOMICO

(IED)

111001107867

900277707

$ 4.000.000

17

808

COLEGIO GERMAN ARCINIEGAS (IED)

111001107832

900211563

$ 4.000.000

18

170

COLEGIO SAN MARTIN DE PORRES (IED)

111001034665

830037015

$ 4.000.000

19

85

COLEGIO LA JOYA (IED)

111001098973

900845585

$ 4.000.000

20

328

COLEGIO CIUDAD DE MONTREAL (IED)

111001028266

830062537

$ 4.000.000

21

359

COLEGIO SANTA BARBARA

(IED)

111001030821

830020606

$ 4.000.000

22

488

COLEGIO RURAL JOSE CELESTINO MUTIS (IED)

211850001317

830041647

$ 4.000.000

23

550

COLEGIO ARBORIZADORA BAJA (IED)

111001030848

830024976

$ 4.000.000

24

610

COLEGIO CEDID CIUDAD BOLIVAR (IED)

111001086801

830000758

$ 4.000.000

25

617

COLEGIO EL MINUTO DE BUENOS AIRES (IED)

111001102164

830099090

$ 4.000.000

26

649

COLEGIO RURAL QUIBA ALTA

(IED)

211850001171

830040832

$ 4.000.000

27

691

COLEGIO ACACIA II (IED)

111001035572

830037627

$ 4.000.000

28

702

COLEGIO CIUDAD BOLIVAR - ARGENTINA (IED)

111001096555

830066973

$ 4.000.000

29

709

COLEGIO ANTONIO GARCIA

(IED)

111001107859

900208112

$ 4.000.000

30

813

COLEGIO LEON DE GREIFF

(IED)

111001027251

860532412

$ 4.000.000

31

378

COLEGIO LUCILA RUBIO DE LAVERDE (IED)

111001801071

901676990

$ 4.000.000

32

420

COLEGIO MARCO TULIO FERNANDEZ (IED)

111001001121

830004667

$ 4.000.000

33

425

COLEGIO INSTITUTO TECNICO JUAN DEL CORRAL (IED)

111001009580

830095250

$ 4.000.000

34

432

COLEGIO GARCES NAVAS (IED)

111001033979

830057636

$ 4.000.000

35

452

COLEGIO GUILLERMO LEON VALENCIA (IED)

111001034002

830033575

$ 4.000.000

36

609

COLEGIO MANUELA AYALA DE GAITAN (IED)

111001046299

800136287

$ 4.000.000

37

615

COLEGIO ROBERT F. KENNEDY

(IED)

111001009521

830092098

$ 4.000.000

38

637

COLEGIO SAN JOSE NORTE

(IED)

111001012459

830036082

$ 4.000.000

39

661

COLEGIO NESTOR FORERO ALCALA (IED)

111001035521

830105931

$ 4.000.000

40

725

COLEGIO INSTITUTO TECNICO

REPUBLICA DE GUATEMALA

(IED)

111001036625

860532406

$ 4.000.000

41

726

COLEGIO MAGDALENA ORTEGA DE NARIÑO (IED)

111001017795

830000292

$ 4.000.000

42

739

COLEGIO ABEL RODRIGUEZ CESPEDES (IED)

111001801055

901677057

$ 4.000.000

43

769

COLEGIO FLORIDABLANCA

(IED)

111001015458

800229405

$ 4.000.000

44

730

COLEGIO LUIS ANGEL ARANGO

(IED)

111279000184

830045118

$ 4.000.000

45

733

COLEGIO LA FELICIDAD (IED)

111001800091

901108555

$ 4.000.000

46

792

COLEGIO RODRIGO ARENAS BETANCOURT (IED)

111001014346

830034928

$ 4.000.000

47

796

COLEGIO CARLO FEDERICI

(IED)

111001104272

900153015

$ 4.000.000

48

65

COLEGIO FERNANDO SOTO APARICIO (IED)

111001024660

860532538

$ 4.000.000

49

83

COLEGIO FRANCISCO DE MIRANDA (IED)

111001014974

830026578

$ 4.000.000

50

162

COLEGIO LAS AMERICAS (IED)

111001015598

860532364

$ 4.000.000

51

273

COLEGIO SAN PEDRO CLAVER

(IED)

111001013102

830022691

$ 4.000.000

52

364

COLEGIO GABRIEL BETANCOURT MEJIA (IED)

111001104281

900143276

$ 4.000.000

53

389

COLEGIO TOM ADAMS (IED)

111001012343

830014042

$ 4.000.000

54

399

COLEGIO SAN JOSE DE CASTILLA (IED)

111001102083

860532408

$ 4.000.000

55

431

COLEGIO CARLOS ARANGO VELEZ (IED)

111001000124

800125903

$ 4.000.000

56

434

COLEGIO SAN JOSE (IED)

111001013161

800180019

$ 4.000.000

57

479

COLEGIO EDUARDO UMAÑA LUNA (IED)

111001098906

830084782

$ 4.000.000

58

574

COLEGIO VILLA RICA (IED)

111001079154

800163153

$ 4.000.000

59

587

COLEGIO DARIO ECHANDIA

(IED)

111001001279

800108292

$ 4.000.000

60

589

COLEGIO INEM FRANCISCO DE PAULA SANTANDER (IED)

111001024732

830011495

$ 4.000.000

61

596

COLEGIO GENERAL GUSTAVO ROJAS PINILLA (IED)

111001106984

900200860

$ 4.000.000

62

757

COLEGIO CASTILLA (IED)

111001076767

830022840

$ 4.000.000

63

763

COLEGIO EL JAPON (IED)

111001012360

830015178

$ 4.000.000

64

766

COLEGIO KENNEDY (IED)

111001016292

860532414

$ 4.000.000

65

778

COLEGIO LOS PERIODISTAS

(IED)

111001016101

830064877

$ 4.000.000

66

779

COLEGIO ALQUERIA DE LA FRAGUA (IED)

111001016098

830035719

$ 4.000.000

67

781

COLEGIO HERNANDO DURAN DUSSAN (IED)

111001100048

900825161

$ 4.000.000

68

798

COLEGIO MANUEL ZAPATA OLIVELLA (IED)

111001033898

830049594

$ 4.000.000

69

801

COLEGIO JACKELINE (IED)

111001029114

830055296

$ 4.000.000

70

807

COLEGIO MANUEL CEPEDA VARGAS (IED)

111001027391

830062912

$ 4.000.000

71

809

COLEGIO NACIONAL NICOLAS ESGUERRA (IED)

111001010910

899999139

$ 4.000.000

72

812

COLEGIO PROSPERO PINZON

(IED)

111001027308

830048428

$ 4.000.000

73

579

COLEGIO REPUBLICA

BOLIVARIANA DE VENEZUELA

(IED)

111001016250

830034353

$ 4.000.000

74

300

COLEGIO ESPAÑA (IED)

111001012556

800243180

$ 4.000.000

75

370

COLEGIO LUIS CARLOS GALAN SARMIENTO (IED)

111001065056

800129449

$ 4.000.000

76

435

COLEGIO MARCO ANTONIO CARREÑO SILVA (IED)

111001014826

830054666

$ 4.000.000

77

531

COLEGIO JOSE MANUEL RESTREPO (IED)

111001045535

860532342

$ 4.000.000

78

728

COLEGIO SILVERIA ESPINOSA DE RENDON (IED)

111001011045

860066763

$ 4.000.000

79

38

COLEGIO REPUBLICA FEDERAL DE ALEMANIA (IED)

111001014028

830034182

$ 4.000.000

80

245

COLEGIO REPUBLICA EE.UU DE AMERICA (IED)

111001032395

899999735

$ 4.000.000

81

354

COLEGIO RAFAEL DELGADO SALGUERO (IED)

111001012971

830058250

$ 4.000.000

82

376

COLEGIO PALERMO SUR (IED)

111001028380

830035113

$ 4.000.000

83

396

COLEGIO GUSTAVO RESTREPO

(IED)

111001027332

860582589

$ 4.000.000

84

414

COLEGIO CLEMENCIA DE CAYCEDO (IED)

111001034134

899999269

$ 4.000.000

85

492

COLEGIO MARRUECOS Y MOLINOS (IED)

111001076376

830035460

$ 4.000.000

86

527

COLEGIO MISAEL PASTRANA BORRERO (IED)

111001020095

830065192

$ 4.000.000

87

616

COLEGIO DIANA TURBAY (IED)

111001041611

900939018

$ 4.000.000

88

630

COLEGIO SAN AGUSTIN (IED)

111001013811

830047955

$ 4.000.000

89

670

COLEGIO ALEXANDER FLEMING (IED)

111001018058

830090775

$ 4.000.000

90

688

COLEGIO ENRIQUE OLAYA HERRERA (IED)

111001030015

830110203

$ 4.000.000

91

28

COLEGIO LA BELLEZA LOS LIBERTADORES (IED)

111001016004

830079439

$ 4.000.000

92

30

COLEGIO FRANCISCO JAVIER MATIZ (IED)

111001018341

830043680

$ 4.000.000

93

67

COLEGIO AGUAS CLARAS (IED)

111001012475

830037558

$ 4.000.000

94

90

COLEGIO JOSE JOAQUIN CASTRO MARTINEZ (IED)

111001018325

830012617

$ 4.000.000

95

125

COLEGIO ALDEMAR ROJAS PLAZAS (IED)

111001102016

800237356

$ 4.000.000

96

282

COLEGIO EL MANANTIAL (CED)

111001086690

830061996

$ 4.000.000

97

417

COLEGIO ATENAS (IED)

111001018309

830036221

$ 4.000.000

98

438

COLEGIO GLORIA VALENCIA DE CASTAÑO (IED)

111001801047

901680744

$ 4.000.000

99

687

COLEGIO EL RODEO (IED)

111001018333

830108114

$ 4.000.000

100

711

COLEGIO SAN ISIDRO SUR ORIENTAL (IED)

111001018384

830110892

$ 4.000.000

101

743

COLEGIO GRAN COLOMBIA

(IED)

111001011975

832002066

$ 4.000.000

102

752

COLEGIO SAN CRISTOBAL SUR

(IED)

111001014176

830065820

$ 4.000.000

103

774

COLEGIO JOSE MARIA CARBONELL (IED)

111001018252

830000405

$ 4.000.000

104

363

COLEGIO LOS PINOS (IED)

311001026441

830024124

$ 4.000.000

105

642

COLEGIO MANUEL ELKIN PATARROYO (IED)

111001094901

860532489

$ 4.000.000

106

428

COLEGIO FILARMONICO SIMON BOLIVAR (IED)

111769000174

830038081

$ 4.000.000

107

571

COLEGIO ALVARO GOMEZ HURTADO (IED)

111001093084

830037528

$ 4.000.000

108

662

COLEGIO LA GAITANA (IED)

111001002330

830024495

$ 4.000.000

109

745

COLEGIO ANIBAL FERNANDEZ DE SOTO (IED)

111769001502

860532389

$ 4.000.000

110

802

COLEGIO GUSTAVO MORALES MORALES (IED)

111001075515

800144814

$ 4.000.000

111

811

COLEGIO VISTA BELLA (IED)

111769003114

830039170

$ 4.000.000

112

81

COLEGIO SAN BENITO ABAD

(IED)

111001086631

830068785

$ 4.000.000

113

391

COLEGIO RUFINO JOSÉ CUERVO (IED)

111001018201

800131230

$ 4.000.000

114

406

COLEGIO MARCO FIDEL SUAREZ (IED)

111001014206

860532539

$ 4.000.000

115

557

COLEGIO SAN CARLOS (IED)

111001075957

830073956

$ 4.000.000

116

575

COLEGIO VENECIA (IED)

111001010251

860532363

$ 4.000.000

117

686

COLEGIO RAFAEL URIBE URIBE (IED)

111001012271

860532530

$ 4.000.000

118

568

COLEGIO DIVINO MAESTRO

(IED)

111848002689

800117000

$ 4.000.000

119

772

COLEGIO SALUDCOOP NORTE

(IED)

111001107743

900172786

$ 4.000.000

120

794

COLEGIO FRIEDRICH NAUMANN (IED)

111001044806

830049093

$ 4.000.000

121

810

COLEGIO TOBERIN (IED)

111001046957

830007423

$ 4.000.000

122

96

COLEGIO FEDERICO GARCIA LORCA (IED)

111850001576

830036283

$ 4.000.000

123

526

COLEGIO SANTA MARTHA (IED)

111001013935

830035023

$ 4.000.000

124

542

* COLEGIO RURAL CHIZACA (CED)

211850000841

*830048096

$ 4.000.000

125

551

COLEGIO USMINIA (IED)

111001065234

830074780

$ 4.000.000

126

606

COLEGIO FERNANDO GONZALEZ OCHOA (IED)

111001094439

900187743

$ 4.000.000

127

613

COLEGIO PAULO FREIRE (IED)

111001107760

900151353

$ 4.000.000

128

624

COLEGIO RURAL EL HATO (CED)

211850000884

830048096

$ 4.000.000

129

631

COLEGIO GRAN YOMASA (IED)

211850000051

830051612

$ 4.000.000

130

648

COLEGIO TENERIFE - GRANADA SUR (IED)

211850000787

830061997

$ 4.000.000

131

655

COLEGIO EL CORTIJO - VIANEY

(IED)

111850001380

830038930

$ 4.000.000

132

660

COLEGIO EL VIRREY JOSE SOLIS (IED)

111001078638

800128528

$ 4.000.000

133

690

COLEGIO EDUARDO UMAÑA MENDOZA (IED)

111001104337

900060722

$ 4.000.000

134

716

*COLEGIO RURAL LA MAYORIA

(CED)

211850001007

*830048096

$ 4.000.000

135

776

*COLEGIO RURAL LA UNION USME (CED)

211850000043

*830048096

$ 4.000.000

136

797

COLEGIO FABIO LOZANO SIMONELLI (IED)

211850001481

860532532

$ 4.000.000

 

*Considerando que los colegios rurales Chizaca, La Unión y La Mayoría, administran sus recursos haciendo uso del Fondo de Servicios Educativos del Colegio ‘El Destino’ (Nit: 830.048.096), los dineros que se transferirán a dichas Instituciones se girarán a la cuenta del colegio en mención, lo que implica que en la matriz que precede se relacione el NIT del Colegio El Destino, como titular de la cuenta.

 

Artículo 4. GIRO A INSTITUCIONES EDUCATIVAS DISTRITALES EN ADMINISTRACIÓN. Los recursos para impulsar las experiencias JER serán transferidos a cada una de las catorce (14) Instituciones educativas oficiales en administración del servicio educativo, directamente a las cuentas bancarias designadas para el efecto, las cuales serán remitidas a la Dirección Financiera en archivo adjunto.

 

LISTADO DEFINITIVO DE EXPERIENCIAS JER SELECCIONADAS DE LAS INSTITUCIONES EDUCATIVAS EN ADMINISTRACIÓN DEL SERVICIO EDUCATIVO

 

N.

ID

                  Colegio                                Código DANE                  NIT

VALOR A TRANSFERIR

1

60

COLEGIO JORGE ISAACS (IED)

111001800384

901238166

$ 4.000.000

2

68

COLEGIO JAIME HERNANDO GARZON FORERO (IED)

111001100056

901036141

$ 4.000.000

3

69

COLEGIO JOSE EUSTASIO RIVERA (IED)

111001800562

860009985

$ 4.000.000

4

100

COLEGIO SAN IGNACIO (IED)

111001104051

901036380

$ 4.000.000

5

104

COLEGIO ROGELIO SALMONA

(IED)

111001800422

860009985

$ 4.000.000

6

108

COLEGIO SAN VICENTE (IED)

111001098825

901036380

$ 4.000.000

7

330

COLEGIO LA ESTRELLITA (IED)

111001098612

901036453

$ 4.000.000

8

361

COLEGIO SANTIAGO DE LAS ATALAYAS (IED)

111001100072

901036141

$ 4.000.000

9

374

COLEGIO MIRAVALLE (IED)

111001100081

901036141

$ 4.000.000

10

386

COLEGIO ARGELIA (IED)

111001100064

901036141

$ 4.000.000

11

608

COLEGIO LAS MARGARITAS (IED)

111001800431

901238166

$ 4.000.000

12

622

COLEGIO GIMNASIO SABIO CALDAS (IED)

111001100021

860013830

$ 4.000.000

13

656

COLEGIO JUAN LUIS LONDOÑO

(IED)

111001102008

860009985

$ 4.000.000

14

762

COLEGIO TORQUIGUA (IED)

111001098931

901036380

$ 4.000.000

 

Artículo 5. DESTINACIÓN ESPECÍFICA: Los recursos girados por la Secretaría de Educación del Distrito y asignados a cada Institución Educativa del Distrito, tienen una destinación específica y deberán ser invertidos, única y exclusivamente en la adquisición de apoyos tipo dos (servicios) y tipo tres (insumos) según lo definido en Resolución 005 de 2023, y que hayan sido identificados y solicitados por el grupo facilitador de las experiencias  JER, en el marco del Plan de Inversión elaborado colaborativamente para tal fin, de conformidad con el parágrafo del artículo 2.3.1.6.3.10., del Decreto Nacional 1075 de 2015.

 

Parágrafo 1. El equipo facilitador de experiencia JER beneficiada, que se registró en el proceso de postulación, deberá construir un Plan de Inversión durante los primeros 30 días hábiles posteriores a la emisión de la presente Resolución, en articulación con el equipo pedagógico de la Dirección de Participación y Relaciones Interinstitucionales, siguiendo los formatos establecidos para ello, plan de trabajo, y ruta pedagógica, el cual se presentará al Rector o Rectora y al Pagador o Pagadora de la respectiva institución educativa, para su seguimiento.

 

Parágrafo 2. El/la ordenador/a del gasto de cada Institución Educativa del Distrito o quien haga sus veces en las instituciones educativas distritales en administración, en articulación con el/la Pagador/a respectivo/a, garantizarán que al recibir dicho recurso se empleará siguiendo estrictamente el plan de inversión construido por la experiencia postulada por cada comunidad educativa y aprobada por la Dirección de Participación y Relaciones Interinstitucionales, cumpliendo con los principios de la contratación estatal. A más tardar el 30 del mes de noviembre del año 2023 las Instituciones Educativas deberán entregar el reporte de la ejecución de los recursos al 100%[2]

 

Artículo 6. SEGUIMIENTO A LOS RECURSOS TRANSFERIDOS: La Dirección de Participación y Relaciones Interinstitucionales, realizará seguimiento a la planeación y ejecución de los recursos asignados mediante la presente Resolución, a fin de verificar que los mismos sean ejecutados en el marco de las experiencias JER seleccionadas por esta misma Dirección. Una vez construido el plan de inversión se realizarán tres seguimientos al uso del recurso, el primero con corte a 30 de junio de 2023, el segundo con corte al mes de 30 de agosto de 2023 y el tercero con corte a 30 del mes de noviembre de 2023 (informe final). En el marco de los seguimientos indicados, la Dirección de Participación y Relaciones Interinstitucionales presentará ante la Subsecretaría de Integración Interinstitucional un informe consolidado, que dé cuenta de la ejecución financiera y técnica de los recursos asignados a cada iniciativa, realizando las recomendaciones que considere pertinentes de cara a la ejecución de los recursos en los tiempos de que trata el presente acto administrativo. El informe se presentará dentro de los ocho (08) días hábiles siguientes a la realización de cada seguimiento que haga la DPRI, conforme a las fechas de corte de que trata el presente artículo.

 

Las instituciones educativas deberán remitir a la Dirección de Participación y Relaciones Interinstitucionales a más tardar el 30 del mes de noviembre del año 2023, el informe y evidencias respectivas de la ejecución de los recursos, en los formatos y tiempos establecidos para tal fin. Los recursos no ejecutados por las instituciones educativas deberán ser reintegrados al Tesoro Distrital, remitiendo el soporte de consignación respectiva a más tardar el 15 de diciembre de 2023.

 

El seguimiento a la inversión de los recursos transferidos en virtud de la presente Resolución se realizará atendiendo los siguientes criterios:

 

Financiero: La Dirección de Participación y Relaciones Interinstitucionales de la SED realizará seguimiento a la ejecución de los recursos girados a través del Fondo de Servicios Educativos y/o las IED con administración del servicio educativo en las condiciones que estime pertinentes, con observancia del artículo 2.3.1.6.3.10 del Decreto Nacional 1075 de 2015.

 

- Administrativo: El equipo pedagógico de la estrategia JER y el equipo administrativo de la Dirección de Participación y Relaciones Interinstitucionales realizarán el acompañamiento de la formulación del plan de trabajo y de inversión, a cada una de las experiencias seleccionadas, definidas en el artículo primero de la presente Resolución.

 

- Técnico y pedagógico: La SED por medio de la Dirección de Participación y Relaciones Interinstitucionales, a través del equipo de las estrategias, realizará el seguimiento y acompañamiento técnico y pedagógico a la realización e implementación de las iniciativas y experiencias focalizadas, para que se cumpla el objetivo de fortalecer las acciones de educación socioemocional y ciudadana.

 

- General: Las Instituciones Educativas del Distrito a quienes se haga la transferencia a su Fondo de Servicios Educativos y/o las IED con administración del servicio educativo, realizarán seguimiento y evaluación a los recursos transferidos con el propósito de asegurar las acciones de educación socioemocional y ciudadana propuestas por ellas mismas. El/la rector(a), Consejo Directivo, Consejo Académico, Comité de Convivencia, Consejo de Estudiantes o Personero(a), al brindar aval pedagógico sobre el conocimiento de la experiencia deberán liderar y verificar que se realice el seguimiento a la ejecución de los recursos dando estricto cumplimiento a la destinación específica.

 

- Control social: En cada Institución Educativa del Distrito el Comité Estudiantil de Control Social y el/la contralora estudiantil, será la instancia formal que encabezará el ejercicio de control social al desarrollo de las acciones planteadas, sus resultados e impactos en el fortalecimiento de las capacidades ciudadanas y socioemocionales.

 

Artículo 7. GIRO DE LOS RECURSOS. Ordenar a la Dirección Financiera de la Secretaría de Educación del Distrito, realizar las acciones necesarias con el fin de dar el trámite correspondiente para el giro de la transferencia a que se refiere la presente Resolución.

 

Parágrafo. Para la transferencia de los recursos asignados a cada una de las Instituciones Educativas del Distrito, identificadas en el artículo primero de la presente Resolución, se realizará el proceso de giro de los valores autorizados, en las cuentas bancarias definidas para ello, con el fin de trasladar los recursos a los Fondos de Servicios Educativos y/o las IED con administración del servicio educativo Beneficiarias.

 

Artículo 8. Trámite. Remítase copia de la presente Resolución a la Dirección Financiera, a la Dirección de Participación y Relaciones Interinstitucionales, a la dirección de cobertura, a la dirección general de educación y colegios distritales y a las Instituciones Educativas del Distrito cuyas iniciativas o experiencias han sido beneficiarias en esta convocatoria, siguiendo lo establecido en la Resolución 005 de 2023, para los trámites de su competencia, y publíquese en la página Web de la Secretaría de Educación del Distrito.

 

Artículo 9. Vigencia La presente Resolución rige a partir el momento de su publicación.

 

Dada en Bogotá, D.C., a los 15 días del mes de mayo del año 2023.

 

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

DEIDAMIA GARCÍA QUINTERO

 

Subsecretaria de Integración Interinstitucional


NOTAS AL PIE DE PAGINA:

[1] Enlace en el que se publicó la Resolución e información: https://educacionbogota.edu.co/portal_institucional/noticia/animate-participar-con-tucolegio-en-las-experiencias-de-justicia-escolar-restaurativa

[2] Esta fecha se proyecta teniendo en consideración que los recursos sólo se pueden ejecutar una vez se haya formulado y aprobado por la Institución educativa el plan de inversión, para los cuales se prevé 30 días hábiles posterior a la transferencia de recursos, para su construcción participativa. Así mismo, se tiene en cuenta que las comunidades educativas posterior a la transferencia de recursos tendrán períodos de receso escolar, aspecto que reduce la disponibilidad temporal para la ejecución.