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Resolución Reglamentaria 14 de 2007 Contraloría de Bogotá D.C.

Fecha de Expedición:
31/05/2007
Fecha de Entrada en Vigencia:
01/06/2007
Medio de Publicación:
Registro Distrital 3772 de junio 01 de 2007
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN REGLAMENTARIA 014 DE 2007

(Mayo 31)

Derogada por el art. 3, Resolución de la Contraloría Distrital 025 de 2007, Derogada tácitmente por la Resolución de la Contraloría Distrital 04 de 2009 

«Por la cual se modifica la Resolución Reglamentaria 009 de 2007".

EL CONTRALOR DE BOGOTÁ, D. C.

En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales en especial las conferidas en los artículos 267, 268 y 272 de la Constitución Política, el artículo 105 y numeral 4 del artículo 109 del Decreto Ley 1421 de 1993; y los artículos 10, 27 y 32 del Acuerdo 24 de 2001; y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Resolución Reglamentaria No. 009 del 25 de abril de 2007, el Contralor de Bogotá, D.C., agrupó por sectores y reasignó los sujetos pasivos de vigilancia y control fiscal a las direcciones sectoriales de fiscalización de la Contraloría de Bogotá, D.C.

Que el Concejo de Bogotá, D.C., expidió el Acuerdo 275 de febrero 27 de 2007, "Por el cual se crea el Instituto Distrital de Turismo", como un establecimiento público del orden distrital, con personería jurídica, autonomía administrativa y financiera, y patrimonio propio, adscrito a la Secretaría Distrital de Desarrollo Económico

Que mediante memorando 36100-158 de mayo 16 de 2007, el Subdirector de Fiscalización de la Dirección Sector Servicios Públicos, solicita la inclusión como sujeto de control a la Sociedad Transportadora de Gas del Interior, teniendo en cuenta que la empresa de Energía de Bogotá, S.A. ESP., adquirió un porcentaje del 97,91448 de sus acciones; anexando como soportes la escritura pública Número sesenta y siete (67) de febrero 16 de 2007 otorgada por la Notaría Once del círculo de Bucaramanga, Santander y el certificado de existencia y representación legal expedido por la Cámara de Comercio de Bucaramanga.

Que se hace necesario asignar los sujetos pasivos de vigilancia y control fiscal mencionados a la Dirección Sectorial de fiscalización correspondiente, como lo establece el artículo 27 del acuerdo 24 de 2001, previo concepto del Comité Directivo.

Que el Comité Directivo en sesión celebrada el 17 de mayo de 2007, conceptuó favorablemente sobre la asignación del Instituto Distrital de Turismo a la Dirección Sector Infraestructura y Transporte y la sociedad Transportadora de Gas del Interior a la Dirección Sector Servicios Públicos, tal como consta en acta No. 03 de 2007.

RESUELVE:

ARTÍCULO  PRIMERO.- Modificar el Artículo 1 de la Resolución Reglamentaria 009 de 2007, el cual quedará así:

ARTÍCULO PRIMERO: Corresponde a la DIRECCIÓN SECTOR INFRAESTRUCTURA Y TRANSPORTE ejercer la vigilancia y control fiscal a las siguientes entidades:

ARTÍCULO  SEGUNDO.- Modificar el Artículo de la Resolución Reglamentaria 009 de 2007, el cual quedará así:

ARTÍCULO SÉPTIMO: Corresponde a la DIRECCIÓN SECTOR SERVICIOS PÚBLICOS, ejercer la vigilancia y el control fiscal a las siguientes entidades:

PARÁGRAFO TRANSITORIO: La Empresa Comercial del Servicio de Aseo S.A. ESP.- ECSA ESP., será sujeto de vigilancia y control fiscal hasta la fecha de su liquidación definitiva.

ARTÍCULO TERCERO: La presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación y deroga los artículos 1º y 7º de la Resolución Reglamentaria 009 del 25 de abril de 2007 y las disposiciones que le sean contrarias.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dada en Bogotá, D. C. a los treinta y ún (31) días del mes de mayo de dos mil siete (2007).

ÓSCAR GONZÁLEZ ARANA

Contralor de Bogotá, D.C.

NOTA: Publicada en el Registro Distrital 3772 de junio 01 de 2007.