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RESOLUCIÓN 038 DE 2026
(Enero 20)
Por la cual se efectúa una delegación para la Comisión Intersectorial de la Estructura Institucional de Desarrollo Rural Sostenible y las Unidades Locales de Desarrollo Rural y se dictan otras disposiciones
EL SECRETARIO DE DESPACHO
En uso de sus facultades legales en especial las conferidas por el artículo 9 de la Ley 489 de 1998, el Acuerdo 257 de 2006 expedido por el Concejo Distrital, el Decreto Distrital No. 340 de 2020, modificado por el Decreto Distrital 400 de 2022, el Decreto Distrital 430 de 2025, y
CONSIDERANDO
Que el artículo 113° de la Constitución Política de 1991 establece “(...) Los diferentes órganos del Estado tienen funciones separadas pero colaboran armónicamente para la realización de sus fines.", por su parte, el artículo 209 prevé "(...) La función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la delegación y la desconcentración de funciones.”
Que el artículo 9º de la Ley 489 de 1998, señala que: “Las autoridades administrativas, en virtud de lo dispuesto en la Constitución Política y de conformidad con la presente Ley, podrán mediante acto de delegación, transferir el ejercicio de funciones a sus colaboradores o a otras autoridades, con funciones afines o complementarias”.
Que el artículo 32° del Acuerdo 257 de 2006, “Por el cual se dictan normas básicas sobre la estructura, organización y funcionamiento de los organismos y de las entidades de Bogotá, Distrito Capital, y se expiden otras disposiciones", emanado del Concejo de Bogotá, estableció el sistema de coordinación de la Administración del Distrito Capital como el conjunto de políticas, estrategias, instancias y mecanismos que permiten articular la gestión de los organismos y entidades distritales, de manera que garanticen la efectividad y materialización de los derechos individuales y colectivos, y el adecuado y oportuno suministro de los bienes, así como la prestación de los servicios a sus habitantes.
Que el Decreto Distrital 430 de 2025, “Por medio del cual se define la Estructura Institucional de Desarrollo Rural Sostenible y se dictan otras disposiciones”, estableció, en el Título II Instancias de Participación y Gestión, Capítulo I, mediante su artículo 3, la adición del artículo 38.1 al Decreto Distrital 546 de 2007, a través del cual se crea la Comisión Intersectorial de la Estructura Institucional de Desarrollo Rural Sostenible, como la máxima instancia de coordinación, articulación y seguimiento de las intervenciones que los diferentes actores realicen sobre el suelo rural del Distrito, en el marco de las políticas públicas para el desarrollo rural.
Que el artículo 4 del mencionado Decreto modifica el artículo 8 del Decreto Distrital 546 de 2007, el cual ha sido modificado previamente por el artículo 8 del Decreto Distrital 480 de 2022, el artículo 3 del Decreto Distrital 475 de 2024 y el artículo 2 del Decreto Distrital 050 de 2025, incorporando en su numeral 19 la Comisión Intersectorial de la Estructura Institucional de Desarrollo Rural Sostenible.
Que el artículo 6 ídem adiciona el artículo 38.3 al Decreto Distrital 546 de 2007, estableciendo la composición de la Comisión Intersectorial de la Estructura Institucional de Desarrollo Rural Sostenible, de la cual hace parte el Secretario Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, o su delegado/a.
Que el Capítulo II, artículo 10 ídem establece las Unidades Locales de Desarrollo Rural (ULDER), referidas en el artículo 22 del Decreto Distrital 327 de 2007, como la instancia local de participación, veeduría social, seguimiento y evaluación de la implementación de las políticas públicas de desarrollo rural del Distrito Capital, las cuales estarán conformadas bajo un enfoque de equidad de género, dentro del cual hará parte un delegado, funcionario de planta del nivel directivo o asesor, de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte.
Que, analizadas las funciones de la Comisión, se considera la delegación en el/la Jefe de la Oficina Asesora de Planeación, quien deberá atender las mismas con estricta sujeción a lo dispuesto en el decreto 430 de 2025 y reportar en oportunidad lo tratado en cada sesión, así como a entregar informe detallado sobre lo actuado en caso de reasumirse la función delegada por parte del suscrito o asignada la misma a otro funcionario de nivel directivo o asesor.
RESUELVE
Artículo 1. Delegar al Jefe de la Oficina Asesora de Planeación, Código 115, Grado 08, hoy en cabeza del servidor Luis Fernando Mejía Castro o quien haga sus veces, identificado con la cédula de ciudadanía No. XXXXXXXX, y con correo institucional: luis.mejia@scrd.gov.co quien participará en las sesiones de la Comisión Intersectorial de la Estructura Institucional de Desarrollo Rural Sostenible y las Unidades Locales de Desarrollo Rural (ULDER).
Artículo 2. El funcionario delegado deberá presentar un informe, a través de Orfeo, cada vez que se reúna la instancia, al Secretario de Despacho sobre los avances de la misma.
Artículo 3. Comunicar por la Dirección de Gestión Corporativa y Relación con el Ciudadano, la presente Resolución al servidor Luis Fernando Mejía Castro o quien haga sus veces, al correo institucional: luis.mejia@scrd.gov.co en su condición de delegado y al doctor Edward Alfonso Buitrago Torres - Subdirector de Planeamiento Rural Sostenible de la Secretaria Distrital de Planeación, en su condición de Secretario Técnico de la Comisión Intersectorial de la Estructura Institucional de Desarrollo Rural Sostenible, al siguiente correo electrónico: radicacionplaneacionbogota@sdp.gov.co.
Artículo 4. Publicar por la Dirección de Gestión Corporativa y Relación con el Ciudadano, en el Régimen Legal de Bogotá y en el Registro Distrital el presente acto administrativo.
Artículo 5. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en la ciudad Bogotá D.C., a los 20 días del mes de enero del año 2026.
SANTIAGO TRUJILLO ESCOBAR
Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte
Nota: Ver norma original en Anexos. |