| Cargando el Contenido del Documento | |
| Por favor espere... |
|
RESOLUCIÓN REGLAMENTARIA 025 DE 2007 (Diciembre 19) "Por la cual se modifica la Resolución Reglamentaria 009 del 25 de abril de 2007 y se dictan otras disposiciones". EL CONTRALOR DE BOGOTÁ, D.C. En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales en especial las conferidas en los artículos 267, 268 y 272 de la Constitución Política, el artículo 105 y numeral 4 del artículo 109 del Decreto Ley 1421 de 1993; y los artículos 10, 27, 32 del Acuerdo 24 de 2001; y CONSIDERANDO El Contralor de Bogotá, D.C., expidió las resoluciones reglamentarias 009 del 25 de abril y 014 de 31 de mayo de 2007 mediante las cuales se agrupan por sectores y se reasignan los sujetos pasivos de vigilancia y control fiscal a las direcciones sectoriales de fiscalización de la Contraloría de Bogotá D.C, de conformidad con lo dispuesto en los Acuerdos Distritales 257 del 30 de noviembre de 2006 y 24 del 26 de abril de 2001. El artículo séptimo de la Resolución Reglamentaria 009 de 2007 modificado por el artículo segundo de la Resolución Reglamentaria No 014 de 31 de mayo de 2007, incluye como sujeto de control de la Dirección Sector Servicios Públicos de la Contraloría de Bogotá D.C. a la EMPRESA GENERADORA DE ENERGÍA S.A. ESP. EMGESA S.A. E.S.P. Mediante escritura pública No. 4094 de la Notaría 36 del Círculo de Bogotá D.C., del 29 de agosto de 2007 se formalizó el compromiso de fusión de las sociedades EMGESA S.A. E.S.P. y CENTRAL HIDROELÉCTRICA DE BETANIA S.A. E.S.P., la cual se inscribió en la Cámara de Comercio de Bogotá. La sociedad absorbente CENTRAL HIDROELÉCTRICA DE BETANIA S.A. ESP., se transformó adoptando el nombre de EMGESA S.A. E.S.P., la cual a pesar de tomar la razón social de la entidad absorbida, no está asignada como sujeto de control de la Contraloría de Bogotá, D.C. a la dirección sectorial correspondiente. La fusión de las sociedades EMGESA S.A. E.S.P., y CENTRAL HIDROELÉCTRICA DE BETANIA S.A. E.S.P., genera una nueva empresa que dada la participación del Distrito Capital requiere ser incluida y asignada como sujeto pasivo de vigilancia y control fiscal de la Contraloría de Bogotá, D.C. Mediante memorando 36100-404 de noviembre 21 de 2007, el Director Técnico Sector Servicios Públicos encargado, solicita la exclusión de la EMPRESA GENERADORA DE ENERGÍA S.A. ESP. EMGESA S.A. E.S.P. y la inclusión como sujeto de control a EMGESA S.A. E.S.P., teniendo en cuenta que la empresa de Energía de Bogotá, S.A. ESP., tiene un porcentaje de sus acciones. Se hace necesario asignar a EMGESA S.A. E.S.P., a la Dirección Sectorial correspondiente, como lo establece el artículo 27 del Acuerdo 24 de 2001, previo concepto del Comité Directivo. En cumplimiento de lo previsto en el inciso tercero del artículo 27 del Acuerdo 24 de 2001, el Comité Directivo en sesión celebrada el 29 de noviembre de 2007, conceptuó favorablemente sobre la asignación del sujeto de control EMGESA S.A. E.S.P., a la Dirección Sector Servicios Públicos, tal como consta en acta No. 05 de 2007. Para hacer un solo cuerpo normativo relacionado con la agrupación por sectores a los sujetos del control fiscal, en la presente resolución reglamentaria se incorpora el artículo primero de la Resolución Reglamentaria 014 de 2007. En mérito de lo expuesto, RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO.- El artículo primero de la Resolución Reglamentaria 009 de 2007, modificado por el artículo primero de la Resolución Reglamentaria 014 de 2007, quedará así: ARTÍCULO PRIMERO: Corresponde a la DIRECCIÓN SECTOR INFRAESTRUCTURA Y TRANSPORTE ejercer la vigilancia y control fiscal a las siguientes entidades:
ARTÍCULO SEGUNDO.- Incluir como sujeto de vigilancia y control fiscal de la Contraloría de Bogotá, D.C., a EMGESA S.A. E.S.P., producto de la fusión entre la CENTRAL HIDROELÉCTRICA DE BETANIA S.A. E.S.P. Y EMGESA S.A. E.S.P., absorbida.ARTÍCULO TERCERO.- El artículo séptimo de la Resolución Reglamentaria 009 de 2007 modificado por el artículo segundo de la Resolución Reglamentaria 014 de 2007, quedará así: ARTÍCULO SÉPTIMO .- Corresponde a la DIRECCIÓN SECTOR SERVICIOS PÚBLICOS, ejercer la vigilancia y el control fiscal a las siguientes entidades:
PARÁGRAFO TRANSITORIO: La Empresa Comercial del Servicio de Aseo S.A. ESP.- ECSA E.S.P., será sujeto de vigilancia y control fiscal hasta la fecha de su liquidación definitiva. ARTÍCULO TERCERO (Sic).- La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación y deroga la Resolución Reglamentaria 014 de 31 de mayo de 2007 y demás disposiciones que le sean contrarias. PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE. Dada en Bogotá, D.C., a los diecinueve (19) días del mes de diciembre de dos mil siete (2007). ÓSCAR GONZÁLEZ ARANA Contralor de Bogotá, D.C. NOTA: Publicada en el Registro Distrital 3897 de diciembre 20 de 2007. |