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ACUERDO LOCAL 136 DE 2024
(Agosto 28) Sancionado mediante el Decreto Local 014 de 2024
Por el cual se adopta el Plan de Desarrollo Económico, Social, Ambiental y de Obras Públicas para la Localidad de San Cristóbal 2025 - 2028. “San Cristóbal Territorio de Oportunidades, Camina Segura”
LA JUNTA ADMINISTRADORA LOCAL DE SAN CRISTÓBAL,
En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las que le confiere la Constitución Política de Colombia en sus artículos 324, el Decreto Ley 1421 de 1993 en su artículo 69 numeral 1, artículo 11 de la Ley 2116 del 2021 y el artículo 62 del Acuerdo Distrital 878 de 2023.
CONSIDERANDO:
Que el artículo 260 de la Constitución Política señala que los ciudadanos eligen en forma directa presidente y vicepresidente de la República, Senadores, Representantes, Gobernadores, Diputados, alcaldes, concejales municipales y distritales, miembros de las juntas administradoras locales, y en su oportunidad, los miembros de la Asamblea Constituyente y las demás autoridades o funcionarios que la Constitución señale.
Que el Acto Legislativo 003 de 2019 modificó el artículo 323 de la Constitución Política de Colombia el cual quedará, así: “Artículo 323. El Concejo Distrital se compondrá de cuarenta y cinco (45) concejales. En cada una de las localidades habrá una junta administradora elegida popularmente para períodos de cuatro (4) años que estará integrada por no menos de siete ediles, según lo determine el concejo distrital, atendida la población respectiva”.
Que el artículo 1º de la Ley 152 de 1994 menciona que, tiene como propósito establecer los procedimientos y mecanismos para la elaboración, aprobación, ejecución, seguimiento, evaluación y control de los planes de desarrollo, así como la regulación de los demás aspectos contemplados por el artículo 342, y en general por el artículo 2 del Título XII de la Constitución Política y demás normas constitucionales que se refieren al plan de desarrollo y la planificación.
Que el numeral 4º modificado por el artículo 88 de la Ley 617 de 2000 preceptúa que, la JAL puede aprobar el presupuesto anual del respectivo fondo de desarrollo, previo concepto favorable del consejo distrital de política económica y fiscal y de conformidad con los programas y proyectos del plan de desarrollo local.
Que el artículo 75 del Estatuto Orgánico de Bogotá menciona que, los actos de las juntas se denominarán acuerdos locales; los de los alcaldes, decretos locales. Su publicación se hará en el órgano oficial de divulgación del Distrito.
Que el Artículo 76 del Estatuto Orgánico de Bogotá señala que, pueden presentar proyectos de acuerdo local los ediles, el correspondiente alcalde y las organizaciones cívicas, sociales y comunitarias que tengan sede en la respectiva localidad. También los ciudadanos conforme a la respectiva ley estatutaria. Todo proyecto de acuerdo local debe referirse a una misma materia y serán inadmisibles las disposiciones o modificaciones que no se relacionen con ella. La presidencia de la junta rechazará las iniciativas que no se avengan con este precepto, pero sus decisiones serán apelables ante la corporación.
Que el artículo 77 del Decreto Ley mencionado preceptúa que, para que un proyecto sea acuerdo debe aprobarse en dos debates celebrados en días distintos. Además, debe haber sido sancionado por el alcalde local y publicado en el Registro Distrital.
Que el artículo 78 del Estatuto en comento menciona que las juntas podrán integrar comisiones permanentes encargadas de decidir sobre los proyectos de acuerdo en primer debate, según los asuntos o negocios de que conozcan y el contenido del proyecto. Si dichas comisiones no se hubieran creado o integrado, los informes para primero y segundo debate se rendirán ante la plenaria por el edil o ediles que la presidencia de la corporación nombre para tal efecto. La junta podrá integrar las demás comisiones que considere conveniente para su normal funcionamiento.
Que corresponde a la administración de las alcaldías locales y de los Fondos de Desarrollo Local la ejecución de las inversiones contenidas en el Plan de Desarrollo Local en concurrencia con el Plan Distrital de Desarrollo, las cuales deben responder a los principios administrativos de concurrencia, subsidiariedad, complementariedad y de coordinación del nivel central con el local.
Que el artículo 7 del Decreto Distrital 768 de 2019 menciona que, las líneas de inversión local son una herramienta de planeación de carácter vinculante y específico que, en el marco de las competencias locales, permiten a la Administración Distrital orientar estratégicamente las inversiones que serán incorporadas en el Plan de Desarrollo Local. Estas líneas describen los conceptos de gasto de inversión autorizados a los Fondos de Desarrollo Local para el cumplimiento de las competencias, en el marco de los Planes de Desarrollo Local y Distrital.
Que de acuerdo al Decreto 495 de 2023 por medio del cual se reglamenta el artículo 66 del Acuerdo Distrital 878 de 2023 en relación con la implementación de los presupuestos participativos para la ejecución de los planes de desarrollo de los Fondos de Desarrollo Local señala que, el presupuesto participativo de los Fondos de Desarrollo Local es un proceso institucional, democrático, incluyente y pedagógico con enfoque territorial, por medio del cual la ciudadanía y sus organizaciones deciden anualmente la inversión de un porcentaje de los recursos del Fondo de Desarrollo Local respectivo en temas relacionados con los proyectos de inversión local, atendiendo a los contenidos del Plan de Desarrollo Local, las líneas de inversión y las políticas y el plan de inversiones del Plan de Desarrollo Distrital.
Que mediante la Circular Conjunta No. 006 del 22 de febrero de 2024, las Secretarías Distrital de Gobierno, Distrital de Planeación, y el Director General del Instituto Distrital de la Participación y Acción Comunal - IDPAC, fijaron los lineamientos para la realización de los encuentros ciudadanos y la formulación de planes de desarrollo local 2025-2028, de conformidad con el marco legal contenido en el Acuerdo Distrital No. 740 de 2019, el Decreto Reglamentario 768 de 2019 y el Decreto reglamentario 495 del 2023 lo anterior de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 1757 de 2015 “Estatuto de la Participación”.
Que el Consejo Distrital de Política Económica y Fiscal – CONFIS mediante Circular 04 del 02 de julio de 2024 determinó los lineamientos de política para las líneas de inversión local 2025-2028 y presupuestos participativos.
Que el Consejo en comento; mediante Circular No. 04 del 02 de julio de 2024 modifica los lineamientos de política para las líneas de inversión local 2025-2028 y presupuestos participativos.
Que de conformidad con el Artículo 62 del Acuerdo Distrital 878 de 2023, “la Junta Administradora Local, debe decidir sobre la aprobación de los Planes de Desarrollo Local de conformidad con lo estipulado en el artículo 13 inciso 2 del Decreto Ley 1421 de 1993, donde se ubica exclusivamente en cabeza de la Administración Local la iniciativa en materia de Planes de Desarrollo”.
Que finalmente y de acuerdo con los lineamientos del Plan de Desarrollo Distrital Acuerdo 136 de 2024; la localidad San Cristóbal formula su Plan de Desarrollo “San Cristóbal Territorio de Oportunidades, Camina Segura”.
ACUERDA:
PARTE I
PARTE ESTRATEGICA
CAPÍTULO I
VISIÓN
Artículo 1. Adopción del Plan. Se adopta el Plan de Desarrollo Económico, Social, Ambiental y de Obras Públicas para la localidad de San Cristóbal para el periodo 2025 - 2028 “San Cristóbal Territorio de Oportunidades, Camina Segura”, el cual constituye el referente de las acciones, políticas, programas, estrategias y proyectos de la Administración Local"
Artículo 2. Visión.
Para el 2028 la localidad de San Cristóbal será reconocida como un territorio de oportunidades para el desarrollo humano, el buen gobierno, la inclusión social, la equidad, la gestión territorial innovadora, la educación sin barreras, la promoción de principios y valores desde la libertad de culto y conciencia, el fortalecimiento del emprendimiento, la circulación artística, cultural y turística, la paz, la salud pública con enfoque preventivo, la salud mental, los derechos de las comunidades y poblaciones, junto con el reconocimiento de la diversidad, el fortalecimiento organizacional, el desarrollo sostenible, la protección y conservación de la estructura ecológica principal.
Así mismo, la ciudadanía local habrá recobrado la confianza en la institucionalidad y en las autoridades locales, mediante una red articulada de gestión en pro del desarrollo social y la apropiación del territorio; la seguridad avanzará en mejorar la convivencia ciudadana y la solidaridad, mediante la acción conjunta, coordinada e integrada entre la comunidad, las organizaciones locales y distritales, actores privados, y los organismos de seguridad y justicia.
Artículo 3. Objetivo General del plan.
De acuerdo con el mandato de ciudad manifestado, a través del Plan de Desarrollo Distrital “Bogotá Camina Segura” se buscará mejorar la calidad de vida de las personas a partir de programas que proporcionen una mayor seguridad, inclusión, libertad, igualdad de oportunidades y un acceso más justo a bienes y servicios públicos; fortaleciendo el tejido social en un marco de construcción de confianza, pertenencia, contacto y colaboración; aprovechando el potencial social y del territorio, a partir de un modelo de desarrollo comprometido con la acción climática y la integración regional.
El Plan de Desarrollo Local transversaliza el enfoque diferencial e interseccional, sobre grupos poblacionales con características particulares a razón de su edad o etapa del ciclo vital, género, orientación sexual, identidad de género, pertenencia étnica, y discapacidad, entre otras. Así mismo, se incluye el enfoque territorial y de capacidades en el cumplimiento de los propósitos.
Artículo 4. Objetivos Estratégicos. Los Objetivos estratégicos se constituyen en los elementos estructurales, que permitirán visibilizar los resultados que se esperan alcanzar en la localidad, y el presente Plan de Desarrollo Local contribuye a lograr estos objetivos a nivel territorial.
Objetivos estratégicos del Plan:
1. Bogotá avanza en seguridad.
2. Bogotá confía en su bien–estar.
3. Bogotá confía en su potencial.
4. Bogotá ordena su territorio y avanza en su acción climática.
5. Bogotá confía en su gobierno.
CAPÍTULO II
OBJETIVO ESTRATÉGICO “BOGOTÁ AVANZA EN SEGURIDAD”
Objetivos, estrategias, programas
Artículo 5. Propósito del Objetivo. La localidad de San Cristóbal se proyecta como un lugar en el que sus habitantes se puedan desplazar tranquilamente; disfrutar del espacio público, vivir, trabajar y soñar sin restricciones. De manera central, se busca que las poblaciones de especial protección (niños, niñas, adolescentes, grupos étnicos, mujeres, personas LGBTIQ+, personas mayores, personas con discapacidad, víctimas y población en extrema pobreza) puedan sentirse seguros y protegidos, sin actos violentos, vulnerantes o discriminatorios sobre sí. Para lograr esto, se trabajará por la construcción de una localidad en la que se respeten la vida y la diferencia, y donde se fortalezcan los lazos de confianza entre las poblaciones, la ciudadanía y sus instituciones.
Para ello, es esencial construir entornos seguros, que permitan la interacción de la ciudadanía sin temor a ser víctima de delitos contra la vida y el patrimonio, garantizando los derechos fundamentales y una respuesta por parte de los organismos de seguridad y justicia ante cualquier amenaza. Además, se debe promover la convivencia pacífica, la cultura ciudadana, el derecho a una vida libre de violencias y el espacio público como un lugar de encuentro seguro, limpio y accesible.
De esta manera, la Administración Local desarrollará sus acciones dentro de un modelo de seguridad fundamentado en la acción conjunta, coordinada e interagencial de sus entidades, los organismos de seguridad y justicia que operan en el ámbito distrital, en coordinación con el Gobierno Nacional, la región, el sector privado y la ciudadanía.
Este modelo se basa en la recuperación de la funcionalidad, el orden urbano y el sentido de pertenencia, junto a la reconstrucción del tejido social y la confianza ciudadana. Se orienta por un concepto de seguridad integral que requiere una comprensión multidimensional de las necesidades, dinámicas locales y los servicios prestados, estableciendo acciones coordinadas para un entorno más seguro. El nuevo modelo de seguridad demanda operaciones permanentes enfocadas en el control del territorio, la protección de los espacios y las personas, la prevención y anticipación frente a dinámicas y fenómenos que pongan en riesgo la vida, la convivencia, los derechos y los proyectos de vida de quienes habitan en la Localidad de San Cristóbal.
Para que los ciudadanos puedan desplazarse tranquilamente en la ciudad, se deben implementar tres estrategias: 1) Mejorar la convivencia mediante la confianza entre ciudadanía, instituciones y fuerza pública, la cultura ciudadana y la prevención de violencias; 2) Fortalecer la seguridad y justicia con tecnología, recursos humanos y articulación interinstitucional, y 3) Garantizar espacios públicos seguros y en mejores condiciones.
Estas estrategias se desarrollarán a través de seis (6) programas destinados a fortalecer las capacidades en seguridad y la lucha contra la criminalidad, así como promover la convivencia ciudadana, el acceso a la justicia, la revitalización del espacio público, la garantía del derecho a una vida libre de violencias y la movilidad segura.
Esta visión contribuye al cumplimiento de los Objetivos de Desarrollo Sostenibles (ODS) de la siguiente manera: al ODS 3 “Salud y Bienestar” que propende garantizar una vida sana y promover el bienestar para todos en todas las edades, al visibilizar el cuidado de la persona desde el enfoque de protección desde la infancia apoya al ODS 5 “Igualdad de Género”, buscando la construcción de una Bogotá que reconoce la necesidad de generar acciones que contribuyan a disminuir la brecha en el acceso a derechos entre hombres y mujeres, y a la garantía plena de sus derechos, en especial los derechos establecidos en la política pública de mujeres y equidad de género de Bogotá. El ODS 11, que propone que las ciudades y los asentamientos humanos sean inclusivos, seguros, resilientes y sostenibles, y al ODS 16 “Paz, Justicia e Instituciones Sólidas”, para promover sociedades con paz, justicia, seguridad y participación.
Artículo 6. Estrategias. Las estrategias que serán desarrolladas para el logro del Objetivo Estratégico son:
a. Promoviendo condiciones de convivencia armónica, a través del desarrollo de acciones afirmativas e iniciativas en el territorio, gestadas desde procesos de participación comunitaria de las organizaciones sociales, Juntas de Acción Comunal – JAC, Comités de libertad religiosa, Consejos de juventud, organizaciones futboleras, líderes sociales y activistas ambientales entre otros actores sociales, y a través de la identificación de sus particularidades y necesidades, fortaleciendo así las capacidades ciudadanas en la resolución de conflictos.
b. Promoviendo los derechos humanos en el marco del enfoque de género y la niñez, así como el respeto por la vida.
c. Ofreciendo herramientas técnicas y tecnológicas a los organismos de seguridad vinculando a la ciudadanía, garantizando así, que la localidad avance en procesos de prevención, vigilancia y control favoreciendo los procesos de justicia, convivencia y seguridad ciudadana.
d. Fortaleciendo procesos orientados al desarrollo de capacidades en resolución de conflictos de los diferentes actores sociales de la localidad, para la implementación de escenarios de encuentro y diálogo ciudadano.
e. Promoviendo acciones de convivencia ciudadana armónica en el territorio, a través de la gestión de procesos para el disfrute del espacio público, entornos escolares y el sistema de transporte público con el acompañamiento de los gestores de convivencia.
f. Avanzando en el mejoramiento del espacio público, a través de acciones basadas en el diálogo que promuevan consensos ciudadanos con los trabajadores informales locales, en condiciones de orden, formalidad y dignidad laboral.
Artículo 7. Programa 1. Diálogo social y cultura ciudadana para la convivencia pacífica y la recuperación de la confianza. Este programa fomentará una cultura ciudadana que recupere la confianza, para ello se deberá trabajar en el fortalecimiento del diálogo para la resolución pacífica de conflictos. Así mismo, es importante aunar esfuerzos institucionales orientados a identificar conflictividades e interviniendo factores de riesgo, reconociendo el derecho fundamental de la ciudadanía a la protesta social pacífica acompañándolos mediante el diálogo en este tipo de situaciones, asegurando la garantía de los derechos y del bienestar integral de la población. Para lograr el fomento de una cultura ciudadana que recupere la confianza, se deberá trabajar en el fortalecimiento del diálogo para la resolución pacífica de conflictos.
En cuanto a la gobernanza, se propone las siguientes herramientas: acciones de cultura del diálogo bajo el principio de corresponsabilidad, actividades para transformar situaciones de alto riesgo de conflictividad en el espacio público garantizando la armonía de derechos, y mesas de diálogo, que aseguren un gobierno abierto a la ciudadanía. Estas herramientas se han de materializar con la generación de acuerdos que fortalezcan la apropiación de la localidad y de lo público, la protección del interés común y el aumento de la confianza ciudadana en los entornos públicos y privados, respetando cada creencia, ideología, sentir y vivir. Además, la administración local profundizará la puesta en marcha de acciones de prevención y materialización del Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana (CNSCC).
Artículo 8. Metas e indicadores del programa.
Artículo 9. Programa 2. Cero tolerancia a las violencias contra las mujeres y violencias basadas en género. En este programa San Cristóbal se compromete a promover, respetar, proteger y garantizar los derechos de las mujeres con enfoque de género en todas sus diferencias y diversidades, especialmente, el derecho a una vida libre de violencias y libre expresión asegurando su integridad mediante componentes de programas de prevención, atención especializada, acceso a la justicia y articulación de acciones entre el orden distrital y nacional. Este compromiso busca la garantía del pleno goce de sus derechos en los ámbitos públicos y privados.
El reconocimiento de este derecho es una prioridad establecida por la Política Pública para las Mujeres y la Equidad de Género (PPMYEG), y su garantía implica reconocer los impactos diferenciados que enfrentan las mujeres en materia de seguridad, así como la responsabilidad de una actuación integral en el marco del deber de debida diligencia y demás estándares internacionales de protección. La administración local fortalecerá la articulación de los sectores y todas las entidades competentes, para que, en el marco del principio de corresponsabilidad, concurran en la garantía del derecho de las mujeres a vivir una vida libre de violencias.
Ante cualquier programa y estrategia desarrollada, se promoverán entornos seguros de no violencia para las mujeres, en sus diferencias y diversidades, en el transporte y en el espacio público implementando un modelo de prevención y atención de las violencias, consolidando un plan que incluya estrategias como: Articular, impulsar y activar, la Ruta Mujer del Sistema Distrital de Justicia, identificación de horarios, zonas y rutas de mayor tránsito para mujeres, atención en puntos críticos para acompañar los procesos de denuncia y fortalecimiento de los Consejos locales de seguridad de mujeres.
Artículo 10. Metas e indicadores del programa.
Artículo 11. Programa 3. Desmantelamiento de estructuras criminales y delincuenciales con mejores capacidades y activos tecnológicos. Para lograr el debilitamiento del crimen organizado y el desmantelamiento de las estructuras criminales, la localidad demanda una postura anticipatoria de los organismos de seguridad y justicia frente a su evolución, arraigo y desempeño. Por ello, este programa implementará esfuerzos para la documentación de dinámicas del crimen, identificación de estructuras criminales, delincuenciales y microtráfico, desarrollo de capacidades para su desmantelamiento y estrategias dirigidas al cierre de espacios que permitan su supervivencia. Como parte de este programa se implementarán acciones encaminadas a mitigar el mercado de estructuras criminales de hurto a celulares para el control del delito de receptación, incluyendo el énfasis de inteligencia y persecución criminal en cuanto a las rentas criminales y el lavado de activos, en coordinación con los organismos policiales, militares y judiciales dentro del marco de sus competencias. Para esto, se trabajará en el fortalecimiento de las capacidades operativas para la vigilancia policial y las funciones militares específicas para el Distrito, el centro de comando, control comunicaciones y cómputo (C4) de Bogotá.
Esto se logrará mediante estrategias de descentralización del monitoreo por parte de la policía, permitiendo una supervisión más local. El objetivo es focalizar y priorizar las capacidades de vídeo, garantizando que las imágenes captadas sean de la resolución adecuada y de relevancia para las necesidades de seguridad. Lo anterior, incorporando nuevas tecnologías basadas en inteligencia artificial que mejoren la administración de datos y la producción de información adecuada con la investigación criminal y la vigilancia y control para la reacción y respuesta oportuna de las autoridades competentes ante las amenazas y así garantizar la generación de zonas seguras en la localidad que se encuentren constantemente monitoreadas.
Además, el fortalecimiento del sistema de videovigilancia permitirá que los organismos de seguridad puedan identificar poblaciones con mayor riesgo de delitos y prácticas violentas contra la ciudadanía y la infraestructura local, y facilitar a la MEBOG el despliegue operacional ante fenómenos delictivos; desde el alcance local, se contribuirá a crear un entorno más seguro y protegido para la ciudadanía utilizando la tecnología como herramienta clave para la integración y eficiencia de los esfuerzos de seguridad.
Finalmente, la Administración, en cabeza de las Secretarías de Gobierno y de Seguridad, Convivencia y Justicia, la Policía Metropolitana y en conjunto con la Administración Local, trabajará en consolidar mecanismos colaborativos de empoderamiento ciudadano para gestionar la seguridad en los barrios de la Localidad.
Artículo 12. Metas e indicadores del programa.
Artículo 13. Programa 4. Servicios centrados en la justicia. En este programa se entiende que la garantía efectiva del derecho fundamental al acceso a la justicia es una de las condiciones para mejorar la percepción de seguridad y frenar la intimidación de la acción delictiva.
Para ello la localidad, en articulación con los organismos de seguridad, trabajará en el fortalecimiento de los equipamientos y en la generación de alternativas que permitan que la ciudadanía pueda acceder a información y a orientación oportuna, conozca las distintas alternativas de resolución de conflictos con que cuenta la Localidad, y logre respuestas efectivas a sus necesidades.
En relación con el delito juvenil y adolescente, la administración fortalecerá y ampliará las capacidades del Programa Distrital de Justicia Juvenil Restaurativa, el cual atenderá de manera diferenciada las necesidades de las y los adolescentes y jóvenes que se ven inmersos en delitos en la localidad y responderá a las dinámicas del delito juvenil y adolescente, atendiendo la complejidad creciente que evidencia la violencia intrafamiliar y el conflicto escolar; ampliando las estrategias de prevención, reducción de daños y riesgos así como de superación del consumo de sustancias psicoactivas ofreciendo a las autoridades judiciales mejores opciones de atención y seguimiento a las sanciones no privativas de la libertad; generando condiciones para que las y los adolescentes y jóvenes cuenten con oportunidades para desarrollar proyectos de vida autónomos y sostenibles en el marco de la legalidad, y ampliando las estrategias de prevención de la utilización e instrumentalización de adolescentes y jóvenes en la comisión de delitos por parte de las redes criminales. Esto implicará no solo mejorar el acceso a información clara y comprensible sobre derechos y procedimientos judiciales, sino también garantizar la disponibilidad de estrategias y mecanismos para la resolución alternativa de conflictos.
Artículo 14. Metas e indicadores del programa.
Artículo 15. Programa 5. Espacio público seguro e inclusivo. El espacio público en San Cristóbal se entiende como un escenario fundamental para que la ciudadanía ejerza sus derechos y pueda relacionarse en sana convivencia. Desde el enfoque de seguridad integral, ello se promueve tanto a partir de la focalización de estrategias de monitoreo y control, como de la intervención para la recuperación y generación de oportunidades formales y legales para su disfrute y, en general, a partir de la implementación de acciones que propicien el goce efectivo del derecho a la Localidad.
San Cristóbal fortalecerá las capacidades para la seguridad y la convivencia en el espacio público con miras a que la ciudadanía pueda hacer uso y disfrute de este, sin temor a amenazas o actos violentos que comprometan la vida y la libertad de la ciudadanía, con especial atención en los riesgos que enfrentan las mujeres, los niños, niñas adolescentes y jóvenes (NNAJ).
Con ese fin la administración desarrollará herramientas e instancias de coordinación, alianzas, capacidades y normas que contribuyan al desarrollo de los objetivos que permitirán contar con un espacio público e inclusivo. Asimismo, se diseñarán y ejecutarán planes territoriales que tengan en cuenta la atención de áreas de alta incidencia delictiva, baja percepción de seguridad y riesgos de vulneración de derechos de NNAJ, mujeres, grupos étnicos e integrantes de las comunidades LGBTIQ+, personas mayores y víctimas del conflicto armado para la prevención del delito, la violencia y los comportamientos que afectan el orden público, la lucha contra el crimen y la violencia y la consolidación de la seguridad en el espacio público, en apoyo a las acciones desarrolladas por los organismos de seguridad y justicia. Estos planes serán monitoreados y evaluados en el marco de instancias de coordinación local y distrital.
Finalmente, para asegurar el aprovechamiento del espacio público para el desarrollo social, controlando las zonas en las que se evidencian los altos niveles de aglomeración de vendedores, y evitar así la percepción de inseguridad y desorden del espacio público, se implementarán estrategias cuyo objetivo será el de conciliar los derechos al trabajo digno y mínimo vital de los trabajadores informales de la localidad de San Cristóbal, con el derecho al disfrute y goce del espacio público de la ciudadanía. La armonización de la normativa vigente, la jurisprudencia y la realidad social a la que se enfrenta el Distrito Capital, en especial la localidad de San Cristóbal exige a todos los actores involucrados a concertar mecanismos que permita de forma coordinada, organizada, corresponsable y colaborativa, el aprovechamiento del espacio público.
En el caso de áreas de protección y conservación y de la estructura ecológica principal, la administración local impulsará esfuerzos de coordinación y respuesta focalizada para la protección del capital natural, el goce y el disfrute de los atractivos naturales a través de actividades turísticas, de recreación pasiva, en donde sea permitido de acuerdo con los instrumentos de ordenamiento y planeación ambiental.
Artículo 16. Metas e indicadores del programa.
CAPÍTULO III
OBJETIVO ESTRATÉGICO “BOGOTÁ CONFÍA EN SU BIEN – ESTAR”
Objetivos, estrategias, programas
Artículo 17. Propósito del Objetivo. La localidad de San Cristóbal se proyecta como el territorio donde sus habitantes quieran estar y puedan desarrollar todo su potencial. Una localidad que sea la misma para todas y todos sus habitantes. Bien-estar es la posibilidad efectiva que tiene la ciudadanía de elegir sobre lo que quiere ser y sobre lo que quiere hacer para el desarrollo positivo de sus capacidades. Para lograr ese fin hay que reivindicar la importancia de la familia como institución social y fortalecerla, impulsar el acceso equitativo y de calidad a la educación inicial para la primera infancia, a la salud, a los servicios de cuidado, a la práctica de valores y principios, a la cultura, la recreación, el deporte y la actividad física.
Así mismo, hay que garantizar la atención a población en inseguridad alimentaria, disponibilidad y acceso a alimentos de calidad. De esa manera, la localidad no solo será más justa en el sentido de una efectiva igualdad de oportunidades, cerrando brechas sino también, un ejemplo a seguir en la construcción de una mejor sociedad; donde prevalezca la protección de los niños, niñas y adolescentes, y donde cada persona pueda elegir la vida que desee atendiendo a su diversidad, para que pueda alcanzar su máximo potencial y contribuir al bienestar colectivo, así como a la protección y tranquilidad de todas las formas de vida.
El potencial económico, la cohesión social y la resiliencia de su territorio, en el que se cuente con una estructura funcional y del cuidado, soporte del territorio y garante del derecho a la ciudad. El logro de este objetivo implica trabajar en cinco grandes frentes, que son, a la vez, las estrategias que implementaremos desde la Administración. El primero de dichos frentes está centrado en reducir la pobreza y erradicar el hambre, sin ninguna exclusión. Esto implica entender muy bien las condiciones de la población y trabajar en la efectividad del sistema de inclusión social; El segundo frente busca que la salud y la salud mental sea una prioridad. Ello implica velar por que el sistema de salud, en lo preventivo sea incluyente y oportuno; El tercer frente está orientado a que la Localidad sea entendida como un espacio donde el derecho a la vida digna se ejerza sin distingo de condiciones, donde se impulsará el reconocimiento a la familia multiespecie como parte integral de nuestra sociedad; El cuarto frente busca garantizar que en las zonas más deficitarias y con mayor prevalencia de personas vulnerables y pobres, la administración de manera articulada construya, restituya, mantenga y revitalice el espacio público, y garantice su goce, uso y aprovechamiento y el quinto frente tiene que ver con la garantía de ejercer los derechos culturales, políticos y económicos, donde se potencie la diversidad cultural, a través de la participación.
Artículo 18. Estrategias. Las estrategias que serán desarrolladas para el logro del Objetivo Estratégico son:
a. Fortaleciendo la autonomía y la inclusión social de personas con discapacidad y sus cuidadores promoviendo acciones que les permitan mejorar su calidad de vida y desarrollo humano con el bienestar físico, mental y social.
b. Implementando programas comunitarios que integren a familias, entornos educativos y organizaciones locales, en la creación de entornos de apoyo y vigilancia sobre el consumo de sustancias psicoactivas, promoviendo también la salud mental en las personas con riesgo de consumo.
c. Promoviendo la salud sexual y reproductiva consciente en adolescentes y jóvenes, brindando información, educación integral y acceso a servicios de calidad que les permitan ejercer sus derechos sexuales y reproductivos de manera responsable y segura, previniendo la paternidad y/o maternidad a temprana edad.
d. Promocionando acciones del cuidado de la salud mental y el bienestar psicológico de la población local, a través de la prevención, el fortalecimiento de capacidades individuales y comunitarias, la salud física y nutricional que contribuyan al bienestar integral de la ciudadanía.
e. Desarrollando procesos orientados hacia las mujeres, que aporten al desarrollo de sus capacidades, fomenten la promoción de sus Derechos, y conduzcan gradualmente a disminución de la feminización de la pobreza y las brechas de género.
f. Implementando acciones de construcción de memoria, paz, verdad, reparación y reconciliación, por medio de herramientas pedagógicas, culturales y de desarrollo de capacidades, orientadas a la población víctima del conflicto armado y/o excombatientes.
g. Desarrollando programas de fomento y circulación cultural y patrimonial para el reconocimiento y fortalecimiento de los procesos, proyectos e iniciativas de los agentes culturales locales; así como el fomento al ecosistema cultural y creativo local; el fomento y apoyo a la política pública de lectura, escritura y oralidad programa LEO; y la cultura ciudadana
h. Reduciendo las brechas de desigualdad económica por medio de Transferencias Monetarias, ingreso mínimo vital y con el suministro de alimentación caliente para reducir el riesgo social en atención a la población más vulnerables.
i. Potenciando las capacidades deportivas y recreacionales desde el reconocimiento de las dinámicas deportivas locales, las acciones que promueven los hábitos saludables y las manifestaciones del tiempo libre a través de la actividad física.
j. Desarrollando campañas que promuevan acciones educativas, fomentando la tenencia responsable de animales de compañía, Además se llevarán a cabo proyectos para mejorar el bienestar animal.
k. Implementar acciones de seguridad y bienestar desde un enfoque poblacional para los niños, niñas, jóvenes y adolescentes de la localidad, promoviendo acciones de prevención del abuso sexual infantil y cualquier tipo de violencia hacia la niñez.
Artículo 19. Programa 7. Bogotá, una ciudad con menos pobreza. Este programa busca reducir de manera sostenible la pobreza en la localidad, creando condiciones para reducir las brechas de pobreza, se han identificado tres grandes acciones; la primera acción busca la articulación de jóvenes beneficiados con transferencias condicionadas y acompañamiento psicosocial; La segunda acción es facilitar la entrega del Ingreso Mínimo Garantizado a personas en condición de vulnerabilidad; la tercera busca beneficiar personas mayores a través de transferencias monetarias.
Artículo 20. Metas e indicadores del programa.
Artículo 21. Programa 8. Erradicación del hambre en Bogotá. En atención a los lineamientos establecidos en el CONPES 113 de 2008 que establece la Política Nacional de Seguridad Alimentaria y Nutricional, y la cual tiene como objetivo “Garantizar que toda la población colombiana disponga, acceda y consuma alimentos de manera permanente y oportuna, en suficiente cantidad, variedad, calidad e inocuidad”; y, a partir de una lectura de realidades respecto a las brechas de inequidad social y barreras de acceso a condiciones de estabilidad socio económica que permitan la garantía del mínimo vital alimentario a los habitantes de la localidad.
Artículo 22. Metas e indicadores del programa.
Artículo 23. Programa 10. Salud Pública Integrada e Integral. Para el Bien-Estar de las personas, con el desarrollo de este programa, se busca la articulación intersectorial y transectorial mediante los mecanismos de coordinación y cooperación para favorecer el desarrollo de alianzas y potenciar acciones de gobernanza y Atención Primaria Social para la afectación positiva de los determinantes sociales de las inequidades en salud dadas por condiciones socioeconómicas y ambientales.
Contribuir a la prestación de los servicios de manera preventiva, las condiciones físicas y mentales en aras de reducir las inequidades y problemas de salud pública de la población, mejorando las condiciones de vida, bienestar y desarrollo a través de las siguientes acciones.
La administración local en el marco de las problemáticas prioritarias en salud pública haciendo énfasis en salud mental, para lo cual es necesaria la articulación con la Red Distrital de Salud Mental en la ciudad; las personas con discapacidad y sus cuidadores tendrán acciones complementarias en salud dirigidas a la disminución de la carga del cuidado y la atención y el bienestar de las personas con discapacidad; mediante acciones para la disminución de los factores de riesgo frente al consumo de sustancias psicoactivas con la atención de los dispositivos de base comunitaria en aras de la disminución de los efectos del consumo de sustancias psicoactivas (spa); realizar acciones y estrategias para promover la salud sexual y reproductiva consciente en los diferentes ciclos de vida; a través del Circuito del Cuidado se realizarán acciones complementarias en salud física, nutricional y oral.
Artículo 24. Metas e indicadores del programa.
Artículo 25. Programa 12. Bogotá cuida a su gente. Este programa buscará lograr un acceso efectivo de los diferentes grupos poblacionales y diferenciales a los servicios sociales y, en especial, buscando que la localidad sea aún más, garante de derechos, equitativa e incluyente, se proponen cuatro grandes acciones; La primera de dichas acciones se orienta a fortalecer las rutas para la prevención de vulneraciones de los derechos humanos de mujeres, personas de los sectores sociales LGBTIQ+, grupos étnicos, víctimas de abuso de autoridad, víctimas de trata de personas, defensores de derechos humanos, población migrante, población desplazada, población en procesos de reintegración o reincorporación, en particular las relacionadas con prevención de violencias en el contexto familiar y/o violencia sexual, con especial énfasis en la prevención del abuso sexual infantil de manera que estas personas reciban orientación y atención socio jurídica y psicológica: la segunda acción busca que las mujeres cuidadoras apropien herramientas que permitan el ejercicio pleno de sus derechos; la tercera acción busca potencializar su autonomía económica e impulsar el cambio cultural hacia la inclusión social y productiva en contra de la exclusión y la discriminación; la cuarta acción fortalecerá los espacios creados para las mujeres que generan acciones de cuidado como son las manzanas del cuidado.
Artículo 26. Metas e indicadores del programa.
Artículo 27. Programa 13. Bogotá, un territorio de paz y reconciliación en donde todos puedan volver a empezar. San Cristóbal se compromete a territorializar la implementación del Acuerdo de Paz, incluyendo lo dispuesto en el punto 5 del Acuerdo frente al fortalecimiento de la atención e integración local de las víctimas del conflicto armado que quieren reconstruir su proyecto de vida en la localidad, como un territorio de paz y reconciliación donde todos y todas puedan volver a empezar. Para las víctimas que por distintas razones han decidido rehacer su vida en el Distrito Capital se formuló e implementó una política pública de integración local con un enfoque de soluciones duraderas que les permita salir de la pobreza y garantizar su inclusión social y productiva. Esta estrategia, complementará y se articulará con la oferta institucional ya existente para este fin; lo anterior requiere de la focalización y coordinación de la oferta institucional de la localidad y el Distrito para promover la superación de la situación de vulnerabilidad de las víctimas del conflicto armado. Además, se garantizará la participación de la comunidad víctima del conflicto armado en aras de la construcción y apropiación social de la memoria, verdad, paz y reconciliación con procesos pedagógicos, artísticos y culturales. Con la realización de acciones de construcción de paz que contribuyan al tejido social, la integración local, la sostenibilidad económica y/o el desarrollo territorial para la reconciliación. A través de procesos de fortalecimiento de habilidades y capacidades de la población víctima del conflicto armado o excombatientes nos permite promover la participación en los diferentes escenarios locales.
Artículo 28. Metas e indicadores del programa.
Artículo 29. Programa 14. Bogotá deportiva, recreativa, artística, patrimonial e intercultural. Este programa buscara contribuir a la salud mental y física de la ciudadanía en su ciclo de vida mediante el incentivo de la práctica deportiva, recreativa, artística, cultural y patrimonial en los barrios, comunidades y en la Bogotá Región, apropiándose de las diferentes disciplinas deportivas que oferta la localidad e invitando a conocer cada una de ellas, aprovechando los espacios públicos accesibles y seguros, haciendo uso de diversas plataformas en beneficio de la salud tanto física como mental y promoviendo hábitos de vida saludable, con ejercicios que buscan relaciones interculturales.
El deporte, la actividad física y la recreación son ejes esenciales en la formación física, mental y de valores de la ciudadanía. Posicionar a San Cristóbal como un espacio significativo de actividades de iniciación y formación en disciplinas individuales como colectivas. Se destaca la actividad deportiva para el desarrollo por medio del deporte social comunitario, el deporte del sector educativo (festivales escolares, juegos intercolegiados), certámenes deportivos con el apoyo de iniciativas locales, así como promover la participación de los deportistas en diferentes escenarios locales, distritales y nacionales.
Como medidas se promoverán actividades artísticas, culturales y patrimoniales como un medio para el ejercicio de los derechos, la equidad de género y el desarrollo humano, con alcance local, distrital y regional, que, como parte de ese ejercicio de reconocimiento, identifique distintos agentes culturales, artistas, artesanos y/o agrupaciones, colectivos artísticos de los sectores LGBTIQ+, mujeres, personas con discapacidad, víctimas del conflicto, grupos étnicos entre otros, permitiendo reflexionar acerca de la no reafirmación de estereotipos e imaginarios que promueven la discriminación, y contribuyendo a reducir cada vez más las brechas para garantizar los derechos sociales y culturales de grupos históricamente excluidos.
Realizar laboratorios creativos en barrios, como mecanismo de interacción para fortalecer los procesos de artistas, agrupaciones, colectivos, organizaciones y líderes socioculturales, así como en espacios culturales y eventos comunitarios, mediante estrategias conjuntas de formación, creación, circulación, investigación y apropiación de las artes con enfoque diferencial y enfoque de género. Se velará por la formación de público desde las diferentes dimensiones y procesos del campo artístico y cultural, promoviendo estrategias que pretendan disminuir barreras de acceso para el ejercicio de derechos culturales.
Así mismo, en este programa se expanden los esfuerzos por reconocer y salvaguardar la memoria y las identidades locales y barriales de las personas que habitan la localidad de San Cristóbal, de modo que hacerlo permita contar con espacios y escenarios inclusivos y accesibles a la ciudadanía que promueven patrimonios mediante encuentros, actividades, prácticas, eventos, experiencias y expresiones de índole social y cultural. En estos espacios se podrá llevar a cabo el desarrollo de iniciativas de memoria histórica del conflicto y las memorias locales, comunitarias y barriales.
Artículo 30. Metas e indicadores del programa.
Artículo 31. Programa 15. Bogotá protege la vida animal. Convertir a San Cristóbal en un territorio amigo de todos los animales, tanto domésticos, como silvestres, materializando el enfoque de bien-estar animal mediante una oferta de servicios de atención médico-veterinaria para los más vulnerables, de esterilización de perros y gatos como una medida ética de control poblacional y amplificando la capacidad de respuesta para salvar a los que son víctimas de maltrato y abandono.
Se promoverá el conocimiento y apropiación de la fauna silvestre nativa que habita en la zona de protección y conservación de los cerros orientales, así como en las rondas y se consolidarán alianzas con centros de custodia y rehabilitación de la sociedad civil mediante programas de colaboración que contribuyan a la conservación y a la investigación. El bienestar pasa por seguir transformando la relación humano-animal, promoviendo entre la ciudadanía un vínculo basado en el respeto y cuidado hacia todas las formas de vida, su hábitat y su forma de moverse en la ciudad. La administración local trabajará por medio de planes, proyectos, estrategias, acciones e iniciativas para prevenir y atender el maltrato y la crueldad animal, así como, fomentar la adopción de animales domésticos en condición de calle y de hogares de paso.
Igualmente, en aras del entendimiento del impacto en pro del bienestar animal, del control de natalidad de perros y gatos, se fortalecerá el programa de Captura, Esteriliza y Suelta como estrategia proactiva y humanitaria que no solo ayuda a controlar la población de caninos y felinos sin hogar, sino que también promueve su bienestar. Se impulsará una transformación cultural fomentando la empatía y la participación ciudadana en la protección de los animales y se promoverán actividades colaborativas para mejorar su cuidado, además de regular los servicios para y con los animales asegurando estándares éticos y de calidad.
El gobierno local trabajará de la mano con el sector privado y el social para aunar esfuerzos y brindar soluciones innovadoras que respondan al mandato ciudadano de proteger a los animales. Se profundizará en el enfoque territorial, para diseñar intervenciones efectivas y de alto impacto, reconociendo que la gestión interinstitucional y con las localidades es fundamental para hacer realidad la Política Pública Distrital de Protección y Bienestar Animal.
Artículo 32. Metas e indicadores del programa.
CAPÍTULO IV
OBJETIVO ESTRATÉGICO “BOGOTÁ CONFÍA EN SU POTENCIAL”
Objetivos, estrategias, programas
Artículo 33. Propósito del Objetivo. La localidad de San Cristóbal se proyectará como una localidad en la que todas y todos podamos desarrollar y aprovechar al máximo nuestro potencial como personas, familias, empresas, academia, víctimas del conflicto armado, grupos étnicos, comunidad LGBTIQ+ y sociedad en general. Esto requiere consolidar a San Cristóbal como una ciudad del conocimiento, educada y competitiva, mediante el acceso a bienes y servicios públicos y privados, que brinden oportunidades de desarrollo para todas y todos.
Una localidad que adopta la Tecnología e Innovación como motor para el desarrollo de los ecosistemas productivos, de alta productividad y de emprendimiento, y del sector cooperativo, que se alinean con las vocaciones individuales y del territorio. Para ello, la localidad estará soportada en un ambiente que estimula la generación y apropiación social del conocimiento. Lo anterior requiere mejorar la productividad de las empresas y la competitividad, lo cual se logrará a través de cuatro estrategias: i) la educación como derecho y pilar de desarrollo para el presente y el futuro, capaz de crear una senda de aprendizaje y conocimiento acorde con los potenciales de las personas y las necesidades presentes y futuras de la ciudad; ii) una transformación digital y de ciencia e innovación pública, que se convierta en la plataforma sobre la cual sea el motor de la productividad y generación de conocimiento y se proyecte como una de las localidades más competitivas de la ciudad, iii) una localidad que reduzca el desempleo y fortalezca los emprendimientos productivos, donde se mejore el emprendimiento y se diversifique el tejido de las Pymes y MiPymes de la localidad; y iv) una localidad productiva en el turismo que explote su capacidad y potencial económico, con una gobernanza liderada por la administración Distrital y local.
Artículo 34. Estrategias. Las estrategias que serán desarrolladas para el logro del Objetivo Estratégico son:
a. Acciones que mejoren las necesidades de los equipamientos de las instituciones educativas públicas del distrito, mediante la provisión de recursos pedagógicos, tecnológicos y culturales adecuados.
b. Promoción de los capitales productivos de San Cristóbal a través del reconocimiento del territorio y el apoyo del turismo local.
c. Fortalecimiento de los emprendimientos locales, identificando los sectores productivos clave y el tejido comercial de San Cristóbal a través de la identificación de los corazones productivos y comerciales locales.
d. Fortalecimiento de las capacidades sociales, humanas y técnicas de jóvenes habitantes de la localidad de San Cristóbal para la disminución por medio de beneficios en educación post media.
e. Activando los territorios culturales, fortalecer las competencias emprendedoras de agentes y organizaciones, y promover la creación y circulación de bienes y servicios en escenarios especializados, con el fin de dinamizar la cadena del valor del sector. Esto incluirá invertir en el fortalecimiento de los grupos culturales locales para apoyar su desarrollo y crecimiento.
f. Acompañamiento a los trabajadores Informales de la Localidad donde se implementen los lineamientos de la Política Pública de Vendedores Informales, como herramientas de planeación y organización donde se garanticen los derechos de estas personas.
g. Avanzando en la gestión del Banco de Proyectos de Cooperación para la Libertad Religiosa Local.
h. Fortaleciendo de habilidades técnicas, laborales y empresariales, facilitando la inclusión social de personas con discapacidad y sus cuidadores en el tejido empresarial local.
Artículo 35. Programa 16. Atención integral a la primera infancia y educación como eje del potencial humano. Una educación de calidad es la responsable de brindarles a las niñas, niños, adolescentes y jóvenes las habilidades emocionales y académicas que los convierten en ciudadanos integrales que aportan valor público, social y económico a la sociedad.
En cuanto a los aprendizajes, se promoverán acciones para que las y los estudiantes de la localidad se ubiquen en niveles satisfactorios y avanzados. Se hará un énfasis en el desarrollo de habilidades fundamentales, es decir, habilidades matemáticas y comunicativas, y para ello se desarrollarán intervenciones focalizadas.
Así mismo, se avanzará en la dotación de todas las sedes educativas oficiales de la localidad, promoviendo la innovación, la investigación, la pedagogía, el arte y la cultura.
Se fortalecerán los programas y estrategias encaminadas a mejorar el acceso, permanencia y graduación en la educación superior, ampliando las oportunidades para que cada vez más jóvenes logren transitar desde la educación media a programas de educación superior, y a programas del subsistema de formación para el trabajo, que sean pertinentes a las demandas sociales y productivas, y que se traduzcan en una mayor probabilidad de empleabilidad y generación de ingresos futuros, contribuyendo de esta forma a la construcción de una localidad basada en el conocimiento y la innovación. De igual forma, se propenderá por una mejor focalización de la población beneficiaria para que más jóvenes vulnerables y con mérito académico puedan acceder a la educación superior (Jóvenes a la E).
Artículo 36. Metas e indicadores del programa.
Artículo 37. Programa 19. Desarrollo empresarial, productividad y empleo. El programa parte de la necesidad que tiene la localidad de posicionarse como un destino atractivo para la inversión, la creación y potencialización de empresas innovadoras, la realización de grandes eventos y la atracción de turistas. Para ello, este programa fortalecerá el tejido de emprendimiento de la localidad mediante estrategias que promuevan mejoras en la productividad a través de la innovación y la participación en diferentes mercados.
Adicionalmente, se desarrollarán acciones mediante las cuales la MiPymes podrán recibir asistencia técnica y financiera para su fortalecimiento, con el fin que se potencialicen sectores económicos en los que viene creciendo la localidad, tal es el caso para el comercio, las industrias culturales y creativas, el deporte y el turismo.
En lo relacionado con el emprendimiento, el programa buscará incentivar la innovación como un motor fundamental para lograr mayores niveles de productividad que les permita ser más sostenibles en el tiempo, generar empleo y ser más competitivas en el mercado.
Artículo 38. Metas e indicadores del programa.
Artículo 39. Programa 20. Promoción del emprendimiento formal, equitativo e incluyente. En este programa para fomentar el emprendimiento se desarrollará una estrategia integral de fortalecimiento al emprendimiento cultural, artes y oficios. También, se implementarán estrategias de sostenibilidad de procesos en torno a la Red de Emprendimientos del Arte, la Cultura y las Industrias Creativas de la localidad, como una apuesta que busca la ruptura de brechas económicas para agentes del sector cultural y creativo.
Dentro de dichas estrategias, se desarrollarán articulaciones orientadas a generar alianzas de conexiones sostenibles con el sector privado. Además, se impulsará una línea de fomento a economías culturales y artísticas.
Artículo 40. Metas e indicadores del programa.
CAPÍTULO V
OBJETIVO ESTRATÉGICO “BOGOTÁ ORDENA SU TERRITORIO Y AVANZA EN SU ACCIÓN CLIMÁTICA"
Objetivos, estrategias, programa
Artículo 41. Propósito del Objetivo. San Cristóbal se proyecta como una localidad donde los ciudadanos puedan disfrutar de ella, contar con un ambiente sano, con aire limpio, en un ambiente resiliente ante el cambio climático; con una biodiversidad próspera y ecosistemas saludables. En ejercicio ciudadano de corresponsabilidad es deber visualizar el manejo de la oferta natural, potenciar la protección de las reservas de agua potable, avanzar en la recuperación ambiental de las cuencas hidrográficas, robustecer la conciencia ciudadana sobre la necesidad de cuidar los recursos naturales para mejorar la relación con el sistema de elementos y espacios de vida. El ordenamiento territorial es una práctica esencial para el desarrollo sostenible de la localidad y su área de influencia, ya que permite la planificación estratégica del uso del suelo y los recursos naturales de manera que se promueva un equilibrio entre el crecimiento económico, la conservación del medio ambiente y el bienestar social.
En este contexto, las funciones y servicios ecosistémicos desempeñan un papel crucial, ya que son los beneficios que los ecosistemas proporcionan a los habitantes y que son fundamentales para la supervivencia y calidad de vida. Los servicios ecosistémicos contribuyen al bienestar por medio de la mitigación de riesgos ante posibles desastres de origen natural.
En términos regionales, este enfoque permite resolver las relaciones urbano-rurales utilizando una relación jerárquica de la regulación hídrica y de suelo para asegurar, entre otras cosas, la protección integral del ciclo de agua y de la zona de conservación de los cerros orientales.
El reconocimiento de preservar estos servicios y sus funciones e incluirlas en el ordenamiento territorial hace que el ordenamiento aplique efectivamente el principio de reciprocidad con el entorno natural y en consecuencia se evolucione en el concepto de cargas y beneficios como principio fundamental para la adaptación al cambio climático. En este sentido, lograr que la localidad avance en ser la casa de todas y todos requerirá que se trabaje en tres grandes frentes o estrategias. La primera, centrada en contar con un ordenamiento territorial y ambiental acorde con el desarrollo actual y proyectado de la ciudad y su entorno regional. Esto implica hacer viable el Plan de Ordenamiento Territorial, entre otras grandes acciones.
La segunda, se ha de centrar en acciones que conduzcan a una mayor resiliencia frente al cambio climático, conservación de la biodiversidad y servicios ecosistémicos, movilidad sostenible, la revitalización y renovación urbana. Y la tercera, gira alrededor de la construcción de un hábitat digno y de manera articulada con los modelos de ocupación territorial y el proyecto de desarrollo sostenible con alcance local. Al considerar la conservación de áreas que proporcionan servicios de regulación del agua en la planificación territorial, se pueden prevenir avenidas torrenciales y sequías.
Conforme con lo anterior, la propuesta de este objetivo plantea el reconocimiento y la integración efectiva de las funciones y servicios ecosistémicos en el ordenamiento territorial, no sólo debido a su rol fundamental para la conservación del medio ambiente, sino que también como un enfoque que posibilita el desarrollo económico y social de manera sostenible.
Artículo 42. Estrategias. Las estrategias que serán desarrolladas para el logro del Objetivo Estratégico son:
a. Mantenimiento del arbolado y restauración ambiental de la estructura ecológica principal en la localidad, desarrollando actividades comunitarias con enfoques ambientales y urbanos, acorde al Plan Ambiental Local.
b. Generación de acciones de cultura ciudadana con enfoque territorial, a través de los cambios de hábitos de consumo para el desarrollo sostenible de la localidad.
c. Implementación de acciones para el desarrollo urbanístico de la malla vial y la movilidad local, a través de diseño de vías, así como la construcción y conservación de lo existente.
d. Implementación y actualización del componente programático del Plan Local de Gestión de Riesgos y Cambio Climático, a través de los procesos estratégicos de la gestión del riesgo de desastres (conocimiento y reducción del riesgo; manejo de emergencias y desastres).
e. Implementación de las acciones de mejoramiento, adecuación y/o dotación de las unidades operativas de servicios sociales de la SDIS.
f. Realización de acciones enfocadas en el mantenimiento y optimización de los recursos físicos para garantizar la calidad y funcionalidad de los espacios deportivos y recreativos de la red de proximidad, incluyendo zonas para la recreación de animales de compañía.
g. Intervención de equipamientos culturales locales para mejorar el acceso y disfrute de la oferta cultural por parte de la ciudadanía, asegurando condiciones adecuadas de seguridad y calidad.
h. Avanzando en la gestión de la transición energética, renovable y sostenible en los alumbrados públicos de la localidad.
Artículo 43. Programa 24. Revitalización y renovación urbana y rural con inclusión. Este programa tiene como objetivo revitalizar zonas de intervención, así como proteger y garantizar la permanencia y calidad de vida de los pobladores, respetando todas las formas de vida, junto al cuidado y mantenimiento del ambiente natural y el construido. Con la intervención de proyectos de revitalización desarrollados en suelo urbano y rural se promoverá la renaturalización y adaptación al cambio climático, impulsando la sostenibilidad ambiental, la conservación de los recursos naturales mediante la incorporación de criterios de construcción sostenible y la participación activa de los habitantes en la toma de decisiones y la implementación de proyectos, de tal forma que las acciones emprendidas respondan a las necesidades y expectativas de la población. Con la construcción y mejoramiento de equipamientos culturales, recreativos y deportivos, se generan más espacios de encuentro, fundamentales para conservar la identidad de las comunidades y territorios para ejercer los derechos culturales.
El enfoque del crecimiento verde permitirá implementar e incentivar una infraestructura más resiliente frente a los fenómenos climáticos, estimular sistemas urbanos de drenaje sostenible, siendo cruciales para mitigar y adaptarse al cambio climático y proteger la calidad de vida de la ciudadanía. Es fundamental desarrollar estrategias que promuevan la participación ciudadana en la revitalización y resiliencia de espacios urbanos de la localidad, en la construcción de iniciativas conjuntas con las comunidades, a partir de los ejes transversales de innovación.
Artículo 44. Metas e indicadores del programa.
Artículo 45. Programa 25. Aumento de la resiliencia climática y reducción de la vulnerabilidad. Este programa busca reducir la vulnerabilidad a los efectos del cambio climático, mediante la conservación de la biodiversidad con enfoque regional, la adopción de medidas de acción climática, así como estrategias para la atención de la población vulnerable a la variabilidad climática como migrantes y desplazados climáticos.
Con respecto a la adaptación, se priorizará la conservación, restauración, uso sostenible y el mantenimiento de áreas de la Estructura Ecológica Principal y Áreas de Importancia Estratégica dentro de las zonas urbana y rural, incluyendo la consolidación de Bosques Urbanos, conectores eco sistémicos, ordenamiento ambiental al rededor del agua, control del retamo espinoso (Ulex Europaeus) y liso (Genista Monspessulana) para su proceso como parte del desarrollo de proyectos de soluciones basadas en la naturaleza (SBN), entre otros.
Como actividades complementarias, se implementarán medidas para prevenir la contaminación y la degradación ambiental en diversos sectores clave, se promoverá la educación ambiental y la participación ciudadana en la toma de decisiones informadas, la implementación de ordenamiento territorial para construcción de la resiliencia con un enfoque diferencial y de género en todas las acciones. Se tendrá en cuenta el liderazgo y el conocimiento de las comunidades en el cuidado y conservación de la biodiversidad.
En este contexto, es fundamental fortalecer la participación de las organizaciones de recicladores de oficio en las decisiones que les conciernen, por lo que la Administración Local desde sus capacidades de gestión y competencias, así como su participación en la formulación del Plan de Gestión Integral de Residuos Sólidos [PGIRS] y demás acciones que promuevan la economía circular y la adecuada disposición de residuos sólidos.
Artículo 46. Metas e indicadores del programa.
Artículo 47. Programa 26. Movilidad Sostenible. Este programa busca que el sistema de movilidad sea un catalizador de sostenibilidad ambiental, un motor de bienestar e integración social y un lugar de encuentro de toda la ciudadanía. Es decir, garantizar que la ciudadanía pueda moverse de una manera fluida y segura, que contribuya a mejorar la calidad del aire y a reducir las emisiones de Gases Efecto Invernadero. Por otra parte, es necesario superar el rezago en infraestructura para la movilidad mediante la ejecución de nuevos proyectos, así como la culminación de las obras que vienen en ejecución. Se realizarán esfuerzos de mantenimiento y ampliación de la infraestructura para que los viajes en medios sostenibles y activos sean cómodos, seguros e inclusivos; además, se promoverá una mayor y mejor participación de usuarios de bicicleta y peatón en el marco de la ruta segura Distrital.
Artículo 48. Metas e indicadores del programa.
Artículo 49. Programa 27. Gestión del riesgo de desastres para un territorio seguro. El objetivo del programa es la protección del derecho fundamental a la vida de los hogares, particularmente aquellos localizados en zonas de alto riesgo no mitigable, a razón de fenómenos de remoción en masa, deslizamiento e inundación. Para ello, se fortalecerán las capacidades de respuesta de la localidad ante la prevención y atención de emergencias, así como la continuidad de las actividades sociales, económicas y culturales de la ciudadanía, incluyendo la atención a la fauna ante situaciones de emergencias y desastres.
Con relación a la reducción de riesgos, se adelantarán acciones en torno al conocimiento, la atención y respuesta efectiva de las situaciones producidas por la materialización y la reducción permanente de los riesgos, entendidos como la probabilidad de ocurrencia de pérdidas o daños en personas, animales, bienes, ambiente, medios de vida, economía e infraestructura asociados a la ocurrencia de eventos o acontecimientos de origen natural, socio-natural o antropogénico no intencional; se desarrollarán procesos de preparativos y fortalecimiento de la infraestructura física y adicionalmente, capacitaciones para la atención de emergencia y respuesta ante, calamidad o desastre y la coordinación de las medidas de mitigación y adaptación frente a los efectos del cambio climático.
Se adelantarán acciones de entrenamiento en prevención, preparación y respuesta a emergencias sanitarias, con equipos de emergencia, funcionarias y funcionarios gubernamentales en protocolos de actuación.
Artículo 50. Metas e indicadores del programa.
Artículo 51. Programa 30. Atención del déficit social para un hábitat digno. En este programa se involucran las condiciones frente a una oferta de servicios dotacionales y/o de mantenimiento de los equipamientos sociales del cuidado en Integración Social. Dado que la apuesta de ciudad y de San Cristóbal es acercar los servicios a la ciudadanía, la oferta de nueva infraestructura para la prestación de servicios sociales con estándares de calidad busca ampliar cobertura en los servicios sociales.
Artículo 52. Metas e indicadores del
programa.
CAPÍTULO VI
OBJETIVO ESTRATÉGICO “BOGOTÁ CONFÍA EN SU GOBIERNO”
Objetivos, estrategias, programas
Artículo 53. Propósito del Objetivo. Una localidad que es fuente de oportunidades, donde se quiera vivir, requiere un Gobierno que atienda las necesidades, garantice los derechos de las personas y brinde un servicio amable, ágil y oportuno en todo el territorio, con un gasto eficiente. Un Gobierno en el que la ciudadanía crea y confíe, y en especial un gobierno que reconozca a la ciudadanía desde un enfoque humano y de derechos, donde detrás de cada necesidad, petición o solicitud se promueva una comprensión desde la escucha activa y la atención efectiva para el bienestar de la población.
Lograr un Gobierno de lo cotidiano es un trabajo de todas y todos, de las entidades del sector público y de la ciudadanía, donde la administración local desde las funciones, competencias, alcance y atribuciones otorgadas por las normas de ciudad se encargará de liderar este propósito a través de las instancias de participación y gestión local, promoviendo la participación ciudadana de actores que incidan en la construcción de localidad.
Estos han de trabajar de manera coordinada con todas las entidades distritales, buscando fortalecer la confianza entre el Gobierno y la ciudadanía que habita y transita por la localidad, a partir de una relación fundamentada en el diálogo, el respeto, la participación y la corresponsabilidad, dando prioridad en su efecto a las acciones de Inspección, Vigilancia y Control que garantizan un territorio ordenado y seguro para la ciudadanía. Este proceso irá acompañado con transformación digital e innovación pública para brindar mejores servicios a la ciudadanía desde la Bogotaneidad.
El Gobierno establecerá una nueva relación con la ciudadanía, igualmente, a partir de la gestión de un modelo de gobernanza inteligente, basada en los valores del gobierno abierto, donde la ciudadanía hace parte de la toma de decisiones, y se beneficie con el uso de la información pública y pueda acceder con más facilidad a los trámites y servicios del Distrito. El Gobierno reconoce la valiosa experiencia de la ciudadanía como insumo fundamental en la toma de decisiones. Por ello, se compromete a fortalecer y crear espacios de cercanía, confianza, diálogo, deliberación y consenso, a través de presupuestos participativos desarrollados en el artículo 66 del acuerdo Distrital 878 de 2023 y reglamentados mediante el decreto 495 de 2023.
El nuevo modelo de gobernanza democrática estará articulado con acciones que motiven la participación a nivel individual y colectivo, con el cual se promoverá un modelo de retos ciudadanos para ser resueltos de manera conjunta; la implementación de procesos pedagógicos para la formación ciudadana en participación, como estrategia de desarrollo social y comunitario.
El gobierno Local será un escenario que facilite el contacto directo con la comunidad, su escucha activa, identificando y priorizando sus necesidades permitiendo resolverlas de manera efectiva para recuperar la confianza y hacer de San Cristóbal un Territorio de Oportunidades.
Artículo 54. Estrategias. Las estrategias que serán desarrolladas para el logro del Objetivo Estratégico son:
a. Entrega de bienes y servicios en función de las necesidades territoriales mediante procesos eficaces de territorialización de la inversión y el fortalecimiento institucional de la Alcaldía Local, promoviendo la incorporación de talento local.
b. Implementación de acciones integrales de Inspección, vigilancia y control para la prevención de acciones contrarias a la convivencia, regulación de la actividad económica y disminución de los efectos del desarrollo urbanístico irregular.
c. Se hará la gestión para la construcción de la nueva sede administrativa de la Alcaldía Local de San Cristóbal.
d. Acceso a servicios de conectividad a Internet y contenidos de formación para el desarrollo de competencias digitales, considerando enfoques poblacionales y diferenciales, con gran énfasis en la generación de servicios TIC y en los procesos de formación y desarrollo de competencias digitales.
e. Fortalecimiento de organizaciones sociales, instancias de participación ciudadana, e iniciativas locales, con el fin de incrementar las capacidades organizativas para contribuir a la transformación de realidades sociales y territoriales, promoviendo la incidencia en la toma de decisiones públicas, la consolidación de la convivencia, la diversidad y la inclusión ciudadana.
f. Consolidación de la unidad de innovación local en el marco de la estrategia de “Bogotaneidad”, para destacar la identidad cultural de la localidad de San Cristóbal, promoviendo comportamientos ciudadanos positivos mediante la educación cívica, el fortalecimiento del sentido de pertenencia y la implementación de estrategias de innovación pública. Se motivará el desarrollo de un observatorio local de participación ciudadana y centros de investigación para identificar y abordar las necesidades y problemáticas del territorio.
g. Concertación e implementación de iniciativas de inversión local con grupos étnicos, centradas en el fortalecimiento de saberes y medicina ancestral.
h. Fortaleciendo a medios de comunicación alternativos locales que correspondan a la garantía de la transparencia y derechos de información pública de la gestión de todos los actores locales.
i. Adopción de espacios que impulsen la tecnología y la ciencia, a través, de la innovación pública.
Artículo 55. Programa 33. Fortalecimiento institucional para un Gobierno confiable. Con la implementación de este programa se promoverá la gestión de conocimientos, habilidades y actitudes para asegurar valor público, de tal manera que se garantice el ejercicio de la función pública en la localidad acorde con las necesidades de las personas y hogares en todos los sectores del territorio. La coordinación con otras entidades y la solución de aspectos críticos en la gestión y desempeño de cada sector; y (ii) la creación e implementación de modelos de gestión eficaces para la intervención integral y sincronizada de retos de alto impacto, en la ejecución del Plan de Desarrollo Local San Cristóbal Territorio de Oportunidades, Camina Segura 2025-2028.
Artículo 56. Metas e indicadores del programa.
Artículo 57. Programa 35. Bogotá Ciudad Inteligente. El desarrollo económico y social de la localidad depende de la oferta y los servicios de una gestión de canales de difusión que permitan que la ciudadanía a lo largo y ancho del territorio local, y sin distingo de rangos etarios, puedan acceder a la información, y conectarse en red con otros ciudadanos, organizaciones y procesos para fortalecer su quehacer y su vivencia, goce, uso y disfrute del territorio; por eso la administración local le apuesta a fomentar el acceso a las nuevas tecnologías mediante garantías de accesibilidad y cierres de brechas tecnológicas.
Artículo 58. Metas e indicadores del programa.
Artículo 59. Programa 39. Camino hacia una democracia deliberativa con un gobierno cercano a la gente y con participación ciudadana. Para que el gobierno Local transite hacia una democracia deliberativa, con un gobierno cercano a la gente y con participación ciudadana, se requieren varios elementos. Uno de ellos es alcanzar un alto nivel de excelencia en la prestación de servicios en la localidad respondiendo a las expectativas y, en especial, a los requerimientos y necesidades concretas en el territorio; alcanzando altos niveles de satisfacción en la relación con el Gobierno y la ciudad, e incentivar la corresponsabilidad en la búsqueda de soluciones a las problemáticas cotidianas, para mejorar las condiciones de vida de todas y todos.
Para ello, se fortalecerá la atención a la ciudadanía en territorio retomando la vocación del Gobierno de estar al servicio de las personas y, a su vez, siendo garante del restablecimiento de sus derechos, mediante la articulación y convocatoria a las entidades y la ciudadanía, desde sus diferencias y diversidad, a hacer parte de la construcción de consensos y respuestas a los desafíos que enfrenta la ciudad. Se desarrollarán acciones para fortalecer la prestación de servicios y trámites adelantados por la ciudadanía, con canales de comunicación sólidos, talento humano y recurso tecnológico para robustecer la prestación de trámites y servicios y mejorar los niveles de satisfacción de la ciudadanía.
En este programa se desarrollarán acciones de preparación y cualificación de los equipos de relacionamiento con la ciudadanía de las diferentes áreas que componen la Administración Local en su alcance y en el desarrollo de habilidades socioemocionales que garanticen un diálogo y atención respetuosa, con la capacidad de escucha a la ciudadanía en sus diferencias y diversidad.
De igual manera, se busca involucrar a medios locales comunitarios y alternativos y las Juntas de Acción Comunal (JAC) en los procesos de gobernanza, dada su amplia experiencia en procesos sociales y comunitarios con reconocimiento por parte de la comunidad y la institucionalidad, garantizando la inclusión de nuevos actores territoriales en los procesos de planeación participativa, así como el fortalecimiento de prácticas y procesos organizativos.
En cuanto a dotación de Juntas de Acción Comunal, se buscarán estrategias y mecanismos que permitan cumplir con esta actividad, generando un diálogo permanente con actores comunales, reconociendo su labor en la construcción de territorio y fortaleciendo la confianza entre la administración local y las organizaciones de base comunitaria.
Artículo 60. Metas e indicadores del programa.
PARTE II
PLAN DE INVERSIONES
CAPÍTULO VII
PLAN PLURIANUAL DE INVERSIONES
Artículo 61. Estrategia financiera.
El Plan Plurianual de Inversiones del Plan de Desarrollo Local de San Cristóbal se estima en un monto de $ 492.331 millones de pesos constantes de 2024. Se financiará con Transferencias de la Administración Central, Recursos de Capital e Ingresos Corrientes.
El Plan de inversiones se financiará en la Administración Local con Ingresos Corrientes, Transferencias y Recursos de Capital, entre los que se destacan las Multas, Venta de Activos Fijos, recaudo de fotocopias y otros ingresos no tributarios.
Artículo 62. Plan plurianual de inversiones 2025-2028 por propósito del PDL.
A continuación, se presentan el presupuesto proyectado por la administración distrital para el plan plurianual de inversiones teniendo como base el recurso de la vigencia 2024 y su ajuste con el IPC.
Objetivo 1. Bogotá avanza en seguridad.
Objetivo 2. Bogotá Confía en su Bien - Estar
Objetivo 3. Bogotá Confía en su Potencial
Objetivo 4. Bogotá Ordena su Territorio y Avanza en su Acción Climática
Objetivo 5. Bogotá Confía en su Gobierno
Cifras en millones de pesos de 2024
Artículo 63. Plan plurianual de inversiones 2025-2028 por programa y metas del PDL.
Objetivo 1
BOGOTÁ AVANZA EN SEGURIDAD
Cifras en millones de pesos de 2024
Objetivo 2
BOGOTÁ CONFÍA EN SU BIEN – ESTAR
Cifras en millones de pesos de 2024
Objetivo 3.
BOGOTÁ CONFÍA EN SU POTENCIAL
Cifras en millones de pesos de 2024
Objetivo 4.
BOGOTÁ ORDENA SU TERRITORIO Y AVANZA EN SU ACCIÓN CLIMÁTICA
Cifras en millones de pesos de 2024
Objetivo 5.
BOGOTÁ CONFÍA EN SU GOBIERNO
Cifras en millones de pesos de 2024
Artículo 64. Mecanismos de coordinación interinstitucional previstos para la ejecución del plan. La Alcaldía Local programará anualmente los recursos que contribuirán a la ejecución de los Proyectos Integrales de Proximidad, incluidos en el programa de ejecución del POT del Plan de Desarrollo Distrital, para lo cual deberán identificar los recursos a ejecutar en el Plan Operativo Anual de Inversiones, previo al proceso de aprobación de los anteproyectos de presupuesto.
Artículo 65. Ejecución. La ejecución del plan de inversiones se realizará de acuerdo con lo establecido en
el plan plurianual, en el evento que los ingresos proyectos no alcance los niveles requeridos o se requiera realizar modificaciones al avance de los programas, las inversiones se ajustarán en los presupuestos anuales de acuerdo con la importancia estratégica de cada programa.
Artículo 66. Anexos. Los siguientes documentos acompaña el Plan de Desarrollo Local el Plan de Desarrollo Local de San Cristóbal “Territorio de Oportunidades, Camina Segura”:
a. Circular CONFIS 04-204
b. Matriz de consolidación de información de los Encuentros Ciudadanos.
c. Resultado analítico de datos de los Encuentros Ciudadanos.
d. Resultado fase uno Presupuestos Participativos.
e. Relatorías mesas de concertación
El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su publicación.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Bogotá, D.C., a los 28 días del mes de agosto del año 2024.
LUIS ALEXANDER PEÑA CADENA
Presidente – JAL
NOHEMI OCHOA LÓPEZ
Vicepresidente JAL
Sancionado en Bogotá, D.C., a los 29 días del mes de agosto del año 2024.
CARLOS HERNANDO MACÍAS MONTOYA
Alcalde Local de San Cristóbal
Nota: Ver norma original en Anexos. |
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