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Decreto 352 de 2024 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
16/10/2024
Fecha de Entrada en Vigencia:
17/10/2024
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 8158 del 16 de octubre del 2024.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO 352 DE 2024

 

(Octubre 16)

 

Por medio del cual se realiza una adición al Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de Bogotá, Distrito Capital, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2024

 

EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, D. C.

 

En uso de sus facultades legales, en especial las conferidas por los numerales 3 y 4 del artículo 38 y el artículo 143C del Decreto Ley 1421 de 1993, los artículos 63 y 65 del Decreto Distrital 714 de 1996, el artículo 25 del Acuerdo Distrital 923 de 2023, el artículo 25 del Decreto Distrital 643 de 2023 y el artículo 271 del Acuerdo 927 de 2024 y,

 

CONSIDERANDO:

 

Que el 29 de diciembre de 2023 el Concejo de Bogotá expidió el Acuerdo Distrital 923 de 2023 “Por el cual se expide el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de Bogotá, Distrito Capital, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2024 y se dictan otras disposiciones”, el cual fue liquidado mediante el Decreto Distrital 643 del 29 de diciembre de 2023.

 

Que el Concejo de Bogotá aprobó unas modificaciones presupuestales mediante Acuerdo 935 de 2024 “Por el cual se efectúan modificaciones en el presupuesto anual de rentas e ingresos y de gastos e inversiones del distrito capital, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2024, en armonización con el nuevo plan de desarrollo económico, social, ambiental y de obras públicas del distrito capital 2024 - 2027 “Bogotá Camina Segura”, el cual fue liquidado mediante Decreto 331 de 2024.

 

Que el Decreto Distrital 714 de 1996, “Por el cual se compilan el Acuerdo 24 de 1995 y Acuerdo 20 de 1996 que conforman el Estatuto Orgánico del Presupuesto Distrital”, en su artículo 63 consagra que “cuando fuere necesario aumentar o disminuir la cuantía de las apropiaciones, cancelar las aprobadas o establecer otras nuevas, podrán hacerse las correspondientes modificaciones al presupuesto mediante traslados, créditos adicionales y la cancelación de apropiaciones”. Estableciendo que los créditos adicionales se entenderán como “la adición a las partidas inicialmente aprobadas o no previstas para un objeto del gasto”.


Que el artículo 65 del mencionado Decreto Distrital 714 de 1996 al respecto señala que, cuando durante la Ejecución del Presupuesto Anual del Distrito se hiciere indispensable aumentar el monto de las apropiaciones, para complementar las insuficientes, ampliar los servicios existentes o establecer nuevos servicios autorizados por la Ley, se pueden abrir créditos adicionales por el Concejo o por el Gobierno.

 

Que el artículo 143C, del Decreto Ley 1421 de 1993 adicionado por el artículo 15 de la Ley 2116 de 2021, “Por el cual se dicta el Régimen Especial para el Distrito Capital de Santafé de Bogotá”, estableció:ARTÍCULO 143C. Recursos adicionales de la nación, financiación del régimen subsidiado. Los recursos adicionales a los previstos en el presupuesto aprobado de cada vigencia por concepto de Transferencias, Cofinanciación y demás aportes de la Nación y Rentas de destinación especifica que financian el Régimen Subsidiado se incorporarán al Presupuesto Distrital mediante decreto distrital. La Secretaría Distrital de Hacienda, informará de estas operaciones a la Comisión de Presupuesto del Concejo Distrital, dentro de los treinta (30) días siguientes a la incorporación de dichos recursos”.

 

Que el artículo 271 del Acuerdo Distrital 927 de 2024, “Por medio del cual se adopta el Plan de Desarrollo Económico, Social, Ambiental y de Obras Públicas del Distrito Capital 2024-2027 “Bogotá Camina Segura” dispuso: “Artículo 271. Recursos adicionales por Transferencias de la Nación y financiación del Régimen Subsidiado. Los recursos por concepto de transferencias de la Nación, adicionales a los previstos en el presupuesto aprobado de cada vigencia, así como los provenientes de la firma de convenios con entidades del nivel nacional o territorial, o asignaciones del Presupuesto General de la Nación, o rentas de destinación específica que financian el régimen subsidiado, al igual que los recursos del balance y los rendimientos financieros originados de dichos recursos, se incorporarán al presupuesto mediante Decreto Distrital. La Secretaría Distrital de Hacienda informará sobre estas incorporaciones al Concejo Distrital, dentro de los 30 días siguientes a la expedición del acto administrativo respectivo”.

 

Que en el artículo 25 del Acuerdo Distrital 923 de 2023, sobre la incorporación de recursos adicionales determinó: “Los recursos adicionales de otras transferencias de la Nación, así como los provenientes de la firma de convenios con entidades del nivel nacional o territorial, o asignaciones del Presupuesto General de la Nación, los rendimientos financieros y recursos del balance originados con los mismos, siempre y cuando tengan destinación específica, se incorporaran por Decreto Distrital. La Secretaría Distrital de Hacienda informará sobre estas incorporaciones al Concejo Distrital, dentro de los 30 días siguientes a la expedición del acto administrativo respectivo”.

 

Que el artículo 11 del Decreto Distrital 192 de 2021, “Por medio del cual se reglamenta el Estatuto Orgánico del Presupuesto Distrital y se dictan otras disposiciones”, señala: “Modificaciones de las apropiaciones. Cuando fuere necesario aumentar o reducir la cuantía de las apropiaciones, además de lo establecido en el Estatuto Orgánico de Presupuesto Distrital, los establecimientos públicos deberán entregar a la Secretaría Distrital de Hacienda el acuerdo de las Juntas o Consejos Directivos con el concejo previo favorable de la adición o reducción presupuestal solicitada. Parágrafo Cuando se trate de modificaciones de gastos de inversión, se requerirá además que las entidades del Distrito cuenten con el concepto favorable de la Secretaría Distrital de Planeación”.

 

Que la Dirección Distrital de Presupuesto, proyectó por concepto del Sistema General de Participaciones, apropiaciones en el Presupuesto 2024 por CUATRO BILLONES OCHOCIENTOS CINCUENTA MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y OCHO MILLONES CUATROCIENTOS NUEVE MIL PESOS M/CTE ($4.850.838.409.000) y posteriormente el Departamento Nacional de Planeación - DNP, mediante los documentos SGP 83 de 2023 y  SGP 85, 86, 87, 88, 89 y 91 de 2024, realizó la distribución de los recursos de la Última Doceava 2023 y de las Once Doceavas 2024. Por consiguiente, el saldo por incorporar al Presupuesto 2024 es de CIENTO TREINTA Y TRES MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y NUEVE MILLONES OCHOCIENTOS SETENTA Y SIETE MIL SEICIENTOS DOCE PESOS M/CTE ($133.299.877.612).

 

Que la descripción de los documentos relacionados es la siguiente; SGP-83-2023 “Distribución de los recursos correspondientes a la última doceava y mayor valor de la vigencia 2023 del Sistema General de Participaciones (SGP) de las participaciones para Salud, Agua Potable y Saneamiento Básico, Propósito General, y Asignaciones Especiales para programas de Alimentación Escolar, Fondo Nacional de Pensiones de las Entidades Territoriales (FONPET), Municipios Ribereños del Río Grande de la Magdalena y Resguardos Indígenas”; SGP-85-2024 “Distribución de seis de las once doceavas de la participación para Salud del SGP por concepto del componente de aseguramiento en salud de los afiliados al régimen subsidiado”, SGP-86-2024 “Distribución parcial de los recursos correspondientes a seis de las once doceavas de la vigencia 2024 de la participación sectoriales para Agua potable y Saneamiento Básico”, SGP-87-2024 “Distribución de los recursos correspondientes a seis de las once doceavas de la vigencia 2024 de las participaciones sectoriales para salud (componentes salud pública y subsidio a la oferta), y asignaciones especiales para los programas de alimentación escolar, y resguardos indígenas, así como las once doceavas de la asignación especial para municipios ribereños del Río Grande del Magdalena”, SGP-88-2024: “Distribución de los recursos correspondientes a seis de las once doceavas de la vigencia 2024 de la participación sectorial para propósito general”, SGP 89-2024: “Distribución parcial de la participación para educación, componentes de calidad – gratuidad educativa y calidad - matrícula oficial en condiciones de equidad y eficiencia, vigencia 2024” y SGP-91-2024 “Distribución de los recursos de la vigencia 2024 correspondientes a las once doceavas para el municipio de Nuevo Belén de Bajirá - Chocó, y cinco de las once doceavas para el resto de las entidades beneficiarias del Sistema General de Participaciones (SGP), para las participaciones sectoriales de Salud, Agua Potable y Saneamiento Básico (APSB) y Propósito General (PG), así como para las Asignaciones Especiales para Programas de Alimentación Escolar y Resguardos Indígenas (AESGPRI)”.

 

Que, mediante Resolución 356 del 8 de julio de 2024, el Subdirector de la Unidad Administrativa Especial de Alimentación Escolar-Alimentos para Aprender, asignó recursos a Bogotá por DIEZ MIL OCHENTA MILLONES CUATROCIENTOS TREINTA Y NUEVE MIL PESOS M/CTE ($10.080.439.000 del Presupuesto General de la Nación para el 2024.

 

Que la Dirección Distrital de Tesorería de la Secretaría Distrital de Hacienda mediante memorando 2024EE245587 del 18 de julio certificó al Director Financiero de la Secretaría de Educación del Distrito la suma de CATORCE MIL SEISCIENTOS NOVENTA MILLONES TRESCIENTOS VEINTICINCO MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y UN PESOS M/CTE ($14.690.325.451), de los cuales la SED solicitó DOCE MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y SEIS MILLONES TRESCIENTOS NOVENTA Y DOS MIL CIENTO TREINTA Y CUATRO PESOS M/CTE ($12.876.392.134) por concepto de Rendimientos Financieros del Sistema General de Participaciones, legalizados durante el primer semestre del año 2024, mediante oficio número 2024ER208837O1 del 15 de agosto de 2024.

 

Qué la Dirección Distrital de Tesorería de la Secretaría Distrital de Hacienda junto a la Secretaría de Educación del Distrito, identificó reintegros por rendimientos financieros del SGP que se recibieron mediante recibos por conceptos varios y fueron transferidos a la cuenta maestra de Calidad en los años 2022 y 2023. De estos fondos, se encuentran pendientes de incorporar al presupuesto QUINCE MILLONES CUATROCIENTOS CATORCE MIL NOVECIENTOS VEINTINUEVE PESOS M/CTE ($15.414.929).

 

Que el Instituto Distrital de Recreación y Deporte - IDRD mediante Radicado No. 2024ER183570O1 del 25 de julio de 2024, solicitó una adición por valor de DOS MIL SESENTA Y CUATRO MILLONES NOVECIENTOS CINCUENTA Y OCHO MIL CIENTO DIECISIETE PESOS M/CTE ($2.064.958.117), en el proyecto 8154“Implementación de los programas de BOGOTA DEPORTIVA desde la iniciación hasta el rendimiento en Bogotá D.C.”.

 

Que, por medio de la Resolución No. 006 de 2024 “Por la cual se emite concepto previo favorable a una Adición en el Presupuesto de Rentas e Ingresos y Gastos e Inversión del Instituto Distrital de Recreación y Deporte -IDRD – para la vigencia fiscal 2024” la Junta Directiva del IDRD emitió Concepto Favorable para la adición de los recursos indicados en el inciso anterior.

 

Que el Fondo Financiero Distrital de Salud - FFDS solicitó una adición mediante Radicado No. 2024ER215263O1_del 22 de agosto de 2024, por valor de NOVENTA Y UN MIL OCHENTA Y SEIS MILLONES QUINIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y NUEVE PESOS M/CTE. ($91.086.599.249), en los proyectos 8141 “Fortalecimiento de la Gobernanza y Gobernabilidad de la Salud Pública en el marco de la atención primaria social Bogotá D.C.” y 8124 “Implementación Aseguramiento y prestación integral de servicios de salud Bogotá D.C.”.

 

Que, a través del Acuerdo No. 437 de 2024, “Por medio del cual se efectúa una Adición en el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversión del Fondo Financiero Distrital de Salud, para la vigencia fiscal de 2024” la Junta Directiva del FFDS emitió Concepto Favorable para la adición de los recursos indicados en el inciso anterior.

 

Que la Secretaría de Educación del Distrito solicitó con el Radicado No.2024ER208837O1 del 15 de agosto de 2024, adicionar recursos por la suma de VEINTE SIETE MIL SEISCIENTOS NOVENTA MILLONES TREINTA Y DOS MIL QUINIENTOS ONCE PESOS M/CTE. ($27.690.032.511) a los proyectos de inversión “8060 Mejoramiento del bienestar integral de los estudiantes matriculados en los colegios Oficiales de Bogotá D.C.” y “7624 Servicio educativo de Cobertura con Equidad en Bogotá D.C.”.

 

Que la Secretaría Distrital del Hábitat - SDHT solicitó mediante Radicado No. 2024ER207332O1 del 14 de agosto de 2024, adicionar recursos por la suma de DOCE MIL CIENTO SIETE MILLONES DOSCIENTOS DIECIOCHO MIL TRECIENTOS CUARENTA Y DOS PESOS M/CTE. ($12.107.218.342) en el Fondo de Solidaridad y Redistribución de Ingresos para los servicios públicos domiciliarios de Acueducto (O23301020040101), Alcantarillado (O23301020040102) y Aseo (O23301020040103).

 

Que en la Secretaría Distrital de Hacienda - Unidad Ejecutora 02 - Dirección Distrital de Presupuesto de acuerdo con la solicitud realizada mediante Memorando 2020IE026512O1 del 06 de septiembre de 2024, es necesario adicionar en Transferencias de Inversión –Sentencias en el rubro “O233130100101 Río Bogotá”, la suma de DOS MIL CIENTO CINCUENTA Y SIETE MILLONES CUATROCIENTOS NOVENTA Y CUATRO MIL SETECIENTOS SESENTA Y UN PESOS M/CTE $2.157.494.761, correspondiente a los recursos asignados por concepto del 15% del SGP Departamental, los cuales de acuerdo con lo establecido en el parágrafo del artículo 6 de la Ley 1176 de 2007, deben destinarse exclusivamente para el Programa de Saneamiento Ambiental del Río Bogotá.

 

Que la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación, y Deporte - SDCRD solicitó mediante Radicado No. 2024ER188808O1 del 30 de  julio de 2024, adicionar recursos por la suma de MIL QUINIENTOS CUARENTA Y OCHO MILLONES SETECIENTOS DIECIOCHO MIL QUINIENTOS OCHENTA Y OCHO PESOS M/CTE. ($1.548.718.588) al proyecto de inversión “ 7929 Fortalecimiento de alianzas estratégicas a nivel bilateral y multilateral para el posicionamiento de la ciudad como referente cultural y recreodeportivo en escenarios internacionales en Bogotá D.C.”.

 

Que la Secretaría Distrital de Integración Social – SDIS solicitó por medio del Radicado No. 2024ER240582O1 del 17 de septiembre 2024, una adición del presupuesto por valor de DIECINUEVE MIL SEISCIENTOS DIECISIETE MILLONES CIENTO DOS MIL CIENTO SIETE PESOS M/CTE. ($19.617.102.107) a los proyectos de inversión “7937 “Generación de oportunidades para la inclusión social y productiva de las personas mayores en Bogotá D.C”, “7939 Desarrollo de capacidades para las gestantes niñas niños adolescentes y sus familias que promuevan su desarrollo integral en Bogotá D.C”, “7940 Implementación de estrategias de inclusión social y productiva para la población joven en situación de pobreza y vulnerabilidad en Bogotá D.C”, “7948 Desarrollo del abordaje integral del fenómeno de habitabilidad en calle para contribuir a la reducción de formas extremas de exclusión en Bogotá D.C.” y “8047 Generación de respuestas integradoras para la inclusión social y productiva, y la prevención de todas las formas de violencia y discriminación en Bogotá D.C”.

 

Que la Secretaría Distrital de Planeación (SDP) emitió los conceptos favorables a la adición en el presupuesto de inversión de las siguientes entidades: IDRD_SDP No. 2-2024-42017 del 16-07-2024, FFDS_SDP 2-2024-48113 del 15-08-2024, SED_SDP 2-2024-46507 del 05-08-2024, SDIS_ SDP 2-2024-54275 del 13-09-2024 y SDCRD_ SDP 2-2024-44641 del 26-07-2024, en cumplimiento del parágrafo del artículo 11 del Decreto Distrital 192 de 2021.

 

Que una vez analizados los conceptos expedidos por la SDP, las justificaciones realizadas por las entidades y los artículos 15, 47 (Modificado por el art 233 de la Ley 1955 de 2019), 76 y artículo 78 (Modificado por el artículo 21 de la Ley 1176 de 2007) de la Ley 715 de 2001, que establecen la destinación de los recursos del Sistema General de Participaciones - SGP, es viable adicionarlos a los proyectos de inversión referidos anteriormente y Transferencias de Inversión - Sentencias en el rubro “O233130100101 Río Bogotá”

 

Que, de conformidad con lo anterior, se requiere adicionar el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de Bogotá, Distrito Capital de la vigencia 2024, en la suma de CIENTO CINCUENTA Y SEIS MIL DOSCIENTOS SETENTA Y DOS MILLONES CIENTO VEINTITRES MIL SEISCIENTOS SETENTA Y CINCO PESOS M/CTE ($156.272.123.675).

 

En mérito de lo expuesto,

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO 1°. Adiciónese el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1° de enero y el 31 de diciembre de 2024, en la suma de CIENTO CINCUENTA Y SEIS MIL DOSCIENTOS SETENTA Y DOS MILLONES CIENTO VEINTITRES MIL SEISCIENTOS SETENTA Y CINCO PESOS M/CTE ($156.272.123.675), según el siguiente detalle:

 

ADMINISTRACIÓN CENTRAL

 

Entidad 111 - 00

 

SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA

 

Código

Nombre

 Valor ($)

O1

Ingresos

            156.272.123.675

O11

Ingresos Corrientes

            143.380.316.612

O1102

Ingresos no tributarios

            143.380.316.612

O110206

Transferencias corrientes

            143.380.316.612

O110206001

Sistema General de Participaciones

            133.299.877.612

O11020600101

Participación para educación

                3.336.923.381

O1102060010103

Calidad

                3.336.923.381

O110206001010301

Calidad por matrícula oficial

                     38.699.337

O110206001010302

Calidad por gratuidad

                3.298.224.044

O11020600102

Participación para salud

              91.086.599.249

O1102060010201

Régimen subsidiado

              81.515.310.175

O1102060010202

Salud pública

                9.571.289.074

O11020600103

Participación para propósito general

              23.230.778.812

O1102060010301

Deporte y recreación

                2.064.958.117

O1102060010302

Cultura

                1.548.718.588

O1102060010303

Propósito general Libre inversión

              19.617.102.107

O11020600104

Asignaciones especiales

                1.380.863.067

O1102060010401

Programas de alimentación escolar

                1.380.863.067

O11020600105

Agua potable y saneamiento básico

              14.264.713.103

O1102060010501

Agua potable y saneamiento básico Distrito

              12.107.218.342

O1102060010502

15% SGP participación departamento APSB

                2.157.494.761

O110206006

Transferencias de otras entidades del gobierno general

              10.080.439.000

O11020600601

Aportes Nación

              10.080.439.000

O1102060060102

Transferencia Ministerio de Educación para Programas de Alimentación Escolar

              10.080.439.000

O12

Recursos de capital

              12.891.807.063

O1205

Rendimientos financieros

              12.876.392.134

O120502

Depósitos

              12.876.392.134

O12050201

Recursos del SGP

              12.876.392.134

O1205020101

SGP - Participación para educación

              12.876.392.134

O120502010101

SGP Educación - Prestación de servicio educativo

              10.607.948.459

O120502010102

SGP Educación - Cancelación de prestaciones sociales del magisterio

                   316.092.030

O120502010103

SGP Educación - Calidad por matrícula oficial

                1.952.351.645

O1210

Recursos del balance

                     15.414.929

O121002

Superávit fiscal

                     15.414.929

O12100201

Recursos del SGP

                     15.414.929

TOTAL ADICIÓN PRESUPUESTO DE RENTAS E INGRESOS

            156.272.123.675

 

ARTÍCULO 2°. Adiciónese el Presupuesto Anual de Gastos e Inversiones para la vigencia fiscal comprendida entre el 1° de enero y el 31 de diciembre de 2024, en la suma de CIENTO CINCUENTA Y SEIS MIL DOSCIENTOS SETENTA Y DOS MILLONES CIENTO VEINTITRES MIL SEISCIENTOS SETENTA Y CINCO PESOS M/CTE ($156.272.123.675), según el siguiente detalle:

 

ADMINISTRACIÓN CENTRAL

 

111 - 02   Secretaría Distrital de Hacienda – Unidad Ejecutora 02

Cifras en pesos

Código

Nombre

Recursos Distrito

Transferencias Nación

Total

O2

Gastos

0

2.157.494.761

2.157.494.761

O23

Inversión

0

2.157.494.761

2.157.494.761

O233

Transferencias corrientes

0

2.157.494.761

2.157.494.761

O23313

Sentencias y conciliaciones

0

2.157.494.761

2.157.494.761

O2331301

Fallos nacionales

0

2.157.494.761

2.157.494.761

O2331301001

Sentencias

0

2.157.494.761

2.157.494.761

O233130100101

Río Bogotá

0

2.157.494.761

2.157.494.761

 

112 - 01   Secretaría de Educación del Distrito-SED

Cifras en pesos

Código

Nombre

Recursos Distrito

Transferencias Nación

Total

O2

Gastos

12.891.807.063

14.798.225.448

27.690.032.511

O23

Inversión

12.891.807.063

14.798.225.448

27.690.032.511

O2301

Directa

12.891.807.063

14.798.225.448

27.690.032.511

O230117

Bogotá Camina Segura

12.891.807.063

14.798.225.448

27.690.032.511

O23011722

Educación

12.891.807.063

14.798.225.448

27.690.032.511

O2301172201

Calidad, cobertura y fortalecimiento de la educación inicial, prescolar, básica y media

12.891.807.063

14.798.225.448

27.690.032.511

O230117220120240202

Mejoramiento del bienestar integral de los estudiantes matriculados en los colegios Oficiales de Bogotá D.C

12.891.807.063

11.500.001.404

24.391.808.467

O230117220120200007

Servicio educativo de Cobertura con Equidad en Bogotá D.C.

0

3.298.224.044

3.298.224.044

Total Adición Gastos de Inversión

12.891.807.063

14.798.225.448

27.690.032.511

 

118 - 01   Secretaría Distrital del Hábitat-SDHT

Cifras en pesos

Código

Nombre

Recursos Distrito

Transferencias Nación

Total

O2

Gastos

0

12.107.218.342

12.107.218.342

O23

Inversión

0

12.107.218.342

12.107.218.342

O233

Transferencias corrientes

0

12.107.218.342

12.107.218.342

O23301

Subvenciones

0

12.107.218.342

12.107.218.342

O2330102

A empresas públicas no financieras

0

12.107.218.342

12.107.218.342

O2330102004

Subvenciones para servicios públicos domiciliarios de agua potable y saneamiento básico

0

12.107.218.342

12.107.218.342

O233010200401

Fondo de Solidaridad y Redistribución de Ingresos

0

12.107.218.342

12.107.218.342

O23301020040101

Acueducto

0

2.382.621.370

2.382.621.370

O23301020040102

Alcantarillado

0

843.140.366

843.140.366

O23301020040103

Aseo

0

8.881.456.606

8.881.456.606

Total Adición Gastos de Inversión

0

12.107.218.342

12.107.218.342

 

119-01   Secretaría Distrital de Cultura Recreación y Deporte-SDCRD

Cifras en pesos

Código

Nombre

Recursos Distrito

Transferencias Nación

Total

O2

GASTOS

0

1.548.718.588

1.548.718.588

O23

Inversión

0

1.548.718.588

1.548.718.588

O2301

DIRECTA

0

1.548.718.588

1.548.718.588

O230117

Bogotá Camina Segura

0

1.548.718.588

1.548.718.588

O23011733

Cultura

0

1.548.718.588

1.548.718.588

O2301173301

Promoción y acceso efectivo a procesos culturales y artísticos

0

1.548.718.588

1.548.718.588

O230117330120240102

Fortalecimiento Alianzas estratégicas a nivel bilateral y multilateral para el posicionamiento de la ciudad como referente cultural y recreodeportivo en escenarios internacionales de y en Bogotá D.C.

0

1.548.718.588

1.548.718.588

Total Adición Gastos de Inversión

0

1.548.718.588

1.548.718.588

 

122 - 01   Secretaría Distrital de Integración Social -SDIS

Cifras en pesos

Código

Nombre

Recursos Distrito

Transferencias Nación

Total

O2

Gastos

0

19.617.102.107

19.617.102.107

O23

Inversión

0

19.617.102.107

19.617.102.107

O2301

Directa

0

19.617.102.107

19.617.102.107

O230117

Bogotá Camina Segura

0

2.094.405.365

2.094.405.365

O2301174102  

Desarrollo integral de la primera infancia a la juventud, y fortalecimiento de las capacidades de las familias de niñas, niños y adolescentes  

0

2.094.405.365

2.094.405.365

O230117410220240042  

Desarrollo de capacidades para las gestantes, niñas, niños, adolescentes y sus familias que promuevan su desarrollo integral en Bogotá D.C.  

0

2.094.405.365

2.094.405.365

O2301174103

Inclusión social y productiva para la población en situación de vulnerabilidad

 

17.522.696.742

17.522.696.742

O230117410320240017

Generación de oportunidades para la inclusión social y productiva de las personas mayores en Bogotá D.C.

0

6.545.601.590

6.545.601.590

O230117410320240043

Implementación de estrategias de inclusión Social y productiva para la población joven en situación de pobreza y vulnerabilidad en Bogotá D.C.

0

2.183.308.378

2.183.308.378

O230117410320240057

Desarrollo del abordaje integral del fenómeno de habitabilidad en calle para contribuir a la reducción de formas extremas de exclusión en Bogotá D.C.

0

7.572.631.063

7.572.631.063

O230117410320240103

Generación de respuestas integradoras para la Inclusión social y productiva, y la prevención de todas las formas de violencia y discriminación en Bogotá D.C.

0

1.221.155.711

1.221.155.711

Total Adición Gastos de Inversión

0

19.617.102.107

19.617.102.107

 

ESTABLECIMIENTOS PÚBLICOS

 

201-01 Fondo Financiero Distrital de Salud -FFDS

 

 

Cifras en pesos

Código

Nombre

Recursos Administrados

Aportes Distrito

Total

O2

Gastos

0

91.086.599.249

91.086.599.249

O23

Inversión

0

91.086.599.249

91.086.599.249

O2301

Directa

0

91.086.599.249

91.086.599.249

O230117

Bogotá Camina Segura

0

91.086.599.249

91.086.599.249

O23011719

Salud y protección social

0

91.086.599.249

91.086.599.249

O2301171905

Salud pública

0

9.571.289.074

9.571.289.074

O230117190520240242

Fortalecimiento de la Gobernanza y Gobernabilidad de la Salud Pública en el marco de la atención primaria social Bogotá D.C.

0

9.571.289.074

9.571.289.074

O2301171906

Aseguramiento y prestación integral de servicios de salud

0

81.515.310.175

81.515.310.175

O230117190620240203

Implementación Aseguramiento y prestación integral de servicios de salud Bogotá D.C.

0

81.515.310.175

81.515.310.175

Total Adición Gastos de Inversión

0

91.086.599.249

91.086.599.249

 

211-01  Instituto Distrital de Recreación y Deporte-IDRD

 

Cifras en pesos

Código

Nombre

Recursos Administrados

Aportes Distrito

Total

O23

Inversión

0

2.064.958.117

2.064.958.117

O2301

Directa

0

2.064.958.117

2.064.958.117

O230117

Bogotá Camina Segura

0

2.064.958.117

2.064.958.117

O23011743

Deporte y Recreación

0

2.064.958.117

2.064.958.117

O2301174301

Fomento a la recreación, la actividad física y el deporte para desarrollar entornos de convivencia y paz

0

2.064.958.117

2.064.958.117

O230117430120240252

Implementación de los programas de BOGOTÁ DEPORTIVA desde la iniciación hasta el rendimiento en Bogotá D.C.

0

2.064.958.117

2.064.958.117

Total Adición Gastos de Inversión

0

2.064.958.117

2.064.958.117

 

ARTÍCULO 3°. Una vez expedido el presente decreto, la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto incorporará las modificaciones en el Sistema de Información Presupuestal.

 

PARÁGRAFO. En cumplimiento de las políticas de manejo y control del Programa Anual de Caja (PAC), las Secretarías Distritales de Educación, Hábitat, Cultura, Recreación y Deporte e Integración Social, el Fondo Financiero Distrital de Salud y el Instituto Distrital de Recreación y Deporte deberán solicitar el ajuste del PAC a la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Tesorería, de conformidad con las disposiciones y procedimientos que regulan la materia.

 

ARTÍCULO 4°. La Secretaría Distrital de Hacienda, informará de estas operaciones a la Comisión de Presupuesto del Concejo Distrital, dentro de los treinta (30) días siguientes a la incorporación de estos recursos.

 

ARTÍCULO 5°. El presente decreto rige a partir del día siguiente a su publicación en el Registro Distrital.

 

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dado en la ciudad de Bogotá, D.C., a los 16 días del mes de octubre del año 2024.

 

CARLOS FERNANDO GALÁN PACHÓN

 

Alcalde Mayor

 

ANA MARÍA CADENA RUÍZ

 

Secretaria Distrital de Hacienda

 

Nota: Ver norma original en Anexos.