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DECRETO 797 DE 2019
(Diciembre 20)
Por medio del cual se modifica la planta de empleos de la Secretaría Distrital de Integración Social
EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, D. C.
En uso de sus facultades legales, en especial las conferidas por el numeral 7° del artículo 315 de la Constitución Política y numeral 9° del artículo 38 del Decreto Ley 1421 de 1993 y,
CONSIDERANDO:
Que los numerales 7 del artículo 315 de la Constitución Política y 9 del artículo 38 del Decreto Ley 1421 de 1993, le otorgan atribuciones al Alcalde Mayor para crear, suprimir o fusionar los empleos de la administración central, señalando sus funciones especiales y determinando sus emolumentos con arreglo a los acuerdos correspondientes.
Que el artículo 89 del Acuerdo Distrital 257 de 2006 señala que a Secretaría Distrital de Integración Social “tiene por objeto orientar y liderar la formulación y el desarrollo de políticas de promoción, prevención, protección, restablecimiento y garantía de los derechos de los distintos grupos poblacionales, familias y comunidades, con especial énfasis en la prestación de servicios sociales básicos para quienes enfrentan una mayor situación de pobreza y vulnerabilidad. Así como, prestar servicios sociales básicos de atención a aquellos grupos poblacionales que además de sus condiciones de pobreza se encuentran en riesgo social, vulneración manifiesta o en situación de exclusión social”.
Que mediante Decreto Distrital 607 de 2007, modificado por los Decretos Distritales 445 de 2014 y 587 de 2017 se determina el objeto, la estructura organizacional y funciones de la Secretaría Distrital de Integración Social.
Que mediante Decreto Distrital 643 de 2018 se modificó la planta de empleos de la Secretaría Distrital de Integración Social.
Que las entidades públicas como personas jurídicas son dinámicas y deben alinear y evaluar periódicamente su modelo operacional ya sea en su estructura, en su planta de personal, en su modelo de procesos de conformidad a las necesidades del servicio o en razones de modernización de la administración a fin de mejorar los niveles de eficacia, eficiencia, economía y celeridad, bajo criterios de razonabilidad, proporcionalidad y prevalencia del interés general para alcanzar sus objetivos institucionales, por esta razón la Secretaría se ve en la necesidad de modificar su planta de personal.
Que mediante radicado No. 2019EE2688 del 28 de octubre de 2019 la Directora del Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital emitió concepto técnico favorable consistente en la creación de doscientos catorce (214) empleos del nivel profesional de los grados 08, 09, 11, 12, 15 y 28, ciento cincuenta y cinco (155) empleos del nivel asistencial de los grados 9 y 13 y treinta y uno (31) empleos del nivel técnico del grado 04.
Que dadas las restricciones de tipo presupuestal para la creación de un total de 400 empleos públicos aprobados inicialmente por el DASCD, la Secretaría Distrital de Integración Social solicita de acuerdo a necesidades inmediatas y prioritarias del servicio la viabilidad presupuestal para la creación de veinte (20) empleos en la planta de personal vigente de la entidad adoptada mediante Decreto Distrital 643 de 2018, los cuales están contemplados dentro de los inicialmente aprobados por el DASCD, que corresponden a doce (12) empleos del nivel profesional con denominación Comisario de Familia Código 202 Grado 28 y Ocho (8) empleos del nivel asistencial con denominación Operario Código 487 Grado 13.
Que mediante radicado No. 2019EE209427 del 28 de noviembre de 2019, el Director Distrital de Presupuesto de la Secretaría Distrital de Hacienda, expidió viabilidad presupuestal para la creación en una primera fase, de doce (12) Comisarios de Familia Código 202 Grado 28 y ocho (8) Operarios Código 487 Grado 13.
En mérito de lo expuesto,
DECRETA:
Artículo 1°.- Créase en la planta de empleos de la Secretaría Distrital de Integración Social, los siguientes cargos:
Artículo 2°. Derogado por el art. 5, Decreto Distrital 509 de 2022. Otras modificaciones: Modificado por el art. 3, Decreto 460 de 2021. El texto original era el siguiente: Las funciones de la Secretaría Distrital de Integración Social serán desarrolladas por la siguiente planta de empleos:
Artículo 4º.- Comunicar el presente decreto a la Dirección Distrital de Presupuesto de la Secretaría Distrital de Hacienda y al DASCD, a través de la Subdirección de Servicios Administrativos, de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
Artículo 5º.- El presente Decreto rige a partir del día siguiente a la fecha de su publicación, deroga el artículo 3 del Decreto Distrital 643 de 2018 y demás disposiciones que le sean contrarias.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
Dado en Bogotá, D.C., a los 20 días del mes de diciembre del año 2019
ENRIQUE PEÑALOSA LONDOÑO
Alcalde Mayor
GLADYS SANMIGUEL BEJARANO
Secretaria Distrital de Integración Social
NIDIA ROCIO VARGAS
Directora Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital |